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Caso individual (CAS) - Discusión: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

Un representante gubernamental declaró que apreciaba las observaciones y preocupaciones de la Comisión de Expertos. Aunque la política del Gobierno tiene como objetivo la promoción del pleno empleo, en los últimos años la tendencia no ha sido satisfactoria en razón de varios factores que van desde la depresión de la economía hasta el aumento de la población. Durante la segunda república, muchas empresas paraestatales sobrevivían gracias a subsidios del Gobierno. El nuevo Gobierno, instalado en 1991, adoptó como política no subsidiar a ninguna empresa paraestatal. Como consecuencia de ello, algunas empresas desaparecieron y muchas personas perdieron su empleo. Los esfuerzos del Gobierno para crear mayor nivel de empleo se han centrado en crear las condiciones en que puedan prosperar las inversiones locales e internacionales. En este sentido, medidas como la liberación del comercio, la desregulación del mercado, el reforzamiento del sector financiero, la privatización y programas de reformas en el sector público se han emprendido para lograr una mayor estabilidad en el ámbito macroeconómico y expandir las oportunidades económicas y de empleo. Los efectos de estas medidas sólo podrán hacerse presentes posteriormente. En el futuro inmediato los efectos del programa de ajuste estructural y de las condiciones para la ayuda financiera han tenido un impacto negativo en el desempleo y, de manera general, en el nivel de vida.

El empleo en el sector formal se ha contraído. Por otra parte, ha crecido el sector informal. En 1993 se estimó que el sector informal alcanzaba a 2,1 millones de personas. En 1994, según las estimaciones, alcanzó a 2,3 millones de personas. En 1993, el sector público, que incluye al Gobierno central, los gobiernos locales y las empresas paraestatales, contaba con 312.000 personas, y el sector privado a 203.000, mientras que en 1994 el sector público contaba alrededor de 280.000 personas, y el sector privado alrededor de 202.000 personas.

En lo que respecta a la distribución de empleos entre los sectores público y privado antes de 1991, sólo el 20 por ciento de la economía estaba en manos privadas, mientras que el 80 por ciento restante se encontraba controlado por el Gobierno directamente o a través de empresas paraestatales. Es política del Gobierno que entró en funciones en 1991 desmantelar el amplio sector paraestatal existente a través de un programa de privatización. Así pues, el escenario del empleo sigue estando dominado ahora por el sector público y paraestatal. Se han establecido varias redes de salvaguarda social para aliviar el impacto de los efectos del ajuste estructural. En el Ministerio de Desarrollo Cumunitario se han reservado fondos para asistir a los grupos pobres y vulnerables y en el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social se ha previsto un conjunto de salvaguardias para asistir prioritariamente a los trabajadores declarados cesantes o que han debido jubilarse. Esta asistencia se da bajo forma de asesoramiento sobre perspectivas de trabajo autónomo, creación de industrias caseras o de alcance reducido y reubicación. Asimismo, existe un programa en favor de los empleados del sector público con objeto de asistirles en la búsqueda de alternativas de empleo, asesorarles con programas de trabajo autónomo, etc. Ello se lleva a cabo especialmente a través de talleres y seminarios.

En cuanto a la aplicación del artículo 3 del Convenio, se consulta a la mano de trabajo organizada, a través del Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo, creado en el marco de la ley sobre las relaciones profesionales y el trabajo. En este Consejo se hallan representados el Congreso de Sindicatos de Zambia y la Federación de Empleadores de Zambia. Existe otro órgano consultivo, el Consejo Económico Nacional que tiene una representación más amplia, incluyendo a sindicatos, asociaciones de empleadores, organizaciones no gubernamentales, representantes de industrias y otros grupos de presión. De vez en cuando participan en este Consejo otros representantes, con objeto de conseguir el máximo de cooperación y de apoyo.

En cuanto a las medidas tomadas a raíz de los proyectos de cooperación técnica de la OIT en materia de empleo, se han difundido, particularmente en las áreas rurales, trabajos públicos intensivos de reparación de carreteras. Se llevan también a cabo discusiones con la OIT y las agencias donantes para expandir estas actividades.

Por último, el orador expresó el deseo del Gobierno de trabajar estrechamente con la OIT para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la ratificación de varios convenios, incluido el que se discutía ahora, así como para obtener el máximo provecho del equipo multidisciplinario de su región.

Los miembros trabajadores agradecieron al representante gubernamental sus detalladas informaciones, que trataban todas las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos en su informe. Durante la larga discusión sobre la aplicación de este Convenio en España, se discutieron muchos principios y cuestiones controvertidas sobre este Convenio, por lo que no hace falta discutir nuevamente sobre el valor y utilización que debe hacerse del Convenio ni el alcance preciso de las responsabilidades del Gobierno. Los miembros trabajadores observaron que por primera vez se discutía el caso de un país africano en relación con la aplicación del Convenio núm. 122, ya que a menudo las discusiones al respecto se referían a países industrializados. Es útil disponer de informaciones al respecto sobre la situación en Africa, Asia y Sudamérica en relación con la aplicación del Convenio núm. 122. La observación de la Comisión de Expertos sobre la aplicación del Convenio indica que en Zambia existen muchos de los problemas que aquejan a otros países del mundo.

Los miembros trabajadores consideraron positivo que existiera un contexto tripartito para la discusión, en particular, el Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo y el Consejo Consultivo Económico Nacional, ya que las consultas tripartitas son especialmente importantes. La Comisión de Expertos ha tomado nota de que estos órganos tienen competencia para ocuparse de las cuestiones de desarrollo y de utilización de la mano de obra. Sin embargo, la Comisión de Expertos ha subrayado la importancia en el país de los sectores no estructurado y rural y ha solicitado que los trabajadores de estos sectores participen en discusiones tripartitas y solicita informaciones sobre el modo de consulta a tales trabajadores en relación con la política de empleo. Los miembros trabajadores tomaron nota de que el representante gubernamental había señalado que, aparte del mencionado órgano de consulta tripartito, existía el Consejo Consultivo Económico Nacional, que podía estar integrado por otras partes interesadas, y esperaba que el Gobierno confirmara que entre estas partes se incluiría a los representantes de los sectores no estructurado y rural.

En el segundo punto de la observación, la Comisión de Expertos expresa preocupación observando que el Gobierno parece aceptar, quizá con mucha tranquilidad, el masivo trastorno que producía la reestructuración de la economía. Cuando un país se halla implicado en un proceso de reorganización estructural de su economía, que incluye toda una serie de movimientos del sector público hacia el sector privado, el Convenio exige a los gobiernos que lo han ratificado que tengan en cuenta a las categorías más pobres de la población. El representante gubernamental ha indicado que eso es precisamente lo que intenta el Gobierno. Los miembros trabajadores esperaron que en la próxima memoria se pudiera facilitar informaciones más positivas sobre las medidas adoptadas para mitigar los efectos de estas políticas en la población.

Los miembros trabajadores llamaron la atención sobre la declaración del representante gubernamental, según la cual muchos de los proyectos de cooperación técnica de la OIT se centraban en trabajos públicos en áreas rurales. Los miembros trabajadores se felicitan de ello, ya que a menudo sólo este tipo de proyectos en el sector público permite mitigar la pobreza en ciertas regiones y ayuda a realizar el tránsito hacia la privatización y el desplazamiento de la mano de obra del sector público al privado. Los miembros trabajadores pidieron que el Gobierno facilitara en su próxima memoria a la Comisión de Expertos mayores precisiones sobre los resultados prácticos conseguidos como resultado de los proyectos de cooperación técnica de la OIT.

