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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la breve memoria transmitida por el Gobierno en noviembre de 2010 y de la información presentada por la Federación de Empleadores de Mongolia (MONEF) y la Confederación de Sindicatos de Mongolia (CMTU). Asimismo, la Comisión observa que Mongolia es uno de los países a los que la OIT ayuda a elaborar y aplicar las políticas en respuesta a la crisis en el marco del Pacto Mundial para el Empleo, adoptado en junio de 2009. El Gobierno informa de que, a finales de 2009 la población de Mongolia era de 2.683.500 personas; y en 2010 la tasa de desempleo era del 3,7 por ciento, el mismo nivel que en 2009. El Gobierno indica que la Ley de Promoción del Empleo se modificó en 2010. La revisión dio lugar a que se adhiera a principios que incluyen: i) reforzar la participación de las organizaciones públicas y privadas y las responsabilidades de las organizaciones locales y administrativas y de promoción del empleo; ii) la descentralización; iii) mejorar la asignación presupuestaria para la promoción del empleo y su eficacia; iv) renovar el mecanismo de coordinación en materia de promoción del empleo para que se tomen en cuenta las características locales y satisfacer las necesidades locales; v) definir el alcance de la promoción del empleo, y vi) realizar actividades destinadas a grupos específicos que necesitan apoyo del Gobierno. En 2013, se empezarán a explotar en el sur del país dos nuevas minas gigantes, que tendrán un impacto significativo en la economía de Mongolia. La Comisión toma nota de los comentarios presentados por la MONEF en los que indica que el Gobierno no permitió que el Consejo Nacional del Empleo discutiera las modificaciones legislativas y no tuvo en cuenta los comentarios de las partes interesadas. Asimismo, la MONEF expresó su preocupación por el hecho de que aún no se hayan establecido algunos órganos tripartitos, tales como los subcomités de empleo de los sectores de la minería, la construcción y el transporte, así como a nivel de distrito (aimag). Además, la MONEF indica que la centralización de los servicios en materia de trabajo y bienestar social ha tenido un impacto negativo sobre la calidad de las actividades y servicios de empleo, tales como la cobertura de todos los grupos de personas vulnerables que buscan empleo. La MONEF indica que es necesario descentralizar los servicios y proyectos de empleo y dar responsabilidades al sector privado en este ámbito. La MONEF opina que es muy importante que el Gobierno apoye a los empleadores en momentos de crisis económica, competencia internacional y aumento de los costes. La Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, transmita información sobre la manera en que las políticas activas de mercado del trabajo están coordinadas de modo que resulten eficaces para crear empleo productivo. A este respecto, la Comisión solicita al Gobierno que incluya información sobre los resultados de la aplicación de la Ley de Promoción del Empleo y sobre el impacto que tiene el aumento de la actividad industrial minera para el empleo. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que informe sobre las actividades del Consejo Nacional del Empleo y otros órganos tripartitos en lo que respecta a las políticas del empleo y sobre las medidas tomadas para garantizar que las opiniones de los representantes de los interlocutores sociales (incluidos los representantes del sector rural y de la economía informal) se tienen plenamente en cuenta al formular políticas y obtener el apoyo necesario para su aplicación.
Educación y formación profesional. El Gobierno informa de que la Ley sobre Educación y Formación Profesional se adoptó en febrero de 2010. Asimismo, el Gobierno indica que el artículo 20 de la Ley de Promoción del Empleo dispone que el Consejo Nacional del Empleo actúa como una institución de coparticipación social que garantizará la igualdad de participación del sector público y del sector privado para aplicar la política estatal sobre formación y capacitación profesional. La Comisión toma nota de que el número de personas que siguieron una formación profesional fue de 10.128 en 2010, en comparación con 9.753 en 2008 y 11.233 en 2009. La Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, transmita información sobre el impacto de las políticas y medidas aplicadas para mejorar el nivel de calificaciones y coordinar las políticas educativas y de formación con las posibles oportunidades de empleo.
Servicios de empleo. El Gobierno indica que en 2010 había 39.842 personas que buscaban empleo registradas en los servicios de la bolsa de trabajo, en comparación con 31.925 en 2008 y 39.212 en 2009. La CMTU indica que en 2009 el Fondo de Promoción del Empleo asignó 21.500 millones de tugriks en diferentes actividades de las que se beneficiaron 285.000 personas. La Comisión pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre las actividades de los servicios de empleo, y sobre la forma en que contribuyen a la aplicación de las políticas activas de mercado del trabajo.
Empleo juvenil. La Comisión se refiere a su observación anterior y señala que se elaboró un proyecto de Plan Nacional de Empleo de los Jóvenes para 2008 2015 a fin de promover la transición entre la escuela y el trabajo y apoyar el empleo de los jóvenes. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que transmita información sobre las medidas adoptadas para aplicar el Plan Nacional de Empleo de los Jóvenes, y que informe sobre el efecto que las medidas implementadas han tenido sobre el aumento del acceso de los jóvenes a empleos sostenibles.
Personas con discapacidad. La Comisión toma nota de que, según el documento de análisis del Pacto Mundial para el Empleo, se proporcionan servicios y medidas especiales de apoyo al empleo a las personas con discapacidad con arreglo al Fondo de Promoción del Empleo, además de la formación y el apoyo a la colocación que se ofrecen como servicio regular a todas las personas necesitadas. La principal medida de apoyo es la ayuda monetaria para promover la creación de microempresas por personas con discapacidad mediante la licitación. En 2010, la financiación de esta medida se duplicó con creces, dándose apoyo a más de 300 micro proyectos. La Comisión pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre los resultados de las medidas adoptadas para atender las necesidades de empleo de las personas con discapacidad.
Pastores. La Comisión toma nota de que según el documento de análisis del Pacto Mundial para el Empleo se adoptaron en 2009 medidas destinadas a los pastores para solucionar la falta de recursos y de préstamos. Asimismo, la Comisión toma nota de que el Programa de Promoción del Empleo de los Pastores aprobado en 2010, está financiado por el Fondo de Promoción del Empleo y se realiza en centros para la «incubación» de empresas en aimags seleccionadas. La Comisión invita al Gobierno a continuar transmitiendo información sobre el Programa de Promoción del Empleo de los Pastores y otras medidas adoptadas para abordar sus necesidades particulares.
Trabajadores de la economía informal. La Comisión toma nota de que según el documento de análisis del Pacto Mundial para el Empleo el primer plan de acción para aplicar la Política Nacional sobre el Empleo Informal cubrió el período 2006-2008 y tuvo resultados limitados. El Ministerio de Bienestar Social y Trabajo organizó un examen nacional de la economía informal en junio de 2010, que condujo a la adopción de un plan de acción para la economía informal para el período 2010-2012. Varias ONG han establecido una confederación unitaria de la economía informal, lo que ha facilitado la organización de los trabajadores de la economía informal. Sin embargo, la nueva confederación necesitará crear más capacidades para cumplir con su mandato. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria incluya información sobre la aplicación de las medidas para facilitar el paso progresivo de los trabajadores de la economía informal a la economía formal, y sobre las medidas para fomentar relaciones de complementariedad entre el sector informal y el sector formal, y ampliar las posibilidades de acceso de las empresas del sector informal a los recursos, mercados, crédito, infraestructura, medios de formación, conocimientos técnicos y tecnologías más perfeccionadas (Parte V de la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169)).
Trabajadores migrantes que buscan empleo en el extranjero. La Comisión toma nota de que según el documento de análisis del Pacto Mundial para el Empleo el Ministerio de Bienestar Social y Trabajo está preparando un nuevo proyecto legislativo sobre el envío de trabajadores al extranjero y la recepción de trabajadores y profesionales del extranjero. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria información sobre la aplicación de la nueva legislación incluyendo información pertinente sobre los programas aplicados en el ámbito de la política migratoria.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Aplicación de una política activa de empleo. La Comisión toma nota de la información que el Gobierno transmite en su memoria de noviembre de 2008, incluidas las respuestas a los comentarios anteriores. El Gobierno indica que ejecutó el Programa nacional sobre promoción del empleo, el Programa nacional sobre mejora de la seguridad en el trabajo y un medio ambiente saludable y el Programa nacional de apoyo al nivel de vida de los hogares, que condujeron a la creación de 81.172 empleos en 2007. El Gobierno indica que en 2007 la tasa de desempleo fue del 3 por ciento, y que de este porcentaje el 56,2 por ciento eran mujeres. El número de desempleados que buscaban empleo era de 30.800. La Comisión toma nota de que el Gobierno declaró el año 2007 «Año de la Creación de Empleo». En ese año se llevaron a cabo diversas actividades y se adoptaron diversas medidas para promover la creación de empleo, mejorar las condiciones de empleo a través de la distribución de información sobre el mercado de trabajo a todos los ciudadanos, reducir la pobreza, desarrollar servicios de empleo eficaces en las zonas rurales, y revisar el marco jurídico para la promoción del empleo. Asimismo, la Comisión toma nota de que en 2008 el Parlamento aprobó el Documento de políticas sobre el desarrollo nacional de Mongolia, que establece una serie de políticas para ejecutar los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El Gobierno indica que la política nacional de desarrollo se aplicará en el contexto de los programas de desarrollo y los planes de acción, incluido el Plan de acción del Gobierno y otros programas a corto y medio plazo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información sobre los resultados de la ejecución de los programas nacionales antes mencionados y el Documento de políticas sobre el desarrollo nacional, teniendo especialmente en cuenta la generación de empleo. Asimismo, espera que la información proporcionada en la próxima memoria sobre las medidas en materia de políticas activas de empleo ejecutadas por el Gobierno permita a la Comisión examinar de qué forma el crecimiento económico se traduce en mejores resultados del mercado de trabajo y en una reducción de la pobreza (artículos 1 y 2 del Convenio).

Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de que el Gobierno está revisando el sistema de formación profesional y educación para conseguir una mayor participación del sector privado y de los interlocutores sociales en todas las fases de las actividades, tales como la definición de las exigencias de la formación profesional, la formulación de políticas, el establecimiento de normas de formación y de sus contenidos, la organización de formaciones, la evaluación del nivel y la solidez de dichas formaciones y la colocación de quienes participen en las formaciones. Para ello, se prevén las siguientes reformas: i) establecer y aplicar un marco jurídico sobre educación y formación profesional; ii) incrementar los recursos del presupuesto estatal destinados a la educación y formación profesional; iii) formular normas para la formación profesional de la población; iv) construir escuelas; v) formar y retener a los profesores extranjeros; y vi) desarrollar un sistema metodológico de gestión de la formación profesional. La Comisión entiende que en febrero de 2009 se adoptó la Ley sobre Formación Profesional y Técnica y que el Gobierno ha establecido una autoridad formada por 16 miembros encargada de la educación y la formación profesional que trabajará con los empleadores para determinar la demanda de formación profesional y educación técnica de los empleados y realizará consultas sobre cuestiones relacionadas con la educación y la formación profesional y el empleo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria continúe transmitiendo información sobre las políticas y medidas ejecutadas para mejorar el nivel de calificaciones y coordinar las políticas de educación y formación con las posibles oportunidades de empleo. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre los resultados de la aplicación de la ley adoptada en febrero de 2009 y sobre las actividades de la autoridad nacional encargada de la educación y la formación profesional.

