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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 38. En su reunión de noviembre de 2007, el Comité examinó alegatos sobre la prohibición a los trabajadores del Poder Judicial de la provincia de Catamarca de llevar a cabo asambleas sindicales. En esa ocasión el Comité pidió al Gobierno que invite a las partes a negociar con miras a llegar a un acuerdo sobre las modalidades de ejercicio del derecho de reunión, incluido el lugar de las reuniones, así como sobre la concesión de las facilidades previstas en el Convenio núm. 151, y que le mantenga informado al respecto [véase 348.º informe, párrafo 200].
- 39. Por comunicación de 29 de septiembre de 2008, el Gobierno informa que con fecha 19 de junio, la Corte de Justicia de la provincia de Catamarca conformó una Mesa de Enlace, con funcionarios de la misma, en aras de facilitar y agilizar las reuniones con el sector gremial. En ese orden de ideas ya se ha llevado a cabo una reunión con los representantes del gremio UEJN, seccional Catamarca, en donde se abordaron varios y diversos temas, entre ellos el de desarrollo de la tarea gremial. En lo referente al ejercicio del derecho de reunión y la realización de asambleas, la Corte tiene dispuesto permitir la realización de reuniones de carácter sindical en el lugar de trabajo, en horario vespertino, todo ello previa solicitud, con debida antelación y expresión de motivos por parte del sector gremial.
- 40. El Comité toma nota con interés de estas informaciones.