ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
Página de entrada NORMLEX  > Perfiles por país >  > Comentarios > Todos los comentarios

Visualizar en: Inglés - Francés

Caso individual (CAS) - Discusión: 2023, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

2023-SLV-144-Sp

Discusión por la Comisión

Representante gubernamental (Ministro de Trabajo y Previsión Social) - Desde El Salvador, extiendo un fraternal y solidario saludo a toda la clase trabajadora del mundo. Como país fundador, somos respetuosos de los convenios internacionales de la OIT y sus mecanismos de control, como lo es esta comisión. Estamos convencidos del papel fundamental que tienen para alcanzar el trabajo decente y la construcción de la paz en el mundo.

No obstante, quiero expresar mi preocupación, desconcierto e indignación, ya que este mecanismo de control hoy está siendo utilizado con motivaciones políticas. Formamos parte de los Gobiernos invitados a proporcionar informaciones a la Comisión, luego de negociaciones poco transparentes, llenas de recelo y secretismo, distando mucho de los valores que se promueven en esta institución; prácticas que ponen en tela de juicio el liderazgo de la OIT, su honorabilidad, credibilidad y la transparencia de los mecanismos de control de esta Organización.

Es extraño que muchos de los casos con graves violaciones a derechos laborales ni siquiera se ventilen en estos espacios, cabe preguntarse ¿responderá esto a un manejo político o geopolítico de los casos? Las personas que negocian los casos deben cargar en sus conciencias, que mientras están atacando políticamente a países como el nuestro, en otras latitudes hay sindicalistas que están siendo asesinados, torturados y silenciados por defender sus derechos y los de las grandes mayorías.

Me permito hacer la reflexión sobre el apego a los métodos de trabajo de la Comisión; se supone que la selección de casos responde a un criterio de equilibrio geográfico y a la gravedad de los mismos.

Sobre el equilibrio geográfico, la subregión de Centroamérica representa menos del 1 por ciento de la población mundial, mientras que tiene el 17 por ciento de los casos en discusión. Evidenciando una clara desproporcionalidad; pareciera que la mayoría de los problemas del mundo están en esta pequeña subregión.

Si se atiende a la gravedad de la situación, por qué no están ciertos países donde hay violaciones a los convenios fundamentales, donde hay sobrada evidencia de los daños que se están dando, no solo contra los derechos laborales y de sindicación, sino también contra los derechos humanos en entornos de explotación laboral, trabajo forzoso, trabajo infantil, discriminación, asesinatos de líderes sindicales, aprehensiones injustificadas, entre otras. Dicho sea de paso, esos países no aparecen siquiera en la negociación preliminar ni en la negociación final.

¿Por qué no se incluye a países donde se ha visto el uso desmedido de la fuerza policial para aplacar las protestas de trabajadores que se pronuncian contra reformas laborales implementadas de manera inconsulta?

Por otra parte, vemos países con controversiales casos de violaciones de derechos laborales que incluso intentaron corromper parte del liderazgo de los trabajadores a nivel global, para tener opiniones favorables, para limpiar su imagen a nivel internacional.

Vemos países con casos de graves violaciones a derechos de los pueblos indígenas, que no han sido llamados a rendir informe, gracias a su capacidad de lobby, para los cuales, nosotros servimos como moneda de cambio en el proceso de negociación, o el caso de un país hegemónico, donde existen graves y conocidas acciones de discriminación y vulneración de los derechos de los trabajadores migrantes, país a quien nunca hemos visto entre los países llamados a rendir informe, y que, por cierto, es uno de los mayores financistas de la Organización.

No quisiéramos pensar que la proporción de las aportaciones financieras sea una excusa para no ser llamado a rendir informe, mientras que los países con menores posibilidades económicas tengan mayor probabilidad de ser elegidos en este grupo. Por ello, es necesario hacer de forma transparente la negociación de los casos.

Nos sentiríamos orgullosos como país, de presentarnos y venir ante esta comisión, y ante todos los mecanismos de control que tenga la Organización, a rendir todos los informes que crean convenientes, si las graves violaciones a los convenios fundamentales estuvieran resueltas en estas grandes potencias económicas.

El Salvador es un país pequeño, con un pueblo honorable que está redefiniendo su futuro bajo el liderazgo del Presidente Nayib Bukele. Hemos iniciado recuperando nuestra dignidad, y eso implica buscar nuestra propia identidad y determinación, sin la injerencia de otros Gobiernos. Esto crea resquemores e incomodidad en uno de los Estados más poderosos, que por muchos años decidía el rumbo de nuestro país.

Para avanzar en El Salvador, hemos tenido que liberarnos de estructuras de poder que tenían cooptada a nuestra sociedad, esas estructuras han perdido su poder de influencia y eso hace que peleen por recuperar los privilegios que tuvieron por décadas.

Nuestro Gobierno ha tomado la firme decisión de proteger la vida de las personas, enfrentando con valor la criminalidad, uno de los principales problemas que más aquejaba nuestra sociedad. Se ha implementado un plan de seguridad que ha tenido un éxito rotundo, basado en dos enfoques. Por una parte, se han neutralizado las organizaciones criminales y terroristas que, por décadas, llevaron dolor y luto a nuestras familias y, por otra parte, se está invirtiendo en educación, salud, la prevención de la violencia y la construcción de una cultura de paz.

Como en toda política pública hay ganadores y perdedores lo que debemos buscar es el máximo beneficio social para las grandes mayorías. Por lo que hay dos tipos de reacciones: por una parte, hay un amplio y generalizado apoyo por parte de la población que tiene ahora un respiro y una esperanza; mientras que, por otro lado, hay un pequeño grupo que considera que las medidas tomadas no son buenas, estos son principalmente aquellos para los que la inseguridad representaba un negocio. Mientras se da ese debate, lo cierto es que como Gobierno estamos rescatando generaciones de niños y niñas de las garras de la delincuencia, quienes ahora ya no tienen como sueño ser un pandillero, sino un médico, una ingeniera, un arquitecto o una profesora.

Esta oportunidad de soñar con un mejor futuro es algo que por mucho tiempo hemos anhelado. Las medidas económicas y sociales que implementaron los Gobiernos de derecha, cuyos gabinetes de Gobierno provenían de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), dejaron al país hundido en la desesperanza, la pobreza y la exclusión. Mientras ellos, se lucraban y enriquecían.

Quiero resaltar que seguimos fomentando el diálogo social tripartito en nuestro país, por ello hemos institucionalizado el Premio Nacional al Trabajo Decente y el Premio a la Negociación Colectiva, los cuales buscan reconocer buenas prácticas empresariales, en el respeto al marco normativo nacional e internacional en materia laboral, promoviendo las buenas relaciones entre trabajadores y empleadores.

Quiero destacar que, en seguimiento a las conclusiones de esta comisión, el Consejo Superior del Trabajo, fue instalado en 2021, y ha sostenido reuniones, incluso con mayor frecuencia de la que establece su reglamento. El funcionamiento del Consejo pudo ser constatado por la misión tripartita de alto nivel que visitó a El Salvador, con una amplia participación de todos los interlocutores sociales; misión que fue invitada y recibida en el pleno del mismo Consejo.

De igual forma, atendiendo a las conclusiones de la misión de alto nivel y las conclusiones de esta comisión, el Gobierno sometió a consulta ante el Consejo Superior del Trabajo diferentes convenios, protocolos, recomendaciones y memorias.

En nota enviada el 19 de mayo de 2022, se sometieron a consulta tripartita ante el Consejo, tres convenios internacionales de la OIT y siete recomendaciones.

En nota enviada con fecha 1.º de septiembre de 2022, se sometieron a consulta tripartita ante el Consejo, 17 convenios y 1 protocolo de la OIT. En nota enviada con fecha 13 de marzo de 2023, se sometieron a consulta tripartita ante el Consejo, 13 memorias de los convenios de la OIT.

Todas estas consultas se hicieron al sector trabajador y al sector empleador, en cuyo caso fue a través del presidente de la ANEP, el Sr. Agustín Martínez, en su calidad de vicepresidente del Consejo Superior del Trabajo. Cabe destacar que, a la fecha, no se ha recibido respuesta por parte de la ANEP, mientras que sí se han recibido respuestas por parte del sector laboral. Debido a la no respuesta de la ANEP, no se ha podido avanzar en el proceso de ratificación de otros convenios más importantes y avanzar en otros temas.

El año pasado esta comisión calificó, sorprendentemente y por incidencia de la ANEP en sus conclusiones, que era «lamentable» que cinco convenios de la OIT fueran ratificados sin consultar a la organización de empleadores más representativa. Por ello, procedimos a consultar a la ANEP sobre las normas internacionales de trabajo, pero no se ha obtenido respuesta alguna a las comunicaciones remitidas hasta este día. Evidenciando claramente que la ANEP, no es que busque ser consultada o le interese el diálogo social tripartito.

Queda demostrado que sus motivaciones son eminentemente políticas para poder plantearse en este escenario como víctimas, instrumentalizando para sus propios intereses este mecanismo de control.

No obstante, estos procesos de consulta muestran la intensa actividad que mantiene el Consejo Superior del Trabajo, como instancia de consulta sobre las normas internacionales del trabajo. Todo lo anterior ha sido comunicado a las instancias de la OIT correspondientes, pero además de eso, este día dejaremos la documentación que respalda lo antes descrito de manera física a esta comisión.

Además, el Gobierno ha estado abierto a escuchar propuestas por parte de los sectores, como lo ha sido la solicitud del sector laboral para presentar un conjunto de propuestas en materia laboral, las cuales han sido escuchadas, instalando una mesa de diálogo en la que los trabajadores han presentado sus proyectos, como el aumento del salario mínimo, la ratificación de convenios, aportes para la reforma del Código del Trabajo, en la que se incluyen temas como la ampliación de la vigencia de las credenciales sindicales, entre otros, y lo estamos trabajando en conjunto.

La ANEP, se queja reiteradamente de no ser reconocida; lo cual no tiene fundamento al ser su presidente, el vicepresidente del Consejo Superior del Trabajo, en representación del sector empleador. Además, el sector empleador está representado en las instancias bipartitas y tripartitas del país y lo paradójico es que la ANEP se ha negado a que las instancias bipartitas se conviertan en tripartitas. Por eso no vemos la coherencia de su queja ante este organismo de control.

Asimismo, en el marco del diálogo social tripartito, informo que, como parte de los compromisos que el Estado tiene con la dignificación de la clase trabajadora, se promulgó una nueva Ley de Pensiones, llevando equidad y justicia a los trabajadores, esto implicó retirar algunos privilegios que inclusive grandes empresarios tenían a costa de los trabajadores. Esta ley se creó en el Instituto Salvadoreño de Pensiones, conformado de manera tripartita (Gobierno, trabajadores y empleadores), para la administración y gestión de decisiones en torno al sistema previsional en El Salvador, espacio que por mucho tiempo se negó a todos los interlocutores sociales.

Quiero recordar, que el objetivo del Convenio indica en su artículo 2, 1), que todo Miembro de la OIT que ratifique dicho convenio se compromete a poner en práctica procedimientos que aseguren consultas efectivas, entre los representantes del Gobierno, de los empleadores y de los trabajadores, sobre los asuntos relacionados con las actividades de la OIT.

Y que, además, estos asuntos se detallan y delimitan claramente en el artículo 5, 1) del Convenio, los cuales se refieren a: a) la agenda de la Conferencia Internacional del Trabajo; b) la sumisión de los convenios y recomendaciones de la OIT; c) el reexamen de convenios no ratificados; d) la sumisión de las memorias de los convenios, y e) la denuncia de convenios ratificados.

A la luz expresamente del Convenio y revisando las recomendaciones del año pasado de esta comisión, donde manda a El Salvador a derogar 23 decretos legislativos, pregunto: ¿cuál es la base legal para establecer dicha conclusión?, ¿qué artículo del Convenio establece tal potestad?, ¿cuáles son los métodos de trabajo de que obligan a derogar leyes de los países? Creemos que esta conclusión raya con los principios de no interferencia, autonomía y libre determinación de los países.

Casi al cierre de mi participación, reitero mi llamado al liderazgo de la OIT para buscar la transparencia y mantener estos mecanismos de control lejos de las influencias políticas. Los trabajadores del mundo deben ser protegidos y estos espacios han sido creados con este fin, por lo que es necesario hacer un proceso de reflexión profundo.

Finalmente, les reafirmo que nuestro compromiso con los valores y principios de la OIT es inquebrantable, seguiremos trabajando arduamente para fortalecer el diálogo social tripartito y el trabajo decente en El Salvador.

Miembros trabajadores - Esta es la octava vez consecutiva que examinamos el caso de El Salvador en nuestra comisión, y la sexta vez consecutiva en relación al cumplimiento del Convenio núm. 144. En la última sesión, habíamos reconocido algunos avances realizados por el Gobierno. Hemos recibido con satisfacción el hecho de que el Consejo Superior del Trabajo había vuelto a funcionar después de muchos años de haber estado paralizado.

Además, hemos tomado nota de la ratificación de varios convenios de la OIT que entraron en vigor este mes de junio en respuesta a demandas de las organizaciones sindicales hermanas salvadoreñas. Agradecemos la aclaración del Gobierno de que los interlocutores sociales fueron consultados antes de la ratificación de los convenios.

El Gobierno también había aceptado recibir una misión tripartita de alto nivel que tuvo lugar en mayo de 2022. La misión hizo importantes recomendaciones que habían sido consensuadas de manera tripartita. Pese a estos indiscutibles avances, no podemos dejar de mencionar que tal como el año pasado, persisten algunos desafíos en relación con la aplicación del Convenio.

En primer lugar, debemos repetir lo que hemos señalado en otras ocasiones: que persisten los obstáculos legales que impiden a las organizaciones sindicales participar en las instancias tripartitas e incluso poder ejercer libremente sus derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva. En especial, se trata del requerimiento establecido en el Código del Trabajo que obliga a las organizaciones de trabajadores a renovar la composición de sus juntas directivas cada doce meses. Este requerimiento constituye una forma de injerencia en el funcionamiento de las organizaciones sindicales. Cabe recordar que el artículo 3 del Convenio establece que los representantes deben ser designados libremente y que las autoridades públicas se abstendrán de toda injerencia que restrinja o impida el ejercicio legítimo del derecho. Como señaló la Comisión de Expertos, el Gobierno debe adoptar sin demora las medidas necesarias para derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su personalidad jurídica cada doce meses.

Por otra parte, hemos sido informados que, recientemente, el Gobierno ha introducido el pago de tasas por supuestos servicios prestados por el Ministerio de Trabajo, incluyendo la entrega de credenciales a organizaciones sindicales. Esta medida representa un obstáculo adicional a un proceso que ya era de por sí muy oneroso.

Además, tomamos nota de que para las organizaciones que representan al sector empleador el periodo de renovación de las credenciales resulta ser más razonable, porque es un tiempo mayor de dos años.

Tomamos atenta nota de que el Gobierno afirma haber iniciado un proceso de estudio para proponer reformas al Código del Trabajo con el objeto de agilizar y acelerar los procesos para la entrega de credenciales.

También tomamos nota de la decisión del Ministerio de Trabajo de establecer una Oficina de Atención Sindical en la Dirección General de Trabajo, a fines de brindar asistencia jurídica a los representantes sindicales. Instamos al Gobierno a que garantice que esta medida conduzca de manera concreta al pleno cumplimiento del Convenio.

Esta última medida, sin embargo, no representa una solución al problema y, por lo tanto, una vez más, nos vemos obligados a instar al Gobierno a derogar esta obligación legal de manera a cumplir plenamente con las disposiciones del Convenio.

Previamente, habíamos reconocido los pasos positivos dados por el Gobierno para restablecer el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo; sin embargo, entendemos que el pleno del Consejo no se ha reunido desde las conclusiones de esta comisión el año pasado y tampoco ha habido reuniones de su junta directiva durante este mismo periodo.

Se trata de una señal preocupante, ya que la consulta tripartita promovida a través del Consejo podría permitir un enfoque más equilibrado en las decisiones tomadas por el Gobierno, al tomar en consideración intereses y preocupaciones de todas las partes involucradas.

En particular, el Consejo cumple un papel esencial en la implementación de las recomendaciones tanto de la misión tripartita realizada en 2022, como de las conclusiones a las que arriba esta comisión.

Uno de esos puntos es justamente la formulación y elaboración de una hoja de ruta consensuada con los interlocutores sociales para aplicar todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita.

Finalmente, el Gobierno debe cesar cualquier acto de acoso, injerencia u hostigamiento hacia las organizaciones de trabajadores o empleadores. El papel del Gobierno es facilitar y proporcionar una plataforma para un diálogo efectivo entre los interlocutores sociales, sin ejercer una influencia o control indebidos sobre su participación.

Todas estas consideraciones implican que, a pesar de importantes progresos realizados y valorados en el Informe, el Gobierno aún no cumple plenamente los requisitos del Convenio.

Miembros empleadores - Quiero agradecer al Ministro las informaciones que proporciona hoy a esta comisión, a pesar de que adelantamos no compartir el contenido de varias de sus comunicaciones.

Lamentamos, al día de hoy, que no esté acreditado ante esta comisión el delegado empleador de la ANEP, en virtud de que así lo ha dispuesto el Gobierno y, por lo tanto, estará en esta asamblea como representante de la Organización Internacional de Empleadores (OIE).

Quiero empezar entonces refiriéndome a este caso que se refiere al Convenio núm. 144 destacando la preocupación que tenemos como sector empleador, resaltando la preocupación que significa que tengamos que tratar por sexta vez consecutiva este mismo asunto, ante una situación que, de fondo, permanece prácticamente igual, es más, la situación en algunos casos se ha deteriorado.

Recordamos con preocupación que la Comisión de Expertos lleva desde 2013 y solo interrumpido en el 2020, haciendo comentarios en la misma línea por razón de incumplimiento tanto en la legislación como en la práctica por parte de El Salvador del Convenio núm. 144, un convenio de gobernanza muy relevante para la OIT, que continúa sin cumplirse ante la utilización errática del Consejo Superior del Trabajo: la interferencia gubernamental en la administración y funcionamiento de la ANEP, organización de empleadores más representativa; ataques a sus dirigentes y serias deficiencias en el funcionamiento del diálogo social y la consulta tripartita; así como demora en la entrega de las credenciales a los miembros de las organizaciones de trabajadores.

Procederé a detallar información concreta que así lo demuestra. La falta de cumplimiento del Convenio es muy grave a juicio del Grupo de los Empleadores, sobre todo por su conexión con el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), fundamental para esta casa. De allí la nota de grave y urgente que le otorgamos a este caso.

Primeramente, en cuanto a la reactivación y el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo y las deficiencias en las consultas tripartitas. En primer lugar, recordaremos que el Consejo Superior del Trabajo se instaló temporalmente en 2019, más de manera simbólica que de otro modo, eso ya lo vimos el pasado año. Posteriormente y tras la interrupción de la pandemia y postpandemia el Gobierno, nuevamente, ha instalado el Consejo Superior del Trabajo en diciembre de 2021. La información aportada por el mismo indicaría que se avanza en el diálogo social con la elección de los representantes de los trabajadores, empleadores y gubernamentales. El Gobierno añade que desde entonces el Consejo Superior del Trabajo ha tenido 5 reuniones, 10 de su junta directiva (se reúne más veces que las establecidas) y se ha utilizado para la construcción de una estrategia tripartita de generación de empleo decente contando con la asistencia técnica de la Oficina Subregional de la OIT.

Sin embargo, se destaca que la OIT realizó una misión de contactos directos en mayo de 2022. Aunque la misión constató que el Consejo Superior del Trabajo había vuelto a funcionar, tanto la Confederación Sindical Internacional (CSI) como la OIE señalan anomalías en su funcionamiento que incumplen los términos del Convenio. De tal manera que, tras finalizar la misión de la OIT, el Consejo no se ha vuelto a reunir. La única sesión que se convocó no tuvo el quorum necesario al no acudir ni el presidente, ni su suplente. Además, el Gobierno se comprometió con la misión a realizar una consulta sobre la ratificación de los cinco convenios de la OIT en el Consejo Superior del Trabajo, lo cual no sucedió.

Esto está teniendo consecuencias en los procesos de reforma de la legislación laboral en El Salvador, ya que no se está consultando ni con el Consejo Superior del Trabajo ni con los interlocutores sociales. Prueba de esto es que, previa a la aprobación en dos semanas de cinco convenios de la OIT sometidos a la Asamblea Nacional en mayo de 2022, no se realizó ninguna consulta con la ANEP como la organización más representativa del grupo de empleadores, mostrando un claro desprecio al diálogo social y a la consulta tripartita y vulnerando tanto la legislación nacional como el articulado del Convenio. Este hecho ya fue manifestado cuando vimos el caso el año pasado.

Aunque no se cuestiona la voluntad soberana de la Asamblea Legislativa de El Salvador, consideramos gravísimo que el Gobierno desprecie el Convenio en su artículo 5, eso sin perjuicio de que el adecuado cumplimiento de los tratados solo puede ser efectivo cuando se han podido realizar análisis exhaustivos de las implicaciones en la legislación y en la práctica de los efectos de la transposición de una norma internacional a la norma interna y eso contando con la consulta más representativa de los grupos de empleadores y de trabajadores.

En lo referente a la hoja de ruta que esta comisión solicitó el año pasado, nos consta que ni el Consejo Superior del Trabajo ha sesionado al respecto, ni ha sido consultado para la elaboración tripartita de la aplicación de las recomendaciones surgidas de la misión.

Segundo, con respecto a la injerencia del Gobierno. Desde la OIE se manifiesta que la injerencia del Gobierno continúa a través del hostigamiento tanto a la ANEP, como a sus entidades miembros, cada vez hay que elegir representantes a algún organismo. Se cita el caso de Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) en la observación como de injerencia y debilitamiento, pero también se nombran una serie de ejemplos más donde no han sido elegidos los directores de los empleadores: la Autoridad Marítima Portuaria; el Centro Internacional de Ferias y Convenciones; la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA); la Corporación Salvadoreña de Turismo (CORSATUR); el Fondo Ambiental de El Salvador (FONAES), y el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO).

Entre abril y julio de 2022, el Gobierno llevó a cabo la elección de representantes de los empleadores en el Consejo Nacional del Salario Mínimo, en que las organizaciones afiliadas a la ANEP enviaron candidatos. Sin embargo, hasta cuatro meses después de las elecciones, los elegidos no han tomado sus juramentos.

El Gobierno ha sostenido que trabaja tripartitamente de manera armoniosa, profesional y técnica. No obstante, el caso de mayor injerencia y gravedad ha sido las reformas a 23 leyes, a través de las cuales el grupo de empleadores ha dejado de elegir a sus representantes en las juntas directivas de las 23 entidades tripartitas y paritarias que son el objeto de dichas leyes. Dicha facultad ha sido transferida al Presidente de la República, quien no solo elige a los representantes del grupo de empleadores, sino también tiene la facultad de destituir de manera discrecional y arbitraria a los directores del grupo de empleadores en las juntas directivas de esas 23 entidades.

Por último, quiero hacer referencia a que, recientemente, desde el Ministerio de Trabajo, se señaló que no se iba a invitar a la ANEP a la Conferencia, en virtud de que la ANEP había incidido para que El Salvador estuviera en la lista corta de esta comisión. Esto no puede quedar al arbitrio del Gobierno, ya que esto es una obligación que asume el Estado como Miembro de esta casa y como ratificante del Convenio y se ha utilizado también esta situación para generar presión sobre determinados delegados empresariales para que abandonen la cúpula de la ANEP.

Esta situación, que denunciamos, resulta extremadamente grave y, además de violar el Convenio, también infringe el Convenio núm. 87, como ya ha sido manifestado.

Por último, compartimos las aseveraciones del sector trabajador en cuanto a los obstáculos que tienen los sindicalistas, las autoridades y los gremios sindicales para obtener de forma oportuna y ágil las credenciales que se les requiere anualmente, lo que también significa una injerencia indebida a la actividad sindical en El Salvador.

Miembro trabajador, El Salvador - Quiero referirme a la libertad sindical en el país, si bien existen desafíos importantes, ahora tenemos un espacio para el fortalecimiento del movimiento sindical, la promoción de la negociación colectiva, el trabajo decente y la reducción del estigma hacia los sindicalistas, estigma que heredamos de los Gobiernos de la derecha.

Sobre la consulta tripartita, quiero poner de manifiesto que, como sector laboral, estamos plenamente representados en las instancias tripartitas, y hemos elegido a nuestros representantes sin intervención del Estado, ya que hemos hecho valer nuestra independencia y autonomía. Hemos conquistado espacios de diálogo y hemos sido escuchados para la construcción de políticas públicas que benefician a nuestro pueblo.

Por ejemplo, la reciente reforma de pensiones tuvo en consideración los aportes de los trabajadores, y se ha creado el Instituto Salvadoreño de Pensiones, una nueva instancia tripartita para la gobernanza del sistema previsional, en la que hay participación de trabajadores y empleadores, en línea con el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102), recientemente ratificado. En el pasado, los trabajadores no teníamos acceso a incidir en la administración de las pensiones, algo que era exclusivo de la empresa privada.

Durante los últimos tres años, el movimiento sindical ha crecido en 65 nuevos sindicatos y 4 federaciones de trabajadores. También se han celebrado 58 contratos colectivos, 35 de ellos en el sector privado, 11 en las autónomas y 12 en el sector público.

También reconocemos que se ha avanzado para reducir el retraso de entrega de credenciales, muchos sindicatos hemos hecho uso de las asesorías que brinda la Unidad de Atención Sindical que se creó en 2022 en el Ministerio de Trabajo, reduciendo sustancialmente los tiempos de espera para obtener nuestras credenciales.

Como movimiento sindical hemos presentado al Gobierno un conjunto de propuestas en materia laboral. Estableciendo mesas técnicas con el Ministerio de Trabajo, estas propuestas van en el sentido del incremento del salario mínimo, ratificación de convenios, seguro por desempleo, y reforma del Código del Trabajo, en el que hemos solicitado extender la vigencia de las credenciales sindicales a tres años. Lo cual sin duda será un progreso sustantivo, por lo cual hacemos un llamado al Gobierno para poder impulsar a la brevedad posible esta reforma ante el Congreso del país.

También como sector trabajador hemos participado activamente en el Consejo Superior del Trabajo, tanto en las reuniones que se han sostenido, como en los procesos de consulta que se le han realizado a nuestro sector, en relación con la sumisión de convenios y la remisión de memorias de convenios, por nuestra parte, hemos revisado, discutido y remitido nuestros comentarios y propuestas, a través del vicepresidente de nuestro sector ante el Consejo.

Hoy algunas organizaciones señalan que no existe libertad sindical en El Salvador. Cabe recordar que, por muchos años, durante los Gobiernos de la derecha el movimiento sindical fue vapuleado, reducido y estigmatizado. Privatizaron la banca en el país, el sistema de pensiones, las telecomunicaciones, la distribución de energía, pactaron con pandillas y grupos criminales y muchas cosas más que se repartieron y nunca hicieron una consulta tripartita para ello.

Incluso intentaron privatizar la salud y la educación y lo único que detuvo esa privatización fueron las marchas y luchas del movimiento sindical auténtico, ante la represión y violencia del Gobierno en turno, donde incluso muchos compañeros sindicalistas perdieron la vida.

En representación del sector laboral quiero hacer mis valoraciones sobre la ANEP, institución que ha presentado la queja ante esta comisión. Mi país, por décadas fue mancillado y corrompido, por estructuras de poder, que cooptaron al Estado y sus instituciones para beneficio propio. Estas estructuras de poder estuvieron siempre alineadas a la ANEP.

(Moción de orden).

Miembros empleadores - Creo que la intervención que se está realizando abandona el objetivo de esta deliberación del día de hoy y se escapa de los límites de nuestro diálogo, sobre todo cuando identifica, editorializa y adjetiva a una organización con nombre y apellido que no es lo que venimos a discutir en el día de hoy. Por tanto, pido que se guie el diálogo hacia el objetivo de esta reunión y por supuesto se eliminen de las actas cualquier mención que identifique a la organización empresarial a la que se hace referencia.

Miembro trabajador, El Salvador - Tal es así que, uno de los expresidentes de la plataforma política para posicionar a sus candidatos presidenciales, como es de conocimiento público, ahora está preso por graves delitos de corrupción y desfalco del Estado. Es por ello por lo que, como trabajador, vemos con indignación el acto hipócrita de figurarse como la víctima de un sistema cuando por años han vulnerado los derechos de millones de trabajadores.

Durante veinte años la ANEP gobernó a través de su partido político ARENA, y en aquella época, la OIT no registraba problemas de diálogo social tripartito en El Salvador; esto no porque no existiera el verdadero diálogo social tripartito sino porque la ANEP era quien decidía todo y porque corrompía a falsos representantes sindicales, dándoles privilegios siempre que estuvieran alineados a sus intereses, sin importarles el flagelo a la clase trabajadora, dicho sea de paso algunos de esos falsos sindicalistas han estado extorsionando a empresas y siguen defendiendo a la ANEP incluso en estos espacios.

Por ello, es que ahora ante la pérdida de estos privilegios, instrumentalizan los mecanismos de control de la OIT para ventilar cuestiones meramente políticas, bajo el falso argumento del diálogo social y la democracia. Cuando ellos nunca dialogaron, hacían e imponían su voluntad.

Ahora que no pueden imponer, que han perdido el rol de decirle al Gobierno lo que debe hacer, se consideran afectados y vulnerados. Durante sus Gobiernos, cuando reprimieron y mataron sindicalistas, cuando aprobaron cientos de leyes inconsultas para sus beneficios, nunca elevaron una queja ante la OIT e incluso bloquearon los mecanismos de acceso del movimiento sindical auténtico a esta Organización.

Incluyen al país en los casos individuales, por un tema en el que se está avanzando a nivel nacional, mientras que nuestros hermanos sindicalistas en otros países son apresados, asesinados y desaparecidos. Creemos que esos son los casos que se deben discutir en este espacio. En ese sentido, también quiero referirme a la forma en cómo se eligen a los países que son llamados ante esta comisión.

Me parece que al proceso y la negociación le hace falta transparencia y para garantizar la objetividad e imparcialidad en la toma de decisiones de la Comisión. Es necesaria la participación del sector de cada país, porque las opiniones del sector laboral auténtico no han sido tomadas en cuenta. Incluso las reuniones ni siquiera son públicas, no se sabe ni dónde ni cuándo negocian los países que ingresan en la lista corta. Además, no podemos negar que hay interés de países poderosos, que están usando estos espacios como mecanismos de presión geopolítica, como es el caso del imperio.

En nuestro país tenemos muchos desafíos, los cuales debemos enfrentar, y el movimiento sindical salvadoreño está comprometido con avanzar hacia una sociedad más justa y equitativa.

En tercer lugar, vemos con buenos ojos que en el país hay libertad de empresa, se promueve la inversión privada, lo cual se refleja en una gran cantidad de nuevas empresas creadas, siendo esto un pilar fundamental para la generación de empleo decente y el desarrollo del país.

Por otra parte, lamentamos el poco reconocimiento de la información remitida por el movimiento sindical auténtico del país, y en su lugar se tome como criterio general a un minúsculo grupo de pseudo sindicalistas que han estado vinculados siempre a la ANEP.

Finalmente, hacemos un llamado al Gobierno a no dar marcha atrás a las políticas públicas implementadas, ceder ante las presiones de la ANEP, es reducir espacios para el movimiento sindical auténtico y genuino y no retroceder en las políticas de protección de los millones de trabajadores salvadoreños.

(Moción de orden).

Miembros empleadores - Quiero que conste que el sector empresarial rechaza absolutamente los dichos que involucran a las valoraciones de la ANEP por que están fuera del cometido de y nosotros queremos que en ese sentido queden fuera de las actas toda la mención que ha hecho el orador hacia la ANEP. Nosotros vinimos acá con un objetivo en el día de hoy que es discutir el cumplimiento o el eventual incumplimiento del Convenio y en ese sentido estamos abiertos y con buena disposición a dialogar. De esta otra manera, pedimos que se contemple la aspiración del grupo empleador.

Miembro gubernamental, Suecia - Tengo el honor de hablar en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Se suman a la presente declaración Bosnia y Herzegovina, Macedonia del Norte, la República de Moldova, Montenegro y Serbia, países candidatos a la adhesión, y Noruega, país de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y miembro del Espacio Económico Europeo.

La Unión Europea y sus Estados miembros están comprometidos con el fomento, la protección, el respeto y el cumplimiento de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales. Promovemos activamente la ratificación universal y la aplicación de las normas internacionales del trabajo fundamentales. Apoyamos a la OIT en su papel indispensable de desarrollar, promover y supervisar la aplicación efectiva de las normas internacionales del trabajo ratificadas y de los convenios fundamentales en particular. Creemos firmemente que el cumplimiento de los convenios de la OIT es esencial para la estabilidad social y económica y que un entorno propicio al diálogo, la consulta y la confianza entre empleadores, trabajadores y Gobiernos es la base de un crecimiento sólido y sostenible y de sociedades inclusivas.

La Unión Europea y sus Estados miembros apoyan al pueblo de El Salvador y nos comprometemos a reforzar nuestra cooperación a través de lazos políticos y comerciales, así como de nuestra importante cartera de cooperación. El Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Unión Europea y América Central y la aplicación provisional del pilar comercial del Acuerdo de Asociación Unión Europea-Centroamérica constituyen un marco para seguir desarrollando nuestra asociación, en particular mediante la cooperación en materia de comercio, desarrollo sostenible y aplicación efectiva, en la legislación y en la práctica, de los convenios fundamentales de la OIT. Además, estamos debatiendo actualmente el establecimiento de un memorando de entendimiento sobre consultas bilaterales que permitirá intensificar nuestro compromiso y diálogo bilaterales con El Salvador.

El año pasado, la Unión Europea acogió con beneplácito las medidas adoptadas por el Gobierno para dar cumplimiento al Convenio, incluido el restablecimiento del Consejo Superior del Trabajo para el bienio 2021-2023 y la creación de una comisión técnica tripartita para hacer operativa la agenda del Consejo. Sin embargo, tomamos nota con preocupación de las observaciones de la CSI y de la OIE relativas a la complejidad del actual proceso administrativo de designación de los representantes de los empleadores y de los trabajadores; el número de puestos vacíos en el órgano, que obstaculiza la representatividad del Consejo Superior del Trabajo; los obstáculos jurídicos y el complejo proceso de designación; y la inactividad del propio Consejo.

Estamos profundamente preocupados por la situación de los derechos humanos en el país, entre otras cosas por las nuevas denuncias de actos de injerencia y acoso contra las actividades de las organizaciones de empleadores y de trabajadores y de marginación de las mismas, incluso en las redes sociales. Lamentamos que 23 decretos adoptados en 2021 impidan a las organizaciones de empleadores elegir a sus representantes en 23 órganos tripartitos y paritarios y pedimos al Gobierno que los derogue. También debe derogarse la obligación de los sindicatos de solicitar la renovación de su personalidad jurídica cada doce meses.

Tomamos nota con tristeza de los pasos atrás que se han dado con respecto a las expectativas de los últimos años, a saber, que el diálogo social y las consultas tripartitas fueran plenamente funcionales en el país. Tomamos nota de que el caso ya se ha debatido en las últimas cinco reuniones de la Comisión, incluso como caso grave en 2017.

Instamos al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento efectivo e inmediato del Consejo Superior del Trabajo y otras entidades tripartitas, respetando la independencia de los interlocutores sociales, incluido en el nombramiento de sus representantes.

Reiteramos el llamamiento de la Comisión de Expertos instando al Gobierno a respetar plenamente la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, tanto en la legislación como en la práctica. Pedimos al Gobierno que aplique las medidas esenciales para garantizar sin demora la derogación de toda disposición jurídica que permita cualquier injerencia en la autonomía de estas organizaciones, de conformidad con los instrumentos ratificados por el país. Esto incluye también que el Gobierno tome las medidas necesarias para garantizar la pronta entrega de credenciales a todas las organizaciones.

Nos hacemos eco del llamamiento urgente de la Comisión de Expertos para que el Gobierno proporcione información detallada y actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas, incluido en el seno del Consejo Superior del Trabajo. Esperamos que el Gobierno cumpla con estas obligaciones de presentación de memorias.

Recordamos la importancia de la asistencia técnica de la OIT para facilitar el cumplimiento de todos los convenios de la OIT ratificados y la promoción del tripartismo. Subrayamos asimismo que el alcance y el contenido de dicha asistencia deberían definirse a través del diálogo social, por ejemplo en el marco del Consejo Superior del Trabajo.

Esperamos que se avance lo antes posible en la consecución de un cumplimiento pleno y sostenido del Convenio, habida cuenta de los problemas pendientes desde hace tiempo y de la importancia crucial de un diálogo social que funcione correctamente. A este respecto, recordamos que el Gobierno debería elaborar, de manera tripartita, una hoja de ruta para aplicar, sin demora, las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT, tal como solicitó esta comisión el año pasado.

La Unión Europea y sus Estados miembros mantienen su compromiso de colaborar de forma constructiva con El Salvador con el fin de reforzar la capacidad del Gobierno para abordar las cuestiones planteadas en el Informe de la Comisión de Expertos.

(Moción de orden).

Representante gubernamental - Creo que este es el mejor escenario para que todos los actores tengan toda la oportunidad de poder dar todos sus planteamientos. Exactamente esa acción que acaba de hacer la representación del sector empleador es la esencia, que puede quedar demostrada ante este escenario, de no querer permitir incluso libertad de expresión de la verdadera clase trabajadora. Solamente pedí que todo el mundo desarrolle en un clima normal, tranquilo y que todo siga el desarrollo de la reunión normalmente y dejemos la participación abierta para todos los sectores.

Miembro gubernamental, Colombia hablando en nombre de una amplia mayoría de países de América Latina y el Caribe - Agradecemos la retroalimentación brindada por el Gobierno, a través del Ministro de Trabajo y Previsión Social, Sr. Rolando Castro, relativas al cumplimiento del Convenio.

Hemos sido informados de los avances significativos que El Salvador ha realizado en la promoción del diálogo so/cial tripartito. Como lo establece el reglamento del Consejo Superior del Trabajo en su artículo 11, el mismo deberá reunirse por lo menos dos veces al año en sesión plenaria ordinaria cada vez que lo convoque el presidente o a petición de uno de los vicepresidentes, que en este caso son los interlocutores sociales.

En 2022, como lo señaló el Gobierno, el Consejo Superior del Trabajo sostuvo cinco reuniones, durante las cuales se discutieron importantes temas, tales como la Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, la cual fue sometida a consulta en el marco del Consejo, recibiendo aportaciones tanto de trabajadores como de empleadores y finalmente entrando en vigor en enero de 2023.

Asimismo, se conformó una comisión técnica tripartita para el estudio de dicha ley y la elaboración consultiva de la Estrategia nacional de generación de empleo decente. Tomamos nota de lo señalado por el Gobierno que esta comisión también está a cargo de darle seguimiento a la sumisión de convenios, protocolos y recomendaciones internacionales, razón por la cual les fue remitido a consulta, según lo estipulado en el proceso de sumisión, tres convenios y siete recomendaciones de la OIT.

Destacamos que, en mayo de 2022, una misión tripartita de alto nivel presidida por la delegación de México visitó El Salvador y pudo verificar el funcionamiento de esta instancia. De igual manera, es importante destacar que en El Salvador las instituciones tripartitas legalmente constituidas funcionan y sesionan permanentemente, siendo esto una muestra de respeto al diálogo social tripartito.

Todo lo anterior contrasta con la inclusión nuevamente de El Salvador en la lista de los 24 países llamados a brindar un informe ante la Comisión. Por lo que, alentamos el compromiso del Gobierno con la aplicación del Convenio y animamos a la OIT a continuar facilitando cooperación técnica al Gobierno y a todos los mandantes tripartitos.

Miembro empleadora, Colombia - En primer lugar, es importante tener en consideración que esta es la sexta vez que se analiza el cumplimiento del Convenio en el marco de la Comisión. En 2022 esta misma comisión presentó una serie de conclusiones, pero lamentablemente el Gobierno no ha cumplido con ninguna de estas. En ese sentido, me permito referirme a dos aspectos fundamentales del caso.

El Convenio, en su artículo 2, hace referencia al compromiso de realizar consultas efectivas y tiene como fundamento básico el diálogo social que constituye, además, una herramienta esencial para la construcción de propuestas conjuntas entre los trabajadores, los empleadores y el Gobierno; que promuevan el crecimiento, la paz y el bienestar general.

Preocupa por lo anterior que, a pesar de esos llamamientos reiterados de los órganos de control de la OIT, el Consejo Superior del Trabajo continúe inactivo desde mayo de 2022, negándose el diálogo social tripartito con las organizaciones más representativas.

Reiteramos que es de la mayor importancia que las consultas se realicen en un marco de buena fe y confianza y se permita a los empleadores y los trabajadores expresar sus opiniones, análisis y propuestas para lograr verdaderos consensos y avanzar en la búsqueda de mejoramientos en las relaciones laborales a través del diálogo social.

En segundo lugar, sobre los representantes de los trabajadores y de los empleadores es preciso señalar que estos deben ser elegidos libremente y estar representados en plena igualdad como establecen los Convenios núms. 87 y 144 en su artículo 3. La Comisión de Expertos ha indicado en reiteradas oportunidades que corresponde a las organizaciones de los trabajadores y de los empleadores las condiciones de elección de su dirigente y las autoridades deberían abstenerse de cualquier tipo de injerencia indebida en el ejercicio de este derecho.

Es por lo anterior que observamos con preocupación que el Gobierno, por una parte, continúe desconociendo a la ANEP como entidad más representativa de los empleadores en El Salvador y, por otro, no se haya acreditado a los empleadores designados por la ANEP para participar a esta Conferencia; desconociendo por completo el espíritu de la Constitución de la OIT y negando el derecho a la organización más representativa de los empleadores de nombrar a sus delegados. Este incumplimiento se circunscribe en un ambiente contrario a las libertades y en particular a la libertad de asociación en El Salvador.

En conclusión, solicitamos al Gobierno que, en respeto y cumplimiento del Convenio, reconozca a la ANEP como organización de empleadores más representativa; convoque lo antes posible la reactivación del Consejo Superior del Trabajo para avanzar en el diálogo social tripartito y realice consultas efectivas sobre los asuntos relacionados con la OIT y todos los temas vinculados con las políticas laborales y sociales del país.

Miembro gubernamental, Panamá - El proceso fundamental de la OIT de promover la paz en el mundo bajo un espíritu colaborativo para procurar la protección de los derechos laborales tiene como base el diálogo social tripartito.

Por eso, en el marco de la discusión de este caso individual, recordamos que el objetivo del Convenio, ratificado por el Salvador en 1995, es la consulta tripartita sobre los asuntos relacionados con las actividades de la OIT, las cuales se delimitan en sus artículos 2 y 5. Ponderamos, en tal sentido, el compromiso de El Salvador con los mecanismos de control de esta Organización expresados en el informe de la misión tripartita de alto nivel que visitó El Salvador en 2022 como seguimiento a las conclusiones de esta comisión.

Esta misión de alto nivel, según se nos ha informado, fue invitada y recibida en el pleno del Consejo Superior del Trabajo salvadoreño, constatando su instalación y funcionamiento y la misma planteó algunas recomendaciones para avanzar en la construcción del diálogo social tripartito.

A la luz de este informe, reconocemos que la instalación del Consejo, en sí mismo, es un avance importante, ya que dicha instancia llevaba muchos años sin funcionar en El Salvador.

También destacamos las comunicaciones que el Gobierno ha remitido a los trabajadores y a los empleadores en el sentido de someter a consultas tripartitas: 20 convenios, 7 recomendaciones y 1 protocolo de la OIT, así como 13 memorias de convenios, las cuales han sido sometidas ante los vicepresidentes del Consejo Superior del Trabajo, dando cuenta de una importante actividad en el interior del mismo y en línea con las recomendaciones de y el Convenio.

Panamá tiene una larga historia de diálogo social tripartito. En este momento nos encontramos en el proceso de instalación del Consejo Superior del Trabajo. Es importante, por lo tanto, ver si el objetivo de las consultas está limitado a las normas internacionales del trabajo, por lo que no todas las cuestiones de cada país deban ser sometidas a consultas tripartitas, sino aquellas referidas al mundo del trabajo sin desmeritar el importante valor del diálogo social en nuestros países.

Alentamos, entonces, a los actores tripartitos de El Salvador a avanzar por el camino del diálogo, exhortamos a los interlocutores sociales a facilitar sus respuestas ante la consulta realizada por el Gobierno para la promoción de la paz social y el bienestar social, laboral y económico.

Miembro empleador, Honduras - En esta ocasión estamos revisando un convenio de gobernanza de nuestra Organización y en la cual el Gobierno ha hecho caso omiso a la aplicación efectiva de las disposiciones de este convenio y en perjuicio del diálogo social y de la organización de empleadores más representativa de ese país, como es la ANEP.

Como se recordará el Gobierno emitió 23 leyes quitándole la representación en igual número de organismos de diálogo bipartito y tripartito a la ANEP y, aunque esta comisión emitió sus observaciones y conclusiones para que se derogaran esas leyes y se diera el respeto debido a la organización empresarial, eso no ha ocurrido hasta la fecha de hoy. Es más, el Gobierno ha estado nombrando representantes empleadores de manera directa, obviando a las organizaciones de empleadores. No ha establecido de manera tripartita la hoja de ruta para restablecer el diálogo y la consulta tripartita.

Siguen los ataques a los directivos y organizaciones integrantes de la ANEP, con el objeto de presionar a la organización y sus miembros a renunciar a sus cargos, en especial aquellos que tienen trabajos o contratos con el Estado. Aspecto que es inaceptable, aspecto que no debe ser tolerado por esta casa.

Con el deseo de desconocer y en claro desprecio a la organización representativa de El Salvador, el Gobierno acreditó a un representante empleador sin haber sido propuesto o sin haber sido escuchada la opinión de la ANEP para esta Conferencia, como parte del ataque directo al sector empleador de El Salvador y violatorio al Convenio y a la Constitución de la OIT.

Queremos resaltar que existe una clara contradicción en los documentos que envía el Gobierno, primero reconoce que la ANEP es la organización más representativa de los empleadores y luego le quita el derecho de consulta y de representación, por lo que hace caso omiso a lo establecido en los Convenios núms. 87 y 144 de la OIT.

Miembro trabajador, Argentina - Me dirijo a ustedes en nombre de las tres centrales argentinas. En este caso, la OIE denuncia al Gobierno por supuestas violaciones a los Convenios núms. 87 y 144.

Si bien se analiza el caso a la luz del Convenio, la inclusión por la OIE de ligar el Convenio núm. 87 con el Convenio núm. 144 es acertada porque no puede haber mecanismos de consulta tripartita para la aplicación de las normas internacionales del trabajo, sin organización de empleadores y de trabajadores que los representen. En este sentido, recordamos a la OIE que el Convenio núm. 87 no se agota en el derecho de asociación, sino que abarca a la libertad sindical y su plan de acción, que no describe literalmente, pero que entre ellos comprende al derecho de huelga. El derecho de huelga es inescindible de la libertad sindical, como lo es el derecho a la organización para la consulta tripartita del Convenio.

Por otra parte, la OIE y la ANEP formulan una serie de planteos denunciando que el Gobierno habría incumplido el Convenio, lo cual no se ajusta a lo que realmente sucede en El Salvador y seguramente por eso quieren permanecer en el anonimato.

Mientras la OIE y la ANEP denuncian la falta de diálogo social en El Salvador, la ANEP participa regularmente en cinco espacios de diálogo social, en los cuales se destaca que la ANEP preside uno de ellos, como lo es el Instituto de Formación Profesional.

Respecto del Consejo Superior del Trabajo, ha tenido cinco reuniones plenarias y diez reuniones de su junta directiva, de acuerdo al artículo 11 de su reglamento interno que prevé que deberá reunirse al menos dos veces por año y la ANEP participó en ellas.

Cuando se instaló el Consejo Superior del Trabajo (2021-2023), los representantes de los trabajadores y de los empleadores fueron electos de manera libre e independiente, con arreglo al artículo 4 del reglamento.

El Consejo Superior del Trabajo se encuentra activo, abordando desde el tripartismo las cuestiones que son de su competencia, por ejemplo, el acuerdo en la construcción tripartita de una Estrategia para la generación de trabajo decente.

No obstante, y ante el reclamo de los trabajadores, solicitamos al Gobierno la adopción sin demoras de la hoja de ruta solicitada por la Comisión de la Conferencia respecto de la entrega de las credenciales y valoramos la instalación de la Oficina de Atención Sindical que brinda asistencia jurídica a los representantes, para agilizar los procesos de entrega de dichas credenciales, la extensión de los plazos de dichas credenciales y la reforma del Código del Trabajo.

Es decir, el Gobierno está haciendo esfuerzos con la obligación prevista en el Convenio, convocando y promoviendo espacios de consulta y diálogo, asegurando el goce de la libertad sindical para los representantes de empleadores y de trabajadores conforme a los Convenios núms. 87 y 144.

Miembro gubernamental, República Dominicana - Saludamos los esfuerzos que está haciendo el Gobierno a través de su Ministerio de Trabajo, que ha demostrado tener un alto compromiso por fortalecer el cumplimiento de las normas que originan la discusión en este foro. Vemos con agrado los avances señalados por el Gobierno que indican, de primera intención, un compromiso hacia la solución y superación de cualquier evento que haya sido señalado por interlocutores sociales de ese país.

Por otro lado, nos causa esperanza el saber que desde el Gobierno se manifiesta un alto interés en hacer cumplir la legislación laboral y las normas internacionales del trabajo, emanadas de esta casa. Invitamos a El Salvador a continuar con estas buenas prácticas y alentamos a que se fortalezca el trabajo que se encuentra en proceso.

Miembro empleador, Costa Rica - El sector empresarial costarricense mira con preocupación el caso de violación del Convenio por parte del Gobierno, ya que es un tema que se ha discutido durante varios años, un convenio de gobernanza de esta casa.

Este tipo de convenios son clave, debido a su importancia en el funcionamiento del sistema de normas internacionales del trabajo. Una sociedad que no permita el diálogo social, que no permita a nivel interno de cada país asegurar la participación de empleadores y de trabajadores, de manera libre e independiente, no es una democracia plena y no podrá lograr términos equitativos de empleo, de condiciones de trabajo decente, seguridad y salud en el trabajo y desarrollo para el beneficio de todos.

La finalidad de que, en juntas, comisiones y otros cuerpos colegiados dentro de las instituciones autónomas y descentralizadas de los Estados haya participación de diversos actores sociales, es para apoyar el desarrollo de los países a través de contralorías sociales, de generación de transparencia, enriqueciendo las discusiones y las soluciones que se planteen.

Desconocer el rol de la ANEP y obligar a sus afiliados a renunciar a su membresía mediante la negación de autorizaciones rutinarias y especiales que gestionan en las oficinas públicas, tales como permisos de construcción, de exportación, de importación, permisos sanitarios, entre otros, son prácticas coercitivas y abusivas, que violentan la libertad de asociación.

Para que haya diálogo social y tripartismo deben existir organizaciones de trabajadores y de empleadores sólidas e independientes, con capacidad técnica y con acceso a la información necesarios, voluntad política y el compromiso de todas las partes interesadas, respeto de los derechos fundamentales de la libertad sindical y la negociación colectiva.

Reiteramos nuestra observación en discusiones anteriores, sobre el mal precedente a nivel internacional que representa la injerencia por parte de las autoridades salvadoreñas en los procesos de designación de representantes en las entidades públicas tripartitas y paritarias y no podemos dejar de lado la terrible situación que se ha presentado este año, en la que el Gobierno no comunicó ni permitió que la ANEP nombrara el delegado del sector empleador que participaría en esta Conferencia.

Instamos al Gobierno a ser respetuoso con lo indicado por el Convenio que tiene ratificado, entendiendo que, según su propia Constitución, el Convenio tiene rango de ley y en caso de entrar en conflicto con otras leyes, debe prevalecer sobre ellas.

Es importante que se le permita al sector más representativo del grupo de empleadores de El Salvador, la ANEP, participar de los espacios de diálogo social que le corresponden, a fin de fortalecer la democracia y combatir el autoritarismo, lo que repercute en beneficio del desarrollo del país.

Miembro trabajadora, Perú - Respecto al caso en mención nos centraremos en el obstáculo legal del artículo 203 del Código del Trabajo que obliga a la renovación de la nómina de las juntas directivas cada año o su equivalente de doce meses. Cabe precisar que las organizaciones de empleadores tienen un plazo mayor para la renovación de sus juntas directivas, el cual es de dos años.

Este requerimiento, que a la fecha no ha sido modificado, constituye una injerencia a la autonomía sindical de las organizaciones de trabajadores y trabajadoras de redactar sus estatutos y el de elegir libremente sus representantes, es decir, el poder establecer el plazo de vigencia de las juntas directivas. El Gobierno con esta norma estaría incumpliendo lo señalado en el artículo 3 del Convenio núm. 87 de la OIT.

Si bien se está debatiendo la modificación del Código del Trabajo; sin embargo, por las implicancias de este artículo, las medidas del Gobierno deben ser inmediatas, ya que mientras no estén vigentes las juntas directivas o no se renueven a tiempo, las organizaciones sindicales quedarían en una condición de acefalía y sus dirigentes sin fuero sindical por la demora en la entrega de credenciales. Se suma a este acto de injerencia el hecho de que actualmente el Gobierno ha introducido el pago de tasas por supuestos servicios prestados por el Ministerio de Trabajo, incluyendo la entrega de credenciales a organizaciones sindicales. Esta medida representa un obstáculo adicional a un proceso que ya era muy oneroso. Consideramos que este trámite debe ser gratuito.

Tanto el plazo de vigencia como el procedimiento de la entrega de credenciales hacen que la representación de los trabajadores en el Consejo Superior del Trabajo se torne complicado, lo que impide el funcionamiento normal del mismo.

Por ello, de manera urgente, el Gobierno deberá simplificar y facilitar el procedimiento de designación de los representantes de trabajadores y trabajadoras y reformar la disposición del Código del Trabajo que prevé la renovación anual de la junta directiva de los sindicatos.

Miembro gubernamental, Guatemala - Agradecemos la información compartida por el señor Ministro de Trabajo y Previsión Social de El Salvador, relativa al cumplimiento del Convenio. Animamos a las partes a hacer su máximo esfuerzo por la continuidad del funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. Nuestra propia experiencia nos permite señalar que estos espacios de diálogo privilegiado facilitan la construcción del consenso tripartito, pilar básico de esta casa. Nos sumamos al pedido del Gobierno y a la Oficina para que esta continúe facilitando la cooperación técnica que para ellos se requiera.

Miembro empleador, Estado Plurinacional de Bolivia - La discusión sobre el cumplimiento del Convenio en El Salvador, no resulta nada nueva, pues en realidad, desde 2017, durante las últimas cinco reuniones, esta comisión ha venido discutiendo precisamente este caso que está directamente relacionado con un convenio de gobernanza.

Es así que debe llenarnos de preocupación el hecho de que, a pesar de las observaciones efectuadas en todas y cada una de las reuniones pasadas, las autoridades del Gobierno persisten en continuar con el incumplimiento de un elemento esencial como es la consulta tripartita y aún más de querer desconocer de manera sistemática la representación de la ANEP, como la organización más representativa del grupo de empleadores de El Salvador.

Al respecto, conviene recordar que, como ha sido tradición en esta casa, siempre se ha promovido el diálogo social y la capacidad de desarrollar el tripartismo, como una forma de buscar soluciones integrales a los distintos problemas y legítimos intereses de todos los actores, tanto del grupo de empleadores como del grupo de trabajadores.

En ese contexto, no resulta razonable que se hubiera pasado por alto la participación de cualquiera de los sectores, sea de empleadores o de trabajadores, en la adopción de decisiones esenciales que hacen a las relaciones laborales como es la aprobación de convenios de la OIT o las reformas al Código del Trabajo, siendo igualmente inaceptable que pueda existir injerencia directa del Gobierno en la vida institucional de las organizaciones tanto de empleadores como de trabajadores. Pues ello representa una afectación directa al derecho de libre determinación que tienen estas organizaciones, no pudiendo desconocer en tal contexto la legitimidad de la ANEP como la organización más representativa del grupo de empleadores de El Salvador. Esta institución viene sufriendo un atropello bajo una política de presión a sus afiliados, que claramente no se debe pasar por alto por ser una franca vulneración al derecho de asociación que sí les corresponde.

