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Observation (CEACR) - adopted 2013, published 103rd ILC session (2014)

Worst Forms of Child Labour Convention, 1999 (No. 182) - North Macedonia (Ratification: 2002)

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Artículo 7, párrafo 2, del Convenio. Medidas efectivas y en plazo determinado. Apartado d). Identificar a los niños que están particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos. 1. Niños de la calle. La Comisión tomó nota anteriormente de la información del UNICEF de que hay muchos niños de la calle que son reclutados para la mendicidad y que muchos de ellos son vulnerables a la trata. La Comisión tomó nota de que, según los datos del Ministerio de Trabajo y Política Social, había aproximadamente 1 000 niños de la calle en el país, el 95 por ciento de los cuales son romaníes y que la explotación laboral y la mendicidad contribuyen a este fenómeno. La Comisión tomó nota de que, a pesar de las medidas del Gobierno, el Comité de los Derechos del Niño (CRC), en sus observaciones finales de 23 de junio de 2010, expresó su profunda preocupación por el aumento de niños de la calle y la falta de avances en la búsqueda de soluciones duraderas para la protección, el acceso a la educación y la reinserción social de esos niños (documento CRC/C/MKD/CO/2, párrafo 71).
La Comisión toma nota de la información del Gobierno en relación con las nuevas medidas adoptadas para proteger a los niños de la calle. Esas medidas incluyen la ampliación de la red de los centros de atención diurna para los niños de la calle mediante la apertura de un nuevo centro en el municipio de Prilep en 2013, lo que amplía el número de estos centros a cuatro. El Gobierno señala también que, en 2012, se creó una línea de atención telefónica urgente a nivel nacional destinada a atender las llamadas de ciudadanos que quieran informar sobre los niños de la calle. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno señala que se ha adoptado un plan de acción para los niños de la calle para el período de 2013 2015, que incluye medidas y actividades concretas en el ámbito de la educación y la protección de la salud, y con el fin de contribuir a disminuir la influencia nociva de las calles en el desarrollo de estos niños. La Comisión alienta encarecidamente al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para proteger a los niños de la calle de las peores formas de trabajo infantil y solicita que suministre información sobre el número de niños que han sido retirados de las calles y se han beneficiado de las medidas de rehabilitación e integración social.
2. Niños romaníes. La Comisión tomó nota anteriormente de que las tasas de abandono escolar eran considerablemente más elevadas en los niños romaníes. No obstante, tomó nota de que el Gobierno estaba participando en el Decenio de la Inclusión Romaní, en cuyo marco había adoptado varias medidas para reducir la tasa de abandono escolar de los niños romaníes. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno ha puesto en marcha un proyecto de becas, orientación y tutorías para estudiantes romaníes, que había empezado en 2008.
La Comisión toma nota de la información del Gobierno de que el Ministerio del Trabajo y Política Social es el coordinador del Proyecto de Inclusión de los Niños Romaníes en las instituciones municipales, guarderías e instituciones de enseñanza preescolar de carácter público. En este sentido, el Gobierno señala que, en 2012 2013, se han inscrito 425 niños romaníes en guarderías con financiación estatal. Además, la Comisión toma nota de la información del Gobierno de que, en el marco de los programas de becas de estudios para estudiantes romaníes, en 2011 2012 tan sólo cinco estudiantes de los 591 receptores de estas becas habían abandonado sus estudios de enseñanza secundaria. En 2012 2013, 593 estudiantes participaron en los programas de becas y tutorías.
No obstante, la Comisión toma nota de que, en sus observaciones finales de 22 de marzo de 2013, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) manifestó su preocupación por la falta de datos suficientes desglosados por género y lugar de origen para poder comparar el nivel educativo de las niñas de diversas comunidades étnicas (documento CEDAW/C/MKD/CO/4.5, párrafo 29). En este sentido, el CEDAW reiteró su preocupación por las tasas de abandono escolar de las niñas romaníes y tomó nota del reducido número de niñas romaníes en la enseñanza superior y de la falta de medidas adoptadas para garantizar su acceso a la educación. Al CEDAW le preocupa además que el porcentaje de niños romaníes, incluyendo las niñas, en las escuelas para niños con necesidades especiales sea desproporcionadamente elevado. Tomando debida nota de las medidas adoptadas por el Gobierno, la Comisión insta al Gobierno a intensificar sus esfuerzos para facilitar el acceso a la educación de los estudiantes romaníes, en particular de las niñas. Solicita al Gobierno que siga suministrando información sobre los resultados obtenidos, especialmente en relación con el aumento de las tasas de matriculación escolar y la reducción de las tasas de abandono.
Parte V del formulario de memoria. Aplicación del Convenio en la práctica. La Comisión tomó nota anteriormente de que el CRC en sus observaciones finales de 23 de junio de 2010 expresó su preocupación sobre la escasa aplicación de la legislación y las políticas en materia de trabajo infantil, y la incidencia del trabajo infantil en el sector informal, en particular en la mendicidad y la venta ambulante (documento CRC/C/MKD/CO/2, párrafo 69).
La Comisión observa que el Gobierno no proporciona información sobre este punto en su memoria. La Comisión insta en consecuencia al Gobierno a intensificar sus esfuerzos con respecto a la prevención y eliminación de las peores formas de trabajo infantil. Solicita una vez más al Gobierno que suministre información sobre las medidas adoptadas y los resultados obtenidos, en particular, sobre la naturaleza, alcance y tendencias de las peores formas de trabajo infantil, el número de niños protegidos por las medidas que dan cumplimiento al Convenio, el número y la naturaleza de las infracciones denunciadas, así como sobre las investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sanciones aplicadas. En la medida de lo posible, toda la información que proporcione debería desglosarse por sexo y edad.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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