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Caso individual (CAS) - Discusión: 2018, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

 2018-LBY-C122-Es

Un representante gubernamental expresó su sorpresa en relación con la inclusión de su país por la Comisión de Aplicación de Normas en la lista de casos preparados por los interlocutores sociales, ya que su Gobierno nunca ha incumplido sus compromisos constitucionales con la OIT. Refiriéndose a los comentarios de la Comisión de Expertos sobre la compleja situación del país, el orador confió en que su Gobierno pueda proporcionar próximamente información detallada y completa sobre la estrategia del mercado de trabajo que ha previsto llevar a cabo y los medios para lograr sus objetivos de empleo. En efecto, el Gobierno de reconciliación nacional reconocido por la comunidad internacional ha tenido dificultades para ser aceptado en algunas zonas del país, lo que complica la realización de encuestas y estudios o cualquier otra iniciativa encaminada a obtener información detallada y adecuada. Así pues, se necesita más tiempo del habitual. Además, la existencia de un Gobierno paralelo da lugar a que haya algunas oficinas de trabajo en los municipios (afiliadas al Ministerio de Trabajo del Gobierno de reconciliación nacional, pero geográficamente bajo el control del Gobierno paralelo) que se encuentran en una situación difícil por lo referente a los procedimientos administrativos. En lo que respecta a los comentarios de la Comisión de Expertos en relación con el establecimiento de una comisión en 2012 para revisar la estrategia del mercado de trabajo, el orador señaló que el Consejo de Planificación Nacional ha difundido la Estrategia Nacional de Libia para el Desarrollo Humano y el Empoderamiento para 2013-2014 (la «Estrategia»). La Estrategia se centra, entre otras cosas, en: a) brindar formación transformadora a los licenciados cuyas calificaciones no cumplen los requisitos del mercado de trabajo; b) fomentar el empleo por cuenta propia a través de la creación de pequeñas y medianas empresas, y c) establecer una base de datos completa para los recursos humanos y las oportunidades de trabajo a fin de determinar el alcance de la realidad económica y del desarrollo del país, con miras a identificar los requisitos en materia de recursos humanos. La Estrategia también especifica seis objetivos estratégicos principales en relación con la formación y la fuerza de trabajo, a saber: a) aumentar la tasa de empleo pleno y decente para todos los que pueden trabajar; b) afrontar los problemas del desempleo estacional y encubierto, y contemplar la activación de la Ley sobre la Seguridad Social para evitar el comportamiento delictivo que puede derivarse de una interrupción de los ingresos; c) subrayar la adopción de métodos de orientación profesional para quienes se incorporan al mercado de trabajo, y aumentar la participación del sector privado en los ámbitos de la formación profesional y técnica; d) incrementar el número de seminarios y estudios que abordan los recursos humanos y permiten la participación en ellos tanto en el país como en el extranjero, y revisar las políticas, actividades y procedimientos de contratación y de elaboración de una legislación para responder a la globalización y liberación del comercio mundial y a la era de la información; e) cambiar la trayectoria del trabajo de las mujeres a través del empoderamiento y de la creación de capacidad: i) participar efectivamente en la actividad económica; ii) confirmar la tendencia hacia la igualdad de oportunidades; iii) cambiar la imagen estereotipada del trabajo de las mujeres, y iv) reorganizar el mercado de trabajo para responder a los requisitos y métodos de la actividad económica en la era de la globalización y de la informática, y f) considerar el creciente número de personas en edad de trabajar como una oportunidad, y no como un problema, y establecer métodos y mecanismos de formación y de reeducación profesional y técnica que respondan a la introducción de métodos avanzados en el ámbito de la formación, la formación a distancia continua y otras modalidades de formación. Con respecto a las estadísticas más recientes sobre el mercado de trabajo, pese a las dificultades sobre el terreno, el Centro de Información y Documentación del Ministerio de Trabajo y Rehabilitación (el «Centro») ha publicado algunas estadísticas. Sin embargo, éstas no abarcan todo el país y se refieren únicamente a su región occidental. El Centro ha aclarado que el número de solicitantes de empleo que se inscribió hasta el 31 de diciembre de 2017 llegó a ser de 137 000, pero se excluyó a 12 000 al comprobarse que tenían dos empleos, a pesar de que eso está prohibido por ley en el caso de los funcionarios públicos. Se excluyó del total a otros 11 000 solicitantes de empleo debido a su doble inscripción en zonas en las que se habían establecido recientemente oficinas de trabajo. Por lo tanto, considerado aisladamente, el número de personas inscritas alcanzó un total de 88 000 solicitantes de empleo. Además, se está llevando a cabo el proyecto de encuesta polivalente de Libia de 2017-2018 y se espera que sus resultados ayuden a elaborar una política de empleo con la participación de los interlocutores sociales.

En cuanto a las pequeñas y medianas empresas, se instauró el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas para inculcar una filosofía de innovación a la comunidad y propiciar un entorno favorable para dichas empresas. En octubre de 2017, el Gobierno de reconciliación nacional llevó a cabo un programa experimental destinado a financiar tales empresas para brindar oportunidades de empleo a los jóvenes y limitar el desempleo. En el marco del programa se concederán préstamos financieros a los emprendedores por medio de bancos comerciales con garantías del Fondo de Garantías para Préstamos. Por otro lado, se han de establecer viveros de empresas en todo el país para apoyar los proyectos, impartir formación a los encargados de los mismos y preparar planes para ellos. Los bancos comerciales se comprometerán a financiar hasta el 60 por ciento del costo del proyecto, a condición de que los fondos de apoyo cubran el 30 por ciento de su valor total y el beneficiario del proyecto pague el 10 por ciento del costo restante. En relación con los comentarios que figuran en el informe de la Comisión de Expertos en los que se indica que el número de personas con discapacidades ha aumentado en los últimos años debido al conflicto existente, cabe señalar que se ha creado un programa especial para las personas con discapacidades. La Autoridad General de las Familias de los Mártires, las Víctimas de Amputaciones y las Personas Desaparecidas (la «Autoridad»), en colaboración con el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas, ha establecido un programa especial para los emprendedores, denominado «Apóyame». En lo relativo a la cuestión de los trabajadores migrantes y su presencia en la economía informal, el orador tomó nota de que los migrantes en situación irregular se muestran reacios a regularizar su situación a través de la inscripción por temor a ser repatriados, y desean emigrar a Europa a través del país, ya que es uno de los Estados de tránsito situados al Sur del Mediterráneo. A pesar de ello, el Gobierno, en cooperación con los países vecinos, los países de origen y varias organizaciones internacionales pertinentes, ha realizado avances importantes y positivos para reducir la migración irregular, instando a los migrantes a que regularicen su situación en el país para que puedan ejercer los derechos que les otorga la ley con respecto al empleo voluntario y la repatriación voluntaria. El Consejo Presidencial del Gobierno de reconciliación nacional concede especial importancia a los derechos en el trabajo de las mujeres y las personas con necesidades especiales sin dejar de prestar atención al derecho a la educación, la salud y el desarrollo, y a otros derechos que respetan la identidad religiosa y cultural del pueblo libio. En relación con esto, el Consejo emitió el decreto núm. 210, de 2016, sobre la creación de una unidad de facilitación de apoyo y autonomía a las mujeres empleadas en las instituciones estatales. La finalidad de la resolución es facilitar la puesta en práctica de políticas y programas encaminados a empoderar a las mujeres para que puedan ejercer sus derechos políticos, económicos y sociales, y eliminar los obstáculos al desempeño de sus funciones de una manera positiva y eficiente. En conclusión, el orador consideró que es importante que la Organización Internacional del Trabajo y la comunidad internacional sigan prestando el apoyo necesario al Consejo Presidencial del Gobierno de reconciliación nacional con miras a: a) crear y desarrollar instituciones y fortalecer sus autoridades en todos los ámbitos del Estado; b) apoyar su política para llevar a cabo actividades de desarme y reintegración eficaces, y un programa de trabajo decente para los jóvenes, además de respetar los derechos humanos, y c) proteger la dignidad y el progreso para el desarrollo. Por consiguiente, se pedirá más tiempo para poder responder a las observaciones de la Comisión de Expertos.

Los miembros trabajadores indicaron que la dirigente del sindicato más representativo del país no puede asistir a la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) debido a que el Gobierno no ha transmitido su nombre a efectos de su acreditación y del registro de la queja pertinente en los órganos apropiados. Reconocieron la situación de conflicto que reina en el país. Según los informes de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSML), las hostilidades que tienen lugar en todo el país siguen produciendo numerosas bajas civiles y desestabilizan constantemente el Gobierno de Acuerdo Nacional (GNA) apoyado por las Naciones Unidas. Sólo en el mes de abril se han producido 31 bajas civiles. El Gobierno tiene un control efectivo muy limitado sobre las fuerzas de seguridad. El conflicto ha destruido la economía y deteriorado la prestación de los servicios públicos. Según algunos informes, hay más de 200 000 personas desplazadas en el país. Los servicios encargados de hacer cumplir la ley y los servicios judiciales son apenas incipientes. El Gobierno indica que las empresas se han ido, que está aumentando el número de jóvenes con discapacidades producidas por la guerra y que la situación en materia de migración está fuera de control. A pesar de que las condiciones del país mejoraron en 2011 y 2012, cuando comenzaron la guerra y los disturbios, la situación actual es calamitosa. Por tanto, el Gobierno tiene el deber de seguir esforzándose por realizar más progresos con miras a la estabilización del país y a la consecución del crecimiento económico y del empleo. La Comisión de Expertos ha instado al Gobierno durante varios años a informar a la OIT sobre la situación y las tendencias generales del mercado de trabajo libio y la forma en la que logra sus objetivos de empleo de conformidad con el Convenio, lo que exige a cada Estado ratificante que adopte una política frontal encaminada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido con objeto de encarar el desempleo y el subempleo y de aumentar el nivel de vida en los Estados Miembros. El Convenio también pone en entredicho el dogma de que el crecimiento económico, guiado únicamente por la mano invisible de las fuerzas del mercado, llevará naturalmente al logro de mayores niveles de empleo y mejores niveles de vida para todos. El Convenio obliga a los Estados Miembros a formular una política de empleo encaminada a garantizar que: i) haya trabajo para todas las personas disponibles y en busca de trabajo; ii) dicho trabajo sea lo más productivo posible, y iii) haya libertad para escoger empleo y que cada trabajador tenga todas las posibilidades de recibir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y de utilizar en este empleo esta formación y las facultades que posea. En este proceso se han de observar las relaciones existentes entre los objetivos del empleo y los demás objetivos económicos y sociales, y se deben tener en cuenta el nivel y la etapa de desarrollo económico.