Por lo expuesto, resulta esencial que se exija a las autoridades del Gobierno que, de manera urgente, deba cumplir con todas las observaciones efectuadas en esta comisión y requerir de manera urgente la asistencia técnica de la OIT para el total restablecimiento del diálogo social en el marco del Convenio.

Miembro empleador, México - La delegación de empleadores de México externa su profunda preocupación por el desarrollo y comportamiento que ha tenido el Gobierno de esa nación. Hay que señalar y resaltar que este caso se ha discutido en varias ocasiones, como ya se ha dicho, la última vez, el año 2022, y de igual forma resaltar que la Comisión de Expertos ha emitido nueve observaciones desde 2013 y la última en 2022.

Cabe mencionar que el Informe Mundial de Derechos Humanos de 2023 señala que el Gobierno y sus aliados, la Asamblea Legislativa, han desmantelado sistemáticamente el sistema de contrapesos democráticos. Asimismo, Reporteros sin fronteras, en mayo de este año, señaló que el Gobierno mantiene un régimen de excepción que limita garantías constitucionales como la confidencialidad de la correspondencia privada.

Si bien es cierto que la Comisión tomó nota de la misión tripartita de alto nivel, aceptada por el Gobierno, que tuvo lugar en mayo de 2022, también lo es que, por desgracia, en El Salvador cinco convenios de la OIT fueron ratificados sin consultar a las organizaciones de empleadores más representativas.

De igual forma, con profunda preocupación damos cuenta de que subsisten múltiples actos de injerencia de las autoridades en la designación de los representantes del Grupo de los Empleadores en los órganos públicos tripartitos y mixtos. Es por ello que solicitamos que dentro de las conclusiones de esta comisión se reitere la solicitud al Gobierno de:

- abstenerse de cualquier agresión e injerencia en la constitución y actividades de las organizaciones de empleadores; en particular de la ANEP;

- asegurar el funcionamiento efectivo del Consejo Superior del Trabajo y demás órganos tripartitos, respetando la plena autonomía de la organización de empleadores más representativa y que, mediante el diálogo social se garantice su pleno funcionamiento sin injerencia alguna;

- abstenerse de designar unilateralmente representantes de los empleadores para las consultas e instituciones tripartitas, y desarrollar, en consulta con los interlocutores sociales, los procedimientos de designación de dichos representantes, y

- desarrollar una hoja de ruta con plazos determinados para implementar sin demora todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT.

Sin duda para nosotros lograr esta reactivación efectiva del Consejo Superior del Trabajo es uno de los objetivos importantes de las conclusiones que deben aparecer. De forma tal que, respecto de la hoja de ruta solicitada, se advierte que, hasta la fecha, no se han sentado ni ha sido consultado, de manera tripartita, todas las determinaciones que ha tomado el Gobierno en perjuicio de las organizaciones empresariales en El Salvador.

Observador, Organización Internacional de Empleadores (OIE) - Es lamentable que de nuevo el Gobierno esté siendo evaluado por incumplir el Convenio. Según reconoce el Informe de la Comisión de Expertos, el diálogo social se ha deteriorado en El Salvador. La verdad no ha cumplido ninguna de las conclusiones emitidas por esta comisión en 2022, ni las recomendaciones de la misión tripartita de alto nivel de 2022.

Me explico con hechos, primero, el Consejo Superior del Trabajo continúa inactivo desde el 5 de mayo de 2022, cuando finalizó la misión tripartita de alto nivel y no ha sesionado desde esa fecha para conocer ningún convenio. De hecho, el Gobierno ratificó 11 días después y sin consulta cinco convenios y sin que se hayan convocado en ninguna sesión del Consejo.

Segundo, el Gobierno se niega a reconocer a la ANEP como la entidad más representativa de los empleadores de El Salvador. Una muestra de ello es la falta de consulta a la ANEP para nombrar a los delgados empleadores en esta conferencia; tampoco ha sido consultada la ANEP para el nombramiento del representante empleador en el Instituto de Pensiones.

Tercero, no se han derogado las 23 leyes que quitan a los empleadores la facultad de nombrar representantes en entidades públicas tripartitas y paritarias, negándose el diálogo social. En consecuencia, el Gobierno continúa haciendo estos nombramientos, como es el caso del Fondo Social para la Vivienda, mientras que en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social lleva dos años sin haber sido nombrados los representantes empleadores y el Consejo del Salario Mínimo no sesiona desde septiembre de 2022.

Cuarto, se ha continuado interfiriendo y agrediendo a la ANEP, pero para El Salvador, siempre existe la oportunidad de retomar la senda del diálogo social tripartito. La ANEP reitera la propuesta del año pasado, para construir de manera tripartita una hoja de ruta con el objetivo no solo de cumplir las conclusiones y recomendaciones de los órganos de control de la OIT, sino para crear un ambiente de confianza que atraiga más inversiones y se generen más y mejores empleos.

Los beneficios del diálogo social tripartito deben ser tangibles, más bienestar para las familias salvadoreñas, por ello, invitamos al Gobierno a construir de manera tripartita y con asistencia técnica de la OIT una hoja de ruta en beneficio de los salvadoreños.

Observador, Servicio Público Internacional (ISP) - Hago esta intervención en nombre del ISP y sus cuatro organizaciones afiliadas en El Salvador. Este es un caso en el que, como se desprende del Informe de la Comisión de Expertos, se alegan casos de «injerencia» de las autoridades en la designación de los representantes de los empleadores en los órganos públicos tripartitos y paritarios. Sin la intención de minimizar estos alegatos, creemos que se debe igualmente tener en cuenta el contexto y la situación de los derechos laborales en su conjunto.

El Salvador tiene ratificados un número importante de convenios de la OIT, entre ellos nueve de los diez convenios fundamentales y todos los convenios de gobernanza. Además, el año pasado, el Gobierno ha depositado cinco nuevas ratificaciones.

También tenemos conocimiento de que el Consejo Superior del Trabajo, en fecha de 1.º de septiembre de 2022, ha pedido opinión a los interlocutores sociales que ahí se hallan representados, sobre la ratificación de otros 18 convenios, como paso conducente a dar cumplimiento al artículo 19 de la Constitución de la OIT, lista que además incluye el Convenio núm. 187. De producirse la ratificación de este convenio, El Salvador tendría ratificados todos los convenios fundamentales en un corto plazo. Creemos que esto es positivo y representa un motivo de satisfacción. Después de todo, la OIT adopta estándares internacionales que luego deben ser respetados y aplicados.

Entonces, nos resulta un poco contradictorio y hasta paradójico que esta comisión lamente, como lo hizo el año pasado, que cinco convenios de la OIT hayan sido ratificados por un Estado Miembro, cuando lo correcto es alentar y felicitar a aquellos que lo hacen y se someten a los mecanismos de supervisión. Esto es mucho más de lo que ha hecho el Estado Miembro al que caballerosamente hemos otorgado la presidencia de esta conferencia, que solo tiene ratificados seis convenios, y dónde, entre otras cosas, ni siquiera existen organizaciones de trabajadores.

Hemos escuchado la palabra «terrible» en referencia a la designación del delegado empleador salvadoreño en la conferencia que no fue el designado por la organización de empleadores más representativa, permítanme estar en desacuerdo. Terrible es, por ejemplo, la guerra, la violencia y persecución de inocentes por pensar distinto o esclavizar a niños para generar más ganancias. En El Salvador los representantes de los trabajadores y de los empleadores no son perseguidos, no son encarcelados, deportados o asesinados por el solo hecho de pertenecer a una organización que representa y vela por los derechos de sus miembros.

Consideramos, por lo tanto, que se debe ser más escrupulosos y coherentes con la selección de casos individuales, que son solo 24 en cada reunión de la Conferencia, y así poder abordar situaciones de graves incumplimientos, merecedoras del trabajo y esfuerzo de esta comisión.

Observador, Organización Internacional de Empleadores (OIE) - Es muy común que en esta distinguida Comisión se traten casos vinculados a la vulneración de las disposiciones del Convenio. Intimidar, amenazar, baipasear, ignorar el rol de las organizaciones tanto empresariales como sindicales más representativas es un comportamiento común por parte de los Gobiernos que no creen ni en los principios y derechos fundamentales de la OIT, ni en el valor del tripartismo, ni mucho menos en el valor del diálogo social.

La falta de respeto y la interferencia en la autonomía de las organizaciones empresariales que son representativas e independientes, insisto, representativas e independientes, en este caso la ANEP, ha sido una práctica constante por parte de un Gobierno, el de El Salvador, conocido en la escena internacional por su actitud de confrontación, incluso agresiva, hacia las voces disidentes o críticas. Quiero recordar que el anterior presidente de la ANEP está en estos momentos en el exilio. Contrariamente a lo que acaba de decir el anterior interviniente, existe una persecución e intimidación a las organizaciones representativas. El objetivo es claro: debilitar a la organización y, en este caso, a la organización empresarial, a todas aquellas organizaciones que defienden intereses legítimos, pero no necesariamente convergentes con los intereses del Gobierno.

Nuestros comentarios acerca de este caso no son nuevos, es la sexta vez que lo discutimos en esta comisión, pero sí es nuevo el grado de intimidación y el grado de opresión que se vive en el país. La libertad de asociación y de expresión nunca han estado en El Salvador tan en peligro, al igual que lo está el Estado de derecho.

Las asociaciones gremiales de la ANEP, al igual que sus empresas son amenazadas si deciden continuar en su membresía con la organización. La ANEP no es invitada a participar en organismos tripartitos. Sus dirigentes, como he dicho, sufren coacciones directas o indirectas y, por el contrario, el Gobierno (nada nuevo en un Gobierno de este tipo) asigna funciones representativas a organizaciones afines o a empresarios individuales. Comportamiento muy habitual en Gobiernos que no creen en el diálogo social ni en el tripartismo.

El Ministro que acaba de hablar, presume no haber acreditado a la ANEP ante esta conferencia utilizando las redes sociales. Invito a todos los participantes en este debate a leer el tweet que el señor Ministro colgó pocos días antes de que esta sesión tuviera lugar, habla por sí solo. Esta actitud de menosprecio a voces críticas es conocida por parte de distintas organizaciones internacionales a las que este Gobierno critica y confronta de forma notoria y muy agresiva.

Coincidimos con el representante del Grupo de los Trabajadores en esta preocupación por la falta de progresos. A pesar de la misión tripartita que tuvo lugar el año pasado y a la hoja de ruta acordada, el Gobierno sigue haciendo caso omiso a sus deberes como mandante de la OIT y, en este caso, a los deberes que derivan del Convenio.

No venimos aquí por agrado, sino con la esperanza, insistimos, de que el Gobierno abra una vía de respeto primero, de diálogo, después, hacia las organizaciones empresariales y sindicales representativas. De lo contrario, tengan la seguridad de que nosotros, como la organización global de empleadores más representativa, utilizaremos todos los medios a nuestro alcance para que el Gobierno cumpla con su obligación de respetar, en la regulación y en la práctica, las obligaciones a las que voluntariamente se ha adherido al ratificar el Convenio.

Representante gubernamental - Quiero iniciar con responder algunos aspectos que se han planteado, especialmente por los miembros empleadores, donde se dice que el Consejo Superior del Trabajo empezó a funcionar desde 2021, parafraseando exactamente lo que él ha dicho, y que existen «anomalías en su funcionamiento», palabras textuales del representante del sector empleador.

Reafirmo clara y categóricamente que el Consejo Superior del Trabajo está funcionando. Ahora, sí que existen unas anomalías, que existen irregularidades, que existen procesos que hay que mejorar, todo proceso es perfectible en el tiempo. Pero hay una expresión clara de aceptación que el Consejo está funcionando, por lo tanto, no tiene nada que ver el Convenio aplicado a nuestro país, ya que lo estamos desarrollando.

La otra parte, que también se planteó, es que hay que abrir el tema de las tripartitas para que participe la ANEP en el caso del FONAES, de la Autoridad Marítima Portuaria, el Centro Internacional de Ferias y Convenciones. Quiero aclarar, y lo debo de entender de la mejor manera, que al representante del sector empleador a nivel internacional no le han informado: estas no son instancias tripartitas, estas son instancias bipartitas, donde solo participan la ANEP y el Gobierno, desde hace décadas.

Entendemos que el Convenio tiene como eje transversal el diálogo social tripartito, por lo tanto, estas son instancias en las que solo el bipartidismo funciona. Nosotros todas las tripartitas que tenemos en el Estado, absolutamente todas, están funcionando.

La otra parte es sobre la documentación que aportamos. Acá están los documentos que hoy, este mismo día, se están dejando documentalmente, en físico, en esta reunión que se está llevando a cabo, en este momento. Aquí están los sellos de la ANEP sobre dónde se han presentado en las fechas antes descritas, dónde les hemos informado y los hemos tomado en cuenta y cuándo la ANEP no ha dado respuesta.

Estamos hablando del año pasado, estamos hablando de este año y es más, teníamos una proyección, a través de una solicitud del sector laboral, de ratificar otros cinco convenios este 1.º de mayo en conmemoración al día internacional de la clase trabajadora. No pudimos ejecutar la ratificación de más convenios porque la ANEP no contestó y no ha dado respuesta hasta este momento. Son temas documentados que ahí se demuestran, por eso no encontramos la razón de esta discusión del Convenio.

Sobre el caso de los dos años que se planteó que los sectores empleadores tienen y un año el movimiento sindical, esa es la mejor historia que refleja cómo no ha habido ni equilibrio ni balance en el trato a los trabajadores en términos generales. No ha habido ningún tipo de equilibrio en el trato igualitario a los dos sectores. Así lo definió, en aquellos momentos en que la ANEP manejaba al partido ARENA, y quien definía que una legislación se hacía en favor de ellos para dos años, en detrimento de los trabajadores. Cuando me alientan para que intervenga de inmediato para definir el tiempo y la periodicidad, ampliarlo sobre las credenciales de los dirigentes sindicales, yo no puedo adelantarme sino es a través del diálogo social tripartito. Ya tenemos una mesa instalada donde el movimiento sindical está proponiendo si se amplía a dos o tres años. Respetaré la voluntad del movimiento sindical. Respetaré la voluntad del diálogo social tripartito, privilegiando precisamente garantizar el Convenio. En los próximos días, en la modificación del Código del Trabajo, vamos a plantear que las credenciales del movimiento sindical deben de ser mucho más extendidas en los tiempos y su periodicidad.

De igual manera, hemos conformado una oficina de forma expresa, lo que antes duraba cinco, tres, cuatro, hasta ocho meses, hoy dura una semana. En ocho días estamos entregando las credenciales al movimiento sindical, a través de una oficina de asesoría al movimiento sindical. Ese es uno de los actores que más está interesado en que se fortalezca el movimiento sindical, se privilegie el diálogo social tripartito. Esa es nuestra voluntad política, con todos los actores y sectores de la sociedad. Ahora, con algunas organizaciones de empleadores que han lanzado públicamente y diciendo de que ya no forman parte de la ANEP, esos son problemas internos que puedan tener y en eso no podemos tener ningún tipo de interferencia, ni que se vayan ni que se queden, porque esas son decisiones muy propias de cada uno y del mundo empresarial.

Todos los trabajadores este día, y a nivel de movimiento sindical, están viendo este evento, todos tienen los links y todos están viendo este evento. Lo más importante es tener un pueblo, una sociedad debidamente informada. Todas las organizaciones sindicales de este país de El Salvador, están viendo de forma directa, esto que está pasando en la OIT. Y es penoso, dado que solo dos actores de la sociedad, y en este caso dos interlocutores, definan la construcción de listas preliminares y listas de este tipo, a espaldas de la verdadera clase trabajadora, a espaldas del pueblo que propiamente da legitimidad. Porque un dirigente sindical, ya tenga un cargo nacional o internacional, es el vocero auténtico del sentir de la clase trabajadora. Pero tiene que dar un planteamiento y prestarse a una negociación no transparente, no clara, no ante la opinión pública, haciéndolo a espaldas de la clase trabajadora. Es una situación bien complicada para los representantes a nivel internacional, que se ponen de acuerdo, no se sabe dónde, pero se ponen de acuerdo, para definir quiénes forman parte o no de la lista.

Nos dimos a la tarea nosotros de revisar la lista preliminar, y había cerca de seis países adicionales donde se trataban convenios fundamentales, donde aparecen casos de coartación de libertad del movimiento sindical, de violaciones a diferentes convenios internacionales fundamentales y no aparecieron en esta lista y aparecen en esta lista, convenios de gobernanza o convenios de carácter técnico. Paradójico, será la historia quien juzgue.

Eso sí, instamos al propio liderazgo de la OIT, porque nosotros somos fundadores de la OIT, porque nosotros creemos fielmente en la OIT, porque nosotros confiamos en el liderazgo auténtico de la OIT, a que sean más transparentes y a definir criterios establecidos sobre cómo se forman y se definen estas listas. Porque se hacen a espaldas de la clase trabajadora. Una de las partes elementales que ha quedado evidenciada en este evento a nivel internacional, es cómo actúa la parte empleadora de El Salvador y la representación a nivel internacional.

Dos intervenciones de la parte empleadora han tratado de silenciar la voz auténtica de la clase trabajadora. Nosotros lo único que hemos hecho en El Salvador es democratizar el país, abrir todos los espacios, hacer el papel que al Estado le corresponde y que es exactamente armar el equilibrio con los interlocutores sociales, pero en igualdad de condiciones; lo cual, nunca existió en este país.

La ANEP es uno de los sectores que ha tenido privilegios enormes en este país, que incluso han formado parte del aparato del Estado en muchas ocasiones, y prueba de ello es que, su principal plataforma, utilizada incluso por candidatos presidenciales, es precisamente el sector gremial. Tienen todo el derecho de poder dar su opinión o realizar acciones políticas, pero una cosa es la política partidaria, el acceso a cualquier cargo de elección popular, a lo cual tienen todo el derecho, pero lo que no deben hacer es instrumentalizar las gremiales empresariales. Así que, nosotros, con el mayor de los gustos, afirmamos nuestro respeto de la institucionalidad de la OIT, conscientes de que el liderazgo de la OIT debe garantizarse y fortalecerse cada día más.

Estamos con el mayor de los gustos, de tomar nota de todas las recomendaciones que sean necesarias y vamos a dar seguimiento a todas las recomendaciones.

Este es un país donde caben todos y todas las salvadoreñas, sin distinción; nosotros somos el Gobierno y tenemos que apoyar y respaldar a todo tipo de organizaciones, de cualquier tipo que sea, indistintamente de que nos critiquen y nos juzguen.

Un Gobierno debe de ser criticado, un Gobierno debe de tener voz crítica; esos son los elementos de la democracia y por eso es por lo que nosotros estamos totalmente abiertos, pero lo que no consideramos correcto es invitar a mentir, cambiar la realidad de un país a nivel internacional, solo por volver a regresar a los privilegios que históricamente se tuvieron, utilizando el aparato del Estado.

Hoy el Presidente Bukele ha dejado claro que el aparato del Estado está para todo el pueblo salvadoreño con igualdad de condiciones. Acá va a estar siempre el sector empleador representado y acá estará también siempre el sector trabajador, con igualdad de condiciones. El brazo del Estado debe de garantizar reglas claras a todos, garantía y tutelaje para todos, apoyo y respaldo para todos, en igualdad de condiciones.

A la ANEP le hemos insistido en que en esas bipartitas, cerca de 20 o 30 solo participan ellos y el Gobierno, y que se deberían abrir para ser tripartitas, pero todo el tiempo se negó y se sigue negando a ello.

Concluyo con que, nosotros, como pueblo salvadoreño, como representante del Estado en nombre del Presidente Nayib Bukele, consideramos que la OIT es el instrumento que garantiza los derechos elementales de toda la sociedad del planeta entero, y que debemos garantizar su fortalecimiento cada día más.

Creo que, en la OIT, deberíamos revisar los procedimientos de las inclusiones en la lista. A veces el vocero de los trabajadores dice una cosa distinta al sentir y pensar de los trabajadores y las trabajadoras de un país.

Nosotros creemos que es válida la negociación en cualquier parte del mundo, pero una negociación transparente, una negociación que garantice no solo la legalidad, porque son ellos dos quiénes definen quién ingresa en estas listas, sino que goce de legitimidad, del sentir auténtico de la clase trabajadora que ellos dicen representar.

Esa es mi conclusión y nosotros vamos a ser inquebrantables ante los principios de las normas de la OIT, vamos a cumplir absolutamente todo, y estamos con toda la disposición como Gobierno, a seguir recibiendo las recomendaciones de cualquiera instancia de la OIT.

Miembros empleadores - Hemos escuchado atentamente todas las intervenciones realizadas en el marco de las presentes discusiones, en especial la intervención del representante del Gobierno de El Salvador.

Queremos dejar consignado que, a nuestro juicio, resulta perfectamente acreditado, que hay varias instancias tripartitas que no están funcionando en El Salvador, entre ellas, el Consejo Superior del Trabajo y el Consejo de Salario Mínimo; tampoco están funcionando las instancias tripartitas en el Fondo Nacional para la Vivienda, donde ha sido el Gobierno el que ha nombrado a los representantes empleadores, ni el Instituto de Seguridad Social, donde no se han nombrado a estos representantes empleadores.

Por tanto, a nuestro juicio, es evidente que las palabras del representante gubernamental, Sr. Castro, no corresponden con ninguna intención de cumplir por parte del Gobierno con lo establecido en el Convenio, que, como bien sabemos, pretende fomentar la gobernabilidad y la buena marcha en las relaciones laborales de los países.

Los hechos presentados dan cuenta del deprecio por aplicar adecuadamente en la ley y en la práctica, todo el articulado del Convenio, voluntariamente ratificado por El Salvador. Todo ello, a pesar de las conclusiones adoptadas por la Comisión en 2017, 2018, 2019, 2021 y 2022; a pesar de las ocho observaciones publicadas por la Comisión de Expertos; a pesar de las numerosas intervenciones urgentes solicitadas a la OIT por parte de la ANEP y de la OIE; a pesar de la asistencia técnica de la OIT, de los ofrecimientos efectuados en la misión tripartita de alto nivel, que recientemente visitó al país.

La situación de incumplimiento del Convenio por El Salvador es continua, es grave y es urgente para el sector empleador. Hemos tratado en esta comisión, en estos días, casos de Gobiernos que han disuelto por resolución administrativa a las organizaciones más representativas en esos Estados. No queremos ser agoreros y anunciar que algo por el estilo pudiera acontecer en El Salvador.

En tal sentido, el sector empleador, los empleadores creyendo en el diálogo social, creyendo en la instrumentalidad que tiene la consulta tripartita y que esta no puede ser un simple ejercicio de fachada, vamos a instar al Gobierno, con nuestra mejor disposición y a pesar de este incumplimiento prolongado, a que se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones tanto de trabajadores como de empleadores y que facilite, de conformidad con la legislación nacional e internacional, voluntariamente ratificada por El Salvador, la debida representación de las mismas, emitiendo de forma oportunidad y ágil las credenciales correspondientes.

Que el Gobierno se abstenga de agredir y desprestigiar a la ANEP, organización empresarial más representativa y a sus dirigentes.

Que el Gobierno elabore, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, reglas claras, objetivas, predecibles, jurídicamente vinculantes para la reactivación real y constante y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo.

Que el Gobierno de El Salvador reactive sin demora la consulta efectiva en el Consejo Superior del Trabajo; de vuelta con reglas claras, objetivas, predecibles, así como el funcionamiento de los demás centros tripartitos, respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores a través del diálogo social, a fin de garantizar su pleno funcionamiento sin injerencia alguna.

Tiene que entender el Gobierno que la designación por parte del Presidente de la República de los delegados empresariales no está adecuado al funcionamiento que le demandan los convenios fundamentales del trabajo en esta casa, y que ha ratificado voluntariamente El Salvador.

También, en consulta con los interlocutores sociales, debe tomar sin demora todas las medidas necesarias, para modificar los 23 decretos adoptados el 3 de junio de 2021, de manera de que cumplan con las garantías establecidas en los convenios de la OIT ratificados por El Salvador.

Por supuesto que todo esto, muchas veces, puede resultar difícil hacerlo de una manera aislada, por tanto, sugerimos que continúe recurriendo a la asistencia técnica de la OIT.

Que presente una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión de este año.

Solicitamos que se realice una nueva misión de contactos directos para verificar la realidad del funcionamiento del tripartismo en El Salvador, y que, el presente caso, por su gravedad y por su prolongado incumplimiento, se incluya en un párrafo especial del informe de la Comisión.

Miembros trabajadores - El Salvador ha dado algunos pasos en algunos casos para restablecer ese diálogo social tripartito. Tenemos información de que, recientemente, las organizaciones sindicales, incluso aquellas afiliadas a IndustriALL, han presentado una agenda de trabajo para promover diversos temas de interés de los trabajadores, como la reforma al Código del Trabajo, que contiene una propuesta, como han comprometido, para incrementar la duración de las credenciales sindicales en El Salvador. Es importante que esa reforma garantice y mejore el derecho de libre organización y establezca la negociación colectiva como principio de derecho fundamental.

Sin embargo, también existen algunos problemas para lograr el pleno cumplimiento del Convenio.

Anteriormente habíamos tomado nota de que el Consejo Superior del Trabajo se había restablecido y estaba en funcionamiento. Es importante para este grupo que no quede inactivo, es decir, que se active su funcionamiento.

El Gobierno, además, debe resolver adecuadamente los obstáculos y las normas poco razonables que existen para la emisión de credenciales a los sindicatos.

Por lo tanto, nos vemos obligados a reiterar algunas de las mismas peticiones que hicimos al Gobierno el año pasado. Con una salvedad antes de decir las tres medidas.

Primero, que respecto a los métodos de nuestra comisión, a los que se hizo referencia, sobre todo el Gobierno, estimamos que esta no es la oportunidad de discutirlo. Pero también reconocemos esta misma intensidad del debate sobre este asunto, lo cual demuestra la pertinencia de haberlo tratado en esta comisión. Por lo tanto, creemos que es importante el escucharnos y el haberle contestado de esta manera, tomando en cuenta que El Salvador esté en esta lista.

Se trata de tres medidas que creemos que el Grupo de los Trabajadores podemos aportar: en primer lugar, el Gobierno debería asegurarse de que el Consejo Superior del Trabajo funcione plenamente y pueda celebrar reuniones plenarias, en particular sobre decisiones que afectan tanto a la legislación laboral como a cualquier política pública que afecte a los interlocutores sociales.

En segundo lugar, El Salvador debería elaborar una hoja de ruta con plazos concretos, en consulta con los interlocutores sociales, para aplicar sin demora tanto las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT como las conclusiones de nuestra comisión.

En tercer lugar, y quizás lo más importante, es adoptar sin demora las medidas necesarias para derogar esa obligación legal, para modificar esa obligación legal, que solicita la renovación del estatus jurídico de los sindicatos cada doce meses.

En términos más generales, invitamos al Gobierno a que dé pleno seguimiento a las recomendaciones de la misión tripartita.

Con el fin de supervisar todos estos elementos, pedimos al Gobierno que informe a la Comisión de Expertos en su próxima sesión, también le sugerimos que siga recurriendo a la asistencia técnica de la OIT.

Como final, informo al Gobierno que este grupo mantiene comunicación permanente para intercambiar no solamente información, sino apoyo y acciones solidarias sobre el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de nuestros países, y, con orgullo, sabemos y sentimos que representamos a todos; por lo tanto, podemos ver algunas diferencias, pero nuestra representación es genuina.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de la información oral proporcionada por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de las alegaciones de los graves y reiterados incumplimientos del Convenio por parte del Gobierno.

La Comisión tomó nota con profunda preocupación de las múltiples alegaciones de injerencia por parte de las autoridades en el nombramiento de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en los órganos públicos tripartitos y paritarios.

Habida cuenta de la discusión, la Comisión insta al Gobierno a que, en consulta con los interlocutores sociales:

- cese inmediatamente todo acto de violencia, amenaza, persecución, estigmatización, intimidación o cualquier otra forma de agresión contra personas u organizaciones en relación tanto con el ejercicio de actividades sindicales legítimas como con las actividades de las organizaciones de empleadores, y tome medidas para garantizar que dichos actos no se repitan, en particular en lo que se refiere a la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y sus entidades afiliadas;

- se abstenga de toda injerencia en el ejercicio de la libertad sindical de los empleadores y los trabajadores, incluso en la constitución de organizaciones de empleadores y de trabajadores;

- ponga fin a los retrasos en la expedición de las credenciales de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, incluso para la ANEP, de conformidad con su derecho a la representación;

- garantice que todas las organizaciones de trabajadores y de empleadores, incluida la ANEP, gocen de los derechos y libertades establecidos en el Convenio y estén plenamente incluidas en la consulta tripartita y el diálogo social;

- reactive, sin demora, el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST) y otros órganos tripartitos, y garantice el desarrollo y la adopción, en consulta con los interlocutores sociales, de normas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para garantizar su funcionamiento eficaz e independiente, sin ninguna injerencia externa;

- adopte sin demora todas las medidas necesarias para derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su estatuto jurídico cada 12 meses;

- modifique los 23 decretos, adoptados el 3 de junio de 2021, con objeto de garantizar que las organizaciones de empleadores puedan ejercer su derecho a elegir libremente a sus representantes sin ninguna injerencia externa, y

- elabore una hoja de ruta con plazos determinados para aplicar sin demora todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT, de 2022, y las recomendaciones de la Comisión.

La Comisión pide al Gobierno que acepte una misión de contactos directos para garantizar el pleno cumplimiento del Convenio.

La Comisión pide además al Gobierno que presente a la Comisión de Expertos, antes del 1.º de septiembre de 2023, una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, que incluya información sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas.

Representante gubernamental - En nombre de la delegación de El Salvador, tomo nota de las conclusiones señaladas por esta comisión. Aprovecho la ocasión para señalar que El Salvador es respetuoso de los órganos de control de esta Organización.

Por otra parte, lamentamos que la Comisión no haya considerado la comunicación escrita y oral que enviamos en diferentes ocasiones, respondiendo oficialmente a la Comisión de Expertos. Lamentamos profundamente que, en sus conclusiones, esta comisión no reconozca ningún signo de progreso en El Salvador. Observamos con sorpresa que adopten nuevamente que la Comisión manda a reformar 23 decretos.

Durante la discusión del caso, se preguntó a esta comisión, a la luz del texto del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), ¿cuál es la base legal para establecer dicha conclusión? ¿Qué artículos del Convenio núm. 144 establece tal potestad? ¿Cuáles son los métodos de trabajo de esta comisión que obligan a derogar o mandatan a los países cambiar leyes cuando estas no están relacionados con las normas internacionales del trabajo? Consulta que de igual forma se ha realizado a la Comisión de Expertos en nuestra comunicación, sin obtener una respuesta. Solicitamos que quede establecido que, durante la discusión del caso y posterior a ella, no hemos recibido una respuesta a estos interrogantes. Sin embargo, se ha adoptado la conclusión.

Lamentamos que nuestras opiniones y la información proporcionada se desestimen sin proporcionar un argumento. Pareciera que las conclusiones no responden a la discusión ni a la información brindada, sino a la mera negociación de las mismas. Algo que nos parece debe ser de reflexión necesaria y urgente.

No obstante, reafirmamos nuestro compromiso con los principios y valores de la OIT —el cual es inquebrantable— por lo que seguiremos avanzando para alcanzar el trabajo decente, privilegiando el diálogo social con todos los sectores y actores, para lo cual agradecemos la valiosa cooperación y asistencia técnica de la OIT.

Caso individual (CAS) - Discusión: 2022, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

2022-SLV-144-Sp

Discusión por la Comisión

Representante gubernamental, Ministro de Trabajo y Previsión Social - El Salvador es Miembro fundador de la Organización Internacional del Trabajo, creemos en los valores y principios que fundamenta esta Organización, cuyo propósito esencial es lograr la paz en el mundo. Nuestro marco constitucional establece el obligatorio cumplimiento de los convenios internacionales ratificados. Por ello. como Gobierno somos respetuosos de la normativa internacional en materia laboral y tenemos un firme compromiso con el cumplimiento progresivo de estas.

En la Conferencia anterior, en junio de 2021, esta Comisión emitió sus conclusiones, las cuales fueron adoptadas por nuestro país y se han realizado todas las acciones necesarias para el cumplimiento de las mismas. De manera diligente, nuestro Gobierno instaló el Consejo Superior del Trabajo, en un proceso transparente, con el respaldo y la anuencia de los sectores de empleadores y trabajadores, quienes designaron de manera libre e independiente sus representantes y, además, con la verificación y el acompañamiento de la OIT.

Nuestro Gobierno mostró una clara voluntad política y compromiso con los órganos de control de la OIT, al recibir de manera tripartita a la misión de alto nivel que esta Comisión delegó. A pesar de que es al Estado salvadoreño a quien corresponde recibir la misión, con horarios y cronogramas establecidos, decidimos hacerlo de manera tripartita y consensuada con el Consejo Superior del Trabajo, y prueba de ello es que se elaboró un documento, el cual ustedes recibieron. Durante su visita, hemos brindado con transparencia y diligencia toda la información que la misión ha requerido, lo que ha quedado reflejado en el informe publicado por dicha comitiva.

Además, dicho sea de paso, toda la semana estuvo este Ministro, la Viceministra y todo el aparato direccional de este Ministerio a tiempo completo, dejando de lado otras labores ministeriales en El Salvador, para las cuales hemos sido nombrados, solo para atender de forma directa a la misión de alto nivel, dando la prioridad y el interés que como Gobierno tenemos.

El Gobierno de El Salvador, desde que recibió el informe de la misión de alto nivel, dio lectura al mismo, observando con espíritu constructivo y de cooperación multilateral sus valiosos aportes, en concordancia con el diálogo social, los compromisos tripartitos y la apuesta por un mejor futuro laboral y sus beneficios sociales.

No obstante, no encontramos coherencia entre las conclusiones del informe de la misión de alto nivel y la decisión de incluir a El Salvador en la lista en la cual estamos presentes, acción que nos genera una tremenda preocupación, porque lacera la credibilidad no nuestra sino de un organismo internacional. Los delegados que fueron a realizar la verificación constataron un clima de construcción de diálogo social tripartito. También verificaron que se cuenta con cinco instancias tripartitas en El Salvador, de las cuales cuatro están trabajando, y han estado trabajando desde la llegada de nuestro Gobierno de forma permanente, y un proceso de designación de representantes del sector empleador. Si esto tuviera una ponderación porcentual, que fuera un criterio a evaluar, estaríamos entonces diciendo que cumplimos a un 80 por ciento la integración de los espacios tripartitos, y además, se está en el proceso de conformación para superar ese 20 por ciento. De esta forma, se cumpliría al 100 por ciento con el Convenio, que fue la razón por la cual esta Comisión decidió incluirnos en la lista.

Por otra parte, si este término porcentual fuera un criterio de evaluación, ¿cuántos países adicionales al nuestro estarían en una lista corta? Estamos completamente seguros de que, aplicando este parámetro de medición, habría una gran cantidad de países que no llegan al término porcentual de nuestro país, en cuanto al cumplimiento del Convenio.

Esto muestra una clara y franca contradicción, y lo único que trae como resultado es la pérdida de credibilidad a un organismo, ya que ningún país creerá en un mecanismo de verificación como la misión de alto nivel, por existir una evidente contradicción, que manifestamos contundentemente en el espacio antes descrito. Asombra sobremanera que en algunos de nuestros países vecinos, a tan solo unos kilómetros de distancia de nuestra frontera, intimidan, chantajean, extorsionan y asesinan a dirigentes sindicales cuando estos están queriendo organizarse, y estos países no aparecen en ninguna lista que lacere la imagen de su nación.

Con estos dos enfoques, como Estado llegamos a la siguiente conclusión, que esta Comisión no tiene un análisis evidentemente técnico ni objetivo para incluir a un país en una lista, ya que, por el momento, no existe un proceso claro donde todas las partes puedan dar de forma libre y directa su planteamiento y cuya verificación del mismo conlleve a estar o no dentro de una lista.

Vemos cómo países violan derechos laborales, reprimen y vulneran la libertad sindical en contra de los sectores productivos de su país. Sin embargo, cuentan con experimentados equipos de lobby en estos espacios, especialmente en el escenario internacional, y quizás ese sea nuestro problema y nuestra mayor debilidad como país. El Salvador es fuerte en respetar los derechos de los sectores productivos, pero débil en el lobby que se requiere en el tablero internacional para tomar las decisiones de las entregas de las listas.

Esta contradicción entre las conclusiones de la misión tripartita de alto nivel y la decisión de esta Comisión de incluirnos en la lista no estimula para nada el progreso, es contraria al espíritu constructivo y de colaboración, desestimando la existencia de espacios reales de diálogo social.

Con base a lo expuesto, en nombre del Gobierno de El Salvador, quiero manifestar la inconformidad con esta decisión. Consideramos inaudito que esta Comisión haya hecho caso omiso de las conclusiones de la misión tripartita de alto nivel, que fue enviada por el mismo órgano de control, restando credibilidad a sus mismos delegados; además de invalidar los esfuerzos que como mandantes se están realizando y la buena voluntad constatada por esta misma Comisión.

En esa línea, vemos que la inclusión de nuestro país tiene más un propósito de carácter político que técnico, lo cual sería trágico, porque es impropio de las instancias de control que tiene la OIT. Exhortamos a esta Comisión a alejarse lo más que pueda de este tipo de actuaciones políticas, que dañan la imagen de los órganos de control de la OIT y debemos de recobrar el verdadero papel histórico en la construcción de la paz del mundo que es el eje trasversal de la OIT.

No somos de los que se han encontrado en el camino, sino que somos uno de los Miembros fundadores de la OIT. Recalcamos nuestro compromiso con esta Organización, que es inquebrantable, a pesar de las imperfecciones humanas o del tablero político que se ha manejado de forma discrecional por personas que no vienen a verificar los países. Prueba de ello es que recientemente nuestro país, por decisión del Presidente Bukele, ratificó cinco convenios como una respuesta a los clamores de la clase trabajadora, clamores que nunca habían sido escuchados en este país. Además, El Salvador nunca había estado en listas por no ratificar convenios. Lamentablemente, un lado de la balanza, a veces, tiene más inclinación que el otro. La ratificación de estos convenios muestra una voluntad real política de nuestro Gobierno por avanzar en la adopción y cumplimiento de normas internacionales del trabajo, en áreas como la seguridad social, la protección de la maternidad, la negociación colectiva, la salud ocupacional y la eliminación de la violencia en el mundo del trabajo, pero esto es una parte. Vienen más ratificaciones de convenios, porque nosotros sí somos fieles creyentes de la OIT, aunque algunas instancias hagan otro tipo de cosas que no van a enriquecer la imagen de la OIT.

Concluyo mi participación, confiando en que esta Comisión debe de valorar estos nuevos elementos constatados por la misión tripartita de alto nivel y la realidad de nuestro país. Estamos en una nueva etapa de diálogo social tripartito, franco, eminentemente técnico y duradero, así lo hemos planteado y allí están presentes los interlocutores. Ellos lo pueden confirmar o no, este ha sido el planteamiento, debe de ser un diálogo tripartito, franco, sincero, duradero, sostenible en el tiempo, y además, con el compromiso de superar los desafíos, no los que nosotros nos hemos encontrado o que hemos construido, porque apenas llevamos tres años en el Gobierno, sino los grandes desafíos históricos que hemos heredado de Gobiernos anteriores en materia de legislación laboral y que nunca fueron llevados a un escenario internacional y menos aún incorporados en una lista por esta gran deficiencia que ha existido.

Miembros trabajadores - Nuevamente nos han solicitado que examinemos el caso de El Salvador en relación con el cumplimiento del Convenio. Desde la revisión en nuestra última reunión ha habido varios avances. De hecho, como acaba de indicar el Gobierno en respuesta a las conclusiones de la Comisión, el Gobierno ha aceptado recibir la misión tripartita de alto nivel. Esto es, por supuesto, algo que hay que tener en cuenta y agradecer.

La misión que se llevó a cabo en mayo de este año hizo una serie de constataciones interesantes. Un ejemplo es el hecho de que el Consejo Superior del Trabajo haya vuelto a funcionar. Pudo celebrar varias reuniones y, en particular, examinar la ratificación de varios convenios de la OIT. También parece que se están resolviendo los problemas relativos a la integración de la organización patronal, la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP).

Sin embargo, El Salvador no está en nuestra lista de este año para destacar estas áreas de mejora, de hecho todavía hay tres problemas: la representación de los empleadores y de los trabajadores en el Consejo Superior del Trabajo debe estar en pie de igualdad, esto significa que las actuales vacantes en el organismo deben cubrirse lo antes posible; el proceso administrativo requerido para la designación de los representantes de los trabajadores sigue siendo complicado, el resultado es que se impide el funcionamiento normal del Consejo Superior del Trabajo; y por último, sigue existiendo un obstáculo legal que complica aún más el proceso de nombramiento de los trabajadores, ya que los sindicatos están obligados por el Código del Trabajo a renovar la composición de sus juntas directivas cada año. Por un lado, no vemos la razón de ser de esta norma de renovación; por otro lado, constituye una forma de injerencia en el funcionamiento de las organizaciones en cuestión. Hay que recordar que el artículo 3 del Convenio establece que los representantes deben ser designados libremente. En nuestra opinión, la norma de la renovación anual es una violación de esta libertad.

Por último, cabe señalar que para las organizaciones que representan a los empleadores, el periodo de renovación es de dos años. Todas estas consideraciones implican que, a pesar de los progresos realizados, el Gobierno sigue sin cumplir los requisitos del Convenio.

Miembros empleadores - Quiero empezar por agradecer el informe brindado por el Gobierno a esta Comisión. Destacamos nuestra preocupación por el hecho de que se trata de la quinta vez consecutiva que tenemos que atender este asunto ante una situación que de fondo permanece prácticamente igual que cuando se trató por primera vez, más aún, según el informe de la Comisión de Expertos, la situación se ha deteriorado.

Recordamos con preocupación que en 2017, 2018, 2019 y 2021, esta Comisión adoptó conclusiones muy concretas que incluían los pasos que el Gobierno debía dar para aplicar el Convenio, un convenio de gobernanza muy relevante en esta casa.

Considerando el poco tiempo que tengo para hacer mi presentación de un caso que consideramos grave y urgente, con faltas reiteradas, les invito a retomar nuestro informe de los años que acabo de citar.

En los antecedentes del caso figuran expresiones de extrema preocupación, tanto de la Comisión de Expertos como de esta Comisión, misiones de contactos directos de la Oficina, así como varias solicitudes de intervención urgente presentadas al Director General por la ANEP, organización más representativa de los empleadores de El Salvador, y por la Organización Internacional de Empleadores (OIE). Ello ante la injerencia gubernamental en la administración y el funcionamiento de la ANEP, ataques a sus dirigentes y serias deficiencias en el funcionamiento del diálogo social y la consulta tripartita en condiciones muy similares a las que, de acuerdo con el reporte de los expertos y la realidad nacional, viven las legítimas organizaciones de los trabajadores.

Cuando discutíamos este caso en 2019 expresamos la sincera esperanza de que el recién asumido, en aquel entonces, Gobierno revirtiera la grave situación. Ello, para la gobernabilidad del país, el fomento de las buenas relaciones entre los actores sociales y el Gobierno y el cumplimiento de las obligaciones provenientes del Convenio.

Recordamos bien que una vez adoptadas las conclusiones del caso en 2019, el representante gubernamental afirmó que tales conclusiones harían parte de una lista de prioridades del Gobierno. Este tipo de expresiones, alentadoras también fueron expuestas a la misión de alto nivel que recientemente visitó el país. No obstante, las anteriores expresiones, y muy a nuestro pesar, no se corresponden con los actos del Gobierno. La situación se ha agravado y se inscribe en el marco de un creciente deterioro general de la institucionalidad democrática y falta de independencia de poderes. En perjuicio del sistema de contrapesos y de los órganos de control, incluyendo la necesaria autonomía de la organización más representativa de los empleadores de aquel país.

Para mayor claridad y conocimiento de toda la sala procederé a detallar información concreta que demuestra lo anterior.

En primer lugar, el Gobierno instaló en septiembre de 2019 el Consejo Superior del Trabajo por un breve periodo de algunos meses. Esto sucedía en el marco de una orden presidencial de no reunirse con los representantes de la organización de empleadores más representativa del país. Se diría entonces que su constitución pareció obedecer más a una táctica del Gobierno de apariencia de cumplimiento, que a una intención real de privilegiar el funcionamiento del Consejo.

El Gobierno justificó su inoperancia debido a la crisis de la pandemia y a las medidas de suspensión de actividades aunque, por otro lado, justifica que hubo diálogo social a través de otras instancias y reuniones. Hay una contradicción.

Luego de esta aparente actividad, el Gobierno nuevamente ha instalado el Consejo Superior del Trabajo, en diciembre de 2021. No obstante, los representantes de los interlocutores sociales más representativos niegan la existencia de consultas tripartitas efectivas o la existencia de un verdadero diálogo social y manifiestan que se dialoga únicamente con los interlocutores afines al Gobierno, vulnerando los términos del Convenio en sus artículos 1, 2 y 3.

El Gobierno nuevamente, pues, recurre a la apariencia para evadir a los órganos de control.

Y, me explico, en un acto privado de celebración del Día del Trabajo, el 1.º de mayo de este año, el Gobierno anunció, sin haber consultado con el Consejo Superior del Trabajo, que ratificaría cinco convenios por medio de la Asamblea Legislativa, como nos han dicho ya por parte del Gobierno. La ANEP, que ha participado de buena voluntad durante seis meses en las reuniones del Consejo, se vio sorprendida por tal anuncio. Inmediatamente giró una carta para pedir al Gobierno que la ratificación de dichos convenios fuera sometida a consulta en el seno del Consejo Superior del Trabajo, conforme al Convenio, precisamente. Las propuestas de la ANEP fueron desoídas por el Gobierno y, el 16 de mayo —sin la consulta que obliga el artículo 2, del ya citado Convenio y los ofrecimientos de obrar en ese sentido, incluso la misión de alto nivel— la Asamblea Legislativa ratificó los cinco convenios mencionados.

No cuestionamos la voluntad soberana de la Asamblea de proceder con la ratificación, pero sí que es grave que el Gobierno desprecie el Convenio expresamente en su artículo 5 y los mecanismos de diálogo social y consulta tripartita, incluido lo que nos presentó como protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión que había informado haber elaborado recientemente.

En segundo lugar, en plena celebración de la Conferencia del año pasado, 2021, el Gobierno de El Salvador reformó las leyes de 23 entidades paritarias y tripartitas a través de las cuales el Presidente de la República se atribuyó a sí mismo la facultad de nombrar y la facultad de destituir a los directivos que representan a los empleadores en las juntas directivas de dichas entidades. Desde su cuenta de Twitter, el Presidente de aquella nación, Sr. Bukele, anunció el envío de las 23 iniciativas de ley a la Asamblea para, y cito textualmente: «remover a la ANEP de las directivas de las autónomas y así poder ponerlas a trabajar verdaderamente al servicio de la gente». Desde entonces el Gobierno ha realizado actos desleales exigiendo la renuncia de los directores en las entidades tripartitas y paritarias en algunos casos bajo amenazas, y nombrando directores según lo establecido en las nuevas 23 leyes ya reformadas, en clara violación del artículo 4 del Convenio.

Sobre lo anterior, los expertos urgen firmemente al Gobierno: «la derogación de toda disposición jurídica relativa a las 23 entidades autónomas aludidas que irrogue al Gobierno la posibilidad de injerir en la designación de los representantes de los empleadores».

En tercer lugar, después de dos meses de haber asumido el cargo el nuevo presidente de la ANEP, en abril de este año, el Gobierno no ha activado los espacios de espacio bipartitos que existían antes del desconocimiento que hizo el Presidente de la República del anterior presidente de la ANEP. La injerencia en las elecciones de representantes para la consulta tripartita y la falta de entrega de credenciales a la ANEP es también una flagrante violación del Convenio. El ofrecimiento que hizo el Presidente Bukele de que todo regresaría a la normalidad cuando eligieran a un nuevo presidente de la ANEP no ha sucedido. Era una promesa falsa, era solo un evidente acto de injerencia y una flagrante violación a la independencia de la ANEP.

En cuarto lugar, a la fecha los empleadores no participan plenamente en el Consejo Superior del Trabajo porque el Gobierno aún no ha permitido la inclusión de tres organizaciones empresariales a efectos de que los tres sectores —Gobierno, trabajadores y empleadores— tengan la misma cantidad de representantes. Esto demuestra que no se está cumpliendo con el Convenio ni en la ley ni en la práctica. Al respecto los expertos urgieron al Gobierno a que asegure el pleno reconocimiento del presidente de la ANEP, y de esa organización más representativa de empleadores en el diálogo social y la consulta tripartita, así como en toda revisión pertinente al reglamento del Consejo, lo cual no ha sucedido. Los representantes de los trabajadores también han manifestado su indefensión en lo que respecta al reconocimiento de sus representantes y su independencia.

Y, por último, en quinto lugar, el Gobierno mantiene una campaña permanente de desprestigio en contra de la ANEP a través de la radio, la televisión, la prensa y las redes sociales desde el máximo nivel, la presidencia de la República.

Los hechos presentados dan cuenta del desprecio por el diálogo social y por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de El Salvador al ratificar el Convenio.

Como podrán observar, este es uno de los casos más serios de incumplimiento reiterado de los convenios de la OIT, voluntariamente ratificados por El Salvador. Esperamos que el Gobierno tenga basado el éxito de esta participación, como lo anunció en las redes sociales, en el cumplimiento con el contenido del Convenio y en los hechos con actos tangibles y resultados comprobables y no solo en su palabra, lamentablemente incumplida, como hasta ahora lo hemos percibido. Presidente, estaremos muy atentos al desarrollo de esta discusión.

Miembro trabajador, El Salvador - Hablo en nombre de las organizaciones de trabajadores de El Salvador y es un honor dirigirme ante esta Comisión. Como sector de trabajadores, estamos convencidos de la importancia del diálogo social tripartito como elemento esencial para la construcción de un país más justo, con trabajo decente, y reconocemos la trascendental importancia de la OIT y su sistema de normas para alcanzar el objetivo de la justicia social y la paz a nivel mundial.

El Salvador es un país que ha sufrido injusticias sociales, la represión y la desigualdad, que nos llevaron a un enfrentamiento armado. A pesar de que se firmaron los acuerdos de paz, las causas originales del conflicto no fueron superadas. En la postguerra fuimos gobernados por élites políticas que empobrecieron nuestro país, privatizaron servicios esenciales, siguieron reprimiendo las luchas sindicales y se enriquecieron a costa de la pobreza y marginación del pueblo.

Durante esos gobiernos hubo muertes de líderes sindicales que quedaron impunes y se fracturó el diálogo social. Por muchos años, los trabajadores no tuvimos una participación real y eran élites económicas las que tomaban las grandes decisiones del país.

Hemos avanzado y como sector laboral hemos abierto espacios a través de las luchas que hemos librado, se ha fortalecido nuestra participación y la incidencia en las políticas públicas.

Expresamos nuestro beneplácito por la puesta en marcha de mecanismos de diálogo, la reinstalación del Consejo Superior del Trabajo, luego de muchos años de parálisis. Seguramente, la continuidad y el fortalecimiento de este espacio de diálogo tripartito, reclamado durante años por el movimiento sindical, nos permitirán alcanzar acuerdos importantes que dinamicen las relaciones laborales, y nos permitirán alcanzar más derechos y el impulso del crecimiento de la producción en el país.

Celebramos que el Gobierno haya escuchado nuestro reclamo histórico de ratificar cinco importantes convenios internacionales emanados de esta Organización. Debemos señalar que su ratificación fue impulsada por el movimiento sindical e instrumentada por el Gobierno. Se trata del Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102), el Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148), el Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154), el Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 183), y el recientemente aprobado Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190). Con estas ratificaciones, se entrega una herramienta de lucha a los trabajadores con la que podremos exigir más y mejores políticas públicas, reformas al marco jurídico en concordancia con las normas internacionales, lo cual constituye un hecho histórico sin precedentes para el país.

El Salvador tiene muchos desafíos importantes en materia de derechos laborales. Años de Gobiernos neoliberales, contrarios a los intereses populares, que desmembraron las normas protectorias y restringieron duramente la libertad sindical y que legislaban para sus intereses, por ejemplo, estableciendo procesos burocráticos para dificultar la acreditación de las organizaciones sindicales.

Tenemos expectativas favorables sobre el proceso político actual. Desde el movimiento sindical, hemos presentado al Gobierno y al Congreso propuestas de reforma del Código del Trabajo para alinearlo a las disposiciones de la OIT, y nos encontramos en estos momentos con un proceso de diálogo activo, que muestra avances alcanzando importantes acuerdos. Esperamos llegar rápidamente a la redacción definitiva que concluya con la sanción de las nuevas leyes.

Nuestro Código del Trabajo, y la Ley de Servicio Civil, datan de hace 50 años. Estas normas se encuentran prácticamente obsoletas. Es tiempo de avanzar en su actualización.

Como sector laboral participamos ampliamente en la misión tripartita de alto nivel que esta Comisión señaló, y reconocemos la apertura y buena voluntad del Gobierno para recibir y atender de manera tripartita. Las recomendaciones emanadas de dicha misión dan muestra de los avances y desafíos que se tienen en el país, pero lo principal es que señala la perspectiva positiva de diálogo social en el país.

Como sector solicitamos a esta Comisión que pueda revisar y tomar nota de las conclusiones de dicha misión tripartita, cuyos delegados pudieron constatar los avances. De hecho, si esta Comisión hubiera revisado y valorado el informe que con mucha altura redactó la misión, El Salvador no tendría que haber sido incluido en esta lista corta a menos que existan otros intereses ajenos al fortalecimiento del diálogo social.

Como trabajadores esperamos contar con la asistencia técnica de la OIT para avanzar en las reformas planteadas, esperamos también que el Gobierno cumpla con los compromisos públicamente asumidos y que los empleadores aporten con espíritu colaborativo, dejando de lado egoísmos de acumulación de la riqueza, e intereses políticos. Nosotros pondremos nuestro máximo esfuerzo con espíritu constructivo; porque es en el diálogo social y en la fuerza de los trabajadores, donde tenemos depositadas nuestras esperanzas de construir un país más justo.

Miembro empleador, El Salvador - Hemos tomado nota de las explicaciones que ha dado este día el Gobierno de El Salvador. Ante la Comisión, hace tres años, expresamos nuestro optimismo porque el nuevo Gobierno se comprometía a cumplir con los convenios internacionales y a someterse a los mecanismos de control de la OIT. Nos alentó que, en septiembre de 2019, el Gobierno reactivó el Consejo Superior del Trabajo, pero en mayo de 2020, el mismo Gobierno prohibió a todos sus funcionarios reunirse con la ANEP.

Por ello, ha sido esperanzador que, hace seis meses, el Consejo haya sido reactivado nuevamente, y mantenga reuniones periódicas tanto de la plenaria como de su junta directiva. El Consejo ha retomado el proceso tripartito para elaborar una política de empleo, con la participación de trabajadores y de empleadores, y con la asistencia técnica de la Oficina Regional de la OIT. También el Gobierno ha consultado al Consejo iniciativas legales orientadas a modificar la prestación del servicio de salas cunas para los hijos de los trabajadores. Se han discutido, elaborado y presentado observaciones.

Sin embargo, para cumplir con el Convenio, se deben resolver al menos cinco situaciones planteadas anteriormente por esta Comisión y por la Comisión de Expertos. Con voluntad política de parte del Gobierno, estas cinco situaciones podrían convertirse en una hoja de ruta, que, de cumplirse, evitaría que el país fuera examinado nuevamente en 2023. Los empleadores no queremos continuar con este tipo de exámenes; nos interesa un ambiente propicio para la inversión y la generación de empleo decente. Esperamos sea posible.