Los miembros empleadores indicaron que apreciaban también las informaciones facilitadas por el representante gubernamental y se mostraron de acuerdo con la mayor parte de las declaraciones de los miembros trabajadores. Señalaron que había sido útil tener una discusión sobre dos casos diferentes en relación con el Convenio núm. 122, ya que ello demostraba con claridad dos cosas. En primer lugar, aunque existen diferencias entre las condiciones de un país en desarrollo y las de un país más desarrollado, existe una base común en cuanto al conjunto de los problemas a afrontar. No obstante, todos los países deben enfrentar el ajuste estructural dados los constantes y rápidos cambios que se producen en el mundo. En segundo lugar, para poder discutir de manera concreta informaciones sobre este caso se requiere especificar sobre los resultados de los distintos programas emprendidos por el Gobierno. Una de las circunstancias fundamentales que difieren en este caso con relación al tratado anteriormente y que lo distinguen es el hecho de que el sector no estructurado es muy amplio aquí y aparentemente sigue creciendo. Ello requiere medidas diferentes a las que se aplicaban en el caso anteriormente mencionado. Todos los países buscan aliviar en lo posible las consecuencias sociales del ajuste estructural y en el presente caso pueden observarse ejemplos de políticas gubernamentales, en particular de las relativas a programas de formación y educación destinados a garantizar algún tipo de distribución de los efectos del ajuste estructural. No obstante, los miembros empleadores estimaron que si se ponía mucho énfasis en este terreno podía llegarse a situaciones de rigidez en el mercado de trabajo que podían dar lugar a un mayor desempleo e instaron al Gobierno a que no lo olvidara.

El miembro trabajador de Zimbabwe indicó que este caso era un típico de Africa. La mayor parte de los gobiernos africanos, especialmente en la región del Sur, se hallan implicados en programas de ajuste estructural del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional, originariamente creados para crear empleo. No obstante, en realidad no se han introducido políticas de empleo que promuevan la creación de puestos de trabajo. Habida cuenta de que los ajustes estructurales ponen el acento en el aspecto monetario, subrayaron la supresión de los puestos de trabajo excedentarios; de esta manera, en casi todos los países aumentaban los despidos y no se creaban nuevos puestos de trabajo. Los efectos devastadores de estos programas de ajuste estructural están destruyendo las estructuras vitales de las familias africanas y dan lugar a la expansión de la pobreza. Cuando se realizan consultas, se hace con carácter limitado, por lo que deberían ampliarse, poniendo énfasis al mismo tiempo en la creación de empleo. El pleno empleo requiere una cierta política monetaria y relaciones profesionales responsables. La participación del conjunto de la población en la concepción e implantación de estructuras económicas y en el desarrollo, es una condición previa para la movilización de los recursos humanos y materiales, para la recuperación económica y el desarrollo, que aumentarán la productividad y garantizarán que las iniciativas de la población y sus valores morales puedan contribuir ampliamente al correcto enfoque económico para la creación de empleo. El orador hizo un llamamiento al Gobierno de Zambia para que ampliara las consultas, incluyendo en ellas a los trabajadores rurales y a los del sector no estructurado, y para que aplicara políticas que promovieran la creación de empleo.

El representante gubernamental confirmó que las consultas durante la elaboración de la política en materia de recursos humanos no se limitaba a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, sino que iba mucho más allá. Tomó nota de las opiniones expresadas, agradeció las intervenciones realizadas en el presente caso y prometió enviar en la próxima memoria a la Comisión de Expertos todas las informaciones solicitadas.

La Comisión se felicitó por la declaración del representante gubernamental indicando que se tomaban salvaguardias en el marco del ajuste estructural para aliviar sus dolorosas consecuencias en el terreno del empleo. La Comisión observó que existía un marco para la realización de consultas a los trabajadores y a los empleadores, a través del Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo, y que podía reconocerse al Consejo Consultivo Económico Social como foro para las consultas. La Comisión deseó también que los sectores rural y no estructurado fueran asociados a tales consultas. La Comisión solicitó que hubiera informaciones más positivas en la próxima memoria sobre los aspectos prácticos de las consultas y las consecuencias de la reforma. En particular, pidió informaciones sobre el impacto de la cooperación técnica de la OIT en las áreas rurales y en los programas de formación para mejorar las posibilidades de empleo de la población. La Comisión instó de manera particular a que programas específicos tuvieran como resultado la distribución de los beneficios de la reforma entre los sectores más pobres, de forma que pudiera alcanzarse realmente el objetivo del Convenio núm. 122.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Política activa del empleo y estrategia de reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de las respuestas proporcionadas por el Gobierno en agosto de 2009 a su observación de 2008. La Comisión recuerda que el Gobierno formuló el Quinto Plan Nacional de Desarrollo para el período 2006-2010. La Comisión advierte que en la memoria transmitida sobre el Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos), 1962 (núm. 117), el Gobierno explicó que la decisión de elaborar un Plan Nacional de Desarrollo se adoptó para mejorar el control nacional, ya que el Quinto Plan Nacional de Desarrollo se considera «como propio» porque no está impulsado por organismos donantes. El Plan Nacional de Desarrollo también incluye otros ámbitos que son parte integrante de la estrategia de reducción de la pobreza, tales como la gobernanza y la seguridad pública. El Gobierno indica que debido a que la vigencia del Quinto Plan Nacional de Desarrollo finalizará en 2010, se ha iniciado el proceso de elaboración de un Sexto Plan Nacional de Desarrollo. La Comisión invita al Gobierno a transmitir una memoria sobre el Convenio núm. 122 que contenga información detallada sobre las principales políticas seguidas y las medidas adoptadas para garantizar que haya trabajo para todos los que están disponibles y buscan trabajo, y que incluya información específica sobre las políticas y medidas aplicadas en virtud del Plan Nacional de Desarrollo.

Medidas para los trabajadores infectados por el VIH. En su memoria, el Gobierno indica que ha adoptado medidas políticas para resolver los desafíos relacionados con el VIH y el sida en el lugar de trabajo y para garantizar que hay trabajo para todos los que están disponibles para trabajar y buscan trabajo. El Gobierno también señala que se alienta a los órganos representativos de los trabajadores a que desempeñen una función de liderazgo en la lucha contra el VIH y el sida. La Comisión toma nota con interés de los diversos esfuerzos realizados por el Gobierno para estimular la elaboración de políticas sobre el VIH y el sida en el lugar de trabajo que incluyan: la prevención del VIH y el sida en el lugar de trabajo y los programas de asistencia en todo el país; garantizar la protección frente al acoso y la discriminación que pueden sufrir los empleados seropositivos; prohibir las pruebas obligatorias de detección del VIH y el sida en los lugares de trabajo; integrar los servicios de apoyo en materia de VIH y sida en la negociación colectiva, y facilitar el establecimiento de servicios de orientación y pruebas voluntarias de detección para que los trabajadores puedan conocer su situación. La Comisión recuerda que la Conferencia adoptó la Recomendación sobre el VIH y el sida, 2010 (núm. 200) que insta a los Miembros a promover el mantenimiento en el empleo y la contratación de personas que viven con el VIH. Los Miembros deberían considerar la posibilidad de seguir prestando asistencia durante los períodos de empleo y de desempleo e incluso, cuando sea necesario, ofrecer oportunidades de generación de ingresos para las personas que viven con el VIH o las personas afectadas por el VIH o por el sida (párrafo 22 de la Recomendación núm. 200). La Comisión agradecería recibir más información sobre la aplicación de la política en materia de VIH/SIDA y sobre cómo se toman en consideración los efectos del VIH y el sida en la generación de empleo.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica en su memoria que se celebran consultas con los que trabajan en el sector rural y en la economía informal a través de iniciativas como el Programa de Desarrollo del Sector Privado (PSD), mediante el cual el sector privado ayuda a determinar la legislación que dificulta la existencia de empresas rurales e informales. Durante la formulación de la Política Nacional del Empleo y el Mercado del Trabajo, el Gobierno inició consultas nacionales con sus interlocutores sociales. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya más explicaciones sobre la participación de los interlocutores sociales en la toma de decisiones que se está llevando a cabo en relación con la Estrategia Nacional de Política del Empleo y Reducción de la Pobreza así como sobre la participación del Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo y el Grupo Nacional sobre Empleo y Asesoramiento del Sector Laboral en este proceso. Asimismo, la Comisión agradecería que se transmitan más informaciones sobre la participación de representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal en las consultas requeridas por el Convenio.

