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Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Jordania (Ratificación : 2000)

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Artículo 7, 2), del Convenio. Apartado a). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado d). Identificar a los niños particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto con ellos. Niños refugiados. La Comisión toma nota de que según el informe del ACNUR sobre Jordania, de 2014, a finales de diciembre de 2014 el número total de refugiados registrados era de 673 051 (623 112 de Siria), de los cuales el 50 por ciento son niños menores de 18 años. La Comisión toma nota del Informe de la OIT/IPEC de evaluación rápida del trabajo infantil en el sector informal en tres gobernaciones de Jordania, de 2014, de que uno de cada diez niños refugiados sirios están ocupados en trabajo infantil. En ese informe también se indica que el acceso a la educación es un aspecto que indica la vulnerabilidad considerable entre los sirios debido a que, según estimaciones, el 60 por ciento de los niños en edad escolar no asisten a la escuela. Además, la Comisión toma nota de que según el informe del UNICEF titulado «Salvar a los niños», cerca de la mitad de todos los niños sirios refugiados en Jordania colaboran al sostén de la familia o constituyen el único sostén de la misma, y la mayoría de ellos participan en conflictos armados, son objeto de explotación sexual y de actividades ilícitas, incluida la mendicidad organizada y la trata de niños. Por último, la Comisión toma nota de que, según el informe de la OIT titulado «Respuesta de la OIT a la crisis de refugiados sirios en Jordania y Líbano», de marzo de 2014, numerosos niños refugiados trabajan en condiciones peligrosas en la agricultura y en el sector informal urbano, en la venta ambulante o la mendicidad, y se estima que 30 000 niños trabajadores en Jordania son vulnerables al abuso y a la explotación. La Comisión expresa su profunda preocupación por la situación y por el elevado número de niños sirios refugiados en Jordania expuestos a las peores formas de trabajo infantil, incluidos los trabajos peligrosos. En consecuencia, la Comisión insta al Gobierno a que adopte medidas efectivas y en un plazo determinado para proteger a los niños sirios refugiados de las peores formas de trabajo infantil y que proporcione la asistencia directa necesaria y adecuada para liberarlos de esa situación y proceder a su rehabilitación e integración social. La Comisión solicita al Gobierno que suministre información sobre las medidas adoptadas a este respecto.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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