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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

La Comisión toma nota de las observaciones del Consejo de Sindicatos de Nueva Zelandia (NZCTU) y de Business New Zealand (Business NZ) comunicadas junto con la memoria del Gobierno, el 4 de septiembre de 2017, así como de la respuesta del Gobierno a las mismas.
Artículo 6,1), a), i), del Convenio. Igualdad de trato con respecto a las condiciones de trabajo. En su comentario anterior, tomando nota de la situación relativa a las condiciones de trabajo y al impago de salarios de los trabajadores migrantes en la horticultura y la viticultura, así como en la industria alimentaria y otros servicios, y de las preocupaciones acerca de las condiciones y la desigualdad de trato de los estudiantes internacionales que participan en el mercado de trabajo, la Comisión pidió al Gobierno que, en cooperación con las organizaciones de empleadores y de trabajadores: 1) examinara las ventajas de ampliar el Régimen de Empleo Estacional Reconocido (RSE) a los sectores lechero y alimentario, y proporcionara información sobre los resultados obtenidos; 2) indicara el resultado de la respuesta operativa y de la revisión de política en relación con los estudiantes migrantes en el mercado de trabajo, y el seguimiento dado a las mismas, y comunicara información sobre cualquiera de las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes en la horticultura, la viticultura, la industria alimentaria, la hotelería y otros servicios. En lo que respecta al RSE, la Comisión toma nota de que, en su memoria, el Gobierno indica que el Ministerio de Empresas, Innovación y Empleo (MBIE) no ha contemplado la posibilidad de ampliar el RSE a los sectores lechero y alimentario, o a otros sectores profesionales, como se había propuesto. En Nueva Zelandia, la mayoría de los empleos en el sector lechero son permanentes, y esto no está en consonancia con la naturaleza estacional del RSE. Cualquier otro programa de trabajo preferencial tendría que ser coherente con el enfoque «los neozelandeses primero», y probablemente no sería una «ampliación» del RSE, pero utilizaría las modalidades existentes para la obtención del visado. En lo referente a las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes sujetos al RSE en la horticultura, la viticultura, el sector alimentario, la hotelería y otros servicios, el Gobierno indica que ha adoptado medidas, a través de la formulación de dos programas complementarios: el Proyecto de Fortalecimiento de las Alianzas del Pacífico (SPP), y el Programa de Formación de los Trabajadores Sujetos al RSE (Vakameasina), que prevé, entre otras cosas, que se imparta formación a estos trabajadores a fin de que mejoren, durante su estancia en Nueva Zelandia, sus conocimientos de la lengua inglesa, sus aptitudes numéricas, financieras e informáticas, y sus competencias en materia de salud y para la vida cotidiana en el país, y que se publiquen guías sobre el sector hotelero destinadas a los trabajadores (información sobre las prestaciones de empleo mínimas, en particular el salario mínimo, la licencia, la seguridad y la salud, y una lista de servicios de empleo) y a sus empleadores (responsabilidad de los empleadores de cerciorarse de que los trabajadores comprendan sus derechos y estén empleados legalmente) elaboradas en consulta con WorkSafe, el sistema de inspección del trabajo, y grupos y sindicatos del sector hotelero. La Comisión toma nota de las observaciones realizadas por BusinessNZ acerca de la importancia que reviste subrayar que la mayoría de los empleadores no explotan a los trabajadores migrantes, y de que, con independencia de que trabajen legal o ilegalmente en Nueva Zelandia, los trabajadores migrantes están amparados desde hace mucho tiempo por la legislación laboral del país. La Comisión toma nota de que, según las estadísticas proporcionadas por el Gobierno, entre 2012 y 2017, de las 1 246 investigaciones relacionadas con trabajadores migrantes, en las que se detectaron casos de incumplimiento de las normas del trabajo, 695 o más del 50 por ciento hacían referencia a la horticultura, la viticultura, la hotelería y el sector lechero. La Comisión pide al Gobierno que prosiga sus esfuerzos para mejorar la situación laboral de los trabajadores migrantes en la horticultura, la viticultura, la hotelería y el sector alimentario, y que continúe suministrando estadísticas detalladas y actualizadas, desglosadas por sexo, a fin de evaluar los progresos realizados con el tiempo.