Empleo juvenil. El Gobierno indica que en respuesta a los desafíos que plantea el empleo de los jóvenes, se han introducido estrategias en la Política Nacional del Empleo y el Mercado del Trabajo para aumentar el acceso de los jóvenes a la formación práctica y al empleo. Esos esfuerzos incluyen la promoción de oficios especializados a través de diversos centros de formación profesional para los jóvenes. La Comisión toma nota de la colaboración intergubernamental y de los esfuerzos para apoyar la integración social de los grupos especialmente vulnerables, tales como los que forman los huérfanos y los niños de la calle. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre el impacto de las medidas y programas para responder a las necesidades de empleo de los jóvenes trabajadores, y que transmita una evaluación del impacto que tienen estas medidas y programas en el aumento de sus oportunidades de conseguir empleo y de su participación.

Educación y formación profesional. El Gobierno indica que la formación de los grupos vulnerables se aborda a través de la colaboración intergubernamental entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Formación Profesional y el Ministerio de Género y Desarrollo de las Mujeres. Las mujeres han sido las más afectadas por la reducción de las oportunidades de empleo, especialmente en el sector formal. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ejecuta programas centrados en las mujeres y otros grupos vulnerables para facilitar y mejorar el acceso al empleo y reducir el desequilibrio entre hombres y mujeres en el empleo. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre el impacto de las medidas de formación adoptadas para cubrir las necesidades de empleo productivo de los grupos de trabajadores vulnerables y específicamente de las mujeres y de las personas de edad avanzada.

Artículo 2. Recopilación y uso de datos sobre el empleo. En su respuesta a la observación anterior, el Gobierno indica que desarrolló y fortaleció el Sistema de Información sobre el Mercado del Trabajo (LMIS). Se estableció un Comité Directivo sobre Información del Mercado del Trabajo. La última encuesta de población activa se realizó en 2008 como seguimiento a la encuesta de población activa de 2005. La Comisión toma nota de que se ha creado una base de datos que comprende todos los indicadores clave del mercado del trabajo (incluidos los indicadores de empleo sobre el trabajo decente y los Objetivos de Desarrollo del Milenio). Asimismo, el Gobierno pretende mejorar la calidad y disponibilidad de la información sobre el mercado del trabajo mediante la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística. La Comisión invita al Gobierno a continuar transmitiendo información sobre la aplicación y el éxito de las medidas de empleo adoptadas mediante la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística. A este respecto, la Comisión destaca la importancia de recopilar y analizar datos estadísticos y tendencias como base para determinar las medidas de la política del empleo. La Comisión realiza un seguimiento de los progresos alcanzados en el desarrollo de sistemas de información sobre el mercado del trabajo, para garantizar que los que toman las decisiones disponen de información actualizada y exacta para orientar sus decisiones (véanse los párrafos 69 y 70 del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo). Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno que describa las medidas que se hayan tomado para recopilar y analizar información estadística desagregada por la edad y el sexo e información de otro tipo, sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, la naturaleza y extensión del desempleo y el subempleo y sus tendencias, como base para decidir las medidas que se adoptarán en el ámbito de la política de empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Política activa del empleo y estrategia de reducción de la pobreza. En respuesta a la observación de 2006, el Gobierno indica, en las memorias transmitidas en septiembre de 2007 y marzo de 2008, que en 2006, se inició oficialmente la amplia política nacional de empleo y mercado de trabajo. Asimismo, el Gobierno ha adoptado el Quinto Plan Nacional de Desarrollo en el que ha introducido un programa de trabajo decente a fin de abordar cuestiones relacionadas con la promoción del empleo, y que tiene en cuenta las preocupaciones planteadas por el Convenio en relación con la necesidad de garantizar un trabajo a quienes lo buscan. Asimismo, afirma que resulta fundamental integrar la estrategia de empleo en el Plan Nacional de Desarrollo. Sin embargo, según el Gobierno, las cuestiones relacionadas con la reducción de la pobreza y el crecimiento económico que contempla el Plan Nacional de Desarrollo, tales como la creación de empleo y el respeto de las normas laborales en los lugares de trabajo, todavía no se han abordado de forma adecuada. El crecimiento medio de la población, entre 1992 y 2000, fue del 2,3 por ciento. La tasa de desempleo del país ha aumentado debido a la diferencia entre la tasa de mano de obra que puede absorber la economía y el aumento aún más rápido del crecimiento de la población. Como resultado de esta desigualdad, y según la Oficina Central de Estadística de Zambia (CSO), sólo el 10 por ciento de los trabajadores trabajan en la economía formal, mientras que el 68 por ciento están empleados en el sector informal. Asimismo, el Gobierno indica que la pandemia del VIH/SIDA, que sigue siendo el mayor desafío para el mercado de trabajo, ha continuado teniendo un impacto negativo en la productividad laboral y el desarrollo económico nacional. El Gobierno propone reducir la propagación e impacto del VIH/SIDA entre los trabajadores y empleadores a través de intervenciones y ayuda a la formulación de políticas en el lugar de trabajo, la educación de los trabajadores sobre el derecho aplicable y los peligros y efectos del VIH/SIDA, y la formulación de medidas legislativas para proteger a los trabajadores infectados, y programas de concienciación y sensibilización. La Comisión pide al Gobierno que proporcione más información sobre la aplicación de su política sobre el VIH/SIDA y que señale la manera en la que toma en consideración los efectos del VIH/SIDA para generar empleo. La Comisión confía en que el Gobierno comunique una memoria que contenga información detallada sobre las principales políticas que se siguen y las medidas adoptadas para garantizar empleos a todas las personas disponibles y que buscan un trabajo, incluyendo una referencia especial a las políticas y medidas aplicadas en virtud del Plan Nacional de Desarrollo. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre la manera en la que la estrategia de reducción de la pobreza de Zambia contribuye a la creación de empleo productivo en el contexto de una política económica y social coordinada.

2. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que según la memoria del Gobierno, los interlocutores sociales son consultados a través del Consejo Consultivo Tripartito y han participado en la redacción de la política nacional de empleo y mercado de trabajo. La Comisión toma nota con interés de este enfoque y pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre la participación de los interlocutores sociales en las decisiones que se están adoptando, y en los procesos de revisión y aplicación de su política nacional de empleo y la estrategia de reducción de la pobreza. Asimismo, pide al Gobierno que comunique información sobre las consultas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en la economía informal.