Servicios de empleo. El Gobierno indica que, como resultado del Documento de estrategia sobre el sector de la seguridad social adoptado en 2003, en 2006 se revisó la Ley sobre Promoción del Empleo a fin de establecer servicios públicos de empleo destinados a las categorías vulnerables de trabajadores, los empleados del sector informal y los pastores, aumentar los tipos de servicios estatales de empleo, y revisar los gastos e ingresos del Fondo de Promoción del Empleo. La Comisión pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre las actividades de los servicios de empleo, y sobre la forma en que contribuyen a la implementación de políticas activas del mercado de trabajo.

Empleo de los jóvenes. La Comisión toma nota de que el desempleo de los jóvenes es más alto que el de los otros grupos de edad. La tasa de desempleo de los jóvenes de entre 15 y 17 años era del 18 por ciento, y el de las personas de entre 20 y 24 años del 21,2 por ciento. El Gobierno indica que el proyecto de Plan nacional sobre el empleo de los jóvenes para 2008-2015 se elaboró para promover la transición entre la escuela y el trabajo y apoyar el empleo de los jóvenes. En este contexto, los programas de microcrédito para la promoción del empleo de los estudiantes se llevan a cabo en colaboración con el Banco XAC. En 2007, el Fondo de Promoción del Empleo gastó 200 millones de tugrigs en microcréditos para la promoción del empleo, lo que permitió proporcionar oportunidades de empleo a graduados. La Comisión pide al Gobierno a continuar proporcionando información sobre las medidas adoptadas para ejecutar el Plan nacional sobre el empleo de los jóvenes, y que informe sobre el efecto que han tenido estas medidas en el aumento del acceso de los jóvenes al empleo duradero.

