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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 41. En su reunión de marzo de 2004, el Comité pidió al Gobierno que le comunique la sentencia que se dicte sobre el despido de siete pilotos y que le mantenga informado del resultado de la acción judicial interpuesta contra la empresa Lan Chile por un ex-socio del sindicato denunciando prácticas antisindicales [véase 333.er informe, párrafo 319].
- 42. En su comunicación de fecha 28 de abril de 2005, el Gobierno declara que la autoridad judicial de primera instancia rechazó la acción judicial por prácticas antisindicales en base a la prescripción y a que el ex-socio que promovió la demanda carecía de interés para denunciar; asimismo la autoridad judicial condenó a la empresa a una multa (80 unidades tributarias) por no haber descontado de manera completa la cuota sindical; esta sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
- 43. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide nuevamente al Gobierno que le comunique la sentencia que se dicte sobre el despido de siete pilotos sindicalizados de la empresa Lan Chile