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Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm. 119) - Níger (Ratificación : 1964)

Otros comentarios sobre C119

Observación
  1. 1990

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La Comisión constata que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

La Comisión toma nota, según la memoria del Gobierno, de que el proyecto de decreto que establece las normas de seguridad e higiene que deberán observarse en el empleo de máquinas destinado a dar efecto al Convenio ha sido modificado teniendo en cuenta los comentarios anteriores de la Comisión. Espera que el proyecto será adoptado a breve plazo y que tendrá en cuenta igualmente los comentarios formulados en la solicitud que se dirige directamente al Gobierno.

TEXTO

La Comisión espera que el Gobierno hará todo lo posible para tomar las medidas necesarias en un futuro muy próximo.

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