Estudiantes migrantes que participan en el mercado de trabajo

En su observación, el NZCTU recuerda que los estudiantes titulares de un visado pueden trabajar, de conformidad con las condiciones de su visado, hasta 20 horas por semana a cambio de una remuneración, y que, en algunos casos, los visados de estudiante están siendo promovidos por agentes de migración en el extranjero como una manera de acceder al trabajo temporal en Nueva Zelandia. El artículo 11 de la Ley de Otorgamiento de Licencias a Asesores en materia de Migración, de 2007, prevé una exención al requisito para el otorgamiento de licencias generales para las personas que prestan asesoramiento en materia de inmigración en el extranjero, y asesoramiento únicamente con respecto a las solicitudes realizadas de conformidad con la Ley de Inmigración de 2009 a fin de obtener un visado de entrada temporal — visado temporal — visado de estudiante. El NZCTU señala que existen pruebas de que esta exención al otorgamiento de licencias está siendo explotada por agentes de migración sin escrúpulos, y por una minoría de proveedores de servicios educativos, a fin de proporcionar asesoramiento engañoso y de facilitar la explotación laboral de migrantes titulares de visados de estudiante, y recomienda suprimir esta exención para el asesoramiento prestado en relación con las solicitudes de visados de estudiante. La Comisión toma nota asimismo de las observaciones formuladas por BusinessNZ acerca de que, en muchos casos en los que hay explotación, tanto en relación con los estudiantes migrantes que participan en el mercado de trabajo como con los trabajadores migrantes en términos más generales, el autor es un empleador migrante del propio país del trabajador. En lo que respecta al asesoramiento engañoso proporcionado a los estudiantes migrantes por agentes en el extranjero, el Gobierno declara que ha contemplado una serie de opciones para mejorar la calidad del asesoramiento facilitado a los estudiantes por los agentes en el extranjero, en particular suprimir la exención al otorgamiento de licencias para el asesoramiento prestado en el extranjero sobre visados de estudiante, tal como propone el NZCTU. Sin embargo, se tomó una decisión para permitir que se mantuviera la exención, ya que estaban introduciéndose cambios en la prestación de asesoramiento en materia de inmigración a los estudiantes, a fin de mejorar la calidad del servicio. El Gobierno ha procurado abordar esta cuestión a través de cambios al Repertorio de recomendaciones prácticas sobre la educación (atención pastoral de los estudiantes internacionales) (el Repertorio de recomendaciones prácticas), que responsabiliza totalmente a los proveedores de servicios educativos de los resultados obtenidos por sus agentes. La Autoridad de Calificaciones de Nueva Zelandia (NZQA) tiene nuevas facultades para tomar medidas contra los proveedores que recurren a agentes de bajo desempeño. La efectividad de estos cambios al Repertorio de recomendaciones prácticas se ha apoyado mejorando la información sobre el desempeño de los agentes disponible para los proveedores. En lo que respecta a los estudiantes internacionales, la Comisión toma nota de que el Gobierno reconoce que algunas poblaciones pueden correr un mayor riesgo de ser explotadas en el mercado de trabajo en Nueva Zelandia, y que los estudiantes internacionales pueden ser particularmente vulnerables, ya que a menudo son jóvenes y no tienen personas de contacto en Nueva Zelandia, y tal vez accedan a trabajar en condiciones de trabajo precarias o teman que los empleadores les denuncien si trabajan ilegalmente. Además, pueden sufrir una presión financiera y familiar desde su país de origen, y enfrentarse a obstáculos lingüísticos y culturales, incluida la obtención de un empleo aceptable. Estos factores, combinados con una experiencia y unas competencias laborales limitadas, pueden dar lugar a que acepten cualesquiera condiciones de trabajo que se les ofrezca. El Gobierno está adoptando medidas para hacer frente a esta vulnerabilidad, obligando a los empleadores a cumplir las normas mínimas de empleo, pero elaborando asimismo: i) una estrategia internacional de educación, una estrategia interinstitucional en la que participe el Ministerio de Educación (MoE), Education New Zealand (ENZ), MBIE (incluido ImmigrationNZ), la Nueva Autoridad Neozelandesa de Calificaciones (NZQA), la Comisión de Educación Superior (TEC) y otros organismos, y ii) una Estrategia Internacional para el Bienestar de los Estudiantes, que proporcione un marco de resultados para los organismos gubernamentales centrado en velar por que los estudiantes internacionales sean bien acogidos, estén seguros y se encuentren bien, reciban una educación de calidad y sean valorados por su contribución realizada a Nueva Zelandia. La Comisión toma nota de que, en febrero-julio de 2016, ImmigrationNZ, ENZ, y Auckland Tourism Events and Economic Development (ATEED) llevaron a cabo un programa experimental titulado «Proyecto habilidades», a fin de mejorar la preparación de los estudiantes internacionales para el trabajo. La Comisión alienta al Gobierno a seguir tomando medidas para hacer frente a la vulnerabilidad de los estudiantes migrantes que participan en el mercado de trabajo, y a que supervise y evalúe periódicamente los resultados obtenidos con el fin de ajustar las medidas adoptada o previstas, en caso necesario.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

