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Observation (CEACR) - adopted 2013, published 103rd ILC session (2014)

Worst Forms of Child Labour Convention, 1999 (No. 182) - Spain (Ratification: 2001)

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La Comisión toma nota de la comunicación de la Unión General de Trabajadores (UGT) de 4 de septiembre de 2013, así como de la memoria del Gobierno.
Artículo 7, párrafo 2. Medidas efectivas en un plazo determinado. Apartados a) y b). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil, librarlos de estas peores formas de trabajo y asegurar su rehabilitación e inserción social. Trata y explotación sexual comercial. La Comisión tomó nota anteriormente de la adopción del tercer Plan de acción contra la explotación sexual de la infancia y la adolescencia (2010-2013) (PESI III), que prevé especialmente la organización de campañas de sensibilización sobre el tema de la explotación sexual y del turismo sexual con menores de edad, el perfeccionamiento de los sistemas de detección y de denuncia, y el establecimiento de mecanismos específicos para la asistencia a las víctimas.
La Comisión toma buena nota de las numerosas medidas referidas en la memoria del Gobierno para luchar contra la trata y la explotación sexual de niños y adolescentes. En particular, la Comisión toma nota de que se han realizado campañas de sensibilización para prevenir la explotación sexual, y de que se ha financiado el desarrollo de programas de formación destinados a las empresas hoteleras, así como la firma de códigos de conducta del sector turístico. Además, por lo que respecta al seguimiento del PESI III, el Gobierno indica que en el Foro Social contra la Trata se constituyó un grupo de trabajo sobre la infancia con objeto de coordinar las acciones contempladas en el mencionado plan. El grupo de trabajo está coordinado por la Subdirección General de la Infancia, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales, e Igualdad (MSSI), con la participación de una red de ONG, representantes de comunidades autónomas y otros ministerios. En ese contexto, en octubre de 2011 se aprobó un Protocolo marco de protección a las víctimas de trata, con objeto de mejorar la coordinación y definir los mecanismos de interacción entre las diferentes administraciones competentes. Por lo que respecta al número de niños que se han beneficiado de medidas de protección y reintegración, la memoria del Gobierno indica que en 2011 las entidades públicas de protección de menores de las Comunidades Autónomas tomaron 12 235 medidas de protección, en relación con casos de abuso o explotación sexual o por cualquier otra forma de maltrato. Por último, la Comisión toma nota de la creación en 2013, en el ámbito del Ministerio del Interior, de una Brigada Central de Trata y de un plan operativo contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.
Sin embargo, la Comisión toma nota de que, según el estudio de 2012 sobre la trata de seres humanos en España, elaborado por el Defensor del Pueblo, a pesar de los importantes esfuerzos desplegados por el Gobierno para luchar contra ese fenómeno, existen importantes lagunas en cuanto al registro de datos de los extranjeros menores de edad detenidos en las fronteras. Los datos de los menores de edad no son registrados en ninguna base de datos policial, ni se comunica a los servicios de protección de menores su presencia en el territorio y, por ese motivo, resulta muy difícil proceder a la detección de los niños víctimas de la trata (pág. 124). El estudio recomienda el registro automático de los menores de edad indocumentados que sean interceptados en las fronteras en una base especial de datos que pueda ser consultada por la policía y los servicios encargados de la protección de los menores (pág. 284). La Comisión alienta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para proteger a los niños menores de 18 años, especialmente los niños migrantes, contra la trata con fines de explotación sexual o de trabajo forzoso y la explotación sexual comercial, teniendo en cuenta las recomendaciones del estudio de 2012 del Defensor del Pueblo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre los resultados obtenidos como consecuencia de las diferentes medidas adoptadas para favorecer la coordinación entre los diferentes servicios competentes.
Apartado d). Niños particularmente expuestos a riesgos, niños migrantes y menores no acompañados. La Comisión tomó nota anteriormente de la aprobación del Plan estratégico de ciudadanía e integración (2007-2010), destinado, en particular, a garantizar el acceso de los estudiantes migrantes a la educación obligatoria y a facilitar su integración en el sistema educativo. La Comisión solicitó al Gobierno que comunicara informaciones sobre las medidas adoptadas y sobre los resultados obtenidos en el marco de ese plan.
La Comisión toma nota de los comentarios de la UGT, según los cuales la segunda parte del Plan estratégico de ciudadanía e integración (2011-2014) sigue sin ejecución en la práctica. La UGT indica que ese plan no tiene ningún desarrollo práctico, ni seguimiento, ni evaluación desde 2012. La UGT señala también que, además de la reducción de la financiación del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes operada desde 2008, es de señalar que con este fondo no se ha financiado nunca la atención sanitaria o los servicios de educación. La Comisión observa que la memoria del Gobierno retoma las informaciones de la UGT a este respecto y no suministra nuevas informaciones.
La Comisión toma nota de que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en sus observaciones finales de 6 de junio de 2012, expresó su preocupación por la reducción de los niveles de protección efectiva de los derechos que ha resultado de las medidas de austeridad adoptadas por el Gobierno, perjudicando de forma desproporcionada el ejercicio de los derechos de los niños migrantes y los solicitantes de asilo (documento E/C.12/ESP/CO/5, párrafo 8). Observa que el Comité advierte con preocupación que la educación ha sido uno de los sectores más afectados por los recortes presupuestarios (párrafo 27). Al considerar que los niños migrantes están particularmente expuestos a las peores formas de trabajo infantil, la Comisión solicita al Gobierno que intensifique sus esfuerzos para proteger a los niños de esas peores formas de trabajo, garantizando, en particular, su integración en el sistema escolar. Solicita que, en su próxima memoria, tenga a bien comunicar informaciones sobre las medidas adoptadas y los resultados obtenidos a este respecto.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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