3. Empleo juvenil. La Comisión toma nota de que los jóvenes constituyen el 70 por ciento de los 4,7 millones de personas que componen la población activa de Zambia. En su memoria, el Gobierno indica que la política nacional para los jóvenes (2005) y diversos programas destinados al desarrollo de los jóvenes se han introducido en la política nacional de empleo para promover el desarrollo de las calificaciones y las oportunidades de empleo para los jóvenes. Combatir el desempleo de los jóvenes tiene diversos objetivos económicos y no económicos; ayuda a evitar la delincuencia, forma a los jóvenes para un liderazgo futuro, les permite sentirse útiles y sirve de apoyo a los jubilados. El Ministerio de Deportes, Juventud y Desarrollo de la Niñez ha creado un fondo para el desarrollo y sostenibilidad de las pequeñas empresas creadas por jóvenes. La Comisión pide al Gobierno que comunique más información sobre la aplicación de estas medidas y programas que tienen como objetivo las necesidades de empleo de los jóvenes junto con la evaluación de su impacto en el aumento de sus oportunidades de empleo.

4. Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, se está desarrollando un plan estratégico para abordar las cuestiones de equidad, acceso, calidad y pertinencia en relación con la educación básica y la formación en el país. El plan estratégico también se centra en crear una infraestructura para poder impartir formación. Asimismo, la Comisión toma nota de que ese plan estratégico apoyará la creación de calificaciones en el sector informal en respuesta a las demandas actuales del mercado de trabajo debidas a que el sector informal es la fuente de ingresos de alrededor del 80 por ciento de la población activa. Asimismo, el Gobierno indica que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Formación Profesional ha elaborado una política sobre la discapacidad, que se redactó en 2006 y se adoptó e inició en 2007, para abordar las necesidades de formación de las personas con discapacidades, en un esfuerzo por cumplir con el mandato del Convenio núm. 159, que Zambia también ha ratificado. La Comisión pide al Gobierno que proporcione más información sobre la aplicación del plan estratégico que tiene por objetivo abordar las cuestiones de equidad, acceso, calidad y pertinencia en relación con la educación y la formación en el país, así como información específica sobre las medidas adoptadas en virtud del plan estratégico destinadas a cubrir las necesidades de formación de otras categorías particulares de trabajadores, tales como las mujeres, los trabajadores de más edad y los trabajadores con discapacidades.

5. Artículo 2. Compilación y utilización de información relativa al empleo. En su respuesta a la solicitud anterior de la Comisión de que transmitiese información, y dentro de la sección de trabajo y empleo del segundo documento de la estrategia de lucha contra la pobreza de Zambia, el Gobierno indicó su intención de adoptar un sistema de información sobre gestión del mercado de trabajo con el objetivo de concienciar al público sobre las cuestiones de trabajo y empleo y mejorar la toma de decisiones, incluidas las estrategias para lograr los objetivos antes mencionados. El Gobierno indicó que ha identificado más de 30 indicadores, incluidos todos los indicadores clave del mercado de trabajo de la OIT, y que está creando una base de datos para un sistema de información sobre gestión del mercado de trabajo que se esperaba que fuese operativo en septiembre de 2007. La Comisión pide al Gobierno que transmita información adicional, en su próxima memoria, sobre el desarrollo y aplicación del sistema de información sobre gestión del mercado de trabajo y su impacto en la política nacional del empleo.

6. La Comisión toma nota de que según la memoria del Gobierno, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística han concluido un memorando de entendimiento para administrar conjuntamente el sistema de información sobre gestión del mercado de trabajo, compartiendo recursos y realizando encuestas nacionales sobre la mano de obra. El Gobierno advierte que ha establecido un grupo sobre empleo y asesoramiento del sector laboral (ELSAG) a fin de asesorar sobre la aplicación de programas de empleo determinados en virtud del Plan Nacional de Desarrollo. En relación con su anterior solicitud de información específica sobre cómo se utilizan los datos en la creación de políticas de empleo, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el principal comité ELSAG está dividido en varios subcomités, incluido un subcomité sobre información del mercado de trabajo (LMI). El subcomité LMI se reúne para debatir los resultados de las encuestas y presenta sus conclusiones al principal comité ELSAG, que luego presenta al Gobierno las recomendaciones apropiadas en cuestiones políticas. La Comisión recuerda que los datos de buena calidad pueden utilizarse para evaluar los efectos de las medidas normativas e introducir los ajustes necesarios. Son un elemento esencial para decidir qué medidas se van a adoptar y para controlarlas a fin de alcanzar los objetivos del Convenio, de conformidad con su artículo 2 (párrafo 104 del Estudio general de 2004, Promover empleo). Por consiguiente, la Comisión toma nota con interés del enfoque seguido por el Gobierno y pide más información sobre la aplicación y resultados de las medidas de empleo adoptadas gracias a la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística.

Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

1. Aplicación de una política activa del empleo. En respuesta a la observación de 2003, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria recibida en mayo de 2006 que se ha elaborado una estrategia nacional integral de empleo y trabajo. La Comisión también toma nota de que durante el período examinado se observó una breve disminución del empleo en el sector no estructurado (de 416.804 empleos en 2003 a 416.228 en 2004), que el Gobierno atribuye a la reducción del empleo en el sector público. Por lo que respecta a la reducción de la pobreza, el segundo informe de progreso sobre la ejecución de la estrategia de reducción de la pobreza (PRSP) (julio de 2003 a junio de 2004) se indica que en el marco del programa de autoayuda para el sector periférico urbano, el Gobierno ha previsto la realización de algunos proyectos de infraestructura aplicando técnicas basadas en el empleo encaminados a la construcción de la capacidad de las comunidades vulnerables y creación de empleo que permitan contrarrestar los elevados índices de desempleo del país. La Comisión toma nota también de que la pandemia del VIH/SIDA amenaza los esfuerzos del país para crear capacidad desde que afecta indiscriminadamente al conjunto de la población, tanto a quienes han recibido enseñanza como a quienes no han tenido acceso a la educación, a los trabajadores calificados y a los no calificados. Los largos períodos de enfermedad que afectan a los trabajadores se han traducido en severas pérdidas en la productividad económica. La Comisión confía en que el Gobierno comunicará una memoria que contenga información detallada sobre las principales políticas que se llevan a cabo y las medidas tomadas para garantizar trabajo para todas las personas disponibles y que solicitan empleo, en particular en relación con las políticas y medidas aplicadas en el marco de la política nacional del empleo. Sírvase también seguir facilitando información sobre la manera en que la estrategia de Zambia para la reducción de la pobreza contribuye a la creación de empleos productivos en el contexto de una política económica y social coordinada. Además la Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien especificar de qué manera su política toma en consideración los efectos del VIH/SIDA en la creación del empleo (artículos 1 y 2 del Convenio).

2. La Comisión recuerda las expectativas del Gobierno respecto a un proyecto de la OIT sobre Consolidación de la Administración del Trabajo (SLASA) que comprende a Botswana, Lesotho, Malawi y Zambia, y que podría extender su asistencia para elaborar un sistema integral de información sobre el mercado del trabajo. El Gobierno añade que se está examinando, con los interlocutores sociales, un proyecto nacional de política laboral que pronto se presentará ante el Gabinete. Sírvase facilitar información en la próxima memoria sobre la evolución del sistema de información del mercado de trabajo y la adaptación de una política laboral nacional.