Las situaciones son las siguientes:

En primer lugar, sobre la injerencia del Gobierno en la designación de los representantes de los empleadores, el informe de la Comisión de Expertos expresa «profunda preocupación» porque desde larga data se vienen planteando múltiples alegatos de injerencia de las autoridades en los procesos de designación de representantes en entidades públicas tripartitas y paritarias, y que en los últimos desarrollos apuntan a un empeoramiento. Los expertos urgen firmemente al Gobierno a la derogación de toda disposición jurídica relativa a las 23 entidades autónomas aludidas que irrogue al Gobierno la posibilidad de injerir en la designación de los representantes de los empleadores. Justo hace un año, el Gobierno reformaba 23 leyes para atribuirse a sí mismo el derecho de elegir y el derecho de destituir a los directores de los empleadores. A la fecha, en resumen, en diez entidades, el Gobierno ha realizado nombramientos arbitrarios al margen del Convenio, mientras que en otras diez entidades continúa pendiente el nombramiento. En algunos casos, los directores fueron obligados a renunciar de manera anticipada y en otros hubo algunos casos en que recibieron amenazas para renunciar. Esto ha deteriorado el diálogo social en mi país, no solo porque los nombramientos han sido arbitrarios, sino porque el diálogo social se realiza bajo la amenaza permanente de que en cualquier momento pueden ser destituidos. Solo han sido nombrados en apego al Convenio los miembros del Consejo Superior del Trabajo y del Consejo Nacional de Salario Mínimo, entidades donde tiene competencias el Ministerio de Trabajo. Para que exista un verdadero y efectivo diálogo social tripartito, las organizaciones de empleadores deben elegir a sus representantes de manera directa, libre y autónoma, sin injerencia del Gobierno.

Este es el primer punto de una hoja de ruta que esperamos que el Gobierno tenga voluntad de cumplir.

En segundo lugar, el marco legal que rige la elección de los miembros del Consejo tiene una deficiencia que limita la participación de los empleadores. Los expertos urgen al Gobierno a «que tome las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto de la autonomía de la ANEP y el reconocimiento de […] esta organización de empleadores como interlocutor social, a fin de permitir su plena participación en el diálogo […] a través de los representantes de su elección».

El segundo punto de la hoja de ruta sería elaborar y aprobar reglas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para lograr la plena participación de los empleadores en el Consejo.

En tercer lugar, vemos con preocupación que el Gobierno ha estado presentando directamente a la Asamblea Legislativa iniciativas en materia laboral sin consultar al Consejo, incumpliendo lo establecido en nuestra legislación y en el Convenio núm. 144. Ejemplos: un nuevo Código del Trabajo y la Ley Procesal Laboral. Pero también diputados afines al Gobierno han presentado iniciativas legales. No es posible que, en la agenda sustantiva, el Gobierno actúe al margen del Consejo.

Por eso, el tercer punto de una hoja de ruta sería presentar en el seno del Consejo este nuevo Código del Trabajo y la Ley Procesal Laboral como un inicio del diálogo social en esa materia, y conformar comisiones técnicas para cada cuerpo legal.

En cuarto lugar, lo relativo a la ratificación de convenios. El diálogo social se muestra con hechos no con palabras y los graves hechos ocurridos el pasado mes de mayo nos ponen en alerta. Me explico: el Gobierno, sin consultar al Consejo, durante una celebración privada del Día del Trabajo, anunció la ratificación de cinco convenios de la OIT. Los convenios fueron presentados a la Asamblea Legislativa, quien los ratificó de manera exprés dos semanas después, sin consultar al Consejo. Aún estamos sorprendidos porque el país ha perdido una valiosa oportunidad de ejercitarse en el diálogo social, discutiendo los convenios y enviando un recomendable tripartito a la Asamblea Legislativa.

Un cuarto punto de una hoja de ruta sería agendar y discutir, en el seno del Consejo, cómo se implementarán estos convenios, pero también que el Consejo analice qué otros convenios conviene que sean ratificados en los próximos meses.

En quinto lugar, la ANEP interpuso una demanda ante el Comité de Libertad Sindical hace dos años porque el Gobierno desconoció al presidente de la ANEP y a la misma ANEP como la entidad más representativa de los empleadores de mi país, y luego presentamos solicitudes de intervención directa al Director General por acoso fiscal. Al respecto, el informe de los expertos observa con «profunda preocupación» que, en las más altas instancias gubernamentales, se han manifestado en contra de reconocer a la ANEP como la entidad más representativa de los empleadores de El Salvador. Permítame informarle que el pasado 4 de abril, la ANEP eligió un nuevo presidente, quien se ha manifestado de manera reiterada a favor del diálogo social como instrumento para construir acuerdos.

Un quinto elemento en la hoja de ruta sería que se reconociera a la ANEP, por parte del Presidente, los ministros y el Poder Legislativo, como la entidad más representativa de los empleadores.

Se ha instalado el Consejo y es una oportunidad de todos aprovecharlo, los empleadores no nos cansaremos de poner nuestro mejor esfuerzo para que así sea.

Miembro gubernamental, Francia - Tomo la palabra en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Albania, país candidato a la adhesión a la Unión Europea, y Noruega, país miembro de la Asociación Europea de Libre Comercio y del Espacio Económico Europeo, se suman a esta declaración. La Unión Europea y sus Estados miembros están comprometidos con la promoción, la protección, el respeto y la realización de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales, tal y como garantizan los convenios fundamentales de la OIT y otros instrumentos relativos a los derechos humanos y laborales.

Creemos firmemente que el cumplimiento de los convenios de la OIT es esencial para la estabilidad social y económica de todo país y que un entorno propicio al diálogo, la consulta y la confianza entre empleadores, trabajadores y Gobiernos es la base de un crecimiento fuerte y sostenible y de sociedades inclusivas.

La Unión Europea y sus Estados miembros apoyan al pueblo de El Salvador. Estamos decididos a reforzar nuestra cooperación mediante vínculos políticos y comerciales. El Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Unión Europea y América Central y la aplicación provisional del pilar comercial del Acuerdo de Asociación Unión Europea-Centroamérica proporcionan un marco para seguir desarrollando nuestra asociación, en particular mediante la cooperación en materia de comercio, de desarrollo sostenible y de aplicación efectiva, en la legislación y la práctica, de los convenios fundamentales de la OIT.

Tenemos en cuenta los recientes pasos dados con vistas al cumplimiento del Convenio, y esperamos que el diálogo social y las consultas tripartitas lleguen a ser plenamente funcionales en el país, señalando que el caso ya se ha debatido en las últimas cuatro reuniones de la Comisión, incluso como caso grave en 2017.

El año pasado, acogimos con satisfacción la inauguración y la primera reunión del Consejo Superior del Trabajo, en septiembre de 2019, y los pasos dados por el Gobierno para iniciar el diálogo social y la consulta tripartita y reactivar el Consejo Superior del Trabajo tras el informe de la Comisión de 2020. Si bien observamos que las reuniones de este Consejo cesaron a lo largo de 2020 y 2021, celebramos su restablecimiento para el bienio 2021-2023 y la creación de una comisión técnica tripartita para hacer operativa la agenda del Consejo Superior del Trabajo.

Nos congratulamos de que, tras la petición de la Comisión en 2021, el Gobierno haya recibido finalmente a la misión tripartita de alto nivel, del 2 al 5 de mayo de 2022.

En consonancia con las recomendaciones de la misión tripartita de alto nivel y haciéndonos eco de los llamamientos de la Comisión, subrayamos que, para garantizar el funcionamiento eficaz del Consejo Superior del Trabajo, sus normas deben respetar la autonomía de los interlocutores sociales, especialmente en lo que respecta a la designación de sus representantes. En este contexto, señalamos en particular la necesidad de garantizar el pleno reconocimiento del presidente de la ANEP y de esta organización en el diálogo social y la consulta tripartita, así como en cualquier revisión del estatuto del Consejo Superior del Trabajo.

También reiteramos el llamamiento de la Comisión para que el Gobierno respete plenamente la autonomía de las organizaciones de empleadores y trabajadores, tanto en la legislación como en la práctica. Esto incluye el pleno respeto a la elección de los representantes en los organismos públicos tripartitos y paritarios, como el Instituto Salvadoreño del Seguro Social o el Fondo Social. También implica que el Gobierno tome las medidas necesarias para garantizar la pronta entrega de credenciales a todas las organizaciones y derogue toda disposición jurídica que permita cualquier injerencia en la autonomía de las organizaciones.

Secundamos la petición urgente de la Comisión para que el Gobierno proporcione información detallada y actualizada sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas, también en el seno del Consejo Superior del Trabajo, celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio, así como sobre la sumisión de las normas internacionales del trabajo a las autoridades nacionales competentes de conformidad con la Constitución de la OIT. Volvemos a pedir al Gobierno que cumpla con estas obligaciones relativas a la presentación de memorias.

Recordamos la importancia de la asistencia técnica de la Oficina para facilitar el cumplimiento de todos los convenios de la OIT ratificados y la promoción del tripartismo. Asimismo, destacamos que el alcance y el contenido de dicha asistencia deben definirse a través del diálogo social, por ejemplo, en el marco del Consejo Superior del Trabajo.

Instamos al Gobierno a que cumpla de forma constructiva y sincera sus compromisos de aplicar de forma efectiva, en la legislación y la práctica, todos los convenios de la OIT ratificados, y en particular el Convenio núm. 144 y los convenios fundamentales de la OIT.

La Unión Europea y sus Estados miembros siguen fieles a su compromiso conjunto y constructivo con El Salvador, entre otros medios, mediante proyectos de cooperación, con el objetivo de reforzar la capacidad del Gobierno para abordar las cuestiones planteadas en el informe de la Comisión.

Miembro empleadora, Costa Rica - Quisiera iniciar mi intervención con una definición de la OIT, la cual señala: «El diálogo social comprende todo tipo de negociaciones y consultas —e incluso el mero intercambio de información— entre representantes de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores, sobre temas de interés común relativos a las políticas económicas y sociales y este puede tratarse de un proceso tripartito o bien consistir en relaciones bipartitas».

Desde que la OIT se creó, ha promovido la cooperación entre empleadores, trabajadores y Gobiernos, permitiendo así la justicia social, a través del diálogo social. El Convenio núm. 144 permite que a nivel interno de cada país se asegure la participación de empleadores y trabajadores. Por esta razón, dicho Convenio es una de las normas del trabajo más importantes desde el punto de vista de la gobernanza de la OIT.

Dicho convenio señala claramente que las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores son aquellas que gozan del derecho de libertad sindical, principio que además implica que los Estados deben abstenerse de interferir en la conformación de dichas organizaciones. El sector empresarial costarricense, como bien señaló en anteriores discusiones sobre este caso, considera un muy mal precedente a nivel internacional que exista una injerencia por parte las autoridades salvadoreñas en los procesos de designación de representantes tanto de empleadores como de trabajadores en las entidades públicas tripartitas y paritarias. El artículo 3 del Convenio en discusión, establece que los representantes de dichas organizaciones serán elegidos libremente.

Si el principal objetivo del diálogo social es «la promoción del consenso y de la implicación democrática de los principales actores en el mundo del trabajo» no se comprende por qué el Poder Ejecutivo se atribuyó a sí mismo la facultad de destituir a los directores que representan a las organizaciones empresariales en las juntas directivas, estableciendo, además, causales discrecionales y arbitrarias para sus nombramientos reformando a su paso 23 leyes nacionales. A todas luces, esto es una violación al Convenio y al principio de libertad de asociación.

Resulta preocupante que varias instancias fundamentales para la toma de decisiones a nivel país no cuenten con una debida representación hasta este momento; y si bien, como mencionaba el representante del sector empleador de El Salvador, el Consejo Superior del Trabajo y el Consejo Nacional de Salario Mínimo ya se encuentran sesionando, se considera que se viola el diálogo social al no someter al conocimiento de dichas instancias materias que le corresponden y que además, no se permita al sector empleador su plena participación.

La forma correcta de construir herramientas de cualquier tipo se logra mediante el diálogo social, especialmente cuando se trata de instrumentos como los mencionados por la ANEP, es decir, proyectos de ley como un nuevo Código del Trabajo y la Ley Procesal Laboral, normas fundamentales para contar con trabajo decente y relaciones laborales adecuadas.

Solicitamos al Gobierno de El Salvador permitir que el Consejo Superior del Trabajo pueda dialogar y presentar su posición sobre materias que le atañen y que además son de suma importancia el país, de modo que se impulse la productividad y la competitividad generando a su vez trabajo decente. Todo lo anterior es básico en una democracia.

Miembro trabajador, Argentina - Este caso presenta particularidades por las cuales podemos destacar progresos, con relación a años anteriores y plantear cuestiones importantes que aún no encuentran solución. Sin lugar a dudas, en lo positivo debemos destacar la reciente ratificación de cinco convenios internacionales del trabajo por parte del Gobierno salvadoreño, luego de años de reclamos del movimiento sindical, esto constituye un paso adelante importante que destacamos y valoramos en toda su dimensión.

No obstante estos progresos, en el plano de la normativa rectora internacional, la legislación laboral en El Salvador se encuentra desactualizada, con serios problemas en la administración de las tramitaciones procesales y se arrastran conflictos en la conformación de los ámbitos tripartitos de diálogo social. La Comisión de Expertos pone el acento en un punto que resulta clave, la obligación que tienen los sindicatos de solicitar la renovación de su personería jurídica cada doce meses, un trámite que no se concluye en menos de nueve meses, y cuando es otorgado vence casi inmediatamente, y el proceso vuelve a comenzar. Todos aquí sabemos que la demora en el reconocimiento jurídico genera trastornos al ejercicio de los derecho sindicales colectivos, perjudica a las organizaciones en su responsabilidades de gestión en materia administrativa, financiera e institucional, y también sabemos que muchos Gobiernos utilizan la negatoria y/o la dilación en la entrega de los reconocimientos jurídicos como una táctica de presión y disciplinamiento contra los sindicatos que confrontan sus políticas: «rápido para los amigos», «tarde o nunca para los beligerantes». Este punto requiere atención y solución urgente por parte del Gobierno: solo es necesaria la voluntad política y un programa informático para resolverlo. Solo eso, no se puede demorar más.

Tomamos en cuenta también los planteos de dificultades en la conformación de las delegaciones representativas ante el Consejo Superior del Trabajo, aunque lo hacemos desde una perspectiva distinta a la del momento en el cual la Comisión de Expertos escribió su informe, ya que hemos sido informados de progresos significativos con un funcionamiento periódico del órgano de diálogo, reactivación de las comisiones y mayor amplitud en la participación. Queda mucho por hacer pero vemos que se transita el camino correcto y existen avances constatables.

Finalmente, quisiéramos destacar la tarea durante esta Conferencia del Gobierno de El Salvador a través de su Viceministra, que se acercó a conversar con los actores sociales, se allanaron las críticas y se buscó concertar asistencia técnica con otros Gobiernos para superar las dificultades, eso hace parte del trabajo que realizamos en esta Comisión. No debemos profundizar grietas y exaltar discursos concentrados en la contradicción por la contradicción misma, cada minuto en Ginebra lo debemos aprovechar en reuniones bilaterales, encuentros tripartitos, conversaciones con la Oficina, en la búsqueda de la síntesis y el consenso desde la buena fe negocial.

Esperamos que en el caso de El Salvador, el Gobierno cumpla en los hechos y, en el tiempo prudente, con los compromisos asumidos con los actores sociales y podamos constatar próximamente los avances y dar cuenta de ellos en la próxima Conferencia.

Miembro gubernamental, Chile - Pronuncio esta declaración en nombre de una significativa mayoría de países de América Latina y el Caribe. Agradecemos las informaciones brindadas por el Gobierno de la República de El Salvador a través del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, relativas al cumplimiento del Convenio. Tenemos en cuenta el informe emitido por la misión tripartita de alto nivel que visitó El Salvador en mayo de 2022, la cual estuvo presidida por la delegada de México en representación del Grupo Gubernamental. Esta misión fue recibida por el señor Ministro Rolando Castro, quien les dio la bienvenida en nombre del señor Presidente de la República, Nayib Bukele, considerándola una oportunidad y expresando su apertura a brindar todas las informaciones que la misión pudiese requerir.

La misión se recibió atendiendo las recomendaciones brindadas por la conclusiones de la Comisión de junio de 2021. Dicha misión constató el establecimiento y el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo para el bienio 2021-2023, y la creación de una comisión técnica tripartita para operativizar la agenda de dicho Consejo. Este informe constata los avances significativos que El Salvador ha realizado en la promoción del diálogo social tripartito. Todo lo anterior contrasta con la inclusión nuevamente de El Salvador en la lista de los 22 países llamados a brindar un informe ante la Comisión.

Por todo lo anterior, alentamos el compromiso del Gobierno de El Salvador con la aplicación del Convenio y animamos a la OIT a continuar facilitando la cooperación técnica al Gobierno de El Salvador.

Miembro empleador, República Democrática del Congo - En nombre de los empleadores de la República Democrática del Congo, que están comprometidos con la letra y el espíritu de las normas internacionales del trabajo, afirmo que es totalmente inaceptable que el Gobierno de El Salvador interfiriera en las elecciones de los representantes de los empleadores, y en concreto de la ANEP, en la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones mediante el decreto de noviembre de 2017. No importa que el Gobierno alegue después, como defensa, que la Corte Suprema de Justicia dictó una sentencia declarando nula y sin valor ni efecto alguno la elección de los representantes de los empleadores impugnada por la ANEP. Este acto constituye, sin duda, una clara violación del artículo 3, 1) del Convenio, tal como lo indica la Comisión de Expertos.

Asimismo, la exclusión de la ANEP del diálogo social por parte del Gobierno es otra manifestación de la violación del Convenio. Esto demuestra que no hay un verdadero diálogo.

Ante esta situación, es totalmente conveniente que el Gobierno de El Salvador reciba asistencia técnica de la Oficina para promover el tripartismo y el diálogo social en el país. También es aconsejable que esta asistencia técnica para la promoción del diálogo social se dirija también y sobre todo al Consejo Superior del Trabajo, que dista mucho de estar funcionando como es debido.

Miembro trabajador, Países Bajos - En el comentario del informe de la Comisión de Expertos sobre El Salvador se aborda el tema de los problemas derivados de la composición y condiciones de participación de los sindicatos en órganos tripartitos de diálogo social, como es el caso del Consejo Superior del Trabajo.

La reciente misión tripartita de alto nivel de la OIT en ese país aporta elementos y sugerencias importantes para su superación. Uno de los presupuestos del reconocimiento de las organizaciones sindicales es la necesidad de cumplir con ciertos requisitos de legalización de federaciones y confederaciones. La misión tripartita tomó nota del requisito legal que exige el recambio de las juntas sindicales y sus credenciales cada doce meses. Un exceso de intervencionismo restrictivo de la libertad y autonomía sindical.

El Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), prescribe que las organizaciones sindicales son libres de redactar sus estatutos, definir su administración y elegir libremente a sus representantes.

Además de resultar una legislación altamente intervencionista de la autonomía colectiva, ocurre que en la práctica se constatan retrasos importantes en la tramitación administrativa de dichos registros de autoridades y hasta denegaciones injustificadas, a pesar de haber presentado todos los requisitos en tiempo y forma.

La acefalía consecuente en las organizaciones sindicales les impide participar en la designación de representantes para la consulta tripartita.

La negación a la entrega de credenciales impacta directamente en el derecho a la consulta que prescribe el Convenio, objeto de esta observación de la Comisión de Expertos. Esta limitación demanda una urgente modificación del Código del Trabajo en El Salvador a efectos de remover este pesado obstáculo, permitiendo la autonomía sindical, devolviendo a las organizaciones sindicales la facultad de fijar libremente los periodos de vigencia de las responsabilidades de dirección mediante su previsión estatutaria.

De manera similar, la misión tripartita de la OIT ha dejado establecido en su informe final que deberían considerarse medidas legislativas necesarias para revisar estos requisitos de elecciones y credenciales. Agrega, una opinión que compartimos, que se debería permitir a los sindicatos determinar en sus estatutos una duración del mandato de sus juntas directivas.

En definitiva, no parece difícil darle una solución urgente al estado de situación de la libertad sindical en El Salvador en lo referente a la determinación de la representación sindical, un elemento clave para la actividad sindical y el desarrollo del trabajo decente.

Miembro empleadora, Argentina - El sector empleador argentino ve con agrado que las autoridades de El Salvador hayan aceptado la asistencia técnica de la OIT y recibido a la misión tripartita de alto nivel, así como el restablecimiento del Consejo Superior del Trabajo en seguimiento de las recomendaciones de la Comisión del año 2020-2021. Sin embargo, luego de la lectura del informe de la misión tripartita, emitido en mayo del corriente año, y oídas las manifestaciones de los actores sociales del país debemos expresar que lamentamos encontrarnos nuevamente en una sesión de la Comisión donde no es posible acreditar un progreso consolidado en el cumplimiento de las obligaciones que surgen del Convenio. Por el contrario, las manifestaciones de los actores sociales indican que persiste la paralización de un número de espacios institucionalizados de diálogo social en el país, así como las acciones de injerencia indebida en la constitución y la vida interna de las organizaciones de empleadores y de trabajadores: el desconocimiento del derecho de las organizaciones más representativas de elegir sus propios representantes y la negativa a otorgar las credenciales para su participación en diversos espacios de diálogo social.

Vemos con gran preocupación que el Gobierno salvadoreño ha avanzado en la ratificación de una serie de convenios de la OIT, sin cumplir con la obligación de llevar adelante consultas efectivas con los actores sociales en forma previa.

Los trabajos de esta Comisión atestiguan que el reconocimiento y los mecanismos de diálogo social que integran a las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores son factores fundamentales para el funcionamiento de los mecanismos de adopción y de revisión de normas de la OIT.

Definir las prioridades estratégicas a nivel nacional es una tarea que solo debe llevarse adelante después de identificar en forma previa los desafíos y las necesidades vinculadas a la implementación de una norma internacional del trabajo. La efectividad de una ratificación en un país determinado está ineludiblemente ligada al reconocimiento de la experiencia y la perspectiva de los mandantes sobre la materia regulada y de la construcción de consensos básicos sobre la estrategia para la implementación de un convenio en el territorio.

En el caso bajo análisis nos encontramos en un doble frente, donde no solo se omite consultar a los órganos de consulta constituidos, sino que cuando se los convoca ello sucede en un contexto de clima hostil, donde se desconoce la representatividad de las organizaciones o donde sus representantes no pueden manifestarse libremente.

Esperamos que a la luz de este debate el Gobierno salvadoreño adopte medidas adecuadas para garantizar las condiciones necesarias para el diálogo social en el país y se comprometa con la instauración y el funcionamiento de mecanismos de consulta institucionalizados, transparentes, predecibles y jurídicamente vinculantes que aseguren el cumplimiento en la ley y en la práctica del Convenio, con asistencia técnica de la OIT si fuera necesario.

Miembro trabajador, España - Los trabajadores observamos con esperanza y expectación los esfuerzos realizados por El Salvador, sobre todo en estos últimos meses, para impulsar y cumplir con las normas internacionales del trabajo y en especial con las disposiciones del Convenio.

En este sentido, es necesario subrayar cómo la misión tripartita de alto nivel de la OIT pudo comprobar el mes pasado que la principal instancia consultiva de diálogo social tripartito en el país (Consejo Superior del Trabajo) había retomado su actividad desde el 8 de diciembre de 2021. Y cómo no, también es importante que destaquemos que el 16 de mayo de 2022 la Asamblea Legislativa de El Salvador ha ratificado cinco convenios de la OIT, avanzando con ello hacia una mayor protección de los derechos de la clase trabajadora.

Sin embargo, sin obviar que la reactivación del Consejo Superior del Trabajo supone un avance en cuanto al respeto del dialogo social tripartito, lo cierto es que los trabajadores percibimos con cierta inquietud cómo la legislación de El Salvador mantiene una excesiva e inapropiada injerencia en la autonomía organizativa de las organizaciones sindicales, que les impide poder ejercer su derecho a formar parte de los órganos de consulta.

La exigencia legal de renovar las juntas directivas de las organizaciones sindicales cada doce meses con la consecuente retirada de credenciales, si no se lleva a cabo en este tiempo, unido a la demora en los procesos de revisión de las credenciales, supone un claro obstáculo a la libertad del sindicato para organizarse, autogobernarse y poder participar en los órganos de diálogo social.

Por este motivo, consideramos que el Gobierno de El Salvador debe dar un paso más en el impulso del diálogo social y tomar las medidas necesarias para suprimir en su legislación cualquier atisbo de intervención en las elecciones de representantes para la consulta tripartita así como en la entrega de credenciales.

Miembro gubernamental, Colombia - Quiero referirme a dos aspectos del caso. En primer lugar, es preciso resaltar que los representantes de trabajadores y empleadores deben ser elegidos libremente y estar representados en pie de igualdad, como establecen los Convenios núms. 87 y 144 en su artículo 3.

El Comité de Libertad Sindical ha indicado en reiteradas oportunidades que corresponde a las organizaciones de trabajadores y de empleadores la determinación de las condiciones de elección de sus dirigentes y las autoridades deberían abstenerse de toda injerencia indebida en el ejercicio de este derecho.

Es por lo anterior que observamos con preocupación que el Gobierno, por una parte, continúe desconociendo a la ANEP como la entidad más representativa de los empleadores en El Salvador y, por otro lado, persista la prohibición de reunirse y convocar a la ANEP para participar en los espacios de diálogo social.

En segundo lugar, el Convenio núm. 144, en su artículo 2, hace referencia al compromiso de realizar consultas efectivas y tiene como fundamento básico el diálogo social como herramienta esencial para la construcción de propuestas conjuntas entre trabajadores, empleadores y el Gobierno, que promuevan el crecimiento, la paz y el bienestar general. En ese sentido, para lograr un verdadero diálogo y por ende el desarrollo de consultas efectivas se requiere, como lo ha mencionado también el Comité de Libertad Sindical, un clima de confianza basado en el respeto de las organizaciones empresariales y sindicales con miras a promover relaciones profesionales estables y sólidas.

Destacamos la importancia de la reactivación del Consejo Superior del Trabajo y la realización de reuniones periódicas que se realizan desde hace seis meses, sin embargo, observamos con preocupación que, a pesar de dicha reactivación, el Gobierno continúa presentando a la Asamblea Legislativa proyectos de normas en materia laboral de gran importancia, como el nuevo Código del Trabajo y la Ley Procesal Laboral, sin consultar a los empleadores ni a los trabajadores.

Frente a este punto es preciso retomar también lo indicado por el Comité de Libertad Sindical en su recopilación de decisiones sobre la consulta tripartita, indicando que dichas consultas tienen que darse antes de que el Gobierno someta un proyecto a la Asamblea Legislativa o establezca una política laboral, social o económica.

Es de la mayor importancia que las consultas se realicen en un marco de buena fe y confianza, y se permita a los empleadores y trabajadores expresar sus opiniones, análisis y propuestas para lograr verdaderos consensos y avanzar en la búsqueda del mejoramiento de las relaciones laborales a través del diálogo social.

En conclusión, solicitamos al Gobierno que, además de continuar con las reuniones periódicas del Consejo Superior del Trabajo, se comprometa a reconocer al nuevo presidente de la ANEP, el Sr. José Agustín Martínez, para generar un clima de confianza, y que permita a la ANEP participar en todos los espacios de diálogo social tripartito y realice consultas efectivas sobre los asuntos relacionados con la OIT y todos los temas relacionados con las políticas laborales y sociales del país.

Miembro empleador, Honduras - Hoy discutimos un caso muy grave. Violentar el derecho al diálogo social de las organizaciones más representativas, como es el caso de la ANEP en el Salvador, es atentar contra la estabilidad social, la paz y el buen gobierno que debe prevalecer en los Estados; es atentar contra el empleo al que tienen derecho los trabajadores y se constituye en una falta muy grave a uno de los principios fundamentales de la OIT como lo es el diálogo social.

Lamentamos que, por quinta vez, en forma consecutiva, se esté tratando este mismo caso; no se pueden apreciar avances en El Salvador, en donde se continúan manifestando las mismas violaciones al Convenio núm. 144, mismas que enumero a continuación:

1. El Gobierno continúa nombrando directores en entidades tripartitas y paritarias de manera arbitraria sin considerar lo establecido en el Convenio; pasaban reformas a leyes que atentan contra el diálogo social y sin atender que dichas reformas deben de ser derogadas, según establece la Comisión de Expertos.

2. El Gobierno, su Presidente, su Vicepresidente y la mayoría de los ministros de Gobierno continúan sin reconocer a la ANEP como la entidad más representativa de empleadores de El Salvador.

3. Los empleadores de El Salvador continúan participando de manera incompleta en el Consejo Superior del Trabajo porque el Gobierno no ha establecido normas y reglas claras, predecibles y jurídicamente vinculantes para elegir a los representantes de los empleadores, con lo cual violenta nuevamente el Convenio. A la fecha, después de dos meses de la elección del nuevo presidente de la ANEP, el Gobierno aún no entrega las credenciales correspondientes.

4. El Gobierno no consultó al Consejo Superior del Trabajo los convenios que somete a ratificación y los convenios que efectivamente son ratificados. Todo lo anterior violenta diferentes partes del Convenio y ha generado un clima político incierto en cuanto a la política de desarrollo y progreso social.

Es por lo anteriormente expuesto que pedimos a esta Comisión que tome medidas efectivas a fin de garantizar que se respete la autonomía de la ANEP como la organización más representativa de empleadores y así poder participar de forma plena en las distintas instancias de diálogo y consulta tripartita.

Recuerdo a la Comisión que el diálogo social solo es posible cuando las organizaciones de empleadores y de trabajadores pueden actuar con independencia, en forma técnica y con acceso a la información, sin temor a ningún tipo de represalia por parte de los Gobiernos y con la certeza de que los consensos y acuerdos alcanzados por medio del diálogo social se respetarán y ejecutarán en forma efectiva.

Miembro empleador, Panamá - El informe de la misión tripartita de alto nivel de la OIT a El Salvador da cuenta de que la participación de la ANEP, como organización más representativa de empleadores en el diálogo social, en la consulta tripartita y en el Consejo Superior del Trabajo, debe ser efectiva. En el Consejo Superior del Trabajo, los miembros representativos de los sectores empleador y trabajador deben ser designados libremente por cada sector en pie de igualdad.

La ANEP, como organización más representativa de los empleadores, debe ser respetada y considerada por todas las autoridades del país, lo mismo que en el caso de los trabajadores. Esto no es algo nuevo, los que venimos participando en la OIT desde hace muchos años, vamos viendo como la ANEP, como organización más representativa de los empleadores, participa en esta casa.

El Salvador ratificó el Convenio y su cumplimiento, en todos sus aspectos, no en un porcentaje, es una obligación del país que trasciende al Gobierno de turno. El diálogo social y la consulta tripartita con las organizaciones más representativas de los trabajadores y los empleadores —como es la ANEP—, es parte de los valores que representa el Convenio, que el Gobierno está obligado a cumplir y no está cumpliendo.

Presentarse aquí, incumpliendo el Convenio ratificado, pero decirnos que ratifica otros convenios, es como el niño que le dice a la maestra que no hizo la tarea pero le regala una manzana. Qué bien por la manzana, pero tiene que hacer la tarea. Tiene que cumplir con el Convenio y reconocer y respetar a la ANEP como la organización más representativa de los empleadores en El Salvador, y no tratar de descalificar en esta Comisión los mecanismos de control de la OIT que han dado muestra de una gran efectividad.

Representante gubernamental, Ministro de Trabajo y Previsión Social - Me hallo un poco consternado porque hay dos tipos de países bajo la narrativa que se ha planteado. La primera es un poco la descripción que hace el representante del sector laboral acá, y otra cosa es que muchas personas que no son del país y emiten opiniones y no se han concentrado en las conclusiones que hizo incluso la misión de alto nivel, sino más bien han traído exactamente la misma descripción y la retórica de hace un año, como si no hubieran existido avances.

Quiero aclarar que, en cuanto al retraso de la entrega de credenciales por nueve meses, solo ha habido casos especiales, estamos hablando del 2 por ciento del movimiento sindical de El Salvador que ha tenido atrasos, y que ha tenido atrasos por máximo 7 u 8 meses. Al resto se le entrega en un mes o mes y medio y ese caso muy pequeño que ha estado en proceso de revisión es porque incluso vinieron empleadores acá demostrando con evidencias incluso que eran extorsionados por estos dirigentes sindicales, sobre lo que tenemos documentación. No es la generalidad, es un tema más de investigación administrativa y penal que se está llevando a cabo porque hubo empleadores que vinieron a plantear que eran extorsionados por estos grupos, que un poco se alejaban del tema sindical y más se dedicaban a otra cosa, como estar pidiendo dinero y otras cosas. Son los únicos casos especiales que se han tomado.

La otra cuestión es sobre la organización más representativa, que nosotros debemos de reconocer. Quiero aclararles que cuando nosotros finalizamos el Consejo Superior del Trabajo anterior se lleva a cabo la instalación del nuevo Consejo, en ese momento queda como vicepresidente del sector empleador el ingeniero Agustín Martínez, en ese momento, vicepresidente de la ANEP. Posteriormente, la ANEP lleva un proceso de elección y el actual presidente de la ANEP es precisamente el vicepresidente del Consejo. Entonces no hacer un reconocimiento —¿no sé de qué manera debe de reconocerse?—, si están los espacios, ha habido una elección eminentemente democrática que definieron, tal como el procedimiento lo establece, y decirles e informarles que el actual presidente de la ANEP es el actual vicepresidente del Consejo, entonces no veo la razón. Quizás en el tema de la representatividad la ANEP se quedó un poco. El momento que fue más representativo fue el momento en que su presidente era Elías Antonio Saca, y a Elías Antonio Saca, de la ANEP, lo catapultan para ser Presidente de la República. Es como un activismo eminentemente político y en ese momento queda como Presidente. Obviamente creo que fue el momento que mejor representada estuvo la ANEP. Dicho sea de paso, este es un ex-Presidente de la República que ha sido procesado por actos delictivos y que hoy está pagando una pena en prisión. Pero en el marco de nuestro Gobierno, los procesos de elección han sido totalmente demostrados y evidenciados y prueba de ello es que el actual presidente de la ANEP es el actual vicepresidente del sector empleador de este país.

Esa es la realidad concreta con la que nosotros contamos. Qué más reconocimiento, no entiendo qué es lo que se necesita. Hemos actuado según la normativa que tenemos acá, el Consejo debe de sesionar legalmente dos reuniones al año, en los tres meses en que nosotros hemos llevado a cabo el nuevo Consejo, ya llevamos cinco reuniones, y de forma bilateral incluso llevamos muchas más, porque hemos llevado a cabo reuniones y consultas bilaterales. No sé qué otra cosa más se puede hacer como Estado. Están en todos los espacios que se plantean.

Ahora, el tema bipartito no sé si entra dentro del Convenio, porque la ANEP negoció desde hace muchos Gobiernos anteriores la creación de 20 o 21 bipartitas, de las que excluyó y apartó históricamente al sector laboral para que no estuviera representado en negociaciones directas con el Gobierno. Estamos hablando entonces de la creación de 20 bipartitas donde solo se pone de acuerdo el Gobierno y la ANEP, pero de ahí queda excluido el sector laboral. Nosotros estamos haciendo un esfuerzo y le hemos planteado a los vicepresidentes tanto del sector laboral como del sector empleador que hay que convertirlas en tripartitas para llevar a cabo en plenitud el Convenio. Eso es lo que estamos haciendo, y eso es lo que el portavoz del Grupo de los Empleadores planteó con ocasión de la nueva apertura, y está funcionando, pero no de forma tripartita, porque históricamente siempre excluyeron a los trabajadores y se mantuvieron prácticamente ellos.

El caso es sumamente preocupante porque, acerca del Convenio núm. 190, la ANEP dio postura pública, junto a los empleadores de Centroamérica, y dijo que no estaba de acuerdo, estuvo incluso el portavoz del Grupo de los Empleadores en esas decisiones. No estábamos de acuerdo en eso, y ahora, bajo la intervención del miembro empleador de El Salvador, representante de la ANEP, afirman que nosotros en mayo hemos cometido graves hechos históricos por llevar a cabo una ratificación. Nos queda sumamente claro que la ratificación de convenios de la OIT son hechos graves para estos sectores.

Estamos en el camino hacia la construcción de un nuevo modelo en El Salvador donde exista justicia e igualdad para todos los sectores. La reforma de pensiones hace unos años no era discutida con los sectores de forma tripartita ni en los consejos. Era precisamente discutida entre los diputados, diputados corporativos que respondían a poderes fácticos y que se ponían de acuerdo de forma bilateral. Hoy el Gobierno de la República ha privilegiado el diálogo social tripartito con todos los actores.

Vamos a seguir haciendo todos los esfuerzos posibles por construir una República de El Salvador con justicia, pero con igualdad para todos los sectores. La única diferencia de este nuevo Gobierno es que en, aquel momento, —y puedo repetirlo— cuando la ANEP pone a su presidente de Presidente de la República, Elías Antonio Saca, este cargo donde yo estoy era precisamente de las cúpulas empresariales, quienes venían acá como ministros de trabajo. Es más, antes y después siguen siendo asesores de grupos fácticos y a los que defendían. Ahora no hemos venido a inclinar la balanza ni a excluir a ningún sector, lo único es que acá está el peso que tiene nuestro sector productivo empleador, pero acá en igualdad de condiciones con el peso que debe tener el sector laboral, ese es el problema por el cual hay muchas dificultades.

Cuando hacen descripción y señalamientos de los tuits, queremos decirles que todavía no hemos reformado la ley. La legalidad de este país funciona en base a decretos legislativos y en base a decretos ejecutivos, no en base a tuits. No son decretos ni legislativos ni ejecutivos, solo un tuit; lamento profundamente que se hayan concentrado tanto en el tema de hace un año, y no le hayan dado total validez, ni mínima validez, ni ponderación, por pequeña que sea, a las conclusiones que hizo la misión acá en El Salvador, a la que brindamos absolutamente toda la colaboración que ellos planteaban.

Así que, lamentablemente, tenemos países vecinos asesinando dirigentes sindicales, hoy son electos en las juntas directivas y en la noche están llegando a amenazar, e incluso a asesinar; vecinos, vecinos que a veces se convierten en voceros de sectores empresariales de acá y a escala internacional, que tienen problemas con contratos colectivos, que no firman los contratos colectivos y El Salvador ratificó los Convenios núms. 87 y 98 y salió corriendo porque la comunidad internacional y especialmente la Unión Europea presionó sobre el sistema arancelario.

Hoy hemos ratificado cinco convenios por voluntad expresa y por necesidad de la clase trabajadora y del sector productivo de este país.

Vamos a seguir haciendo esfuerzos, trabajando duro. Bienvenidos el sector empleador y el sector trabajador: vamos a continuar trabajando.

Miembros trabajadores - Agradecemos al Gobierno la aclaración. Antes de ofrecer nuestras conclusiones finales nos gustaría hacer un comentario preliminar. Nos gustaría dejar constancia, en esta Comisión, que desde el Grupo de los Trabajadores observamos que gran parte de los comentarios vertidos en esta sesión sobre El Salvador dedicada al Convenio núm. 144, por parte del Grupo de los Empleadores quedan fuera del ámbito y contenido de este Convenio que estamos analizando, y por tanto solicitamos que no figuren en las conclusiones de esta sesión cuando este sea el caso.

Para nosotros este caso no es un caso de retroceso, sino que vemos algunos pasos positivos en la dirección correcta. El hecho de que el Gobierno aceptara recibir la misión tripartita de alto nivel y la evolución positiva en algunas legislaciones, también con la aprobación de los cinco convenios de la OIT que ya se han mencionado, son en sí pruebas de la eficacia del trabajo de nuestra Comisión y de su credibilidad. No obstante, insistimos en que el Gobierno ha de tomar las medidas necesarias para cumplir plenamente el Convenio núm. 144. Esto implica tres medidas: en primer lugar, garantizar la plena composición del Consejo Superior del Trabajo lo antes posible; en segundo lugar, simplificar y facilitar el procedimiento de designación de los representantes de los trabajadores y de las trabajadoras, y en tercer lugar, y en particular, debería reformarse la disposición del Código del Trabajo que prevé la renovación anual de la junta directiva de los sindicatos.

En general, pedimos al Gobierno que aplique plenamente las recomendaciones de la misión tripartita.

Miembros empleadores - Hemos escuchado atentamente todas las intervenciones, muy particularmente la del señor Ministro. Agradecemos a la representante de la Unión Europea que nos aclarara los conceptos contenidos en las conclusiones de la misión tripartita de alto nivel.

Cuando otros oradores se refirieron a ella, me pareció que hablaban de un documento que yo desconozco. Nos sorprende que alguien considere positiva la ratificación de un convenio, por positivo que ello pueda ser, cuando se ha hecho en violación del Convenio núm. 144, que es justamente el que estamos analizando en esta sala hoy. El fin no justifica los medios. Con la clara confesión, a través de la cuenta de Twitter del Presidente Bukele, de su intención sistemática de excluir a la ANEP, a la que convenientemente no se han referido quienes ven progresos en otras afirmaciones del Gobierno, queda claro que lo que dice el Ministro no coincide con el cumplimiento de lo estipulado en el Convenio núm. 144.

Los hechos dan cuenta de la ausencia de voluntad efectiva para aplicar adecuadamente la ley en la práctica, todo el articulado del Convenio, ello a pesar de las conclusiones de esta Comisión en los años 2017, 2018, 2019 y 2021; a pesar de siete observaciones publicadas por la Comisión de Expertos; a pesar de las numerosas intervenciones urgentes solicitadas al Director General de la OIT, por parte de la ANEP y de la OIE, y a pesar de la asistencia técnica de la OIT y de los ofrecimientos efectuados a la misión tripartita de alto nivel que recientemente visitó el país.

La situación de incumplimiento del Convenio por El Salvador es continua, grave y urgente. En tal sentido, instamos al Gobierno a: que se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de trabajadores y de empleadores y facilite, de conformidad con la legislación nacional e internacional, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores emitiendo las credenciales correspondientes; que se abstenga de agredir y desprestigiar a la ANEP, organización empresarial más representativa y a sus dirigentes; que elabore en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores reglas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo; que reactive, sin demora, la consulta efectiva en el Consejo y el funcionamiento mismo de otros entes tripartitos, respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social, a fin de garantizar su pleno funcionamiento sin injerencia alguna; que, en consulta con los interlocutores sociales, tome sin demora todas las medidas necesarias para modificar los 23 decretos adoptados el 3 de junio de 2021, de manera que cumplan con las garantías establecidas en los convenios de la OIT ratificados por El Salvador; que continúe recurriendo a la asistencia técnica de la OIT; y que presente una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión de este año.

Por la gravedad de los hechos expuestos, solicitamos que el presente caso se incluya en un párrafo especial del informe de la Comisión.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de la información oral proporcionada por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación sobre las cuestiones relativas al cumplimiento del Convenio núm. 144. La Comisión tomó nota de que el Gobierno no comunicó información por escrito.

La Comisión también tomó nota de la reciente misión tripartita de alto nivel de la OIT, que tuvo lugar en mayo de 2022. La Comisión lamentó que cinco convenios de la OIT fueran ratificados sin consultar a la organización de empleadores más representativa.

La Comisión tomó nota con profunda preocupación de los múltiples alegatos de injerencia de las autoridades en la designación de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en los órganos públicos tripartitos y paritarios.

Teniendo en cuenta la discusión del caso, la Comisión insta al Gobierno de El Salvador a:

- abstenerse de cualquier agresión y de interferir en la constitución y las actividades de las organizaciones de empleadores y trabajadores, en particular la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP);

- garantizar el funcionamiento efectivo del Consejo Superior del Trabajo (CST) y de otras entidades tripartitas, respetando la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, y a través del diálogo social, para garantizar su pleno funcionamiento sin ninguna injerencia;

- abstenerse de designar unilateralmente a los representantes de los trabajadores y de los empleadores para las consultas e instituciones tripartitas, y desarrollar, en plena consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, los procedimientos de designación de dichos representantes;

- derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su estatuto jurídico cada doce meses y los 23 decretos adoptados el 3 de junio de 2021, y

- elaborar una hoja de ruta con plazos determinados para aplicar sin demora todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT.

La Comisión pide al Gobierno que presente a la Comisión de Expertos, antes del 1.º de septiembre de 2022, una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, elaborada en consulta con los interlocutores sociales.

La Comisión alienta al Gobierno a seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT para garantizar el pleno cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Convenio.

Otro representante gubernamental - En nombre de la delegación de El Salvador tomo nota de las conclusiones señaladas por esta Comisión.

Aprovecho la ocasión para señalar que El Salvador es respetuoso de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo. Por otra parte, lamentamos que la Comisión no haya examinado la comunicación por escrito que enviamos en diferentes ocasiones, respondiendo oficialmente a la Comisión de Expertos. Lamentamos profundamente que en sus conclusiones esta Comisión no reconozca ningún signo de progreso, y que no haya tomado nota del informe de la misión de alto nivel tripartita que este mismo órgano envió a El Salvador.

Lamentamos que la Comisión haya ignorado la intervención de la representación de los trabajadores de El Salvador. En el país hay cinco instancias de diálogo social tripartito, las cuales están funcionando de manera efectiva, privilegiando el diálogo social y la consulta tripartita en línea con el Convenio.

Lamentamos que las conclusiones estén escritas en un lenguaje lacerante y condenatorio; alejado de la elegancia y diplomacia que caracteriza esta Comisión, y contrario al espíritu de cooperación de la OIT.

Ante las conclusiones, con mucho respeto, trasladamos una inquietud: ¿es competencia de esta Comisión mandatar a un Estado para que reforme o derogue su legislación interna? Pareciera una extralimitación.

El Ministro de Trabajo, en su discurso ante la OIT planteó clara y categóricamente que nuestro compromiso con la OIT es inquebrantable, pero también hizo alusión a la dignidad y soberanía de los Estados.

Reafirmamos nuestro compromiso de que en El Salvador vamos a seguir privilegiando el diálogo social con todos los actores y sectores, sin privilegiar a ningún grupo de poder fáctico.

Finalmente, nos comprometemos a analizar las conclusiones de la Comisión.

Caso individual (CAS) - Discusión: 2021, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

2021-SLV-C144-En

Discusión por la Comisión

Representante gubernamental, Ministro de Trabajo y Previsión Social. Quiero expresar enfáticamente el compromiso del Gobierno de El Salvador liderado por el Presidente Bukele con el diálogo social tripartito y la profundización de la democracia como una herramienta esencial para la construcción de acuerdos para el desarrollo del país. Sabemos que solo unidos: empleadores, trabajadores y Gobierno podemos salir adelante.

Como país fundador de la OIT estamos comprometidos con la promoción de las normas constitutivas y la visión de la Organización. Por ello, luego de la Conferencia de 2019, donde me comprometí a reactivar el Consejo Superior del Trabajo (CST) a mi regreso al país, sin dilación hicimos los procedimientos necesarios para su conformación. Este fue un hito que puso fin a seis años de fractura del diálogo social tripartito de El Salvador y marcó un punto de partida para la construcción de grandes acuerdos para el desarrollo del país y el bienestar de la población salvadoreña. El CST inició sus reuniones y se llegaron a importantes acuerdos: como la construcción de la estrategia de empleo decente, para lo cual se contó con la cooperación de la OIT y se inició la implementación de una hoja de ruta constitutiva y participativa.

De igual manera, se conformó el Consejo Nacional del Salario Mínimo como un espacio tripartito cuyo proceso de elección fue libre y transparente contando con la total satisfacción de los trabajadores y de los empleadores. No obstante, con la llegada de la pandemia de COVID‑19, que afectó a todo el mundo, tuvimos que replantearlo. Desde El Salvador vimos como otros países con mayor desarrollo y sistemas de protección más fuertes estaban teniendo serias dificultades con el manejo de la pandemia. Por ello, como Gobierno tomamos la firme decisión de proteger la vida y la salud de nuestra población, lo que implicó enfocar todos los esfuerzos en el manejo de la pandemia. Eso nos llevó, en un inicio, a establecer un cordón epidemiológico, una estricta cuarentena, así como acciones para educar y concientizar a la población; fortalecimos nuestro sistema de salud, construimos un hospital especializado y moderno diseñado en un programa de tratamiento ambulatorio de la COVID-19 y, más recientemente, estamos implementando un exitoso programa de vacunación. Por todo ello, nuestro país ha sido reconocido por la Organización Mundial de la Salud como uno de los países más exitoso en el manejo de la pandemia.

Como Ministerio de Trabajo, estuvimos en constantes procesos de diálogo con las gremiales y empresariales y los representantes de trabajadores. Al igual que a todo el mundo, la pandemia nos ocasionó una contracción económica. Sin embargo, las medidas y políticas implementadas por el Gobierno en conjunto con amplios procesos de diálogo con los sectores ayudaron a minimizar los impactos económicos y sociales de la crisis. Por ejemplo, como Gobierno, en conjunto con el sector empresarial y trabajadores, diseñamos la Ley de Protección de Empleo, que contenía un amplio e histórico programa económico de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa y el sector informal, para brindar el apoyo financiero requerido en ese momento.

También uno de los grandes propósitos fue proteger las actividades económicas y los trabajadores que estaban realizando sus labores, por lo cual construimos junto a los empleadores y trabajadores un protocolo general de bioseguridad y hemos diseñado de manera conjunta 2 636 protocolos adaptados a las condiciones particulares de los distintos rubros económicos y empresariales, para garantizar el resguardo de la salud y la vida tanto de los trabajadores como de los empleadores.

Asimismo, informar a la honorable Comisión que hemos impulsado procesos que han fortalecido el diálogo social tripartito, como lo ha sido la construcción participativa del Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Trabajo para el periodo 2020-2024, cuya construcción por primera vez fue dialogado con los empleadores y trabajadores de igual forma. Dicho plan estratégico refleja lo transversal que es el fortalecimiento del diálogo social tripartito.

En esa misma línea informo que hemos construido y validado con los empleadores y trabajadores el Sistema de Información de Mercado Laboral, instrumento que va a proveer información valiosa para la toma de decisiones y las orientaciones políticas públicas en materia laboral. Este sistema ha contado con la cooperación técnica de la OIT y es un instrumento que fortalecerá el diálogo social informado en El Salvador.

En el segundo semestre de 2020, con motivo de la reactivación económica, se conformó una mesa de diálogo con el sector empresarial en la que se estableció un plan para la reactivación económica ordenada y segura muy esencial por el aporte de las gremiales y empresariales y los trabajadores que de forma general fue muy contundente.

Además, en mi calidad de Ministro, yo invierto el 70 por ciento de mi tiempo en el diálogo social entre trabajadores y empleadores para buscar soluciones a los problemas que se prestan. Todos estos elementos me llevan a decir clara y contundentemente que en nuestra gestión el diálogo social en el país nunca se ha detenido y que, por el contrario, se ha fortalecido.

Desde nuestra llegada al Gobierno hemos sido transparentes y manifestado que somos un Gobierno con reglas claras, comprometidas en brindar certidumbre jurídica y crear un ambiente propicio para la inversión privada, para generar más y mejores empleos. Y, además, hemos dicho que lo único que no es negociable, en este Gobierno, son los derechos genuinos de los trabajadores.

Entendemos que como obra humana podemos tener algunos errores, pero nuestro espíritu de diálogo es claro y contundente. Trabajamos de la mano con el sector empleador porque está muy claro que son un actor importante en el desarrollo del país. Además, creemos que la gran mayoría de empresarios en nuestro país tiene una conducta apegada al derecho, pero existe una pequeña minoría que violenta leyes laborales, incluso leyes fiscales, en nuestro país. Con esas empresas debemos ser contundentes en la aplicación de la ley.

Por otra parte, también he pedido ampliar información sobre los casos de violencia sindical en el país. Como Gobierno estamos comprometidos a exigir justicia ante los actos de violencia sindical porque esto no puede quedar impune. Y no volvamos a tiempos pasados que fueron oscuros y dolorosos para el movimiento sindical en nuestro país. Desde nuestra llegada hemos tenido apertura a las expresiones del movimiento sindical y a quienes consideramos un actor importante y clave para el desarrollo del país.

El Gobierno de El Salvador es respetuoso de la libre expresión, durante los dos años de Gobierno han existido 37 manifestaciones antigubernamentales por diferentes motivos. No obstante, con orgullo les puedo decir que nuestros cuerpos de mantenimiento del orden no han utilizado ni una sola bala de goma; ni tan solo un bote de gas lacrimógeno ha sido utilizado para reprimir a nuestro pueblo, como lo hicieron los Gobiernos anteriores.

El pasado 1.º de mayo, Día Internacional de la Clase Trabajadora, fue un día histórico en nuestro país. Tradicionalmente el movimiento sindical se expresa mediante manifestaciones en las calles y tradicionalmente las unidades de mantenimiento del orden ponen barricadas a tres cuadras de la casa presidencial, para que los manifestantes no logren accesar. Este pasado 1.º de mayo, por primera vez su servidor y otras autoridades del Gobierno, por indicaciones del Presidente Nayib Bukele, salimos a recibir al movimiento sindical y esas mismas unidades de mantenimiento del orden que en el pasado servían para reprimir al pueblo ahora abrieron las barricadas para que los representantes de los trabajadores pudieran pasar y fueran recibidos a casa presidencial y escuchados sus planteamientos. Esa es la forma en la que estamos trabajando ahora en El Salvador.

Sobre los casos de violencia sindical, en primer lugar, me referiré al Sr. Abel Vega, quien fue asesinado en el año 2010. Recientemente recibimos la notificación del ex fiscal general de la República, que archivó el caso del asesinato de este líder sindical debido a que no le había sido posible individualizar sus responsabilidades. Ante eso quiero informar, señora Presidenta, que he pedido en mi calidad de Ministro la reapertura del caso al nuevo fiscal. Ya que consideramos que las anteriores administraciones de la Fiscalía no han sido diligentes en la investigación de estos delitos. Para nosotros es de trascendental importancia hacer justicia y que estos actos no queden impunes.

Por otra parte, en el caso del vil asesinato del líder sindical Weder Arturo Meléndez, del Sindicato de la Alcaldía de San Salvador, Asociación de Trabajadores Municipales, ocurrido en agosto de 2020, nuestra respuesta ha sido contundente: hemos condenado públicamente este hecho indignante y hemos consolidado un amplio expediente donde se recopilan denuncias, entrevistas e información relevante para esclarecer la verdad, el cual hemos hecho llegar a la Fiscalía General de la República.

Nuestra voz ha sido fuerte y clara e inmediatamente solicitamos una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros y Ministras de Trabajo de Centroamérica y República Dominicana para denunciar este cobarde acto, ante lo cual, el Consejo se ha pronunciado y ha condenado el hecho. Creemos que este acto debe sensibilizar a todos los Gobiernos de la región en la búsqueda de justicia para garantizar la no repetición de estos casos.

El expediente también se ha hecho llegar al Departamento de Libertad Sindical de la OIT a quien pedimos que le dé seguimiento. Estaremos informando de los avances en la aplicación de justicia de estos casos.

Nuestra misión es superar el estigma que se tiene del movimiento sindical, que lastimosamente en nuestro país y en la región, en lugar de verlos como defensores de derechos humanos, han sido mal vistos y denigrados, por lo cual recientemente hemos lanzado el Instituto de Formación Sindical para fortalecer sus capacidades técnicas. Su incidencia en la construcción de políticas públicas es una apuesta por pasar de la protesta a la propuesta y creemos que ese será un legado histórico para el movimiento sindical en nuestro país y en nuestra gestión.

Quiero informar que el diálogo social tripartito no se ha roto en nuestro país, todo lo contrario, hemos hecho las acciones para su reinstalación y estamos comprometidos a seguir buscando consenso a través del diálogo.

Quiero expresar que nuestra invitación al sector empleador y trabajador siempre ha sido abierta, porque reconocemos que no hay otra forma de salir adelante si no es con la unión de la fuerza de los tres sectores. Reiteramos que nuestra disposición de recibir la misión de contactos directos, hoy, es más vigente que nunca. Pueden visitar el país en el momento que consideren oportuno. También reiteramos nuestra solicitud de cooperación técnica de la OIT para apoyarnos en avanzar en el fortalecimiento del diálogo social tripartito en nuestro país.

