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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 377, March 2016

Case No 2700 (Guatemala) - Complaint date: 16-FEB-09 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 35. El Comité examinó el presente caso, relativo a la falta de aplicación del pacto colectivo celebrado con el Sindicato de Trabajadores de Estadística del Instituto Nacional de Estadísticas (STINE), en su reunión de marzo de 2011. En esa ocasión [véase 359.º informe, párrafos 63 a 66], el Comité lamentó profundamente el tiempo transcurrido desde la suscripción del pacto colectivo sin que el mismo haya sido aplicado y, recordó una vez más, que los acuerdos colectivos deben ser de cumplimiento obligatorio para las partes. Informado de que el caso estaba todavía pendiente de una segunda instancia judicial, el Comité urgió al Gobierno a que tomara medidas para que los procedimientos en curso concluyan en un futuro muy próximo y que le mantenga informado de toda evolución al respecto.
  2. 36. El Comité toma nota de la comunicación del Gobierno de 10 de agosto de 2015 por medio de la cual transmite las observaciones del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). La mencionada administración indica que: i) el recurso de nulidad del pacto colectivo iniciado por el INE fue declarado sin lugar en 2013; ii) atendiendo a la invitación del STINE y de conformidad con el artículo 11 del referido pacto, la nueva administración del INE aceptó conformar una Comisión de Implementación del pacto que se reúne varias veces al mes, gracias a lo cual se está dando aplicación a la mayoría de las disposiciones del acuerdo colectivo y se está trabajando sobre las consecuencias de las restricciones de presupuesto dictadas por el Poder Ejecutivo. El Comité toma nota con interés de estos elementos. En caso de que las informaciones transmitidas por el Gobierno no sean contradichas por la organización querellante, el Comité no proseguirá con el examen de este caso.
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