National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Desde hace varios años el Gobierno indica su intención de modificar el reglamento de 1937 sobre la carga y descarga de buques, a efectos de garantizar la plena aplicación del Convenio. De la respuesta del Gobierno a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que ningún progreso se ha verificado en tal sentido. La Comisión se siente obligada a señalar nuevamente a la atención que aún no existen disposiciones que den aplicación a los artículos 3, párrafos 2 a 4 (seguridad de los medios de acceso a los buques), 5, párrafo 5 (suministro de escalas con dispositivos de fijación para las bodegas) y 17, párrafo 3 (fijación de reglamentos en lugares bien visibles) del Convenio. La Comisión vuelve a expresar su esperanza en que el procedimiento de revisión del reglamento sobre la carga y descarga de buques finalizará en un futuro muy próximo y confía en que el Gobierno se servirá indicar en su próxima memoria los progresos realizados en tal sentido.