Finalmente, reiteramos nuestro apego y respecto estricto a la normativa internacional en materia de derechos humanos y particularmente de los derechos laborales. Somos fieles promotores de los principios y normas que rigen esta Organización en beneficio de todos los sectores sociales. Compartimos con la comunidad internacional el anhelo para la construcción de una sociedad más justa, inclusiva y con empleo decente para todos, donde el diálogo social tripartito, a nuestro juicio, es la piedra angular que guía estos procesos para el bienestar de nuestra población.

Miembros empleadores. Quiero empezar por agradecer el informe brindado por el Gobierno ante esta comisión, destacando la preocupación de lo que esto significa, toda vez que se trata de la cuarta vez consecutiva que se tiene que atender este mismo asunto ante una situación que, de fondo, permanece prácticamente en la misma condición que cuando se trató por primera vez. Recordamos con preocupación que en 2017, 2018 y 2019, centenario de la OIT, esta comisión discutió y adoptó conclusiones muy concretas, que incluían los pasos que el Gobierno debía dar, tanto en la ley como en la práctica, para aplicar el Convenio, un convenio de gobernanza muy relevante de la OIT que continúa sin cumplirse, a pesar de lo dicho por el representante gubernamental.

Considerando la brevedad que tengo para hacer mi presentación en este caso tan grave y tan urgente, con faltas reiteradas, invito a los miembros de la Comisión a retomar el informe de la Comisión de 2017, 2018 y 2019.

En los antecedentes del caso figuran expresiones de extrema preocupación, tanto de la Comisión de Expertos como de esta comisión, de las misiones de contactos directos de la Oficina, así como varias solicitudes de intervención urgente presentadas al Director General de la OIT, Sr. Guy Ryder, por parte de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), que es la organización más representativa y por la OIE, ante la interferencia gubernamental en la administración y funcionamiento de esta organización, que como he dicho es la más representativa.

Ataques a sus dirigentes, serias deficiencias en el funcionamiento del diálogo social y la consulta tripartita, en condiciones muy similares a las que de acuerdo con el Informe de la Comisión de Expertos y la realidad nacional viven las organizaciones de los trabajadores. Cuando discutíamos el caso en 2019, expresamos la sincera esperanza de que el nuevo Gobierno del Presidente Bukele, que había subido al poder hacía unos pocos días, tuviera la gran oportunidad de revertir esta grave situación, por la gobernabilidad del país, el fomento de las buenas relaciones entre los actores sociales y el Gobierno y el cumplimiento de las obligaciones provenientes del Convenio, entre otras cosas.

Al respecto, vale la pena recordar que una vez adoptadas las conclusiones del caso en 2019, el representante gubernamental tomó la palabra y dijo estar de acuerdo. Él pensaba rescatar algunas frases y párrafos de lo que mencionó, pero me parece que el mismo representante gubernamental ha tenido a bien reconocer que aceptó las conclusiones y se comprometió a cumplir con ellas, así como a recibir la misión de contactos directos y la asistencia de la OIT, como el día de hoy lo ha reiterado, por lo cual me parece que será de suma importancia recoger esta aceptación y proceder en consecuencia.

El Gobierno del Presidente Bukele no solo no ha cumplido con lo dicho desde 2019, no solo no ha mejorado la situación del país, ni el buen funcionamiento de la consulta tripartita y el diálogo social en todas sus formas en el país, sino que se han agravado de manera sumamente preocupante; esto es, en el marco de un creciente periodo general, institucional, democrático y de Estado de derecho, al socavar la independencia de los poderes, acortando sus contrapesos y órganos de control, incluyendo la necesaria autonomía de la organización más representativa del sector empleador, que es la ANEP.

Para mayor claridad y conocimiento de la Comisión, procederé a detallar información concreta que así lo demuestra. El CST, entidad nacional creada para el diálogo social y la consulta tripartita, está inactivo desde 2013 a la fecha. De acuerdo con el Informe de la Comisión de Expertos y en contra de lo que ha mencionado el señor representante del Gobierno, el Consejo se reactivó en septiembre de 2019. Efectivamente, eso sí lo cumplieron. Celebraron tres plenarias, acordaron de manera tripartita trabajar el diseño de una política de empleo, se solicitó asistencia técnica de la OIT, que inició su trabajo, etc. Lo cierto es que desde el 12 de mayo de 2020, toda actividad del CST está suspendida, esta es la realidad y no la que plantea el representante gubernamental, so pretexto de la pandemia. El mundo no se ha paralizado, la OIT no ha dejado de funcionar, no podemos hacer a un lado el tripartismo, bajo el pretexto de que hay una situación de salud que pudiera impedir los trabajos de esta comisión.

No piensen que esto obedece a la pandemia, como lo he dicho, no. En este tiempo el Gobierno de El Salvador invitó a reuniones informativas a organizaciones empresariales, socias de la ANEP, que pertenecen a sectores económicos con una fuerte regulación estatal, que dependen de permisos y autorizaciones y que están sujetos a sanciones, lo que los hacen especialmente vulnerables para aceptar participar y para exigir que el diálogo se realice a través de la ANEP, entidad más representativa de los empleadores de El Salvador, y a través del CST.

Tal vez sean estas reuniones, a las que por cierto no han invitado a la ANEP, como ya he mencionado, a las que se refiere el representante gubernamental; insisto, la ANEP no ha sido convocada a estas reuniones, y es la organización más representativa del país del que estamos hablando.

En congruencia con esta actitud de incumplimiento, el Gobierno se ha negado a juramentar directores selectos y nombrados por los empleadores en entidades tripartitas, el 12 de mayo de 2020. El Presidente de la República, actuando en contra de la independencia y autonomía que tienen las organizaciones de trabajadores y de empleadores, desconoció como interlocutor ante las organizaciones de empleadores al presidente de la ANEP, quien apenas trece días antes había sido electo por unanimidad de las 48 organizaciones de los diferentes sectores productivos del país que la congregan, ofreciendo, el Gobierno, que todo regresaría a la normalidad cuando eligieran a un nuevo presidente, lo cual es evidentemente un acto de injerencia y una flagrante violación a la independencia de la ANEP.

Así se han suscitado una serie de eventos, incluso en plena celebración de la 109.ª reunión de la Conferencia, el lunes 7 de junio, el Gobierno de El Salvador lanzó una supuesta nueva asociación empresarial formada por microempresarios, a quienes pretende convertir en los interlocutores frente al Gobierno. De esta manera, se continua con la práctica de crear falsos interlocutores para evadir el diálogo social con la ANEP, como entidad más representativa de los empleadores en El Salvador: una simulación inaceptable, que destruye el tripartismo y atenta contra la esencia de la OIT.

Los hechos presentados dan cuenta del desprecio extremo por el diálogo social y el incumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de El Salvador al ratificar el Convenio. La consulta tripartita y el diálogo social efectivo y de buena fe solo pueden darse en un clima en el que se garantice el Estado de derecho, desprovisto de toda agresión, interferencia o atropello. Como podrán observar, esto es un asunto de los casos más serios de incumplimiento reiterado de los convenios que voluntariamente ha ratificado El Salvador. Esperamos que el Gobierno tenga basado el éxito de esta participación, como lo anunció en sus redes sociales antes de venir, en el cumplimiento del contenido del Convenio y en los hechos, con actos tangibles y resultados comprobables y no solo con su palabra, lamentablemente incumplida hasta hoy. Estaremos muy atentos al desarrollo de esta discusión.

Miembros trabajadores. Es la cuarta vez consecutiva que la Comisión tiene que examinar la aplicación del Convenio por parte del Gobierno de El Salvador. Después de tantas comparecencias ante nuestra comisión, esperábamos ser testigos de algunas mejoras en lo relativo al pleno cumplimiento del Convenio. Desgraciadamente, no es así. De hecho, la situación se ha deteriorado mucho desde nuestra última discusión, lo cual es lamentable. Los miembros trabajadores quieren señalar a la atención de la Comisión las cuestiones siguientes.

En primer lugar, en el Informe de la Comisión de Expertos se indica que, tras seis años de inactividad, el CST reanudó por fin sus funciones en 2019. Sin embargo, las esperanzas de que se restableciera el diálogo tripartito en el país se desvanecieron rápidamente, ya que el CST solo celebró tres reuniones. Después de noviembre de 2019, el CST simplemente no volvió a reunirse. Es evidente que esto es muy mala señal en cuanto al compromiso del Gobierno de respetar y garantizar las consultas tripartitas.

Sobre la base de los comentarios de la Comisión de Expertos, observamos que, durante la última sesión celebrada hace dos años, el CST debatió la «Propuesta metodológica y la hoja de ruta a seguir para la construcción de la Estrategia Nacional de Generación de Empleo Decente». No obstante, el Gobierno no proporcionó información sobre el resultado de las discusiones, ni acerca del seguimiento dado a las recomendaciones formuladas.

Recordamos que, al ratificar el Convenio, el Gobierno de El Salvador se comprometió a poner en práctica procedimientos que aseguraran consultas efectivas sobre los asuntos relacionados con las actividades de la OIT y a que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 5 del Convenio, las consultas se celebraran al menos una vez al año.

Asimismo, en el artículo 3 del Convenio se establece que, a efectos de las consultas tripartitas, los representantes de los trabajadores serán elegidos libremente por sus organizaciones representativas. El Gobierno incumple esta disposición ya que no respeta la libre elección de los representantes de los trabajadores y procede unilateralmente a la designación de los mismos.

Además de esto, queremos destacar que los procedimientos de registro de los sindicatos en El Salvador son interminables y arbitrarios, dado que conceden plenas facultades a las autoridades para retrasar el registro de los sindicatos. Recordamos que, según la legislación salvadoreña, los sindicatos deben solicitar la renovación de su personería jurídica ante las autoridades cada doce meses. Sin este registro, los sindicatos pierden su personería jurídica, lo que les impide funcionar como sindicatos, poseer bienes y cuentas bancarias legalmente y realizar cualquier actividad sindical, incluida la negociación colectiva.

En este contexto, los miembros trabajadores comunican a la Comisión que, en enero de 2021, el Gobierno decidió unilateralmente retirar las credenciales a todos los sindicatos democráticos. Este tipo de práctica no ofrece las condiciones marco necesarias para las consultas tripartitas.

Por último, debemos recordar que, como se menciona en el artículo 1 del Convenio, existe un estrecho vínculo entre este convenio y la libertad sindical. En este sentido, lamentamos los actos de intimidación y las amenazas que se han dirigido a miembros y dirigentes de sindicatos independientes en el país. Ha habido denuncias preocupantes sobre dirigentes sindicales que han recibido amenazas y han sido seguidos por individuos desconocidos en motocicletas, cuando además sus teléfonos y comunicaciones están intervenidos. Recordamos que los ataques, la intimidación, las amenazas y el acoso no son compatibles con el Convenio.

Miembro trabajadora, El Salvador. Teniendo en cuenta la definición de diálogo social desde la OIT, que considera indispensable para el cumplimiento del Convenio el respeto del ejercicio pleno a la libertad sindical, exigimos a la ANEP que respete el derecho humano a la libertad sindical, a la creación de sindicatos, sin ninguna restricción limitante o coacción, a la negociación colectiva y a la huelga en todos los sectores productivos; y al Gobierno que sea el garante de la tutela del cumplimiento de estos derechos.

Condenamos el doble discurso de la ANEP, quien argumenta el incumplimiento del Convenio por parte del Gobierno, siendo estos los que tienen la exclusividad de la representatividad del sector empleador en todas las instancias paritarias y tripartitas.

Rechazamos todo tipo de injerencia por parte de la ANEP respecto a la representación sindical, buscando favorecer aliados o afines a ellos, pretendiendo deslegitimar a organizaciones legítimas y representativas. Exigimos a la ANEP que respete la autonomía e independencia que tenemos reconocidas las asociaciones sindicales, en virtud del Convenio núm. 87, para elegir a nuestros representantes.

Respaldamos las recientes reformas a las diferentes instituciones oficiales autónomas con el objetivo de democratizar la participación de la representación del sector empleador y la finalidad de que su gobernanza esté acorde a lo que establece el Convenio, espacios que históricamente han estado controlados por la ANEP. Pedimos que estas instancias funcionen sobre la base del interés social y no sobre el privilegio de los intereses económicos de la gran empresa.

Por tanto, exigimos que, al igual que los sindicatos, los representantes de los empleadores deben ser elegidos, y no designados de forma libre, y en una relación de igualdad de los miembros. Es de nuestro interés que las medianas y pequeñas empresas participen y sean bien representadas en esas instancias y que no sea la ANEP la que se imponga como único representante de ese sector.

El Convenio establece los procedimientos de consultas tripartitas y el reexamen a intervalos apropiados de convenios no ratificados. Al respecto, queremos reconocer la disposición y voluntad política de este Gobierno, a través del Ministro de Trabajo, quien ha iniciado el proceso de gestión para la ratificación de convenios importantes de la OIT, entre ellos: el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102), el Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154), y el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190).

Reconocemos que, a pesar de la situación que se ha vivido a raíz de la afectación de la pandemia de COVID-19, el Gobierno ha hecho esfuerzos para propiciar las condiciones de diálogo social tripartito. Para ello, se han venido realizando reuniones de forma virtual y, en algunas ocasiones, de forma presencial en las cinco instancias tripartitas en las que se incluye el CST, respetando los protocolos de bioseguridad; priorizando la salud y la vida de los trabajadores.

Reiteramos, en nuestra calidad de representantes del sector laboral y como mandantes de la OIT, nuestro apoyo a las acciones que se encuentra realizando el Gobierno de El Salvador y no compartimos que se quiera seguir incluyendo a nuestro país en la lista corta, lo que realmente necesitamos es el apoyo técnico de la OIT y que se envíe una misión de contactos directos para que verifique la veracidad de la situación planteada por nuestra parte.

No pueden lograrse términos equitativos de empleo, condiciones de trabajo decente, seguridad y salud en el trabajo, y desarrollo para el beneficio de todos sin la participación activa de los trabajadores, empleadores y Gobierno mediante el diálogo social. Esperamos que las conclusiones para este caso fijen elementos claros y concretos y tiempos precisos que permitan adoptar de forma urgente un plan para superar los problemas identificados en este debate, garantizando el pleno cumplimiento del Convenio.

Miembro empleador, El Salvador. Hemos escuchado con atención las explicaciones que ha dado el Gobierno de El Salvador sobre el incumplimiento del Convenio, las cuales están alejadas de lo que sucede en mi país.

Hace dos años, en esta misma comisión, expresamos nuestro optimismo como resultado del compromiso que asumió el nuevo Gobierno de cumplir los convenios internacionales y someterse a los mecanismos de control de la OIT. Sin embargo, lo que hoy tenemos en El Salvador es un acoso sistemático al más alto nivel del Estado, en la figura del Presidente de la República, en contra del presidente de la ANEP y en contra de la misma ANEP.

El objetivo es presionar hasta que el presidente de la ANEP renuncie a su cargo. Esta gravedad nos ha llevado, con el apoyo de la OIE, a solicitar la intervención urgente del Director General de la OIT. Los empleadores deben seguir siendo libres para elegir a sus representantes.

El 1.º de mayo, primer día de la nueva legislatura con mayoría del Presidente de la República, los diputados destituyeron a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y al fiscal general. Ahora mismo, el Presidente de la República tiene el control total de los tres órganos del Estado y ha eliminado cualquier entidad que ejerza los balances y contrapesos. Pero el Gobierno va por más. Ahora quiere el control total del aparato productivo, lo cual fue anunciado públicamente el 1.º de junio de 2021, con ocasión del segundo aniversario de su toma de posesión.

El Presidente de la República anunció en su discurso: «El quinto paso es liberarse del aparato ideológico». Dos días después, a través de sus cuentas personales de Twitter y de Facebook, expresó lo siguiente: «Este día he enviado 23 iniciativas de ley a la Asamblea Legislativa, para remover a la ANEP de las directivas de las autónomas y así ponerlas a trabajar verdaderamente al servicio de la gente. El quinto paso en nuestra lucha inicia. Ahora los verdaderos empresarios estarán representados en las autónomas y velarán por los verdaderos intereses de la empresa privada en su conjunto». Los directivos han sido minorías en las juntas directivas de las tripartitas y paritarias y aportan su experiencia profesional y empresarial para el mejor desempeño de estas entidades.

Las mencionadas reformas fueron aprobadas ese mismo día. Y con ellas, el Presidente de la República se atribuye a sí mismo la facultad de nombrar a directivos que supuestamente representarán a los empleadores y facultad para destituirlos.

Todo esto es gravísimo, no solo porque viola el Convenio, sino porque muestra claramente el carácter autoritario del Gobierno. El denominado «quinto paso» elimina la independencia que tienen las organizaciones de empleadores para nombrar de manera libre y autónoma a sus representantes. Por ello, nos parece fundamental que se inste al Gobierno a que tome sin demora, las medidas necesarias para modificar los 23 decretos aprobados el 3 de junio de 2021, a fin de que cumplan con las garantías establecidas en el Convenio. Similar conclusión fue adoptada por esta comisión en 2016.

Ahora, necesito hacer un breve resumen sobre las conclusiones adoptadas por la Comisión en 2019, las cuales el Gobierno no solo no cumplió, sino que además ha actuado en contra. El Gobierno ha continuado interfiriendo en la constitución de organizaciones de empleadores, a través del impulso a cooperativas y microempresas como representantes de los empleadores. No ha consultado a las organizaciones más representativas para establecer reglas claras que reactiven y pongan en funcionamiento del CST.

El Gobierno solo reactivó de manera temporal, durante seis meses, el CST, el cual sigue inactivo. El Gobierno inició hace apenas cuatro semanas, y solo por escrito, el proceso de sumisión de tres convenios y siete recomendaciones de la OIT, pero al margen y fuera de un inactivo consejo superior del trabajo. El Gobierno sigue sin juramentar a los directores nombrados por la ANEP en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, la Autoridad Marítima Portuaria, y el Centro Internacional de Ferias y Convenciones. El Gobierno no ha respetado la autonomía de las organizaciones más representativas de empleadores, al modificar las 23 leyes mencionadas anteriormente. No hubo misión de contactos directos antes de la 109.ª Conferencia.

Durante los últimos dos años, las organizaciones de empleadores hemos sufrido violencia, acoso y exclusión de parte del Gobierno a través de todos los medios posibles, lo cual es contrario a los convenios fundamentales de la OIT. Por ello, nos causa suma preocupación el anuncio del Gobierno del denominado «quinto paso», que puede significar una profundización de estos actos. A todos nos conviene el diálogo social como instrumento en la búsqueda de soluciones para impulsar el desarrollo, atraer inversiones y generar empleo decente, respetando la Constitución de la República, el marco normativo nacional y los convenios internacionales.

Por ello hemos recurrido a la OIT. Y por ello le solicitamos a esta comisión que adopte las conclusiones que planteará el vocero empleador.

Miembro gubernamental, Portugal. Tengo el honor de hacer uso de la palabra en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros. Los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea (Montenegro y Albania); Noruega (país miembro de la Asociación Europea de Libre Comercio y del Espacio Económico Europeo), así como la República de Moldova, suscriben esta declaración.

La Unión Europea y sus Estados miembros están comprometidos con la promoción, la protección, el respeto y el cumplimiento de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales, tal y como están consagrados en los convenios fundamentales de la OIT y otros instrumentos sobre derechos humanos.

Creemos firmemente que el cumplimiento de los convenios de la OIT es esencial para la estabilidad social y económica de cualquier país, y que un entorno propicio para el diálogo y la confianza entre empleadores, trabajadores y Gobiernos es la base de un crecimiento sólido y sostenible, y de sociedades inclusivas.

La Unión Europea y sus Estados miembros apoyan al pueblo de El Salvador y nos comprometemos a reforzar nuestra cooperación con este país a través de lazos políticos y comerciales.

El Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Unión Europea y Centroamérica, que entró en vigor en 2014, y la aplicación provisional del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central desde 2013 proporcionan un marco para el desarrollo de nuestra asociación, incluida la cooperación en materia de comercio y desarrollo sostenible, en particular de cara a la aplicación efectiva, en la legislación y en la práctica, de los Convenios fundamentales de la OIT.

Observamos con profundo pesar que no se ha avanzado en el cumplimiento del Convenio y que el diálogo social sigue siendo deficiente en el país, a pesar de que el caso ya se ha discutido en las tres últimas reuniones de la Comisión, incluso como caso grave en 2017.

Celebramos la inauguración y la primera sesión del CST, en septiembre de 2019, y las medidas adoptadas por el Gobierno para iniciar el diálogo social y reactivar el CST tras el Informe de la Comisión de 2020. Saludamos la finalización de la Política Nacional de Empleo Decente con la asistencia técnica de la OIT. Sin embargo, tomamos nota de las observaciones de la ANEP en las que se denuncian actos de intimidación contra su recién elegido presidente. Pedimos al Gobierno que proporcione más información con respecto a estos alegatos, así como información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar el funcionamiento efectivo del CST y acerca del contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco del CST.

Lamentablemente, tomamos nota de las observaciones de la Comisión según las cuales el Gobierno no ha facilitado información sobre las consultas tripartitas celebradas en relación con la propuesta de protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión, ni en lo relativo a los progresos realizados para su adopción.

La Unión Europea y sus Estados miembros se suman al reiterado llamamiento de la Comisión para que transmita sin más demora información actualizada sobre esta cuestión.

El Gobierno tampoco ha proporcionado información en su memoria sobre las consultas tripartitas celebradas sobre cuestiones relacionadas con normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio. Solicitamos una vez más al Gobierno que cumpla estas obligaciones de presentación de información.

Asimismo, pedimos al Gobierno que siga proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para promover el tripartismo y el diálogo social en el país en el marco de la asistencia técnica de la OIT y sobre sus resultados. Instamos al Gobierno a que cumpla de forma constructiva y real su compromiso de aplicar efectivamente en la legislación y la práctica todos los convenios de la OIT ratificados, incluidos los convenios fundamentales y el Convenio sobre la consulta tripartita.

La Unión Europea y sus Estados miembros siguen comprometidos con una participación conjunta y constructiva con El Salvador, en particular mediante proyectos de cooperación, cuyo objetivo es reforzar la capacidad del Gobierno para abordar las cuestiones planteadas en el Informe de la Comisión.

Miembro gubernamental, Barbados. Hago esta declaración en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC). Agradecemos la información proporcionada por el Gobierno de la República de El Salvador, a través del Ministro de Trabajo y Previsión Social, sobre el cumplimiento del Convenio.

El Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe tiene en cuenta que el Informe 2019-2020 de la Comisión de Expertos recoge, entre otras cuestiones, la siguiente cita:

… el 16 de septiembre de 2019, una vez designados los representantes del sector gubernamental, trabajador y empleador, se procedió a la instalación y celebración de la primera sesión del CST. El Gobierno proporciona en su memoria una lista de los representantes del sector gubernamental, empleador y trabajador elegidos […]. Durante dicha sesión, los miembros del CST aprobaron de manera unánime un comunicado en el que informaron a la comunidad nacional e internacional de la reactivación del mismo y solicitaron a la OIT que continuar[a] proporcionando asistencia técnica al respecto […].

El 14 de octubre de 2019, se celebró la segunda sesión del CST, en el marco de la cual se aprobó de manera unánime la elaboración de una Política Nacional de Empleo Decente con la asistencia técnica de la OIT. El 6 de noviembre de 2019, se celebró la tercera sesión, en la que se debatió, entre otros asuntos, la «Propuesta metodológica y la hoja de ruta a seguir para la construcción de la Estrategia Nacional de Generación de Empleo Decente.

La pandemia de COVID-19 nos ha afectado a todos. Nos hemos enfrentado a una crisis sin precedentes y seguimos afrontando nuevos retos cada día. Como dijo el distinguido representante de El Salvador, en su país, cada sector, tanto empresarial como laboral, tenía sus propios problemas a consecuencia de la pandemia, por lo que necesitaban un apoyo adaptado a sus necesidades específicas. Ante esta situación extraordinaria, el CST dejó de reunirse, pero esto no significó una ruptura del diálogo social tripartito en El Salvador, que siguió funcionando y dio lugar a la elaboración de protocolos de bioseguridad generales y específicos para cada sector de la economía, así como a la discusión sobre medidas económicas para minimizar las repercusiones de la COVID-19, y sobre una reapertura gradual y ordenada de la economía. Tanto los grupos de empleadores como de trabajadores participaron activamente en estos procesos.

Asimismo, en 2019, al final de la reunión de la Comisión, se instó al Gobierno de El Salvador a aceptar una misión de contactos directos, que fue aceptada por el Ministro Castro, en nombre del Gobierno de El Salvador. Debido a la pandemia, aún no se ha llevado a cabo. Sin embargo, durante su visita de trabajo a Ginebra en mayo de 2021, el Ministro Castro reafirmó ante la Directora del Departamento de Normas Internacionales de la OIT la voluntad de su Gobierno de recibir dicha misión lo antes posible.

A la luz de lo anterior, alentamos al Gobierno de El Salvador a proseguir su compromiso de aplicar el Convenio en la legislación y la práctica, y también animamos a la OIT a continuar prestando asistencia técnica al Gobierno.

Miembro empleador, Guatemala. Es un honor dirigirme a ustedes, represento al sector empleador de Guatemala, pero en esta ocasión me voy a pronunciar respecto de la queja promovida por el sector empleador de El Salvador ante el Comité de Libertad Sindical (CLS) contra el Gobierno.

Como todos sabemos, el Convenio es fundamental para llevar adelante el diálogo social, y facilita que los Gobiernos, junto con las organizaciones más representativas de trabajadores y empleadores, logren acuerdos tripartitos en beneficio del desarrollo de un país. Sin embargo, en El Salvador existe una violación continuada al Convenio de parte del Gobierno, que ha mantenido inactivo desde 2013 el CST, órgano tripartito de trascendente importancia y de consulta obligada, y que solo fue reactivado transitoriamente entre septiembre de 2019 y marzo de 2020.

El actual presidente de la ANEP fue electo por unanimidad por las 48 organizaciones socias de dicha entidad gremial el 29 de abril de 2020. También fue nombrado vicepresidente de los empleadores ante el CST. Trece días después, sin justificación alguna, el Gobierno, a través de un tweet del Presidente de la República, decide desconocer el nombramiento y gira instrucciones a sus funcionarios para no reunirse con la ANEP. Desde entonces, el Gobierno de El Salvador no ha convocado ninguna sesión del CST. Y desde entonces, el Presidente de la República mantiene una fuerte y permanente campaña de desprestigio, intimidación y acoso contra el presidente de la ANEP, presionando a las organizaciones de empleadores socias para que lo destituyan, en una clara injerencia en la autonomía e independencia que tienen las organizaciones de empleadores para elegir libremente a sus representantes. Esto es una clara violación al Convenio núm. 87.

Los empleadores hacemos un llamado al Gobierno de El Salvador para que reactive sin demora el CST, con la participación de la ANEP, como la organización más representativa de los empleadores de El Salvador; cese de inmediato las presiones que realiza a las organizaciones de empleadores socias de la ANEP con el objeto de buscar la destitución de su presidente, y acepte una misión de contactos directos de la OIT antes que finalice el presente año.

Miembro trabajador, Argentina. La Comisión de Expertos ha reiterado una serie de observaciones al Gobierno de El Salvador, urgiéndolo «a que estableciera sin demora, y en consultación previa con los interlocutores sociales, reglas claras y transparentes para la designación del sector trabajador en el CST que respetasen el criterio de representatividad».

El desconocimiento de estos criterios básicos desde hace ya cierto tiempo ha motivado que el Gobierno sea nuevamente convocado a esta comisión, a efectos de establecer un diálogo constructivo y colaborar en una salida a los problemas planteados, de tal forma que en definitiva se permita en el país el ejercicio del derecho a la libertad sindical en su plenitud, mediante la facilitación de la participación de todas las organizaciones representativas de trabajadores en las instancias tripartitas existentes en el país.

La regla del tripartismo, y consiguientemente el reconocimiento de la representación genuina de las organizaciones de trabajadores y empleadores en los ámbitos que se generen a nivel nacional, es un principio básico de la OIT y es asimismo un instrumento trascendente para permitir que las organizaciones sindicales puedan hacer llegar sus puntos de vista y establecer un diálogo social fructífero en las cuestiones relativas a las relaciones laborales, mejorando así la calidad de esas relaciones y de las condiciones de trabajo.

Siendo para la OIT un valor esencial, el tripartismo reposa en una cuestión previa, como es el respeto a la autonomía e independencia de las organizaciones sindicales, lo que implica naturalmente que las mismas sean reconocidas como interlocutores legítimos de la representación de los trabajadores y trabajadoras, sin intervención alguna de la autoridad laboral. El tripartismo sin reconocimiento de todas las organizaciones representativas de los intereses de los trabajadores y trabajadoras no cumple con el Convenio ni cumple con el «funcionamiento efectivo» del CST, tal como lo demanda la Comisión de Expertos.

Tomamos nota del pedido de asistencia técnica del Gobierno de El Salvador.

Miembro empleadora, República Dominicana. Agradecemos que nos conceda el uso de la palabra para referirnos al caso de El Salvador, que representa una violación continua por parte del Gobierno de El Salvador al Convenio, el cual, como es conocido de todos, es un instrumento fundamental para impulsar el diálogo social y la consulta tripartita. Resaltamos que la instancia creada al amparo del Convenio, el CST, no sesiona desde 2013, siendo el mismo temporalmente reactivado por seis meses, que finalizaron en marzo de 2020.

Resulta preocupante que los avances notados por la Comisión de Expertos en su informe de 2020 han dejado de existir, con el consabido deterioro de cualquier práctica que procure y fomente el diálogo social. A raíz de esta situación, ha resultado imposible abordar temas de alto interés nacional, como la política nacional de empleo, o realizar consultas tripartitas sobre procesos de sumisión de convenios y recomendaciones emanados de esta casa. En condiciones precarias, como las que se exhiben en este caso, los procesos de diálogo y de concertación social no generan los aportes que está previsto generar, debilitando la gobernanza en un momento de excepción originado por una coyuntura política, sanitaria y socioeconómica totalmente adversa.

Destacamos, adicionalmente, que la ausencia de proceso de diálogo real se fundamente en la intención del Gobierno de El Salvador de invitar a reuniones informativas a representantes de sectores económicos con una fuerte regulación estatal de permisos, autorizaciones y sanciones, lo que les hace especialmente vulnerables, para negarse a participar y para exigir que el diálogo social se realice a través de la ANEP, entidad más representativa de los empleadores en El Salvador, y a través del CST.

Ante este proceder, desacertado y malintencionado de parte del Gobierno de El Salvador, instamos a que la Comisión actúe con determinación para evitar que año tras año se continúen desconociendo los principios del diálogo social, presentes en el Convenio. Llamamos la atención de los portavoces de los empleadores y de los trabajadores para acordar conclusiones que permitan superar esta situación.

Miembro trabajadora, Italia. Hablo en nombre de la Confederación General Italiana del Trabajo, la Confederación Italiana de Sindicatos de Trabajadores y la Unión Italiana del Trabajo. El Convenio ratificado por El Salvador el 15 de junio de 1995 y por el cual el mismo es convocado nuevamente a esta comisión, es un instrumento básico para instaurar prácticas democráticas, siendo clave además para dar curso al tratamiento de temas relativos a las normas internacionales, que requieren una mayor atención y constituyen el instrumento fundamental para el pleno respeto de los derechos humanos en el ámbito del trabajo. Según lo establecido en el artículo 2, párrafo 1, del Convenio, se debe fortalecer las instancias de consulta tripartita. Sin embargo, algunos acontecimientos recientes evidencian como el Estado salvadoreño, y en particular el Gobierno del Presidente Nayib Bukele, demuestra poco interés en hacer efectivo este mandato.

El hecho más concreto relacionado con el CST, se registra con la queja presentada por los representantes de los trabajadores y trabajadoras, según la cual esta instancia dejó de funcionar entre 2013 al 2019. Esto ha dado pie a la apertura del caso núm. 3054 en 2013, el cual aún está en curso. Si bien el CST se reactivó en octubre del 2019 y ha estado inactivo desde marzo de 2020 ante la no convocatoria por parte del Ministerio de Trabajo. Sin dejar de considerar el factor de la pandemia, es notorio que el diálogo social, en el principal órgano institucional para llevar a cabo acuerdos nacionales, pasa por un grave impase de inefectividad.

Junto a esto, en comunicaciones recientes, el propio Presidente Bukele ha indicado que dio orden de remover a miembros de la organización mayoritaria de empleadores ANEP de una serie de instituciones autónomas, bajo el argumento de ponerlas al servicio de la gente, colocando en su lugar a lo que denomina «representantes de la verdadera empresa privada». La ANEP denunció a la Comisión de Expertos que el Gobierno viene impidiendo el diálogo entre funcionarios públicos y ellos mismos, y que denigra públicamente a esta organización y fomenta rechazo por parte de la ciudadanía hacia sus representantes. Las anteriores prácticas son claramente violatorias del artículo 3, párrafo 1, del Convenio, el cual establece que los representantes de los empleadores y de los trabajadores serán elegidos libremente por sus organizaciones representativas existentes.

Miembro empleador, México. Esta comisión, en junio de 2019, como ya se ha expuesto, instó nuevamente al Gobierno de El Salvador a que se abstuviera de interferir en la constitución de las organizaciones de trabajadores y de empleadores y a que facilitara, de conformidad con la legislación nacional, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores. Es preocupante para el sector empleador, conforme a la información recibida, que el Gobierno de El Salvador siga incumpliendo con sus acciones y siga incumpliendo el Convenio, y que actúe al margen y fuera del CST de El Salvador, aun cuando haya expresado su voluntad de someterse a las conclusiones de esta comisión.

Como ya lo mencionó la portavoz de los trabajadores es incuestionable que el diálogo social es un instrumento que le puede servir a El Salvador para impulsar el fortalecimiento de las empresas y crecimiento de las inversiones, y en consecuencia para la generación de más y mejores empleos.

Nos sumamos al planteamiento ya hecho por el portavoz de los miembros empleadores. Por ello, invitamos al Gobierno de El Salvador a que se comprometa ante esta comisión a aceptar una misión de contactos directos de la OIT antes de que finalice este año; a impulsar el diálogo social y propiciar que, con la participación de las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, se emitan reglas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes, que permitan reactivar sin demora el CST, y a respetar la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores, así como a abstenerse de realizar acciones que impliquen una intromisión.

Miembro empleadora, Argentina. Lamentamos que todo el trabajo y los esfuerzos de la Comisión no hayan dado frutos, y que sus recomendaciones continúen siendo desconocidas por el Gobierno de El Salvador; más aún, luego de haber escuchado en la sesión de 2019 las declaraciones del Gobierno sobre su disposición a reinstalar el CST, y hoy nuevamente, en lo referido a recibir la asistencia técnica de la OIT para promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social en el país, objetivos que están lejos de haberse concretado.

Lamentamos, que la reinstalación del CST se haya limitado al periodo entre septiembre de 2019 y mayo de 2020, y en la práctica, no haya estado acompañada por mecanismos claros y transparentes para la designación de los representantes de los actores sociales.

El Convenio es claro al establecer que son los actores sociales quienes deben elegir a sus representantes libremente a través de sus organizaciones más representativas. Llamamos la atención sobre la información presentada por los miembros empleadores de El Salvador, especialmente sobre el desconocimiento por parte del Gobierno de El Salvador del presidente electo por la ANEP en mayo de 2020; así como la intimidación a los representantes del sector privado y la intromisión del Gobierno en la vida interna de las organizaciones de empleadores.

Estamos frente a un caso de persistente incumplimiento de las obligaciones del Convenio. Hay evidencia contundente y hemos escuchado testimonios de los actores sociales dando cuenta de que los organismos tripartitos del país no están funcionando adecuada ni legítimamente constituidos, de manera tripartita. Esperamos que a la luz de este debate se modifique cuanto antes esta situación y se aproveche la oportunidad para trabajar en la creación de las condiciones necesarias para garantizar el cumplimiento del Convenio y asegurar la debida representación de las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores en los mecanismos de diálogo social.

Miembro empleador, Honduras. Compartimos la gran preocupación de la ANEP por la violación reiterada del Gobierno de El Salvador no solo del Convenio, sino también del Convenio núm. 87 y del Convenio núm. 98, y también de la Constitución de la OIT y del artículo I, literal d) de la Declaración de Filadelfia. En atención a la violación continuada por parte del Gobierno de El Salvador al Convenio, pedimos a la Comisión que exija a este Gobierno lo siguiente: 1) el CST debe de ser respetado como un espacio neutro, objetivo y sin injerencia en su funcionamiento, que promueve el diálogo social, garantizando la autonomía de los interlocutores sociales para la consecución de los acuerdos que conllevan bienestar y desarrollo para El Salvador de manera tripartita; 2) el diálogo social que se sostenga en el CST debe enmarcarse en los artículos 2 y 5 del Convenio, poniendo en práctica procedimientos que aseguren consultas efectivas entre los interlocutores sociales y el Gobierno, y 3) invitamos a esta comisión a que designe una misión de contactos directos de la OIT, antes que finalice el 2021 y que asesore y acompañe a los representantes legítimos de los empleadores, a través de la ANEP, los trabajadores y el Gobierno en la formulación de un marco normativo y operativo que garantice la reactivación y continuidad del CST.

Lamentamos que el Gobierno de El Salvador no pueda reconocer a la ANEP, que es la organización empleadora más representativa de la fuerza productiva y económica de El Salvador, aglutinando en su seno 50 entidades gremiales pertenecientes a 55 subsectores económicos y más de 15 000 empresas. Con esta representatividad detallada y que responde a lo que manda el artículo 1 del Convenio, estamos convencidos que la ANEP, como organización empresarial, contribuye al fortalecimiento de la libre empresa y la participación activa en el diálogo social que es necesaria para el fortalecimiento de la democracia. El Gobierno no puede, ni debe, inmiscuirse en las decisiones de los órganos del sector privado.

Miembro empleadora, Costa Rica. Desde que la OIT se creó, ha promovido la cooperación entre empleadores, trabajadores y Gobiernos, lo cual permite la justicia social, a través del diálogo social. El Convenio permite que, a nivel interno de cada país, se asegure la participación de empleadores y de trabajadores, por esta razón, este convenio es una de las normas del trabajo más importantes desde el punto de vista de la gobernanza de OIT. El artículo 1 del Convenio establece claramente que las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores son aquellas que gozan del derecho de libertad sindical, principio que además significa que los Estados deben de abstenerse de interferir en la conformación de dichas organizaciones.

Por esta razón, el sector empresarial costarricense considera que sienta un mal precedente, a nivel internacional, el no permitir que una organización como la ANEP, que hasta el día de hoy es la representante del sector productivo formal de El Salvador, haya sido eliminada de las juntas directivas de entidades públicas.

Sumado a esto, el artículo 3 del Convenio establece que los representantes de los empleadores y de los trabajadores serán elegidos libremente por sus organizaciones representativas. En razón de lo anterior, no se comprende cómo el poder ejecutivo se atribuye a sí mismo la facultad de destituir a los directores que representan a las organizaciones empresariales en las juntas directivas, estableciendo, además, causales discrecionales y arbitrarias para hacerlo. A todas luces, esto es una violación al Convenio y al principio de la libertad de asociación.

Se solicita al Gobierno de El Salvador que reactive el CST, el cual fue creado con la finalidad de ser un órgano consultor del órgano ejecutivo, con el objetivo de institucionalizar el diálogo social y promover la concertación económica y social entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores, junto con las demás instancias de diálogo social; y, que se abstenga de interferir en la constitución de organizaciones de empleadores y facilite la debida representación de dichas organizaciones. Lo anterior, es básico en una democracia.

Miembro empleadora, Colombia. Quiero referirme a dos aspectos del caso. En primer lugar, el Convenio, en el artículo 2, hace referencia al compromiso de realizar consultas efectivas y tiene como fundamento básico el diálogo social como herramienta esencial para la construcción de propuestas conjuntas entre trabajadores, empleadores y Gobierno, que promuevan el crecimiento, la paz y el bienestar general.

En ese sentido, para lograr un verdadero diálogo y, por ende, el desarrollo de consultas efectivas se requiere, como lo ha mencionado el CLS, de un clima de confianza basado en el respeto de las organizaciones empresariales y sindicales con miras a promover relaciones profesionales estables y sólidas. Lamentablemente, en El Salvador el principal espacio de diálogo social tripartito se ha mantenido inactivo y, aunque el Gobierno reportó a la Comisión de Expertos el reinicio de actividades, estas solo se llevaron a cabo por un corto periodo de tiempo y hasta el pasado mes de marzo de 2020. De ahí en adelante no se ha desarrollo ningún espacio de consulta tripartita.

En segundo lugar, es preciso resaltar que los representantes de trabajadores y empleadores deben ser elegidos libremente y estar representados en pie de igualdad, como establecen los Convenios núms. 87 y 144. El CLS ha indicado que corresponde a las organizaciones de trabajadores y de empleadores la determinación de las condiciones de elección de sus dirigentes y las autoridades deberían abstenerse de toda injerencia indebida en el ejercicio de este derecho.

Vemos con preocupación que el Gobierno, por una parte, haya decidido desconocer como interlocutor de los empleadores al presidente de la ANEP, que es la organización de empleadores más representativa del país, y por otra, venga realizando ataques y acusaciones, a través de medios de comunicación y redes sociales, en contra de dicho dirigente de la ANEP.

En conclusión, solicitamos al Gobierno que reactive los espacios de diálogo social tripartitos, emprenda acciones inmediatas para generar un clima de confianza y respeto por las organizaciones empresariales y realice consultas efectivas sobre los asuntos relacionados con la OIT y todos los temas relacionados con las políticas laborales y sociales del país.

Observador, Organización Internacional de Empleadores. Los hechos tozudamente indican cuan graves y reiteradas son las violaciones de este Gobierno al Convenio, a la libertad de asociación y a la libertad de expresión. La situación además se está agravando y las restricciones a estas libertades son cada vez mayores.

Tuve recientemente una amable conversación con el señor Ministro, aquí presente, en la que nos mostró claramente su fuerte compromiso para reconducir este caso. Por ello, nos sorprendió que apenas unos días después de esta reunión el cuerpo del Gobierno decidiera excluir explícitamente de las entidades tripartitas a los representantes de la ANEP, comunicación que se hizo pública en tono jactancioso y burlón a través de las redes sociales, que tanto utiliza el señor Presidente de la República. Las palabras exactas del Presidente fueron las siguientes: «He enviado 23 iniciativas a la @AsambleaSV, para remover a la ANEP de las directivas de las autónomas y ponerlas verdaderamente al servicio de la gente. ANDA, ISSS, SIGET, FOVIAL, FISDL, FONAVIPO, FSV, CORSATUR, BANDESAL, etc. No más bloqueos al desarrollo de nuestro país». Los hechos hablan, señor Ministro, no las palabras, la ANEP no representa a una pequeña minoría de empleadores, como usted ha indicado.

La no convocatoria del CST, la convocatoria de organizaciones empresariales y la creación de organizaciones paralelas también son hechos que hablan por sí solos. Las acusaciones públicas, intimidadoras, a golpe de tweets, como usualmente se comunica el Presidente de la República, denigrando, despreciando a la ANEP, son comportamientos agresivos conocidos por la OIT.

Ustedes tienen obligaciones derivadas de convenios que han ratificado. Nos reservamos nuestro legítimo derecho para estimular otros medios del sistema de supervisión de normas si ustedes no se atienen a respetarlas en derecho y en los hechos.

Observadora, Confederación Alternativa Democrática Sindical de las Américas. Hablo en nombre de la Confederación Alternativa Democrática Sindical de las Américas y nuestra organización afiliada, la Confederación Nacional de Trabajadores Salvadoreños, que integra con un delegado propietario el CST, para ratificar que este se encuentra inactivo desde febrero de 2020.

Uno de los temas que están pendientes es la reforma a la Ley de Servicio Civil teniendo en la mesa la propuesta de la Ley de Servicio Público, que fue observada por la CNTS como un proyecto violatorio de convenios fundamentales de la OIT y del derecho laboral salvadoreño.

Urge que se concluya con la investigación del asesinato de nuestro compañero, el Sr. Victoriano Abel Vega, miembro de nuestra Federación Sindical de Trabajadores Municipales, y el Gobierno, en este caso, responsablemente debe exigir a la Fiscalía celeridad procesal y respuesta para imputar a los responsables de esta vil acción.

La CNTS entregó al Ministro de Trabajo, presente en esta reunión, las propuestas de reformas a la Constitución, al Código del Trabajo, a la Ley de Servicio Civil, todo eso en base a las recomendaciones de la OIT, y pidió la celeridad en la entrega de las credenciales sindicales, como ya ha sido mencionado por otros compañeros que me antecedieron. La respuesta ha sido despidos masivos, persecución sindical y una negativa a reconocer la necesidad del diálogo y la consulta con los actores sociales.

Observador, Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas. Como lo hiciéramos en el año 2019, tomamos la palabra en el caso de El Salvador, en nombre de la Internacional de Servicios Públicos y la Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas, en apoyo a los trabajadores salvadoreños que sufren una constante violación de sus derechos sindicales.

En la sesión de 2019 estábamos frente al reciente cambio de Gobierno. Como en tantos otros casos, escuchamos al Gobierno entrante cargar la culpa de los incumplimientos en la gestión saliente, y solicitar el crédito a la OIT para superar las demandas, prometiendo sumisión a las normas internacionales del trabajo, y respeto por las políticas de concertación. Pero lamentablemente, como tantas otras veces, esto no sucedió.

El diálogo social debe ser una política y una práctica, permanente y productiva. Deben estar sentados a la mesa los empleadores y todos los espacios representativos del colectivo sindical, sin exclusiones. No es el Gobierno quién debe seleccionar de acuerdo a sus preferencias quién representa al sector laboral, son los trabajadores y trabajadoras quienes construyen sus organizaciones libremente, y el Gobierno no debe interferir, ni privilegiar un sector sobre otro.

Continúan en El Salvador los inconvenientes políticos, jurídicos y administrativos para poner en funcionamiento, en forma real, regular y permanente, al CST. Seguimos sin reglas claras, respetuosas de la libertad sindical, del derecho de organización autónoma de los actores sociales, y de la buena fe para integrar las mesas de diálogo, establecer programas de trabajo, llevar adelante las negociaciones, y alcanzar acuerdos sustentables.

Asimismo, continúan injustificadamente, las demoras y retrasos en el otorgamiento de las credenciales sindicales, nos referimos a la personería jurídica de los sindicatos, así como el retraso de las certificaciones de las autoridades sindicales por parte del Ministerio de Trabajo, que en algunos casos llegan a tardar hasta más de seis meses. Debemos observar aquí el manejo discrecional de la autoridad de aplicación, que opera con premura cuando se trata de organizaciones de buen relacionamiento con el Gobierno, y demora con criterio sancionatorio, con intención de perjuicio, cuando se trata de sindicatos independientes.

Instamos al Gobierno a cesar con las prácticas de preferencia, actúe ajustándose a su rol de respeto a la libertad sindical, sin intromisiones. La OIT puede colaborar con el nuevo Gobierno, y con los actores sociales, brindando asistencia técnica generando un espacio de confianza política, solvencia jurídica, y el necesario clima de respeto y confianza.

Representante gubernamental. En primer lugar, todo lo que nosotros observamos son planteamientos fundamentalmente periféricos que no tienen que ver con el área del país, sino más bien con la comunidad internacional. Es un El Salvador distinto al que nosotros tenemos acá, los que estamos viviendo en El Salvador.

El diálogo social tripartito y especialmente el Convenio, como eje transversal de la OIT, no solamente es un requisito de carácter legal internacional que debemos de cumplir, sino que, como lo dije hace un momento, es el pilar más esencial y fundamental de la construcción de una democracia sólida y fuerte. Y nosotros no solamente consideramos que es una opción del Gobierno, sino que es una necesidad imperativa en el marco de sacar adelante nuestro país.

Lo que sucede es que en El Salvador tenemos el artículo 37 de la Constitución de la República, que textualmente dice: «el trabajo es una función social, goza de la protección del Estado y no se considera artículo de comercio». Ese es el problema que hoy está pasando en El Salvador. La ANEP antes no solamente proponía su sector, sino que el Ministro que se sentaba acá era propuesto por la ANEP y el sector laboral que tenía en ese momento también era propuesto por la ANEP. En los Gobiernos de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), ustedes pueden revisar en la OIT, nunca hubo una queja de la ANEP porque el diálogo social tripartito estaba concentrado en un solo segmento de la población, que era la ANEP. Lo que nosotros hemos hecho es la diversificación del trabajo tripartito que es democratizar las instituciones. La ANEP participa en 27 bipartitas, o sea que solo es la ANEP y el Gobierno, nunca se planteó la apertura de esas 27 bipartitas en tripartitas. Contradictorio a lo que hoy está diciendo y contradictorio aún más al Convenio.

Hay personas que han intervenido, especialmente la comunidad internacional, que plantean que la Comisión debe de viajar a El Salvador. Es lo que dije en mi discurso inicial: que insto a que vengan porque en el momento en que la Comisión venga a El Salvador se va a enterar de forma directa y no por terceras personas de lo que está sucediendo en nuestro país.

Nosotros, de lo único de lo que estamos en contra, es de que las instituciones se politicen. La ANEP ha sido usada como una institución para elegir presidentes de Arena. Ahí estuvo el expresidente de la ANEP, Elías Antonio Saca, antiguo Presidente de la República de El Salvador, y que ahora está en uno de los centros penales de este país guardando prisión por desvío de más de 350 millones de dólares. Eso es lo que nosotros no podemos seguir permitiendo en El Salvador. Aquí tengo la convocatoria y hasta los procesos de sumisión que hemos enviado a la ANEP, o sea, no estamos nosotros actuando contra la ANEP, lo que hay es otro tema fiscal y tributario. Porque en este país deben de pagar al fisco absolutamente todos en igualdad de condiciones.

Nosotros, de la modificación que se hizo a la ley, lo que estamos solicitando es que participen todos porque anteriormente era solamente la ANEP quien tenía absolutamente el control de todo. Hoy queremos que las elecciones sean de orden democrático, totalmente de acuerdo con lo que han planteado diferentes actores. El Gobierno no puede decir quién representa a los empleadores. El Gobierno tampoco debe de incidir en quién representa a los trabajadores. La representación no solamente debe de gozar de legalidad sino también de legitimidad, eso tiene que ver con la representatividad que se tiene. Como lo acabo de aclarar en este momento y en este seno internacional, lo más peligroso a nivel nacional e internacional es utilizar una institución tan prestigiosa como la OIT para defender a una persona que está siendo investigada por proceso de evasión de 5 millones de dólares del fisco en El Salvador; nada tiene que ver con la ANEP y con todos los gremios empresariales. Estamos haciendo todos los procesos que el órgano tripartito nos envía. Ellos han enviado incluso a sus técnicos en el tema de la pandemia. Enviaron a sus técnicos a las reuniones con nosotros a decidir los protocolos de bioseguridad. Vinieron técnicos de todos los gremios empresariales. Vinieron a representar acá y hemos estado trabajando los protocolos de bioseguridad a nivel marco, como lo dije, y más de 2 000 protocolos que hemos trabajado de forma conjunta con todos los sectores y actores de la sociedad.

Lo que estamos haciendo —e insisto— es un proceso de democratización de apertura: todo lo que se ha solicitado por todos los sectores y actores a nivel internacional y privilegiando el diálogo social tripartito. nosotros lo pedimos. Y por eso digo, en mi discurso, que hoy más que nunca es necesario que viaje a El Salvador la Comisión. No solamente lo digo aquí. Yo fui personalmente. Acabo de regresar de una visita a Ginebra, donde me reuní con la Comisión y fui a expresar absolutamente todo. Porque acá hay dos países distintos y dos mundos distintos. Lo que se ha planteado a través de las intervenciones de diferentes actores y lo que está pasando en El Salvador. En El Salvador este Ministro y la decisión del Presidente es tener un espíritu totalmente democrático. Traer a la normalidad lo que antes era anormal y nos hacían ver que era lo normal. Ahora hay que democratizar absolutamente todo, y el acceso a la representatividad lo deben tener todos los actores y sectores de una sociedad. Así que estamos totalmente abiertos. Yo fui directamente a Ginebra a emitir un informe de forma personal y física y eso significa ir a representar a su país porque uno está haciendo las cosas bien, a nuestro juicio. Repito, podrá existir algunos errores que, como en toda obra humana, imperfecta, podamos cometer en el proceso de nuestro Gobierno, pero lo cierto es que hoy más que nunca se está privilegiando el diálogo social tripartito.

Acá, en el Ministerio, lo que se definen son reglas claras y lo que dije en mi discurso estamos de acuerdo en que lo discutamos, que lo analicemos y que lo trabajemos en conjunto. Lo único que no está en negociación son los derechos genuinos de la clase trabajadora. También hemos tenido algunas incomodidades debido a eso porque hay empleadores que en alguna medida no cumplen con las normativas laborales nacional e internacional y eso nos ha llevado a ser bastante contundentes, a construir un Ministerio de Trabajo que estuvo ausente por muchas décadas, por mucho tiempo, en el tema de la regulación y de la armonización entre los empleadores y los trabajadores. Seguimos abiertos, ratifico por cuarta ocasión en esta intervención, es necesario que pidan una intervención, que viaje la Comisión, yo lo solicito en nombre del Estado salvadoreño, porque estamos completamente convencidos que hoy, más que nunca en todo el proceso histórico de este país, El Salvador es cuando más está democratizando y cuando más estamos tratando de privilegiar el diálogo social tripartito por dos razones: porque es una convicción y compromiso de orden democrático que así consideramos, y además, porque nosotros somos Miembros fundadores de la OIT y hemos ratificado el Convenio. Estamos totalmente conscientes de ello y por eso privilegiamos el diálogo social tripartito.

Miembros empleadores. Hemos escuchado atentamente todas las intervenciones realizadas en el marco de la presente discusión y lamentamos que el Gobierno no haya dado respuesta precisa a los requerimientos formulados por esta comisión y por la Comisión de Expertos.

Es preocupante que el Gobierno no actúe con sinceridad. Si se acude a la cuenta de Twitter del Presidente Bukele se observa la exclusión sistemática que este directamente formula a la ANEP. A lo que se suma la creación de organizaciones de trabajadores y empleadores no representativas que le sirven para tratar de presentar una situación que no coincide con la realidad en El Salvador.

Los hechos presentados dan cuenta del desprecio extremo por el diálogo social y por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de El Salvador al ratificar el Convenio que promueve la consulta tripartita. Quiero dejar claro al representante del Gobierno que, en «consulta tripartita efectiva», «efectiva» significa que debe hacerse a través de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores no con quienes el Gobierno elija. Sobre esto hay plena claridad en la Organización y no hay ninguna duda.

Me parece que, durante el proceso de consulta con la OIT, esto les quedará bien claro.

Este desprecio se da no obstante lo establecido en las conclusiones adoptadas por la Comisión en 2017, 2018 y 2019, a pesar de las siete observaciones por la Comisión de Expertos, a pesar de las numerosas intervenciones urgentes solicitadas al Director General de la OIT, Sr. Ryder, por parte de la ANEP y de la OIE y a pesar de que el Gobierno pretenda hacer valer una situación que no existe. La situación de incumplimiento del Convenio es continua, grave y urgente.

En tal sentido solicitamos se exija al Gobierno que: se abstenga de agredir y desprestigiar a la ANEP, organización empresarial más representativa, y a sus dirigentes, como ya se intentó hacer en esta misma sesión; se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de trabajadores y empleadores, de organismos tripartitos y paritarios, y garantice de conformidad con la legislación nacional, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales o acreditaciones correspondientes; elabore en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores reglas claras, objetivas, predecibles, y jurídicamente vinculantes para la reactivación y pleno funcionamiento del CST, con la integración de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores, no las que democráticamente quieran sumar, las que tienen acreditada la mayor representación; reactive sin demora los trabajos del resto de los entes tripartitos y paritarios respetando la autonomía y participación de las organizaciones —insisto— más representativas de trabajadores y de empleadores, a través del diálogo social, a fin de garantizar su pleno funcionamiento sin injerencia alguna.

Se requiere al Gobierno que, en consulta con los interlocutores sociales, tome sin demora todas las medidas necesarias para modificar los 23 decretos adoptados el 3 de junio de 2021, de manera que cumplan con las garantías establecidas por los convenios de la OIT ratificadas por El Salvador; recurra sin demora a la asistencia técnica de la OIT —les urge comprender el Convenio—; presente una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión de 2021, y que, sin demora y sin pretexto alguno, se integre y participe en una misión tripartita de alto nivel a El Salvador, a realizarse antes de la próxima Conferencia.

Solicitamos y les ruego que tomen toma nota de esto, y que en el presente caso se incluya un párrafo especial del Informe de la Comisión de Normas de 2021.

Miembros trabajadores. Queremos agradecer al Gobierno de El Salvador sus comentarios. También damos las gracias a todos los demás oradores por sus declaraciones.

Los miembros trabajadores observan que, desde nuestro último examen del caso en 2019, la situación relativa a la aplicación del Convenio en El Salvador se ha deteriorado gravemente. Insistimos una vez más en la relevancia de garantizar las condiciones marco necesarias para las consultas tripartitas en consonancia con el Convenio, incluido el respeto del principio de libre elección de los representantes de los trabajadores a efectos de las consultas tripartitas, y un diálogo tripartito regular y auténtico en el marco del CST.

Por lo tanto, instamos al Gobierno de El Salvador a que adopte las medidas necesarias para dar pleno efecto al Convenio, en particular en lo relativo al respeto y la promoción de la libertad sindical en el país. Pedimos al Gobierno que envíe a la Comisión de Expertos información sobre las medidas adoptadas.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

A este respecto, la Comisión insta al Gobierno de El Salvador a:

  • abstenerse de interferir en la constitución y las actividades de las organizaciones independientes de trabajadores y de empleadores, en particular, la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), y
  • reactivar, sin demora, el Consejo Superior del Trabajo (CST) y otros organismos tripartitos, respetando la autonomía de los interlocutores sociales y a través del diálogo social, en aras de garantizar su pleno funcionamiento, sin ninguna injerencia.

La Comisión pide al Gobierno que siga recurriendo a la asistencia técnica de la OIT.

La Comisión pide al Gobierno que presente una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, en la ley y en la práctica, a la Comisión de Expertos, antes de su próxima reunión en 2021, en consulta con los interlocutores sociales

La Comisión pide al Gobierno que acepte una misión tripartita de alto nivel que se lleve a cabo antes de la próxima Conferencia Internacional del Trabajo.

La Comisión decide incluir el caso en un párrafo especial de su informe de 2021.

Otro representante gubernamental. Tomamos nota de todas las conclusiones de la honorable Comisión. En ese sentido, en mi calidad de representante permanente, transmitiré de inmediato a mi Gobierno para su debida atención y respuesta las conclusiones referidas.

Caso individual (CAS) - Discusión: 2019, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

 2019-SLV-C144-Sp

Discusión por la Comisión

Representante gubernamental — Nuestra presencia obedece a la decisión acordada el día martes 11 de junio, por parte de los interlocutores sociales, para integrar la lista de los países llamados a rendir informe ante esta Comisión.

En mi intervención, ante el plenario de la Asamblea, y en el marco del inicio de la administración del gobierno del Presidente Sr. Nayib Bukele, del cual formo parte desde el 1.º de junio, expresé con claridad la importancia de la aplicación de una política laboral integradora con el apoyo de todos los actores involucrados, coincidiendo con el espíritu tripartito en igualdad de condiciones de los sectores trabajador y empleador.

Nuestra administración al frente del Ministerio de Trabajo está consciente de los retos, desafíos y soluciones que requieren la creación y desarrollo de una política laboral con un alto sentido de igualdad para todos los sectores sociales, considerándose la realidad del país, su legislación y el marco jurídico de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que nos obliga a todos por igual.

Existe un historial como país que determinó nuestra incorporación entre los países llamados a rendir un informe ante la Comisión. Ante este llamado, deseo expresar con claridad que nuestro Gobierno ha iniciado una gestión con profunda preocupación ante los casos pendientes de solución y que amerita una atención inmediata, directriz emanada por el Presidente Sr. Nayib Bukele, lo cual concuerda con la visión de este Ministro.

En ese sentido y consecuente con nuestra voluntad de cambio, hemos iniciado un diálogo constructivo, desde ya, con empleadores y trabajadores, con el fin de asegurar el pleno cumplimiento de los convenios ratificados por nuestro país ante esta Organización. Por lo tanto, ante esta nueva visión, hemos puesto en marcha nuevas acciones con el objetivo de corregir los vacíos que actualmente persisten, particularmente la reactivación inmediata del Consejo Superior del Trabajo (CST), como instancia tripartita legalmente constituida en nuestro país, así como la creación de otros espacios de diálogo social. Con ello estamos seguros de lograr los resultados positivos deseados con el acompañamiento de forma clara y contundente de nuestro Gobierno, que se ha verificado por la OIT.

De igual forma, nos preocupa sobremanera el caso del líder sindical Sr. Abel Vega, acaecido en 2010, crimen que no debe quedar impune, porque necesitamos, con nuestro Gobierno, sentar un precedente en nuestro país, de no atentar más contra el movimiento sindical.

Para ello, hemos iniciado conversaciones con la Fiscalía General de la República para que agilice la investigación y se castigue a los culpables por el motivo o circunstancias que hayan prevalecido en la comisión de este delito, con el debido respeto, a la separación de los poderes constitucionales en nuestro país. A tal grado que a mi regreso, una de las primeras decisiones, es la de visitar, en calidad de Ministro, al Fiscal General de la República. Y nuestro Gobierno no sólo se va a quedar con esto, sino que además vamos a incorporar otros adicionales que existen porque no podemos permitir que en el Estado salvadoreño suceda este tipo de cosas.

En mi primera semana de gestión, he conversado con los sectores laboral y empresarial, buscando el compromiso de materializar la reactivación del CST a la mayor brevedad posible y en beneficio de todos los interlocutores sociales en un compromiso igualitario para todos. Algo que acá está presente y lo pueden reafirmar.

En consecuencia, consideramos que la firma inmediata de un acuerdo tripartito constituirá la mejor carta de presentación de esta nueva visión que buscamos implementar en nuestro país.

Antes de finalizar esta sesión, deseo expresar mi satisfacción ante el esfuerzo que la OIT, en estos cien años, ha desplegado por mejorar el nivel internacional de las relaciones entre trabajadores y empleadores, en donde el papel del Estado es significativo; y no podemos, y subrayamos como Gobierno, evadir las responsabilidades de la OIT. Partiendo de que somos un Estado fundador de la misma Organización y para ser consecuentes con ello debemos estar apegados a sus normas.

Considero que la armonía social y laboral genera desarrollo y confianza entre nuestros connacionales. No perdamos la oportunidad de mejorar cada día, especialmente las condiciones de nuestros trabajadores y la confianza del sector empresarial.

El mejor mensaje de nuestro Presidente es que este servidor, actual Ministro de Economía, viene de ser dirigente sindical, pero un dirigente sindical que entiende que necesitamos del sector productivo y de los trabajadores, con reglas claras y definidas de forma igualitaria para todos.

Miembros empleadores — Agradecemos las informaciones que nos traslada el representante del Gobierno de El Salvador. El presente caso se conoce por tercer año consecutivo; antes que eso, se examinó en esta Comisión el cumplimiento de El Salvador en cuanto al Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), durante la Conferencia de los años 2015 y 2016.

En los antecedentes del caso figuran expresiones de preocupación, tanto de los expertos como de esta Comisión. Figuran también misiones de contactos directos de la Oficina, así como una solicitud de intervención urgente presentada al Director General por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE), por interferencia gubernamental en las elecciones de representantes en la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). También figura la intervención del Gobierno en las elecciones de otros órganos tripartitos como en Consejo Nacional del Salario Mínimo (CNSM) y el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP).

En el caso de la denuncia de la SIGET hay hechos gravísimos, tal es el caso de la creación de organizaciones espurias por parte del Gobierno para designar a sus afines en las comisiones de diálogo social, como si se tratara de organizaciones de empleadores. Estos hechos fueron puestos en conocimiento de la Fiscalía General de la República de El Salvador, con la finalidad de que se castigue a los responsables de los delitos cometidos en la simulación de actos y falsificación de los documentos necesarios para la creación de las supuestas organizaciones de empleadores, y donde también fue necesario acudir a la Corte Suprema de Justicia.

El año pasado esta Comisión mostró su preocupación por el incumplimiento del Convenio por parte del Gobierno de El Salvador y por el hecho de que el diálogo social funciona en forma deficiente en ese país.

Recordemos algunas de las conclusiones a las que arribamos el año pasado: se instó al Gobierno para que se abstuviera de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y que facilitara la debida representación de las organizaciones legítimas de trabajadores y empleadores; se le pidió que, en consulta con los actores sociales, elaborara normas que aseguren el funcionamiento del CST y que reactivara inmediatamente este órgano de consulta; y se le pidió también al Gobierno que procediera a la designación de los representantes de los empleadores ante el referido Consejo.

Correspondería ahora analizar el cumplimiento de las recomendaciones que efectuó esta Comisión el año pasado. Ha transcurrido un año más, sin que el CST haya iniciado funciones, pues el Gobierno no convocó ni instaló el mismo. Recordamos el intento fallido de convocatoria en julio 2017, con ocasión de la visita de una misión de contactos directos, la que se considera ilegal, puesto que el Gobierno no siguió el procedimiento establecido en el reglamento del CST.

En relación a la no interferencia del Gobierno en la constitución de organizaciones de empleadores, vemos lo siguiente: por una parte, en los meses de julio y agosto de 2018, se desarrolló el proceso de elección del representante patronal en la Comisión de Riesgo del Sistema de Pensiones, habiendo el Gobierno invitado como electores a las organizaciones espurias antes referidas, sin que se tomaran en cuenta los múltiples llamados al Gobierno para que desistiera de tal invitación.

Vemos con mucha preocupación además, que el Gobierno mantuvo la práctica generalizada de retrasar la entrega de credenciales a las organizaciones de empleadores en distintos foros de diálogo social.

En cuanto a la petición relativa a elaborar normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del CST, efectivamente el Gobierno recurrió a la asistencia técnica de la Oficina, lo que valoramos positivamente. No obstante, las propuestas del Gobierno, en ese proceso, se encaminaban a limitar la participación de los empleadores o interferir en los procesos internos de sus organizaciones, lo cual bien sabemos, contraviene la libertad de asociación garantizada por los convenios fundamentales de la OIT; por ejemplo, se pretendía incluir disposiciones tales como:

- facultar al Gobierno para reglamentar los procesos de elección de representantes de los empleadores;

- permitir que el Gobierno nombre comisiones verificadoras de los procesos de elección de los representantes de los empleadores,

- habilitar al Gobierno para establecer cuotas de participación por tamaño de empresas o por cualquier otro criterio, a su discreción.

Sobre este mismo tema, la ANEP nos ha informado que, en forma bipartita con las organizaciones de trabajadores, acordaron un proyecto de ley por el cual se trasladarían al Código del Trabajo las disposiciones, hoy reglamentarias, relativas a la elección y nombramiento de los interlocutores sociales en el CST. En septiembre de 2018, atendiendo a una invitación de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa, les fue entregada tal propuesta.

Valoramos muy positivamente la situación referida, que da muestra de que los actores sociales en El Salvador confían y practican el diálogo social; además, tal propuesta es relevante pues garantizaría a las organizaciones de trabajadores y de empleadores la designación libre e independiente de sus representantes.

Finalmente, en cuanto al respeto y seguridad para los empleadores, sus organizaciones e instalaciones, vemos con preocupación que siguieron ocurriendo las manifestaciones violentas en contra de las oficinas de la ANEP, ello, por parte de activistas y grupos afines al Gobierno y toleradas por éste, naturalmente, con lo cual buscaba intimidar a los dirigentes empresariales.

Estamos al tanto de que hubo cambio de autoridades en El Salvador; estamos claros también de que las obligaciones que derivan del Convenio obligan al Estado. Con lo cual la nueva administración no puede hacer otra cosa que implementar de buena fe las recomendaciones anteriores, en defecto de la anterior administración que omitió hacerlo; de hecho, en ello existe una oportunidad para la nueva administración en el sentido que el pleno ejercicio de un diálogo social fluido y con el legítimo interés por conocer la opinión, inquietudes y necesidades de los actores sociales, les llevará a diseñar e implementar políticas de beneficio para todos los salvadoreños.

Los hechos presentados dan cuenta del desprecio por el diálogo social y por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de El Salvador al ratificar el Convenio, que promueve la consulta tripartita que, como bien sabemos, es pilar fundamental de la misma y por el que se pretende fomentar la gobernabilidad y la buena marcha de las relaciones laborales de los países. La actuación sesgada del Gobierno afectó la confianza entre los actores sociales y éste.

El nuevo Gobierno tiene la oportunidad, desde luego, y es la de revertir la grave situación señalada, esta Comisión se lo debe exigir; ello por la gobernabilidad del país y el fomento de las buenas relaciones entre actores sociales y el Gobierno, que redundará, desde luego, en la adopción y ejecución de más y mejores políticas sociales.

Por ello, debemos urgir al Gobierno de El Salvador para que sin demora reactive el CST, que garantice la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de los foros de diálogo social, así como |la seguridad de sus dirigentes e instalaciones.

Miembros trabajadores — Es ya el quinto año consecutivo en que esta Comisión examina el caso de El Salvador. En las reuniones anteriores, ya pudimos comentar el contexto extremadamente tenso en que se encuentra el país. La violencia es omnipresente. Las armas, sobre todo ilegales, están muy presentes, ya que se estima que hay un arma por cada 13 personas.

Cerca del 30 por ciento de la población vive por debajo del umbral de la pobreza, según los datos del Banco Mundial.

Por otra parte, todo el mundo recuerda el asesinato del sindicalista Victoriano Abel Vega el 15 de enero de 2010. Seguimos instando enérgicamente a las autoridades salvadoreñas a que esclarezcan plenamente este asesinato.

Este año, por tercera vez, estamos examinando las violaciones del Convenio.

En 1919, los miembros de la Comisión sobre la legislación internacional del trabajo de la Conferencia de Paz desarrollaron lo que fue, y sigue siendo, una de las estructuras institucionales más originales y exitosas de la escena internacional. Se trata del tripartismo que caracteriza a nuestra Organización. El desarrollo exitoso de un sistema tan complejo de consultas tripartitas a nivel internacional debería inspirar a los gobiernos para que logren establecer y garantizar que se realicen dichas consultas tripartitas también a nivel nacional. Además del procedimiento previsto en la Constitución de la OIT, en 1978 la Organización adoptó el Convenio núm. 144, que fomenta específicamente las consultas tripartitas a nivel nacional sobre numerosas cuestiones relacionadas con las actividades de la OIT.

El examen de nuestra Comisión se centrará en tres elementos incluidos en el Convenio: en primer lugar, el establecimiento de consultas tripartitas efectivas; en segundo lugar, la libre elección de los representantes de los interlocutores sociales; y, por último, las consultas tripartitas sobre la presentación de los convenios y las recomendaciones a las autoridades competentes.

Sigue habiendo problemas para establecer estructuras de consulta tripartitas efectivas en asuntos relacionados con las actividades de la OIT, como exige el artículo 2 del Convenio. Lo importante para cumplir esta obligación es que los interlocutores sociales puedan expresar sus opiniones antes de que el Gobierno adopte una decisión definitiva. Por lo tanto, las consultas deben llevarse a cabo antes de adoptar la decisión definitiva. A este respecto, los Estados Miembros disponen de un margen de maniobra para decidir sobre la naturaleza o la forma de los procedimientos de consulta tripartita.

La Recomendación sobre la consulta tripartita (actividades de la Organización Internacional del Trabajo), 1976 (núm. 152), establece que los Estados Miembros son libres de celebrar consultas por escrito, pero que dichas consultas deben ser admitidas, en la medida en que sean apropiadas y suficientes, por las organizaciones que participen en los procedimientos de consulta. El CST es el órgano competente en El Salvador para tratar las cuestiones relacionadas con las actividades de la OIT, y el informe de la Comisión de Expertos contiene varios comentarios de las organizaciones de empleadores sobre este órgano, cuyo funcionamiento sigue siendo problemático. Nos enteramos así de que el Gobierno no ha tomado ninguna medida para reactivar este organismo. Desde 2017, no ha habido ninguna reunión de este órgano.

El artículo 3, párrafo 1, del Convenio dispone que los representantes de los trabajadores y de los empleadores serán elegidos libremente por sus organizaciones representativas. El Gobierno declara en la memoria presentada a los expertos que el CST se ha reunido y que las organizaciones que representan a los empleadores se han negado a participar. Sin embargo, sobre la base de la información proporcionada por éstas, parece que la citación se emitió de manera irregular. Además, de los comentarios de estas organizaciones se desprende que la elección de los miembros de este órgano fue claramente unilateral y se basó en criterios determinados por el Gobierno. Quiero recordarles en este momento que, durante el examen del caso en nuestra penúltima reunión, las organizaciones sindicales también expresaron sus quejas sobre el funcionamiento de este órgano.

El método impuesto por el Gobierno salvadoreño anula la libertad de elección de cada organización representativa. A fin de garantizar una reanudación sostenible de la labor del CST, habrá que establecer de antemano criterios objetivos y precisos, así como un proceso electoral acordado, claro y permanente que garantice la mayor representatividad posible de las organizaciones. En caso de controversia, las organizaciones también deben poder contar con un órgano independiente que pueda resolver el conflicto y que goce de la confianza de todas las partes. Los hechos y el funcionamiento descritos aquí no son compatibles con el Convenio.

En lo que respecta a las consultas tripartitas, el artículo 5, párrafo 1, b), del Convenio dispone que deben establecerse procedimientos de consulta con respecto a las convenciones y recomendaciones que se han de presentar a las autoridades competentes. Mediante el artículo 2 del mismo Convenio, El Salvador se comprometió a aplicar ese procedimiento de consulta. De las observaciones del informe de los expertos se desprende que El Salvador no aplica un procedimiento de consulta de conformidad con el Convenio.

Es cierto que el Gobierno ha confiado en la asistencia técnica de la Oficina Internacional del Trabajo para aplicar un procedimiento de presentación de memorias de conformidad con el artículo 23 de la Constitución de la OIT. Este proceso ha dado lugar a un protocolo que contiene directrices para abordar esta cuestión. Según las declaraciones del Gobierno, el protocolo será objeto de una consulta tripartita tan pronto como esté finalizado.

Sin embargo, y sobre la base de los comentarios de una organización de empleadores, parece que todavía no se le ha consultado sobre los informes preparados en aplicación del artículo 23.

Tomamos nota de esta información, pero insistimos en que ya es hora de que este procedimiento se aplique efectivamente a corto plazo.

Es esencial que las organizaciones representativas puedan formular observaciones sobre el seguimiento que su gobierno desea dar a las iniciativas normativas de la OIT, antes de que se presente la propuesta al gobierno ante la autoridad competente. Durante muchos años, esta consulta previa no se ha llevado a cabo en El Salvador. La necesidad de determinar el procedimiento de consulta que debe seguirse es inseparable de la cuestión del buen funcionamiento del CST. No nos parece posible establecer este procedimiento sin que se hayan designado todos los representantes de las organizaciones representativas. Por lo tanto, reiteramos nuestro llamamiento a El Salvador para que busque una solución duradera que garantice el buen funcionamiento del CST.

Nuestras observaciones se limitan a la aplicación del Convenio. Estas observaciones son el árbol que esconde el bosque de las dificultades que podríamos abordar en el caso de El Salvador. Seguimos convencidos de que la mejora del diálogo social puede aliviar muchas de las tensiones en el país.

Miembro empleador, El Salvador — Nos parece que existe buena voluntad y tenemos optimismo de que será posible corregir y resolver las arbitrariedades realizadas por el Estado en el pasado reciente. Tomamos nota con especial interés del compromiso del nuevo Gobierno, que asumió hace tan sólo dos semanas, de someterse a los mecanismos de control con que cuenta la OIT y dar estricto cumplimiento a los convenios internacionales.

Esperamos, por tanto, que la convocatoria al CST se realice respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores, para que libremente elijan sus representantes como lo establece el Convenio núm. 87, y como lo conviene el Convenio núm. 144.

Estamos aquí por quinto año consecutivo porque el Gobierno de El Salvador, no sólo violó el Convenio núm. 87, el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) y el Convenio núm. 144, sino que además, despreció las resoluciones de esta Comisión, los informes de la Comisión de Expertos y las conclusiones de la misión de contactos directos.

En 2018, la Comisión observó con preocupación el incumplimiento del Convenio núm. 144, y que el diálogo social funciona de manera deficiente en mi país.

En consecuencia, la Comisión hizo varias recomendaciones al Gobierno de El Salvador, permítame Presidente, miembros de la Comisión, explicar brevemente lo acontecido desde junio de 2018. En primer lugar, respecto de la conclusión de reactivar nuevamente y sin demora el CST por medio de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social y garantizar el pleno funcionamiento de dicho órgano.

En primer lugar, lamentamos que un año después el CST no esté funcionando. El Gobierno ni convocó ni instaló el mismo.

En segundo lugar, sobre la conclusión de no interferencia del Gobierno en la constitución de organizaciones de empleadores y de facilitar la debida representación emitiendo las credenciales correspondientes, queremos destacar dos hechos indebidos, cometidos en los últimos meses, por parte del Gobierno. Primero, siguió utilizando las 60 falsas asociaciones que fueron creadas por el mismo Gobierno de manera expresa en 2017 para la elección de la junta de directores de la SIGET.

Así, en julio 2018, en la elección del representante de patronal ante la Comisión de Riesgo del Sistema de Pensiones, entidad que determina como se invierten los ahorros de pensiones, el Gobierno invitó como electores a esas falsas asociaciones. Todas las gestiones para evitarlo fueron en vano, al final, las mismas declinaron participar, y la elección se realizó con normalidad.

Segundo, el Gobierno ha continuado con su práctica generalizada de retener las credenciales a las organizaciones de empleadores para evitar que participen en los diferentes procesos de elecciones. Sólo sirva como ejemplo que la propia ANEP, tuvo retenida su credencial durante dieciocho meses, finalmente, en noviembre de 2018 entregaron una credencial que sólo tenía vigencia de seis meses. La misma ya venció.

En tercer lugar, sobre la conclusión de elaborar normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes, en consulta con los interlocutores sociales, para asegurar la reactivación y pleno funcionamiento del CST, efectivamente, el Gobierno recurrió a la asistencia técnica a través de la Oficina Regional de la OIT en Costa Rica.

Sin embargo, el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, coordinó a unos 30 gerentes legales de ministerios y entidades públicas autónomas, quienes sostuvieron frecuentes reuniones para elaborar normas con el claro objetivo de obstaculizar la participación de la ANEP, no sólo en el CST, sino en el resto de las entidades tripartitas y paritarias.

Las reformas elaboradas para reformar el Reglamento violan los convenios internacionales, con ellas el Gobierno pretende atribuirse facultades como alterar y manipular el listado de las organizaciones empresariales electoras, aprobar reglamentos para los procesos de elección interna de los representantes de los empleadores, designar una comisión verificadora del proceso de elección de los representantes de los empleadores, establecer una cuota de participación por tamaño de empresas o por otros criterios a discreción del Gobierno.

Este tema es sumamente delicado porque la facultad de aprobar y reformar reglamentos es exclusiva del Presidente de la República, quien podría hacerlo unilateralmente y sin consenso tripartito. Para evitar este riesgo, el año pasado, en una invitación que nos hizo la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa, entregamos una propuesta para trasladar al Código del Trabajo las disposiciones reglamentarias relativas a la elección y nombramiento de los interlocutores sociales en el CST. Al mismo tiempo, instamos a los diputados a invitar a las organizaciones de trabajadores al seno del CST, lo cual sucedió posteriormente.

La reforma fue elaborada conjuntamente entre trabajadores y empleadores, como parte del diálogo social bipartito que se mantiene y que nos ha permitido discutir y elaborar varias propuestas en el ámbito laboral. La ausencia de diálogo tripartito no puede detener la agenda laboral.

En este caso, lo relevante es garantizar que los trabajadores y empleadores podamos elegir de manera libre e independiente a nuestros representantes, sin importar el gobierno de turno. Esta discusión puede retomarse una vez instalado el CST.

En cuarto lugar, para los empleadores es central la conclusión sobre «designar sin dilación a representantes de las organizaciones patronales más representativas en el CST en los casos en que dichos nombramientos no se hayan realizado».

Como los miembros de la Comisión saben, el caso de El Salvador vino a esta casa por esos motivos, cuando en 2012 el Gobierno aprobó de manera exprés reformas a las leyes de 19 entidades públicas autónomas con el objetivo de expulsar de sus juntas directivas a los directores electos y nombrados por los empleadores. El caso fue conocido por el Comité de Libertad Sindical (CLS), quien indicó que, antes de realizar este tipo de reformas, el Gobierno debía consultar al CST. Justamente por ello, el Gobierno decidió bloquear el funcionamiento del CST, el cual no se sesiona desde 2013.

La ANEP recurrió a la Corte Suprema de Justicia, entidad que resolvió favorablemente amparos y recursos de inconstitucionalidad y determinó que se devolviera a los empleadores la facultad de nombrar libremente a los directores en las entidades autónomas.

El Gobierno, a través de diferentes mecanismos, se ha negado a cumplir estas sentencias. La injerencia del Gobierno, no sólo ha sucedido en el seno del CST, sino en otras entidades tripartitas y paritarias. Hay al menos tres casos pendientes para los cuales los empleadores nombren libremente a sus representantes: INSAFORP, el CNSM y la SIGET.

En los tres casos, la Corte Suprema de Justicia ha dado medidas cautelares. Por una parte, en los últimos diez años el Gobierno ha reformado por ley, en tres ocasiones, la manera en que se conforma la junta directiva del INSAFORP.

Por otra, la elección del CNSM fue realizada utilizando un instructivo emitido de manera ilegal el mismo día de la elección por parte del Ministerio de Trabajo.

El tercer caso es sin duda el más escandaloso. La elección por parte de los empleadores de los directores en la junta de directores de la SIGET, ente regulador de electricidad y telecomunicaciones. En este caso, la ANEP junto con la OIE, hemos pedimos la intervención directa del Director General.

Como esta Comisión recordará, mientras unos funcionarios atendían a la misión de contactos directos en 2017, otros planeaban cómo suplantar a los empleadores como legítimos electores.

En tiempo récord crearon 60 falsas asociaciones, con domicilio en municipios pobres del país, alejados de las principales ciudades, donde no se recaudan impuestos ni se generan puestos de trabajos formales, ni se pagan salarios mínimos. Se utilizaron protocolos de empleados públicos de empresas estatales reguladas por la SIGET. Las 60 asociaciones participaron y ganaron la elección.

El Gobierno no sólo se negó a dialogar con los legítimos representantes de los empleadores, no sólo retuvo la entrega de credenciales a las organizaciones empresariales, no sólo excluyó a organizaciones empresariales del listado de los electores, y no sólo habilitó a entidades ciudadanas informales que no tienen naturaleza empresarial, sino que además creó entidades fantasmas apócrifas, para suplantar a los legítimos interlocutores.

Finalmente, denunciamos que durante el último año han habido protestas violentas recurrentes en contra de las oficinas de la ANEP, y de las oficinas de la Asociación Azucarera y de la Cámara Agropecuaria y Agroindustrial, ambas socias de la ANEP, por parte de activistas y grupos de choque organizados y patrocinados por el Gobierno.

Durante estos años, activistas y grupos de choque han realizado protestas violentas, lanzando incluso heces fecales, basura, agua contaminada y llantas incendiadas al interior de las oficinas de la ANEP. Con estos hechos de violencia y acoso, se ha buscado intimidar a los voceros de los empleadores, así como responsabilizarlos de la falta de solución de los problemas del país, lo cual propicia más protestas.

Nos preocupa asimismo un informe del año pasado de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, que mandó archivar una denuncia que interpuso la ANEP por actos de violencia contra sus instalaciones.

Nos preocupa que la institucionalidad del país no funcione y quedemos expuestos y sin protección ante actos violentos por parte de activistas y grupos de choque. El informe, en todo caso, reconoce la actitud pasiva de la policía, y le hace un llamado a intervenir en casos similares.

Durante los últimos diez años, las organizaciones de los empleadores hemos sufrido violencia, acaso y exclusión por parte del Gobierno de todos los medios posibles.

Esperamos que esto sea asunto del pasado, confiamos en que el nuevo Gobierno, realizara la convocatoria, respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores para que libremente elijan sus representantes. A todos nos conviene el diálogo social como instrumento en la búsqueda de soluciones, para impulsar el desarrollo, traer inversiones y generar empleo, respetando la Constitución, el marco normativo y los convenios internacionales. Confiamos en que El Salvador sabrá aprovechar esta nueva oportunidad que nos brinda la historia

Miembro trabajadora, El Salvador — En El Salvador, los últimos diez años han significado un franco retroceso en materia de tripartismo, diálogo social, libertad sindical y contratación colectiva. Prueba de ello es que por quinto año consecutivo en la Comisión se mantiene el caso de El Salvador.

Al abordar el caso de El Salvador el año recién pasado, esta Comisión hizo una serie de recomendaciones a nuestro Gobierno, sin que se hayan realizado acciones en este sentido.

Por otro lado, después de transcurridos nueve años, los responsables materiales e intelectuales del asesinato del compañero Sr. Victoriano Abel Vega no han sido llevados ante la justicia, debido a que el Estado salvadoreño no ha realizado una investigación efectiva.

En el sector privado, público y municipal persiste la violación de los derechos humanos y laborales, consagrados en nuestra Constitución, leyes laborales nacionales y en los convenios de la OIT ratificados por nuestro país. Les enuncio algunos casos recientes que constatan esta situación:

El 10 de junio de 2018, se constituyó el Sindicato de la Industria del Cemento Concreto y Anexas (SICCA). La respuesta de la empresa fue el despido de todos los dirigentes constituyentes del sindicato.

Igualmente, están ocurriendo graves violaciones en contra de las personas trabajadoras jóvenes, como es la situación de eventualidad de los puestos de trabajo y la falta de una ley de aprendizaje que realmente tutele sus derechos.

También siguen existiendo elementos discriminatorios en los requisitos de empleo como comunidad LGBTI (lesbianas, homosexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales), discapacidad, género y edad.

Se impulsa en la Asamblea Legislativa la aprobación de una Ley de Servicio Público, sin el debido proceso de consulta con las organizaciones de trabajadores. Este impone mecanismos que son lesivos a la libertad sindical y a la negociación colectiva, debido a que excluye de la negociación colectiva materias tales como la revisión salarial, atañe directamente a las condiciones de empleo, permite que el contrato sea declarado nulo por ser contrario a la política económica del Gobierno, establece que el arbitraje es obligatorio, y contiene una definición extensiva de los servicios esenciales en el sentido estricto, entre otros.

El diálogo social es aún una formalidad que se cumple a medias, por lo que es materia pendiente, la no instalación del CST impide que éste pueda emitir opinión sobre los anteproyectos de reforma de la legislación laboral y de previsión social, y que tampoco pueda recomendar al Gobierno la ratificación de los convenios de la OIT que considere apropiados.

Por ejemplo, en la Asamblea Legislativa se realizó una reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, sin consultar a las organizaciones de trabajadores, la cual no resolvió la problemática de las pensiones, sino que únicamente tiene un énfasis fiscal y financiero para dar un respiro a las finanzas del Estado, contrario a lo establecido en el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102) y a la Recomendación sobre los pisos de protección social, 2012 (núm. 202) de la OIT.

Tampoco fuimos consultados en la elaboración de la política pública de articulación de la educación técnica, la formación profesional y el aparato productivo, dando como resultado que no exista participación de los representantes de las organizaciones de trabajadores en los comités sectoriales, junta de comités y en el consejo de coordinación del ente creado, lo que constituye una clara acción antisindical, que violenta varios convenios de OIT ratificados por nuestro país.

En la actual coyuntura con un Gobierno que recién asume la presidencia de nuestro país es de suma importancia la reactivación del CST como el espacio propicio para la discusión de las macro políticas que aseguren justicia social a las familias salvadoreñas y coadyuvar así la democracia y gobernabilidad del país, y desde esta herramienta de diálogo social tripartito, concertar un gran acuerdo nacional en temas como: reforma de salud, educación para vivir y el futuro del trabajo, sistema de pensiones, política salarial, pacto fiscal, generación de empleo decente, políticas de austeridad, adaptación y resiliencia al cambio climático, convivencia ciudadana y control social, entre otros, por lo que deseamos expresar que daremos el beneficio de la duda a la posición expresada por el nuevo Gobierno y su Ministro de Trabajo, en reuniones sostenidas con las organizaciones sindicales, particularmente en su disposición de potenciar el diálogo social, a su compromiso con el respeto a las normativas en materia laboral y con el retiro de la discusión legislativa de proyectos de ley como el de servicio público, para revisarlos en las instancias tripartitas correspondientes; y, al compromiso de formar una comisión que retome el estudio del sistema de pensiones.

El CST debe ser reactivado con una amplia participación de todas las organizaciones sindicales, empresa privada y funcionarios de gobierno, con el apoyo técnico de la OIT, ya que consideramos que la solución a nuestros problemas históricos y estructurales, requiere que a la brevedad posible se restablezca el diálogo social efectivo entre los sectores.

La representación laboral está en acefalía, los juramentados por la Ministra de Trabajo anterior terminaron su período sin siquiera haber tenido una tan sola reunión en dos años. Por lo que es urgente que se llame a las organizaciones de trabajadores a designar sus representantes conforme al artículo 50 y al reglamento del CST siguiendo los postulados del Convenio núm. 144.

Apelamos a la OIT para que los representantes de los trabajadores de manera autónoma podamos determinar procedimientos de elecciones internas estables con criterios de representatividad precisos, objetivos y preestablecidos evitando la arbitrariedad y la injerencia tanto del funcionario de gobierno en turno como de los empleadores, y permitir a los trabajadores designar sus representantes, sin importar el nombre sino la función que realizarán, una vez instalado el Consejo éste deberá realizar una reforma integral al artículo 50 y a su reglamento para ampliar su base en todos los sectores, asimismo que se revise el caso en la siguiente reunión del Consejo de Administración y se informe en la Conferencia Internacional del Trabajo de 2020.

Como puede apreciarse, la autoridad administrativa durante varios años ha hecho caso omiso a las recomendaciones de los órganos de control y de la misión de contactos directos, lo actuado por el Gobierno de El Salvador a través del Ministerio de Trabajo representa un grave riesgo para el ejercicio de la libertad sindical y evidencian la falta de voluntad política para el diálogo social y la ausencia de una política laboral democrática, por lo que se hace necesario que se emitan recomendaciones que vengan a solucionar la grave situación por la que atraviesan los trabajadores, ya que el Gobierno de El Salvador en su anterior administración hizo de la violación a la libertad sindical una política de gobierno, confiamos en que este nuevo gobierno del Presidente Sr. Nayib Bukele corrija este desatino y asuma el pleno cumplimiento de las normativas, tanto nacionales como internacionales y que podamos contar con un clima de paz laboral y un diálogo social efectivo y franco en beneficio de los todos los salvadoreños.

Miembro gubernamental, Brasil — Hablando en nombre de una significativa mayoría de los países de América Latina y el Caribe, agradecemos las informaciones brindadas por el Gobierno de la Republica del El Salvador. Hemos escuchado con interés lo relacionado al cumplimiento de la consulta tripartita de las normas internacionales del trabajo, en el marco de la Constitución y la legislación salvadoreña, la cual designa al CST como el ente encargado de llevar a cabo las consultas tripartitas en relación a las normas internacionales del trabajo, según lo ha expresado la distinguida delegación de ese país. Estamos conscientes de que el Gobierno de El Salvador ha asumido, en el sentido de buscar soluciones tripartitas, aquellos asuntos aún pendientes: la reactivación del CST, como ente legalmente constituido, esto brindará soluciones definitivas que favorezcan a todos los sectores sociales del país. Alentamos el compromiso del Gobierno de El Salvador con la aplicación del Convenio y respaldamos las iniciativas que emprenderá en el contexto de las obligaciones contraídas en dicho Convenio.

Miembro gubernamental, Rumania — Hablo en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. La República de Macedonia del Norte, Montenegro y Albania, países candidatos, así como Noruega, país de la AELC miembro del Espacio Económico Europeo, se suman a la presente declaración. La Unión Europea y sus Estados miembros afirman su compromiso con la promoción, la protección y el respeto de los derechos humanos y los derechos laborales, tal y como los consagran los convenios fundamentales de la OIT y otros instrumentos de derechos humanos. Apoyamos el indispensable papel que desempeña la OIT en el desarrollo, la promoción y la supervisión de la aplicación de las normas internacionales del trabajo y los convenios fundamentales en particular.

Creemos firmemente que el cumplimiento de los convenios de la OIT es esencial para la estabilidad social y económica de cualquier país y que un entorno propicio al diálogo y la confianza entre los empleadores, los trabajadores y los gobiernos contribuye a la creación de una base para un crecimiento sólido y sostenible y para el desarrollo de sociedades inclusivas.

El Convenio núm. 144 está intrínsecamente vinculado a dos convenios fundamentales: el Convenio núm. 87 y el Convenio núm. 98, así como con al menos cinco Objetivos de Desarrollo Sostenible. Las consultas tripartitas y un diálogo social significativo y efectivo son elementos esenciales de la aplicación de los principios y derechos fundamentales en el ámbito del trabajo.

La Unión Europea y sus Estados miembros mantienen su compromiso con el pueblo de El Salvador a través de fuertes lazos de cooperación, así como vínculos políticos y comerciales. El Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación UE-América Central, que entró en vigor en 2014, y la aplicación provisional del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central desde 2013, proporcionan un marco para el desarrollo de nuestra asociación.

Deseamos recordar el compromiso asumido por El Salvador mediante el capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible (título VIII) del Acuerdo de Asociación UE-América Central, de aplicar efectivamente, en la legislación y en la práctica, los convenios fundamentales de la OIT.

Observamos con profundo pesar que este caso ya se ha debatido en los dos últimos años ante la Comisión de Aplicación de Normas, incluso como un caso grave en 2017. La Comisión observó con preocupación el funcionamiento deficiente del diálogo social en el país y el incumplimiento del Convenio núm. 144 de la OIT. También ha proporcionado recomendaciones claras sobre la importancia de la no injerencia en la constitución de las organizaciones de empleadores y la necesidad de garantizar una representación adecuada de las organizaciones de empleadores legítimas.

La Comisión también solicitó la reactivación del CST garantizando su pleno funcionamiento con una representación adecuada de los interlocutores sociales. El Consejo sólo puede cumplir su función cuando pone en práctica de manera efectiva el tripartismo y el diálogo social genuino. Observamos con preocupación que el Consejo aún no ha empezado a funcionar.

Acogemos con beneplácito los recientes llamamientos del Gobierno para que se entable un diálogo con miras a la pronta reconstitución del Consejo tras un diálogo intersectorial, como exigen las normas internacionales. No obstante, instamos al nuevo Gobierno a que adopte las medidas adecuadas para reactivar el CST, estableciendo, en consulta con los interlocutores sociales, las normas de su funcionamiento, en particular normas claras y transparentes para la designación de los representantes de los trabajadores que cumplan el criterio de representatividad, así como el proceso de su reactivación.

También pedimos al Gobierno que garantice la plena autonomía de los interlocutores sociales y su participación en las consultas relacionadas con las políticas y la legislación sobre empleo y trabajo, de manera transparente e inclusiva y antes de que se adopte una decisión. Alentamos al Gobierno a que facilite información sobre el resultado de las consultas tripartitas celebradas en relación con el protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión, así como a que facilite información actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relativas a las normas internacionales del trabajo en virtud del artículo 5, párrafo 1, a)-e), del Convenio.

También alentamos encarecidamente a El Salvador a que informe sobre las medidas adoptadas o en preparación en el marco de la asistencia técnica de la OIT.

La Unión Europea y sus Estados miembros reiteran su compromiso de colaborar de manera constructiva con El Salvador, incluso mediante proyectos de cooperación, que tienen por objeto fortalecer la capacidad del Gobierno para abordar todas las cuestiones planteadas en el informe de la Comisión.

Miembro gubernamental, Burkina Faso — Como saben, la importancia del Convenio núm. 144 está bien establecida. Las consultas tripartitas regulares, tal y como preconiza dicho Convenio, son garantía de una paz social duradera. En efecto, la institucionalización y la práctica efectivas del principio del tripartismo permiten a los actores del mundo del trabajo cultivar la tolerancia y la crítica constructiva necesarias para el desarrollo.

El tripartismo, acaso cabe recordar, es la piedra angular del proceso de construcción del diálogo social, tan apreciado por nuestra Organización. Es también a través de este mecanismo particular de la OIT como los gobiernos y los interlocutores sociales afinan sus violines para garantizar mejores condiciones de vida y de trabajo a las laboriosas poblaciones de nuestros países. En el informe de la Comisión de Expertos se invitaba al Gobierno de la República de El Salvador a adoptar las medidas apropiadas para dar pleno efecto al Convenio que ratificó en 1995. En vista de la importancia de las consultas tripartitas para la promoción y la práctica del diálogo social, la delegación de mi país desea alentar a la República de El Salvador a que prosiga sus esfuerzos para aplicar las disposiciones pertinentes de este instrumento y, de ser necesario, a que solicite la asistencia de la Oficina.

Miembro empleador, España — El Gobierno sigue sin entablar un verdadero diálogo y celebrar consultas tripartitas, ni adoptar medidas para reactivar el CST, ni garantizar la elección de manera libre y autónoma de representantes legítimos de los interlocutores sociales en dicha entidad tripartita.

Se desatienden así las conclusiones adoptadas por la Comisión de Normas de la 107.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que instó al Gobierno salvadoreño a abstenerse de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y facilitase, de conformidad con la ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes; elaborar normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del CST; reactivar nuevamente y sin demora el CST por medio de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social, que garantice el pleno funcionamiento de dicho órgano; designar sin dilación a representantes de las organizaciones patronales más representativas en el CST en los casos en que dichos nombramientos no se hayan realizado, y recurrir a la asistencia técnica de la OIT. Asimismo, recomendó al Gobierno que presentase una memoria detallada a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos.

El incumplimiento de estas conclusiones que no hacen más que incidir en las ya adoptadas en la Comisiones de Normas de los años 2016 y 2017, también en virtud del Convenio núm. 144, así como en las recomendaciones de la misión de contactos de la OIT efectuada los días 3 y 7 de julio de ese mismo año, ponen de manifiesto la falta de voluntad del Gobierno salvadoreño de poner en práctica procedimientos que aseguren consultas efectivas entre los representantes del Gobierno de los empleadores y de los trabajadores sobre los asuntos relacionados con las actividades de la OIT, y de no interferir en la autonomía de los representantes de los trabajadores y de los empleadores, que deben ser elegidos libremente por sus organizaciones.

Esperamos que el espíritu diálogo mostrado por el actual Gobierno salvadoreño se traduzca en el cumplimiento de las conclusiones, en las sucesivas conclusiones adoptadas por las Comisiones de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo, con el fin de superar una situación anómala que perdura desde hace diez años.

Miembro trabajador, Honduras — Lamentamos que en los últimos años El Salvador ha estado demandado por parte de los empleadores por el incumplimiento al Convenio, que tiene como objetivo primordial las consultas tripartitas efectivas; asimismo, reconoce que los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a efecto de los procedimientos previstos en el presente Convenio, serán elegidos libremente por sus organizaciones representativas; en tal sentido condenamos la aptitud injerencista del sector empleador al que debe reconocer y legitimar única y exclusivamente a un sólo grupo del sector laboral.

Al sector empleador aprovechamos para hacerle un llamado a ser coherente con su petición al Gobierno de instalar de forma inmediata el CST, para que se acredite y participe de manera activa y efectiva sin sesgo alguno, respetando la autonomía del sector laboral. Al Gobierno de reactivar a la mayor brevedad posible el CST y que sea respetuoso de la autonomía e independencia que tiene el sector laboral para elegir y designar a sus representantes en las instancias tripartitas, tal y como lo establece el reglamento del CST.

De igual forma, hacemos un llamado al gobierno de Nayib Bukele para que respete lo establecido en este Convenio en el marco del diálogo social tripartito y que cese los despidos masivos de trabajadoras y trabajadores en el sector público sin el debido proceso.

Para finalizar, hacemos un llamado a las y los trabajadores a seguir fomentando el diálogo social tripartito y hacer el mayor esfuerzo para contribuir al buen funcionamiento del CST.

Miembro gubernamental, Colombia — Colombia agradece las informaciones brindadas por el Gobierno de El Salvador, Los ministerios del trabajo tienen un papel fundamental para hacer puente de encuentro entre los empleadores y trabajadores. Se requiere, que todos construyan en conjunto, que existan diálogos abiertos, francos, que me permitan reconocer los aciertos, los acuerdo, pero también respetar las diferencias. Por ello valoramos los esfuerzos del Gobierno de El Salvador por avanzar en el diálogo social y lograr así la reactivación del CST.

Nuestro Gobierno confía que con el compromiso del Gobierno de El Salvador, la voluntad de todos los actores y la asistencia técnica de la OIT, se beneficiará a las instituciones de diálogo social y se podrá continuar avanzando en el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo.

Miembro empleadora, Costa Rica — El sector empleador de Costa Rica desea apoyar y hacer eco de las palabras del representante del sector empleador de El Salvador. El Convenio núm. 144 es uno de los convenios más importantes desde el punto de vista de la gobernanza, ya que la consulta tripartita es parte de la esencia de la OIT.

El CST, de entre muchas de las instancias tripartitas con las que puede contar un aparato estatal de un país es, sino la más importante, una de las más importantes. El artículo primero del reglamento del CST de El Salvador, establece que éste tiene como finalidad institucionalizar el diálogo y promover la concertación económica y social entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores.

Por lo anterior, es de vital importancia permitir que el Consejo vuelva a sesionar y que las organizaciones más representativas escojan libremente a sus representantes. Como lo establece el artículo 2 del Convenio en discusión «Todo Miembro de la OIT que ratifique el presente Convenio, se compromete a poner en práctica procedimientos que aseguren consultas efectivas, entre los representantes del gobierno, de los empleadores y de los trabajadores…».

Por ello, se debe recordar que, entre la serie de acciones que la Comisión de la Conferencia de 2018 estableció, se le instó al Gobierno de El Salvador a «elaborar normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo». Sin embargo, las iniciativas impulsadas por el Gobierno salvadoreño, violentan los Convenios núms. 87, 98 y 144, designando comisiones gubernamentales para los procesos de elección de los representantes e imponiendo criterios limitantes.

Siendo ANEP la organización de empleadores más representativa de El Salvador, no se puede ni se debe permitir que se obstaculice la elección de sus representantes, no sólo a nivel del Consejo, sino en el resto de entidades tripartitas y paritarias. En el marco de la seguridad jurídica que debe respetarse en todo momento, las organizaciones tienen derecho a elegir sus representantes de forma legítima sin ninguna intervención por medio de los entes estatales, lo contrario, es una clara infracción a los convenios citados.

Por ello, es sumamente relevante que al momento de elaborar normas claras que aseguren la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo, esta Comisión vele por que no se dé una reforma al reglamento que eventualmente pueda constituir una violación a la autonomía y a los legítimos derechos de las organizaciones representativas.

Debe garantizarse que, sin importar el gobierno que se encuentre en el poder, las organizaciones puedan elegir de forma libre a sus representantes y que se active de forma pronta, el funcionamiento de una instancia tan importante como lo es el CST.

Observador, Internacional de Servicios Públicos — Tomamos la palabra en el caso de El Salvador, en nombre de la Internacional de Servicios Públicos (IPS) y la CONTUA en apoyo a los trabajadores salvadoreños que sufren una permanente violación de sus derechos sindicales. El caso planteado por la Comisión de Expertos trata sobre el incumplimiento del Convenio núm. 144, y no se logra solución real al problema de la parálisis del CST en el país centroamericano. Se deben destrabar inmediatamente todos los inconvenientes para poner en funcionamiento, en forma urgente, al CST. Se trata de establecer reglas claras, respetuosas de la libertad sindical, del derecho de organización autónoma de los actores sociales, y de la buena fe para integrar las mesas de diálogo y alcanzar acuerdos sustentables.

Resaltamos la necesidad de la buena fe para promover el diálogo, porque de nada sirven las normas jurídicas más perfectas si los gobiernos y los actores sociales actúan con dilación en el nombramiento de representantes, no acuerdan los temas a tratar o bloquean el quorum de funcionamiento y la toma de decisiones.

Hay un gobierno nuevo en El Salvador, y desde el movimiento sindical instamos al Presidente y a su Gabinete a que atiendan prioritariamente este señalamiento de los expertos, dialoguen con los actores sociales y encuentren rápidamente una dinámica de trabajo para retomar las tareas del CST.

Pero también queremos señalar que en esta casa, en la OIT, en sus distintos órganos de control, están tramitando decenas de denuncias por casos de violación a los convenios fundamentales del trabajo en El Salvador, por lo que también llamamos al nuevo gobierno a dar respuestas, en forma urgente, y cambiar el rumbo de las políticas laborales violatorias de los derechos sindicales.

Especialmente queremos reseñar la situación que se vive en el sector público y poner como ejemplo a los sindicatos del sector eléctrico afiliados a la ISP que desde 2014 vienen denunciando prácticas antisindicales con campañas de desafiliación impulsadas por los representantes del Gobierno y de las empresas bajo amenazas de despidos a los trabajadores sindicalizados, la desarticulación de la negociación colectiva llegando a la supresión de la vigencia de los convenios colectivos de trabajo y el acoso a las estructuras sindicales con la judicialización sistemática de los conflictos sociales.

La situación es tan grave que inclusive existe un avanzado proceso de despido en contra de la secretaria general del sindicato de la electricidad, compañera Roxana Maribel Deras Acosta, fundado en mentiras de la patronal, con el único fin de desprestigiarla a ella y a la organización sindical a la cual pertenece.

Instamos al Gobierno a atender este caso, porque si no lo hace haremos de él nuestra bandera y estaremos aquí en esta Comisión el año próximo por el Convenio núm. 87 y antes estaremos en las Naciones Unidas y en los órganos de derechos humanos de la OEA reclamando justicia y denunciando a los responsables.

Decíamos antes, que desde hace muy pocos días, hay un nuevo gobierno en El Salvador y entendemos que esta nueva gestión tiene la oportunidad de hacer las cosas como corresponde, revertir la situación y administrar las relaciones laborales con respeto a la libertad sindical y al diálogo tripartito y esperamos entonces decisiones y señales en ese sentido.

La OIT puede colaborar con el nuevo gobierno, y con los actores sociales, brindando asistencia técnica. Nosotros, desde el movimiento sindical estamos dispuestos a sentarnos en la mesa tripartita si paran las agresiones y se establece un clima de respeto y confianza.

Miembro empleador, Chile — Este caso de El Salvador resulta de interés dado que se refiere a una materia fundamental para esta casa; en efecto, él se vincula con el mecanismo de la consulta tripartita para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo, de que da cuenta el Convenio núm. 144. En consonancia con el objetivo perseguido por dicho instrumento internacional, la sola pertenencia a la OIT constituye para los Estados un compromiso de efectuar consultas a los actores sociales en materias de su interés, para así promover la adopción de medidas efectivas en el ámbito nacional.

La materia que hoy nos ocupa ya fue discutida ante esta misma Comisión en años anteriores debido al incumplimiento del ex gobierno de El Salvador, al que se le ordenó la adopción de una serie de medidas que habían sido reclamadas tanto por la organización de empleadores de dicho país como, asimismo, por la OIE.

La reiterada acusación está referida a la inexistencia de un verdadero diálogo social, y a la ausencia de consultas, especialmente en lo referido al CST, el que no ha sido convocado legalmente y que no sesiona desde el año 2013; el actual Gobierno deberá reactivarlo respetando la autonomía de las organizaciones más representativas, con personeros elegidos libremente por éstas y sin injerencia alguna del Gobierno.

Las escasas medidas adoptadas por el ex gobierno adolecieron de la falta de transparencia necesaria como para fomentar la confianza debida entre los interlocutores sociales; más bien correspondieron a una apariencia de legalidad, como lo fue el fallido intento del proceso de elección del representante empleador en la Comisión de Riesgos del Sistema de Pensiones, mediante la creación al efecto de entidades inexistentes.

Nos parece que el actual Gobierno no puede reiterar dicha errada política. De hacerlo, incurriría en una clara demostración de falta de aprecio por el diálogo social, lo que minaría nuevamente la confianza entre los actores sociales.

Ante dicha circunstancia, la OIT y esta Comisión, no podrían permanecer indiferentes, ya que ello contribuiría a la pérdida de confianza en los mecanismos de control; sería una suerte de discriminación por omisión, que podría en el futuro afectar a cualquier otro actor social de un país signatario de la OIT.

En razón de lo anteriormente expuesto, nos permitimos respetuosamente solicitar al Gobierno de El Salvador para que, sin demora, ponga en práctica la recomendación de garantizar la libertad y autonomía de las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, en lo concerniente a la designación de sus personeros en los foros de diálogo social, absteniéndose de realizar cualquier acto de injerencia en dicho sentido.

Miembro trabajador, República Dominicana — Sustentamos la presentación de la denuncia hecha por la compañera trabajadora de El Salvador donde menciona las reiteradas denuncias que han hecho por varios años en violación a los derechos sindicales y laborales de ese país. En el caso específico, el Estado ha estado violando lo establecido en dicho Convenio. No obstante, queremos llamar la atención a que el Gobierno de El Salvador permita que las organizaciones sindicales salvadoreñas sean las que decidan la designación de sus representantes en los organismos de carácter tripartito, así como el establecimiento del CST.

Confiamos en que este nuevo Gobierno podrá poner fin a las arbitrariedades cometidas por el Gobierno pasado en detrimento de las organizaciones sindicales salvadoreñas y que respetará su autonomía sindical dando paso a un diálogo social efectivo y productivo.

Finalmente, le recordamos al Gobierno salvadoreño que el diálogo social desempeña un papel crucial en el logro de los objetivos de la OIT de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres para conseguir un trabajo productivo y decente en condiciones de libertad, seguridad y dignidad.

Miembro empleador, Panamá — Esta Organización tiene su base de fundamento en el tripartismo, desconocerlo a nivel nacional o internacional es desconocer la esencia de la OIT. No en vano, la Organización exige que las memorias y aplicación de los convenios internacionales mantengan la opinión y la participación tanto de trabajadores, como de empleadores.

Cuando un país ratifica un convenio, no es para aparecer en una lista y recibir aplausos; al contrario, se obliga a cumplirlo plenamente, y si es necesario, modificar su legislación para garantizar su cumplimiento. El Salvador ratificó el Convenio núm. 144 y la representación tripartita debe ser elegida en forma libre, independiente, por cada una de las partes, óigase bien, por cada una de las partes. Si una de las partes no designa, o una de las partes designa la representación de las otras, la consulta no sería tripartita, sería un diálogo de uno consigo mismo. Eso violenta el fundamento de esta Organización y el espíritu del Convenio.

La historia de la violación por El Salvador del Convenio ha sido repetida por múltiples oradores esta tarde, y no quiero entrar a repetir las mismas violaciones. Quiero hacerme eco del propósito presentado por el representante de El Salvador, en el sentido de que indicó que está comprometido a cumplir la ley y a acatar el Convenio.

Un país que quiere desarrollarse, un país que quiere crecer, no puede basarse en excluir el diálogo social, o excluir a algunos de sus actores sociales del diálogo social, porque eso lo condena a la insatisfacción, a la crítica y a las protestas. Esperamos con toda convicción que se cumpla con el Convenio, que se modifiquen las leyes necesarias para que se dé la participación de forma igualitaria de los tres sectores en diálogo social; que se instalen los demás organismos de consulta tripartita, inclusive en el CNSM, y del mismo modo le pedimos a este órgano de control que le establezca perentorio al Gobierno para que cumpla, cabalmente, con el Convenio, que es un convenio de fundamental importancia para esta casa.

