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Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Tayikistán (Ratificación : 2005)

Otros comentarios sobre C182

Observación
  1. 2023
  2. 2020

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Artículo 3 del Convenio. Peores formas de trabajo infantil. Apartados a) y d). Trabajo obligatorio y trabajo peligroso en actividades agrícolas. La Comisión toma nota con preocupación de la ausencia de información específica en la memoria del Gobierno con respecto a los comentarios previos de la Comisión sobre la necesidad de prohibir el trabajo obligatorio de los menores de 18 años en la cosecha de algodón. La Comisión solicita al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de la legislación nacional que prohíbe el trabajo obligatorio y peligroso de los menores de 18 años en la cosecha de algodón. La Comisión también pide una vez más al Gobierno que proporcione información sobre cualquier seguimiento del trabajo infantil durante la cosecha de algodón, así como información sobre el número y la naturaleza de las infracciones denunciadas y las sanciones impuestas a este respecto.
Artículo 7, 2). Medidas eficaces y en un plazo determinado. Prevención de la participación de niños en las peores formas de trabajo infantil y situación especial de las niñas. Acceso a la educación básica gratuita. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que se han adoptado medidas para facilitar el acceso de los niños a la educación obligatoria de calidad con miras a prevenir la participación de los niños en las peores formas de trabajo infantil. La Comisión toma nota de la Estrategia Nacional para el Desarrollo de la Educación para el periodo comprendido hasta 2030 (la Estrategia) adoptada a través del Decreto Gubernamental núm. 526 de 2020. La Comisión observa que la Estrategia pretende ampliar la cobertura de la educación obligatoria de calidad y reducir las tasas de abandono escolar. De acuerdo con el artículo 93 de la Estrategia, aunque el número de niños matriculados en la enseñanza obligatoria es relativamente alto, se dan casos de abandono escolar con importantes disparidades de género. En el año escolar 20192020, el 47 por ciento de las niñas estaban matriculadas en la educación primaria (grados 1-4) y el 51 por ciento en el primer ciclo de la educación secundaria (grados 59).
La Comisión toma nota de que en sus observaciones finales el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas expresó su preocupación por la alta tasa de abandono de la enseñanza secundaria, en particular entre los niños y niñas de las áreas rurales (E/C.12/TJK/CO/4, párrafo 54). La Comisión pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y facilitar el acceso a la educación básica gratuita, en especial a las niñas. La Comisión también pide al Gobierno que proporcione información a este respecto, en particular sobre la aplicación de Estrategia Nacional para el Desarrollo de la Educación para el periodo comprendido hasta 2030, y los resultados alcanzados.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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