National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno en la que indica que se adoptaron algunas medidas destinadas a mejorar el funcionamiento de la Oficina del Seguro de Accidentes del Trabajo, Enfermedades y Maternidad (OFATMA) y solicita la asistencia técnica de la Oficina en la organización de un sistema de seguro por enfermedad. La Comisión toma nota de esta solicitud y recuerda que durante los años 2000 a 2002 la Oficina ya ha realizado un cierto número de actividades en el país con la finalidad, entre otras, de prestar asistencia al Gobierno a fin de extender la protección social a los grupos excluidos y organizar talleres de formación sobre la promoción de diferentes sistemas de microseguro. La Comisión espera que podrá continuar la asistencia técnica de la Oficina para contribuir al establecimiento en el país de un sistema operacional de seguro por enfermedad y que permita garantizar progresivamente y de manera adecuada las necesidades de los trabajadores de la industria y la agricultura.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.