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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Costa Rica (Ratificación : 1960)

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La Comisión toma nota del proyecto de ley de reforma procesal del trabajo transmitido a la Asamblea Legislativa y que modifica ciertas disposiciones de la legislación en materia de derecho de huelga.

La Comisión observa en particular que el proyecto exige un 40 por ciento de los trabajadores para declarar la huelga, limita el plazo máximo de la huelga a 45 días naturales (a partir del cual procede al arbitramento obligatorio) e incluye la carga y descarga de productos perecederos entre los servicios públicos esenciales donde se prohíbe la huelga.

La Comisión estima que estas disposiciones no están plenamente en conformidad con los principios contenidos en el Convenio y pide al Gobierno que inicie un diálogo en profundidad con los interlocutores sociales sobre estos temas a fin de que la futura legislación tenga debidamente en cuenta los mencionados principios.

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