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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 14. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de marzo de 2004 [véase 333.er informe, párrafos 216 a 230]. En dicha ocasión, el Comité pidió al Gobierno que envíe observaciones sobre el alegato según el cual el Sr. Claudio Lepratti, delegado sindical de la Asociación de Trabajadores del Estado, fue asesinado por la policía en la ciudad de Rosario, cuando se encontraba realizando las labores propias de su trabajo en un comedor escolar, así como que le mantenga informado sobre toda investigación judicial al respecto.
- 15. Por comunicación de 21 de septiembre de 2004, el Gobierno envía copia de la sentencia dictada por el Juzgado en lo Penal de Sentencia núm. 5 en el proceso seguido al Sr. Esteban Ernesto Velázquez por la presunta comisión del delito de homicidio simple en perjuicio del Sr. Claudio Lepratti. Surge de la sentencia que: 1) el Sr. Velásquez (agente policial) fue condenado a la pena de 14 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el empleo de un arma de fuego; 2) se condenó al Sr. Velásquez y a la provincia de Santa Fe a resarcir en forma solidaria por el daño material causado por el delito en la suma de 50.000 pesos y en orden al daño moral en la suma de 120.000 pesos.
- 16. El Comité toma nota de estas informaciones.