3. Empleo de los jóvenes. La Comisión toma nota del Informe de la OIT en el marco de la Conferencia Subregional de Africa Meridional sobre el empleo de los jóvenes (2005) que los jóvenes trabajadores constituyen el 70 por ciento de los 4,7 millones de personas que componen la población activa de Zambia. El deterioro económico, el sistema de enseñanza inadecuado y la pandemia del VIH/SIDA son los factores determinantes del desempleo de los jóvenes en el país. En respuesta, el Gobierno ha elaborado la Política Nacional para el empleo de los jóvenes (2005) y diversos programas destinados al desarrollo de los jóvenes para incrementar las calificaciones de los jóvenes y proporcionarles oportunidades de trabajo. Se invita al Gobierno a facilitar información complementaria sobre la aplicación de esas medidas y una evaluación de su idoneidad para mejorar las oportunidades de empleo de los jóvenes trabajadores.

4. Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno de que entre los factores que inciden en los bajos niveles de empleo de Zambia cabe mencionar el bajo nivel de inversiones en materia de educación y formación. La Comisión toma nota de que, en respuesta, el Gobierno tiene la intención de introducir un programa de reforma de la enseñanza y de la formación destinado a mejorar el acceso, la calidad y la equidad en el ámbito de la enseñanza básica y la formación en el país. La Comisión toma nota además de que dicho programa prestará asistencia a la formación destinada a proporcionar calificaciones al sector informal de la economía en respuesta a la demanda actual en el mercado de trabajo, dado que en el sector informal de la economía, el trabajo es la fuente principal de subsistencia de aproximadamente el 80 por ciento de la población activa. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, proporcione información detallada sobre la elaboración y aplicación del mencionado programa de reforma. Sírvase también facilitar información específica sobre las medidas adoptadas en virtud de dicho programa para atender a las necesidades en materia de formación de determinadas categorías de trabajadores, por ejemplo mujeres, jóvenes, trabajadores de más edad y trabajadores con discapacidades.

5. Compilación y utilización de información relativa al empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, según la cual la Oficina Central de Estadística (CSO) lleva a cabo habitualmente encuestas para obtener información relativa a la naturaleza y alcance del desempleo y del subempleo. También toma nota que, desde 2005, el Departamento del Trabajo ha trabajado estrechamente con la CSO en dichas encuestas. La Comisión solicita al Gobierno que informe específicamente de qué modo se utiliza esta información estadística para establecer y revisar las políticas del empleo (artículo 2).

6. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno según la cual se consulta a los interlocutores sociales a través del Consejo Consultivo Tripartito que participan en la elaboración de la  Política del Empleo y del Mercado Laboral. La Comisión solicita al Gobierno que facilite información más detallada sobre la participación de los interlocutores sociales en el actual proceso de adopción de decisiones y de revisión de la política nacional del empleo. Sírvase además proporcionar información sobre las consultas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa como los que trabajan en el sector rural y en la economía informal (artículo 3).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la breve memoria del Gobierno, recibida en octubre de 2003, en la que se indica que el período de memoria estuvo caracterizado por un aumento del empleo en el sector estructurado y por aumentos en las ganancias nominales. El empleo en el sector estructurado aumentó en un 1,5 por ciento, pasando de 487.340 empleos a 494.457, especialmente en el sector privado. Este aumento fue el resultado de un incremento en la producción especialmente en la manufactura y en el comercio al por mayor y al detalle. La economía informal continuó creciendo al mismo tiempo que creció la fuerza laboral (especialmente en el sector agrícola). En sus anteriores comentarios dirigidos directamente al Gobierno sobre la aplicación del Convenio, la Comisión ya tomó nota de que puede decirse que la mayoría de los que viven de la economía informal pueden ser clasificados como pobres. La pobreza es más frecuente en las zonas rurales que en las zonas urbanas (83 por ciento y 53 por ciento, respectivamente, según los datos incluidos en el documento de estrategia de lucha contra la pobreza, de abril de 2002) pero últimamente ha aumentado de forma más rápida en las zonas urbanas debido a las industrias que quiebran y al aumento del desempleo. La mayor parte de los pobres de las zonas rurales son pequeños granjeros, seguidos por granjeros de tipo medio.

2. El Gobierno también señala que se espera que el Proyecto de Fortalecimiento de la Administración del Trabajo (SLASA) de la OIT, que se aplica en Botswana, Lesotho, Malawi y Zambia, pueda extender su asistencia al desarrollo de un sistema amplio de información sobre el mercado de trabajo. Asimismo, señala que está discutiendo con los interlocutores sociales un proyecto de política nacional del trabajo que pronto se presentará al Consejo de Ministros.

3. La Comisión agradecería recibir informaciones sobre los progresos realizados para tener un conocimiento más completo de la situación del país respecto al nivel y las tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo. Confía en que el Gobierno transmitirá una memoria que contenga información detallada sobre las principales políticas seguidas y las medidas tomadas para garantizar trabajo para todos los que están disponibles y que buscan trabajo, haciendo especial referencia a las políticas y medidas aplicadas en virtud de la política nacional sobre el trabajo antes mencionada. Sírvase también indicar la manera en que se han tomado en cuenta los datos estadísticos recogidos para la adopción de las medidas de la política de empleo, dentro del marco de una política económica y social coordinada.

4. En su anterior comentario, la Comisión tomó nota de que el SIDA amenaza los esfuerzos del país para fortalecer el capital humano, porque golpea tanto a las personas que tienen formación como a las que no la tienen. Los largos períodos de enfermedad de personas formadas en curso de empleo, han repercutido en graves pérdidas en la productividad de la economía (tal como se menciona en el documento de estrategia de lucha contra la pobreza). La Comisión agradecería al Gobierno que indicara los esfuerzos realizados para reducir el impacto del SIDA sobre el empleo. Sírvase asimismo proporcionar información sobre las medidas tomadas para cubrir las necesidades de empleo y formación de categorías particulares de trabajadores tales como las mujeres, los jóvenes, los trabajadores de edad y los trabajadores con discapacidad.

5. Artículo 3. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que proporcione detalles con respecto a las consultas relacionadas con la política de empleo. La Comisión señala que esta importante disposición del Convenio requiere la realización de consultas entre las autoridades gubernamentales y los representantes de las personas interesadas por las medidas políticas de empleo que vayan a adoptarse. El objetivo de las consultas es tomar plenamente en cuenta su experiencia y opiniones y asegurar su plena cooperación en la formulación y aplicación de la política de empleo. Los representantes de las personas interesadas deben incluir a representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores y asimismo a representantes de sectores de la población económicamente activa tales como los sectores rural y de la economía informal. Teniendo en cuenta la importancia de la economía informal, la Comisión agradecería recibir en la próxima memoria, informaciones sobre todas las consultas previstas con los representantes del sector rural y de la economía informal sobre las cuestiones cubiertas por el Convenio.

