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Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927 (núm. 24) - Haití (Ratificación : 1955)

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  1. 2008

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Con referencia a sus anteriores comentarios, la Comisión toma nota de que el Gobierno está estudiando las recomendaciones formuladas en el marco de la misión de asistencia técnica efectuada por la OIT en 1988, a saber: prioridad del seguro de maternidad; promulgación de medidas en materia de enfermedades profesionales; y ampliación progresiva del seguro de enfermedad al sector agrícola. En consecuencia, la Comisión no puede por menos que expresar de nuevo la esperanza de que, con la asistencia técnica de la OIT, el Gobierno pueda proceder a poner en aplicación progresiva un régimen general de seguro de enfermedad de conformidad con el Convenio. Ruega, pues, al Gobierno que indique cualquier progreso realizado a este respecto.

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