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Observación (CEACR) - Adopción: 1988, Publicación: 75ª reunión CIT (1988)

Convenio sobre el examen médico de los pescadores, 1959 (núm. 113) - Liberia (Ratificación : 1960)

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En relación con sus anteriores comentarios, la Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, el proyecto de ley del trabajo y el proyecto de decreto, a los cuales el Gobierno viene refiriéndose en sus memorias desde hace algunos años, todavía no han sido adoptados. La Comisión confía en que lo serán en un próximo futuro, que garantizarán la aplicación del artículo 2 del Convenio (necesidad de un certificado de aptitud física para ser contratado a bordo de un barco de pesca), del artículo 3 (naturaleza del examen médico), del artículo 4 (período de validez de los certificados) y del artículo 5 (posibilidad de un nuevo examen médico), y que el Gobierno comunicará la copia correspondiente.

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