El Gobierno ha indicado que la Política de empleo de 2004 ha sido objeto de varias modificaciones con miras a reflejar la realidad actual. Indica asimismo que en 2012 encomendó a un comité que modificara la estrategia del mercado de trabajo centrada en: a) medidas para afrontar el desempleo derivado de la interrupción de proyectos de desarrollo a causa de la guerra; b) programas de educación y de formación para responder a las necesidades del mercado de trabajo, y c) medidas que tengan como objetivo la economía informal y la participación de migrantes en actividades con un alto coeficiente de mano de obra a fin de lograr el pleno empleo. El cumplimiento del Convenio brindará al Gobierno la oportunidad de situar el empleo en el centro de las políticas de desarrollo económico y social. Partiendo del supuesto de que haya un gobierno unificado capaz de conseguir un grado de estabilidad razonable para tener cierto nivel de estabilidad macroeconómica, el pronóstico económico prevé para el país un crecimiento del 15 por ciento en 2018 y una media del 7,6 por ciento en 2019-2020. Se prevé que las balanzas tanto fiscal como por cuenta corriente mejorarán significativamente, registrando excedentes el presupuesto y la cuenta corriente a partir de 2020. No obstante, se prevé que la elevada inflación y la debilidad de la prestación de servicios básicos probablemente aumenten la pobreza y exacerben la exclusión socioeconómica. Los miembros trabajadores señalaron a la atención del Gobierno la crisis de seguridad que puede engendrar la desesperanza económica, y recomendó que el Gobierno se guíe por la Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017 (núm. 205), que expone las medidas que se han de adoptar para generar empleo y trabajo decente en aras de la prevención, la recuperación, la paz y la resiliencia en situaciones de crisis derivadas de conflictos. De conformidad con la Recomendación núm. 205, se insta al Gobierno a que: i) promueva el empleo pleno, productivo y libremente elegido y el trabajo decente, que son factores decisivos para promover la paz, prevenir las crisis, posibilitar la recuperación y potenciar la resiliencia; ii) asegure la buena gobernanza y la lucha contra la corrupción y el clientelismo, y iii) respete, promueva y haga realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo, otros derechos humanos y otras normas internacionales del trabajo pertinentes, según proceda y sea aplicable. En este sentido, los miembros trabajadores expresaron su preocupación por que la ley que regula las relaciones laborales limite el derecho de los trabajadores a constituir sindicatos independientes y a afiliarse a los mismos. El derecho de huelga también está limitado de manera significativa. La legislación del trabajo vigente exige que todos los convenios colectivos se ajusten al «interés económico nacional», lo cual amenaza la libre negociación colectiva permitida en virtud de la ley que regula las relaciones laborales. La ley también confiere al Gobierno la facultad de establecer y recortar los salarios sin consultar a los trabajadores. Estas medidas y disposiciones legales vulneran el Convenio, que dispone, en su artículo 3, que se consultará a los representantes de los empleadores y de los trabajadores con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución. La Comisión de Expertos destacó que la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189) constituye una importante orientación para el Gobierno. Requiere que los Estados Miembros, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, promuevan el pleno empleo, productivo y libremente elegido, y garanticen la ampliación de las posibilidades de realizar actividades remuneradoras y creadoras de riqueza que conduzcan a empleos productivos y duraderos y a la mayor participación económica de los grupos desfavorecidos y marginados. La Comisión de Expertos también indicó la necesidad de que el Gobierno establezca un sistema de información del mercado de trabajo, de conformidad con el artículo 2 del Convenio. Los datos sobre la situación y las tendencias del mercado laboral constituyen la base de la planificación económica, de unas comparaciones útiles a lo largo del tiempo, de la fijación de objetivos del empleo y de la evaluación del impacto de las medidas en materia de políticas. También se requiere del Gobierno que preste atención al creciente número de jóvenes con discapacidades como consecuencia del conflicto. El Convenio exige que se satisfagan las necesidades de la fuerza de trabajo, lo que significa que deberán preverse, para las personas con discapacidades, medidas de mercado laboral tales como el desarrollo de las calificaciones, el asesoramiento y otras modalidades de formación, a efectos de garantizar que puedan desarrollarse en el mercado laboral. En cuanto a la crisis migratoria que experimenta el país, el Gobierno deberá tener en cuenta la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169), que requiere que las políticas que han de adoptarse para garantizar que las migraciones internacionales tengan lugar en condiciones concebidas para promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido. A la luz de esto, se deberá apoyar al Gobierno a que cumpla su función de adopción de medidas encaminadas a responder a las necesidades de todas las categorías de personas con dificultades a la hora de encontrar empleo, incluidos los trabajadores migrantes. Para concluir, los miembros trabajadores recordaron las medidas a corto plazo adoptadas por la Unión Europea para respaldar al Gobierno en la aplicación de los controles de fronteras, con objeto de frenar la utilización del territorio del país como vía de tránsito para las migraciones a Europa. La estrategia a largo plazo y más sostenible deberá estar en consonancia con la Recomendación núm. 169 en cuanto a la adopción de medidas que incluyan la realización de inversiones públicas económica y socialmente viables y programas de obras públicas especiales, fundamentalmente con miras a la creación y al mantenimiento del empleo, al incremento de los ingresos, a la reducción de la pobreza y a una mayor satisfacción de las necesidades básicas.

Los miembros empleadores recordaron que desde la ratificación del Convenio por Libia en 1971, la Comisión de Expertos había publicado seis observaciones y 12 solicitudes directas respecto al cumplimiento de dicho Convenio tanto en la legislación como en la práctica por Libia. Se trata de la primera vez que el caso de Libia en relación con el presente Convenio de gobernanza es examinado ante la Comisión de Aplicación de Normas. Asimismo, el orador se refirió a lo establecido por los artículos 1 y 3 del Convenio referido, entre otros aspectos, a la obligación de formular y llevar a cabo, en consulta con los interlocutores sociales, una política activa de empleo concebida para fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido que tenga debidamente en cuenta el nivel y la etapa de desarrollo económico del país, así como las relaciones mutuas existentes entre los objetivos del empleo y otros objetivos económicos y sociales. En relación con los señalados artículos del Convenio, la Comisión de Expertos tomó nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria sobre: i) la introducción de varias enmiendas a la política activa de empleo con miras a armonizarla con la realidad en el terreno y lograr los objetivos de empleo planteados, centrando la misma en varios pilares que incluyen medidas para combatir el desempleo derivado de la paralización de proyectos de desarrollo debido a la guerra, medidas educativas y de formación y otras centradas en la economía informal y en la participación de migrantes en actividades de mano de obra intensiva; ii) la mayor incorporación de mano de obra femenina al mercado de trabajo, que ha crecido en más de un 250 por ciento entre 2007 y 2012, y iii) el incremento del número de jóvenes con discapacidad como consecuencia del conflicto, así como el crecimiento de la inmigración irregular.

En lo que respecta al Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), la Comisión de Aplicación de Normas examinó en 2017 el caso de Libia en relación con el incumplimiento de dicho Convenio por parte del Gobierno. Durante el examen del caso, se puso de manifiesto que el país se encuentra sumido en un estado de guerra interna, afrontando la peor crisis política y una escalada de violencia que incluye bombardeos a hospitales y escuelas. Al respecto, los miembros empleadores lamentaron que estos luctuosos episodios se configuraran en un contexto en el cual no existe un estado pleno de derecho, no hay interlocutores válidos y existe un estado de guerra en el que coexisten dentro del mismo territorio varios gobiernos y guerrillas internas. Es necesario un apoyo internacional urgente y sostenido para poner fin al ciclo de caos y abusos generalizados que afecta a Libia. El Estado de derecho, aspecto fundamental que nunca debe perderse, y un gobierno único y efectivo son el comienzo de cualquier solución que pretenda alcanzarse frente al caos en el que se encuentra Libia. Es difícil que el Gobierno pueda intervenir eficazmente en el mercado de trabajo sin que previamente cese el estado de guerra interna y retome el dominio de su territorio. En este contexto, los miembros empleadores se refirieron al Preámbulo de la Recomendación núm. 205 en cuanto dicho instrumento destaca la importancia de: i) el empleo y el trabajo decente, como elementos centrales para promover la paz, prevenir situaciones de crisis provocadas por los conflictos, posibilitar la recuperación y potenciar la resiliencia; ii) la formulación de respuestas, por medio del diálogo social, a las situaciones de crisis provocadas por los conflictos, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas y, según proceda, con las organizaciones pertinentes de la sociedad civil; iii) la creación o restablecimiento de un entorno propicio para las empresas sostenibles, teniendo en cuenta la resolución y conclusiones relativas a la promoción de empresas sostenibles, adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 96.ª reunión (2007); iv) la existencia de servicios públicos accesibles y de calidad en la recuperación económica, el desarrollo, las iniciativas de reconstrucción, la prevención y la resiliencia, y v) la cooperación internacional y las alianzas entre las organizaciones regionales e internacionales para asegurar que se emprendan iniciativas conjuntas y coordinadas. Reconociendo la complejidad de la situación existente en el país, indicaron que esperaban que el Gobierno se encontrase pronto en condiciones de comunicar a la Comisión de Expertos información relativa a la estrategia de mercado de trabajo, la manera en que se estimaba que se lograrían los objetivos de empleo, el progreso realizado en la compilación y análisis de los datos del mercado laboral, las medidas adoptadas para promover el establecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y aquellas adoptadas para incrementar la participación en el mercado de trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad, así como información estadística actualizada. Al respecto, invitaron al Gobierno a que recurriera a la asistencia técnica de la OIT. Finalmente, los miembros empleadores hicieron un llamamiento urgente a la comunidad internacional y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores para colaborar de manera coordinada con miras a poner fin al conflicto armado tan pronto como sea posible. Asimismo, hicieron un llamamiento a la OIT para que a través de la asistencia técnica apoyase activamente al Gobierno con el objetivo de reestablecer la institucionalidad laboral en Libia a fin de que pueda alcanzarse el objetivo del pleno empleo productivo y libremente elegido en Libia, en cumplimiento con lo establecido en el Convenio.

La miembro trabajadora de Italia recordó que la Comisión de Expertos tomó nota en sus comentarios de la información proporcionada por el Gobierno en relación con el establecimiento en 2012 de una comisión para modificar la política sobre el mercado de trabajo, con medidas tales como la promoción de la participación de los migrantes en actividades con un alto coeficiente de mano de obra. Sin embargo, este compromiso no se ha materializado. Según el informe de Amnistía Internacional de 2018, al menos 7 000 migrantes y refugiados languidecen en centros de detención libios donde abundan los abusos y escasean el agua y la comida. Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), solo en abril de 2018, la guardia costera interceptó a 1 485 mujeres, hombres y niños en el mar y los llevó de vuelta a Libia. Una vez interceptados, los refugiados y migrantes son transferidos a centros de detención administrados por el Departamento de Lucha contra la Migración Ilegal. Además, en sus observaciones de 2017 sobre la aplicación por Libia del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), la Comisión de Expertos tomó nota de que los migrantes son objeto de explotación financiera y trabajo forzoso. Al tiempo que reconoció la complejidad de la situación en el país, la oradora subrayó que ninguna estrategia del mercado de trabajo o política de empleo elaborada por las autoridades libias debe atentar contra los derechos humanos y de los trabajadores ni promover la explotación. Por el contrario, debe garantizar el respeto de los derechos humanos fundamentales y el acceso de los grupos más vulnerables a los servicios públicos esenciales. La oradora añadió que no se puede considerar que Libia sea un país seguro como para dejar que su Gobierno asuma la responsabilidad de hacerse cargo de los movimientos migratorios a través de la ruta por el Mediterráneo central hacia Europa. A la luz de las relaciones bilaterales con la UE, es inaceptable tolerar las devoluciones o las expulsiones colectivas. Se deberían establecer rutas seguras y regulares hacia Europa para los migrantes y los refugiados, entre otras cosas mediante reasentamientos humanitarios y visados. La oradora también expresó su preocupación en relación con la aplicación por Libia del artículo 3 del Convenio, que requiere que los Estados Miembros tengan plenamente en cuenta las opiniones de los interlocutores sociales a la hora de elaborar y aplicar una política activa de empleo. Por último, la oradora concluyó que es lamentable que la Federación General de Sindicatos de Libia no pueda expresar su opinión a este respecto, ya que no se le ha permitido formar parte de la delegación libia.

