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Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) - Sri Lanka (Ratificación : 1993)

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En comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota de que mientras las tasas salariales discriminatorias por motivo de sexo se habían eliminado en la mayoría de las actividades en el decenio de 1980, en el sector del tabaco siguen existiendo tasas salariales diferentes para hombres y mujeres, y aún se encuentran en vigor tasas diferenciales por tiempo y por pieza en el comercio de la canela. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno, según la cual han fracasado todos los esfuerzos para convocar una reunión con las juntas de salarios para esos sectores y de que ahora han de tomarse medidas para que el Comisionado del Trabajo fije una tasa uniforme. La Comisión se congratula de recibir información sobre los progresos realizados con respecto a la eliminación de salarios diferenciales entre hombres y mujeres en los sectores del tabaco y la canela.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud que envía directamente al Gobierno.

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