National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no responde a los comentarios anteriores y de que comunica una vez más una memoria y una documentación que ya había tenido la ocasión de examinar en el curso de su reunión anterior. Por consiguiente, le agradecería que tuviese a bien comunicar las informaciones solicitadas respecto de la situación material de los servicios de inspección en cada estructura regional y local, y sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a su mejora (artículo 11 del Convenio), así como informaciones acerca de las medidas adoptadas o previstas para la publicación y a la comunicación a la OIT de un informe anual sobre las actividades de los servicios de inspección del trabajo (artículos 20 y 21).
La Comisión recuerda al Gobierno que el recurso a la asistencia técnica de la OIT podría facilitar, en caso de necesidad, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones del presente Convenio, y espera que se den pasos en este sentido y que se comuniquen asimismo las informaciones pertinentes.