National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Artículo 3 del Convenio. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, así como de los resultados de la misión de contactos directos de la OIT, realizada en mayo de 1992. La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno desea recibir la asistencia técnica de la OIT, en principio aceptada por la Oficina, para elaborar los proyectos de enmiendas legislativas que faculten a la autoridad nacional competente para expedir certificados de capacidad, o aprobar los certificados extranjeros, así como para ayudarle a adquirir los conocimientos técnicos y los medios materiales necesarios para aplicar en la práctica dicha legislación. La Comisión se felicita de esta información y espera que se la mantenga al corriente de los progresos realizados para conformar la legislación y la práctica nacionales con el Convenio.