ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Serbia (Ratificación : 2000)

Otros comentarios sobre C122

Observación
  1. 2023
  2. 2019
  3. 2016
  4. 2013
  5. 2011
  6. 2008
Solicitud directa
  1. 2023
  2. 2019
  3. 2006
  4. 2004
  5. 2003

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Formulación e implementación de una política activa del empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la exhaustiva memoria del Gobierno para el período que finaliza en agosto de 2012, y toma nota de las observaciones de la Confederación de Sindicatos «Nezavisnost» y de la Federación de Sindicatos Autónomos de Serbia (CATUS). El Gobierno indica que desde finales de 2008, debido a la crisis económica mundial, las cifras de desempleo han aumentado. La Comisión toma nota de un incremento en la tasa de desempleo que de un 20 por ciento en octubre de 2010 pasó al 24,4 por ciento en noviembre de 2011. En octubre de 2012, el desempleo era del 22,4 por ciento. El Gobierno indica que la Estrategia Nacional del Empleo 2011-2020 tiene por objeto promover el empleo; mejorar las instituciones del mercado de trabajo; y reducir la situación de dualidad en el mercado. Los objetivos para el 2012, definidos en el Plan Nacional de Acción para el Empleo han sido promover el empleo y la creación de puestos de trabajo, mejorar la calidad de la fuerza de trabajo, y lograr un ajuste más adecuado entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo. Nezavisnost señala que en su memoria el Gobierno debió haber sido más crítico acerca de las medidas y programas adoptados y haber realizado una evaluación objetiva de la formulación, adopción y aplicación de la política de empleo. El sindicato indica asimismo que una vez llevada a cabo la reunión inicial constitutiva o después de que el plan de acción fuera adoptado, no fueron numerosas las reuniones de consejos locales de empleo convocadas. Por su parte, la CATUS menciona que, pese a las actividades realizadas por los órganos del Estado con la participación de los representantes de los interlocutores sociales, en el ámbito local el diálogo social es escaso. La CATUS señala además que el Gobierno debe elaborar nuevas medidas y enmendar la legislación para acelerar el desarrollo del diálogo social en todos los niveles con objeto de mantener los puestos de trabajo existentes debido a que un aumento del desempleo tendría como consecuencia inevitable el estallido de conflictos sociales. Por consiguiente, la Comisión invita al Gobierno a que facilite en su próxima memoria información sobre las cuestiones planteadas por las organizaciones de trabajadores y sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales, tanto en el ámbito nacional como local, en la elaboración de una política activa de empleo como lo requiere el artículo 3 del Convenio. La Comisión también invita al Gobierno a que proporcione información sobre las repercusiones de las políticas de empleo aplicadas para promover empleos decentes y productivos.
Seguimiento y evaluación de la política de empleo. El Gobierno indica que se llevó a cabo un estudio sobre la aplicación de la Estrategia para la Reducción de la Pobreza y sobre el impacto de las políticas públicas de 2003 a 2007, con el objeto de determinar la eficacia de las medidas, incluidas las políticas del mercado de trabajo. Una conclusión de ese estudio señala que es necesario que se atribuya a la política del empleo una posición de importancia y que sea plenamente integrada en la estrategia y política general de desarrollo económico. En respuesta a los comentarios anteriores, el Gobierno también hace referencia a los métodos de coordinación entre los ministerios y los interlocutores sociales para revisar y evaluar las medidas relativas a la política de empleo. El Gobierno indica que el sector del empleo del Ministerio de Economía y Desarrollo Regional está encargado de la compilación de la información obtenida a través del sistema de seguimiento y facilitada por otros ministerios, autoridades locales, interlocutores sociales y otras partes interesadas. Asimismo, el Servicio Nacional del Empleo presenta informes trimestrales y anuales sobre la ejecución de los programas y medidas de empleo incluidos en el Plan Nacional de Acción para el Empleo. La Comisión toma nota de que la evaluación de la Estrategia Nacional del Empleo 2011-2020 se llevará a cabo en dos etapas: transcurridos cinco años se realizará una evaluación de control; y una vez que su aplicación haya finalizado se realizará una evaluación definitiva que brindará la evaluación general de esa estrategia. La Comisión hace referencia a sus comentarios sobre el Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142) e invita al Gobierno a incluir información en su próxima memoria del Convenio núm. 122 sobre los métodos de coordinación previstos entre los ministerios competentes en cuestiones económicas y sociales y los interlocutores sociales para revisar y evaluar los resultados de la política de empleo (artículo 2 del Convenio).