El miembro gubernamental de Egipto agradeció la información suministrada por el Gobierno, que describe los esfuerzos realizados para proporcionar oportunidades de empleo y bienestar a los grupos vulnerables. La estrategia del Gobierno reviste especial importancia en lo que se refiere a los puntos siguientes: a) la promoción de los recursos humanos, en particular en la formación profesional; b) el impulso a las pequeñas y medianas empresas para que pongan freno al desempleo; c) el empoderamiento de las mujeres para garantizar su participación efectiva en el mercado de trabajo, y d) el establecimiento de un programa de financiación especial para que las personas con discapacidades puedan poner en marcha sus propios proyectos. El Gobierno ha desplegado todos estos esfuerzos a pesar de las difíciles circunstancias que afronta el país. Esto demuestra que es plenamente consciente de la importancia que reviste promover el trabajo decente y productivo para todos los solicitantes de empleo, y estos factores deben tomarse en consideración al examinar el caso de un país. El orador alentó al Gobierno a que persevere en su empeño de lograr los objetivos previstos en su estrategia respecto del mercado de trabajo. En este sentido, se insta a la OIT a que preste al Gobierno la asistencia técnica necesaria para ello.

Un observador, en representación de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF), hablando en nombre del Sindicato de Cargadores de Muelle y Gente de Mar de Libia, consideró que todos los participantes reconocen la complejidad de la situación en el país. Después de años de conflicto, la economía ha quedado destruida. También se reconoce la intención del Gobierno de crear empleo y trabajo decente para solucionar esta difícil situación. Con respecto a la participación de las mujeres en el mercado de trabajo en Libia, el orador resaltó que, si bien el porcentaje de personas activas en el país es tan sólo del 46 por ciento del total de la población en edad de trabajar, en el caso de las mujeres el porcentaje es inferior al 27 por ciento, lo que significa que el número total de mujeres que trabajan representa sólo un tercio del de los hombres. Además, según un informe reciente de la Fundación Friedrich Ebert, la participación de las mujeres en el mercado de trabajo en el país se limita a cuatro sectores: la administración pública, la educación, la sanidad y la seguridad social. En relación con esto, el orador indicó que determinadas prácticas administrativas fomentan el empleo de las mujeres únicamente en algunos sectores. El desafortunado fenómeno de la violencia y el acoso contra las mujeres trabajadoras también merma la participación femenina en el mercado de trabajo. Con objeto de fomentar el empleo productivo de las mujeres, es importante poner en práctica programas de educación y formación profesional, y restablecer el Estado de derecho para garantizar la seguridad de las mujeres. Por lo referente al sector marítimo del país, el orador resaltó que Libia es uno de los países del Norte de África con litoral en la cuenca del Mediterráneo, cuyas aguas suelen asociarse a los peligrosísimos viajes que algunos migrantes desesperados tienen que hacer para huir de los conflictos y la penuria. En este momento están en funcionamiento 14 de los 16 puertos del país. Sin embargo, debido a la inversión insuficiente y a la falta de recursos, algunos operadores portuarios tienen dificultades para pagar a sus trabajadores, por no mencionar la infraestructura deficiente de algunos puertos, que entraña notables carencias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como problemas de seguridad. Las aseguradoras y los sindicatos marítimos continúan advirtiendo a los armadores de que avisen a las tripulaciones de la volatilidad de la situación, así como de las actividades de contrabando de petróleo que tienen lugar en la costa occidental del país. Se considera que el sector marítimo tiene un gran potencial. Por consiguiente, se espera que se adopte un enfoque global para elaborar una política que reactive plenamente los puertos y el transporte marítimo, con miras a crear empleo estable, productivo y a largo plazo. Habida cuenta de las dificultades en el terreno, es necesario que el Gobierno adopte, en consulta con los interlocutores sociales, una política de empleo encaminada a estimular el crecimiento y el desarrollo económicos, y a superar el desempleo y el subempleo de conformidad con el Convenio. A este respecto, el Gobierno debería seguir la Recomendación núm. 205, en la que se brinda orientación a los Estados Miembros de la OIT sobre las medidas que deben adoptarse para generar empleo y trabajo decente en aras de la prevención, la recuperación, la paz y la resiliencia en las situaciones de crisis que surgen en momentos de conflicto. Los sindicatos y las organizaciones internacionales de trabajadores están dispuestos a prestar asistencia para asegurar el trabajo decente a todos los trabajadores.

El miembro gubernamental de Iraq acogió con agrado la información proporcionada por el Gobierno. Dada la difícil situación en el país a causa de la guerra y la consiguiente falta de seguridad, debería darse un plazo suficiente al Gobierno para que responda a los comentarios de la Comisión de Expertos. Se valora enormemente la asistencia técnica de la OIT para que el país pueda aplicar el Convenio.

El miembro trabajador de Burkina Faso señaló que hacer uso de la palabra sobre la aplicación del Convenio es irrelevante. En nombre de la moral, de la dignidad y de la integridad humana, cabe inclinarse ante la memoria de todos los libios masacrados durante la agresión imperialista al pueblo libio, al igual que de quienes siguen perdiendo la vida a causa de daños colaterales relacionados con esta desestabilización. Es lamentable la pasividad de las instituciones internacionales y especialmente de las africanas ante esta desarticulación política, económica, social y militar cuyas consecuencias humanas son inestimables en el país y en la franja sahelosahariana. En este contexto, la cuestión del empleo se plantea de manera cruel. La adopción de una política de empleo que tenga en cuenta las aspiraciones profundas del pueblo libio para el desarrollo de su país, respetando los valores humanos de solidaridad, es una exigencia de extrema urgencia. Esto también debe realizarse respetando el Convenio y la Recomendación conexos. Ante los casos de esclavitud en el país, cabe animar al pueblo libio y expresar su solidaridad con él en su lucha por la reconstrucción del país sobre la base de los valores humanos de igualdad, integridad y solidaridad. El orador instó a los sindicalistas y a otras organizaciones de la sociedad civil libia a seguir siendo solidarios y a resistir a los estragos del imperialismo, y pidió a la OIT que preste su asistencia técnica.

El miembro gubernamental de Argelia se felicitó de la memoria del Gobierno y de los esfuerzos realizados a pesar de la situación transitoria por la que atraviesa el país para establecer una política de empleo y de desarrollo del personal encaminada a fomentar el desarrollo de la formación y la lucha contra el desempleo. El apoyo a las pequeñas y medianas empresas, la promoción del espíritu empresarial de las mujeres y la creación de una base de datos de recursos humanos para impulsar la autonomía y el desarrollo para el período 2013-2040 contribuirán al surgimiento de una nueva visión de la política pública a corto y a medio plazo que convertirá al empleo en un motor de la coherencia política económica. El orador tomó nota con satisfacción de las medidas adoptadas por el Gobierno para desarrollar la información sobre el mercado de trabajo y asegurar el seguimiento y la evaluación de la política de empleo a través de la recopilación de datos exactos durante la aplicación de esta última. Además, puso énfasis en la realización de estudios, la facilitación de datos sobre la orientación de las políticas de empleo, y el registro de las ofertas de trabajo en colaboración con los interlocutores sociales y con el Centro. En ese contexto, cabe encomiar el programa experimental iniciado en 2017 para financiar a las pequeñas y medianas empresas a fin de mejorar la empleabilidad, el espíritu empresarial y la iniciativa en el ámbito del trabajo autónomo de las mujeres, los hombres y los jóvenes. Se acogieron con sumo agrado las medidas adoptadas por el Gobierno para gestionar el tema de los trabajadores migrantes clandestinos, en colaboración con los países vecinos, los países de origen y las organizaciones internacionales. Se trata igualmente de promover la relación entre la migración y el desarrollo y de reforzar la base de datos relativa a estos trabajadores. El orador concluyó señalando que no hay estabilidad económica y social sin creación de empleo, y que el trabajo decente es la piedra angular de la cohesión social. Para cumplir estos compromisos, es necesario apoyar los esfuerzos del Gobierno encaminados a lograr la estabilización política, social y económica del país. La asistencia técnica de la OIT con miras al cumplimiento de estos compromisos es altamente apreciable.

El representante gubernamental expresó su agradecimiento a todos los participantes en la discusión y destacó que el Gobierno de reconciliación nacional se compromete a proseguir su cooperación con la OIT. Se espera que se publique en breve el Informe Nacional sobre Desarrollo Humano de 2018. Éste está orientado al establecimiento de marcos para mejorar el mercado laboral y la competitividad económica en el ámbito nacional. Además, se someterá a la próxima reunión de la Comisión de Expertos una memoria sobre la aplicación del Convenio. El orador subrayó el compromiso del Gobierno de aplicar una política nacional de empleo, en consonancia con el Convenio. Aunque la economía del país depende del petróleo y este recurso se enfrenta a una inestabilidad en el mercado internacional, el Gobierno continuará adoptando las medidas necesarias para reducir la tasa de desempleo. El Gobierno también se comprometerá a seguir celebrando consultas con los interlocutores sociales en aras de la paz social y la protección social. Los datos extraídos de la encuesta de 2017-2018 establecerán indicadores sobre la fuerza de trabajo en diferentes regiones del país. El orador reafirmó el compromiso del Gobierno de garantizar iguales niveles de desarrollo, centrándose en particular en las zonas alejadas.

Los miembros empleadores señalaron que la información proporcionada por los participantes en sus intervenciones ponía de relieve la situación por la que atraviesa Libia. Todos los participantes están de acuerdo respecto al estado en el que se encuentra Libia y los esfuerzos que el Gobierno está llevando a cabo con miras a generar empleo. El Gobierno solicita tiempo para cumplir con los objetivos establecidos en el Convenio y asimismo solicita la asistencia técnica de la OIT para alcanzar los mismos. Esto último, parece mostrar la buena voluntad del Gobierno para solucionar los problemas vinculados al cumplimiento del Convenio por los que atraviesa. En este escenario, los miembros empleadores reiteraron lo ya expuesto en su primera intervención en relación con el reconocimiento de la complejidad de la situación que prevalece en el país. Esperaban que el Gobierno se encontrara pronto en condiciones de comunicar las informaciones solicitadas por la Comisión de Expertos, con ayuda de la asistencia técnica de la OIT que ellos mismo habían solicitado y de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. En particular, esperaban que el Gobierno pudiera brindar información sobre la estrategia del mercado de trabajo, la manera en que se estima que se lograrán los objetivos de empleo establecidos en el Convenio, el avance en la compilación de la información sobre la situación del mercado de trabajo, las medidas adoptadas para impulsar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y aquellas adoptadas para promover la participación en el mercado de trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad, así como datos estadísticos actualizados sobre la situación del mercado de trabajo.

