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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 356, March 2010

Case No 2583 (Colombia) - Complaint date: 31-MAY-07 - Follow-up

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 50. El Comité examinó el presente caso en su reunión de junio de 2008 [véase 350. º informe, párrafos 571 a 626]. En dicha ocasión, el Comité formuló las recomendaciones siguientes:
    • — en lo que respecta a las sanciones impuestas al Sr. Rodríguez, dirigente de SINTRAICOLLANTAS por querer informar a los trabajadores de la empresa sobre el proceso de reestructuración, el Comité pide al Gobierno y a la organización querellante que aclaren si el Sr. Rodríguez fue suspendido o despedido, cuáles fueron los motivos de la sanción y si el Sr. Rodríguez inició acciones judiciales ordinarias por tal sanción. El Comité pide también al Gobierno que lo mantenga informado de la evolución de la denuncia por falsedad ante la Fiscalía General de la Nación;
    • — en lo que respecta a los alegatos según los cuales se persigue a los dirigentes sindicales por distribuir el periódico sindical y no se permite que las organizaciones sindicales cuenten con facilidades para la comunicación en el seno de la empresa, el Comité pide al Gobierno que se asegure de que los dirigentes sindicales disponen de las facilidades necesarias para comunicarse con sus afiliados y que pueden distribuir su periódico libremente. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado al respecto;
    • — en lo que respecta al nombramiento de un tribunal de arbitramento sin que se respeten las disposiciones legales en cuanto a la designación de los árbitros, en junio de 2002, respecto de lo cual se inició una acción judicial ante el Consejo de Estado, la cual se encuentra en trámite, el Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de la sentencia que se dicte y que tome las medidas necesarias para garantizar el respecto de la legislación en lo que respecta al nombramiento y funcionamiento de los tribunales de arbitramento.
  2. 51. Por comunicación de 27 de enero de 2009, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Transformadora del Caucho, Plástico, Polietileno, Poliuretano, Sintéticos, Partes y Derivados de estos Procesos (SINTRAINCAPLA) — subdirectiva Sibaté — y el Sindicato Nacional de Trabajadores de Icollantas S.A. (SINTRAICOLLANTAS) en la que se refieren a los alegatos ya presentados e informan que el Sr. Rodríguez inició una demanda judicial ante el Juzgado 15 laboral que se encuentra en trámite. También se refiere al traslado de puesto de trabajo sin su consentimiento de tres dirigentes sindicales, en abril de 2007 (Sres. Orlando Moreno, Wilmar Ramírez y Alfredo García), por lo cual presentaron una querella que se encuentra en trámite ante el Ministerio de Protección Social de Soacha.
  3. 52. El Comité observa que a pesar del tiempo transcurrido el Gobierno no envía nuevas informaciones sobre los distintos procedimientos judiciales que se encuentran en trámite sobre los que había pedido que se le mantuviera informado. El Comité observa que el Gobierno tampoco envía sus observaciones sobre los nuevos hechos denunciados por las organizaciones sindicales que también han sido objeto de acciones administrativas y judiciales que se encuentran en trámite. El Comité pide una vez más al Gobierno que lo mantenga informado de los recursos judiciales y administrativos pendientes a los que se hace referencia en los párrafos precedentes.
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