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Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) - Croacia (Ratificación : 1991)

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La Comisión ha tomado nota de la comunicación de la Unión de Sindicatos Autónomos de Croacia (UATUC) en relación con el artículo 59 de la ley sobre seguro de salud que prevé que el derecho a la protección a la salud financiada por el Instituto de Seguro de Salud, de aquellos que contribuyen, pero que no cumplen con el pago de sus contribuciones, se limitará únicamente a la asistencia médica de emergencia. La UATUC llega a la conclusión en su comunicación, de que se deniega injustamente a la categoría de trabajadores anteriormente mencionada todas las formas de protección para la salud, con excepción de la asistencia médica de emergencia. La UATUC ha iniciado un procedimiento ante el Tribunal Constitucional de la República de Croacia para obtener la anulación de la disposición en cuestión.

Ante la falta de una respuesta por parte del Gobierno, la Comisión le solicita que comunique información sobre toda medida adoptada para aplicar el Convenio a todos los trabajadores en todas las ramas de la actividad económica abarcadas, de conformidad con el artículo 2, párrafo 1, del Convenio.

[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada en 1997.]

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