Los miembros trabajadores hicieron hincapié en que, en medio del conflicto, las normas internacionales del trabajo son, de hecho, más importantes todavía. El Gobierno ha indicado que ha adoptado medidas para modificar la estrategia del mercado de trabajo y revisar la política de empleo, teniendo en cuenta la realidad actual, entre otras cosas, en materia de desempleo, subempleo y desarrollo de las calificaciones de la fuerza de trabajo. El Convenio prohíbe la discriminación en el empleo contra las mujeres, los jóvenes, los trabajadores con discapacidades, los trabajadores de edad y los migrantes. Así pues, el Gobierno debe suministrar información sobre las estrategias para aumentar la participación en el mercado de trabajo de las personas más expuestas a carencias en materia de trabajo decente, incluyendo, entre otras cosas, datos estadísticos desglosados por edad y por sexo. El Gobierno ha confirmado que la modificación de la estrategia del mercado de trabajo y la revisión de la política de empleo se llevan a cabo mediante un proceso integrante y en consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores, tal como prevé el artículo 3 del Convenio. El artículo 1 del Convenio dispone que los gobiernos deben garantizar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. A este respecto, los miembros trabajadores instaron al Gobierno a que: a) se deje guiar por las recomendaciones pertinentes de la OIT, como las Recomendaciones núms. 169, 189 y 205; b) preste especial atención a los más de 200 000 desplazados internos y a la crisis migratoria en general; c) garantice que los jóvenes y los trabajadores migrantes tengan acceso a oportunidades de empleo; d) proporcione información actualizada y detallada sobre la estrategia del mercado de trabajo y la política de empleo, y la manera en que se cumplen los objetivos de empleo, y e) comunique a la Comisión de Expertos estadísticas actualizadas sobre la situación del empleo, teniendo en cuenta los niveles y las tendencias del empleo, desempleo y subempleo, así como las calificaciones de la población activa, especialmente de los jóvenes. Para ello, el Gobierno debería establecer un sistema de recopilación de datos que permita analizar y evaluar la situación del empleo en el país, y medir empíricamente el grado de cumplimiento del Convenio. La Comisión de Expertos destacó el papel singular que desempeñan las pequeñas y medianas empresas y, por lo tanto, la pertinencia de la orientación que ofrece la Recomendación núm. 189. Así pues, el Gobierno debería proporcionar información sobre las medidas y programas establecidos para fomentar la creación de pequeñas y medianas empresas. Los miembros trabajadores instaron al Gobierno a que solicite la asistencia y el apoyo de la OIT para abordar las cuestiones planteadas en relación con el cumplimiento del Convenio.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de la información suministrada por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión puso de relieve el impacto y las consecuencias de los conflictos en la pobreza y el desarrollo, el trabajo decente y las empresas sostenibles, y reconoció la importancia del empleo y del trabajo decente para promover la paz, permitir la recuperación y fomentar la resiliencia.

Teniendo en cuenta la información proporcionada por el Gobierno y la discusión, la Comisión, al tiempo que reconoce la complejidad de la situación que prevalece en el terreno y la existencia de un conflicto armado, pide al Gobierno que suministre información en relación con:

  • estadísticas actualizadas sobre el mercado de trabajo, desglosadas por sexo y edad;
  • la estrategia del mercado de trabajo y la manera en que se espera lograr los objetivos del empleo;
  • los progresos realizados en la compilación y análisis de datos sobre el mercado de trabajo, y
  • las medidas adoptadas a fin de promover el establecimiento de pequeñas y medianas empresas y su desarrollo, y las medidas introducidas para aumentar la participación en el mercado de trabajo de las personas en situaciones de vulnerabilidad.
  • La Comisión insta al Gobierno a que presente una memoria detallada a la Comisión de Expertos para su examen en su próxima reunión, que tendrá lugar en noviembre de 2018.

    Asimismo, la Comisión insta al Gobierno a que recurra a la asistencia técnica de la OIT para adoptar y aplicar sin demora una política activa encaminada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores.

    Por último, la Comisión insta a la OIT, a la comunidad internacional y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores a que concierten esfuerzos con el objetivo de reforzar el sistema de la administración del trabajo en Libia, a fin de que el pleno empleo, productivo y libremente elegido sea una realidad en Libia lo antes posible.

    El representante gubernamental recordó que, como ya se ha indicado, noviembre de 2018 es un plazo demasiado corto y su Gobierno necesita más tiempo para responder a la solicitud de la Comisión de Expertos. A pesar de la brevedad del plazo, su Gobierno hará todo lo posible por aplicar las recomendaciones de la Comisión de la Conferencia.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

    La Comisión toma nota de la información complementaria proporcionada por el Gobierno a la luz de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 338.ª reunión (junio 2020). La Comisión examina la aplicación del Convenio sobre la base de la información contenida en la memoria del Gobierno en respuesta a su observación de 2018, recibida en agosto de 2020. La Comisión toma nota de la gran complejidad de la situación imperante en el terreno y del conflicto armado en el país.

    Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia Internacional del Trabajo, 107.ª reunión, mayo-junio 2018)

