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Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Gabón (Ratificación : 1961)

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La Comisión lamenta que el Gobierno no haya enviado su memoria ni sus comentarios sobre la comunicación de la Confederación Gabonesa de Sindicatos Libres (CGSL), de fecha 20 de mayo de 1998 y las comunicaciones de la Federación Libre de Empresas Energéticas, Mineras y Asimiladas de fecha 14 de mayo y 9 de noviembre de 1998. Estas comunicaciones se refieren a actos de discriminación antisindical en distintas empresas y a obstáculos a la negociación colectiva. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto y recuerda que el Convenio exige la garantía de una protección adecuada contra los actos de discriminación antisindical y dispone que debe promoverse la negociación colectiva.

[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada en 2000.]

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