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Observation (CEACR) - adopted 2005, published 95th ILC session (2006)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Uganda (Ratification: 1967)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en junio de 2004.

1. Coordinación de la política de empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión recuerda que los esfuerzos de Uganda para elaborar una completa política de empleo se remontan a 1996, cuando el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social preparó, con la asistencia de la OIT, una política nacional de empleo de esas características. En su última memoria, el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social debía someter al Gabinete en julio de 2004 el proyecto de política nacional de empleo para su examen y adopción. Si bien el Gobierno considera que el proyecto de política nacional de empleo representa la primera medida integral para abordar los problemas del desempleo, el subempleo, la productividad laboral y la pobreza en el país, reconoce que el empleo sigue siendo uno de los mayores desafíos dado que más de la mitad de la población aún se encuentra por debajo de la línea de la pobreza. El desempleo y el subempleo está generalizado entre las mujeres, los jóvenes y los graduados de institutos de enseñanza superior, de la educación terciaria, así como de otras instituciones. Debido a lo expuesto, el Gobierno incluyó objetivos de empleo en los planes y programas de desarrollo, tales como el Plan de Acción para la erradicación de la pobreza destinado a acelerar el crecimiento económico y lograr la erradicación de la pobreza.

2. El Gobierno indica también que en el marco de la política de empleo, tiene el propósito de proteger a los grupos vulnerables, como las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidades y prestarles asistencia mediante programas compensatorios especiales, con inclusión de los previstos con arreglo al Plan de Acción para la erradicación de la pobreza. Además, el Gobierno indica que la Dirección de Formación Industrial ofrece orientación profesional y garantizará que los programas sean impulsados por la demanda mediante una mayor participación del sector privado. La Comisión solicita al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información detallada sobre las medidas tomadas para garantizar que el empleo, como elemento clave en la reducción de la pobreza, sea un aspecto esencial de las políticas macroeconómicas y sociales. Además, la Comisión subraya la importancia de establecer un sistema para la compilación de los datos relativos al mercado de trabajo y solicita al Gobierno que la mantenga informada de todo progreso realizado en este ámbito, y que facilite en su próxima memoria datos desglosados sobre las tendencias que se observan en el mercado de trabajo, incluida la información relativa a la situación, nivel y tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo en todo el país y en qué medida afectan a las categorías de trabajadores más vulnerables (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales). Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que facilite información relativa al proyecto de política nacional de empleo y del Plan de Acción para la erradicación de la pobreza, y sobre toda evaluación relativa a las repercusiones de sus programas para combatir el desempleo, especialmente entre graduados universitarios (artículos 1 y 2 del Convenio).

3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica que durante la elaboración de la Política Nacional de Empleo, se tuvieron en cuenta las opiniones de todas las personas interesadas en el marco de los diversos talleres que se organizaron a estos fines. La Comisión toma debida nota de esta información y recuerda que el artículo 3, del Convenio, exige la consulta con todos los representantes de las personas interesadas y, en particular, con los representantes de los empleadores y de los trabajadores en la formulación y ejecución de las políticas de empleo. La Comisión estima que es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (véase el párrafo 493 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). La Comisión agradecería seguir recibiendo información sobre la participación de los interlocutores sociales en las cuestiones abarcadas por el Convenio.

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