    La Comisión recuerda la discusión que tuvo lugar en el seno de la Comisión de Aplicación de Normas (CAS) con ocasión de la 107.ª reunión de la Conferencia en mayo junio 2018 relativa a la aplicación del convenio. La CAS reconociendo la complejidad de la situación imperante en el terreno y la presencia de un conflicto armado subrayó la repercusión y las consecuencias del conflicto armado sobre la pobreza y el desarrollo, el trabajo decente y las empresas sostenibles, y reconoció la importancia del empleo y el trabajo decente para fomentar la paz, permitir la recuperación y potenciar la resiliencia. La Comisión, tras la presentación del Gobierno y la discusión en la CAS, solicitó al Gobierno que proporcionase información relativa a datos estadísticos actualizados del mercado de trabajo, desglosados por sexo y edad; información sobre la estrategia del mercado de trabajo y la manera en que se alcanzarán los objetivos relativos al empleo; información sobre los avances realizados al compilar y analizar datos del mercado de trabajo: y la información sobre las medidas para fomentar la creación y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (pymes), así como medidas destinadas a aumentar la participación en el mercado laboral de personas en situación de vulnerabilidad. La CAS instó al Gobierno a presentar una memoria detallada a la Comisión de Expertos en su reunión de noviembre de 2018. Asimismo, solicitó al gobierno a que aproveche la asistencia técnica de la OIT para adoptar y aplicar sin demora una política activa para promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. Asimismo, la CAS exhortó a la OIT, la comunidad internacional, las organizaciones de empleadores y trabajadores a que contribuyeran a reforzar el sistema de administración del trabajo en Libia para que el pleno empleo, productivo y libremente elegido se hiciera realidad en el país, lo antes posible.
    Artículos 1 a 3 del Convenio. Implementación de una política activa del empleo. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, así como del Informe Nacional de 2020 presentado al Grupo de Trabajo del Examen Periódico Universal (el informe del EPU de 2020), en el sentido que el artículo 56 del proyecto de Constitución de Libia declara que todos los ciudadanos tienen el derecho a trabajar y el Gobierno se esfuerza por crear oportunidades de trabajo mediante la estimulación de la economía, la promoción de las inversiones y planes y programas de empleo para jóvenes. El informe EPU señala que el Ministerio de Trabajo y Readaptación ha trabajado en la adopción de un conjunto de medidas prácticas para lograr estos objetivos. Esto incluye la expansión de programas de formación dirigidos al trabajo en el sector privado y proyectos de desarrollo. Además, el Ministerio de Trabajo intenta facilitar el trabajo y empleo en proyectos de desarrollo y en el sector de la construcción, uno de los sectores más intensivos en mano de obra. En colaboración con el sector privado, el Ministerio de Trabajo ha identificado una serie de áreas de empleo prometedoras en nuevas profesiones y está animando a los jóvenes para formarse en estos ámbitos. A este respecto, se han puesto en marcha iniciativas de capacitación sobre el uso de la energía solar y renovable y la pesca marítima, entre otras (documento A/HRC/WG.6/36/LBY/1, 18 de agosto de 2020, párrafo 42, b)-d)). La Comisión también toma nota de que el «Libya Economic Monitor» del Banco Mundial (BM) de julio 2020, señala que la economía libia ha sido golpeada recientemente por cuatro choques superpuestos: un conflicto creciente que sofoca la actividad económica; el cierre de los campos de petróleo, que en gran medida ha puesto la principal actividad productiva en suspenso; el descenso de los precios del petróleo que reduce el ingreso de la producción de petróleo en aquellos campos de petróleo que no fueron cerrados; y la pandemia de COVID-19, que amenaza con un mayor deterioro de la economía. El Informe del BM 2020 hace hincapié en que el conflicto armado y el bloqueo de los grandes puertos petroleros y terminales en enero 2020 generó la mayor crisis política, económica y humanitaria que ha afrontado Libia desde 2011. El impacto económico ya se sintió en 2019 cuando el crecimiento del PIB real se desaceleró drásticamente hasta llegar a 2,5 por ciento en un periodo de recuperación sostenida durante 2017-18. Además, se espera que el país sufra una recesión profunda en 2020, con un PIB que, según las proyecciones de las Naciones Unidas, se reducirá aproximadamente en un 41 por ciento. La Comisión toma nota de que el Gobierno, refiriéndose a las circunstancias especiales del país, solicita la asistencia técnica de la Oficina. La Comisión alienta al Gobierno para que tome las medidas necesarias para aprovechar la asistencia técnica de la OIT que le permita desarrollar, adoptar y aplicar sin tardanza una política nacional activa, elaborada para promover pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. Solicita al Gobierno que proporcione información detallada actualizada sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados a este respecto.
    Artículo 2. Tendencias del empleo. Información del mercado de trabajo. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las estimaciones proporcionadas por el Gobierno respecto a las tendencias del empleo en 2020. Según el centro de información y documentación, se estima la población activa (entre 15 y 64 años) en 4 750 000 (61 por ciento de la población total), de la cual el 70 por ciento constituye la fuerza laboral. El Gobierno añade que el 86 por ciento de la fuerza laboral está empleada, mientras que el 14 por ciento restante está buscando trabajo. A este respecto, la Comisión toma nota de la información estadística proporcionada por el Gobierno sobre el número de solicitantes de empleo al 23 de marzo de 2020, desglosada por edad, sexo, cualificaciones y región. El Gobierno informa que en ese momento había 128 678 solicitantes de empleo (56 por ciento mujeres) inscritos en 76 oficinas de empleo. La mayoría de estos solicitantes de empleo están inscritos en la región occidental (55 por ciento) y en la región central (27 por ciento). Tomando nota de que el Gobierno no proporciona información sobre la naturaleza o la repercusión de las medidas adoptadas para mejorar el sistema de información del mercado de trabajo, la Comisión reitera su solicitud a este respecto. Asimismo, reitera su pedido de que el Gobierno indique la forma en que se utiliza la información obtenida sobre el mercado de trabajo, en colaboración con los interlocutores sociales para la formulación, aplicación, evaluación y modificación de las medidas activas del mercado de trabajo. La Comisión solicita además al Gobierno que siga proporcionando estadísticas actualizadas desglosadas por sexo y edad, relativas al tamaño y distribución de la fuerza de trabajo, el tipo y alcance del empleo, desempleo y el subempleo visible.
    Promoción de las pequeñas y medianas empresa (pymes). En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno en cuanto a que el Ministerio de Trabajo y Readaptación presta especial atención al principio de asociación con el sector privado, de conformidad con los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas. También busca adoptar iniciativas nacionales diferentes en ámbitos en que se fomente la capacitación en el mercado laboral libio a través de medidas y medios adecuados en la etapa actual. El Gobierno se refiere a la aplicación de varios programas y proyectos del Fondo de Apoyo Financiero, reactivado en virtud del Decreto núm. 237 de 2018 del Ministerio de Trabajo para crear oportunidades de trabajo para los solicitantes de empleo mediante la promoción de diferentes actividades económicas junto con los interlocutores sociales. En 2020, el Fondo de Apoyo Financiero formuló un plan de acción operacional en el marco del programa ejecutivo de financiación para financiar proyectos económicos. Además, se concluyeron varios memorandos de entendimiento (MOU) relativos a la financiación de pequeñas y medianas empresas (pymes) para activar la asociación entre los sectores público y privado con el objeto de aumentar las oportunidades de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada actualizada sobre la naturaleza y la repercusión de las medidas adoptadas para crear un entorno favorable para las empresas sostenibles, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, así como otras oportunidades de emprendimiento que pueden contribuir a oportunidades para la generación de ingresos y la creación de empleo.
    Empleo de las mujeres. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno en su Informe EPU de 2020 de que las mujeres constituyen una gran parte de la fuerza de trabajo nacional en todos los ámbitos, y que esta proporción aumenta anualmente. El Gobierno declara que, según las estadísticas oficiales, las mujeres representan 37 por ciento de la fuerza de trabajo, mientras ha aumentado la proporción de mujeres que trabajan en puestos directivos y en el sistema judicial (documento A/HRC/WG.6/36/LBY/1, párrafo 63). La Comisión también toma nota de la información proporcionada por el Gobierno respecto a las medidas adoptadas para aumentar la tasa de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo, incluyendo los puestos de dirección y de toma de decisiones, en todos los sectores económicos. En particular, el Gobierno se refiere al establecimiento de una unidad de apoyo y empoderamiento de la mujer en virtud del Decreto núm. 210 de 2016. El Gobierno añade que se han creado varias unidades de empoderamiento de las mujeres en diversos ministerios. Asimismo, el Gobierno se refiere a la campaña destinada a combatir la violencia contra la mujer con la participación de la Unidad de Apoyo y Empoderamiento de la Mujer. En el marco de esta campaña, se han formulado varias recomendaciones que se están llevando a cabo actualmente en el plan estratégico de la Unidad. Las recomendaciones incluyen establecer una cuota de 30 por ciento de mujeres en puestos de dirección, la obligación de proporcionar un entorno propicio para personas con necesidades especiales y mujeres discapacitadas en las instituciones estatales, y un grupo de trabajo para realizar un estudio sobre la violencia contra la mujer en el entorno laboral. Además, el Gobierno contempla formular políticas destinadas a aumentar la representación de la mujer en la vida política, que sigue siendo escasa. Por último, el Gobierno informa que según las estadísticas publicadas por el centro de información y documentación el 1.º de junio de 2020, un total de 1 127 730 mujeres trabajaba en el sector público. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada actualizada sobre la naturaleza de las medidas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en el mercado de trabajo, incluyendo puestos directivos y en los que se toman decisiones, tanto en el sector público como en el privado. Asimismo, solicita al Gobierno que proporcione información detallada actualizada sobre la repercusión de dichas medidas incluyendo datos estadísticos actualizados, desglosados por edad, sexo y sector económico u ocupación.
    Personas con discapacidad. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que proporcionase información detallada actualizada sobre la repercusión de las medidas activas de empleo adoptadas para promover el empleo de personas con discapacidad tanto física como mental. Además, solicita al Gobierno que proporcione estadísticas actualizadas desglosadas por edad y sexo, indicando el número de personas con discapacidades empleadas en el sector público y privado. El Gobierno se refiere a la aplicación de los objetivos estratégicos de la Unidad de Apoyo y Empoderamiento de las Personas con discapacidades dependiente del Ministerio de Trabajo y Readaptación. Los objetivos estratégicos incluyen el suministro de capacitación y rehabilitación a las personas con discapacidades y el establecimiento de mecanismos de comunicación efectivos entre los empleadores y los solicitantes de empleo con discapacidades. El Gobierno también se refiere, entre otras actividades, al lanzamiento de una campaña de sensibilización sobre los derechos de las personas con discapacidades dirigida a los interlocutores sociales y la creación de una base de datos de personas con discapacidades en edad laboral. El Gobierno informa que en 2020, hay 236 personas con discapacidades que trabajan en el sector público, de las cuales 68 son mujeres. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada actualizada, incluyendo estadísticas desglosadas por edad y sexo, sobre la naturaleza y la repercusión de las medidas adoptadas o previstas para promover el empleo de las personas con discapacidad en el mercado laboral abierto, y en particular sobre aquellas medidas destinadas a incrementar el número y la proporción de mujeres con discapacidad en el empleo.
    Trabajadores migrantes. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno relativa a que el Ministerio de Trabajo y Readaptación en colaboración con numerosos países ha realizado esfuerzos especiales para identificar a los trabajadores migrantes y ocasionales que trabajan en la economía informal, con miras a proteger sus derechos de conformidad con los convenios internacionales. Además, el Gobierno se refiere a la adopción de una estrategia nacional de desarrollo de los recursos humanos destinada a proporcionar orientación y asesoramiento a los nuevos trabajadores migrantes que entran en el mercado de trabajo libio. La Comisión toma nota que, en sus observaciones finales de 2019, de 8 de mayo de 2019, el Comité de Protección de Todos los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de las NU (CMW) señaló que el Gobierno está redactando una nueva ley laboral con el fin de aumentar la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias. Sin embargo, el CMW expresó su preocupación por los informes relativos a la detención de los trabajadores migrantes y miembros de sus familias por la «Dirección de lucha contra la migración ilegal, grupos armados, contrabandistas o traficantes», quienes con frecuencia son sometidos a trabajo forzoso. El Comité también manifestó su preocupación ante el gran número de informes sobre la colusión y complicidad de algunos representantes de las instituciones del Estado con las redes de contrabando y tráfico de personas. Asimismo, expresó su preocupación por los migrantes en situación irregular que, con frecuencia no son pagados por el trabajo realizado, no reciben la cantidad de dinero acordada o son denunciados por sus empleadores a la Dirección después de haber realizado su trabajo, (documento CMW/C/LBY/CO/1, párrafos 12, 26 y 36). La Comisión destaca que el trabajo forzoso u obligatorio, en donde exista, es incompatible con el principio de empleo libremente elegido establecido en el artículo 1, 3) del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada sobre las medidas adoptadas para abordar los casos informados de abuso de trabajadores migrantes y de sus familias, incluyendo aquellos detenidos por la Dirección para combatir la Migración Ilegal. Además, solicita al Gobierno que proporcione información sobre los progresos logrados en la redacción de la nueva legislación laboral con el objeto de aumentar la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y de sus familias y el desarrollo y adopción de una estrategia para hacer frente a la migración irregular, y que proporcione una copia una vez que sea adoptada. Finalmente, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada actualizada sobre las medidas adoptadas o consideradas para promover el empleo de los trabajadores migrantes.
    Pandemia de COVID-19. Repercusiones socioeconómicas. Respuesta y medidas de recuperación. La Comisión toma nota de la información suplementaria proporcionada por el Gobierno respecto a las medidas de respuesta adoptadas para mitigar los serios efectos de la pandemia de COVID-19. El Gobierno señala que, sobre la base de una propuesta presentada por el Consejo Presidencial para abordar los efectos de la pandemia, el Instituto Libio-Coreano afiliado al Ministerio de Trabajo y Readaptación, ha convertido la capacitación para operadores de costura en una línea de producción, bajo la supervisión de la Unidad de Apoyo y Empoderamiento de la Mujer del Ministerio de Trabajo. El Centro fabrica máscaras de protección y contribuye a la fabricación de ropa médica especializada para hospitales y centros de salud en Trípoli y en la región del sur. Además, el Gobierno señala que la Unidad de Apoyo y Empoderamiento de la Mujer ha presentado al Jefe de Gobierno de Unidad Nacional una propuesta para un plan de emergencia contra la COVID-19 que propone, entre otras medidas, garantizar la disponibilidad de alimentos y suministros médicos adecuados en todas las regiones y adoptar medidas urgentes para proporcionar apoyo a las familias desplazadas y a los grupos que lo necesiten asistencia médica, atención nutricional y ayuda. En este contexto, recordando la orientación general proporcionada por las normas internacionales del trabajo, la Comisión desea señalar a la atención del Gobierno la Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017 (núm. 205), que proporciona orientaciones para elaborar y aplicar respuestas inclusivas basadas en el consenso a las profundas repercusiones socioeconómicas de la pandemia. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información actualizada en su próxima memoria sobre las repercusiones de la pandemia global de COVID-19 y la naturaleza y repercusiones de las medidas concretas adoptadas para abordar el logro del objetivo de pleno empleo, productivo y libremente elegido.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