Miembro gubernamental, Argentina — Mi país alienta la predisposición de dicho Gobierno de reforzar el diálogo social y respalda las iniciativas que emprenderá en el contexto de las obligaciones contraídas en virtud de ese Convenio. En particular, y en consonancia con lo expresado por el GRULAC, celebramos la responsabilidad asumida por el Gobierno de El Salvador de buscar soluciones tripartitas a aquellos asuntos pendientes aún. Lo expresado por el señor Ministro, es una prueba del compromiso de El Salvador con los sistemas de control de la Organización. Estamos seguros de que las acciones emprendidas por las nuevas autoridades junto con la asistencia de la OIT, redundarán en beneficios de todos los sectores sociales del país.

Miembro empleador, Honduras — Por un año más y por tercer año consecutivo volvemos a conocer ante esta Comisión el caso de El Salvador por violación del Convenio núm. 144, apreciando muy pocos esfuerzos por parte del Gobierno de El Salvador de dar cumplimiento a las recomendaciones y conclusiones de los órganos de control de la OIT.

Esperamos que el nuevo Gobierno de El Salvador, revise las diferentes observaciones, recomendaciones y conclusiones emitidos por parte de los órganos de control, recordando la importancia que tiene el Convenio, como un convenio de gobernanza, que tiene por objetivo alcanzar la justicia social, fomentar el trabajo decente y el crecimiento sostenible de las empresas, por medio del diálogo social y la práctica del tripartismo entre los gobiernos, organizaciones representativas de trabajadores y empleadores, lo cual hoy resulta aún más importante para fortalecer la cohesión social y el Estado de derecho.

Es importante recordar al Gobierno de El Salvador que la consulta tripartita efectiva, supone algo más que un mero intercambio de información, la consulta debe considerar las opiniones de las organizaciones de trabajadores y empleadores más representativas para la toma de las decisiones; debe ser un instrumento para la construcción de políticas públicas, conservando estas últimas el derecho de aceptar o rechazar las decisiones o posturas definitivas que adopte el gobierno, manifestando sus opiniones y comentarios directamente a la OIT.

Es grave el incumplimiento que el Gobierno de El Salvador ha tenido en relación al Convenio núm. 144, siendo preocupante el desconocimiento que ha dado el Gobierno a la ANEP como organización más representativa, incumpliendo por diferentes medios con el artículo 3 del Convenio, llegando incluso a la conformación de supuestas organizaciones empresariales, sin ningún tipo de independencia, con lo cual se evidencia la ausencia del verdadero diálogo social que ha existido en El Salvador y la violación al Convenio.

Es por lo antes expuesto y por un año más nos sumamos a la solicitud de los representantes de empleadores en relación al caso de El Salvador, recordando que es deber de la Comisión de Aplicación de Normas manifestar en términos muy claros en sus conclusiones, la imperiosa necesidad de que el nuevo Gobierno de El Salvador actúe en el marco del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo y reconozca a la ANEP como la organización de empleadores más representativa en El Salvador y que se tomen las medidas necesarias para que se erradiquen las acciones de violencia en contra del sector empleador representativo de El Salvador.

Miembro empleadora, Argentina— Escuchamos con atención y con esperanza las declaraciones del Gobierno de El Salvador sobre su disposición a instalar, tan pronto sea posible, el CST de El Salvador.

La región cuenta con muy buenas experiencias que demuestran lo favorable que ha sido para los países en escenarios similares al que nos convoca, recibir el apoyo técnico de la Oficina, así como de sus respectivas oficinas regionales o de país, y trabajar junto a sus equipos en el fortalecimiento en las capacidades de los interlocutores sociales, para asegurar el cumplimiento de las reglas del diálogo social — desprovisto de toda intimidación — y garantizar el pleno respeto a la libertad sindical y la autonomía de las organizaciones de trabajadores y empleadores.

Esperamos entonces que se aproveche la oportunidad que se nos presenta, para trabajar en la creación de las condiciones necesarias para garantizar el cumplimiento del Convenio núm. 144 y asegurar la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores en las distintas instancias del diálogo social.

Miembro empleador, México — Lamentamos que el Gobierno no haya reconocido a la fecha la falta de cumplimiento del Convenio. No es posible corregir un problema si no se identifica y se acepta. No estamos hablando de algo menor, se trata del cumplimiento de una obligación que constituye el corazón de esta Organización: el diálogo social, la consulta tripartita, para lo cual se tiene que reconocer e identificar a los interlocutores, es decir, a las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, y no con organizaciones ilegítimas, no representativas, con quienes no se puede generar equilibrios reales y alcanzar los objetivos de este Convenio, asegurando consultas efectivas.

Para estos efectos, se requiere que el Gobierno genere un entorno de confianza, libre de toda intromisión, de la vida interna de las organizaciones, con pleno respeto al Estado de derecho. En las aclaraciones formuladas por el Gobierno, éste se manifiesta en favor de cumplir con las obligaciones que le corresponden como Estado Miembro de esta Organización. Y debe saber el Gobierno, que lo que esperamos en esta Comisión y en esta Organización, es la acción, hechos que demuestren este interés, materializando sus buenas intenciones. Podría comenzar por constituir los organismos tripartitos que se mencionan en el informe de la Comisión de Expertos.

Existe evidencia de la falta de cumplimiento por parte del Gobierno, testimonios de los sectores en el mismo sentido, y la constancia que los organismos tripartitos no están funcionando debida y legítimamente integrados de manera tripartita. Llamo la atención del hecho que el Gobierno no demuestra las intenciones que dice tener. A la fecha no ha sido capaz de traer a esta Comisión informes contundentes, cuando menos una Hoja de ruta con fechas y objetivos claramente determinados, medibles y comprobables. Se debe hacer un requerimiento contundente, echando mano de todas las herramientas que esta Comisión tiene a su alcance para obligar al Gobierno a corregir esta intolerable situación.

Representante gubernamental — Nosotros como Gobierno, con los pocos días que tenemos, reconocemos que los problemas de los gobiernos salientes no solamente significaron dentro de nuestro país sino ante los ojos del mundo y la comunidad internacional. Y el mayor reconocimiento que hizo el pueblo salvadoreño de esto es precisamente cambiar un gobierno.

Este día, adquirimos un compromiso firme, total, contundente, de cumplir de forma inmediata la reactivación del CST, de permitir al Estado salvadoreño elecciones libres, donde no exista interferencia de ningún autor por encima de otro, porque son conductas históricas que se han dado de un lado y del otro lado.

También planteamos clara y categóricamente que todas las consultas van a ser de forma tripartita, y una de mis primeras decisiones que está registrado en entrevistas que hemos brindado, es que hemos planteado que todas las iniciativas de ley que no han llevado consenso tripartito y están en el seno de la Asamblea Legislativa; esta cartera de Estado, a través del Ministerio, hemos tomado la decisión de retirar esas piezas que están como anteproyectos de ley en la Asamblea Legislativa hasta que sean discutidos de forma tripartita con todos los actores, y son decisiones concretas que ya ejecutamos, que las planteamos y que las hemos discutido en reuniones permanentes con la ANEP la semana pasada y con el sector trabajador, con las organizaciones sindicales.

Recalco, repito y reafirmo, el compromiso del Gobierno es coherente con una necesidad y con una deuda histórica que trae nuestro país. Y en el mío propio, en calidad de Ministro, mi compromiso es contundente y coherente con lo que anteriormente he venido haciendo. OIT ha sido visto desde el enfoque personal, desde un enfoque inherentemente sindical y, hoy que tenemos esta cartera de Estado, no podemos actuar de forma distinta y que no sea coherente con lo que nuestra trayectoria nos define.

Este día queremos dejar sentado ante todos y cada uno de ustedes, tal como lo hicimos en este compromiso y como lo conversé con el Director General de la OIT, Sr. Guy Ryder, la asistencia y cooperación técnica de la OIT es necesaria y además oportuna, porque además de su sustento de carácter legal y técnico sirve de garante en el cumplimiento de nuestros acuerdos.

Para cumplir con los objetivos planteados en función de una genuina aplicación de las normas de esta Organización, creo firmemente que la verificación de esta Organización es importante y esencial como garante de los compromisos que ahora asumimos, y el mejor mensaje de nuestro Gobierno, es que estando en la etapa de transición hemos dejado a un lado por venir y hacer presencia en mi calidad de titular representante del Estado salvadoreño.

Clara y categóricamente, dejamos sentado este día ante esta Organización con un sólido prestigio de carácter legal e internacional, que nosotros cumpliremos toda esta deuda histórica, no solamente por la connotación legal sino porque los que amamos un país debemos estar juntos y unidos, tomados del brazo empleadores, trabajadores y Estado, y el Estado debe jugar el verdadero papel que le corresponde, no interferencia con ninguno de los sectores ni los actores sino facilitador del gran consenso de una nación para sacar adelante nuestro país.

Miembros trabajadores — Quisiera dar las gracias a todos aquéllos y aquéllas que han contribuido con sus comentarios y observaciones a nuestros debates. También tomamos nota de la información proporcionada por el Gobierno. Le pedimos que garantice la plena aplicación del Convenio. Se trata de un convenio prioritario que encarna el principio del tripartismo, fundamental para nuestra Organización.

En nombre del Grupo de los Trabajadores, me gustaría destacar dos puntos en particular. En primer lugar, el CST debe estar integrado por miembros libremente elegidos por las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores. No es responsabilidad del Gobierno interferir en este proceso, ya que constituye una violación grave del Convenio núm. 144. En segundo lugar, instamos al Gobierno a que establezca mecanismos de consulta efectivos que permitan a todas las organizaciones expresar sus opiniones.

Observamos que un nuevo presidente ha asumido las responsabilidades de este país. Esperamos sinceramente que se ponga en marcha una nueva dinámica. Los retos y desafíos son importantes y ya es hora de abordarlos. Con el fin de ayudar al Gobierno en sus esfuerzos, sugerimos que acepte una misión de contacto de la Oficina Internacional del Trabajo.

Miembros empleadores — Valoramos esta discusión y agradecemos las intervenciones de gobiernos, trabajadores y de mis colegas empleadores. Tomamos buena nota de la actitud proactiva mostrada por el Gobierno. Esperamos sinceramente que el señor Ministro y demás autoridades del Gobierno de El Salvador, tomarán las acciones decididas que conviertan en hechos las alentadoras palabras que hemos escuchado esta tarde. Le reiteramos que tiene la oportunidad histórica de cambiar el rumbo de las cosas en El Salvador, ello mediante la valorización del diálogo social que es el medio para lograr gobernabilidad y sostenibilidad de los acuerdos logrados, pero también es fin en sí mismo, pues es uno de los pilares de cualquier sistema democrático.

Confiamos también en que a los representantes del Gobierno de El Salvador les haya quedado claro cuáles son las legítimas preocupaciones de los empleadores que coinciden en mucho con las expresadas por los trabajadores, a saber: la interferencia gubernamental en las elecciones de representantes en el CNSM, el INSAFORP, la SIGET y otros órganos tripartitos, así como la no instalación aún del CST. Para cambiar estas circunstancias el Gobierno tuvo la oportunidad de promover los cambios legislativos para la debida reglamentación del CST, lo que no sucedió. Nos preocupa de igual manera, y muy particularmente, los actos de intimidación y violencia en contra de dirigentes empresariales y sus organizaciones.

Así las cosas, esperamos que esta Comisión pida una vez más al Gobierno de El Salvador que, de manera urgente, en consulta con los actores sociales, elabore normas que aseguren el funcionamiento del CST y que reactive este órgano de consulta mediante la designación de sus miembros haciendo lo mismo en las demás entidades tripartitas de ese país. De igual forma, que garantice la integridad física de los dirigentes de las organizaciones empresariales y la seguridad de sus instalaciones. Recordemos al Gobierno que puede beneficiarse de la asistencia técnica de la Oficina y exijámosle que informe a los expertos antes de su reunión de 2019 sobre la implementación de las anteriores conclusiones.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

Teniendo en cuenta la información proporcionada por el Gobierno y la discusión del caso que tuvo lugar a continuación, la Comisión instó al Gobierno a que:

- se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de trabajadores y de empleadores y facilite, de conformidad con la legislación nacional, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes;

- elabore, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, reglas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST);

- reactive, sin demora, el CST y otros entes tripartitos, respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social a fin de garantizar su pleno funcionamiento sin injerencia alguna, y

- continúe recurriendo, sin demora, a la asistencia técnica de la OIT.

La Comisión pidió al Gobierno que elabore, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, y presente una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión, que se celebrará en noviembre de 2019.

La Comisión instó al Gobierno a aceptar una misión de contactos directos de la OIT antes de la 109.ª reunión de la Conferencia Internacional de Trabajo.

Representante gubernamental — Gracias a nuestros amigos del GRULAC, a la Unión Europea, por el respaldo total otorgado a nuestro país, y sobre todo por un mensaje de fe y de confianza del nuevo Gobierno, partiendo de que todas estas denuncias y señalamientos corresponden a un gobierno anterior y no al nuestro a partir del 1.º de junio.

Hemos tomado la decisión con el Presidente de la República, en mi calidad de Ministro, de que todas estas conclusiones de este día formen parte de una lista de prioridades de nuestro Gobierno, acá están presentes los trabajadores, la parte empleadora y este compromiso más, desde el punto de vista limitado de nuestro país, es un compromiso que estamos adquiriendo ante la mirada del mundo y ante todos y cada uno de ustedes en este momento, va acorde este espíritu y estas conclusiones a nuestras reuniones bilaterales, a quienes agradecemos de forma directa al Director General, Sr. Guy Ryder, que nos recibió; nos hemos reunido también con el Dr. Kalula, y con diferentes instancias de la OIT, manifestando y siendo coherente entre el primer planteamiento que nosotros hicimos en el Plenario, congruente y planteando toda nuestra disposición como Gobierno de resolver de manera contundente todas estas conclusiones.

Nos sentimos totalmente satisfechos con las conclusiones emanadas de parte de la Comisión, porque esto significa que no sólo responde a una nueva visión de nuestro Gobierno, sino también que la asistencia técnica y la misión de contactos directos nos garantiza, no sólo la colaboración y apoyo técnico, sino también garantiza la supervisión y verificación de cumplir con todas estas conclusiones, lo cual lo vemos como Gobierno con total beneplácito.

Finalmente, planteamos, ante la mirada del mundo entero, de que no estamos ni lo vamos a detener en las evaluaciones de las prácticas del pasado, sino de una forma positiva, desde nuestro presente para construir los pilares y los cimientos más democráticos que una nación necesita como nuestro país.

Estamos plenamente convencidos de que la forma tripartita es la que nos va a garantizar tomarnos de la mano y sacar adelante nuestro país, y no sólo eso, sino que nos comprometemos a construir todas aquellas instancias que, en un momento dado, se necesite de forma de consenso tripartito o incluyendo a otros actores, a fin de sacar adelante la agenda nacional y de garantizar incluso minimización burocrática a esta instancia y nos permita dilucidar muchos de nuestros problemas como salvadoreños tomados de las manos todos.

Recalcamos nuestro reconocimiento al GRULAC, a la Unión Europea y a los países que de forma individual nos dieron su total respaldo, beneplácito y beneficio de confianza, les queremos decir: no les vamos a fallar, gracias por la confianza.

Caso individual (CAS) - Discusión: 2018, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

 2018-SLV-C144-Es

Una representante gubernamental reconoció el profesionalismo y la objetividad con la que la Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo presidió la misión de contactos directos llevada a cabo en julio de 2017. En su informe, la Comisión de Expertos reconoce como caso de progreso el caso de El Salvador sobre el cumplimiento del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) por las acciones que se han impulsado para activar el Consejo Superior del Trabajo (CST) y avanzar en el cumplimiento efectivo de dicho Convenio. Por esta razón, el Gobierno se sorprendió de verse incluido nuevamente en la lista corta de casos individuales de la Comisión de Aplicación de Normas, puesto que el Gobierno, no sólo ha expresado su compromiso para encontrar las soluciones para activar el CST y fomentar el diálogo, sino que además ha procedido a la ejecución de dichas acciones. Con esa misma determinación y en base a los principios, vocación democrática y transparencia que orientan la gestión del Gobierno, se aceptó la realización de la misión de contactos directos, la cual ha sido una oportunidad para observar «in situ» las acciones y compromisos de las instancias del Gobierno directamente relacionadas con el cumplimiento del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio núm. 144. Respecto a la recomendación de la misión de contactos directos referida a la inactividad del CST, y retomando lo sugerido por la citada misión, en octubre de 2017 se solicitó la cooperación técnica de la OIT, la cual fue aceptada. En dicha solicitud se pidió el acompañamiento en tres procesos que se celebrarían con el sector laboral y con las gremiales empresariales en relación con: i) la reforma al reglamento del CST; ii) la formulación de propuestas de reformas legislativas para la ampliación del derecho de libertad sindical, y iii) la realización de acciones formativas y de fomento del diálogo social. Pese a los retrasos en la coordinación para iniciar dicha cooperación, ya se ha realizado una primera ronda de consultas con el sector laboral para iniciar une propuesta de reforma del Código del Trabajo. Es de lamentar que la representación de las federaciones querellantes del caso núm. 3054 ante el Comité de Libertad Sindical no asistieran a la primera reunión, aun cuando habían sido convocadas. Al respecto, y con la expectativa de realizar una efectiva coordinación con la cooperación técnica de la OIT, se continuarán las acciones llevadas a cabo en el marco del seguimiento a las conclusiones de la misión de contactos directos en los próximos meses.

En relación con las memorias que han de presentarse en virtud del artículo 22 de la Constitución de la OIT y las consultas sobre las mismas, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS), pese a que las memorias son remitidas anualmente a las organizaciones de empleadores y de trabajadores para su consulta, no se han recibido aportes o valoraciones sobre las mismas por parte de tales organizaciones. De igual manera, las señaladas memorias constituyen información de carácter público, de forma que están a disposición de quien las solicite por los canales correspondientes. Por otra parte, e independientemente de las constantes quejas de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y de las federaciones y confederaciones afines a la misma, el Gobierno, en coherencia con su compromiso con los trabajadores, está implementando medidas con miras a garantizar una vida digna y el acceso a un trabajo decente. En este sentido, se han logrado avances y se han tomados decisiones en espacios tripartitos que mantienen una agenda activa de trabajo y en los que participa la ANEP de forma permanente. Entre los señalados avances, se encuentra la aprobación del incremento del salario mínimo por el Consejo Nacional del Salario Mínimo (CNSM), gracias al cual más de 240 000 trabajadores han incrementado sus ingresos y mejorado la calidad de vida de su familia, de los cuales el 45 por ciento son mujeres. Además, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) ha aprobado dos nuevos regímenes especiales de seguridad social para trabajadores de la economía informal y personas migrantes y sus familias. Por otro lado, gracias a las gestiones realizadas por el Gobierno y las condiciones generadas para la inversión productiva, los empleos aumentaron. En particular, entre 2009 y 2018 se crearon 138 293 empleos formales, el 79 por ciento en el sector privado. Según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) 2017, la pobreza disminuyó en un 11 por ciento: del 40 por ciento de los hogares en 2008 al 29 por ciento en 2017. Desde el Fondo Social para la Vivienda (FSV) se están implementando medidas, tales como la apertura de líneas de crédito, para garantizar el derecho al acceso a una vivienda digna de los trabajadores y sus familias. Por otro lado, el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) está innovando los procesos formativos para que de manera progresiva se adapte la mano de obra a las necesidades del mercado laboral. Por último, la representante gubernamental proporcionó información estadística destacando los avances alcanzados en materia laboral en los últimos cuatro años, tales como la colocación de 70 170 personas en puestos de trabajo, 33 369 de los cuales son mujeres y 36 801 hombres; la realización de 119 316 inspecciones y reinspecciones realizadas en 9 367 lugares de trabajo multados por incumplimientos y violación de la legislación laboral; y la cooperación con más de 20 000 empresas privadas para el fomento del empleo a través del Sistema Nacional de Empleo (SisNE). Todo ello, pone de manifiesto que el Gobierno no ha cesado de coordinar, dialogar e impulsar iniciativas conjuntas tanto con los trabajadores como con los empleadores y con todos aquellos sectores comprometidos con el desarrollo del país. No obstante, el diálogo social a través del CST, y en función de las competencias que éste tiene para el cumplimiento de las normas internacionales de trabajo, requiere de la voluntad política de la ANEP y sus gremiales, así como de las federaciones y confederaciones afines a ellos. El Salvador cuenta con la apertura, la convicción y la constatación histórica de que el diálogo social es el fundamento de la democracia y de la paz. Sin embargo, el tripartismo requiere de la participación de tres partes, y si una de las partes no tiene ni la voluntad política ni la vocación democrática para su aplicación, es imposible que se efectúe y se consolide. En consecuencia, la representante gubernamental hizo un llamamiento a las organizaciones de empleadores, para que se incorporaran al CST, tomando en cuenta que no deben ser electos, ya que el reglamento vigente les concede ese derecho. Su participación en el CST resulta crucial, considerando la voluntad y el deber que tienen como mandantes de la OIT, para asegurar que las normas internacionales del trabajo se apliquen en El Salvador. Agradeció nuevamente a la Oficina por el apoyo brindado con la finalidad de llevar a cabo cooperaciones técnicas en el marco del cumplimiento de los Convenios núms. 87 y 144, y de la promoción del Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 183) y el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). Finalmente, reiteró el compromiso del Gobierno con el diálogo social en pro del avance y desarrollo del país y de garantizar que los trabajadores y trabajadoras tengan acceso a una vida digna.

Los miembros trabajadores recordaron que la Comisión ha examinado el caso de El Salvador por cuarto año consecutivo. En 2017, la Comisión instó al Gobierno a que: i) reactivara sin demora el CST; ii) velara por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes de conformidad con el Convenio, sin ser objeto de intimidación; iii) asegurara la protección adecuada de los locales de las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores contra actos de violencia y de destrucción, y iv) informara con detalle sobre la aplicación del Convenio, tanto en la legislación como en la práctica, a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos. Es de celebrar que, desde entonces, el Gobierno haya aceptado una misión de contactos directos, que se llevó a cabo en julio de 2017. La misión sugirió al Gobierno que recurriera a la asistencia técnica de la OIT para aplicar las recomendaciones de la Comisión. Cabe saludar también que el Gobierno haya solicitado asistencia técnica y esté colaborando con la OIT para dar pleno efecto al Convenio. Los últimos comentarios de la Comisión de Expertos se centran en dos elementos: la celebración efectiva de consultas tripartitas y el establecimiento de procedimientos adecuados para la elección de los representantes de los interlocutores sociales en el CST. Lamentablemente, a pesar de las reiteradas sesiones de la Comisión, el Gobierno no ha celebrado consultas tripartitas sobre las cuestiones relativas a las actividades de la OIT. La ratificación de los Convenios de la OIT no justifica la ausencia de las consultas, que deben comenzar sin más demora. A diferencia de otros órganos tripartitos, como el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, el Fondo Social de la Vivienda y el Consejo Nacional del Salario Mínimo, que funcionan plena y efectivamente, el CST presenta retos que aún no se han resuelto del todo.

Los principales obstáculos para el funcionamiento del CST obedecen a deficiencias de los procedimientos relativos a la elección de los representantes de los interlocutores sociales. A diferencia de la elección de los representantes patronales, que no ha sido objeto de quejas, la elección de los representantes de los trabajadores sigue suscitando interrogantes. De la presentación del Gobierno ante la Comisión se desprende que este pidió a los sindicatos que presentasen las candidaturas de quienes se postularían para representar a los trabajadores en el CST, que en mayo de 2017 recibió tres candidaturas pertinentes y que designó a los miembros del CST basándose en criterios como la afiliación y el número de convenios colectivos. Posteriormente, atendiendo a los criterios de representación, se asignó la primera lista con cinco representantes titulares, la segunda con dos representantes titulares y la tercera con un miembro titular. Los miembros trabajadores asumieron los cargos. Los representantes de los empleadores resolvieron no asistir a la primera reunión del CST porque les preocupaba la falta de conformidad del mecanismo de representación de los trabajadores. Si bien la preocupación de los empleadores es comprensible, son los sindicatos quienes deben decidir estas cuestiones. Los intentos del Gobierno por poner fin al bloqueo son valiosos y es importante que los criterios de representatividad sean transparentes y objetivos. El procedimiento y los criterios elegidos deben partir del consenso de los trabajadores y gozar de su confianza. El Gobierno tiene que facilitar activamente la búsqueda del consenso, en lugar de imponer, de manera unilateral, criterios que no parecían especialmente cuestionables tal y como fueron presentados. Por último, las medidas adoptadas hasta la fecha por el Gobierno han llegado tarde y carecen de la transparencia necesaria para fomentar la confianza por parte de los interlocutores sociales. La aplicación de las recomendaciones formuladas por la misión de contactos directos de 2017 ha sido decisiva para lograr progresos reales. Entre otras cosas, la misión recomendó que se establezca un grupo de trabajo con todas las federaciones y confederaciones interesadas, incluidas las que no estaban representadas por los miembros que asumieron sus cargos recientemente, para determinar los procedimientos y criterios de representatividad. Como ha sucedido con las otras estructuras tripartitas que funcionan en El Salvador, los miembros trabajadores siguen convencidos de que la mejora del diálogo social facilitará muchas controversias en el país.

Los miembros empleadores indicaron que la Comisión conoce por segundo año consecutivo la aplicación del Convenio; antes, se examinó bajo el Convenio núm. 87 en 2015 y 2016. En la anterior Conferencia el Gobierno dio explicaciones sobre el cumplimiento del Convenio; se hicieron varias recomendaciones y se decidió el envío de una misión de contactos directos. Corresponde ahora analizar el cumplimiento de las recomendaciones de esta Comisión del año pasado, así como las de la misión de contactos directos. Como punto de partida se urgió al Gobierno reactivar sin demora el CST, recomendación sobre la cual la misión de contactos directos insistió, con la indicación de que se hiciera mediante el diálogo social a fin de asegurar su pleno funcionamiento. A la fecha el CST no está operando. No obstante, el Gobierno da cuenta que ha hecho la designación de sus miembros. Es importante destacar que el Convenio que se examina es sobre diálogo social, lo cual está en la naturaleza misma de la Organización. La sola pertenencia a la OIT es ya un principio de compromiso de los Estados para efectuar consultas a los actores sociales en las materias de su interés. Éstas deben hacerse a los legítimos representantes de los trabajadores y empleadores; ésta es una obligación de los Estados y un derecho de los actores sociales. En el presente caso, el Gobierno hizo la designación de los trabajadores sin que se conozcan los criterios de representatividad que utilizó, si es que se basó en algún criterio. Tanto así que los tres grupos mayoritarios de trabajadores manifestaron a la misión de contactos directos que desconocen los criterios utilizados por el Gobierno y uno de ellos disputa la designación. Los trabajadores habían señalado al Gobierno como el responsable de la paralización del CST. Esas dudas han sido señaladas por los empleadores a quienes les supone un problema la interlocución en tales condiciones. En la raíz del problema está que no han sido explicados los criterios para la designación, si es que existen. El establecimiento de reglas claras, estables y conforme a derecho, para la reactivación y pleno funcionamiento del CST fue requerido por la misión de contactos directos hace varios meses. Se informó que la revisión estaría por iniciar y ello a instancias de la Oficina de la OIT de San José. Lo anterior genera dudas justificadas sobre la voluntad del Gobierno para obrar en consecuencia de las recomendaciones de los órganos de control. Sobre el mismo tema, el Gobierno dice que, además del CST, existen cinco entes tripartitos y 17 instituciones autónomas tripartitas, las cuales se encuentran en pleno funcionamiento. La información que tienen los empleadores parece contradecir esa afirmación del Gobierno. En marzo de este año la ANEP y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) presentaron al Director General de la OIT una solicitud de intervención urgente, precisamente, por interferencia gubernamental en las elecciones de representantes en el CNSM, en el Instituto de Acceso a la Información Pública, en la Junta Directiva de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y en la Junta de Directores de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). Sobre el particular hay que recordar las conclusiones del año pasado y las observaciones de la misión de contactos directos, en el sentido de que el Gobierno debe garantizar la libertad y autonomía de la elección de los representantes de trabajadores y de empleadores. En todas esas instituciones los delegados del sector empleador no fueron designados por la organización más representativa, la ANEP, sino por el Presidente de la República con base en sendos decretos legislativos hechos a la medida para cada una de tales instituciones, a fin de permitir la designación presidencial inconsulta. Todos los decretos tenían vicios de constitucionalidad, lo cual fue declarado por la Sala de lo Constitucional. Lamentablemente, según el fallo de ese alto tribunal, debe ser hasta el vencimiento del plazo del mandato de los actuales directores — y no representantes de los empleadores — que se puede hacer la designación de los legítimos representantes conforme la legislación original. Esto tampoco ha sucedido, pues una vez vencido el plazo en cinco de las organizaciones antes referidas, el Gobierno ha realizado diferentes actos de clara injerencia, en violación abierta a la recomendación de la misión de contactos directos y al fallo judicial referido, con el fin de evitar la participación del sector empleador. En algunos casos simplemente no efectúan las designaciones y en otros, llega a extremos que deben ser puestos en conocimiento de la Comisión, para que no quede lugar a duda de la falta de voluntad gubernamental para cumplir con sus obligaciones derivadas de la membresía de OIT y de la ratificación de sus convenios. En relación con el caso de la SIGET la ley establece que en la junta directiva deben participar un director propietario y un suplente electos por las asociaciones gremiales del sector privado legalmente establecidas en el país. El Gobierno, sabiendo que la organización más representativa de empleadores es la ANEP, hecho reconocido sin discusión por todos los gobiernos anteriores y sin disputa alguna por otra organización de empleadores de aquel país, facilitó la rápida e irregular creación de una serie de supuestas asociaciones que se presentaran a la elección de los representantes empleadores, asegurándose una mayoría a fin de imponer delegados afines al Gobierno. Esto fue puesto en conocimiento de la Fiscalía con la finalidad de que se castigue a los responsables de los delitos cometidos en la simulación de actos y falsificación de documentos necesarios para la creación de las supuestas organizaciones de empleadores. Por otro lado, se obstaculizó a las asociaciones que forman parte de la ANEP la emisión de credenciales, con lo cual se les impidió la participación en la votación. Esto último es contrario a lo requerido por la misión de contactos directos. Los hechos presentados dan cuenta de un claro desprecio por el diálogo social y por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno al ratificar el Convenio que promueve la consulta tripartita, pilar fundamental de la misma y por el que se pretende fomentar la gobernabilidad y la buena marcha de las relaciones laborales de los países. Una actuación sesgada como es el presente caso, mina la confianza entre los actores sociales y el Gobierno, y promueve la gestión autocrática de éste. La OIT no puede ser indiferente ante una realidad como la que se muestra, en claro detrimento del diálogo social y del legítimo derecho de la organización de empleadores del país. Podría tratarse de cualquier organización profesional, sean de empleadores o de trabajadores y con el mismo rigor debe actuar esta casa; el riesgo de no hacerlo es la pérdida de credibilidad en el sistema. Finalmente los miembros empleadores urgieron al Gobierno para que sin demora ponga en práctica las recomendaciones de la misión de contactos directos, particularmente la reactivación del CST, así como garantizar la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de los foros de diálogo social, absteniéndose de cualquier clase de injerencia.

Un miembro trabajador de El Salvador recordó que el país había padecido una guerra civil producto de las condiciones de marginación, extrema pobreza y explotación que sufrían la mayoría de la población y del cierre total de los mecanismos democráticos y de expresión social. El costo de los acuerdos de paz fue de más de 80 000 muertos, además de desapariciones y ejecuciones sumarias. Durante las décadas de los años ochenta y noventa, siguiendo las recomendaciones de instituciones financieras, se implementó una reestructuración económica consistente en la aprobación e implementación de políticas neoliberales. A través de dichas políticas se privatizaron, entre otros sectores, el sector financiero, el sector de las telecomunicaciones, el sector energético y el sistema de pensiones. Asimismo, se impuso el dólar como moneda oficial y se adoptaron tratados de libre comercio. Como consecuencia, se produjo el despido masivo de trabajadores y trabajadoras, se deterioraron sus condiciones de vida, se incrementaron las migraciones y se ocasionó una pérdida de los derechos de seguridad social adquiridos gracias a la acción de los sindicatos. En este contexto, las instancias tripartitas fueron empleadas por el Gobierno y las organizaciones de empleadores para servir a sus propios intereses, ya que únicamente participaban en dichas instancias por parte del sector trabajador, aquellas organizaciones de trabajadores afines a los mismos, sin dejar espacio a las organizaciones más representativas de trabajadores. No obstante, desde 2009, las organizaciones más representativas de trabajadores del sector público han logrado participar en la adopción de políticas que contribuyen a la mejora de la calidad de vida de los trabajadores. Un ejemplo de ello, es la aprobación del acceso a la Seguridad Social de los trabajadores de la economía informal y de las personas migrantes bajo regímenes especiales y la adopción en 2017 del incremento del salario mínimo, del que se beneficiaron más de 250 000 trabajadores. Dicho incremento salarial, alcanzado gracias a la participación de los sindicatos y su compromiso con la justicia social, responde de manera coherente y justa a las exigencias de la Constitución y de la realidad económica del país. Debido a tales avances, la ANEP se opone a que las instancias tripartitas funcionen con la participación activa y plural de sindicatos y sectores que no les son afines. Además, se han eliminado las prácticas discrecionales de elección de representantes de las organizaciones de trabajadores en las instancias tripartitas y se ha iniciado un proceso efectivo de participación plural con las diferentes corrientes sindicales. Sin embargo, el sector empleador pretende apartar a las organizaciones de trabajadores más representativas de la toma de decisiones en las instancias tripartitas. Por ello, las organizaciones de empleadores se niegan a incorporarse al CST y al CNSM, incumpliendo lo dispuesto en el Convenio. En relación con los sindicatos del sector privado, el orador destacó el reducido número de los mismos y se refirió a diversos casos en los que las organizaciones de empleadores habían acosado, despedido e interpuesto demandas de prisión contra dirigentes sindicales. En uno de los señalados casos, la empresa se había negado a reintegrar en sus puestos de trabajo a toda la junta directiva sindical de la empresa, que había sido despedida, pese a mediar una orden de la Corte Suprema de Justicia. En cuanto al funcionamiento de las instancias tripartitas de El Salvador, tales como el ISSS, todas ellas funcionan correctamente a excepción del CST debido a la negativa de las organizaciones de empleadores a participar en el mismo. Las organizaciones de empleadores, y en particular la ANEP, no deben tener ninguna injerencia en las decisiones de los trabajadores sobre la elección de sus representantes. Contrariamente a los anteriores mecanismos de elección de representantes en las instancias tripartitas, el procedimiento actual es participativo y democrático y emplea criterios universales de representatividad. Por otro lado, con miras a garantizar que el país siga en la ruta de la gobernabilidad y el desarrollo sostenible, es necesario el fortalecimiento del diálogo social, de la negociación y del consenso, así como el respeto de la legislación salvadoreña y de los instrumentos que emanan de la OIT. En ese sentido, el orador hizo una llamada al Gobierno para que continuara cumpliendo con las solicitudes de la Comisión de Expertos en relación con: i) el fomento de la participación de los sectores empleador y trabajador en la toma de decisiones, y ii) la activación de los procedimiento de interacción de las instancias tripartitas en la mayor brevedad, a pesar de la negativa de la empresa privada de participar en dichas instancias. Solicitó también al Gobierno que a través del MTPS, ente al que se le debía de otorgar un mayor presupuesto, pusiera un mayor énfasis en el efectivo cumplimiento de la legislación laboral en el sector público y privado, y garantizase un mayor número de inspecciones en las empresas. Por último, la empresa privada, como pilar importante de la economía, debe realizar esfuerzos para alcanzar consensos en las instancias tripartitas, respetando la independencia de las organizaciones de trabajadores, la pluralidad, la democracia y la diversidad de opiniones. Los valores elementales de humanismo, solidaridad y respeto mutuo obligan a los trabajadores, empleadores y gobiernos a actuar de conformidad con la Constitución que establece que el trabajo no es una mercancía, así como a luchar contra el trabajo precario, el deterioro del medio ambiente y la explotación infantil.

El miembro empleador de El Salvador recordó que la Comisión venía examinando durante cuatro años consecutivos las reiteradas violaciones por parte del Gobierno a diversos convenios. El año anterior, el Gobierno fue examinado bajo la clasificación de «doble pie de página», y la Comisión urgió para que se llevara a cabo la misión de contactos directos, lo que denota la gravedad de las reiteradas violaciones al Convenio por parte del Gobierno. Este Convenio, relativo al diálogo social y la consulta tripartita, se materializa en El Salvador en una entidad tripartita denominada CST. Desde 2013, esta entidad tripartita no funciona como consecuencia de una decisión unilateral del Gobierno de exigir unanimidad a los sindicatos de trabajadores en la elección y nombramiento de sus representantes. Sin embargo, la verdadera razón es que el Gobierno no quiere diálogo social ni consulta tripartita. El año pasado, después de constatar la inexistencia de consultas efectivas con organizaciones de trabajadores y de empleadores representativas e independientes, la Comisión instó al Gobierno a que: i) reactivase sin demora el CST, y ii) velase por que se realizaran avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes, sin ser objeto de intimidación. Además, la Comisión solicitó una vez más al Gobierno que aceptase el envío de una misión de contactos directos a El Salvador. En julio de 2017, se llevó a cabo la misión de contactos directos, en la que se celebraron algunas reuniones tripartitas. En una de las reuniones, los representantes de los trabajadores nombrados por el Gobierno como integrantes del CST, reconocieron que desconocían los criterios que había usado el Gobierno para su designación. Esta injerencia por parte del Gobierno, quedó recogida en el informe final de la misión. Asimismo, en su informe final, dicha misión recomendó al Gobierno: i) reactivar el CST, y ii) garantizar, tanto en la legislación como en la práctica, la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la elección de sus representantes. Un año después de la adopción de las conclusiones por la Comisión, el Gobierno no sólo no ha implementado ninguna de las recomendaciones, a excepción de la celebración de la misión de contactos directos, sino que ha actuado de forma contraria a las mismas. Por ejemplo, el Gobierno elaboró una Política de empleo decente, que fue lanzada públicamente en septiembre de 2017, sin que los interlocutores sociales hubieran sido consultados previamente. Una semana antes del lanzamiento de la citada política de empleo, sin haber tenido la oportunidad de participar en la formulación de la misma y desconociendo su contenido, la ANEP recibió una nota del Gobierno solicitando que realizara observaciones al documento con miras a contar con su apoyo en el lanzamiento público de la política de empleo. En este sentido, el miembro empleador destacó que no es posible que un Gobierno elabore una política de empleo sin consultar a las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución. Otro ejemplo, en mayo de 2018, la ANEP fue invitada, con menos de dos horas hábiles de anticipación, a participar en la revisión de un documento denominado Pacto nacional de empleo, que sería presentado públicamente al día siguiente de la revisión. La falta de anticipación de la convocatoria es una muestra clara, no sólo de la falta de respeto por los interlocutores sociales, sino también por el diálogo social, las consultas tripartitas y las obligaciones contraídas por el Gobierno como Miembro de la OIT. Asimismo, al tiempo que tenía lugar la celebración de la misión de contactos directos, el Gobierno adoptó una serie de medidas con la finalidad de evitar que los empleadores, siguiendo lo dispuesto en la legislación, nombraran un director propietario y un director suplente en la SIGET, que constituye el ente regulador de electricidad y telecomunicaciones en El Salvador. En un breve espacio de tiempo, se crearon 60 asociaciones, conformadas por jóvenes de 18 a 20 años, con domicilio en 17 municipios del país caracterizados por los escasos recursos y el alto índice de informalidad. Las asociaciones fueron creadas con base a modelos de documentos preparados por protocolos de abogados que eran empleados públicos de empresas estatales reguladas por la SIGET. Las 60 asociaciones participaron en la elección y ganaron. Por consiguiente, el Gobierno no sólo se niega a dialogar con los legítimos representantes de los empleadores, sino que además crea falsas asociaciones para suplantar a los interlocutores legítimos. Frente a tales hechos, las organizaciones de empleadores recurrieron a la Sala Constitucional de la Corte Suprema, quien dictó medidas cautelares, y a la Fiscalía General para que realizase las investigaciones penales correspondientes. En enero de 2018, siguiendo lo establecido en la legislación, la ANEP nombró un director en el Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), y propuso ternas en la Corporación Salvadoreña de Turismo (CORSATUR). Cinco meses después, el Gobierno no ha juramentado tales puestos ni convoca sesiones. En cuanto a la elección de representantes en el seno del Instituto de Acceso a la Información Pública y del CNSM, las organizaciones de empleadores continúan tramitando recursos constitucionales al respecto. En lo que se refiere a la Comisión ejecutiva portuaria autónoma la situación es más complicada. En definitiva, el Gobierno se niega a cumplir el fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema por el que se declaró la inconstitucional de los decretos de 2012, y por el que se devolvió la facultad a las organizaciones de empleadores de proponer y nombrar de manera libre y autónoma a los directores en las entidades públicas autónomas. En resumen, la lista de violaciones a los convenios por parte del Gobierno es larga, por ejemplo, la ANEP ha estado un año sin recibir credenciales.

La miembro gubernamental de Bulgaria, hablando en nombre de la Unión Europea (UE) y sus Estados miembros, así como de Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Noruega, Serbia y ex República Yugoslava de Macedonia, recordó el compromiso contraído por el Gobierno en virtud del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central de aplicar de manera efectiva los convenios fundamentales de la OIT. Es lamentable que ya se discutiera el caso en la Comisión en 2017, cuando la Comisión instó al Gobierno a reactivar el CST y garantizar que se realizaran avances concretos en relación con el derecho de los interlocutores sociales a designar a sus representantes. Sin embargo, hay que saludar que se haya llevado a cabo una misión de contactos directos en julio de 2017 y que el Gobierno intentara reactivar el CST en una reunión inaugural en junio de 2017, en la que sin embargo los empleadores no participaron alegando inconformidad respecto al mecanismo de representación del sector trabajador. Los interlocutores sociales tienen derecho a designar libremente a los representantes de su elección en los órganos paritarios y tripartitos sin que el Gobierno interfiera. Como medida esencial para generar confianza entre las diferentes partes interesadas, urgió al Gobierno a tomar medidas para incluir a todos los interlocutores sociales en las consultas relativas a las políticas de empleo y trabajo, de manera transparente y antes de tomar una decisión. El Gobierno debería reactivar el CST con carácter de urgencia. Para ello, debería establecer pronto, en consulta con los interlocutores sociales, unas normas claras y transparentes sobre la designación de los representantes en el CST, basándose en criterios de representatividad de las organizaciones y de conformidad con el Convenio. Además, el Gobierno debería estudiar todas las posibles maneras de promocionar el diálogo social, y todos los interlocutores sociales deberían entablar un diálogo tripartito de forma constructiva. Alentó encarecidamente al Gobierno a seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT, y puso de relieve el compromiso constructivo existente con el país, entre otras cosas mediante proyectos de cooperación de la UE y sus Estados miembros, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Gobierno de abordar todas las cuestiones planteadas en la observación de la Comisión de Expertos.

La miembro gubernamental del Paraguay, hablando en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC), agradeció las informaciones brindadas por el Gobierno relativas al cumplimiento del Convenio. Asimismo, se remitió al informe de la Comisión de Expertos en relación con: i) la inclusión de El Salvador entre los casos de progreso en los que la Comisión de Expertos expresó su satisfacción respecto a algunas de las medidas positivas adoptadas por el Gobierno en respuesta a sus comentarios; ii) la celebración, en respuesta a las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas del año pasado, de una misión de contactos directos realizada en julio de 2017; iii) la expresión por parte del Gobierno durante la misión de contactos directos de su voluntad de realizar las gestiones indicadas y acordadas en el marco de dicha misión a fin de continuar fomentando el diálogo social y los acuerdos entre los sectores, contribuyendo de esta manera a la activación del CST; iv) la solicitud de asistencia técnica por parte del Gobierno en octubre de 2017, la cual ya está siendo proporcionada por medio de la Oficina de San José. Por último, la oradora expresó su confianza en que el Gobierno continuaría cumpliendo con el Convenio.

El miembro gubernamental de Panamá se adhirió a la declaración del GRULAC, y manifestó haber escuchado con atención las informaciones brindadas por el Gobierno y los planteamientos realizados por los miembros empleadores y trabajadores en los que puede observarse una diversidad de opiniones. En las condiciones actuales la instauración del diálogo resulta compleja. Sin embargo, el Gobierno se ha esforzado por reactivar el CST, el cual es el mecanismo establecido para llevar el tripartismo a la práctica. Se espera que dicho mecanismo pueda funcionar respetándose la voluntad de los salvadoreños, y sin injerencia de partes ajenas. Asimismo, felicitó a la OIT por el acompañamiento realizado en el terreno y reiteró su apoyo al Gobierno en sus esfuerzos de crear justicia social y de cumplir con lo establecido en el Convenio.

El miembro trabajador de Guatemala manifestó su preocupación en relación con la evolución de las relaciones de trabajo en El Salvador, en particular cuando los interlocutores sociales cuestionan la representatividad de los demás. En dicho país, como en Guatemala, se han tenido demasiados años de guerra, muertos y víctimas, por lo que se valora altamente la paz y la necesidad de transformar la forma de relacionarse dentro de un marco democrático y de respeto. Para poder hablar de libertad sindical y representatividad de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, primero se debería consolidar un marco jurídico y social que permita que las organizaciones existan, se desarrollen, realicen sus actividades y no sean perseguidas ni ellas ni sus afiliados. Organizar un sindicato de trabajadores, sobre todo en el sector privado, todavía implica un alto riesgo, puesto que probablemente la reacción de la empresa sería el despido o la aplicación de represalias que han sido comunicadas una y otra vez a las autoridades nacionales y a la OIT. En algunos casos, la actividad sindical implica riesgos de vida, como lo ha demostrado el asesinato de sindicalistas salvadoreños y guatemaltecos, cuyos casos ven pasar los años sin que las autoridades diluciden responsabilidades materiales e intelectuales sobre sus muertes. Por otro lado, el orador expresó que compartía las recomendaciones realizadas por la misión de contactos directos en 2017, donde se alienta a las autoridades competentes a que, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores concernidas, se tomen las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de sus representantes. Asimismo, el diálogo social es muy importante como para verse paralizado por aspectos procedimentales. Si alguno o algunos de los sectores que participan o son invitados a los espacios de concertación tienen dificultades internas para ser considerados representativos, ello debe ser superado entre las mismas organizaciones del sector, en la forma y en los tiempos que se consideren adecuados. Finalmente, hizo un llamamiento a todas las partes a superar las dificultades y retomar los procesos de diálogo que se han promovido, porque es la única vía posible y concreta para atender la tarea fundamental de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de millones de salvadoreños y salvadoreñas que actualmente padecen una situación personal difícil y, muy alejada del trabajo decente que recomienda la OIT.

El miembro gubernamental de Honduras reiteró su apoyo al Gobierno manifestado en la declaración del GRULAC, respecto al cumplimiento del Convenio. El Gobierno en base a lo solicitado por la Comisión el año pasado y a las recomendaciones de la misión de contactos directos llevada a cabo en julio de 2017 ha realizado acciones dentro de las cuales se mencionan consultas institucionales y validaciones de procedimientos en materia laboral, así como la convocatoria efectuada por el Gobierno a los representantes de los tres sectores para la celebración de la primera sesión de instalación del CST. Al respecto, lamentó la no realización de dicha sesión y exhortó al Gobierno a mantener sus iniciativas de llamar al diálogo tripartito para alcanzar la pronta reactivación y el pleno funcionamiento del CST, y a permitir la implementación de buenas prácticas de consultas con los interlocutores sociales, asegurando así una plena participación tripartita. En un espíritu constructivo, la obligatoriedad de la consulta tripartita persigue alcanzar procedimientos efectivos en la promoción de la aplicación de las normas internacionales del trabajo. Es por ello que la toma de decisiones para el debido cumplimiento de convenios fundamentales, de gobernanza y técnicos, no sólo requiere de la voluntad manifiesta de los gobiernos a realizar las gestiones indicadas y acordadas, sino también necesita del compromiso de los mandantes tripartitos y de la asistencia técnica de la OIT. Finalmente, el Gobierno debe continuar sus esfuerzos en la implementación de medidas necesarias y el establecimiento de mecanismos de diálogo que contribuyan a una concertación social de soluciones tripartitas.

Una observadora, en representación de la Organización Mundial de Trabajadores (WOW), y hablando en nombre de la Unión Nacional de Trabajadores de Venezuela (UNETE), la Central regional de la Alternativa Democrática de las Américas (ADS) y algunos sindicatos de El Salvador, declaró que, en El Salvador, los últimos nueve años han significado un franco retroceso en materia de tripartismo, diálogo social, libertad sindical y firma de convenciones colectivas. En julio de 2017, la misión de contactos directos formuló una serie de recomendaciones, las cuales no han sido acatadas por el Gobierno, ya que el CST luego de un año de su juramentación no se ha reunido. No se había realizado ninguna consulta con las federaciones y confederaciones sindicales para la determinación de los procedimientos de elección de los representantes en el CST, sino hasta el 17 de mayo de 2018, fecha en la que el MTPS convocó a los representantes sindicales a una reunión con una consultora para abordar la reforma del reglamento, pretendiendo aparentar que están acatando las recomendaciones de la misión de contactos directos, lo cual demuestra que únicamente se pretende engañar a la Comisión, puesto que desde la última Conferencia no se había realizado ninguna acción en este sentido. La situación en el país ha empeorado. Por ejemplo, se ha obstaculizado el proceso de inscripción legal a diferentes organizaciones, imponiendo requisitos que no están establecidos en la legislación; se han realizados observaciones diversas a las actas de asambleas sindicales de aquellos sindicatos que los funcionarios consideran malos sindicatos; se han tomado hasta sesenta o noventa días sin que se entreguen las respectivas credenciales, obstaculizando con ello la representación sindical al dejar a las organizaciones sin las credenciales necesarias; se ha dado un trato discriminatorio al exigir requisitos extras sólo a los sindicatos identificados como no afines; no se cumple con los contratos del sector público, se realizan maniobras para no negociar colectivamente, como en los casos del Fundo Solidario para la Salud (FOSALUD); se ejerce constante intromisión en la autonomía sindical que condiciona la independencia y el ejercicio libre del derecho de sindicación por parte del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial y del MTPS. El Gobierno no ha tomado ninguna medida para asegurar la plena aplicación de los convenios en la legislación y en la práctica, no ha realizado el proceso de sumisión de los convenios para su eventual ratificación por las instancias correspondientes. El diálogo social es el gran ausente, como pone de manifiesto el hecho de que se ha aprobado una política y un pacto nacional de empleo, sin consultar con todas las organizaciones de trabajadores. Además, se pretende aprobar una ley de servicio público, que en su esencia destruye a las organizaciones sindicales, se les niega el derecho a negociar colectivamente, se elimina la estabilidad laboral de los servidores públicos y se viola flagrantemente los convenios de la OIT. El Gobierno debe realizar reformas a la legislación nacional encaminadas a eliminar los obstáculos a la libertad sindical. Por ejemplo, debe generar acciones tendientes a que se disminuya el número de miembros para constituir un sindicato, lo que está dejando sin poder ejercer su derecho de sindicación a empleados municipales y del Gobierno central cuyas instituciones cuentan con un número menor de 35 trabajadores los cuales tampoco pueden conformar sindicatos de empresas. De igual manera, se debería eliminar la exigencia de que para poder ser directivo sindical se debe ser salvadoreño por nacimiento, puesto que no permite que los trabajadores migrantes de otros países que laboran en la industria de la construcción y en labores agropecuarias puedan ser directivos sindicales; o la posibilidad de sólo afiliarse a un sindicato, aunque laboren los trabajadores en dos sectores diferentes de la economía, así como la obligatoriedad de elegir anualmente a las juntas directivas sindicales, federales y confederales.

La miembro gubernamental de la República Dominicana se adhirió a la declaración del GRULAC, y manifestó su apoyo a las informaciones brindadas por el Gobierno con respecto a la aplicación del Convenio. Reconoció las medidas positivas adoptadas por el Gobierno, que evidencian de manera expresa la voluntad del mismo de fomentar y fortalecer el diálogo social y el acuerdo entre los sectores, favoreciendo además la activación del CST. Asimismo, agradeció a la OIT por su contribución en el fortalecimiento de la capacidad de los gobiernos a través de la cooperación técnica y que actualmente está siendo proporcionada al Gobierno.

El miembro trabajador de la República Bolivariana de Venezuela indicó que se observa la voluntad del Gobierno y de los trabajadores de promover el diálogo social a través del CST. El diálogo debe ser honesto, sincero y responsable pero está siendo utilizado como una herramienta para menoscabar los derechos alcanzados en la lucha de los trabajadores. En este caso y otros, se observa la posición de los empleadores de romper el diálogo social cuando, por fin, algunos gobiernos lo practican y cumplen con los convenios de la OIT. Cuando se logra superarlos, los empleadores niegan que hayan sido consultados y evitan el diálogo acusando a estos gobiernos de injerencistas. En los casos de asesinatos de sindicalistas, estudiantes, maestros, ecologistas y periodistas, no se observa la misma contundencia. La protección de los sindicalistas, luchadores sociales y ecologistas es necesaria, como lo es igualmente imponer sanciones severas a quienes violen, por ejemplo, el derecho humano al trabajo decente, el derecho a la vida, a la educación, a la salud y a la vivienda. También, es necesario reconocer a los gobiernos, que junto con sus trabajadores y empleadores honestos, superan y mejoran los convenios de la OIT.

La miembro gubernamental de Cuba se adhirió a la declaración del GRULAC y agradeció las informaciones suministradas por el Gobierno. Lo consignado en el informe de la Comisión de Expertos, que examina la implementación por El Salvador de las conclusiones de 2017 de la Comisión de la Conferencia debe tomarse en consideración. En dicho informe se incluye al país en la lista de casos en los que la Comisión de Expertos ha manifestado su satisfacción por las medidas adoptadas y los procesos implementados por el Gobierno en respeto del tripartismo y del diálogo social. El Gobierno ha manifestado con ello su buena voluntad en cuanto al cumplimiento del Convenio. La asistencia técnica y la cooperación de la OIT pueden contribuir en dicho proceso.

El miembro trabajador del Paraguay, hablando en nombre de la Confederación Nacional de Trabajadores (CNT) y la ADS, expresó su preocupación acerca de la ausencia de voluntad del Gobierno para adoptar las medidas necesarias para fomentar y garantizar las consultas efectivas y el diálogo social con las organizaciones de trabajadores y de empleadores, además de no seguir las reglas que servirían como base para el desarrollo de un diálogo maduro, violentando así a la libertad sindical. La situación en el país es alarmante, ya que el Gobierno no cumple con el Convenio y transgrede y vulnera el espíritu y los principios de diálogo social y consulta efectiva, que son pilares de la OIT y del trabajo de esta Comisión. El Gobierno no sustentó los procesos de concertación social y participación tripartita llevados a cabo, perjudicando a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como a la comunidad internacional. Son importantes los organismos nacionales e internacionales en las que los gobiernos pueden garantizar la existencia de consultas y colaboraciones inclusivas y efectivas para el correcto desarrollo del interés común, sin que se adolezca de prácticas discriminatorias, respetando la libertad sindical y el tripartismo para lograr mejoras a nivel nacional que transformen de manera positiva y exitosa las relaciones de trabajo. El diálogo social desempeña un papel crucial para promover el trabajo digno y decente, en condiciones de garantía, libertad, seguridad y dignidad. El Gobierno debe convertir su voluntad en la fuerza motriz más poderosa.

