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Observación (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Mongolia (Ratificación : 1969)

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Observación
  1. 1993
  2. 1992
  3. 1991
  4. 1989

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La Comisión toma nota con satisfacción de que el 12 de febrero de 1992 entró en vigor la nueva Constitución, cuyo artículo 16 (10) consagra el derecho de los ciudadanos de asociarse voluntariamente para defender sus intereses, mientras que la disposición del artículo 82 de la antigua Constitución, sobre el papel dirigente del Partido Revolucionario del Pueblo de Mongolia, ya no figura en el nuevo texto de 1992.

La Comisión también toma nota con interés de que según la memoria del Gobierno, a partir de marzo de 1990 se ha instaurado en Mongolia un sistema político pluralista y que en mayo de 1990 se adoptó una ley sobre los partidos políticos que reconoce iguales derechos y obligaciones a todos los partidarios del país. La Comisión también toma nota de que la ley de 1.o de julio de 1991, sobre derechos sindicales, hace posible la existencia del pluralismo sindical y prohíbe la injerencia de los partidos políticos en las actividades sindicales.

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