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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 49. En su reunión de noviembre de 2001, el Comité instó al Gobierno a que tomara las medidas necesarias para que se realizara una investigación a la brevedad en cuanto a la aplicación de un acuerdo que contiene condiciones de empleo y remuneración salarial superiores a las pactadas en las convenciones colectivas, al personal técnico de dirección y de confianza a condición de que no se afilie o deje de pertenecer a una o cualquiera de las dos organizaciones sindicales de primer grado existentes en ECOPETROL [véase 326.º informe, párrafos 49-50].
- 50. Por comunicación de fecha 13 de enero de 2003, el Gobierno informa que la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bogotá y Cundinamarca inició una investigación administrativa laboral contra ECOPETROL basada en la denuncia efectuada por ADECO sobre violación del derecho de asociación, ajuste salarial, devolución de cuotas sindicales, aplicación de tarifa de viáticos para el personal dispuestos en virtud del Acuerdo 01 de 1977 que establece condiciones de empleo y de remuneración superiores a las establecidas en el convenio colectivo. Dicha investigación se encuentra aún en trámite. No obstante, el Gobierno señala que de todos modos, en lo que respecta a la aplicación del Acuerdo 01 de 1977, de acuerdo a la legislación, no pueden establecerse privilegios a favor de determinada organización sindical, habiendo un convenio colectivo que beneficia a todos los trabajadores.
- 51. El Comité lamenta que la investigación sobre hechos ocurridos hace más de dos años no haya concluido. En estas condiciones, el Comité expresa la esperanza de que dicha investigación finalizará en un futuro próximo y pide al Gobierno que lo mantenga informado del resultado final de la investigación.