National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
En relación con sus comentarios que viene formulando desde hace muchos años en torno a los Convenios núms. 102, 118, 121 y 130, ratificados por la Jamahiriya Arabe Libia, la Comisión señala a la atención del Gobierno la parte I de su observación relativa al Convenio núm. 102.
En lo que respecta al Convenio núm. 128, la Comisión lamenta comprobar una vez más que las informaciones comunicadas por la comisión técnica encargada de preparar las respuestas necesarias para las observaciones de la Comisión de Expertos como, por otra parte, aquellas comunicadas en 1992, no incluyen sino respuestas parciales y no contienen los datos estadísticos requeridos en el formulario de memoria adoptado por el Consejo de Administración. En consecuencia, se ve obligada a volver a formular sus preguntas en una nueva solicitud directa, esperando que el Gobierno no deje de comunicar las informaciones solicitadas para su examen en la próxima reunión.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.