National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión ha tomado nota de las informaciones suministradas por el Gobierno en respuesta a sus comentarios anteriores y, también, de que el personal femenino de la función pública constituye el 24,5 por ciento, y el 23,5 por ciento del personal de dirección (jefes medios y superiores), el 31,9 por ciento de la categoría de oficiales de equipo y el 42,5 por ciento del personal de ejecución. La Comisión ha tomado nota asimismo de que el número de mujeres que ocupan cargos de responsabilidad en el sector público se eleva a 1 880, lo que representa el 7,8 por ciento del número de funcionarios del sexo masculino que ocupan cargos de responsabilidad. La Comisión espera que el Gobierno siga desplegando esfuerzos con miras a fomentar el acceso de las mujeres a la función pública y a cargos de responsabilidad y que proporcionará indicaciones sobre cualquier evolución en este sector.
2. Además, la Comisión toma nota con interés de la creación, por decreto núm. 88-306 de 25 de febrero de 1988, en el Ministerio de Asuntos Sociales, de una dirección de formación de educación femenina encargada de promover la formación profesional de la mujer y de favorecer su participación productiva en el desarrollo. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione informaciones sobre las actividades de esta dirección en la práctica, especialmente sobre cualquier medida positiva tomada para preparar y desarrollar programas femeninos de formación en las diversas especialidades y en función de las necesidades de la región. La Comisión ruega también al Gobierno que indique cualquier progreso realizado en el campo de la formación y de la participación de la mujer en oficios y profesiones que tradicionalmente no son femeninos. La Comisión desearía sobre todo disponer de datos estadísticos sobre esta cuestión.