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Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Chile (Ratificación : 1968)

Otros comentarios sobre C122

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria en relación con los numerosos programas adoptados para aumentar la participación, fundamentalmente de mujeres y jóvenes que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, en el mercado de trabajo. El Gobierno se refiere, entre otros, al Programa más Capaz, que tiene como objetivo apoyar el acceso y permanencia en el mercado laboral de mujeres, jóvenes y personas con discapacidad que pertenecen, según clasificación socioeconómica, al 60 por ciento más desfavorecido de la población, y que cuentan con nula o escasa participación laboral, es decir, que tienen un porcentaje de cotizaciones igual o menor al 50 por ciento en los últimos doce meses. El citado programa incluye tres líneas de actuación: la Línea regular (2015-2018), la Línea mujer emprendedora y la Línea discapacidad. Asimismo, el Gobierno indica que ProEmpleo administra cinco programas de la Subsecretaría del Trabajo orientados a la generación de empleo e inserción laboral de grupos en situación de vulnerabilidad, tales como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y ex prisioneros. El objetivo común de los mismos es promover el empleo y la empleabilidad a través del diseño, articulación y supervisión de políticas y programas de empleo, con el fin de facilitar la inserción laboral de las personas en situaciones más vulnerables y otorgar una fuente laboral en aquellos lugares donde se ha experimentado una contracción de la demanda de mano de obra como consecuencia de alguna emergencia. Estos programas se dividen en: «Programas de empleos de emergencia», que incluyen el Programa inversión en la comunidad y los programas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE); y los denominados «Programas de fomento de la empleabilidad», que incluyen, entre otros, el Programa de apoyo al empleo «sistema Chile solidario» y el Programa de desarrollo de competencias laborales para mujeres «Chile solidario». El Gobierno informa también del otorgamiento de incentivos a las empresas (Programa impulsa personas y Programa de formación en el puesto de trabajo) y de beneficios a los trabajadores (Subsidio al empleo joven y Bono al trabajo de la mujer) con miras a fomentar el empleo y capacitación de jóvenes y mujeres. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, la Comisión toma nota de que, con base en la Encuesta Nacional de Empleo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), entre julio y septiembre de 2018, la tasa de desocupación general era del 7,4 por ciento entre las mujeres y del 6,8 por ciento entre los hombres; la tasa de participación era del 48,5 por ciento entre las mujeres y del 70,2 por ciento entre los hombres; y la tasa de ocupación era del 44,9 por ciento entre las mujeres y del 65,4 por ciento entre los hombres. La Comisión observa que las tasas de desempleo son más elevadas en determinadas regiones, tales como Tarapacá (9,2 por ciento entre los hombres y 7,5 entre las mujeres), Atacama (7,7 por ciento entre los hombres y 9 por ciento entre las mujeres) y Antofagasta (6,9 por ciento entre los hombres y 10,8 por ciento entre las mujeres). Por último, la Comisión toma nota de la elaboración de reportes de ejecución de los programas de empleo con miras a realizar un seguimiento cuantitativo del cumplimiento de programas de empleo con apoyo fiscal; y del establecimiento del Comité de seguimiento de empleos para llevar a cabo la coordinación de los mismos. La Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para alcanzar los objetivos del Convenio, incluidas aquéllas adoptadas en regiones con altas tasas de desempleo, y en especial, sobre la manera en que éstas propiciaron que las personas beneficiadas (en particular mujeres, jóvenes y personas con discapacidad) obtuvieran empleo pleno, productivo y duradero. La Comisión solicita también al Gobierno que envíe una copia de los reportes de ejecución de tales medidas. Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione información estadística actualizada sobre la evolución del mercado de trabajo, particularmente sobre las tasas de población activa, empleo y desempleo, desglosadas por sexo, edad y región.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación técnica y profesional con la política de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que enviara información sobre la coordinación de las políticas y programas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Al respecto, el Gobierno recuerda en su memoria que el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora) está conformado por Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) de composición tripartita que convocan a los sectores más representativos de la economía a participar en el desarrollo de proyectos de competencias. El Gobierno señala que dependiendo de las características del sector productivo y su conformación, hay OSCL que incorporan representantes del sector rural y la economía informal (agricultura familiar campesina, recicladores y trabajadores domésticos). Con base en el trabajo de los OSCL, elaboró el Catálogo de competencias laborales, que contiene todos los perfiles ocupacionales vigentes, organizados en sectores y subsectores de la economía, y en virtud del cual las personas son evaluadas y certificadas. El Catálogo de competencias laborales se pone a disposición del sistema de capacitación y de las instituciones educacionales a fin de incorporar las competencias al diseño de los planes de capacitación, permitir el cierre de brechas entre la oferta y la demanda de mano de obra, relacionar las competencias con los diferentes programas de estudio y niveles de educación, y facilitar el reconocimiento de las competencias certificadas en los procesos formales de educación. El Gobierno indica también que, como fruto del diálogo tripartito sectorial, a partir de 2015 se ha ido avanzando paulatinamente en la elaboración de rutas formativo-laborales que respondan a la realidad y necesidades de los distintos sectores productivos. Por otro lado, el Gobierno indica que el Observatorio Nacional de Empleo, que forma parte del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, tiene por misión identificar las brechas existentes entre oferta y demanda de ocupaciones en el mercado del trabajo y anticipar las posibles brechas futuras. En particular, el objetivo del observatorio es mejorar la empleabilidad de los trabajadores y la productividad del país, a través de la difusión de información que apoye la pertinencia de la formación y el vínculo entre vacantes y solicitantes de empleo. El observatorio nacional está conformado por una oficina central y una red de 15 observatorios regionales, que cuentan cada uno de ellos con un consejo asesor formado por representantes del Gobierno, de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, y de académicos. El Gobierno se refiere además al Programa formación en oficios que otorga capacitación a personas en situaciones de vulnerabilidad y les concede un subsidio por cada día asistido a la capacitación; y al Programa formación en el puesto de trabajo que ofrece incentivos a las empresas que contratan a personas desocupadas, desempleadas o que buscan un trabajo por primera vez con miras a que desarrollen competencias en un oficio gracias a la formación en el puesto de trabajo y a un bono de capacitación. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información detallada actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas, en colaboración con los interlocutores sociales y los representantes de los diferentes sectores, incluyendo representantes del sector rural y de la economía informal, para mejorar el nivel de calificaciones y coordinar las políticas de educación y formación con las posibles oportunidades de empleo, y sobre los resultados de la aplicación de dichas medidas.
Microempresas y pequeñas empresas (MYPE). La Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere a la implementación del Bono empresa y negocio que tiene como objetivo elevar la competitividad y productividad de las MYPE. El programa otorga un certificado a los dueños o gestores de MYPE para que puedan acceder a un curso de formación con miras a mejorar su capacitación en áreas que promuevan su competitividad y productividad. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada sobre las iniciativas adoptadas o previstas en apoyo a las microempresas y pequeñas empresas así como sobre su aplicación en la práctica.
Artículo 3. Consulta con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota con interés de la constitución el 8 de mayo de 2017 del Consejo Superior Laboral, órgano de carácter tripartito y consultivo. Entre sus funciones permanentes se encuentran: i) elaborar, analizar y discutir propuestas y recomendaciones de política pública en materia de relaciones laborales y mercado de trabajo; ii) proponer iniciativas destinadas a incentivar la creación de empleos, aumentar la productividad y elevar la participación laboral de mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos de trabajadores en situación de vulnerabilidad, mejorando su empleabilidad, y iii) efectuar, por sí mismo o a través de terceros, estudios o investigaciones de diagnóstico sobre el estado de las relaciones laborales y el funcionamiento del mercado de trabajo en el país. La Comisión toma nota igualmente de la información proporcionada por el Gobierno en relación con el contenido de las diversas reuniones del consejo que han tenido lugar hasta la fecha. El Gobierno indica, por ejemplo, que en su segunda sesión, los miembros del consejo analizaron la información disponible sobre la implementación de la reforma laboral, particularmente los indicadores del mercado laboral definidos a partir de los datos que se registran en la Dirección del Trabajo. El Gobierno se refiere además a la implementación del Programa mesas de diálogo social en el marco de la unidad de diálogo social del Ministerio de Trabajo. Este programa tiene como finalidad el establecimiento de mesas de diálogo social con miras a promover la generación de espacios de diálogo social a nivel nacional y regional en materias que son de alta prioridad, tales como las políticas de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información actualizada sobre la manera en que los interlocutores sociales participan en el diseño, la implementación, la evaluación y la revisión de las políticas de empleo en el seno del Consejo Superior Laboral y de las mesas de diálogo social constituidas en materia de políticas de empleo.
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