National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de una comunicación de fecha 22 de julio de 2002 de la Asociación de Docentes de Dinamarca (Dansk Magisterforening, DM), que contiene observaciones sobre la aplicación del Convenio por Dinamarca. La Comisión toma nota de que dicha comunicación fue enviada al Gobierno, el 16 de agosto de 2004, para recabar cualquier comentario que pudiera querer formular en torno a las cuestiones planteadas. La Comisión observa que, por ahora, no se han recibido los comentarios del Gobierno, y expresa su confianza en que el Gobierno no dejará de comunicar sus comentarios en su próxima memoria, para que la Comisión pueda examinarlos en su próxima reunión.
[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada en 2005.]
La Comisión toma nota de una comunicación recibida el 21 de noviembre de 2003 de la Unión Danesa de Abogados y Economistas, que contiene observaciones relativas a la aplicación del Convenio por Dinamarca. La Comisión toma nota de que dicha comunicación fue enviada al Gobierno, para que formulara los comentarios que estimase convenientes sobre las cuestiones planteadas. Las observaciones de la Unión así como la respuesta del Gobierno a estas observaciones serán examinadas en la próxima reunión de la Comisión.
La Comisión toma nota con satisfacción de que la ley núm. 141, de 17 de marzo de 1999, ha derogado los artículos 198 y 199 del Código Penal de Dinamarca que ya no se aplicaban en la práctica, en virtud de los cuales, en determinados casos de ociosidad habitual, la policía podía imponer trabajo a una persona que podía ser sancionada por vagancia.