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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Haití (Ratificación : 1952)

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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión ha tomado buena nota de que el Gobierno ha asegurado que próximamente enviará una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio. Toma nota del nombramiento de un nuevo coordinador de las oficinas regionales de la Inspección del Trabajo, que se inscribe en el marco de un conjunto de medidas a fin de restablecer los servicios de inspección en el conjunto del país. La Comisión invita al Gobierno a describir, en su próxima memoria, los progresos realizados a este respecto, proporcionando respuestas todo lo detalladas que sea posible a las cuestiones del formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración de la OIT.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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