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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 332, November 2003

Case No 2017 (Guatemala) - Complaint date: 05-MAR-99 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 68. En su reunión de noviembre de 2002, el Comité formuló las siguientes conclusiones y recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 330.º informe, párrafos 88 a 99] y sobre las que el Gobierno ha enviado información desde el último examen del caso:
    • — respecto a la Finca La Exacta, el Comité había pedido al Gobierno que garantizara el efectivo cumplimiento de las órdenes judiciales de reintegración de trabajadores despedidos en la Finca La Exacta;
    • — en cuanto al cierre de la empresa CARDIZ S.A. tras la constitución del sindicato, y la privación ilegítima de la libertad de los trabajadores que habían permanecido en las instalaciones de la empresa con el propósito de no permitir que se retirara la maquinaria y el equipo de la empresa, el Comité había pedido al Gobierno que enviara informaciones sobre estos alegatos y de manera muy especial sobre las verdaderas causas que motivaron el cierre de la empresa CARDIZ S.A.;
    • — el Comité observa que el Gobierno ha enviado informaciones poco precisas sobre las cuestiones relativas al Parque Zoológico Nacional (el Parque Zoológico Nacional La Aurora se niega a negociar un nuevo contrato colectivo con el sindicato y ha promovido una asociación solidarista, presionando a los trabajadores para que se afilien a ella) y pide al Gobierno que envíe informaciones adicionales sobres estos alegatos.
  2. 69. En su comunicación de 3 de septiembre de 2003, el Gobierno informa, en cuanto a la Finca La Exacta, que con fecha 9 de junio de 2003, se acordó un convenio de bases para alcanzar en breve plazo un acuerdo de solución amistosa, firmado por el presidente de COPREDEH y representantes de los trabajadores damnificados, el Centro de Acción Legal de los Derechos Humanos (CALDH) y de la Unión Sindical de los Trabajadores de Guatemala (UNSITRAGUA). Los aspectos relevantes del convenio se refieren a la necesidad de llegar a un acuerdo de reparación económica dentro de un plazo no mayor a cinco meses y buscar establecer otras modalidades de reparación que tiendan a beneficiar a las familias de los trabajadores de la finca.
  3. 70. Respecto al cierre de la empresa CARDIZ S.A., el Gobierno informa que cuando la Inspección General del Trabajo intervino la empresa estaba a punto de cerrar dado que su principal cliente internacional había rescindido sus contratos de compra y fabricación de prendas de vestir. Posteriormente, la empresa se vio obligada a suspender unilateralmente los contratos de trabajo de todo el personal. La Inspección General de Trabajo envió el expediente al tribunal correspondiente para que impusiera la sanción indicada. El caso se encuentra actualmente ante los tribunales.
  4. 71. En cuanto al Zoológico La Aurora, el Gobierno informa que entre julio de 2000 y junio de 2002 se abrieron siete expedientes y se efectuó igual número de adjudicaciones. El último expediente abierto data de 2002 y luego de ese caso no se han recibido nuevas solicitudes de intervención.
  5. 72. El Comité toma nota de la información enviada por el Gobierno en cuanto al convenio de bases celebrado para alcanzar en breve plazo el acuerdo de solución amistosa en el caso de la Finca la Exacta y/o San Juan El Horizonte cuyos aspectos relevantes se refieren a la necesidad de llegar a un acuerdo de reparación económica dentro de un plazo no mayor a cinco meses y establecer otras modalidades de reparación para beneficiar a las familias de los trabajadores de la finca. Dado que el plazo de cinco meses ya casi ha transcurrido, el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado de la evolución de la situación y que precise si el mencionado acuerdo comprende el reintegro de los trabajadores despedidos respecto de los cuales se habían dictado órdenes judiciales de reintegración.
  6. 73. El Comité toma nota de la información enviada por el Gobierno en cuanto a los motivos que llevaron al cierre de la empresa CARDIZ S.A.; esto es que su principal cliente internacional rescindió sus contratos de compra y fabricación de prendas de vestir por lo que la empresa se vio obligada a suspender unilateralmente los contratos de trabajo de todo el personal. El Comité toma nota asimismo de que el caso se encuentra actualmente ante los tribunales y le pide al Gobierno que le informe del resultado de los procesos en curso.