La Comisión toma nota de las observaciones del Consejo de Sindicatos de Nueva Zelandia (NZCTU) y de Empresa Nueva Zelandia (Business NZ) adjuntas a la memoria del Gobierno, así como de la respuesta del Gobierno a esas observaciones.
Artículo 6, 1), a), i), del Convenio. Igualdad de trato en relación con las condiciones de trabajo. La Comisión había solicitado al Gobierno que examinara los supuestos abusos en relación con las condiciones de trabajo y el impago de salarios a los trabajadores migrantes en la horticultura y la viticultura, así como en la industria alimentaria y otros servicios. La Comisión toma nota de que tanto Business NZ como el NZCTU valoran los beneficios del régimen de temporada reconocido (RSE) para la horticultura y la viticultura, pero que el NZCTU sigue preocupado por la variedad y extensión de los problemas relacionados con la explotación y el trato de los trabajadores migrantes y los estudiantes internacionales que trabajan en los negocios de comida rápida y en la hostelería y la horticultura. Asimismo, el NZCTU recomienda que en la industria alimentaria y lechera se tengan en cuenta los beneficios potenciales del RSE, en particular habida cuenta de que la industria lechera cada vez depende más del trabajo temporal.
Además la Comisión toma nota de que según el NZCTU muchas quejas de los trabajadores migrantes están relacionadas con los prejuicios de los empleadores y la expectativa de que los trabajadores migrantes aceptarán tasas salariales más bajas, en algunos sectores incluso por debajo del salario mínimo. La Comisión toma nota de que el Gobierno reconoce que los trabajadores migrantes pueden tener que hacer frente a dificultades para presentar quejas sobre salarios y condiciones de trabajo porque dependen de sus empleadores para seguir en el país y poder trabajar. Asimismo, toma nota de que, según la memoria del Gobierno, en el período 2010-2011, los inspectores del trabajo (incluidos los que se ocupan de las cuestiones relacionadas con el RSE) realizaron 2 435 investigaciones sobre las normas mínimas, y 2 077 visitas de información y de evaluación en el lugar de trabajo para promover buenas prácticas de empleo, de las cuales el 19 por ciento se referían a los lugares de trabajo en los que se utiliza el RSE y el 25,7 por ciento a empresas propiedad de trabajadores migrantes o más generalmente a lugares de trabajo con otros trabajadores migrantes. Los inspectores del trabajo realizaron 38 visitas a empresas de horticultura y viticultura, centrándose en los derechos laborales mínimos y en el alojamiento. Además, el Gobierno indica que el 1.º de diciembre de 2011 se introdujo un sistema de prioridades para que los inspectores del trabajo se centren en los trabajadores más vulnerables, incluidos los trabajadores migrantes, y que en 2012 2013 las actividades se tenían que centrar en ayudar a los trabajadores a los que se aplica el RSE a acceder a la información y a presentar quejas, incluso a través de los representantes sindicales y los representantes de sus países en Nueva Zelandia. En lo que respecta a los estudiantes migrantes, la Comisión toma nota de que el Ministerio de Empresa, Innovación y Empleo (MBEI) está adoptando medidas para abordar los problemas relacionados con las condiciones de trabajo y la desigualdad de trato de los estudiantes internacionales en el mercado de trabajo a través de la mejora de la supervisión y la aplicación (respuesta operativa), así como a través de una revisión de la política. La revisión de la política tiene por objetivo determinar la amplitud y escala de los problemas relacionados con el empleo de los estudiantes migrantes. El Gobierno anticipa que los resultados de la revisión también arrojarán luz sobre las medidas necesarias para garantizar la aplicación de la legislación del trabajo de Nueva Zelandia y las condiciones mínimas de trabajo para otros trabajadores migrantes. La Comisión solicita al Gobierno que, en colaboración con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, examine las ventajas de ampliar el RSE a los sectores lechero y alimentario, y que proporcione información sobre los resultados logrados. Asimismo, solicita al Gobierno que indique el resultado de, y el seguimiento dado a, la respuesta operativa y la revisión de la política en relación con los estudiantes migrantes que están en el mercado de trabajo, y que transmita información sobre todas las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes en la horticultura, la viticultura, la industria alimentaria, la hostelería, y otros servicios. La Comisión solicita al Gobierno que transmita información, desglosada por sexo, sobre el número y el tipo de infracciones detectadas o quejas recibidas por la inspección del trabajo y sobre todas las decisiones adoptadas por los tribunales en relación con las violaciones del artículo 6, 1), a), i), así como sobre las sanciones impuestas y los recursos previstos. Sírvase transmitir información sobre el número de trabajadores migrantes temporales y estacionales a los que se ha permitido permanecer en Nueva Zelandia para presentar una queja formal en virtud de la legislación pertinente, y sobre todas las otras medidas adoptadas para facilitar el acceso a los procesos de presentación de quejas y el impacto de todo esto.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

