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Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 99) - Zimbabwe (Ratificación : 1993)

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Observación
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Artículos 1 y 3 del Convenio. Métodos para la fijación de salarios mínimos. La Comisión recuerda las observaciones formuladas por el Congreso de Sindicatos de Zimbabwe (ZCTU), según las cuales las negociaciones salariales en el Consejo Nacional de Empleo para la Industria Agrícola (NEC) son problemáticas, debido a la actitud no colaboradora de los empleadores. El ZCTU denunció los salarios excepcionalmente bajos que se pagan en el sector de la agricultura, que habían obligado a los trabajadores agrícolas a dejar el empleo masivamente y a unirse al sector informal, al tiempo que seguían sin disminuir las migraciones a los países vecinos. También hizo referencia a los procedimientos de solución de los conflictos salariales, que eran lentos y tediosos, y lamentó que, a pesar de tener las tasas de remuneración más bajas, algunos trabajadores agrícolas habían estado meses sin salario.

En su respuesta, el Gobierno indica que el NEC sigue comprometido con las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la revisión de los salarios mínimos en el sector agrícola y que sigue pendiente de respuesta por las partes concernidas la pregunta de si los salarios mínimos están en consonancia con la tasa de inflación o de la verdadera frecuencia de las revisiones. La Comisión por consiguiente le solicita al Gobierno que comunique información adicional sobre toda evolución relativa a la política de salarios mínimos en el actual contexto económico y que indique todo progreso realizado respecto del reajuste del salario mínimo para el sector agrícola.

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