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Observation (CEACR) - adopted 2005, published 95th ILC session (2006)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Netherlands (Ratification: 1967)

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1. La Comisión toma nota de la información que contiene la memoria del Gobierno para el período que finalizó en junio de 2004, así como del Plan Nacional de Acción para el Empleo, que se adjunta. La Comisión toma nota asimismo de los comentarios incluidos en la memoria del Gobierno formulados por la Federación Nacional de Sindicatos Cristianos (CNV) y la Confederación Sindical de Categorías Medias y Superiores (MHP). Los comentarios de la Confederación Sindical de los Países Bajos (FNV) fueron recibidos y transmitidos al Gobierno en noviembre-diciembre de 2004.

2. Aplicación de una política de empleo en el marco de una política económica y social coordinada. El Gobierno señala en su memoria que las tendencias del mercado de trabajo reflejan la desaceleración económica de los años 2002-2004. Mientras que la tasa de desempleo aumentó de un 3,9 por ciento en 2002 a un 6,5 por ciento en 2004, lo que se traduce en 238.000 personas más desempleadas, la tasa de empleo para toda la población todavía superaba el 70 por ciento, cumpliendo así con los objetivos cuantitativos de empleo definidos por la Unión Europea. El Gobierno intenta incrementar la tasa de empleo, especialmente mejorando la efectividad de varios sistemas de seguridad social (por ejemplo, revisando algunos aspectos de los sistemas de prestaciones por desempleo), tomando medidas para estimular la participación en la fuerza de trabajo de ciertos grupos (por ejemplo, los trabajadores de edad avanzada), y aumentando la efectividad de las políticas de reintegración y dando a la gente incentivos financieros para que pasen de pedir prestaciones a realizar trabajos remunerados. Asimismo, el Gobierno pretende detener el aumento continuo del número de personas incapacitadas para el trabajo, lo que implica que es inevitable una reforma del sistema de seguro de invalidez. La Comisión recuerda que el Estudio general, de 2004 puso de relieve los procedimientos de coordinación de políticas en los Países Bajos (véase recuadro 1.4 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre cómo funcionan las medidas para promover el pleno empleo en el marco de «una política económica y social coordinada» (artículo 2, párrafo a), del Convenio) y que indique las dificultades encontradas y los resultados obtenidos por estas orientaciones de la política del empleo. Asimismo, en lo que respecta a las reformas previstas de los métodos para proporcionar prestaciones de desempleo, la Comisión recuerda que las medidas tomadas para promover el empleo productivo deben tomarse en coordinación con otros ámbitos de la política del empleo (véase párrafo 47 del Estudio general, de 2004). A este respecto, la Comisión agradecería al Gobierno que aclarase cómo la revisión de los sistemas de prestaciones de desempleo contribuirá a incentivar a los beneficiarios a reintegrarse al mundo laboral.

3. En su observación de 2002, la Comisión tomó nota con interés de que el Gobierno había pedido que se negociasen «convenciones colectivas orientadas a las inversiones» para establecer una relación entre aumentos de salarios responsables, inversiones de calidad y estructuras flexibles de pagos. El Gobierno informa de que en 2002, se acordó una media de un 2,5 por ciento de aumento para 2003. Asimismo, se acordó un aumento del 0 por ciento para 2004 y 2005. Asimismo, el Gobierno indica que alcanzar un acuerdo sobre los sistemas de retiro anticipado y de prepensiones no ha sido posible. La Comisión agradecería que se la mantenga informada sobre los esfuerzos realizados por el Gobierno y los interlocutores sociales a fin de promover el empleo y sobre las medidas tomadas con respecto a los ingresos y salarios.

4. Empleo de los jóvenes. Minorías étnicas. Asimismo, el Gobierno indica que se han establecido objetivos respecto al desempleo de los jóvenes. El objetivo del Gobierno es que el desempleo de los jóvenes (de edades comprendidas entre los 15 y los 22 años, excluyendo los menores que van a la escuela y los jóvenes estudiantes) durante el período 2003-2007 no sea superior al doble del total de la tasa de desempleo. De esta forma, se ha establecido un plan de acción contra el desempleo de los jóvenes cuyo objetivo es que cada joven desempleado esté trabajando y/o estudiando de nuevo dentro de seis meses. Asimismo, el Gobierno afirma que otro objetivo es incrementar la tasa de empleo de las minorías étnicas de un 50 por ciento hasta un 54 por ciento en 2005 y señala que las políticas de igualdad de oportunidades y de minorías desempeñarán una función importante en el logro de este objetivo. La Comisión espera recibir en la próxima memoria del Gobierno una evaluación del impacto de estas medidas en el logro de los objetivos de aumentar el número de personas que trabajan y reducir el desempleo entre los jóvenes y minorías étnicas.

5. Trabajadores mayores. Con respecto a la tasa de participación de los trabajadores mayores, el Gobierno indica que ha establecido el objetivo de incrementar su participación en el mercado de trabajo de un 37 por ciento hasta un 40 por ciento en 2007. Asimismo, el Gobierno menciona la introducción, el 1.º de mayo de 2004, de la Ley sobre la Igualdad de Trato de los Trabajadores de Edad Avanzada, que prohíbe la discriminación basada en la edad en la contratación y selección de nuevo personal, la promoción, el despido, los salarios, las prestaciones secundarias etc., si no existen razones objetivas para los límites de edad. La Comisión expresa su beneplácito por estas medidas y pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre la evaluación y los resultados de estos esfuerzos para incrementar la tasa de participación de los trabajadores mayores.

6. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas. La Comisión toma nota de los comentarios formulados por la FNV respecto a que, durante el período de memoria, ha presentado en distintas ocasiones al Gobierno alternativas que habrían dado como resultado un mercado de trabajo y unas políticas de empleo más efectivos, pero el Gobierno no ha tomado estas propuestas seriamente en cuenta. Según la FNV este fue el caso en particular cuando el Gobierno introdujo las reformas del retiro anticipado y de las prepensiones. La FNV considera que las políticas económicas desequilibradas, las políticas de mercado de trabajo inefectivas y las políticas sociales intimidatorias aumentarán las tensiones en la sociedad en general y tendrán un impacto negativo en las relaciones entre los sindicatos y las organizaciones de trabajadores. La Comisión recuerda que el artículo 3 del Convenio dispone que las medidas a tomar en relación con la política del empleo deben tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de los empleadores y de los trabajadores a fin de lograr su plena cooperación en la labor de formular y aplicar las políticas de empleo. La Comisión estima que es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (párrafo 493 del Estudio general, de 2004). La Comisión confía en que el Gobierno podrá proporcionar en su próxima memoria información sobre la forma en la que ha consultado con los representantes de los empleadores y de los trabajadores sobre todas las cuestiones relacionadas con la política del empleo, con miras a tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y obtener el apoyo necesario para su ejecución.

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