National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de que desde hace muchos años no se ha recibido una memoria detallada sobre la aplicación de este Convenio. Expresa por lo tanto la esperanza de que en la próxima memoria del Gobierno figure la información solicitada en el formulario de memoria sobre la aplicación del Convenio y, en particular, con relación al párrafo 1 del artículo 3 y al párrafo 2 del artículo 6, donde se estipulan las medidas de protección y las dosis máximas que deben revisarse basándose en los nuevos conocimientos. La Comisión ruega además al Gobierno que tenga a bien adjuntar una copia de la Resolución núm. 678, de 16 de julio de 1979, a su próxima memoria.