Medidas de política de empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota que las medidas y programas del Servicio Nacional del Empleo incluyen la formación para la búsqueda de empleo, la educación y la formación, el empleo por cuenta propia y el empleo, y las obras públicas. La Comisión observa que en 2011, el número total de personas desempleadas que participaron en las medidas aplicadas por el Servicio Nacional del Empleo en el mercado de trabajo fue de 127 966, una cifra que representa el 17 por ciento del promedio de desempleados registrados. El Servicio Nacional del Empleo también impartió formación sobre recopilación y análisis de datos del mercado de trabajo a más de 600 consejeros. La Comisión también toma nota de que Nezavisnost subraya la necesidad de adoptar soluciones estratégicas, legislativas y de otro orden que permitan alcanzar las prioridades de desarrollo económico y garanticen políticas coherentes del mercado de trabajo en coordinación con todas las instituciones competentes. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria información sobre la eficacia de las medidas activas del mercado de trabajo aplicadas por el Servicio Nacional del Empleo.
Empleo juvenil. La Comisión toma nota de que el desempleo de los jóvenes alcanzó la tasa preocupante del 51,9 por ciento en noviembre de 2011. La Comisión también nota que en 2009 se estableció, en el ámbito del Servicio Nacional del Empleo, un Fondo de Empleo Juvenil (FEJ). Las medidas previstas a financiar con ese fondo indican a menudo una combinación de formación y empleo subvencionado. El Gobierno indica que la Estrategia Nacional del Empleo 2011-2020 prevé medidas activas para promover el empleo de los jóvenes. El Gobierno indica también que una de las dificultades especiales observadas en el desempleo de los jóvenes se relaciona con el abandono escolar y los escasos niveles de clasificaciones. El Gobierno indica que debería incrementarse el desarrollo de planes educativos complementarios, como por ejemplo, los cursos de formación destinados a la modernización y mejora del nivel de conocimientos y calificaciones. La Comisión hace referencia a sus comentarios sobre el Convenio núm. 142 y pide al Gobierno que en su próxima memoria del Convenio núm. 122 se sirva facilitar información sobre el impacto de los diversos programas y medidas adoptadas para tratar la cuestión del desempleo juvenil, incluyendo la transición del mundo escolar al laboral.
La población romaní y otros grupos vulnerables. El Gobierno indica que la promoción del empleo de la población romaní es una de sus prioridades de política de empleo por el cuarto año consecutivo desde 2009. El Gobierno añade que el incremento en el transcurso de los años del número de personas pertenecientes a la población romaní registrada como desempleada, es el indicador de un cambio positivo de actitud en el mercado de trabajo en relación con este grupo vulnerable. La Comisión toma nota de la información sobre el número de desempleados pertenecientes a la población romaní registrados en el Servicio Nacional del Empleo: 15 867 al 31 de diciembre de 2010 (7 637 mujeres), y 19 398 al 31 de diciembre de 2011 (9 180 mujeres). En 2011, el Servicio Nacional del Empleo puso en contacto a 2 760 desempleados de la población romaní con posibles empleadores, y 1 935 desempleados obtuvieron empleo. La Comisión también toma nota de las demás medidas de empleo indicadas en la memoria del Gobierno y orientadas a la población romaní en 2011 que incluye educación, formación y programas de ayuda al empleo por cuenta propia. La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando información sobre las medidas adoptadas para alentar y apoyar la participación en el mercado de trabajo y la inclusión social de la población romaní y otros grupos vulnerables.
Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno en relación con la asistencia técnica recibida de la OIT en cuestiones tales como estadísticas laborales, encuestas sobre la mano de obra, y la promoción del empleo de los jóvenes. La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando información sobre las medidas adoptadas producto de la asistencia técnica recibida de la OIT para garantizar la implementación de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer