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Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) - República de Moldova (Ratificación : 1996)

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Artículo 11 del Convenio. Los salarios como créditos privilegiados en los procedimientos de quiebra. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la indicación del Gobierno según la cual se habían preparado proyectos de enmienda a la Ley de Insolvencia en los que se establecían que los créditos salariales de los trabajadores tendrían un estatus de prioridad garantizado entre los créditos privilegiados. La Comisión también tomó nota de que, según las observaciones de la Confederación Nacional de Sindicatos de Moldova (CNSM), en caso de insolvencia, el pago de los créditos garantizados, como los préstamos, tiene prioridad sobre los créditos salariales y que, por consiguiente, los salarios de cientos o incluso miles de empleados han continuado impagos durante años. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no incluye ninguna información pertinente ni sobre las enmiendas legislativas antes mencionadas ni sobre las cuestiones planteadas por la CNSM en relación con la aplicación del artículo 11 del Convenio en la práctica. En este contexto, la Comisión pide una vez más al Gobierno que comunique sus comentarios con respecto a las observaciones de la CNSM y que informe sobre cualquier medida adoptada o prevista, en la legislación y en la práctica, para garantizar que los créditos salariales tengan la condición de créditos privilegiados en los procedimientos de insolvencia. A este respecto, la Comisión recuerda al Gobierno la posibilidad de solicitar la asistencia técnica de la OIT.
Artículo 12, 1). Pago regular de los salarios. La Comisión tomó nota anteriormente de que la CNSM hizo referencia a datos estadísticos que mostraban atrasos en el pago de los salarios en cantidades importantes durante el periodo comprendido entre enero y marzo de 2017, encontrándose las deudas más cuantiosas en los sectores del transporte ferroviario, la agricultura, el comercio y la construcción, principalmente en las empresas de capital mayoritariamente estatal. La Comisión toma nota de que el Gobierno no proporciona ninguna información pertinente a este respecto. La Comisión también toma nota de que según las estadísticas contenidas en los informes de inspección: i) en 2019, 56 controles de inspección confirmaron la existencia de atrasos salariales de aproximadamente 15 millones de lei moldavos (MDL), correspondientes a 1 106 trabajadores; ii) en 2020, 114 controles de inspección confirmaron la existencia atrasos salariales de alrededor de MDL 35 millones, correspondientes a 1 622 trabajadores, y iii) entre enero y agosto de 2021, 258 controles de inspección confirmaron la existencia de atrasos salariales de MDL 39,4 millones, correspondientes a 3 569 trabajadores. En este contexto, la Comisión pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar el pago regular de los salarios, tal como lo exige este artículo del Convenio. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre cualquier progreso alcanzado a este respecto, así como estadísticas pertinentes sobre esta cuestión, incluidas las violaciones detectadas, las medidas adoptadas y las sanciones impuestas.
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