La Comisión toma nota de los comentarios del Consejo de Sindicatos de Nueva Zelandia (NZCTU) y de Comercio de Nueva Zelandia (Comercio NZ), adjuntos a la memoria del Gobierno, así como de la respuesta del Gobierno a los mismos.

1. Artículos 4 y 5 del Convenio. Medidas para facilitar la recepción de inmigrantes y servicios médicos apropiados. La Comisión toma nota de los comentarios formulados por el NZCTU, según los cuales se requieren más ayudas y recursos en materia de salud para los refugiados, a efectos de permitir que algunos inmigrantes, especialmente los refugiados se recuperen esencialmente de los efectos de lesiones, enfermedades y traumatismos previos, antes de dar inicio a las actividades de búsquedas de empleo. El NZCTU también señala a la atención el elevado número de mujeres refugiadas que padecen alteraciones y enfermedades físicas, como consecuencia de tratamientos deficientes anteriores. El NZCTU mantiene asimismo que la nueva estrategia de asentamiento de Nueva Zelandia se centra principalmente en los inmigrantes que proceden de Asia y en los refugiados recientes, pero no menciona a aquellos que proceden de Africa. La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno, según la cual la asistencia financiada por el Estado, aportada directamente o comprada a proveedores de servicios, atiende las necesidades de todos los inmigrantes y refugiados, incluidos aquellos que proceden de Africa, siempre que tengan residencia permanente. La estrategia de asentamiento de Nueva Zelandia reconoce que algunos inmigrantes y refugiados pueden requerir una asistencia adicional, especialmente en las primeras etapas de asentamiento. La Comisión recuerda que el artículo 5, b), del Convenio, se dirige a garantizar que los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias gocen de una protección médica adecuada y dispongan de servicios de consulta, si así lo requieren. El párrafo 12 de la Recomendación sobre los trabajadores migrantes (revisada), 1949 (núm. 86), también dispone que deberían adoptarse medidas, cuando fuese necesario, para garantizar que se dispusiera de medios especiales durante el período inicial de asentamiento en el país de acogida. La Comisión solicita al Gobierno: 1) que comunique más información detallada sobre el tipo de asistencia adicional que puede otorgarse a determinados inmigrantes y refugiados, especialmente mujeres e inmigrantes procedentes de Africa, y 2) que indique si se adoptan o prevén algunas medidas para suministrar servicios especiales a la llegada y durante el período de asentamiento inicial, a efectos de permitir que los inmigrantes, especialmente las mujeres refugiadas, se recuperen de enfermedades y traumatismos anteriores debidos a tratamientos deficientes antes de iniciar las actividades de búsqueda de empleo.

