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Direct Request (CEACR) - adopted 2018, published 108th ILC session (2019)

Indigenous and Tribal Populations Convention, 1957 (No. 107) - El Salvador (Ratification: 1958)

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Artículos 2, 5 y 6 del Convenio. Programas coordinados y sistemáticos de desarrollo. Colaboración y participación. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la creación de la Mesa Multisectorial de Pueblos Indígenas como instancia de diálogo, elaboración de programas y políticas y cooperación, conformada por representantes de organizaciones indígenas e instituciones gubernamentales. También tomó nota de la preparación de un documento base de política pública para los pueblos indígenas, y solicitó al Gobierno información sobre las medidas adoptadas en este marco. El Gobierno informa en su memoria que por medio de la Mesa Multisectorial se ha logrado una mayor coordinación entre el Gobierno y los pueblos indígenas de tal forma que distintos ministerios han iniciado programas de salud y educación que responden a las demandas de dichos pueblos. El Gobierno también se refiere a la adopción del Plan Quinquenal de Desarrollo (2014-2019), el cual incluye a los pueblos indígenas entre los grupos prioritarios para efecto de las distintas acciones gubernamentales. El objetivo 8.7 del Plan Quinquenal concierne la promoción de los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo el rescate y revitalización de la cultura indígena, y la eliminación de toda forma de discriminación contra dichos pueblos. Además, la Comisión toma conocimiento de la adopción de la política forestal de El Salvador (2016-2036) como resultado de un proceso nacional de concertación en el que participaron líderes de organizaciones de la sociedad civil, pueblos originarios, universidades e instituciones del Gobierno, entre otros. Esta política forestal tiene como misión promover el manejo forestal sostenible, siendo uno de sus ejes estratégicos el fomento de la participación de las comunidades en las actividades de control y protección forestal.
La Comisión observa, según la información disponible en el sitio web oficial de la presidencia, que el 14 de noviembre de 2018 se lanzó la Política pública para los pueblos indígenas, la cual establece principios rectores para llevar a cabo una gestión pública en favor de dichos pueblos. La Política contiene cinco ejes estratégicos: desarrollo social, desarrollo económico, desarrollo cultural, sostenibilidad medioambiental y gestión gubernamental.
La Comisión saluda la adopción de la Política Nacional para los Pueblos Indígenas y pide al Gobierno que trasmita una copia de la misma así como información sobre las medidas adoptadas, en colaboración con los pueblos indígenas, para implementar los cinco ejes estratégicos de dicha política. Sírvase también indicar las medidas adoptadas bajo el Plan Quincenal de Desarrollo (2014-2019) en lo que respecta a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas. La Comisión pide al Gobierno que indique cómo las medidas adoptadas han contribuido a mejorar las condiciones de vida y de trabajo, así como el nivel educativo de los pueblos en cuestión. La Comisión también pide al Gobierno que informe sobre la forma en que las comunidades indígenas participan en la implementación de la política forestal (2016-2036).
Artículo 6. Mejoramiento de condiciones de vida y de trabajo. Mujeres indígenas. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno según la cual, en abril de 2018, el Ministerio de Agricultura y Ganadería presentó la política integral para mujeres rurales, indígenas y campesinas y constituyó un grupo impulsor de esta política para orientar y monitorear los avances en su formulación. Este grupo está conformado por varias organizaciones de mujeres campesinas e indígenas, entidades gubernamentales, y órganos de cooperación internacional. El Gobierno indica que el objeto de dicha política es transformar las políticas de desarrollo rural en instrumentos que garanticen los derechos humanos y la autonomía de las mujeres rurales, indígenas y campesinas, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer también viene desarrollando acciones, en coordinación con el Consejo Coordinador Nacional Indígena Salvadoreño, para articular la participación de las mujeres indígenas en la aplicación de las políticas que afecten a los pueblos indígenas, así como la promoción y la defensa de sus derechos. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre las medidas adoptadas en el marco de la Política integral para mujeres rurales, indígenas y campesinas así como las medidas tomadas a nivel municipal para garantizar una protección eficaz en materia de contratación y condiciones de empleo, incluyendo información estadística sobre el número de mujeres indígenas cubiertas por dichas medidas, su respectiva localidad territorial y su impacto sobre su acceso al empleo y su nivel educativo.
Artículos 11 a 14. Tierras. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que continuara informando sobre los procesos y programas de entrega de tierras, su impacto en las poblaciones indígenas y el porcentaje de miembros de dichas poblaciones que se beneficiaron de los mismos. El Gobierno indica que el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA) ha participado en la formulación del plan nacional sobre pueblos indígenas el cual prevé acciones para garantizar la protección jurídica de las tierras a pueblos indígenas y promover su participación en la toma de decisiones que afecten a su territorio. El Gobierno señala que se han venido implementando legalizaciones de tierras a favor de la población más vulnerable, incluida la población indígena, bajo el concepto de bien de familia, para un plazo de veinte años, y no de forma mancomunada. También se han llevado a cabo procesos de formación y sensibilización sobre derechos de los pueblos indígenas así como campañas informativas sobre el derecho de las mujeres a acceder a inmuebles. El Gobierno transmite información sobre los grupos familiares que se han beneficiado a nivel nacional de escrituras de propiedad entre 2014-2018 por departamento.
La Comisión toma debida nota de las medidas tomadas para la legalización jurídica de las tierras de la población más vulnerables, entre ellas familias pertenecientes a pueblos indígenas. La Comisión recuerda que el artículo 11 del Convenio prevé la obligación de reconocer el derecho de propiedad, colectivo o individual, en favor de los miembros de las poblaciones en cuestión sobre las tierras tradicionalmente ocupadas por ellas. Por lo tanto, la Comisión pide al Gobierno que siga tomando las medidas necesarias con miras a reconocer y promover los derechos de las poblaciones indígenas sobre las tierras que ocupan tradicionalmente y que transmita informaciones más detalladas sobre el número de familias indígenas beneficiadas por los procesos de legalización de tierras implementados por el ISTA y las áreas correspondientes. Sírvase indicar también los mecanismos que existen para la transmisión a los miembros de pueblos indígenas de la propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por ellos, de manera individual o colectiva.
La Comisión toma nota de las informaciones presentadas por el Gobierno en relación con las diligencias procesales realizadas en torno a la denuncia de desalojo interpuesta por la Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria de Desarrollo Comunal de la Comunidad «Plan Los Mochos», así como a la denuncia interpuesta por los habitantes del cantón Planes de Renderos por la degradación ambiental en el marco del proyecto habitacional «Quintas Doradas». El Gobierno indica que los procesos se encuentran activos y reitera, en relación con la denuncia interpuesta por la Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria de Desarrollo Comunal de la comunidad «Plan los Mochos», que, hasta el momento, la comunidad afectada no ha sido desalojada y que no se ha agotado el proceso de mediación. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre los avances y resultados en los procesos relativos a dichas denuncias.
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