Personas con discapacidad. La Comisión también toma nota de que, como parte de sus esfuerzos para alcanzar los objetivos del Programa nacional de apoyo a las personas con discapacidad, el Gobierno ha proporcionado orientación a las organizaciones para estimular el empleo de las personas con discapacidad. La Comisión pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre los resultados de la ejecución del Programa nacional de apoyo a las personas con discapacidad en relación con las necesidades de empleo de estas personas.

Pastores. En relación con la política de apoyo al espíritu empresarial de los pastores se elaboró y aprobó un programa para alentar a los pastores que se conviertan en empresarios, y para compartir las prácticas y experiencias de pastoreo con los pastores jóvenes. Asimismo, el programa pretende apoyar a los pastores para que dirijan con eficacia sus empresas y establecer servicios y medidas de empleo apropiados para los pastores. La Comisión pide al Gobierno a que continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas para abordar las necesidades particulares de los pastores.

Trabajadores de la economía informal. La Comisión toma nota de que el Gobierno señala que ha elaborado políticas sobre el empleo en el sector informal, que es uno de los desafíos del mercado de trabajo. En relación con la política nacional sobre empleo informal, se han adoptado medidas para coordinar el enfoque estatal sobre los trabajadores de la economía informal, proporcionar a estos trabajadores información sobre la legislación en materia de empleo y seguridad social, incluirlos en el sistema de seguro social y de salud, organizar cursos de formación para informarles sobre las relaciones laborales, la seguridad y salud en el trabajo y el bienestar social. El Gobierno indica que para dar carácter oficial a los registros y desarrollar servicios de información para los trabajadores del sector informal, la Aimag y los organismos y servicios de trabajo y bienestar social realizaron en 2007 un estudio sobre los trabajadores del sector informal. Como resultado de este estudio, 80.000 personas fueron registradas y recibieron una tarjeta de identidad. La Comisión se felicita por este enfoque para abordar las necesidades de los trabajadores de la economía informal. La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria información sobre la ejecución de las medidas para permitir una transferencia progresiva de trabajadores de la economía informal al sector formal, y sobre todas las medidas adoptadas para fomentar relaciones de complementariedad entre el sector formal y el sector informal y ampliar las posibilidades de acceso de las empresas del sector informal a los recursos, mercados, crédito, infraestructura, medios de formación, conocimientos técnicos y tecnologías más perfeccionadas (parte V de la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169)).

Trabajadores migrantes que buscan empleo en el extranjero. El Gobierno indica que se han realizado enmiendas a la ley sobre el envío de trabajadores al extranjero y la recepción de trabajadores y profesionales del extranjero, que están pendientes de la aprobación del Parlamento. Las enmiendas propuestas prevén la elaboración del sistema de registro para compilar información sobre los trabajadores enviados al extranjero, y los trabajadores y profesionales extranjeros que trabajan en Mongolia. Asimismo, las enmiendas pretenden abordar los deberes, responsabilidades y exigencias en relación con las organizaciones de mediación, revisar el procedimiento de concesión de licencias especiales, perfeccionar el sistema de control, y mejorar los servicios que el Estado ofrece a las organizaciones de mediación. Asimismo, la Comisión toma nota de que se están tomando medidas para elaborar, con la ayuda de la Oficina, una iniciativa legislativa sobre trabajadores migrantes. La Comisión pide al Gobierno que incluye en su próxima memoria información sobre las enmiendas antes mencionadas a la ley sobre el envío de trabajadores al extranjero y la recepción de trabajadores y profesionales del extranjero, incluidas las medidas adoptadas en el marco de una política activa de empleo para impedir todo abuso en la contratación de trabajadores migrantes (parte X de la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169)).

