National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de las informaciones brindadas por el Gobierno en su memoria. Comprueba que a la fecha no se ha adoptado el modelo de contrato de embarque de pescadores. La Comisión espera que la próxima memoria del Gobierno indicará la adopción de dicho modelo y que quedará asegurada la aplicación del artículo 6, párrafo 3, apartados a), d), e), f), g) e i) del Convenio (datos que debe contener el contrato de enrolamiento). Por otra parte, la Comisión solicita al Gobierno indicar las medidas tomadas o previstas para asegurar la aplicación del artículo 3, párrafo 4 (disposiciones legislativas para garantizar que el pescador comprenda el sentido de las cláusulas del contrato).
Punto V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado nota del texto de la convención colectiva y de las estadísticas proporcionadas con la memoria del Gobierno. Sírvase facilitar indicaciones sobre el número y la naturaleza de las infracciones observadas con relación a la aplicación del Convenio.
Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada en 1996.