2. Artículo 6, 1), b). Igualdad de trato respecto de la seguridad social. La Comisión toma nota de que el NZCTU, si bien muestra su satisfacción ante el nuevo régimen de empleo de temporada reconocido (RSE), plantea algunos asuntos, según los cuales los empleadores no tienen la obligación, con arreglo a este régimen, de proporcionar un seguro médico a sus trabajadores extranjeros. Por consiguiente, se requiere una mayor claridad respecto de la responsabilidad en los casos de tratamiento médico de los participantes en el régimen RSE, y para los trabajadores migrantes de temporada en general. La Comisión toma nota de que el régimen RSE se había introducido en abril de 2007 para subvenir a las necesidades laborales de las industrias de la horticultura y de la viticultura, y permitir que los trabajadores entraran en Nueva Zelandia por un período laboral de siete meses en cualquier período de 11 meses. Sin embargo, además de los costos derivados de los accidentes y de las lesiones con arreglo al régimen universal de indemnización de los accidentes, el régimen RSE no parece otorgar ninguna prestación de seguridad social. También parece que los trabajadores de temporada, según el NZCTU, pagan impuesto sobre el ingreso en el mismo nivel que los residentes permanentes, pero no tienen igual acceso a los servicios completos de la seguridad pública, debido al requisito de residencia de dos años para tener derecho al acceso a los servicios de salud de financiación pública. Si bien tienen la oportunidad de regresar a Nueva Zelandia la temporada siguiente por un período de trabajo de siete meses, parecen estar, no obstante, excluidos para siempre del acceso a las prestaciones de seguridad social, con lo que no serían tratados en un plano de igualdad con los nacionales o con los residentes permanentes respecto de la seguridad social. La Comisión recuerda que el artículo 6, 1, b, ii), del Convenio, permite algunas limitaciones al principio de igualdad de trato, como arreglos especiales sobre las prestaciones pagaderas en su totalidad con cargo a fondos públicos. Sin embargo, esos arreglos no pueden interpretarse como que suministran una base legal que permite la exclusión automática de una categoría de trabajadores migrantes del derecho a las prestaciones de la seguridad social [véase Estudio general sobre trabajadores migrantes, de 1999, párrafo 431]. El principal objetivo de las excepciones permitidas en el Convenio es el de evitar posibles abusos y garantizar el equilibrio financiero de los regímenes no contributivos, y no el de privar a determinadas categorías de trabajadores migrantes, es decir, a los trabajadores sujetos al régimen RSE, de los derechos derivados del Convenio. La Comisión toma nota de que se revisará, a finales de 2007, el régimen RSE, y de que el Gobierno podrá proponer que sea obligatoria la cobertura del seguro médico, si se indican riesgos de salud significativos. La Comisión solicita al Gobierno que, cuando se proceda a la revisión del régimen RSE, se reflejen, en lo posible, los arreglos especiales que autorizan a los trabajadores de temporada el acceso, en un plano de igualdad con los nacionales y los residentes permanentes, a las prestaciones garantizadas en el artículo 6, 1, b), del Convenio, y que informe sobre los progresos realizados.

3. En relación con lo anterior, la Comisión recuerda sus comentarios anteriores, en los que tomaba nota de que el artículo 74A, 1), de la Ley núm. 136 sobre la Seguridad Social, de 1964, en su forma enmendada, podía excluir a algunos titulares de un permiso temporal del acceso a prestaciones monetarias, incluidas las prestaciones de emergencia. La Comisión toma nota de los comentarios del NZCTU, según los cuales, a pesar del pago de los impuestos sobre los ingresos, el trabajador de temporada no tiene acceso a servicios completos de salud pública. Tienen, en general, acceso a la asistencia por accidentes y a la asistencia de urgencia, pero se les puede cobrar posteriormente por tales servicios. La Comisión toma nota de las explicaciones del Gobierno, según las cuales todos los trabajadores titulares de permisos que les permitan estar en Nueva Zelandia durante dos o más años, tienen derecho al acceso a los servicios de asistencia médica financiados con cargo a los fondos públicos. El requisito de residencia habitual de dos años antes de pasar a tener derecho a prestaciones monetarias, diferentes de la prestación de emergencia, se aplica a todos los posibles beneficiarios e incluye, por ejemplo, a los ciudadanos de Nueva Zelandia por descendencia, que deben haber vivido, en alguna época, en Nueva Zelandia, durante dos años, para tener derecho al acceso a unas ayudas estándar al ingreso. La Comisión declara asimismo que esos tipos de prestaciones de seguridad social se pagan en su totalidad con cargo a los fondos públicos y que la adquisición del derecho a tales prestaciones depende enteramente de un compromiso permanente de Nueva Zelandia. Sin embargo, cualquiera que tenga una enfermedad aguda podrá ser tratado con independencia de su situación migratoria, teniendo derecho a la asistencia médica con cargo a los fondos públicos o con capacidad de pago. No obstante, el Gobierno confirma que se cobraría por los servicios sanitarios que utilizan los trabajadores migrantes que hubiesen optado por no acogerse al seguro médico de cobertura de enfermedad. La Comisión recuerda sus comentarios del párrafo 2 de esta observación, así como del hecho de que la imposición de requisitos de residencia no está en contradicción con el Convenio, en la medida en que esta condición sea aplicable también a los nacionales del Estado, lo que no parece ser el caso. La Comisión considera que el período de calificación de dos años para que los trabajadores migrantes temporarios tengan acceso a las prestaciones de seguridad social, puede situarlos en una posición menos favorable en relación con los residentes nacionales y permanentes. En consecuencia, solicita al Gobierno que comunique explicaciones en cuanto a las razones por las que se establece un período de calificación de dos años para tener derecho al acceso a los servicios de asistencia médica de financiación pública.