    La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
    Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia Internacional del Trabajo, 107.ª reunión, mayo junio de 2018)
    La Comisión recuerda la discusión que tuvo lugar en el seno de la Comisión de Aplicación de Normas, con ocasión de la 107.ª reunión de la Conferencia, celebrada en mayo y junio de 2018, en lo relativo a la aplicación del Convenio. Al tiempo que reconoció la complejidad de la situación reinante en el país y la existencia de un conflicto armado, la Comisión de Aplicación de Normas destacó la repercusión y las consecuencias de los conflictos en la pobreza y el desarrollo, el trabajo decente y las empresas sostenibles, y valoró la importancia del empleo y el trabajo decente para fomentar la paz, permitir la recuperación y potenciar la resiliencia. Tras la presentación que realizó el Gobierno y la discusión, la Comisión solicitó a éste que proporcionase datos estadísticos sobre el mercado de trabajo, desglosados por sexo y edad; información sobre la estrategia del mercado de trabajo y la manera en que se prevé alcanzar los objetivos relativos al empleo; información sobre los avances realizados al compilar y analizar datos sobre el mercado de trabajo, e información acerca de las medidas para fomentar la creación y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas (pymes), así como medidas destinadas a aumentar la participación en el mercado de trabajo de personas en situación de vulnerabilidad. La Comisión de Aplicación de Normas instó al Gobierno a presentar una memoria detallada a la Comisión de Expertos en su reunión de noviembre de 2018. Asimismo, solicitó encarecidamente al Gobierno que recurriera a la asistencia técnica de la OIT para adoptar y ejecutar sin demora una política activa dirigida a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. La Comisión de Aplicación de Normas exhortó a la OIT, la comunidad internacional y las organizaciones de empleadores y de trabajadores a que contribuyeran a reforzar la administración del trabajo en Libia de modo que el pleno empleo, productivo y libremente elegido se hiciera realidad lo antes posible.
    Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión acoge con beneplácito la información proporcionada en la memoria del Gobierno. En cuanto a la estrategia nacional del mercado de trabajo y los medios para lograr los objetivos del Convenio, el Gobierno indica que la Estrategia nacional de Libia para el desarrollo humano y el empoderamiento para 2013-2014 (la Estrategia) se centra en: impartir formación transformadora a los licenciados cuyas calificaciones no cumplen los requisitos del mercado de trabajo; fomentar el empleo por cuenta propia a través de la creación de pymes, y establecer una base de datos completa sobre recursos humanos y empleo con el fin de determinar los requisitos en materia de recursos humanos. En la Estrategia también se especifican seis objetivos estratégicos principales en relación con la formación y la fuerza de trabajo, a saber: aumentar la tasa de empleo pleno y decente para todos los que pueden trabajar; afrontar los problemas del desempleo estacional y el subempleo, y asegurar el cumplimiento de la Ley sobre la Seguridad Social para evitar el comportamiento delictivo que puede derivarse de una interrupción de los ingresos; reforzar la orientación profesional para quienes se incorporan al mercado de trabajo, y aumentar la participación del sector privado en los ámbitos de la formación profesional y técnica; incrementar el número de seminarios y estudios que abordan los recursos humanos y permiten la participación en ellos tanto en el país como en el extranjero, y revisar las políticas, actividades y procedimientos de contratación, así como elaborar una legislación para responder a la globalización; fomentar el empoderamiento y la creación de capacidad de las mujeres; cambiar los estereotipos relativos al trabajo de las mujeres; restructurar el mercado de trabajo para responder a los requisitos de la era de la globalización y la tecnología de la información, y establecer métodos y mecanismos de formación y de readaptación profesional y técnica que respondan a la introducción de métodos avanzados en este ámbito, entre otras modalidades, en la formación continua a distancia y la formación transformadora. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los avances realizados en la aplicación de la Estrategia nacional de Libia para el desarrollo humano y el empoderamiento para 2013-2014 y acerca de su repercusión en el fomento de oportunidades de pleno empleo, productivo, libremente elegido y duradero, como se contempla en el artículo 1 del Convenio.
    Artículo 2. Tendencias del empleo. Información del mercado de trabajo. El Gobierno señala que el centro de documentación e información del Ministerio de Trabajo y Readaptación instauró un sistema para recabar datos sobre la fuerza de trabajo en los sectores público y privado, así como sobre solicitantes de empleo. Según la memoria, el número total de personas empleadas tanto en el sector público como en el privado es de 1 827 692, de las cuales 738 608 son mujeres y 1 089 084 son hombres. Los datos también indican que 170 643 personas de entre la población activa pertenecen a la franja de edad de los 18 a los 25 años y 1 657 049 tienen más de 25 años. Asimismo, se señala que, según los datos ajustados, el número de personas que buscaban trabajo en 2017 alcanzó un total de 205 000. No obstante, la Comisión constata que el Gobierno no proporciona información alguna relativa al año al que corresponde esta información. El Gobierno indica que los centros del Ministerio y las instituciones afiliadas a éste (como el Instituto Libio-Coreano afiliado al Ministerio de Trabajo) imparten formación a solicitantes de empleo registrados y licenciados en diversos ámbitos. Añade que, gracias a esta formación, varios alumnos han encontrado empleo en la National Oil Corporation o en otras empresas del sector privado. Además, el Gobierno indica que se ha puesto en práctica el proyecto de encuesta polivalente de Libia para 2017-2018 y que sus resultados servirán para orientar la elaboración de una política del empleo, en colaboración con los interlocutores sociales. Añade que a mediados de agosto de 2018, un delegación técnica de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) visitó Libia para debatir con el Ministro de Trabajo la creación de una oficina de representación de la OIT en Trípoli, lo cual reforzaría la cooperación entre el Ministerio de Trabajo y la OIT en la consecución de los objetivos comunes, en especial en lo relativo a: la restructuración; el Gobierno digital; los archivos y el desarrollo del sector público; la migración ilegal, y los programas de readaptación y formación. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas adoptadas para mejorar el sistema de información sobre el mercado de trabajo. Asimismo, pide al Gobierno que indique la manera en que se usa la información sobre el mercado de trabajo, en colaboración con los interlocutores sociales, para la formulación, aplicación, evaluación y modificación de las medidas activas del mercado de trabajo. Además, la Comisión solicita al Gobierno que aporte datos estadísticos, desglosados por sexo y edad, relativos al tamaño y la distribución de la fuerza de trabajo, así como al tipo y el alcance del empleo, el desempleo y el subempleo.
    Promoción de las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno indica que se instauró el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas con vistas a fomentar una cultura de la innovación y crear un entorno propicio para las pymes. En octubre de 2017, el Gobierno de reconciliación nacional inició un programa piloto para financiar las pymes, con el fin de ofrecer oportunidades de empleo a los jóvenes y reducir el desempleo. En el marco del programa, se conceden préstamos financieros a los emprendedores por medio de bancos comerciales con garantías del Fondo de garantías para préstamos. Por otro lado, se han de establecer viveros de empresas en todo el país para apoyar los proyectos, impartir formación a los encargados de los mismos y ayudarlos a preparar los planes de trabajo. Los bancos comerciales se comprometerán a financiar hasta el 60 por ciento del costo del proyecto, a condición de que los fondos de apoyo cubran el 30 por ciento de su valor total y el beneficiario del proyecto pague el 10 por ciento del costo restante. La Comisión toma nota de que se han establecido diez viveros de empresas en universidades libias con vistas a ofrecer asistencia para que los licenciados, en cooperación con la Libyan Oil Corporation, abran centros en los yacimientos, como Jallow y Uppari, para formar a jóvenes y ayudarlos a financiar sus propios proyectos. Además, constata que, en colaboración con organizaciones internacionales como Expertise France, se organizaron varios campamentos de formación en la ciudad de Túnez para formar a jóvenes emprendedores y asistirlos a la hora de llevar a la práctica sus proyectos. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas adoptadas para crear empleo mediante la promoción de pequeñas y medianas empresas y de las oportunidades empresariales.
    Empleo de las mujeres. El Gobierno indica que el Consejo Presidencial del Gobierno de reconciliación nacional ha otorgado especial importancia al derecho de las mujeres y las personas con necesidades especiales a trabajar, sin olvidar los derechos a la educación, la salud y el desarrollo personal, así como otros derechos relativos al respeto de la identidad religiosa y cultural de la población libia. A este respecto, el Consejo dictó la resolución núm. 210, de 2016, por la que se establece una unidad de apoyo y empoderamiento de las mujeres empleadas en instituciones estatales. Asimismo, la Comisión toma nota de que la ley núm. 2, de 2018, promulgada por el Consejo Presidencial, prevé la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que se ratificó el 16 de mayo de 1989. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada, y que incluya datos estadísticos desglosados por edad, sexo y sector económico u ocupación, sobre la repercusión de las medidas del mercado de trabajo adoptadas para aumentar la tasa de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo, y en particular en puestos directivos y en los que se toman decisiones en todos los sectores de la economía.
    Personas con discapacidad. El Gobierno indica que se ha creado un programa especial para personas con discapacidad, incluidos los jóvenes con discapacidad a causa del conflicto. La Comisión toma nota de que en 2009 el número de personas con discapacidad en Libia era de 70 721, de las cuales 3 879 tenían diplomas de posgrado o universitarios, mientras que 14 525 eran analfabetos y 13 159 eran incapaces de aprender. En este sentido, el Gobierno indica que la Autoridad general de las familias de los mártires, las víctimas de amputaciones y las personas desaparecidas, en colaboración con el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas, ha establecido un programa especial para los emprendedores, denominado «Ademeni» (Apóyame). El programa tiene por objeto mejorar la capacidad de trabajar de las personas con discapacidad y prepararlas para el empleo. Entre otras cosas, el programa se centra en la educación y la formación, por ejemplo, en tecnologías de la información, evaluación de las necesidades, creación de capacidad, apoyo y formación a las organizaciones no gubernamentales y los servicios de empleo, sensibilización de las empresas acerca de las ventajas de emplear a personas con discapacidad, y fomento de la iniciativa empresarial entre las personas con discapacidad que desean crear una empresa privada. La Comisión toma nota de que el Consejo Presidencial ha lanzado la publicación núm. 2, de 2018, para aplicar las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que Libia ratificó el 13 de febrero de 2018. La función del Consejo Presidencial, en este sentido, consiste en fomentar el acceso de las personas con discapacidad a las oportunidades de empleo previstas para ellas en la legislación. En este contexto, el Gobierno indica que los ministerios, las instituciones públicas, las entidades y las empresas están obligados a cumplir la legislación en vigor. Así, la Comisión constata que la ley núm. 3, de 1981, y la ley núm. 5, de 1987 (sobre personas con discapacidad), establecen que debe ofrecerse a las personas con discapacidad «un empleo adecuado» y que las unidades administrativas, las empresas y los establecimientos públicos deben contratar una cierta proporción de personas con discapacidad. El 3 de mayo de 2012, el Ministro de Trabajo y Creación de Capacidad introdujo una cuota del 5 por ciento de personas con discapacidad en los empleos administrativos públicos. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas activas de empleo adoptadas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad tanto mental como física. Además, pide al Gobierno que aporte datos estadísticos actualizados, desglosados por edad y sexo, en los que se indique el número de personas con discapacidad empleadas en los sectores público y privado.
    Trabajadores migrantes. El Gobierno comunica que los migrantes que se encuentran en una situación irregular son muy reacios a regularizar su situación mediante el registro, por temor a la repatriación y porque desean migrar a Europa atravesando el país, que es uno de los Estados de tránsito del sur del Mediterráneo. La Comisión toma nota de que, en cooperación con los países vecinos, los países de origen y las organizaciones internacionales pertinentes, el Gobierno ha conseguido reducir notablemente la migración irregular, instando a los migrantes a que legalicen su situación en el país para que disfruten de los derechos, garantizados por ley, de optar a un empleo voluntario o a la repatriación voluntaria. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Aplicación de Normas en lo relativo a los trabajadores migrantes.
    La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

    Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia Internacional del Trabajo, 107.ª reunión, mayo junio de 2018)

