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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

La Comisión toma nota con satisfacción de que se ha dado pleno efecto a los artículos 4, 1) y 8, 3), del Convenio, a través de la adopción de la ley núm. 2009-526, que enmienda el artículo L.4621-1 del Código del Trabajo y que, como consecuencia, elimina la excepción de las empresas de transporte en relación con las disposiciones sobre contaminación del aire, ruidos y vibraciones; y la extensión de la cobertura en virtud del decreto núm. 2009-781, de las disposiciones relativas a la prevención de las vibraciones en las industrias extractivas (minas y canteras).

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

En relación con sus comentarios anteriores relativos a la aplicación del artículo 10 del Convenio, la Comisión toma nota con satisfacción de las disposiciones de los artículos R.233-1, R.233-1-3 y R.233-42, del Código del Trabajo, en su forma enmendada por el decreto núm. 93.41, de 11 de enero de 1993, que prevén la obligación por parte del jefe del establecimiento de poner los equipos de protección individual adecuados a disposición de los trabajadores, y de velar por su utilización efectiva; de reducir, mediante los equipos de protección individual, las vibraciones que superan los niveles perjudiciales para la salud y la seguridad; y de garantizar el buen funcionamiento y el estado de higiene satisfactorio de los equipos de protección individual por medio del mantenimiento, las reparaciones y las sustituciones necesarias.

La Comisión prosigue el examen de algunas otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

No disponible en español.
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