4. Artículo 6, 1), a), i). Igualdad de trato respecto de las condiciones de trabajo. La Comisión toma nota de que el NZCTU plantea unos asuntos relativos a los trabajadores migrantes que, al parecer, habían pagado grandes sumas a agencias de contratación en Tailandia, antes de trasladarse a Nueva Zelandia para realizar trabajos de horticultura, y que se quejaban de la exigencia de tener que trabajar entre 60 y 70 horas a la semana, sin días de descanso y sin pagárseles el salario mínimo. El NZCTU también se refiere a la remuneración por debajo del salario mínimo que perciben los trabajadores migrantes en la horticultura, en la viticultura, en los servicios de alimentación, y en otros servicios e industrias. Raramente los trabajadores presentan una queja formal y no se conoce su estatuto legal, pero se sospecha que algunos trabajan ilegalmente o con un permiso de trabajo limitado que podría revocarse, un tipo de situación que dificulta aún más que los trabajadores busquen información o se quejen de su explotación. La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno, según la cual se investigan activamente las infracciones a la legislación y a la reglamentación del empleo, incluido el pago de los salarios por debajo de la remuneración mínima; los empleadores están sujetos a demandas de pagos y de multas, con independencia de si los empleados afectados son trabajadores migrantes o nacionales. La Comisión solicita al Gobierno que examine la situación de los trabajadores migrantes en los sectores de la horticultura y de la viticultura, así como en la industria de la alimentación y en otras industrias de servicios, con miras a abordar las posibles situaciones de abuso respecto de las condiciones laborales y del impago de los salarios. Sírvase también comunicar información, desglosada por sexo, sobre toda violación detectada o sobre toda queja recibida de la inspección del trabajo, y sobre cualquier decisión pronunciada por los tribunales o por otros tribunales que impliquen violaciones del artículo 6, 1), a), i).

5. Actitudes discriminatorias de los empleadores que limitan las opciones de empleo de los inmigrantes. La Comisión toma nota de que el NZCTU plantea unos asuntos relativos a los prejuicios de los empleadores respecto de los trabajadores migrantes de los países cuyo idioma principal no es el inglés, así como de los trabajadores migrantes cuya apariencia y cuyo nombre den señales de ascendencia extranjera. El NZCTU se refiere a los estudios realizados por las agencias de empleo, que ponen de manifiesto que un nombre que suene a extranjero puede reducir la probabilidad de que un solicitante de empleo pueda conseguir una entrevista de trabajo. Si bien el Gobierno y los servicios comunitarios trabajan con los grupos de inmigrantes para brindarles oportunidades de experiencia laboral y para mejorar sus calificaciones idiomáticas, se requiere trabajar más para impulsar a los empleadores a superar sus prejuicios respecto de los trabajadores migrantes. La Comisión, preocupada de que estos supuestos prejuicios de los empleadores se deriven en una discriminación directa e indirecta de los trabajadores migrantes en el empleo, señala a la atención del Gobierno sus comentarios sobre la aplicación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111).

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.
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