Consulta con las personas interesadas. La Comisión toma nota de que el Comité Nacional Tripartito sobre Trabajo y Diálogo Social se creó para influir en la formulación y ejecución de la política social del Estado sobre asuntos laborales, desarrollar un sistema de diálogo social tripartito, controlar la aplicación del Acuerdo tripartito sobre trabajo y diálogo social y debatir cuestiones económicas y sociales. Asimismo, el Gobierno indica que se creó un Consejo Nacional de Empleo como organización de representantes de organizaciones gubernamentales, que representa los derechos e intereses legales del Gobierno, los empleadores y los trabajadores. El Consejo Nacional de Empleo se encarga de debatir las cuestiones relacionadas con el empleo y el desempleo, el seguro de desempleo y cuestiones relacionadas con la política económica y social a nivel nacional. Está previsto que influya en la formulación y aplicación de la política estatal sobre el seguro de desempleo, controle los presupuestos de ingresos y gastos del Fondo de Promoción del Empleo, formule conclusiones y recomendaciones sobre cuestiones de empleo, y someta las cuestiones pertinentes a las autoridades competentes para que adopten decisiones al respecto. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre las actividades del Comité Nacional Tripartito sobre Trabajo y Diálogo Social y del Consejo Nacional de Empleo en lo que respecta a las políticas de empleo y las medidas adoptadas para garantizar que los puntos de vista de los representantes de los interlocutores sociales (incluidos los representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal) se tienen plenamente en cuenta al formular políticas de empleo y obtener el apoyo necesario para su ejecución.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se comunicará una memoria para que la Comisión pueda examinarla en su próxima reunión y que contendrá informaciones completas sobre las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 1996, que estaba así redactada:

1. La Comisión recuerda que en virtud del artículo 1 del Convenio, la política del empleo deberá tender a garantizar que haya trabajo para todas las personas disponibles y que busquen trabajo. A este respecto, la Comisión agradecería al Gobierno tenga bien describir las medidas adoptadas o previstas para favorecer el acceso a los servicios de empleo a todas las personas que busquen un empleo. Sírvase seguir proporcionando informaciones sobre el número de colocaciones efectuadas por dichos servicios.

2. La Comisión toma nota de que el Plan de Acción del Gobierno tiene el objetivo de reducir progresivamente la tasa de desempleo a menos del 5,8 por ciento en 2000 y entre el 3,5 y 4 por ciento en 2010. El Programa nacional de reducción del desempleo adoptado a estos efectos prevé la creación de 120.000 posibilidades de empleo, así como la formación o la readaptación profesional de 160.000 personas. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual, la política del empleo formulada en el marco de ese programa debería vincularse a las políticas estructurales, de inversión y de desarrollo social y económico. La Comisión invita al Gobierno tenga a bien indicar en su próxima memoria, como lo solicita el formulario de memoria adoptado por el Consejo de Administración, la manera en que las medidas adoptadas en materia de política económica general contribuyen a la lucha contra el desempleo. Sírvase indicar, en particular, la incidencia de las privatizaciones sobre desempleo. Sírvase indicar también las medidas adoptadas para garantizar la coordinación de las políticas de educación y formación con las perspectivas de empleo.

3. La Comisión toma nota de las indicaciones relativas a la creación de empleo facilitada por el otorgamiento de préstamos preferenciales del fondo del empleo, así como por la realización de obras públicas. La Comisión toma nota con interés de que se ha recibido a este respecto asistencia técnica del equipo multidisciplinario competente de la OIT. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre la aplicación de las diferentes medidas en materia de creación de empleo y de formación profesional, en particular, las medidas especialmente destinadas a las categorías de la población identificadas como particularmente vulnerables, como las mujeres jefas de familia, los jóvenes y las personas con discapacidades (véase también parte V del formulario de memoria).

4. La Comisión toma nota de la indicación, según la cual las políticas económicas y sociales, con inclusión del empleo y las relaciones profesionales son objeto de una concertación tripartita. En relación con sus solicitudes anteriores, la Comisión solicita al Gobierno tenga bien indicar de qué manera se garantiza en la práctica la consulta a los representantes de las personas interesadas en relación con las políticas del empleo requeridas por el artículo 3 del Convenio. Sírvase indicar los procedimientos o los órganos establecidos con dicha finalidad.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1989, Publicación: 76ª reunión CIT (1989)

No disponible en español.
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