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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre el trabajo portuario, 1973 (núm. 137) - Brasil (Ratificación : 1994)

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Política nacional para asegurar empleo permanente o regular a los trabajadores portuarios. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2012. El Gobierno indica que cerca de 22 000 trabajadores portuarios se encuentran registrados por el órgano de gestión de la mano de obra portuaria (OGMO). Se han creado 15 Coordinaciones Regionales de Inspección del Trabajo Portuario y en Vías Navegables en los principales puertos del país que cuentan con 53 auditores-fiscales del trabajo. Asimismo, se ha establecido una División de Inspección del Trabajo Portuario y en Vías Navegables en la Secretaría de Inspección del Trabajo del Ministerio del Trabajo y Empleo. El Gobierno manifiesta que el elevado número de trabajadores que figura en el registro, aunque tengan otra ocupación, se debe a que esperan obtener otra indemnización por dejar voluntariamente de pertenecer al sistema, situación que aumenta artificialmente el número de trabajadores portuarios empadronados. Al respecto, el Gobierno indica que, la ejecución de un programa de bajas voluntarias o de retiro anticipado por los empresarios portuarios requiere de la ayuda de incentivos gubernamentales. La Comisión toma nota de que siguen su curso las negociaciones en el seno de la Comisión Nacional Permanente Portuaria (CNPP) para lograr que se adopten medidas negociadas para desarrollar la aplicación del Convenio. Además, la Comisión toma nota de la decisión dictada por el Tribunal Superior del Trabajo (TST) en la causa núm. DC-174611/2006 por medio de la cual se declara que al contratar trabajadores portuarios por plazo indeterminado, los operadores portuarios deberán dar prioridad a aquellos inscritos en los OGMO. El TST también consideró que en caso de no poderse suplir las vacantes, se podría proceder a la contratación libre y directa. Desde la publicación del fallo en fecha 17 de agosto de 2007, durante el período comprendido entre septiembre de 2007 y junio de 2012, la Inspección del Trabajo Portuario inició acciones en contra de 74 operadores portuarios para dar pleno efecto a su parte dispositiva. La Comisión espera que el diálogo tripartito siga estimulando a todas las partes interesadas a progresar en la aplicación del Convenio. La Comisión invita al Gobierno a que transmita en su próxima memoria información actualizada sobre el número de trabajadores portuarios y los resultados alcanzados en un marco tripartito para mejorar la eficacia del trabajo portuario.
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