6. La preparación de una memoria detallada, debida en 2004, incluyendo la información solicitada en esta observación, con toda seguridad proporcionará al Gobierno y a los interlocutores sociales una oportunidad de evaluar la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo establecido por el Convenio. La Comisión recuerda que el Gobierno tiene a su disposición la asistencia técnica de la Oficina para cumplir con sus obligaciones de envío de memorias y para la aplicación práctica de una política de empleo activa en el sentido del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión agradecería tuviera a bien indicar todo progreso que hubiera podido realizar al respecto de su proyecto de instalación de un sistema de información en torno al mercado del trabajo, especialmente con la asistencia técnica de la OIT. 2. El Gobierno indica, en términos generales, el establecimiento de medidas destinadas a atenuar la incidencia negativa de la política de ajuste para las categorías más afectadas de la población, así como medidas de asesoramiento y de asistencia a los trabajadores despedidos. En relación con su observación anterior, la Comisión comprueba la falta de informaciones más precisas acerca de la naturaleza y del alcance exactos de las disposiciones adoptadas para garantizar el acompañamiento social de la política de ajuste. El Gobierno comunica, además, breves indicaciones sobre los objetivos de la ley de 1991 relativa a las inversiones y de la ley de 1992 relativa a las privatizaciones. La Comisión toma nota de que se prevén estudios que deberían permitir la evaluación de la incidencia de las privatizaciones en el empleo y solicita al Gobierno tenga a bien transmitir las conclusiones de estos estudios cuando se encuentren a la disposición. Confía en que el Gobierno mantendrá contactos estrechos con la OIT, con el fin de llevar a buen término estos estudios y de sopesar las medidas que han de adoptarse a la luz de los objetivos del Convenio. 3. La Comisión expresaba en su observación anterior, su preocupación en cuanto a las dificultades que parecen atravesar la concepción y la aplicación de una política del empleo en el sentido del Convenio. Confía en que, en cooperación, en caso necesario, con los servicios competentes de la OIT, el Gobierno podrá preparar una próxima memoria que contenga las informaciones solicitadas en el formulario de memoria acerca de las medidas adoptadas en el marco de una política económica y social coordinada, con el fin de fomentar, como un objetivo esencial, una política que esté de conformidad con el artículo 1. Además, invita al Gobierno a comunicar informaciones pormenorizadas sobre las consultas de los representantes de los medios interesados respecto de las políticas del empleo llevadas a cabo en la práctica, indicando las opiniones recogidas y la manera en que se las tuvo en cuenta en aplicación del artículo 3. La Comisión recuerda que, como señalara la Comisión de la Conferencia, los representantes de las personas ocupadas en el sector rural y en el sector no estructural, deberían asociarse a esas consultas.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene ninguna respuesta a sus comentarios anteriores. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno relativa al período que finaliza en junio de 1996, así como de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de la Conferencia en su reunión de junio de 1995. Señala que, en sus explicaciones ante la Comisión de la Conferencia y en su memoria, el Gobierno declara que realiza esfuerzos para fomentar la creación de empleos, mediante el establecimiento de un entorno económico favorable a las inversiones nacionales y extranjeras, y que es con tal objetivo que se vienen adoptando, desde 1991, medidas para liberalizar el comercio, para desreglamentar los mercados, para fortalecer el sector financiero y para privatizar las empresas públicas. El Gobierno considera, sin embargo, que los efectos de este programa de ajuste estructural no se manifestarán sino durante los próximos años, mientras que, en un plano inmediato, su aplicación tiene una incidencia negativa en el empleo y en los niveles de vida. Como manifiestan los datos estadísticos comunicados, se produjo durante el período una retracción del empleo formal, fundamentalmente debido a la reducción del empleo en el sector público. El único que absorbe una parte del crecimiento de la población activa es el sector no estructurado, que ha crecido aún más en términos relativos, y que representa alrededor del 85 por ciento del empleo total. Es en este contexto que la Comisión toma nota del análisis publicado por el Banco Mundial en agosto de 1996, en el que comprueba las dificultades que atraviesan los trabajadores del sector no estructurado, debido al programa de ajuste estructural, incluso bajo la forma de un deterioro de los recursos humanos. Habida cuenta del objetivo de pleno empleo productivo y libremente elegido, descrito en el artículo 1 del Convenio y bien reconocido por el Gobierno, así como la necesidad de una adecuada base de informaciones, con el fin de determinar y de aplicar las medidas adaptadas a las condiciones nacionales (véase el artículo 2 en el formulario de memoria adoptado por el Consejo de Administración), la Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando los datos estadísticos disponibles sobre la situación y las tendencias del empleo. Le agradecería tuviera a bien indicar en su próxima memoria todo progreso que se hubiera podido realizar al respecto de su proyecto de instalación de un sistema de información en torno al mercado del trabajo, especialmente con la asistencia técnica de la OIT. 2. El Gobierno indica, en términos generales, el establecimiento de medidas destinadas a atenuar la incidencia negativa de la política de ajuste para las categorías más afectadas de la población, así como medidas de asesoramiento y de asistencia a los trabajadores despedidos. En relación con su observación anterior, la Comisión comprueba la falta de informaciones más precisas acerca de la naturaleza y del alcance exactos de las disposiciones adoptadas para garantizar el acompañamiento social de la política de ajuste. El Gobierno comunica, además, breves indicaciones sobre los objetivos de la ley de 1991 relativa a las inversiones y de la ley de 1992 relativa a las privatizaciones. La Comisión toma nota de que se prevén estudios que deberían permitir la evaluación de la incidencia de las privatizaciones en el empleo y solicita al Gobierno tenga a bien transmitir las conclusiones de estos estudios cuando se encuentren a la disposición. Confía en que el Gobierno mantendrá contactos estrechos con la OIT, con el fin de llevar a buen término estos estudios y de sopesar las medidas que han de adoptarse a la luz de los objetivos del Convenio. 3. La Comisión expresaba en su observación anterior, su preocupación en cuanto a las dificultades que parecen atravesar la concepción y la aplicación de una política del empleo en el sentido del Convenio. Confía en que, en cooperación, en caso necesario, con los servicios competentes de la OIT, el Gobierno podrá preparar una próxima memoria que contenga las informaciones solicitadas en el formulario de memoria acerca de las medidas adoptadas en el marco de una política económica y social coordinada, con el fin de fomentar, como un objetivo esencial, una política que esté de conformidad con el artículo 1. Además, invita al Gobierno a comunicar informaciones pormenorizadas sobre las consultas de los representantes de los medios interesados respecto de las políticas del empleo llevadas a cabo en la práctica, indicando las opiniones recogidas y la manera en que se las tuvo en cuenta en aplicación del artículo 3. La Comisión recuerda que, como señalara la Comisión de la Conferencia, los representantes de las personas ocupadas en el sector rural y en el sector no estructural, deberían asociarse a esas consultas.

Observación (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno relativa al período que finaliza en junio de 1996, así como de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de la Conferencia en su reunión de junio de 1995. Señala que, en sus explicaciones ante la Comisión de la Conferencia y en su memoria, el Gobierno declara que realiza esfuerzos para fomentar la creación de empleos, mediante el establecimiento de un entorno económico favorable a las inversiones nacionales y extranjeras, y que es con tal objetivo que se vienen adoptando, desde 1991, medidas para liberalizar el comercio, para desreglamentar los mercados, para fortalecer el sector financiero y para privatizar las empresas públicas. El Gobierno considera, sin embargo, que los efectos de este programa de ajuste estructural no se manifestarán sino durante los próximos años, mientras que, en un plano inmediato, su aplicación tiene una incidencia negativa en el empleo y en los niveles de vida. Como manifiestan los datos estadísticos comunicados, se produjo durante el período una retracción del empleo formal, fundamentalmente debido a la reducción del empleo en el sector público. El único que absorbe una parte del crecimiento de la población activa es el sector no estructurado, que ha crecido aún más en términos relativos, y que representa alrededor del 85 por ciento del empleo total.

