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Observación (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Mozambique (Ratificación : 1977)

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Medios de acción de la inspección del trabajo. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza el 31 de mayo de 2005. Observa con preocupación que el Gobierno señala una disminución significativa del número de establecimientos visitados que de 4.978 en 2000 descendió a 2.935 en 2004. En lo que se refiere a sus comentarios anteriores, la Comisión observa a este respecto que la falta de recursos financieros y la escasez de medios de transportes siguen siendo obstáculos para el cumplimiento eficaz de las funciones de la inspección en todo el país. La Comisión invita al Gobierno a indicar en su próxima memoria las medidas que podrían haberse adoptado, en su caso, con la asistencia técnica de la OIT y la asistencia de la cooperación internacional para garantizar a los inspectores del trabajo los medios materiales y las facilidades del transporte adecuadas para permitirles inspeccionar los establecimientos con la frecuencia y el esmero necesarios para garantizar la efectiva aplicación de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y protección de los trabajadores, de conformidad con los artículos 11 y 16 del Convenio.

Se envía directamente al Gobierno una solicitud relativa a otros puntos.

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