    La Comisión recuerda la discusión que tuvo lugar en el seno de la Comisión de Aplicación de Normas, con ocasión de la 107.ª reunión de la Conferencia, celebrada en mayo y junio de 2018, en lo relativo a la aplicación del Convenio. Al tiempo que reconoció la complejidad de la situación reinante en el país y la existencia de un conflicto armado, la Comisión de Aplicación de Normas destacó la repercusión y las consecuencias de los conflictos en la pobreza y el desarrollo, el trabajo decente y las empresas sostenibles, y valoró la importancia del empleo y el trabajo decente para fomentar la paz, permitir la recuperación y potenciar la resiliencia. Tras la presentación que realizó el Gobierno y la discusión, la Comisión solicitó a éste que proporcionase datos estadísticos sobre el mercado de trabajo, desglosados por sexo y edad; información sobre la estrategia del mercado de trabajo y la manera en que se prevé alcanzar los objetivos relativos al empleo; información sobre los avances realizados al compilar y analizar datos sobre el mercado de trabajo, e información acerca de las medidas para fomentar la creación y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas (pymes), así como medidas destinadas a aumentar la participación en el mercado de trabajo de personas en situación de vulnerabilidad. La Comisión de Aplicación de Normas instó al Gobierno a presentar una memoria detallada a la Comisión de Expertos en su reunión de noviembre de 2018. Asimismo, solicitó encarecidamente al Gobierno que recurriera a la asistencia técnica de la OIT para adoptar y ejecutar sin demora una política activa dirigida a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. La Comisión de Aplicación de Normas exhortó a la OIT, la comunidad internacional y las organizaciones de empleadores y de trabajadores a que contribuyeran a reforzar la administración del trabajo en Libia de modo que el pleno empleo, productivo y libremente elegido se hiciera realidad lo antes posible.
    Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión acoge con beneplácito la información proporcionada en la memoria del Gobierno. En cuanto a la estrategia nacional del mercado de trabajo y los medios para lograr los objetivos del Convenio, el Gobierno indica que la Estrategia nacional de Libia para el desarrollo humano y el empoderamiento para 2013-2014 (la Estrategia) se centra en: impartir formación transformadora a los licenciados cuyas calificaciones no cumplen los requisitos del mercado de trabajo; fomentar el empleo por cuenta propia a través de la creación de pymes, y establecer una base de datos completa sobre recursos humanos y empleo con el fin de determinar los requisitos en materia de recursos humanos. En la Estrategia también se especifican seis objetivos estratégicos principales en relación con la formación y la fuerza de trabajo, a saber: aumentar la tasa de empleo pleno y decente para todos los que pueden trabajar; afrontar los problemas del desempleo estacional y el subempleo, y asegurar el cumplimiento de la Ley sobre la Seguridad Social para evitar el comportamiento delictivo que puede derivarse de una interrupción de los ingresos; reforzar la orientación profesional para quienes se incorporan al mercado de trabajo, y aumentar la participación del sector privado en los ámbitos de la formación profesional y técnica; incrementar el número de seminarios y estudios que abordan los recursos humanos y permiten la participación en ellos tanto en el país como en el extranjero, y revisar las políticas, actividades y procedimientos de contratación, así como elaborar una legislación para responder a la globalización; fomentar el empoderamiento y la creación de capacidad de las mujeres; cambiar los estereotipos relativos al trabajo de las mujeres; restructurar el mercado de trabajo para responder a los requisitos de la era de la globalización y la tecnología de la información, y establecer métodos y mecanismos de formación y de readaptación profesional y técnica que respondan a la introducción de métodos avanzados en este ámbito, entre otras modalidades, en la formación continua a distancia y la formación transformadora. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los avances realizados en la aplicación de la Estrategia nacional de Libia para el desarrollo humano y el empoderamiento para 2013-2014 y acerca de su repercusión en el fomento de oportunidades de pleno empleo, productivo, libremente elegido y duradero, como se contempla en el artículo 1 del Convenio.
    Artículo 2. Tendencias del empleo. Información del mercado de trabajo. El Gobierno señala que el centro de documentación e información del Ministerio de Trabajo y Readaptación instauró un sistema para recabar datos sobre la fuerza de trabajo en los sectores público y privado, así como sobre solicitantes de empleo. Según la memoria, el número total de personas empleadas tanto en el sector público como en el privado es de 1 827 692, de las cuales 738 608 son mujeres y 1 089 084 son hombres. Los datos también indican que 170 643 personas de entre la población activa pertenecen a la franja de edad de los 18 a los 25 años y 1 657 049 tienen más de 25 años. Asimismo, se señala que, según los datos ajustados, el número de personas que buscaban trabajo en 2017 alcanzó un total de 205 000. No obstante, la Comisión constata que el Gobierno no proporciona información alguna relativa al año al que corresponde esta información. El Gobierno indica que los centros del Ministerio y las instituciones afiliadas a éste (como el Instituto Libio-Coreano afiliado al Ministerio de Trabajo) imparten formación a solicitantes de empleo registrados y licenciados en diversos ámbitos. Añade que, gracias a esta formación, varios alumnos han encontrado empleo en la National Oil Corporation o en otras empresas del sector privado. Además, el Gobierno indica que se ha puesto en práctica el proyecto de encuesta polivalente de Libia para 2017-2018 y que sus resultados servirán para orientar la elaboración de una política del empleo, en colaboración con los interlocutores sociales. Añade que a mediados de agosto de 2018, un delegación técnica de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) visitó Libia para debatir con el Ministro de Trabajo la creación de una oficina de representación de la OIT en Trípoli, lo cual reforzaría la cooperación entre el Ministerio de Trabajo y la OIT en la consecución de los objetivos comunes, en especial en lo relativo a: la restructuración; el Gobierno digital; los archivos y el desarrollo del sector público; la migración ilegal, y los programas de readaptación y formación. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas adoptadas para mejorar el sistema de información sobre el mercado de trabajo. Asimismo, pide al Gobierno que indique la manera en que se usa la información sobre el mercado de trabajo, en colaboración con los interlocutores sociales, para la formulación, aplicación, evaluación y modificación de las medidas activas del mercado de trabajo. Además, la Comisión solicita al Gobierno que aporte datos estadísticos, desglosados por sexo y edad, relativos al tamaño y la distribución de la fuerza de trabajo, así como al tipo y el alcance del empleo, el desempleo y el subempleo.
    Promoción de las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno indica que se instauró el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas con vistas a fomentar una cultura de la innovación y crear un entorno propicio para las pymes. En octubre de 2017, el Gobierno de reconciliación nacional inició un programa piloto para financiar las pymes, con el fin de ofrecer oportunidades de empleo a los jóvenes y reducir el desempleo. En el marco del programa, se conceden préstamos financieros a los emprendedores por medio de bancos comerciales con garantías del Fondo de garantías para préstamos. Por otro lado, se han de establecer viveros de empresas en todo el país para apoyar los proyectos, impartir formación a los encargados de los mismos y ayudarlos a preparar los planes de trabajo. Los bancos comerciales se comprometerán a financiar hasta el 60 por ciento del costo del proyecto, a condición de que los fondos de apoyo cubran el 30 por ciento de su valor total y el beneficiario del proyecto pague el 10 por ciento del costo restante. La Comisión toma nota de que se han establecido diez viveros de empresas en universidades libias con vistas a ofrecer asistencia para que los licenciados, en cooperación con la Libyan Oil Corporation, abran centros en los yacimientos, como Jallow y Uppari, para formar a jóvenes y ayudarlos a financiar sus propios proyectos. Además, constata que, en colaboración con organizaciones internacionales como Expertise France, se organizaron varios campamentos de formación en la ciudad de Túnez para formar a jóvenes emprendedores y asistirlos a la hora de llevar a la práctica sus proyectos. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas adoptadas para crear empleo mediante la promoción de pequeñas y medianas empresas y de las oportunidades empresariales.
    Empleo de las mujeres. El Gobierno indica que el Consejo Presidencial del Gobierno de reconciliación nacional ha otorgado especial importancia al derecho de las mujeres y las personas con necesidades especiales a trabajar, sin olvidar los derechos a la educación, la salud y el desarrollo personal, así como otros derechos relativos al respeto de la identidad religiosa y cultural de la población libia. A este respecto, el Consejo dictó la resolución núm. 210, de 2016, por la que se establece una unidad de apoyo y empoderamiento de las mujeres empleadas en instituciones estatales. Asimismo, la Comisión toma nota de que la ley núm. 2, de 2018, promulgada por el Consejo Presidencial, prevé la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que se ratificó el 16 de mayo de 1989. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada, y que incluya datos estadísticos desglosados por edad, sexo y sector económico u ocupación, sobre la repercusión de las medidas del mercado de trabajo adoptadas para aumentar la tasa de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo, y en particular en puestos directivos y en los que se toman decisiones en todos los sectores de la economía.
    Personas con discapacidad. El Gobierno indica que se ha creado un programa especial para personas con discapacidad, incluidos los jóvenes con discapacidad a causa del conflicto. La Comisión toma nota de que en 2009 el número de personas con discapacidad en Libia era de 70 721, de las cuales 3 879 tenían diplomas de posgrado o universitarios, mientras que 14 525 eran analfabetos y 13 159 eran incapaces de aprender. En este sentido, el Gobierno indica que la Autoridad general de las familias de los mártires, las víctimas de amputaciones y las personas desaparecidas, en colaboración con el Programa nacional de pequeñas y medianas empresas, ha establecido un programa especial para los emprendedores, denominado «Ademeni» (Apóyame). El programa tiene por objeto mejorar la capacidad de trabajar de las personas con discapacidad y prepararlas para el empleo. Entre otras cosas, el programa se centra en la educación y la formación, por ejemplo, en tecnologías de la información, evaluación de las necesidades, creación de capacidad, apoyo y formación a las organizaciones no gubernamentales y los servicios de empleo, sensibilización de las empresas acerca de las ventajas de emplear a personas con discapacidad, y fomento de la iniciativa empresarial entre las personas con discapacidad que desean crear una empresa privada. La Comisión toma nota de que el Consejo Presidencial ha lanzado la publicación núm. 2, de 2018, para aplicar las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que Libia ratificó el 13 de febrero de 2018. La función del Consejo Presidencial, en este sentido, consiste en fomentar el acceso de las personas con discapacidad a las oportunidades de empleo previstas para ellas en la legislación. En este contexto, el Gobierno indica que los ministerios, las instituciones públicas, las entidades y las empresas están obligados a cumplir la legislación en vigor. Así, la Comisión constata que la ley núm. 3, de 1981, y la ley núm. 5, de 1987 (sobre personas con discapacidad), establecen que debe ofrecerse a las personas con discapacidad «un empleo adecuado» y que las unidades administrativas, las empresas y los establecimientos públicos deben contratar una cierta proporción de personas con discapacidad. El 3 de mayo de 2012, el Ministro de Trabajo y Creación de Capacidad introdujo una cuota del 5 por ciento de personas con discapacidad en los empleos administrativos públicos. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la repercusión de las medidas activas de empleo adoptadas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad tanto mental como física. Además, pide al Gobierno que aporte datos estadísticos actualizados, desglosados por edad y sexo, en los que se indique el número de personas con discapacidad empleadas en los sectores público y privado.
    Trabajadores migrantes. El Gobierno comunica que los migrantes que se encuentran en una situación irregular son muy reacios a regularizar su situación mediante el registro, por temor a la repatriación y porque desean migrar a Europa atravesando el país, que es uno de los Estados de tránsito del sur del Mediterráneo. La Comisión toma nota de que, en cooperación con los países vecinos, los países de origen y las organizaciones internacionales pertinentes, el Gobierno ha conseguido reducir notablemente la migración irregular, instando a los migrantes a que legalicen su situación en el país para que disfruten de los derechos, garantizados por ley, de optar a un empleo voluntario o a la repatriación voluntaria. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Aplicación de Normas en lo relativo a los trabajadores migrantes.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

    Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Consultas con los interlocutores sociales. Desde hace años, la Comisión ha venido solicitando al Gobierno que comunicara información sobre la manera en que se alcanzan los objetivos del empleo, así como sobre la situación y las tendencias del mercado laboral. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual, desde la adopción y la aplicación de la política de empleo en 2004 por el consejo de planificación, tuvieron que introducirse varias enmiendas a la política, habida cuenta de la evolución del país en los últimos años, con el objetivo de armonizar la política con la realidad en el terreno y lograr el pleno empleo. El Gobierno indica que en 2012, se encargó a una comisión la modificación de la estrategia del mercado laboral. Añade que la estrategia propuesta se centra en varios pilares, que incluyen: medidas para combatir el desempleo derivado de la paralización de los proyectos de desarrollo, debido a la guerra; medidas educativas y de formación para responder a las necesidades del mercado laboral, y medidas centradas en la economía informal y en la participación de los migrantes en actividades intensivas en mano de obra. El Gobierno destaca que, debido a la guerra, las empresas abandonaron el país y aumentó el número de jóvenes con discapacidad. Además, el Gobierno informa que aumentó drásticamente la inmigración irregular, lo que dio lugar a una creciente competencia con la mano de obra nacional e incidió negativamente en el mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que las estadísticas más recientes comunicadas por el Gobierno son de 2012. Por ejemplo, el Gobierno indica que el número de solicitantes de empleo calificados se elevó de 39 880 en 2007 a 149 808 en 2012, especialmente entre las mujeres (de 26 009 a 94 379 en 2012). El Gobierno indica que, tras la adopción de la estrategia de mercado laboral, informará a la Comisión de las políticas adoptadas que promueven el pleno empleo. Al tiempo que reconoce la complejidad de la situación que prevalece en el terreno, la Comisión espera que el Gobierno se encuentre pronto en condiciones de comunicar información actualizada y detallada sobre la estrategia de mercado de trabajo prevista y la manera en que se logran los objetivos del empleo, así como datos estadísticos actualizados sobre la situación, el nivel y las tendencias en el empleo, el desempleo y el subempleo, desglosados por sexo y edad. También solicita al Gobierno que comunique información sobre la implicación de los interlocutores sociales, de conformidad con el artículo 3 del Convenio, que requiere que se tengan plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones cuando se diseñe y aplique una política activa de empleo.
    Artículo 2. Información del mercado de trabajo. La Comisión recuerda sus comentarios anteriores en los que destacaba la importancia de establecer un sistema de compilación y análisis de los datos del mercado laboral para permitir una evaluación y una revisión de las medidas adoptadas para lograr los objetivos del Convenio. En consecuencia, la Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno comunique información sobre todo progreso realizado a este respecto, e invita al Gobierno a que recurra a la asistencia de la Oficina, si así lo desea.
    Promoción de las pequeñas y medianas empresas. La Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno comunique, en su próxima memoria, información sobre las medidas adoptadas para promover el establecimiento y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, teniendo en cuenta las orientaciones establecidas en el párrafo 5 de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).
    Trabajadores vulnerables al déficit de trabajo decente. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información, incluidos los datos estadísticos desglosados por edad y sexo, sobre el impacto de las medidas, que incluya medidas de educación y formación profesional, para elevar la tasa de participación en el mercado de trabajo de las personas vulnerables a los déficits de trabajo decente, incluidas las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidad, los trabajadores migrantes, los trabajadores de las zonas rurales y los de la economía informal.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: ª reunión CIT ()

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

    No disponible en español.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

    1. Aplicación de una política activa de empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno de agosto de 2004, en la que se enumeran las metas de la política del empleo adoptadas por la Asamblea del Pueblo de la Jamahiriya. Los objetivos de la política del empleo apuntan, entre otras cosas, a lograr el pleno empleo de la fuerza del trabajo, a elevar las normas de actuación, a garantizar la participación de los interlocutores sociales, así como a la implicación de todas las categorías de los trabajadores, incluyéndose a las mujeres, a las personas con discapacidades y a los jóvenes en las diferentes actividades socioeconómicas, a vincular las remuneraciones de los trabajadores con la naturaleza del trabajo, al tiempo que se garantiza una tasa mínima de salarios, a regular el sector informal en el mercado laboral y a adaptar los planes educativos a la formación, para satisfacer las necesidades del mercado de trabajo. Al tomar debida nota de estos objetivos, la Comisión espera que el Gobierno comunique, en su próxima memoria, información estadística detallada sobre el empleo, tanto globalmente como en los diversos sectores de la actividad económica. Espera asimismo que el Gobierno transmita datos estadísticos detallados y actualizados sobre el nivel y las tendencias del empleo, del subempleo y del desempleo. En particular, la Comisión solicita al Gobierno que comunique información adicional acerca de las medidas en materia de formación y de su impacto en el empleo de las personas concernidas y que indique, en particular, el resultado de tales medidas, dirigidas a elevar la tasa de participación de la mujer. También se solicita al Gobierno que indique de qué manera están coordinadas las políticas educativa y de formación con las oportunidades prospectivas de empleo, sobre todo para los jóvenes.

    2. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y en la aplicación de políticas. La Comisión recuerda que el artículo 3 del Convenio exige consultas con todas las partes interesadas - especialmente los representantes de los empleadores y de los trabajadores - en el establecimiento y en la aplicación de políticas de empleo. Es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles y marginales de la población económicamente activa participen, en la medida de lo posible, en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (véase Estudio general, de 2004, Promover empleo, párrafo 493). La Comisión confía en que el Gobierno incluya, en su próxima memoria, información detallada al respecto.

    3. Como en su observación de 2003, la Comisión subraya que la preparación de una memoria detallada brindará seguramente al Gobierno y a los interlocutores sociales, una oportunidad de evaluar la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo. La Comisión recuerda que se dispone de la asistencia de la Oficina para la aplicación práctica de una política activa de empleo en el sentido del Convenio.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

    La Comisión lamenta que no se haya recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación de 2001, redactada como sigue:

    El Gobierno declara en su brevísima memoria sobre la aplicación del Convenio que aún no ha adoptado una política de empleo, pero que se propone comunicar informaciones a la Oficina tan pronto disponga de las mismas. La Comisión recuerda la gran importancia de adoptar una política y programas de empleo en el marco de una política económica y social coordinada, y en consulta con los representantes de los trabajadores, de los empleadores y de los otros grupos afectados, tales como los trabajadores del sector rural y del sector informal. Insta al Gobierno a que adopte cuanto antes una política de empleo y lleve a la práctica programas adecuados, y a que presente una memoria detallada sobre todas las cuestiones contenidas en el formulario de memoria del Convenio.

    La preparación de una memoria detallada permitirá seguramente al Gobierno y a los interlocutores sociales de hacer una evaluación sobre la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo establecido por el Convenio. La Comisión nota que se dispone de la asistencia de la Oficina para cumplir con la obligación de enviar memorias y para la aplicación práctica de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

    La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación de 2001, redactada como sigue:

    El Gobierno declara en su brevísima memoria sobre la aplicación del Convenio que aún no ha adoptado una política de empleo, pero que se propone comunicar informaciones a la Oficina tan pronto disponga de las mismas. La Comisión recuerda la gran importancia de adoptar una política y programas de empleo en el marco de una política económica y social coordinada, y en consulta con los representantes de los trabajadores, de los empleadores y de los otros grupos afectados, tales como los trabajadores del sector rural y del sector informal. Insta al Gobierno a que adopte cuanto antes una política de empleo y lleve a la práctica programas adecuados, y a que presente una memoria detallada sobre todas las cuestiones contenidas en el formulario de memoria del Convenio.

    Observación (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

    El Gobierno declara en su brevísima memoria sobre la aplicación del Convenio que aún no ha adoptado una política de empleo, pero que se propone comunicar informaciones a la Oficina tan pronto disponga de las mismas. La Comisión recuerda la gran importancia de adoptar una política y programas de empleo en el marco de una política económica y social coordinada, y en consulta con los representantes de los trabajadores, de los empleadores y de los otros grupos afectados, tales como los trabajadores del sector rural y del sector informal. Insta al Gobierno a que adopte cuanto antes una política de empleo y lleve a la práctica programas adecuados, y a que presente una memoria detallada sobre todas las cuestiones contenidas en el formulario de memoria del Convenio.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

    No disponible en español.

    Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

    La Comisión lamenta tomar nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Espera que en su próxima reunión, la Comisión recibirá para examen una memoria con información completa sobre los puntos planteados en su solicitud directa anterior, que decía lo siguiente:

    La Comisión toma nota de que se ha previsto proceder próximamente a la realización de estudios generales sobre la situación y tendencias del empleo que servirán de base para planificar y elaborar políticas del empleo. Espera que estos estudios permitirán al Gobierno dar en su próxima memoria informaciones estadísticas detalladas sobre el empleo, tanto en el plano global como en los diferentes sectores de la actividad económica, y en lo que respecta a las diferentes categorías de la población, especialmente los jóvenes, las mujeres y los trabajadores inmigrantes. La Comisión invita igualmente al Gobierno a que precise la manera en que, sobre la base de estas informaciones, se habrá formulado una política activa de promoción del empleo en consulta con los representantes de los medios interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Rogamos además que se presenten informaciones complementarias sobre los puntos siguientes: 1. La Comisión toma nota con interés de la importancia que se da a las medidas de formación de la mano de obra y a la adopción de planes de formación relativos a más de 20 sectores. La memoria da cuenta también de la adopción de medidas de formación en el empleo, del desarrollo de posibilidades de formación ofrecidas a las mujeres y de la creación de centros de formación profesional para los jóvenes. La Comisión agradecería al Gobierno que presente informaciones suplementarias sobre las acciones emprendidas en el sector de la formación y su incidencia en el empleo de las personas interesadas. Rogamos en especial se indiquen los resultados alcanzados por las medidas de formación tendentes a reforzar la participación de las mujeres en la actividad. Rogamos se precise la manera en que se coordinan las políticas de educación y formación con las perspectivas de empleo, en especial de los jóvenes. 2. Con referencia a su solicitud directa anterior, la Comisión agradecería al Gobierno que diese informaciones sobre novedades en lo que toca a la aplicación de las orientaciones relativas al aumento de la capacidad de producción y al redespliegue del personal administrativo en los sectores productivos. 3. Más generalmente, la Comisión invita al Gobierno a que complete las informaciones sobre las medidas de política del mercado del empleo con informaciones sobre las políticas globales y sectoriales de desarrollo que contribuyen a la promoción del pleno empleo, productivo y libremente escogido.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

    No disponible en español.

    Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

    No disponible en español.
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