Es en este contexto que la Comisión toma nota del análisis publicado por el Banco Mundial en agosto de 1996, en el que comprueba las dificultades que atraviesan los trabajadores del sector no estructurado, debido al programa de ajuste estructural, incluso bajo la forma de un deterioro de los recursos humanos. Habida cuenta del objetivo de pleno empleo productivo y libremente elegido, descrito en el artículo 1 del Convenio y bien reconocido por el Gobierno, así como la necesidad de una adecuada base de informaciones, con el fin de determinar y de aplicar las medidas adaptadas a las condiciones nacionales (véase el artículo 2 en el formulario de memoria adoptado por el Consejo de Administración), la Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando los datos estadísticos disponibles sobre la situación y las tendencias del empleo. Le agradecería tuviera a bien indicar en su próxima memoria todo progreso que se hubiera podido realizar al respecto de su proyecto de instalación de un sistema de información en torno al mercado del trabajo, especialmente con la asistencia técnica de la OIT.

2. El Gobierno indica, en términos generales, el establecimiento de medidas destinadas a atenuar la incidencia negativa de la política de ajuste para las categorías más afectadas de la población, así como medidas de asesoramiento y de asistencia a los trabajadores despedidos. En relación con su observación anterior, la Comisión comprueba la falta de informaciones más precisas acerca de la naturaleza y del alcance exactos de las disposiciones adoptadas para garantizar el acompañamiento social de la política de ajuste. El Gobierno comunica, además, breves indicaciones sobre los objetivos de la ley de 1991 relativa a las inversiones y de la ley de 1992 relativa a las privatizaciones. La Comisión toma nota de que se prevén estudios que deberían permitir la evaluación de la incidencia de las privatizaciones en el empleo y solicita al Gobierno tenga a bien transmitir las conclusiones de estos estudios cuando se encuentren a la disposición. Confía en que el Gobierno mantendrá contactos estrechos con la OIT, con el fin de llevar a buen término estos estudios y de sopesar las medidas que han de adoptarse a la luz de los objetivos del Convenio.

3. La Comisión expresaba en su observación anterior, su preocupación en cuanto a las dificultades que parecen atravesar la concepción y la aplicación de una política del empleo en el sentido del Convenio. Confía en que, en cooperación, en caso necesario, con los servicios competentes de la OIT, el Gobierno podrá preparar una próxima memoria que contenga las informaciones solicitadas en el formulario de memoria acerca de las medidas adoptadas en el marco de una política económica y social coordinada, con el fin de fomentar, como un objetivo esencial, una política que esté de conformidad con el artículo 1 del Convenio. Además, invita al Gobierno a comunicar informaciones pormenorizadas sobre las consultas de los representantes de los medios interesados respecto de las políticas del empleo llevadas a cabo en la práctica, indicando las opiniones recogidas y la manera en que se las tuvo en cuenta en aplicación del artículo 3. La Comisión recuerda que, como señalara la Comisión de la Conferencia, los representantes de las personas ocupadas en el sector rural y en el sector no estructural, deberían asociarse a esas consultas.

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

1. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno para el período que se termina en junio de 1994, que contiene informaciones de orden general en respuesta a su observación anterior. El Gobierno se declara plenamente comprometido a garantizar el ejercicio del derecho al trabajo mediante la puesta en práctica de una estrategia de estabilización, seguida de otra de estimulación de la economía. Reconoce, sin embargo, que su programa de recuperación económica debería provocar, en lo inmediato, nuevos sufrimientos a la población. No deja de ser indispensable, empero, la adopción de medidas audaces para asegurar en el futuro una mejora de la situación. A este respecto, la memoria contiene indicaciones sobre las orientaciones de la política macroeconómica seguida durante el período, que atribuye prioridad al control de la inflación y a la eliminación del control de cambios a fin de favorecer las inversiones extranjeras y las exportaciones. La Comisión toma nota, sin embargo, de que el Gobierno no indica en qué medida se han alcanzado o están en vía de alcanzarse los objetivos de crecimiento económico (para el PIB de 1994, se había fijado una tasa del 4 por ciento en términos reales). La memoria se refiere asimismo, con respecto a las reformas estructurales, a la ley de 1991 sobre las inversiones y a la de 1992 sobre la privatización, pero sin precisar los efectos de su aplicación sobre la producción y el empleo. Si bien el Gobierno menciona la existencia de programas de creación de empleos, de lucha contra el desempleo de los jóvenes, de formación para el empleo y de promoción de la pequeña empresa y del empleo independiente, no proporciona en su memoria ninguna información sobre la naturaleza y el alcance de esos programas, de sus objetivos o de la evaluación de sus resultados.

2. La Comisión sólo puede expresar su preocupación al examinar una memoria en la que el Gobierno declara que la política de estabilización que pone en práctica tiene efectos negativos sobre la población, sin indicar, de manera precisa, las medidas tomadas para mitigar esos efectos. A este respecto, destaca que el Banco Mundial estima que el ajuste estructural se traduciría, en una primera etapa, en un aumento del desempleo y en un deterioro de los niveles de vida de las categorías más pobres de la población. La Comisión invita al Gobierno se sirva indicar en su próxima memoria las medidas tomadas para evaluar la incidencia de las políticas de ajuste sobre el empleo, mitigar las consecuencias sociales y garantizar que los costos y ventajas sociales se distribuyan de manera equitativa. La Comisión confía encontrar en dicha memoria, nuevas informaciones sobre la formulación y aplicación, "como un objetivo de mayor importancia" y una política "activa" destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido (artículo 1 del Convenio), así como una descripción completa de las medidas adoptadas a este respecto, "como parte integrante de una política económica y social coordinada", con inclusión de las medidas para unificar y analizar los datos estadísticos y de otro tipo sobre la población activa, el desempleo y el subempleo (artículo 2). La Comisión agradecería al Gobierno se sirva proporcionar las informaciones disponibles sobre la situación y las tendencias de la evolución del empleo, refiriéndose, en particular, a la parte correspondiente al sector no estructurado y a su función, y también a la distribución del empleo entre los sectores público y privado.

3. En lo que respecta al efecto dado a las disposiciones del artículo 3 del Convenio, el Gobierno, que destaca su adhesión a los principios de libertad sindical y de negociación colectiva, indica que se celebran consultas en el marco del Consejo Consultivo Económico Nacional y el Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo, instituido por la ley núm. 27 de 1993 sobre las relaciones profesionales y el trabajo. La Comisión toma de que en virtud del artículo 83 de esta ley, el Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo, en el que están representadas las organizaciones de empleadores y de trabajadores, tiene competencia para ocuparse, entre otras, de las cuestiones de desarrollo y de utilización de la mano de obra, así como de toda otra cuestión que le someta el Gobierno. La Comisión recuerda que las consultas a los representantes de las personas interesadas en relación con la política del empleo prevista por el Convenio, tendrá por objeto lograr su cooperación en la formulación y puesta en práctica de dicha política y deberían extenderse al conjunto de los factores de la política económica que influyan sobre el empleo. Además, habida cuenta de su situación en el conjunto de la población activa, debería asociarse a esas consultas a las personas ocupadas en el sector rural y en el sector no estructurado. La Comisión, que no puede dejar de insistir en la importancia que tiene esta disposición del Convenio, agradecería al Gobierno se sirva indicar en detalle el modo de consulta al conjunto de los representantes de las personas interesadas en las medidas que se hayan de adoptar en relación con la política del empleo, "con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución".

4. Por último, la Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar la acción emprendida en virtud de los proyectos de cooperación técnica de la OIT en relación con el empleo (parte V del formulario de memoria).

