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Observation (CEACR) - adopted 2009, published 99th ILC session (2010)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Barbados (Ratification: 1976)

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Aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno recibida en febrero de 2009. El Gobierno indica que su política activa destinada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido se ha enunciado mediante los Protocolos elaborados por los interlocutores sociales y las declaraciones del Primer Ministro de Barbados y otros funcionarios gubernamentales. El Gobierno redujo el nivel de los impuestos a las sociedades comerciales para lograr la disminución de los costos de la actividad empresarial. Asimismo, en octubre de 2008, el Banco Central de Barbados recortó el tipo de interés de base para los bancos comerciales con 0,25 puntos porcentuales, para situarlo en un 4 por ciento, a fin de alentar los préstamos con fines de inversión e impulsar así el crecimiento económico. El Gobierno indica que sus políticas comerciales e industriales procuran incrementar el empleo en la totalidad del espectro económico. La Comisión toma nota de que, en el segundo trimestre de 2008, la tasa de desempleo ascendía al 8,6 por ciento de la fuerza del trabajo. Como se indica en el Balance Preliminar de las Economías de América Latina y el Caribe, 2008, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), este ligero incremento de la tasa de desempleo en comparación con el mismo período de 2007 aún es inferior al observado en los años anteriores (la tasa de participación corresponde al 68,7 por ciento del total de la población adulta). Además, la Comisión recuerda los comentarios formulados por el Sindicato de Trabajadores de Barbados en junio de 2008, según los cuales el sindicato sigue apoyando las intervenciones políticas en favor de las microempresas y los trabajadores por cuenta propia para promover un mayor acceso a las facilidades crediticias y a la información del mercado, así como a la educación formal y la formación y, en general, facilitar el acceso al trabajo decente en la economía informal.

El Gobierno indica asimismo que la revisión de políticas se implementa mediante el control ejercido por ministerios, organismos y departamentos que tienen competencia para aplicar dichas políticas. El Ministerio de Economía, Innovación, Desarrollo, Negocios Internacionales, Industria y Comercio, a través de la División de Asuntos Económicos, utiliza un procedimiento de seguimiento que permite obtener sistemáticamente información sobre la aplicación de las políticas económicas y financieras, para su transmisión al Director de Finanzas y Asuntos Económicos y al Ministro. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas aplicadas como parte de una política activa destinada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido, y los resultados de dicha política. Además, pide al Gobierno que comunique mayor información sobre la manera en que se tienen en cuenta los objetivos económicos al adoptarse y revisarse dichas medidas en el marco de la política presupuestaria, las políticas fiscales y monetarias, la política de precios, de ingresos y salarial.

El Gobierno indica que la Unidad de Investigación de la Mano de Obra y Estadísticas del Ministerio de Trabajo e Inmigración lleva a cabo investigaciones y encuestas para recopilar información sobre la oferta y la demanda laboral. El Gobierno indica asimismo que la Unidad sobre Discapacidades y la Oficina de Asuntos de Género tienen el objetivo de atender las necesidades de determinadas categorías de trabajadores tales como las mujeres, los jóvenes, los trabajadores de edad avanzada y los trabajadores con discapacidades. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las repercusiones de las medidas aplicadas para atender las necesidades de categorías vulnerables de trabajadores tales como las mujeres, los jóvenes, los trabajadores de edad avanzada y los trabajadores con discapacidades.

Enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota de que la Dirección de Formación de Barbados se ocupa de la orientación profesional mediante los programas de formación de competencias profesionales. Además, el Gobierno indica que se ha establecido el Consejo de Educación y Formación Técnica y Profesional para financiar a las instituciones de formación y permitirles que impartan formación específica para la industria. Entre otras funciones, el Consejo de Educación y Formación Técnica y Profesional tiene el mandato de garantizar la uniformidad de la formación. La Comisión agradecería recibir información sobre cuáles han sido las repercusiones de las medidas adoptadas para mejoras de la coordinación entre las políticas de educación y formación y las futuras oportunidades de empleo.

Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que las consultas nacionales sobre la economía se realizan anualmente. La Comisión reitera al Gobierno su solicitud de que en su próxima memoria comunique información sobre la manera en que se garantiza la celebración de consultas sobre las cuestiones abarcadas por el Convenio, incluyendo ejemplos sobre las cuestiones tratadas o las decisiones tomadas sobre política de empleo por intermedio de las comisiones y órganos tripartitos que existen en el país. Además, se invita al Gobierno a que comunique informaciones sobre si se llevan consultas con los representantes de las personas que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado, como se requiere en el formulario de memoria para el artículo 3 del Convenio.

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