  7. 74. En cuanto al Zoológico La Aurora, el Comité toma nota de que el Gobierno se refiere a siete expedientes e igual número de adjudicaciones que fueron efectuadas entre julio de 2000 y junio de 2002 y a que el último expediente data de 2002, luego del cual no se han recibido nuevas solicitudes de intervención. El Comité observa que el Gobierno no precisa si esta información se relaciona con los alegatos planteados, es decir que el Parque Zoológico Nacional La Aurora se niega a negociar un nuevo contrato colectivo con el sindicato y ha promovido una asociación solidarista, presionando a los trabajadores para que se afilien a ella. El Comité pide al Gobierno que esclarezca estas cuestiones.
  8. 75. Además, el Comité lamenta que el Gobierno no haya enviado informaciones sobre las cuestiones que habían quedado pendientes en el último examen del caso e insta al Gobierno a que le envíe sin demora las informaciones y observaciones solicitadas al respecto:
    • — el Comité lamenta que el Gobierno no haya enviado observaciones sobre los alegatos relativos al secuestro, agresiones y amenazas al sindicalista de la Finca Santa María de Lourdes, Walter Oswaldo Apen Ruiz y su familia. El Comité pide al Gobierno que envíe sus observaciones sobre este alegato y que garantice la seguridad del sindicalista amenazado;
    • — el Comité lamenta que el Gobierno no haya enviado informaciones sobre los alegatos relativos al asesinato de los sindicalistas Efraín Recinos, Basilio Guzmán, Diego Orozco y José García Gonzales, las heridas de 11 trabajadores y la detención de 45 trabajadores de la Finca La Exacta y/o San Juan El Horizonte. El Comité insiste una vez más en la gravedad de estos alegatos y urge al Gobierno a que sin demora le envíe información al respecto;
    • — en cuanto al asesinato del sindicalista Baudillo Amado Cermeño Ramírez, el Comité pide al Gobierno que le comunique copia de la sentencia que se dicte al respecto;
    • — en cuanto a las alegadas amenazas contra los Sres. Miguel Angel Ochoa y Wilson Armelio Carreto López, el Comité toma nota de que según el Gobierno estas personas no pertenecen a ningún sindicato y de que no se han presentado denuncias sobre amenazas ante el Ministerio Público e invita a los querellantes a que envíen comentarios sobre estas observaciones;
    • — en cuanto al conflicto relativo al Banco de Crédito Hipotecario Nacional, el Comité toma nota de que se ha constituido una comisión negociadora sobre el conjunto de las cuestiones en instancia y observa que si bien en un primer momento se resolvió la suspensión de las licencias sindicales, la organización querellante ha alegado que las mismas fueron suspendidas nuevamente el 26 de julio de 2002. El Comité insiste en la importancia de que se respeten las decisiones judiciales que prohibían despidos sin autorización judicial, espera que la comisión negociadora pueda encontrar una solución al conflicto en breve plazo y pide al Gobierno que le mantenga informado de los avances de la comisión;
    • — en cuanto a los alegatos relativos al despido de los fundadores del sindicato constituido en 1997 en la empresa Hidrotecnia S.A. el Comité insta al Gobierno a que, sin demora, ordene una investigación sobre estos alegatos y le mantenga informado al respecto;
    • — respecto a las amenazas de la compañía BANDEGUA con retirarse del país si los trabajadores no aceptan que se reduzcan sus derechos previstos en el convenio colectivo por el que se rigen y a los despidos con que amenaza la compañía o a la que ésta ya ha procedido (25 despidos en cinco fincas), el Comité pide al Gobierno que garantice que no se produzcan despidos antisindicales, investigue acerca de los motivos de los despidos efectuados, vele por que se respete el convenio colectivo y le tenga informado de la evolución de la situación;
    • — respecto a la empresa Tanport, el Comité pide al Gobierno que le informe sobre los procedimientos judiciales en curso para tutelar los créditos de los trabajadores afiliados a UNSITRAGUA y despedidos a raíz del cierre de la empresa;
    • — en lo referente a la empresa maquiladora Ace International S.A., el Comité insta al Gobierno a que, con carácter urgente, le informe sobre las sentencias que se dicten en relación con estos graves alegatos de discriminación e intimidación;
    • — por último, el Comité pide también al Gobierno que envíe sus observaciones sobre los nuevos alegatos según los cuales el sindicato bajo control patronal (situación reconocida por el Gobierno) SITRACOBSA, se opuso a la decisión del Ministerio de Trabajo de dejar sin efecto la suspensión de los contratos de trabajo de los trabajadores afiliados al sindicato legítimo (SITECOBSA) de la empresa Corporación Bananera S.A.
  9. 76. El Comité acaba de recibir una comunicación del Gobierno de fecha 27 de octubre de 2003 que responde a ciertos alegatos presentados recientemente por UNSITRAGUA. El Comité examinará esta respuesta en su próxima reunión.
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