Observación (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

1. En relación con su observación anterior, la Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno que contiene indicaciones sucintas en respuesta a la solicitud que le había dirigido directamente.

2. El Gobierno indica que el Cuarto Plan Nacional de Desarrollo 1989-1993 ha sido objeto de una revisión. La Comisión observa, sin embargo, que la memoria no incluye las informaciones requeridas sobre los objetivos del empleo, definidos en esta ocasión. Toma nota, por otra parte, de que la memoria menciona medidas de reducción del personal empleado en el sector público. El Gobierno indica, además, que las medidas de privatización deberían favorecer en lo sucesivo la creación de empleos que siguen siendo contrarrestados a corto plazo por factores tales como el peso de la deuda externa, la escasez de divisas y la depreciación de la moneda. La Comisión agradecería al Gobierno que precisara en su próxima memoria de qué modo se lo tiene en cuenta, durante la adopción de las medidas de política global de desarrollo y, especialmente, las medidas de ajuste y la incidencia de estas medidas en el empleo (artículo 1, párrafo 3, del Convenio). Recuerda que en virtud del artículo 2 las medidas que habrán de adoptarse para lograr los objetivos del empleo, deben ser "parte integrante de una política económica y social coordinada".

3. La Comisión toma nota con preocupación de que el Gobierno menciona la incidencia negativa de la coyuntura económica desfavorable, especialmente sobre los programas de formación de los jóvenes, así como la reducción del gasto público dedicado a la educación, en un contexto en el que el aumento rápido de la población activa entraña la progresión del desempleo entre los jóvenes del medio urbano. Espera que el Gobierno indique próximamente las medidas de coordinación de las políticas de educación y de formación con perspectivas de empleo, con el fin de garantizar el acceso de los jóvenes, una vez escolarizados y formados, a un empleo que estimen conveniente y disponiendo de una mano de obra con las calificaciones requeridas, para la puesta en práctica de la política económica. En la Parte III de la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169) figuran sugerencias relativas a la educación y a la formación, en relación con el empleo de los jóvenes, que el Gobierno pudiera considerar adecuadas.

4. La Comisión comprueba que la memoria no contiene las informaciones solicitadas sobre el efecto dado a las disposiciones del artículo 3. Confía en que el Gobierno indicará en su próxima memoria la modalidad de consulta con los representantes de las personas interesadas, sobre todo los representantes de los empleadores y de los trabajadores, y también los representantes de los demás sectores de la población activa, como por ejemplo, las personas ocupadas en el sector rural y en el sector no estructurado, respecto a las políticas del empleo, y de colaboración en su puesta en práctica.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

1. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno y sus informaciones. En su observación anterior la Comisión había tomado nota de la decisión, adoptada en 1987, de abandonar el programa de reestructuración del Fondo Monetario Internacional en razón de sus efectos negativos, tanto en los planos económico y social, y de elaborar en el marco del Plan Provisional de Desarrollo Nacional (INDP) para 1987-1988, un nuevo programa de recuperación económica basado en los recursos propios del país. En su memoria para el período 1989-1990 el Gobierno indica que se han definido los objetivos y las estrategias a seguir con respecto al empleo en el cuarto Plan Nacional de Desarrollo para 1989-1993 (FNDP), pero que los resultados obtenidos durante el período abarcado por la memoria habían sido algo limitados. Las razones invocadas por el Gobierno se relacionan con las medidas macroeconómicas adoptadas en el marco del cuarto Plan y sus graves consecuencias para el empleo y la formación. Los aumentos de salarios que siguieron a la liberalización de los precios y la devaluación de la divisa nacional han sido factores que el Gobierno destaca en virtud de sus repercusiones para el empleo y la inversión.

2. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar informaciones complementarias sobre: i) los objetivos del empleo definidos en el cuarto Plan 1989-1993, indicando en qué medida se están cumpliendo y cuáles son las dificultades especiales a este respecto; ii) las principales políticas seguidas y las medidas adoptadas, mencionando especialmente las de desarrollo global y sectorial, las de mercado de empleo y las de educación y formación y, iii) la situación, nivel y tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo (artículo 1 del Convenio).

3. Tratándose de políticas sectoriales de desarrollo, el informe del Gobierno indica haber dado alta prioridad al turismo, especialmente en virtud de las importantes repercusiones que se espera ha de tener en materia de creación de empleos y obtención de divisas. Estas características han sido señaladas por la Comisión en su Estudio general sobre los instrumentos relativos al desarrollo de los recursos humanos en donde se destaca, con respecto a proyectos de cooperación técnica de la OIT, la importancia creciente que en ese sector tiene el componente formación. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar informaciones sobre la realización de los objetivos mencionados en su memoria, especialmente en materia de empleo y formación.

4. En su observación anterior la Comisión había tomado nota con interés de la participación de los interlocutores sociales en la elaboración de los objetivos y estrategias del cuarto Plan en materia de empleo, y los progresos de las consultas formales con los empleadores y los trabajadores realizadas en el marco de la ley sobre las relaciones de trabajo. La Comisión espera que la próxima memoria contendrá informaciones sobre la colaboración con los representantes de los medios interesados, en el sentido del artículo 3 del Convenio, en particular en lo que se refiere a la aplicación de la política del empleo.

5. La Comisión dirige además al Gobierno, en forma directa, una solicitud sobre otros puntos relativos a la aplicación de este Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1989, Publicación: 76ª reunión CIT (1989)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1989, Publicación: 76ª reunión CIT (1989)

1. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las informaciones que figuran en la memoria del Gobierno y de las políticas y objetivos establecidos en el Plan Provisional de Desarrollo Nacional (INDP) para 1987-1988. La Comisión toma nota de que en mayo de 1987 se decidió abandonar el programa de reestructuración del FMI en razón de las consecuencias negativas que había tenido para la economía en 1985-1986 en general (con graves problemas de desempleo y subempleo, especialmente entre los jóvenes de zonas urbanas) y, por tal motivo la finalidad del INDP es formular un nuevo programa de recuperación económica tomando como base los recursos propios del país. La Comisión toma nota con interés de los esfuerzos desplegados en cooperación con el Equipo de Africa Meridional para la Promoción del Empleo (SATEP) de la OIT, para concebir planes y programas acordes con los objetivos del Convenio, es decir lograr una situación de pleno empleo, productivo y libremente elegido. La Comisión toma nota en especial del énfasis que ha merecido el empleo en el sector rural en virtud de los sistemas de asentamiento territorial y de servicios en las aldeas ("village service schemes") basados en un enfoque de "autoasistencia". La Comisión espera que la próxima memoria del Gobierno contendrá nuevas informaciones sobre estos asuntos y sobre los que plantea en una solicitud directa.

2. Artículo 3 del Convenio. La Comisión toma nota con interés de que los interlocutores sociales participan en una Comisión del Empleo, que ha estado dedicando sus esfuerzos a elaborar objetivos y estrategias de empleo para el cuarto Plan Nacional de Desarrollo. El Gobierno se ha referido a una mejora de las consultas formales entre empleadores y trabajadores obtenida merced a la ley sobre relaciones de trabajo y a la promoción de la democracia participativa; por su parte el INDP también ha esbozado procedimientos de discusión, en las aldeas y a otros niveles superiores, de temas relacionados con la fijación de objetivos de producción y su cumplimiento. La Comisión espera que dichas consultas abarcarán la política del empleo en el sentido del Convenio y que la próxima memoria del Gobierno incluirá nuevas informaciones al respecto.

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