National Legislation on Labour and Social Rights
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Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de su respuesta a los comentarios de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) [actualmente Confederación Sindical Internacional (CSI)], de 2006. Asimismo, la Comisión toma nota de los comentarios de la CSI, de 28 de agosto de 2007, sobre cuestiones que ya están siendo examinadas.
La Comisión recuerda que sus anteriores comentarios se referían a la necesidad de enmendar el artículo 17 de la Ley sobre la Negociación Colectiva a fin de garantizar que en la votación sobre acciones colectivas sólo se tengan en cuenta los votos emitidos y que el quórum y la mayoría requeridos se fijen a un nivel razonable.
La Comisión toma nota con interés de que según la memoria del Gobierno el artículo 17 de la Ley sobre la Negociación Colectiva, que aborda el derecho a la huelga, ha sido recientemente enmendado a fin de suprimir la obligación de someter los nombres de los empleados que participarán en la huelga y garantizar que en la votación para realizar una huelga sólo se tendrán en cuenta los votos emitidos, todo ello sujeto a un requisito de quórum del 50 por ciento de los empleados a los que concierne el acuerdo.
La Comisión dirige al Gobierno una solicitud directa sobre otras cuestiones.