El miembro empleador de Honduras recordó que el año pasado el caso fue examinado bajo la clasificación de doble nota a pie de página y la Comisión urgió al Gobierno nuevamente para que se llevara a cabo la misión de contactos directos antes de finales de 2017. Esto denota la gravedad de las reiteradas violaciones por parte del Gobierno al Convenio y a los principios de la OIT. Asimismo, la Comisión, después de constatar la inexistencia de verdaderas consultas con organizaciones de trabajadores y de empleadores representativos e independientes, instó al Gobierno a: i) reactivar sin demora el CST, y ii) velar por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes, sin ser objeto de intimidación. La misión de contactos directos en su informe final recomienda: reactivar el CST, garantizar la libertad y autonomía de la elección de los representantes de trabajadores y de empleadores, y hace un llamado al Gobierno para, que tanto en las leyes como en la práctica, se garantice el pleno respeto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de sus representantes. Es preocupante que el Gobierno no haya adoptado ninguna recomendación de la Comisión y de la misión de contactos directos, e incluso desconoce los fallos de sus propios entes de control constitucional, violentando con ello el cumplimiento de las normas de trabajo y destruyendo la confianza que debe imperar en el diálogo social. La Comisión tiene el deber de promover el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo, a través de mecanismos que se consideren apropiados. Ante estas acciones reincidentes del Gobierno, el orador pidió: i) que de forma enérgica se exija el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de la Conferencia y de las de la misión de contactos directos; ii) que el Gobierno convoque a los legítimos actores sociales representativos, y iii) que en un plazo no mayor de dos meses presente los informes que correspondan al cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Expertos.

El miembro trabajador del Brasil expresó su solidaridad con los trabajadores de El Salvador, esperando que el Gobierno asegure la aplicación del Convenio. Asimismo, el Gobierno debe establecer y garantizar todas las condiciones para que esto se efectúe de manera plural, transparente y democrática. La participación de los sindicatos ha sido fundamental en el país para el mejoramiento de los salarios mínimos, y el acceso a la seguridad social para trabajadores informales y migrantes, por lo que es necesario fortalecer la presencia sindical en el sector privado. Los empleadores no deben defender el tripartismo solamente cuando les propicie beneficios y para permitir que las organizaciones más representativas de trabajadores se incorporen a todas las instancias tripartitas. Es necesario que dichas instancias actúen con la participación activa y plural de sindicatos, gobiernos y empleadores en busca del diálogo social y el espíritu del tripartismo para lograr la gobernabilidad, la justicia social, el desarrollo sostenible y la continuación de los avances concretados.

La representante gubernamental declaró haber escuchado con atención las intervenciones relativas al caso y resaltó que diversas iniciativas habían sido realizadas y que continuarían impulsándolas hasta lograr una solución para la activación del CST. El Gobierno seguiría solicitando la cooperación técnica y la mediación de la OIT, sobre todo, porque las gremiales empresariales atienden convocatorias para abordar las temáticas discutidas, solamente, cuando la OIT les convoca a conversar con el MTPS. Las argumentaciones expresadas respecto a un procedimiento de elección en la queja presentada por la ANEP y en la declaración del miembro empleador relativas a la SIGET, carecen de fundamento y constituyen un desacuerdo por interés sectorial. En El Salvador, la formación de organizaciones y de gremiales no constituye un delito, como lo fue durante la década de los gobiernos militares resultando en un conflicto armado. El Gobierno es un garante de la libertad de asociación, de la libre expresión y de los derechos civiles y políticos, los cuales son derechos constitucionales porque fueron parte de los resultados del diálogo y la negociación consagrados en los Acuerdos de Paz. Incluso, la Corte Suprema de Justicia emitió una medida cautelar para que la elección se suspendiera, no por las organizaciones creadas, sino por existir un conflicto de interés entre una de las personas electas y las funciones de la SIGET. El mismo órgano mandató a la Asamblea Legislativa que emitiera una disposición transitoria a la ley de creación de la SIGET para que habilitara a los directores que concluyeron su período en diciembre de 2017. Dichas medidas están siendo cumplidas por la SIGET y han sido tomadas mientras se resuelve el proceso de amparo presentado ante la Corte Suprema de Justicia. Por lo anterior, es necesario que todas las instancias respeten el debido proceso y que la inconformidad por la participación de organizaciones no afines al sector empleador, no significa que éstas, necesariamente, sean ilegales o que transgredan lo establecido por el Convenio. Asimismo, la electricidad y las telecomunicaciones, no son de interés exclusivo del sector empresarial, sino también de interés nacional, puesto que no son solamente un recurso económico, sino que constituyen un recurso para el desarrollo y el bienestar de la población. Por lo tanto, diversos sectores tienen el legítimo derecho de participar, de expresar sus criterios y que estos se consideren en la toma de decisiones. En cuanto a lo referido por los miembros empleadores en relación con la injerencia del Gobierno en los procesos de elección, es importante mencionar que los criterios considerados para la designación de los representantes del sector trabajador han sido retomados de la costumbre internacional y con el fin de dar objetividad al mandato emitido por las conclusiones de la OIT, referidas a: i) instalar sin demora el CST, y ii) la resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que indica que el MTPS tiene la obligación de implementar y sustentar los procesos de concertación social y participación tripartita, frente a situaciones que obstaculizan el funcionamiento del CST. En la misma resolución se indica que se deben propiciar los espacios de diálogo entre las organizaciones sindicales involucradas y facilitarles los medios necesarios para que puedan acordar y aplicar procedimientos claros y permanentes de elección de sus representantes, a fin de garantizar la designación y participación del sector trabajador en el aludido órgano consultivo. En ese sentido, los criterios como el número de afiliación sindical, número de sindicatos federados y número de contratos colectivos que representaba cada una de las ternas presentadas, fueron los que orientaron dicha designación. Dichos criterios fueron tomados de los datos registrados en el MTPS y de la información emitida por las organizaciones sindicales que estaban inscritas. El Gobierno debe garantizar los procesos que son mandatados por la Asamblea Legislativa a través de la legislación y de la Corte Suprema de Justicia. Por ello, no se ha trastocado lo que establece el reglamento del CST, cuyos vacíos de procedimiento para la delegación del sector laboral se habían mantenido desde 1994, y que habían dado lugar a la inactividad de dicha instancia. Por otra parte, el Gobierno ha brindado la garantía absoluta a los empleadores para su participación. El Gobierno ha respetado la legislación y no ha adoptado procedimiento de elección alguno que sirva a intereses específicos.

Los miembros empleadores celebraron nuevamente el acuerdo en esta Comisión sobre la importancia del diálogo social y el respeto a la independencia de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Es preocupante, por otro lado, escuchar voces de trabajadores independientes que afirman sufrir actos de discriminación como los que han señalado los empleadores, lo cual nos da cuenta de la gravedad del presente caso. Esta Comisión se ha pronunciado sobre la importancia del diálogo social, base fundamental de esta Organización. Para que el mismo sea fructífero debe contar con la participación de buena fe de los legítimos representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores independientes, pero sobre todo con la convicción del Gobierno sobre la necesidad de facilitarlo y de intentar llegar a consensos. En definitiva, en mucho depende de la verdadera vocación democrática del Gobierno, con miras a cumplir de buena fe con sus obligaciones derivadas de sus compromisos internacionales, pero más importante, con el afán de enriquecer la visión sobre los temas de interés nacional y lograr gobernabilidad. No se trata de cumplir con un aspecto meramente formal y, menos aún, de pretender hacerlo mediante la convocatoria de entidades sin representatividad alguna, o peor, constituidas arbitrariamente para el efecto, mostrando una vocación de diálogo que no se tiene. Preocupan las declaraciones del Gobierno de hace unos minutos, en donde claramente las están validando como organizaciones representativas de empleadores. Los miembros empleadores reiteraron que el Gobierno no puede sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones por el solo hecho que uno o ambos actores sociales pudiera resultar un interlocutor incómodo, por intentar defender sus legítimos intereses. Esta Comisión no puede dejar inadvertida una situación como la referida en este caso en los términos más severos; esto contribuiría a la destrucción del diálogo social y a la pérdida de confianza en los mecanismos de control. En esta ocasión se discrimina a los empleadores de El Salvador, luego podrían ser los trabajadores o los empleadores de cualquier parte del mundo. Desde el año pasado que discutimos este caso y desde que la misión de contactos directos emitió sus recomendaciones, no se aprecia en el Gobierno la voluntad de cumplir a cabalidad y de buena fe con sus obligaciones derivadas del Convenio. Es deber de la Comisión recordarle en términos muy claros, la necesidad de que modifique su actitud y que la adecue a derecho. Por lo anterior, los miembros empleadores pidieron que: i) en las conclusiones de este caso se destaque la gravedad de la situación del diálogo social en el país; ii) que se urja nuevamente al Gobierno para que reactive sin demora el CST, a través de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y mediante el diálogo social, a fin de asegurar su pleno funcionamiento; igualmente, iii) que sin demora alguna desarrolle, en consulta con los actores sociales, reglas claras, estables y conforme a derecho para la reactivación y pleno funcionamiento del CST. Además se le debe urgir al Gobierno: i) que se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y que facilite, de conformidad con la ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes; ii) que nombre sin demora a los representantes de las organizaciones legítimas de los empleadores en los foros de diálogo social en donde tales designaciones están pendientes de realizarse, y iii) que haga un llamado para que acepte la cooperación técnica de la Oficina. Finalmente, por la gravedad del caso, los miembros empleadores pidieron que las presentes conclusiones figuren en un párrafo especial del informe de la Comisión.

Los miembros trabajadores reconocieron los esfuerzos realizados por el Gobierno para cumplir con el Convenio. En años anteriores, la asistencia técnica brindada por la OIT y una misión de contactos directos contribuyeron realmente a infundir confianza y reforzar el diálogo social tripartito en El Salvador. Sin embargo, aún quedan deficiencias significativas que es preciso subsanar sin demora. Por desgracia, los interlocutores sociales se han visto privados durante demasiado tiempo de la oportunidad de dar su opinión acerca de los instrumentos adoptados por la OIT. Por lo tanto, los miembros trabajadores instaron al Gobierno a que cree inmediatamente las condiciones propicias para que las consultas pertinentes tengan lugar. A pesar de cierto compromiso por parte del Gobierno, siguen cuestionándose los criterios y procedimientos que se aplican para elegir a los representantes de los trabajadores en el CST. La misión de contactos directos que visitó el país en julio de 2017 formuló recomendaciones al Gobierno, que el Grupo de los Trabajadores apoya plenamente. La misión señaló la necesidad de realizar consultas adecuadas con las confederaciones y federaciones interesadas para determinar unos procedimientos de elección de carácter estable en función de criterios de representatividad precisos, objetivos y preestablecidos. Además, la misión recomendó la creación de un grupo de trabajo abierto a todas las confederaciones y las federaciones registradas, para definir de forma conjunta criterios y procedimientos claros y duraderos para la designación de sus representantes. La OIT está brindando asistencia técnica en la actualidad con vistas a entablar consultas con los interlocutores sociales para reformar los reglamentos del CST de cara a aplicar esas recomendaciones. Tanto los empleadores como las autoridades gubernamentales deben respetar ese proceso y las decisiones tomadas por los trabajadores para permitir que el CST empiece a funcionar por fin. A este respecto, deben tomarse todas las medidas necesarias, como recomienda la Comisión de Expertos, con miras a investigar y resolver todas las acusaciones de injerencia en el CST. El Grupo de los Empleadores destacó los problemas a los que se enfrentaba con respecto a diversos órganos a escala nacional y las acusaciones de injerencia del Gobierno. Expresó la esperanza de que el Gobierno colabore con los empleadores lo antes posible para encontrar una solución satisfactoria. Sin embargo, cabe indicar que estos órganos no se ocupan de las cuestiones enumeradas en el artículo 5 del Convenio y, por lo tanto, éstos no deben distraer la atención de las demás cuestiones examinadas, que revisten una gran importancia. Una vez más, instaron al Gobierno a que colabore con la OIT mediante la asistencia técnica para que, después de mucho tiempo de espera, se consiga al fin avanzar en este asunto.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión observó con preocupación que el diálogo social funciona de forma deficiente y se incumplen las disposiciones del Convenio.

Teniendo en cuenta la información presentada por el Gobierno y la discusión, la Comisión instó al Gobierno a que:

  • - se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y facilite, de conformidad con la Ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes;
  • - elabore normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo;
  • - reactive nuevamente y sin demora el Consejo Superior del Trabajo por medio de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social, y garantice el pleno funcionamiento de dicho órgano;
  • - designe sin dilación a representantes de las organizaciones patronales más representativas en el Consejo Superior del Trabajo en los casos en que dichos nombramientos no se hayan realizado, y
  • - recurra a la asistencia técnica de la OIT.

La Comisión recomienda al Gobierno que presente una memoria detallada a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión, que se celebrará en noviembre de 2018.

Una representante gubernamental tomó nota de las conclusiones y reiteró que el Gobierno está firmemente comprometido con el fiel cumplimiento del Convenio. El Gobierno ha impulsado el diálogo social tripartito en la agenda nacional para el logro de la justicia social y laboral y seguirá realizando las gestiones de cooperación técnica para que los interlocutores sociales tengan las herramientas técnicas para su ejercicio. En El Salvador, existe la libertad de organización; no se niega a nadie ese derecho, y las gremiales que representan el sector empresarial tienen participación activa y garantizada en todos los espacios tripartitos y en casi todos los espacios paritarios. En el caso del Consejo Superior del Trabajo, el reglamente establece la participación de las gremiales de la ANEP (CASALCO, CAMAGRO, Cámara de Comercio y ASI) — y de la misma ANEP — las cuales, a pesar de no haber asistido a la sesión de instalación, ya han enviado sus representantes para participar en dicha instancia. A diferencia del sector laboral, que no cuenta con un procedimiento de elección, no existe ningún impedimento para la delegación del sector empresarial. La oradora celebró la existencia de los órganos de control que acompañan a los países en el cumplimiento de los Convenios. Asimismo, éstos no deberían utilizarse como espacios para abordar desacuerdos que se pueden resolver, precisamente, a través de la participación activa y efectiva en las instancias que ya están estructuradas para ello. Agradeció a los oradores que reconocieron las gestiones realizadas por el Gobierno para avanzar en el cumplimiento del Convenio así como la cooperación técnica recibida de la Oficina.

Caso individual (CAS) - Discusión: 2017, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

 2017-El Salvador-C144-Es

Una representante gubernamental enfatizó su compromiso con el cumplimiento de los convenios internacionales ratificados. Declaró que, en seguimiento a las observaciones de la Comisión de Expertos y a las recomendaciones de la misión de mediación relativas al funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST), el 1.º de mayo de 2017, el Gobierno le solicitó a las federaciones y confederaciones sindicales, legalmente inscritas, que presentaran sus propuestas de representantes del sector trabajador ante el CST. Informó que, entre el 12 y el 17 de mayo de 2017, el Gobierno recibió tres propuestas. La primera constaba de ocho miembros propietarios y sus respectivos suplentes, fue presentada por ocho federaciones y una confederación que agrupan 39 sindicatos con un total de 19 107 afiliados. La segunda constaba de ocho miembros propietarios y sus respectivos suplentes, fue presentada por 18 federaciones y dos confederaciones que agrupan 197 sindicatos con un total de 108 779 afiliados. Por último, la tercera constaba de un miembro propietario y su respectivo suplente y fue presentada por una confederación y 15 sindicatos con un total de 4 130 afiliados. Hizo referencia a la sentencia pronunciada por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el año 2016, en el proceso de amparo núm. 951-2013. La representación del sector trabajador en el CST queda conformada por ocho representantes propietarios y sus respectivos suplentes, cinco de éstos figuraban en la primera propuesta, dos en la segunda y uno en la tercera. Los miembros del sector trabajador, juramentados el 29 de mayo de 2017, representan 251 de los 445 sindicatos activos (aproximadamente un 56 por ciento), 131 926 afiliados de los 253 139 inscritos en los registros (aproximadamente un 51 por ciento). Observó que ninguna de las organizaciones querellantes en el caso núm. 3054 presentó propuestas para el CST. Añadió que las organizaciones empresariales solicitaron una prórroga de treinta días, a partir del 17 de mayo de 2017, para consultar a sus afiliadas. El Presidente de la República ya designó a los ocho miembros del sector gubernamental. Próximamente, se convocará la primera sesión del CST. En atención a las observaciones de la Comisión de Expertos concernientes a la promoción del tripartismo y del diálogo social, informó que los cinco entes tripartitos y las 17 instituciones autónomas están funcionando. En particular, se refirió al mandato del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), del Fondo Social para la Vivienda de El Salvador (FSV) y del Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP). También informó respecto del proceso de nombramiento de los representantes ante el Consejo Nacional de Salario Mínimo (CNSM). Lamentó que el sector empleador representado por la ANEP no participara en el CNSM, por estar en desacuerdo con los resultados de las elecciones respecto de los representantes del sector trabajador, pese a haber sido electos sus representantes de forma democrática y legal. Concluyó reiterando el compromiso de su Gobierno con el diálogo social, el cumplimiento de los convenios internacionales y la justicia social, convencida de que las transformaciones sociales a las que se aspiran y por las que se está trabajando, sólo se podrán concretizar con la participación activa de todos los sectores sociales.

Los miembros empleadores agradecieron las informaciones brindadas por el Gobierno, recordaron que el cumplimiento del Convenio, ratificado por El Salvador en 1995, no ha sido objeto de examen por la Comisión, contrariamente al Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) que lo fue en 2015 y 2016. Aclararon que varios de los temas abordados en dichas ocasiones, han sido objeto de mención por la Comisión de Expertos en sus observaciones de 2007, 2013, 2014, 2015 y 2016. Enfatizaron que el caso era de suma relevancia para los miembros empleadores. Refiriéndose a las conclusiones de la Comisión en el año 2016, resaltaron que se le había solicitado al Gobierno reactivar el CST y asegurar la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores; además, la Comisión había pedido el envío de una misión de contactos directos. Dicha misión aún no se ha concretado. A pesar de la asistencia técnica brindada, el CST aún no ha sido reactivado. El Gobierno indica que pronto el CST será reinstalado; no obstante, los miembros empleadores aún tienen dudas respecto a la nominación de sus miembros y la no injerencia del Gobierno. Recordaron que para ser efectivas, las consultas debían efectuarse antes de tomar la decisión, contándose con suficiente antelación con todos los elementos necesarios para formarse una opinión. En lo que respecta a la aplicación del Convenio, la situación en el país es preocupante, ya que continúan incumpliéndose las conclusiones de la Comisión. Se constatan hechos que afectan a la libertad de asociación del sector empleador, los cuales son contrarios a las disposiciones de los Convenios núms. 87 y 144. Mencionaron los actos de injerencia acaecidos en el marco de la elección de los miembros del CNSM, indicando que el mismo día de las elecciones se emitió un instructivo, se notificó el mismo y se modificó. Todo ello, en opinión de la ANEP, de manera ilegítima. Indicaron que según la ANEP los representantes ante el CNSM, al igual que los del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), son cooperativas que carecen de la debida legitimación. Resaltaron que, en ambos casos, los miembros electos son personas o entidades vinculadas al Gobierno. Lo más grave es la injerencia en las elecciones gremiales de la Asociación Cafetalera de El Salvador de la FECAGRO. El Ministerio de Gobernación aún tiene bloqueada la entrega de las credenciales, necesarias para legalizar el cambio de juntas directivas, a más de 50 gremiales de la ANEP. Durante el segundo semestre de 2016, se realizaron 17 marchas frente a la sede de la ANEP. La situación es sumamente preocupante. Indicaron que, en virtud de la extrema gravedad de todo lo expuesto, solicitarán la inclusión de las conclusiones de la Comisión en un párrafo especial del informe. Consideraron que seguía siendo necesario el envío de una misión de contactos directos.

Los miembros trabajadores subrayaron su particular preocupación por la situación en el país, incluidas la violencia y la pobreza imperantes. La misión de contactos directos solicitada por la Comisión durante el examen en 2016 de la aplicación del Convenio núm. 87 aún no ha tenido lugar. Cabe esperar que el Gobierno dé curso a las conclusiones adoptadas en 2016. Entre otras cosas, las autoridades deben esclarecer el asesinato del sindicalista Victoriano Abel Vega en 2010. Es indudable que los casos de incumplimiento examinados este año tienen su origen en las mismas causas que los observados en la aplicación del Convenio núm. 87. Aunque se espera que el aumento del salario mínimo desde enero de 2017 mejore la situación de las poblaciones más pobres, es de lamentar que haya provocado ciertas reacciones que han reforzado las tensiones sociales en el país, tales como los despidos masivos en ciertas empresas y algunas tentativas de cuestionar fundamentalmente la jornada de trabajo de ocho horas. Conviene recordar las obligaciones constitucionales relativas a la sumisión de los instrumentos adoptados por la Conferencia a las autoridades competentes. El Convenio núm. 144 tiende a promover las consultas tripartitas a nivel nacional sobre las cuestiones relativas a las actividades de la OIT. El Salvador se encuentra desde 2013 en una situación de incumplimiento grave de sus obligaciones relativas a la sumisión. El Gobierno parece fracasar a la hora de establecer estructuras de consulta tripartita eficaces en los temas relativos a las actividades de la OIT, como requiere el Convenio. Lo importante en el cumplimiento de esta obligación es que los interlocutores sociales puedan hacer valer su opinión antes de que el Gobierno tome una decisión definitiva. Por consiguiente, las consultas deben ser previas a la decisión definitiva. Así pues, el Gobierno debe asegurarse de que se proporcionen los elementos necesarios con suficiente antelación a los representantes de los trabajadores y de los empleadores. Los Estados Miembros gozan a este respecto de un margen de maniobra para decidir la naturaleza o la forma de los procedimientos de consultas tripartitas. Se desprende de la Recomendación sobre la consulta tripartita (actividades de la Organización Internacional del Trabajo), 1976 (núm. 152), que los Estados Miembros son libres de proceder a las consultas por escrito, pero que las organizaciones que participan en los procedimientos consultivos deben aceptarlas como adecuadas y suficientes. El Consejo Superior del Trabajo es el órgano competente en El Salvador para conocer de las cuestiones relativas a las actividades de la OIT. Las últimas informaciones disponibles parecen indicar que se está solucionando el punto muerto en que se encontraba el funcionamiento de este órgano debido al desacuerdo que existía entre ciertas organizaciones sindicales. Cabe esperar que las organizaciones empresariales designen asimismo a sus representantes para permitir que el Consejo Superior del Trabajo retome lo antes posible sus labores. Es esencial que el Gobierno se asegure de que la solución alcanzada garantice en el futuro un funcionamiento sostenible de esta institución. En cuanto a la libre elección de sus organizaciones representativas por parte de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, establecida en el Convenio, la dificultad en el país se plantea en particular a nivel de la designación de los representantes de los trabajadores en el Consejo Superior del Trabajo. Todo apunta a que el conflicto que enfrenta a diferentes organizaciones sindicales tiene su origen en la exigencia del Gobierno de que las federaciones y las confederaciones sindicales alcancen un consenso en cuanto a la designación de sus respectivos representantes en el Consejo Superior del Trabajo. Esto anula la libertad de elección de cada organización representativa por separado. La solución alcanzada garantiza la designación de los representantes de las organizaciones sindicales en el Consejo Superior del Trabajo basándose en criterios de representatividad. Se espera que esta solución se apruebe de forma sostenida y no constituya una medida puntual para responder a las solicitudes de la OIT. Con el fin de garantizar que el Consejo retome sus actividades de manera sostenible, habrá que preestablecer unos criterios objetivos y precisos, así como un proceso electoral acordado, claro y permanente que garantice la mayor representatividad posible de las organizaciones. En caso de impugnación, las organizaciones también tienen que poder apelar a un órgano independiente que pueda resolver el conflicto y que goce de la confianza de todas las partes. En cuanto a las consultas tripartitas establecidas en el Convenio en materia de sumisión de instrumentos a las autoridades competentes, parece que El Salvador todavía no ha implantado un procedimiento de consulta. Este procedimiento debe establecerse en breve. Es esencial que las organizaciones representativas puedan hacer valer a tiempo sus observaciones sobre el seguimiento que su Gobierno desea dar a las iniciativas normativas de la OIT. La necesidad de implantar el procedimiento consultivo que debe seguirse es indisociable de la cuestión del buen funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. No parece posible que este procedimiento se establezca sin que se haya designado a todos los representantes de las organizaciones representativas. Por lo tanto, es preciso hallar una solución a largo plazo para garantizar el buen funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. La mejora del diálogo social podrá aplacar muchas de las tensiones en el país.

El miembro empleador de El Salvador indicó que a pesar de las conclusiones de la Comisión, el Gobierno ha continuado incumpliendo el Convenio. En primer lugar, recordó que la Comisión había solicitado al Gobierno que reactivara de forma inmediata el CST. Señaló que, tras cuatro años de inactividad del CST, el 11 de mayo de 2017, el sector empresarial fue convocado para designar en tan sólo cuatro días a sus representantes en el seno del CST. Al respecto, indicó que se solicitó un mes de prórroga. Informó que los nombramientos estaban listos y serían notificados por la tarde de ese mismo día, en las oficinas del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Asimismo, informó de la elección de los representantes del sector trabajador ante el CST. Indicó que los medios de comunicación de su país habían publicado declaraciones de los representantes de los trabajadores elegidos, quienes manifestaban su desconocimiento de las reglas con base en las cuales se había realizó dicha elección. Denunció que tales actuaciones son contrarias al Convenio, así como a las recomendaciones de la Comisión de Expertos y las conclusiones de la Comisión, en las que instaba al Gobierno a asegurar la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y trabajadores. Solicitó que se llevaran a cabo investigaciones al respecto por la OIT. En segundo lugar, se remitió a las conclusiones de la Comisión de 2016 en relación al aseguramiento de la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y trabajadores. En este sentido, el miembro empleador denunció que el Gobierno había retenido las credenciales de 25 de las 50 organizaciones de empleadores, sin las cuales no pueden participar en consultas tripartitas, ya que es necesario que éstas se encuentren registradas en el Ministerio de Gobernación después de elegir una nueva Junta Directiva. Como muestra de ello, señaló el hecho de que en la reciente convocatoria de la CST, el Gobierno solicitó constancia de que las organizaciones se encontraran debidamente registradas en el Ministerio de Gobernación. Denunció también que en la elección de ternas para Comisionados del IAIP, el Gobierno entregó credenciales a asociaciones cooperativas, de forma que muchas organizaciones de empleadores no pudieron participar en la elección. Indicó además que se habían emitido de manera ilegal credenciales a un grupo de personas afines al Gobierno, con miras a que una de ellas asumiera la presidencia de la Asociación Cafetalera de El Salvador de la FECAGRO, que posteriormente, con el apoyo de la Policía Nacional Civil, irrumpió de manera ilegal en las instalaciones de dicha asociación. Por último, denunció que se habían producido hechos de intimidación contra los miembros de la ANEP por parte de grupos afines al Gobierno y ataques contra sus instalaciones, y lamentó que el Gobierno aún no había aceptado la misión de contacto directo recomendada por la Comisión en 2016.

La miembro trabajadora de El Salvador indicó que en los últimos años las organizaciones sindicales han elaborado propuestas en los órganos tripartitos a fin de promover cambios estructurales, el reparto equitativo de la riqueza y el respeto de los derechos humanos y de los principios y derechos fundamentales en el trabajo frente a la injerencia corporativa. Afirmó que se habían elegido a los representantes del sector trabajador ante el CST, que se encontraba sin funcionar desde 2013. Expresó que una vez superado el impasse consideraba importante que el reglamento del CST fuera objeto de reforma para establecer los procedimientos y criterios para determinar la representatividad del sector trabajador. Afirmó que debe garantizarse una composición democrática y transparente del sector sindical y del sector patronal. Manifestó que la ANEP debe abstenerse de injerir en la representación sindical, buscando favorecer a representantes afines a ellos y pretendiendo deslegitimar a organizaciones de trabajadores, situación que ha sido puesta en conocimiento del Director General de la OIT. Instó al Gobierno a ampliar los mecanismos de actuación social y participación ciudadana para asegurar que las actuaciones colectivas se realicen de forma democrática y evitar la intervención de los oligopolios económicos. Expresó que el ejercicio pleno de la libertad sindical es indispensable para el cumplimiento del Convenio. Exigió al sector empresarial que respete el derecho a la libertad sindical y permita la creación de sindicatos, sin ningún tipo de restricción o represión a lo largo de la cadena productiva. Al respecto, subrayó que la responsabilidad por la violación de derechos humanos no sólo es de las empresas en los eslabones más bajos de la cadena productiva, sino también, y especialmente, de las grandes empresas que más se benefician de los lucros generados en la cadena productiva. Se refirió a un caso ante el Comité de Libertad Sindical relativo a la represión y criminalización de las libertades sindicales por parte del sector empresarial en el país. En dicho caso, los trabajadores habían sido despedidos y se encontraban inmersos en sendos procesos judiciales desde el año 2010 por exigir el respeto de su derecho a la huelga y a celebrar contratos colectivos. Exigió al Gobierno que interviniera con carácter urgente a fin de evitar la consumación de las medidas de privación de libertad de los sindicalistas acusados. Manifestó que esperaba que el Gobierno llevara a cabo medidas de fortalecimiento de la tutela laboral y la protección social, sin caer en falsos argumentos sobre la flexibilidad laboral como ocurre en otros países de América Latina. Expresó su confianza en que las conclusiones del caso fijaran elementos claros y tiempos precisos que permitan adoptar de forma urgente un plan para superar los problemas identificados y garantizar el pleno cumplimiento del Convenio.

El miembro gubernamental de Malta, hablando en nombre de la Unión Europea (UE) y de sus Estados miembros, así como de Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Noruega y Serbia, señaló que el Convenio está intrínsecamente vinculado con dos convenios fundamentales, a saber, el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98). A este respecto, desea recordar el compromiso asumido por el Gobierno de El Salvador, bajo el pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central, de aplicar efectivamente los convenios fundamentales de la OIT. El caso de El Salvador ya se sometió al examen de la Comisión en 2016 en relación con la aplicación del Convenio núm. 87, y tuvo lugar un debate sobre la necesidad de fomentar el diálogo tripartito y la libertad sindical en el país, instándose al Gobierno a reactivar, sin demora, el Consejo Superior del Trabajo y a garantizar la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Manifestó su preocupación acerca de que, según la Comisión de Expertos, no ha habido avances en lo que respecta a estas dos cuestiones. Habida cuenta de que unas consultas tripartitas efectivas, inclusivas y transparentes son esenciales para asegurar el diálogo social en un país, instó al Gobierno a que adopte medidas para incorporar a todos los interlocutores sociales en las consultas relativas a las políticas laborales y de empleo, de una forma transparente y antes de que se tome una decisión, con objeto de reforzar la confianza. Tras expresar inquietud por que el Consejo Superior del Trabajo no ha sido capaz de funcionar durante más de tres años, y recordar la importancia de garantizar la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para que elijan a sus representantes en los órganos conjuntos y tripartitos, solicitó al Gobierno y a los interlocutores sociales que reconstituyan el Consejo con carácter urgente, basándose en el criterio de la representatividad de las organizaciones. Deberían estudiarse todas las formas posibles de promover el diálogo social. Con esta finalidad, reiteró su llamamiento para que tenga lugar una misión de contactos directos de la OIT en un futuro próximo, la cual podría prestar un apoyo importante a la hora de garantizar la conformidad de la legislación nacional con los convenios de la OIT. En 2016, la Comisión formuló un llamamiento análogo sin resultado alguno. Al mismo tiempo, reafirmó el compromiso continuo de colaborar de manera constructiva con El Salvador, incluso mediante proyectos de cooperación de la UE y los Estados miembros encaminados a fortalecer la capacidad del Gobierno para abordar todas las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos.

El miembro gubernamental del Brasil, hablando en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC), agradeció las informaciones brindadas por el Gobierno relativas al cumplimiento del Convenio. El GRULAC se remitió al informe de la Comisión de Expertos, en el que se tomó nota del proceso de diálogo iniciado por el Gobierno tras la celebración de un proceso de mediación en febrero de 2016 con la asistencia técnica de la OIT. Asimismo, se tomó nota del dictamen de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de amparo 951-2013. Tomó nota de lo expresado por la representante gubernamental en relación a la elección de los representantes del sector trabajador en el seno del CST por las confederaciones y federaciones sindicales, superando con ello el principal obstáculo al funcionamiento de este ente. Tomó nota también de la designación de los representantes del sector empleador ante el CST por el Presidente de la República, de forma que dicho órgano se encuentra preparado para comenzar a funcionar. Reiteró su compromiso con la aplicación del Convenio y manifestó su confianza en que el Gobierno mantendrá sus esfuerzos para dar cumplimiento al mismo.

El miembro empleador de Colombia indicó que intervenía no sólo como miembro representante de los empleadores de Colombia, sino también como vicepresidente de los empleadores de América Latina. Indicó que durante los tres últimos años la Comisión ha venido analizando la situación en El Salvador en relación a diversos convenios. Expresó que hay una falta de consulta tripartita en la toma de decisiones respecto a muchos aspectos y destacó que las consultas deben ser previas e incluir también las memorias presentadas. Manifestó que la misión de contactos directos no se ha llevado a cabo y solicitó que se realizara. Asimismo, solicitó que el Gobierno presentara informes detallados para que pudieran ser analizados por la Comisión de Expertos en su próxima reunión. Subrayó que los representantes de trabajadores y empleadores deben ser elegidos libremente y estar representados en pie de igualdad, como establecen los Convenios núms. 87 y 144.

La miembro trabajadora del Brasil reconoció la importancia de que el CST se hubiera instituido y estuviera funcionando. Celebró la disposición del Gobierno a aplicar las recomendaciones de asistencia técnica de la OIT. Saludó la iniciativa de adecuación del salario mínimo realizada, así como la mesa de diálogo establecida entre el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y las organizaciones de trabajadores. Expresó que el Gobierno había demostrado apertura al diálogo y le alentó a que lo intensificara.

La miembro gubernamental de Cuba se adhirió a la declaración del GRULAC. Apuntó que, en el informe de la Comisión de Expertos se consigna que en seguimiento a las conclusiones adoptadas por la Comisión en junio de 2015, se aceptó la asistencia técnica de la OIT, por medio de un proceso de mediación que se llevó a cabo en febrero de 2016. Atendiendo las recomendaciones del mediador independiente, el Gobierno continuó con el proceso de diálogo. Han sido designadas por las confederaciones y federaciones sindicales las representaciones para la activación del CST.

El miembro trabajador de Colombia indicó que no se habían realizado acciones para cumplir con las conclusiones de la Comisión de 2016. Consideró que los requisitos exigidos por el Gobierno en relación con la presentación ante el CST, carecen de fundamento por no estar previstos en el Reglamento de este órgano. El único objetivo fue obstaculizar la presentación de propuestas. Las organizaciones de trabajadores no acordaron el procedimiento ni los criterios en el marco de este proceso que fue conducido y administrado únicamente por el Ministerio del Trabajo. Expresó que los criterios utilizados en el proceso de elección, son contrarios a lo que plantea la Comisión de Expertos. Afirmó que la determinación de la mayor representatividad debe fundarse en criterios establecidos con anterioridad por el sector trabajador y no por el Gobierno. El proceso constituye una grave injerencia del Gobierno en la elección de los representantes del sector trabajador. Alegó también que se crearon en los últimos meses varios sindicatos y federaciones controladas por el Gobierno con el fin de ganar mayoría en el CST y otras instancias tripartitas. Manifestó que esperaba que el Gobierno abrirá un diálogo franco y sincero para solucionar estas situaciones.

Un observador en representación de la Organización Internacional de Empleadores (OIE) reiteró su gran preocupación por la situación de acoso que viven los empleadores y que afecta a su libertad de asociación. La situación se viene examinando desde hace ya tres años y lejos de mejorar ha empeorado. Subrayó que la Comisión en 2016 hizo una llamada al envío de una misión de contactos directos y que la Comisión de Expertos señaló el caso con una doble nota a pie de página. Indicó que el Gobierno había designado representantes del sector empresarial en órganos tripartitos que se encargan de temas relacionados con el trabajo, tales como la fijación de salarios mínimos. Expresó que se habían impuesto de manera unilateral grandes incrementos de los salarios mínimos, por encima de lo pactado con el sector trabajador. Denunció que el Gobierno había pasado por alto el dictamen de la Corte Suprema de Justicia en relación a las funciones de la ANEP. Observó con gran preocupación los hechos derivados de incitaciones violentas hacia la ANEP y las manifestaciones contra la Corte Suprema de Justicia por decisiones que no se consideraban favorables a la posición del Gobierno. Llamó a un cambio de actitud que garantice el buen funcionamiento del diálogo social. Solicitó que se adoptaran medidas para garantizar el cumplimiento de los convenios ratificados por El Salvador.

El miembro trabajador de Nicaragua expresó su disconformidad con la lista presentada en este caso. Indicó que el Gobierno de El Salvador ha cumplido el Convenio, por lo que no está claro cuál es la razón por la que esta cuestión se ha incluido en la lista de casos discutidos por la Comisión. Indicó asimismo que en enero de este año se logró que el Consejo Nacional del Salario Mínimo determinara un ajuste salarial, lo que ha podido crear descontento en el sector empresarial. Afirmó que la petición de las organizaciones de empleadores de revisar la representación sindical en los espacios tripartitos, es una clara intromisión en los asuntos propios de las organizaciones de trabajadores. Al tiempo que saluda la instalación del CST, expresó que estaba a la espera de que el sector empleador designe a sus representantes para que sea efectivo el funcionamiento de esta instancia.

El miembro gubernamental de Panamá se adhirió a la declaración del GRULAC y consideró que las informaciones brindadas por el Gobierno contienen elementos importantes para consolidar los principios en que se sustenta la consulta tripartita prevista en el Convenio. Respaldó el informe rendido por la Ministra de Trabajo y Previsión Social, del cual se desprende la clara voluntad de cumplir con todas las recomendaciones de la Comisión.

El miembro trabajador de la República Dominicana afirmó que los miembros del sector trabajador, si bien habían expresado las dificultades en el funcionamiento del CST, finalmente habían logrado ponerse de acuerdo para nombrar sus representantes en el mismo. Indicó que le extrañaban las preocupaciones del sector empresarial respecto de la elección de los miembros del sector trabajador ante el CST y pidió la no injerencia del sector empresarial en tales elecciones. Expresó que las organizaciones de trabajadores han sufrido una mayor cuota de persecución en forma de despidos y asesinatos, por lo que no debe argumentarse que la violencia es sólo sufrida por el sector empresarial. Propuso que hubiese un acompañamiento técnico al CST, de manera que éste pueda funcionar como instancia de consulta tripartita.

La miembro gubernamental del Estado Plurinacional de Bolivia se sumó a la intervención realizada en nombre del GRULAC y manifestó que el Gobierno ha asumido medidas positivas, claras y concretas a efectos de no incumplir con las disposiciones del Convenio. Esto se demuestra claramente a través de la aceptación de la asistencia técnica de la Oficina para llevar a cabo un proceso de mediación, que efectivamente se realizó en febrero de 2016. Asimismo, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia estableció que el derecho a la libertad sindical no fue vulnerado por el Ministerio de Trabajo al exhortar a las federaciones y confederaciones sindicales a presentar una nómina única. En ese contexto, la oradora acogió con beneplácito que la representación del sector laboral ya haya sido designada por las confederaciones y federaciones sindicales, que la representación gremial empresarial haya manifestado que designará a sus representantes, y que la representación gubernamental ya esté designada. Por consiguiente, consideró que, con el funcionamiento inminente del CST, ya no existen razones que sustenten la denuncia de incumplimiento del Convenio.

El miembro empleador de Guatemala explicó que, decidió tomar la palabra ante las declaraciones del Gobierno. Expresó que éstas dejan muchas dudas sobre las intenciones con que se han obrado en conformar el CST, así como en el tratamiento que viene dando a la ANEP. Según expresado por el Gobierno, la convocatoria para constituir aquel órgano se hizo tan tarde como el 1.º de mayo de 2017. Parecería que ello se hizo a los efectos de mostrar algún resultado ante esta Comisión. Denunció la interferencia en la designación de los representantes de los empleadores ante foros de diálogo social, y los actos de violencia contra la ANEP por grupos afines al Gobierno. Espera que la Comisión no escatime esfuerzos en la aplicación de las herramientas a su alcance, para que el Gobierno respete plenamente los mecanismos de diálogo social y la plena autonomía de la ANEP.

El miembro gubernamental de Honduras observó que la Constitución y la legislación nacional designan al CST como el ente encargado de llevar a cabo las consultas tripartitas en relación con las normas internacionales del trabajo. Subrayó que el CST está listo para instalarse puesto que se designó a la representación del sector trabajador, resolviéndose de esta manera el principal obstáculo para su activación; se convocó la representación del sector empleador, quien manifestó necesitar un plazo adicional de un mes; y se designó a la representación gubernamental. Exhortó al Gobierno a fortalecer su instancia nacional de diálogo tripartito a fin de seguir cumpliendo con el Convenio.

El miembro empleador de Turquía expresó su convencimiento de que el buen funcionamiento del diálogo social es clave para unas relaciones de trabajo sólidas y efectivas. Todas las partes deben mostrar voluntad y compromiso políticos para participar en el diálogo social en un marco jurídico e institucional que sea habilitador. Tal como indicó la Comisión de Expertos, la interferencia del Gobierno en la elección de miembros para los consejos ejecutivos mixto y tripartito constituye una clara violación del artículo 3 del Convenio. A pesar de ciertas mejoras reiteradas por el Gobierno, existen carencias obvias con respecto al funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. En primer lugar, éste lleva años sin funcionar, lo que significa que los interlocutores sociales no disponen de su plataforma más importante para contribuir al proceso de toma de decisiones. Además, los interlocutores sociales no cuentan con los plazos ni con las oportunidades que se necesitan para expresarse antes de la adopción de normas de índole social y económica. Es preciso que los interlocutores sociales tengan ante sí las futuras normas con la antelación suficiente para forjarse sus respectivas opiniones. Al tiempo que señaló que no se han tomado medidas concretas para crear un entorno que propicie el diálogo social, el orador exhortó al Gobierno a conceder prioridad a las medidas que promuevan y refuercen un diálogo social efectivo.

El miembro empleador de México se refirió a la declaración de la representante gubernamental quien consideró que el país era productivo y seguro. Señaló que ese último concepto incluye seguridad jurídica de la que forma parte la consulta tripartita. El cumplimiento de la misma no se logrará con explicaciones, ya que, en el mejor de los casos, las explicaciones constituyen anhelos o justificaciones de lo que no se está haciendo. Recalcó que la Comisión tiene que asumir sus responsabilidades y tomar medidas firmes e inmediatas para que el Gobierno haga efectiva la consulta tripartita.

La representante gubernamental recordó que el caso concernía la aplicación del Convenio núm. 144 y no la de otros convenios. Resaltó la voluntad y apertura de las y los trabajadores en todo el proceso objeto de discusión. Añadió que la convocatoria para la designación de las representaciones del sector laboral se había ajustado al espíritu de las decisiones de la Corte Suprema de Justicia y las recomendaciones de los órganos de control de la OIT. Explicó que, ante la ausencia de normativa legal nacional e internacional que permita determinar el grado de representatividad de las organizaciones, se tomó en consideración el número de sindicatos afiliados, de trabajadores representados, y de contratos colectivos celebrados. Su Gobierno coincide con lo manifestado por el sector laboral, respecto del reto de lograr que la consulta tripartita sea un ejercicio permanente para el fomento de los derechos laborales y de la asistencia técnica que requiere el CST, como, por ejemplo, la formulación de un nuevo reglamento que prevea los mecanismos, competencias y procedimientos que garanticen la representación de los sectores laborales y patronales en igualdad de condiciones. Destacó el crecimiento de la economía, la reducción del costo de la canasta básica, la reactivación del sector agropecuario y la generación de 6 000 empleos nuevos. Dichos avances no serían posibles sin diálogo social, tampoco lo serían sin la participación activa del empresariado en las políticas económicas y en las instancias de toma de decisión. En vista de las denuncias de la ANEP y de la OIE ante la Comisión, observó que no constaba ningún registro de denuncia interpuesta ante la Policía Nacional Civil ni ante la Fiscalía General de la República. Opinó que la ANEP debió haber acudido antes a las instancias competentes nacionales. Recordó que las cooperativas también son empresas, razón por la cual tienen los mismos derechos a participar en cualquier proceso de elección. Concluyó indicando que los pasos dados serían provechosos para el cumplimiento pleno de los convenios ratificados.

Los miembros trabajadores recordaron que el Convenio núm. 144 es la prolongación a nivel nacional del tripartismo característico de la OIT. Es urgente que el Gobierno establezca, de conformidad con el Convenio, los procedimientos de consultas tripartitas que permitan a las organizaciones representativas hacer valer sus observaciones sobre el seguimiento que ha de darse a las iniciativas normativas de la OIT. Estos procedimientos consultivos sólo serán eficaces si se garantiza el buen funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo encargado del seguimiento de estas cuestiones. En los últimos tiempos, la situación se ha desbloqueado gracias al acuerdo alcanzado por las organizaciones sindicales. Se espera que los representantes de las organizaciones empresariales sean designados pronto para permitir que el Consejo Superior del Trabajo retome sus actividades. Con el fin de garantizar un funcionamiento sostenible del Consejo Superior del Trabajo y de evitar un nuevo bloqueo en el futuro, parece importante que el Gobierno se abstenga de imponer a las organizaciones representativas un consenso sobre la designación de sus respectivos representantes. Cada organización representativa debe poder designar a sus representantes sin necesidad de la aprobación de las otras organizaciones representativas, por lo que se le garantiza la libertad de elección de sus representantes. Invitaron al Gobierno a definir criterios objetivos y precisos, así como un proceso electoral claro y permanente, para garantizar la mayor representatividad posible de las organizaciones; también es necesario crear un órgano independiente de apelación. Cuando el Gobierno establezca todos estos elementos, deberá asegurarse de que se celebren consultas tripartitas eficaces. Para ello, deberá asegurarse de que los interlocutores sociales puedan hacer valer su opinión antes de que el Gobierno tome una decisión definitiva, y de que se comunique con suficiente antelación a las organizaciones representativas los elementos necesarios para forjarse una opinión. La resolución del conjunto de estos puntos permitirá garantizar de manera duradera el buen funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. Con objeto de aplicar estas recomendaciones, se solicita al Gobierno que recurra a la asistencia técnica de la OIT.

Los miembros empleadores reiteraron que este caso es preocupante y enfatizaron que, si bien hay que agradecer a la representante gubernamental las explicaciones brindadas, la información no es enteramente satisfactoria. Se observa un incumplimiento: del artículo 1 del Convenio, en relación con las dudas que existen respecto al carácter «más representativo» de las organizaciones, tanto del sector empleador como trabajador; del artículo 2, por la falta de consultas efectivas en asuntos relacionados con la OIT y de un procedimiento objetivo predeterminado conocido por todos los actores; y por último, del artículo 3, en lo que respecta a la libertad de elección de los representantes. Destacaron una vez más su máxima preocupación por los actos de violencia cometidos contra la sede de la ANEP, y por las múltiples manifestaciones de acoso a sus dirigentes. Por consiguiente, instaron al Gobierno a que asegure avances concretos respecto de la libertad y autonomía de las organizaciones de trabajadores y de empleadores para designar sus representantes en los órganos de toma de decisión, en los órganos paritarios o tripartitos, en cumplimiento del artículo 3 del Convenio; reactive sin demora el CST que constituye el ámbito principal de dialogo social y de la consulta tripartita; concretice sin demora y durante el año en curso la misión solicitada por esta Comisión; y garantice la protección de la sede de la ANEP. Solicitaron además que se incluya el caso de El Salvador en un párrafo especial del informe de la Comisión.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota con preocupación de la inexistencia hasta la fecha de verdaderas consultas tripartitas con organizaciones de empleadores representativas e independientes, e instó al Gobierno a que adopte sin dilación todas las medidas necesarias para aplicar el Convenio núm. 144 en la legislación y en la práctica. Al mismo tiempo, la Comisión tomó nota de la invitación del Gobierno formulada tres semanas antes de la inauguración de la 106.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo a que se designe a representantes de los empleadores y de los trabajadores ante el Consejo Superior del Trabajo.

Teniendo en cuenta la discusión, la Comisión instó al Gobierno de El Salvador a que:

- reactive sin demora el Consejo Superior del Trabajo (CST);

- vele por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes de conformidad con el Convenio núm. 144, sin ser objeto de intimidación;

- asegure la protección adecuada de los locales de las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores contra actos de violencia y de destrucción, e

- informe con detalle sobre la aplicación del Convenio, tanto en la legislación como en la práctica, a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos.

Habida cuenta de que el Gobierno no ha adoptado medidas para aplicar las disposiciones del Convenio núm. 144 en la legislación y en la práctica, la Comisión solicitó una vez más que se envíe una misión de contactos directos a El Salvador antes de finales de 2017.

Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación Sindical Trabajadoras y Trabajadores de El Salvador (CSTS), recibidas el 17 de mayo de 2023. La Comisión toma nota asimismo de las observaciones de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), recibidas el 1.º de septiembre y el 16 de noviembre de 2023. Ambas observaciones brindan información sobre cuestiones objeto de este comentario, las cuales son examinadas a continuación. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto.

Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 111.ª reunión, junio de 2023)

La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia (en adelante Comisión de la Conferencia), en junio de 2023, respecto a la aplicación del Convenio. En sus conclusiones, la Comisión de la Conferencia tomó nota de las alegaciones de los graves y reiterados incumplimientos del Convenio por parte de El Salvador. Asimismo, la Comisión de la Conferencia tomó nota con profunda preocupación de las múltiples alegaciones de injerencia por parte del Gobierno en el nombramiento de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en los órganos públicos tripartitos y paritarios.
Habida cuenta de la discusión, la Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a que, en consulta con los interlocutores sociales: i) cesase inmediatamente todo acto de violencia, amenaza, persecución, estigmatización, intimidación o cualquier otra forma de agresión contra personas u organizaciones en relación tanto con el ejercicio de actividades sindicales legítimas como con las actividades de las organizaciones de empleadores, y que tomase medidas para garantizar que dichos actos no se repitan, en particular en lo que se refiere a la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y sus entidades afiliadas; ii) se abstuviera de toda injerencia en el ejercicio de la libertad sindical de los empleadores y los trabajadores, incluso en la constitución de organizaciones de empleadores y de trabajadores; iii) pusiera fin a los retrasos en la expedición de las credenciales de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, incluso para la ANEP, de conformidad con su derecho a la representación; iv) garantizase que todas las organizaciones de trabajadores y de empleadores, incluida la ANEP, gocen de los derechos y libertades establecidos en el Convenio y estén plenamente incluidas en la consulta tripartita y el diálogo social; v) reactivase, sin demora, el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST) y otros órganos tripartitos, y garantizase el desarrollo y la adopción, en consulta con los interlocutores sociales, de normas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para garantizar su funcionamiento eficaz e independiente, sin ninguna injerencia externa; vi) adoptase sin demora todas las medidas necesarias para derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su estatuto jurídico cada 12 meses; vii) modificase los 23 decretos, adoptados el 3 de junio de 2021, con objeto de garantizar que las organizaciones de empleadores puedan ejercer su derecho a elegir libremente a sus representantes sin ninguna injerencia externa, y viii) elaborase una hoja de ruta con plazos determinados para aplicar sin demora todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT, de 2022, y las recomendaciones de la Comisión de la Conferencia.
La Comisión de la Conferencia pidió al Gobierno que aceptase una misión de contactos directos para garantizar el pleno cumplimiento del Convenio. Asimismo, pidió al Gobierno que presentase a la Comisión de Expertos, antes del 1.º de septiembre de 2023, una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, que incluyera información sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas.
Artículos 2 y 3, 1) del Convenio. Procedimientos adecuados. Reactivación del Consejo Superior del Trabajo (CST). Alegatos de injerencia del Gobierno. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno —exigida por la Comisión de la Conferencia en junio de 2023— fue recibida de manera tardía, el 29 de noviembre de 2023, una vez que su sesión ya había sido iniciada. El Gobierno indica que el CST ha estado funcionando desde su reactivación en 2019, atendiendo a lo dispuesto en su Reglamento interno en relación con el número de sesiones requeridas. Al respecto, el Gobierno indica que, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento, deben celebrarse al menos dos reuniones al año. El Gobierno reitera una vez más que, a partir del mes de diciembre de 2021, se instaló el CST para el periodo 2021-2023, y que los representantes de los trabajadores y empleadores fueron electos de manera libre e independiente. El Gobierno indica asimismo que resulta improcedente señalar la inactividad del CST basándose en las reuniones de su pleno. A título ejemplificativo, el Gobierno se refiere a la creación por el pleno del CST de un espacio de trabajo técnico conformado por una comisión tripartita para la discusión de la Ley de Primera Infancia con miras a posteriormente presentar los elementos que se consideraran necesarios ante la Junta Directa del CST y en última instancia a su pleno. No obstante, el Gobierno indica que dicho proceso no pudo completarse debido a la falta de anuencia de algunos sectores para completar los primeros pasos acordados de manera tripartita. En relación con la derogación de los 23 decretos relativos a instituciones oficiales autónomas, el Gobierno indica que, se trata de una decisión interna que solo competente a El Salvador como Estado libre y soberano, por lo que por el momento no puede darse respuesta a dicha solicitud. El Gobierno indica que se harán los estudios necesarios para examinar en qué medida dichos decretos afectan a la ANEP y añade que estos se refieren a instituciones bipartitas o paritarias por lo que no guardan relación con el ámbito del presente Convenio. El Gobierno indica además que resulta improcedente afirmar que dichos decretos afectan al sector productivo del país, ya que se permite la participación a una diversidad de gremiales en espacios bipartitos o tripartitos y se mantiene el reconocimiento a la ANEP como organización representativa y sus afiliados continúan participando en distintos espacios de diálogo. Por último, el Gobierno indica que las instituciones tripartitas, tales como el Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) y el Fondo Social para la Vivienda (FSV), tienen un «portal de transparencia» en su sitio web en el que publican sus informes, mientras que las actas e informes del CST son entregados a todos sus miembros y son de acceso público.
La Comisión toma nota de las observaciones de la OIE, que reiteran los comentarios formulados por los miembros empleadores durante el debate sobre la aplicación del Convenio celebrado en la Comisión de la Conferencia en junio de 2023. Asimismo, la Comisión toma nota de los alegatos de la OIE en los que denuncia que el Gobierno no acreditó a los representantes designados por la ANEP para participar en la 111.ª reunión de la Conferencia, pese a ser la organización más representativa de empleadores de El Salvador. La OIE destaca la gravedad de tales actos y sostiene que resultan contrarios al presente Convenio y al Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87). La Comisión toma nota de que la OIE denuncia también que, en dicho contexto, el Gobierno presionó a determinados delegados empresariales para que abandonaran la cúpula del ANEP. Al respecto, la Comisión toma nota con preocupación de que, durante la 111.ª reunión de la Conferencia, la Comisión de Verificación de Poderes de la Conferencia al examinar la cuestión, concluyó que no tenía pruebas de que el Gobierno consultó de manera efectiva a la organización de empleadores más representativa ni, por tanto, de que la delegación de los empleadores de El Salvador que debía participar en la reunión de la Conferencia, fue designada de conformidad con el artículo 3, 5) de la Constitución de la OIT. Al respecto, la Comisión de Verificación de Poderes expresó su confianza en que el Gobierno utilizará en el futuro un procedimiento de consulta que garantice la celebración de consultas plenas y efectivas con la organización de empleadores más representativa, en cumplimiento de los requisitos previstos en la Constitución de la OIT (véase Segundo informe de la Comisión de Verificación de Poderes, de 16 de junio de 2023 (párrafos 69 a 74)).
La Comisión toma nota igualmente de que, en sus observaciones, la OIE se refiere al proyecto de la Ley de creación del Instituto Nacional de Capacitación y Formación (INCAF), y destacan que dicho proyecto tiene como objeto disolver el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP), así como su Consejo Directivo que durante 30 años ha estado conformado de manera tripartita por representantes del Gobierno, trabajadores y empleadores. La Comisión observa que dicho proyecto fue aprobado por la Asamblea Legislativa de El Salvador el 15 de noviembre de 2023. Por último, la Comisión toma nota de que la OIE expresa su esperanza de que se realizarán progresos en relación con la aplicación del Convenio, en línea con las conclusiones de la Comisión de la Conferencia, y en estrecha colaboración con la organización más representativa de empleadores de El Salvador.
La Comisión toma nota también de que, por su parte, la CSTS expresa su disposición para colaborar y apoyar todos los esfuerzos del Gobierno encaminados a fortalecer los espacios de diálogo social tripartito, tales como el CST, el Consejo Nacional del Salario Mínimo (CNSM) y otras instancias nacionales de diálogo paritario o tripartito. Asimismo, la CSTS subraya la importancia del diálogo social tripartito y señala que constituye un componente fundamental para la construcción de un país democrático, la generación de gobernanza y el mejoramiento de las condiciones de vida, especialmente de la clase trabajadora.
A la luz de las informaciones proporcionadas por el Gobierno en su memoria, la Comisión subraya que, si bien, corresponde al marco jurídico nacional establecer el modus operandi de las reuniones de los órganos en los que tienen lugar las consultas tripartitas exigidas por el Convenio, el CST no ha celebrado el mínimo de dos sesiones plenarias al año que exige la legislación nacional. La Comisión recuerda además que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5, 2) del Convenio dichas consultas deberán celebrarse al menos una vez al año. Asimismo, al tiempo que toma nota de la indicación del Gobierno relativa a la celebración de consultas tripartitas en el marco de subcomités u otros órganos técnicos tripartito del CST, la Comisión observa que el Gobierno no proporciona información que permita constatar que se realizaron consultas sobre los puntos relativos a las normas internacionales del trabajo exigidos por el artículo 5, 1) del Convenio. La Comisión observa también que el Gobierno tampoco proporciona información sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a dar cumplimiento a las conclusiones de la Comisión de la Conferencia. Por consiguiente, la Comisión urge una vez más al Gobierno a que tome todas las medidas que sean necesarias para asegurar el funcionamiento efectivo e inmediato del CST, respetando la autonomía de los interlocutores sociales, incluido en relación con la designación de sus representantes. Reitera su solicitud al Gobierno de que informe sobre todo desarrollo al respecto, así como sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco del CST.
Asimismo, la Comisión insta una vez más al Gobierno a que: i) tome las medidas necesarias para asegurar sin demora la derogación de las 23 decretos que trasladan la función de elegir los representantes del sector empleador al Presidente de la República, lo cual priva a las organizaciones de empleadores de ejercer su derecho a elegir libremente a sus representantes de conformidad con los instrumentos ratificados por el país, y ii) despliegue sus mejores esfuerzos para asegurar la formulación y adopción sin demora de la hoja de ruta solicitada por la misión tripartita de alto nivel de la OIT de 2022, así como por la Comisión de la Conferencia en junio de 2022 y junio de 2023. A la luz de las observaciones de la OIE en relación con laLey de Creación del Instituto Nacional de Capacitación y Formación (INCAF), la Comisión pide al Gobierno que envíe información sobre su impacto en la implementación del Convenio.
Artículo 2. Asegurar consultas tripartitas efectivas. Entrega de credenciales. La Comisión recuerda que en su comentario anterior tomó nota de las observaciones de la Confederación Sindical Internacional (CSI), en las que destacaba que la obligación establecida para las organizaciones de trabajadores en el Código de Trabajo de renovar la composición de sus juntas directivas y de su estatuto jurídico cada 12 meses, carecía de fundamento y constituía una forma de injerencia en el funcionamiento de dichas organizaciones. Al respecto, la Comisión tomó nota de que el Gobierno había iniciado un proceso de estudio para proponer reformas al Código de Trabajo con miras a agilizar y acelerar los procesos para la entrega de credenciales y que se había instalado una Oficina de Atención Sindical en la Dirección General de Trabajo para brindar asistencia jurídica a los representantes. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que aún se encuentra trabajando con distintos interlocutores sociales sobre las propuestas de reforma del Código de Trabajo, las cuales una vez concluidas serán enviadas al CST para su análisis, revisión y discusión. El Gobierno indica que las propuestas incluyen la reforma al artículo 221 del Código de Trabajo y al artículo 87 de la Ley de Servicio Civil, que prevén la duración de un año de las juntas directivas de las organizaciones sindicales en el sector privado y público, respectivamente. El Gobierno indica que, el 26 de julio de 2023, se anunció la instalación de una mesa técnica con la finalidad de discutir y analizar las posibles reformas al Código de Trabajo. La Comisión toma nota asimismo de que el Gobierno informa de que, entre agosto de 2022 y agosto de 2023, la Oficina de Atención Sindical, creada con el fin de reducir el periodo de entrega de credenciales a las organizaciones sindicales a menos de 30 días, entregó 875 acreditaciones y proporcionó 969 asesorías. El Gobierno indica que las entregas se realizaron en un promedio de 15 días. Si bien, toma nota de las medidas adoptadas por el Gobierno con miras a agilizar la entrega de credenciales, la Comisión considera que la exigencia de renovar anualmente la composición de las juntas directivas de los sindicatos se trata de una medida desproporcionada que impide el buen funcionamiento de los órganos tripartitos que deben dar efecto al Convenio. Por lo tanto, la Comisión insta una vez más al Gobierno a que adopte sin demora las medidas necesarias para derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de la composición de sus juntas directivas y de sus estatutos jurídicos cada doce meses y pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada en su próxima memoria sobre todo progreso realizado al respecto.
Artículo 5. Consultas tripartitas efectivas. La Comisión toma nota de las copias de las cartas de fechas 19 de mayo de 2022 (Oficio DM/DRIT/No.28/2022) y 1.º de septiembre de 2022 (Oficio DE/DRIT/No.38/2022), enviadas por el Gobierno a los Vicepresidentes del sector empleador y del sector trabajador del CST con miras a que divulgaran las mismas con las organizaciones agrupadas en sus sectores. El Gobierno indica que no ha recibido respuesta de los interlocutores sociales al respecto. La Comisión toma nota también de la copias de cartas de fecha de 13 de marzo de 2023 (Oficio DM/DRIT N°78/2023 y Oficio DM/DRIT N°79/2023), presentadas por el Gobierno tras la discusión en la Comisión de la Conferencia de junio de 2023, a través de las cuales el Ministerio de Trabajo y Previsión Social envió al Vicepresidente del sector empleador y el Vicepresidente del sector trabajador del CST para sus comentarios, copias de memorias sobre la implementación de Convenios ratificados por El Salvador. La Comisión observa que algunas de dichas memorias fueron enviadas a la Oficina en 2022 y otras el 27 de marzo de 2023. En este sentido, la Comisión recuerda que para «ser efectivas, las consultas deben efectuarse necesariamente antes de tomar la decisión definitiva, cualquiera sea la índole o la forma de los procedimientos que se sigan. […] Las consultas efectivas suponen, pues, en la práctica, que los representantes de los empleadores y de los trabajadores dispongan con suficiente antelación de todos los elementos necesarios para formarse una opinión al respecto» (Estudio General de 2000, Consulta tripartita, párrafo 31). Por consiguiente, la Comisión reitera una vez más su esperanza de poder observar a la mayor brevedad posible avances en el pleno y estable cumplimiento del Convenio en el país, incluyendo la celebración de consultas tripartitas efectivas de manera regular en el seno del CST en relación con los temas previstos en el artículo 5, 1) del Convenio, así como la promoción de un diálogo social estable y continuo en las otras instancias tripartitas en el país. En este sentido, la Comisión recuerda una vez más que la asistencia técnica de la OIT permanece a la disposición de los mandantes tripartitos para apoyar los esfuerzos desplegados por todos los actores tripartitos con miras a asegurar el pleno cumplimiento de las disposiciones del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación Sindical Internacional (CSI), recibidas el 1.º de septiembre de 2021. La Comisión toma nota igualmente de las observaciones de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), recibidas el 10 de noviembre de 2022, en las que figuran alegaciones de violaciones serias y reiteradas por parte del Gobierno del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), así como del presente Convenio. Ambas observaciones brindan información sobre cuestiones objeto de este comentario, las cuales son tratadas a continuación. Se pide al Gobierno que comunique sus comentarios al respecto.
Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 110.ª reunión, mayo-junio de 2022)
La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en junio de 2022, respecto a la aplicación del Convenio. En sus conclusiones, la Comisión de la Conferencia tomó nota de la misión tripartita de alto nivel de la OIT aceptada por el Gobierno, que tuvo lugar en mayo de 2022. Sin embargo, la Comisión lamentó que cinco convenios de la OIT habían sido ratificados sin consultar a la organización de empleadores más representativa. Asimismo, la Comisión tomó nota con profunda preocupación de los múltiples alegatos de injerencia de las autoridades en la designación de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en los órganos públicos tripartitos y paritarios.
Teniendo en cuenta la discusión del caso, la Comisión instó al Gobierno a: i) abstenerse de cualquier agresión y de interferir en la constitución y las actividades de las organizaciones de empleadores y trabajadores, en particular la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP); ii) garantizar el funcionamiento efectivo del Consejo Superior del Trabajo (CST) y de otras entidades tripartitas, respetando la plena autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, y a través del diálogo social, para garantizar su pleno funcionamiento sin ninguna injerencia; iii) abstenerse de designar unilateralmente a los representantes de los trabajadores y de los empleadores para las consultas e instituciones tripartitas, y desarrollar, en plena consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, los procedimientos de designación de dichos representantes; iii) derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su estatuto jurídico cada doce meses y los 23 decretos adoptados el 3 de junio de 2021, y iv) elaborar una hoja de ruta con plazos determinados para aplicar sin demora todas las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT.
La Comisión pidió al Gobierno que presentara a la Comisión de Expertos, antes del 1.º de septiembre de 2022, una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, elaborada en consulta con los interlocutores sociales. Además, la Comisión alentó al Gobierno a que siguiera recurriendo a la asistencia técnica de la OIT para garantizar el pleno cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Convenio.
Artículos 2 y 3, 1) del Convenio.Procedimientos adecuados.Reactivación del Consejo Superior del Trabajo. En sus precedentes comentarios, la Comisión solicitó al Gobierno que continuase proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas con miras a asegurar el funcionamiento efectivo del CST, así como sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco de este órgano tripartito.
Reactivación y funcionamiento del CST. La Comisión observa que el Gobierno informa en su memoria que el CST está funcionando de manera efectiva. A este respecto, el Gobierno reitera que, a partir del mes de diciembre de 2021, se instaló el CST 2021-2023, y que los representantes de los trabajadores y empleadores fueron electos de manera libre e independiente, con arreglo al artículo 4 del Reglamento del CST. El Gobierno destaca que, tras ser elegido por las gremiales empresariales, se nombró como Vicepresidente del CST para el sector empleador al Sr. José Agustín Martínez, Vicepresidente de la ANEP, así como al Sr. Jaime Ernesto Ávalos como Vicepresidente del CST para el sector trabajador, y al Ministro de Trabajo y Previsión Social, el Sr. Oscar Rolando Castro como Presidente del CST. El Gobierno añade que, desde su instalación, el CST ha tenido cinco reuniones plenarias, y 10 reuniones de su Junta Directiva, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento interno del CST, que prevé que el CST deberá reunirse al menos dos veces por año. El Gobierno indica que uno de los logros del CST ha sido la construcción tripartita de una Estrategia para la generación de Empleo Decente, para lo cual el CST solicitó asistencia técnica de la OIT. En este contexto, el Gobierno indica que se han celebrado diversas reuniones con representantes de la Oficina Regional de la OIT con el objetivo de consensuar una hoja de ruta para la construcción de dicha Estrategia. El Gobierno también informa de que, con base en su Reglamento interno, el CST acordó establecer una Comisión Técnica Tripartita, que tiene entre sus funciones dar seguimiento y asegurar la operatividad de la agenda del CST. El Gobierno indica que los tres sectores formaron sus delegaciones para la Comisión Técnica Tripartita, que está funcionando de manera regular, y que ha dado seguimiento a la Estrategia referida, con la asistencia del especialista de empleo de la Oficina Regional de la OIT, así como a la revisión de la Ley de Protección a la Niñez y Adolescencia.
La Comisión toma nota, no obstante, de las observaciones de la CSI, en las que se refiere a la misión tripartita de la OIT que se llevó a cabo la primera semana de mayo de 2022. La CSI señala que la misión tripartita constató que el CST había vuelto a funcionar, y que se habían celebrado varias reuniones en las que se examinó la ratificación de varios convenios de la OIT. Sin embargo, la CSI destaca que los siguientes problemas persisten en relación con la aplicación del Convenio: i) deben tomarse medidas para asegurar la representación de los empleadores y de los trabajadores en el CST en pie de igualdad, por lo que es necesario que las actuales vacantes en el organismo sean cubiertas lo antes posible; ii) el proceso administrativo requerido para la designación de los representantes de los trabajadores continúa siendo complicado, lo que impide el funcionamiento normal del CST, y iii) continúa existiendo un obstáculo legal que complica aún más el proceso de nombramiento de los trabajadores, ya que los sindicatos están obligados por el Código del Trabajo a renovar la composición de sus juntas directivas cada año.
La Comisión toma nota también de las observaciones de la OIE en las que indica que, desde el 1.º de junio de 2019, el CST solo ha estado activo 10 meses y medio, tan solo un 25 por ciento de la duración de la actual gestión presidencial, y únicamente durante dos breves periodos de tiempo: entre septiembre 2019 y marzo 2020, por un periodo de 5,6 meses, y entre diciembre 2021 y mayo 2022, por un periodo de 4,9 meses. Asimismo, al finalizar la Misión Tripartita de Alto Nivel el 5 de mayo de 2022, el CST entró nuevamente en inactividad. Según las observaciones de la OIE, no se ha reunido la Junta Directiva, ni la plenaria, ni las diversas comisiones del CST. El 5 de septiembre de 2022, el Gobierno convocó a la Junta Directiva del CST, a la cual asistieron el Vicepresidente propietario y el suplente de los empleadores, pero no asistieron ni el Presidente del CST ni su suplente. Por consiguiente, la sesión no pudo celebrarse, ya que no se alcanzó el quorum necesario. La OIE señala también que, si bien se acordó con funcionarios del Ministerio de Trabajo una sesión plenaria para el 4 de octubre de 2022, esta no llegó a convocarse. Asimismo, la OIE destaca que la inactividad del CST está teniendo consecuencias en los procesos de reforma de la legislación laboral. En este sentido, la OIE se refiere al proceso de aprobación de la Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, y a la adopción por parte de la Asamblea Legislativa de diversas reformas al Código de Trabajo el 4 de octubre de 2022 sin consultar al CST o a los interlocutores sociales.
La OIE indica que, hasta la fecha, el Gobierno no ha comunicado a la ANEP ningún documento ni correspondencia sobre las memorias que correspondía enviar a Ginebra antes del 1.° de septiembre de 2022. La OIE indica que la presentación de los cinco convenios de la OIT a la Asamblea Nacional el 1.º de mayo de 2022 y su adopción dos semanas después, sin haber realizado consultas previas con la ANEP como la organización más representativa de los empleadores en el país, fue una clara acción de desprecio al diálogo social y la consulta tripartita, con la cual el Gobierno trasgredió el Convenio. La OIE añade que, seis meses después de la ratificación de los cinco convenios, ni la ANEP ni las organizaciones que pertenecen a la misma han recibido información sobre la manera en que serán implementados. A la solicitud de la ANEP, en julio 2022, la Oficina Regional de la OIT impartió en San Salvador un curso tripartito sobre el contenido de los cinco convenios ratificados. La OIE destaca que, si bien asistieron delegados del gobierno, no participaron autoridades ni se estableció un posible diálogo social en relación con la adecuada implementación de los convenios.
En lo que respecta a la hoja de ruta solicitada por la Comisión de Aplicación de Normas de junio 2022, la OIE indica que el CST no ha sesionado, ni ha sido consultado para elaborar de manera tripartita una hoja de ruta para aplicar sin demora las recomendaciones formuladas por la misión tripartita de alto nivel de la OIT. En este sentido, la OIE destaca que los empleadores salvadoreños libres e independientes agrupados en la ANEP, la organización de empleadores más representativa, mantienen intacta su disposición y voluntad de fortalecer el diálogo social y la consulta tripartita.
La Comisión observa que el Gobierno no indica si el CST se ha reunido en los meses posteriores a la Conferencia Internacional de Trabajo en junio de 2022, ni si se han adoptado medidas con miras a resolver las dificultades relacionadas con la entrega de credenciales. La Comisión observa igualmente que el Gobierno no proporciona información sobre la derogación de las 23 leyes en cuestión o la hoja de ruta solicitada por la CIT.
Alegatos de injerencia del Gobierno. La Comisión toma nota de que, en respuesta a los alegatos de injerencia del Gobierno en las elecciones de representantes para la consulta tripartita, el Gobierno reitera que reconoce la ANEP como una de las asociaciones más representativas de los empleadores en el país e informa del nombramiento del Presidente de la ANEP como Vicepresidente del sector empleador del CST. El Gobierno afirma que no se han producido actos de acoso, injerencia u hostigamiento hacia la ANEP y añade que, en el marco del CST se ha venido trabajando con los sectores de los empleadores y los trabajadores de manera armoniosa, profesional y técnica. Asimismo, el Gobierno se refiere a la participación de la ANEP en los cinco espacios de diálogo social en el país: el CST; el Fondo Social para la Vivienda (FSV); el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP); el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS); y el Consejo Nacional de Salario Mínimo (CNSM). Indica que se encuentra en proceso el nombramiento de los representantes del sector empleador en el Consejo Directivo del ISSS. El Gobierno se refiere también a 20 entidades autónomas de carácter bipartito, que cuentan con participación del Gobierno, las gremiales y otros actores. El Gobierno informa de que la ANEP, a través de sus afiliados, está representada en 9 de las 20 entidades. El Gobierno se refiere asimismo a 23 instituciones autónomas, tripartitas y paritarias (entre las que se encuentran el CST y el CNSM), en las que ANEP está representada, con la excepción del ISSS.
La Comisión toma nota, no obstante, de que, en sus observaciones, la OIE sostiene que la injerencia del Gobierno continúa, y destaca siguientes ejemplos: En mayo de 2022, el Gobierno convocó a la elección de representantes de los empleadores en el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP), que fue suspendido sin justificación el 3 de junio, mientras se conocía el caso de El Salvador en el Conferencia Internacional del Trabajo. El 23 de junio de 2022, el Gobierno convocó nuevamente dicha elección, pero modificó de manera discrecional las reglas, incluyendo entre los electores a empresas de manera individual, con lo cual pretendía no solo desvirtuar el rol de las organizaciones empresariales, sino también promover su división. En este sentido, la OIE sostiene que el Gobierno se comunicó con varias empresas para coaccionarlas a que presentaran una serie de candidatos de la preferencia del propio Gobierno. Asimismo, el Gobierno advirtió a las gremiales que pertenecen a la ANEP que cualquier candidato que propusiera sería rechazado. La OIE destaca que el caso de INSAFORP es una muestra clara de la injerencia del Gobierno en los procesos de elección de representantes de los empleadores, lo cual menoscaba el diálogo social y la consulta tripartita por la marginalización de los representantes y por la potencial falta de legitimidad de los supuestos representantes. La OIE indica que: (i a pesar de que varias organizaciones de empleadores que pertenecen a la ANEP se inscribieron como entidades electoras y enviaron candidatos, hasta la fecha no se ha realizado el escrutinio final ni la elección; ii) en varias entidades tripartitas y paritarias, el Gobierno no ha realizado el proceso de elección de las personas que sustituirán a los directores nombrados por las organizaciones de empleadores, que tienen el plazo vencido. La OIE señala que esto es el caso de los directores de los empleadores en el ISSS a quienes les venció su periodo en diciembre de 2020. La OIE señala que a la fecha no han sido elegidos los directores de los empleadores con plazo vencido en: la Autoridad Marítima Portuaria (AMP); el Centro Internacional de Ferias y Convenciones (CIFCO); la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA); la Corporación Salvadoreña de Turismo (CORSATUR); el Fondo Ambiental de El Salvador (FONAES); y el Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO). La OIE también indica que, entre abril y julio de 2022, el Gobierno llevo a cabo la elección de representantes de los empleadores en el Consejo Nacional del Salario Mínimo, en que las organizaciones afiliadas a la ANEP enviaron candidatos. Sin embargo, cuatro meses después de las elecciones, los elegidos aún no han sido juramentados. La OIE denuncia que el hecho de mayor injerencia y gravedad ha sido las reformas a 23 leyes, a través de las cuales los empleadores han dejado de elegir a sus representantes en las juntas directivas de las 23 entidades tripartitas y paritarias que son el objeto de dichas leyes. Dicha facultad ha sido trasladada al Presidente de la República, quien no solo elige, sino también tiene la facultad de destituir de manera discrecional y arbitraria a los directores de los empleadores en las juntas directivas de las 23 entidades públicas. La OIE denuncia que dichas reformas se mantienen vigentes, a pesar de las conclusiones de la Comisión de Expertos de febrero de 2022 y las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas de junio 2022, que indican que dichas reformas deben ser derogadas por ser contrarias a los compromisos adquiridos en los convenios internacionales de la OIT.
La OIE señala también que, después de la declaración del Presidente de la República el 15 de septiembre de 2022 en la que su intención de presentarse como candidato a la Presidencia en las próximas elecciones, la ANEP emitió un pronunciamiento el 19 de septiembre, declarando que la reelección presidencial inmediata y consecutiva está expresamente prohibida en la Constitución de la República. La OIE sostiene que, posteriormente, representantes del Gobierno usaron las redes sociales para atacar y descalificar a la ANEP. Además, estos representantes se acercaron a los presidentes de las organizaciones de empleadores afiliados a la ANEP, presionándoles para que apoyen públicamente la reelección presidencial, y que renuncien de la ANEP. Por último, la OIE alega que el Gobierno ha cancelado reuniones y eventos agendados y organizados conjuntamente.
La Comisión expresa su profunda preocupación en relación con los nuevos alegatos de actos de injerencia, acoso y marginalización contra la ANEP a partir de septiembre de 2022. Por consiguiente, laComisión urge al Gobierno a que tome todas las medidas que sean necesarias para asegurar el funcionamiento efectivo e inmediato del CST, respetando la autonomía de los interlocutores sociales, incluido en relación con la designación de sus representantes. La Comisión se remite a sus recomendaciones precedentes y pide al Gobierno que informe sobre todo desarrollo al respecto, así como sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco de este órgano tripartito. Asimismo, la Comisión urge al Gobierno a que tome las medidas necesarias para asegurar sin demora la derogación de las 23 leyes que trasladan la función de elegir los representantes del sector empleador al Presidente de la República, lo cual priva a las organizaciones de empleadores de ejercer su derecho a elegir libremente a sus representantes de conformidad con los instrumentos ratificados por el país. La Comisión también insta al Gobierno a que tome las medidas necesarias para acabar con los retrasos en la entrega de credenciales de las organizaciones de trabajadores y a que despliegue sus mejores esfuerzos para asegurar la formulación y adopción sin demora de la hoja de ruta solicitada por la Conferencia Internacional de Trabajo.
Artículo 2 de la Convención.Asegurar consultas tripartitas efectivas.Entrega de credenciales. La Comisión toma nota de que el Gobierno reconoce que el marco jurídico vigente requiere una actualización con miras a asegurar la entrega de credenciales a las organizaciones de trabajadores. A este respecto, el Gobierno informa de que se ha iniciado un proceso de estudio para proponer reformas al Código de Trabajo con el objeto de agilizar y acelerar los procesos para la entrega de credenciales. El Gobierno añade que, con el compromiso de brindar respuestas inmediatas, el MTPS ha instalado la Oficina de Atención Sindical en la Dirección General de Trabajo, afines de brindar asistencia jurídica a los representantes.
En sus observaciones, la CSI destaca que un gran obstáculo a su participación en el CST y en otros órganos tripartitos en el país es el requerimiento establecido en el Código del Trabajo por el que se obliga a las organizaciones de trabajadores a renovar la composición de sus juntas directivas cada 12 meses. La CSI señala que la norma que exige la renovación carece de fundamento y considera que constituye una forma de injerencia en el funcionamiento de las organizaciones en cuestión. La CSI recuerda que el Artículo 3 del Convenio establece que los representantes deben ser designados libremente, por lo que la norma que exige la renovación anual constituye una violación de esta libertad. Por último, señala que, el periodo de renovación exigido a las organizaciones que representan a los empleadores es de dos años. La CSI subraya que todas estas consideraciones implican que, a pesar de los progresos realizados, el Gobierno sigue sin cumplir los requisitos del Convenio. La CSI insiste en que el Gobierno ha de tomar las medidas necesarias para cumplir plenamente el Convenio: i) garantizar sin demora la plena composición del CST; ii) simplificar y facilitar el procedimiento de designación de los representantes de los trabajadores y trabajadoras, y iii) reformar la disposición del Código del Trabajo que prevé la renovación anual de la junta directiva de los sindicatos. En este contexto, la CSI pide al Gobierno que aplique plenamente las recomendaciones de la misión tripartita y las conclusiones de la Comisión de Aplicación de las Normas. La Comisión insta al Gobierno a que adopte sin demora las medidas necesarias para derogar la obligación legal de los sindicatos de solicitar la renovación de su estatuto jurídico cada doce meses y pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada en su próxima memoria sobre todo progreso realizado al respecto.
Artículo 5, párrafo 1, b).Consultas tripartitas efectivas. Sumisión. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno sobre los 10 instrumentos sometidos al CST el 19 de mayo de 2022 para su examen, antes de que estos fueran enviados a la Asamblea Legislativa para cumplir con la obligación de sumisión establecida en el artículo 19, 5) de la Constitución de la OIT. Si bien, la Comisión saluda la transmisión de dichos instrumentos al CST, recuerda que, para ser efectiva, la sumisión debe efectuarse al órgano legislativo, que en el caso de El Salvador es la Asamblea Legislativa. La Comisión confía en que el Gobierno informara lo antes posible de la sumisión de los instrumentos mencionados al órgano legislativo, tras la discusión de los mismos en el seno del CST. La Comisión reitera una vez más su esperanza de poder observar a la mayor brevedad posible avances en el pleno y estable cumplimiento del Convenio en el país, incluyendo la celebración de consultas tripartitas efectivas de manera regular en el seno del CST en relación con los temas previstos en el Artículo 5 del Convenio, así como la promoción de un diálogo social estable y continuo en las otras instancias tripartitas en el país. En este sentido, la Comisión recuerda que la asistencia técnica de la OIT permanece a la disposición de los mandantes tripartitos para apoyar los esfuerzos desplegados por todos los actores tripartitos con miras a asegurar el pleno cumplimiento de las disposiciones del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), con el apoyo de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), recibidas el 13 de octubre de 2020 y el 25 de octubre de 2021, que brindan información sobre cuestiones objeto de este comentario tratadas a continuación. La Comisión observa con profunda preocupación que las observaciones de ANEP de octubre de 2020 también denuncian, como elemento vinculado a la inobservancia del Convenio, que desde que en abril de 2020 tomó posesión el actual presidente de ANEP, el Gobierno se negó a entregar sus credenciales mientras que las más altas instancias gubernamentales, incluido el Presidente de la República y el Ministro de Trabajo y Previsión Social —quien preside el Consejo Superior de Trabajo (CST)— han venido manifestando no reconocer a la elección del Sr. Javier Ernesto Simán Dada, el que fue elegido de manera unánime como presidente de ANEP y representante de los empleadores, así como calumniándole e instigando a ataques en contra de su persona, su familia y sus empresas, así como en contra de la ANEP.
La Comisión toma asimismo nota de las observaciones de la Confederación Sindical Internacional (CSI), recibidas el 1.º de septiembre de 2021, y de la Confederación Unitaria de Trabajadores Salvadoreños (CUTS), con el apoyo de la Federación Nacional Sindical de Trabajadores Salvadoreños (FENASTRAS) y la Federación Unitaria Obrero Campesina Salvadoreña (FUOCA), recibidas el 14 de octubre de 2021, ambas relativas a cuestiones objeto de esta observación tratadas a continuación.
Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 109.ª reunión, junio de 2021)
La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en junio de 2021, respecto a la aplicación del Convenio. La Comisión observa que la Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a i) abstenerse de interferir en la constitución y las actividades de las organizaciones independientes de trabajadores y de empleadores, en particular, la ANEP, y ii) reactivar, sin demora, el Consejo Superior del Trabajo (CST) y otros organismos tripartitos, respetando la autonomía de los interlocutores sociales y a través del diálogo social, en aras de garantizar su pleno funcionamiento, sin ninguna injerencia. La Comisión de la Conferencia decide incluir el caso en un párrafo especial de su informe y pidió al Gobierno que siguiera recurriendo a la asistencia técnica de la OIT, que presentase una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, en la ley y en la práctica, a esta comisión, en consulta con los interlocutores sociales, y que aceptase una misión tripartita de alto nivel a llevar a cabo antes de la 110.ª Conferencia Internacional del Trabajo. La Comisión toma nota de que, por comunicación recibida el 3 de diciembre de 2021, el Gobierno trasladó a la OIT su anuencia a recibir la misión tripartita de alto nivel.
Artículos 2 y 3, 1) del Convenio. Procedimientos adecuados. Reactivación del Consejo Superior del Trabajo. En sus precedentes comentarios la Comisión solicitó al Gobierno que continuase proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas con miras a asegurar el funcionamiento efectivo del CST, así como sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco de este órgano tripartito. La Comisión observa que el Gobierno:
  • i) indica que durante la crisis por la pandemia del COVID-19 mantuvo mesas de dialogo tanto con trabajadores y empleadores, incluidas reuniones entre la alta dirigencia de ANEP y el Presidente de la República, y destaca, como manifestación del dialogo social sostenido con el sector empresarial, la creación de 39 protocolos de bioseguridad para diferentes tipos de empresas o lugares de trabajo, para cuyo desarrollo se llevó a cabo un amplio proceso de discusión y consulta con la participación de las gremiales de cada sector. El Gobierno subraya asimismo que por primera vez en la historia del país, las gremiales empresariales colaboraron en la creación del «Plan Estratégico Institucional 2020-2024» del Ministerio de Trabajo y Previsión Social y que incluye al diálogo social como uno de los principales objetivos; y alude a la aprobación de la Ley de Protección al Empleo Salvadoreño y a la Ley de Teletrabajo;
  • ii) añade que el Ministro de Trabajo ha tratado de mantener comunicación tripartita para asegurar el debido cumplimiento de la normativa laboral, para asegurar el respeto de los derechos laborales de los trabajadores y apoyar al sector empresarial para paliar los efectos negativos en las empresas derivados de la Pandemia COVID-19, destacando en particular encuentros relativos al sector de la salud. El Gobierno informa asimismo que el 29 de abril de 2021, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, inauguró el primer Instituto de Formación Sindical (IFS) para fortalecer el diálogo social y que beneficiara a más de 150 000 trabajadores agrupados en diferentes sindicatos, y
  • iii) reitera que el CST se instaló el 16 de septiembre de 2019, e indica que asimismo en noviembre de 2019 fue instalado el Consejo Nacional del Salario Mínimo luego que los sectores eligieran libremente a sus representantes. En cuanto a la actividad del CST, el Gobierno recuerda que en su reunión de noviembre de 2019 el CST aprobó que la OIT acompañase la construcción de una Estrategia Nacional de Generación de Empleo Decente. El Gobierno precisa que, sin embargo, tanto el Consejo Superior del Trabajo como el Consejo Nacional del Salario Mínimo, no han podido sesionar con normalidad debido a la crisis de la pandemia y a las medidas de suspensión de las actividades que se adoptaron para contenerla. Ante tal situación el Ministerio de Trabajo sostuvo reuniones con representantes de las organizaciones de trabajadores, estableciendo una Mesa Intersectorial Sindical el 22 de abril de 2020, cuyo objetivo fue que los trabajadores del sector de la salud reconocieran esta instancia como espacio de diálogo legítimo y permanente.
En cuanto a las observaciones de los interlocutores sociales, la Comisión toma nota de que la ANEP: i) si bien reconoce que el CST fue reactivado en 2019, precisa que no fue posible juramentar a todos los representantes empleadores, siendo necesaria una modificación de su Reglamento a tal efecto, ya que el texto nombra de manera explícita a las organizaciones de empleadores que designan a los representantes y tres de las ocho organizaciones de empleadores referidas han estado inactivas; ii) informa que, luego de su reunión de instalación, el CST solo se reunió en tres ocasiones, la última en marzo de 2020 (para abordar temáticas relativas a las salas cunas) y sin que hubiera reunión alguna en los cuatro meses que antecedieron a la emergencia de la pandemia; iii) denuncia que desde entonces no ha sido convocada ni la Junta Directiva ni la plenaria del CST; iv) afirma que el Gobierno solo reactivó el CST durante unos meses como decisión táctica y publicitaria para cumplir solo en apariencia el mandato de esta comisión y la Comisión de la Conferencia; y que la falta de convocatoria del CST se debe al desconocimiento por parte del Presidente de la República al presidente de ANEP y a la orden del primero, dada en cadena de televisión nacional y respaldada por el Ministro de Trabajo, de prohibir a sus funcionarios reunirse con la ANEP; v) enfatiza que la justificación del Gobierno de que el CST no ha sesionado como consecuencia de la pandemia no se sostiene de ninguna manera (la memoria del Gobierno hace referencia a numerosas reuniones durante el mismo periodo en el que el Gobierno decidió no convocar al CST; desde julio de 2020 la actividad del país ha vuelto gradualmente a un casi normal funcionamiento con las medidas preventivas correspondientes; el CST tiene un tamaño que puede acomodarse para sesionar en plenaria en un espacio amplio y ventilado —y más aún su junta directiva compuesta por tres personas—; y en cualquier caso el CST habría podido sesionar de forma virtual a través de plataformas virtuales), y vi) niega las afirmaciones relativas a supuestas consultas y participación de representantes empleadores y afirma que en la práctica el Gobierno ha elegido discrecionalmente quienes son sus interlocutores y cuando se invita a otros representantes empleadores el objetivo es publicitario sin que exista un verdadero diálogo bipartito o tripartito.
La Comisión también toma nota de las observaciones de la CSI, resaltando que, con la paralización del CST, el Gobierno ha incumplido la obligación de consulta prevista en el Convenio; y denunciando que Gobierno continuó con el nombramiento unilateral de los representantes de los trabajadores para efecto de las consultas tripartitas.
Asimismo, la Comisión toma nota de las observaciones de la CUTS, indicando que: i) desde su última sesión de 2 de marzo de 2020, no se ha vuelto a reunir ni la plenario ni la junta directiva del CST; ii) el periodo de funciones del CST venció el 16 de septiembre de 2021 y se desconoce cuál será el mecanismo de elección de representantes, dado que no se han establecido, en consulta con los interlocutores sociales, reglas claras para la designación del sector trabajador del CST cómo ha venido solicitando la Comisión; iii) la consulta tripartita se encuentra, por consiguiente, ausente en el país, y iv) las organizaciones sindicales que no forman parte del agrupamiento sindical que respalda al Gobierno no son invitadas a las reuniones que convoca el Ministro de Trabajo y Previsión Social (como la consulta para el Plan Estratégico Institucional 2020-2024 del Ministerio o el protocolo general de bioseguridad por la pandemia).
La Comisión si bien, de un lado, toma nota de que el Gobierno afirma haber sido capaz de celebrar una gran variedad de reuniones y encuentros de diálogo social durante la pandemia, inclusive en forma virtual y para tomar medidas concretas; de otro lado, toma nota con preocupación de los alegatos de los interlocutores sociales denunciando que el Gobierno, en contraste y de forma deliberada, no tomó medida alguna para que el CST pudiera continuar reuniéndose a pesar de las reiteradas peticiones de los órganos de control de la OIT —recientemente por la Comisión de Aplicación de Normas en junio de 2021—. Los interlocutores sociales sostienen que esto ha permitido al Gobierno dialogar únicamente con los interlocutores afines al mismo y no se ha cumplido con las consultas tripartitas que requiere el Convenio. La Comisión lamenta observar al respecto que, a pesar de haber solicitado información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas con miras a asegurar el funcionamiento efectivo del CST, el Gobierno se limite a achacar su inactividad a la pandemia sin brindar mayor explicación, cuando el CST estaba llamado a jugar un papel fundamental en la consulta tripartita de medidas para hacer frente a la misma y cuando el propio Gobierno afirma que a pesar de los retos de la pandemia sí pudo asegurar la exitosa operación de múltiples otros mecanismos de diálogo, creando inclusive nuevos foros de distinta composición en lugar de promover la consulta tripartita en el marco del CST.
Por otra parte, la Comisión toma nota de que, mediante la comunicación recibida el 3 de diciembre de 2021, el Gobierno indica que se está en proceso de instalación de un nuevo CST para el periodo 2021 2023. El Gobierno afirma al respecto que se han efectuado las diligencias previas que establece la normativa a fin de que los sectores trabajador y empleador designen a sus representantes y que, habiéndose completado dichas designaciones, se ha previsto que la sesión de instalación del CST tenga lugar el 8 de diciembre de 2021.
La Comisión urge al Gobierno a que tome todas las medidas que sean necesarias para asegurar el funcionamiento efectivo del CST, respetando la autonomía de los interlocutores sociales, incluido en cuanto a la designación de sus representantes, urgiéndole en particular a que asegure el pleno reconocimiento del Presidente de la ANEP y de esta organización más representativa de empleadores en el diálogo social y la consulta tripartita, así como mediante toda revisión pertinente al Reglamento del CST. La Comisión se remite a sus recomendaciones precedentes al respecto y pide al Gobierno que informe sobre todo desarrollo, así como sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco de este órgano tripartito. Igualmente, la Comisión urge al Gobierno que tome las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto de la autonomía de la ANEP y el reconocimiento de los resultados de sus elecciones de abril de 2020 y, en particular, de su presidente, el Sr. Simán Dada, así como de esta organización de empleadores como interlocutor social, a fin de permitir la plena participación de la ANEP en el diálogo social a través de los representantes de su elección.
Injerencia en las elecciones de representantes para la consulta tripartita y en la entrega de credenciales. En lo que respecta a los alegatos formulados por la ANEP relativos a la injerencia del Gobierno en la elección de los representantes empleadores en la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), la Comisión solicitó al Gobierno que enviase una copia de la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por la que quedó sin efecto, de manera definitiva, la elección de representantes de 2017 del sector empleador en la SIGET impugnada por la ANEP, y solicitó además al Gobierno que proporcionase información sobre las modalidades de elección de representantes del sector empleador y las fechas en las que se efectuaron.
La Comisión observa que el Gobierno, al tiempo que reitera su respeto de la libre elección de representantes en instancias tripartitas y paritarias: i) recuerda que por resolución de 17 de enero de 2018 la CSJ estableció una medida cautelar por la que suspendió de manera inmediata y provisional los nombramientos impugnados por la ANEP; ii) precisa que si bien se solicitó la resolución definitiva, la CSJ informó que la sentencia sigue pendiente de decretarse, por lo que los representantes del sector privado siguen siendo las mismas personas designadas por ANEP, y iii) indica que, en vista de que no se han llevado a cabo procedimientos para la elección de los representantes del sector privado para la junta de directores de la SIGET desde que se emitió la medida cautelar en enero de 2018 y en razón de que se está la espera de la sentencia de la CSJ, por el momento no se han implementado mecanismos de elección.
La Comisión toma nota de que la ANEP en sus observaciones: i) afirma que está pendiente de la resolución del amparo en relación a la elección de representantes empleadores a la SIGET, recordando que en este caso el Gobierno había constituido 60 supuestas organizaciones empresariales que participaron y ganaron esa elección de forma ilegal; ii) indica que la ANEP propuso una reforma al Código del Trabajo que permitiera a las organizaciones empresariales contar con reglas claras, objetivas, predecibles y vinculantes para la designación de los interlocutores sociales; iii) alega que, sin embargo, el actual Gobierno continúa con las mismas tácticas dilatorias, reteniendo la entrega de credenciales a las organizaciones de empleadores con el objetivo de obstaculizar su participación en el nombramiento de directores en las diversas entidades públicas autónomas, tripartitas o paritarias; iv) informa al respecto que en septiembre de 2020 el Gobierno negó la participación de ANEP en la elección de la Asamblea de Gobernadores y Junta Directiva del Banco de Desarrollo de El Salvador - BANDESAL (la causa de la negativa fue la falta de credenciales de ANEP, las cuales habían sido retenidas por el mismo Gobierno); y alude a otros ejemplos de obstaculización de la designación de representantes empleadores en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, la Autoridad Marítima Portuaria, y la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, y v) denuncia que el 29 de mayo de 2021 el Presidente de la República envió a la Asamblea Legislativa —y este órgano aprobó— reformas a la manera en que se eligen los directores nombrados por organizaciones de empleadores en 23 entidades públicas autónomas. Dichas reformas atribuyen al Presidente la facultad para nombrar de manera directa a los directores que representan a las organizaciones de empleadores, así como para destituir de manera amplia y arbitraria a los mencionados directores.
La Comisión también toma nota de las observaciones de la CSI, denunciando que, en base a la obligación legislativa que obliga a los sindicatos a solicitar la renovación de su personería jurídica ante las autoridades cada doce meses, el Gobierno decidió unilateralmente retirar las credenciales de los sindicatos, impidiendo la realización de actividades sindicales, así como negando la existencia de las condiciones necesarias para realizar las consultas tripartitas.
La Comisión toma nota asimismo de que la CUTS alega que: i) el Gobierno ha venido excluyendo a las organizaciones no afines al mismo de participar en las elecciones de las instancias tripartitas; ii) además de los problemas relativos a la representación trabajadora en el CST, no se convocó a la mayoría de federaciones y confederaciones para la elección de representantes al Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP), elección que se llevó a cabo sin respetar el reglamento aplicable y resultando en la designación de personas afines al Gobierno, y iii) ello se relaciona con el hecho que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social se demoró hasta nueve meses a entregar credenciales a ciertas organizaciones, mientras a otras organizaciones sí se entregaron a tiempo las credenciales para que pudieran participar en el proceso de elección del INSAFORP.
A la luz de lo que antecede y observando con profunda preocupación que desde larga data se vienen planteando múltiples alegatos de injerencia de las autoridades en los procesos de designación de representantes empleadores y trabajadores en entidades públicas tripartitas y paritarias y que los últimos desarrollos apuntan a un empeoramiento de la situación, la Comisión urge firmemente al Gobierno a que, en consulta con los interlocutores sociales, se tomen las medidas necesarias para asegurar que se respeta la autonomía de las organizaciones de empleadores y trabajadores al respecto, tanto en la legislación como en la práctica, incluidas medidas para asegurar la pronta entrega de credenciales para todas las organizaciones, así como la derogación de toda disposición jurídica relativa a las 23 entidades autónomas aludidas que irrogue al Gobierno la posibilidad de injerir en la designación de los representantes de los empleadores.
Artículo 5, 1). Consultas tripartitas efectivas. En su precedente observación, la Comisión reiteró su solicitud al Gobierno de que proporcionase información actualizada sobre los resultados de las consultas tripartitas celebradas en relación con el «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión» que el Gobierno indicó haber elaborado con la asistencia de la OIT, y que enviase una copia del mismo una vez fuera adoptado. Además, reiteró su solicitud al Gobierno de que enviase información detallada y actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el artículo 5, 1), a)-e) del Convenio. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica al respecto: i) ha hecho un diagnóstico y no se tiene un antecedente del proceso de sumisión en el país, debido a que no existe procedimiento oficial para llevarlo a cabo; ii) se ha iniciado una ruta para definir el procedimiento de sumisión de convenios, para lo cual se ha establecido una mesa interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Relaciones Exteriores, y iii) solicita la asistencia de la OIT a fin de tener en consideración las mejores prácticas a nivel internacional en la materia y establecer y fortalecer el proceso de sumisión. Por otra parte, la Comisión toma nota que sobre esta materia tanto la ANEP como la CUTS destacan que el «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión» no fue consultado tripartitamente como la Comisión había pedido al Gobierno, y, al igual que la CSI, coinciden en denunciar la ausencia de consultas tripartitas sobre cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo.
La Comisión observa con preocupación que, en respuesta a su precedente observación, el Gobierno no brinde la información solicitada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio, ni sobre el «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión» que había informado haber elaborado; y se centre en afirmar que en el país no hay un antecedente ni existe un procedimiento para someter las normas internacionales del trabajo a las autoridades competentes.
Al tiempo que se remite al Memorándum sobre la obligación de someter los convenios y las recomendaciones a las autoridades competentes adoptado por el Consejo de Administración de la OIT, la Comisión espera firmemente que de conformidad con la Constitución de la OIT pueda reanudarse a la brevedad la sumisión de normas internacionales del trabajo a la Asamblea Legislativa, e insta al Gobierno a que, en consulta con los interlocutores sociales, tome las medidas necesarias para que, en particular en el marco del CST, se dé cumplimiento a las obligaciones de consulta tripartita previstas en el Convenio. Una vez más la Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el artículo 5, párrafo 1, a)-e) del Convenio, incluida la sumisión de normas internacionales del trabajo y la preparación de su próxima memoria en consulta con los interlocutores sociales.
Asistencia técnica. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que continuase proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o contempladas para promover el tripartismo y el diálogo social en el país en el marco de la asistencia técnica de la OIT, así como sobre el impacto de las mismas. La Comisión toma debida nota de que el Gobierno agradece el apoyo y acompañamiento de la asistencia recibida de la OIT y cita diversos ámbitos de cooperación al respecto, como los relativos a la protección social, la salud y la seguridad ocupacional o el sistema de información del mercado laboral. En cuanto al diálogo social el Gobierno reitera que se tuvo el apoyo de la OIT para reinstalar el CST en 2019 y que se contó con el acompañamiento de la OIT en espacios de coordinación regional.
Esperando poder observar a la brevedad avances en la consulta tripartita y el cumplimiento del Convenio en el país, la Comisión recuerda que la asistencia técnica de la OIT permanece a la disposición de los mandantes tripartitos, al tiempo que destaca la importancia de que dicha asistencia pueda definirse mediante el diálogo social - por ejemplo, en el marco del CST.
[Se solicita al Gobierno que responda de forma completa a los presentes comentarios en 2022].

Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), apoyada por la Organización Internacional de Empleadores (OIE), recibidas el 7 de septiembre de 2019. La Comisión solicita al Gobierno que envíe su respuesta al respecto.

Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 108.ª reunión, junio de 2019)

La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en junio de 2019, respecto a la aplicación del Convenio, en la que observó con preocupación que no se habían producido avances en relación con el cumplimiento del mismo y que el diálogo social continuaba funcionando de forma deficiente en el país. Por consiguiente, la Comisión de la Conferencia instó nuevamente al Gobierno a que: i) se abstuviera de interferir en la constitución de las organizaciones de trabajadores y de empleadores y facilitase, de conformidad con la legislación nacional, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes; ii) elaborase, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, reglas claras, objetivas, predecibles y jurídicamente vinculantes para la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST); iii) reactivase, sin demora, el CST y otros entes tripartitos, respetando la autonomía de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social a fin de garantizar su pleno funcionamiento sin injerencia alguna, y iv) continuase recurriendo, sin demora, a la asistencia técnica de la OIT. Asimismo, la Comisión solicitó al Gobierno que elaborase, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, y presentase una memoria detallada a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos. Por último, la Comisión instó al Gobierno a que aceptase una misión de contactos directos antes de la 109.ª reunión de la Conferencia Internacional de Trabajo. En su intervención ante la Conferencia, el representante del Gobierno expresó su satisfacción con las conclusiones de la misma y su disponibilidad para aceptar una misión de contactos directos.
Artículos 2 y 3, párrafo 1, del Convenio. Procedimientos adecuados. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el Consejo Superior del Trabajo. En sus comentarios anteriores, la Comisión expresó la firme esperanza de que el Gobierno adoptaría las medidas necesarias para promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social con miras a asegurar el funcionamiento del CST. En este contexto, la Comisión urgió una vez más al Gobierno a que estableciera sin demora, y en consultación previa con los interlocutores sociales, reglas claras y transparentes para la designación del sector trabajador en el CST que respetasen el criterio de representatividad. La Comisión toma nota con interés de la reactivación del CST, tras seis años de inactividad. A este respecto, la ANEP indica que el cambio de gobierno arroja una posible solución a la inactividad del CST, toda vez que se respeten las decisiones y recomendaciones de los órganos de control de la OIT y se permita una verdadera y libre designación de los representantes de los sectores. El Gobierno informa que, tras el nombramiento del nuevo gobierno el 1º. de junio de 2019, éste se ha comprometido con la importancia de la aplicación de una política laboral integradora que cuente con el apoyo del sector empleador y trabajador en igualdad de condiciones. El Gobierno añade que, en cumplimiento de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional y de manera consecuente con la voluntad de cambio del nuevo gobierno, se han implementado medidas con miras a iniciar un diálogo social constructivo y reactivar el CST. El Gobierno informa de que las organizaciones de trabajadores y de empleadores activas en el país fueron convocadas para que presentaran sus propuestas de representantes ante el CST (ocho miembros propietarios y ocho suplentes por cada sector), de conformidad con lo establecido en el artículo 4, apartados b) y c), del Reglamento del CST. El Gobierno indica que ambos sectores presentaron sus propuestas en tiempo y forma. Por su parte, el Presidente de la República emitió el acuerdo por el que nombró a los representantes gubernamentales, atendiendo a lo establecido en el señalado artículo 4 del Reglamento del CST. El Gobierno informa además de que el 16 de septiembre de 2019, una vez designados los representantes del sector gubernamental, trabajador y empleador, se procedió a la instalación y celebración de la primera sesión del CST. El Gobierno proporciona en su memoria una lista de los representantes del sector gubernamental, empleador y trabajador elegidos. El Gobierno indica que a la primera sesión asistieron además del pleno del CST, numerosos actores, tales como el Director Adjunto de la Oficina Subregional de la OIT para Centroamérica, Haití y República Dominicana y diversos representantes de las instituciones nacionales. Durante dicha sesión, los miembros del CST aprobaron de manera unánime un comunicado en el que informaron a la comunidad nacional e internacional de la reactivación del mismo y solicitaron a la OIT que continuará proporcionando asistencia técnica al respecto. Asimismo, en dicho comunicado, los miembros del sector gubernamental, trabajador y empleador manifestaron su buena intención para encontrar acuerdos mediante el diálogo social y buscar compromisos y entendimientos con miras a contribuir a la estabilidad del país. El 14 de octubre de 2019, se celebró la segunda sesión del CST, en el marco de la cual se aprobó de manera unánime la elaboración de una Política Nacional de Empleo Decente con la asistencia técnica de la OIT. El 6 de noviembre de 2019, se celebró la tercera sesión, en la que se debatió, entre otros asuntos, la «Propuesta metodológica y la Hoja de ruta a seguir para la construcción de la Estrategia Nacional de Generación de Empleo Decente». La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas con miras a asegurar el funcionamiento efectivo del CST. Asimismo, solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas en el marco del CST.
En lo que respecta a los alegatos formulados por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) relativos a la injerencia del Gobierno en la elección de los representantes empleadores en la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), el Gobierno se refiere al artículo 6, apartado b), de la Ley de Creación de la SIGET, que prevé que la Junta de Directores estará integrada por, entre otros, un director elegido por las asociaciones gremiales del sector privado. El Gobierno indica que, en virtud de dicha disposición, se aprobó el Acuerdo ejecutivo en el ramo de economía núm. 1541, de 23 de noviembre de 2017, por el que se nombró al director propietario y suplente de la Junta de Directores de la SIGET, representando a las asociaciones gremiales del sector privado. El Gobierno informa de que la CSJ ha emitido una resolución al respecto, de manera que la elección de los representantes del sector empleador impugnada por la ANEP quedó sin efecto. La Comisión solicita al Gobierno que envíe una copia de la resolución de la CSJ por la que quedó sin efecto, de manera definitiva, la elección de representantes de 2017 del sector empleador en la SIGET. La Comisión solicita además al Gobierno que proporcione información sobre las modalidades de elección de representantes del sector empleador y las fechas en las que se efectuaron.
Artículo 5, párrafo 1. Consultas tripartitas efectivas. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la elaboración de un borrador de «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión», con el apoyo de la cooperación brindada por la OIT en el marco del Proyecto de Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) de la Unión Europea. El Gobierno indicó que dicho borrador había sido enviado a las entidades competentes para su consulta, las cuales habían requerido consultas jurídicas para identificar los compromisos e implicación del proceso de sumisión. Además, el Gobierno informó de que una vez fuera adoptada la propuesta final de protocolo, ésta sería enviada a los interlocutores sociales para su consulta. Al respecto, la Comisión solicitó al Gobierno que enviase información sobre los resultados de tales consultas, y que enviase una copia del señalado protocolo una vez éste fuera adoptado. La Comisión solicitó igualmente al Gobierno que proporcionase información actualizada sobre las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, durante junio de 2019, con anterioridad a la celebración de la 108.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Ministro de Trabajo y Previsión Social se reunió con representantes de los sectores sindicales y gremiales empresariales con la finalidad de establecer los compromisos necesarios y las decisiones políticas pertinentes con miras a dar cumplimiento a los convenios de la OIT ratificados por el país. La Comisión observa, no obstante, que el Gobierno no proporciona información sobre las consultas tripartitas celebradas en relación con el borrador de «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión» ni sobre la situación en la que se encuentra la adopción del mismo. El Gobierno tampoco incluye información en su memoria sobre las consultas tripartitas celebradas sobre las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio. A este respecto, la Comisión recuerda que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5, párrafo 1, del Convenio, se deberán celebrar consultas tripartitas efectivas sobre: i)las respuestas a los cuestionarios relativos a los puntos incluidos en el orden del día de la Conferencia; ii) las propuestas que hayan de presentarse a la autoridad o autoridades competentes en relación con la sumisión de los convenios y recomendaciones; iii) el reexamen a intervalos apropiados de convenios no ratificados y de recomendaciones a las que no se haya dado aún efecto para estudiar qué medidas podrían tomarse para promover su puesta en práctica y su ratificación eventual; iv) las cuestiones que puedan plantear las memorias que hayan de comunicarse a la Oficina Internacional del Trabajo en virtud del artículo 22 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, y v) las propuestas de denuncia de convenios ratificados. Por consiguiente, la Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información actualizada sobre los resultados de las consultas tripartitas celebradas en relación con el «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión», y que envíe una copia del mismo una vez éste sea adoptado. Además, reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información detallada y actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el artículo 5, párrafo 1, a)-e), del Convenio.
Asistencia técnica. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que continuase proporcionando información detallada sobre las medidas adoptadas en el marco de la asistencia técnica de la OIT, así como sobre el resultado de las mismas. El Gobierno solicitó la continuación de la asistencia técnica en materias tales como el acompañamiento técnico a la Secretaria Técnica del CST para la construcción de una agenda de diálogo social y su respectivo plan de trabajo, así como el acompañamiento de su implementación. Además, en cumplimiento del acuerdo alcanzado en el marco de la sesión del CST del 14 de octubre de 2019, el Gobierno presentó una solicitud de asistencia técnica a la OIT para la elaboración tripartita de la «Estrategia Nacional de Generación de Empleo Decente», conforme a lo dispuesto en el Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122). La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o contempladas para promover el tripartismo y el diálogo social en el país en el marco de la asistencia técnica de la OIT, así como sobre el impacto de las mismas.

Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 107.ª reunión, mayo-junio de 2018)

La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en junio de 2018, en relación con la aplicación del Convenio, en la que observó, con preocupación, el incumplimiento del mismo y que el diálogo social funciona de forma deficiente en el país. En consecuencia, la Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a que: i) se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y facilite, de conformidad con la ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes; ii) elabore normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo (CST); iii) reactive nuevamente y sin demora el CST por medio de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social, y garantice el pleno funcionamiento de dicho órgano; iv) designe sin dilación a representantes de las organizaciones patronales más representativas en el CST en los casos en que dichos nombramientos no se hayan realizado, y v) recurra a la asistencia técnica de la OIT. Asimismo, recomendó al Gobierno que presentase una memoria detallada a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos.
La Comisión toma nota también de las observaciones de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y de la Organización Internacional de los Empleadores (OIE), recibidas el 11 de septiembre de 2018, en las que alegan el incumplimiento del Convenio por parte del Gobierno.
Artículos 2 y 3, párrafo 1, del Convenio. Procedimientos adecuados. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el CST. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que en su memoria el Gobierno se refiere al discurso de una representante gubernamental en la 107.ª reunión de la Comisión de la Conferencia en junio de 2018. La representante gubernamental expresó su opinión de que las acciones impulsadas por el Gobierno para reactivar el CST habían sido reconocidas por la Comisión de Expertos como un caso de progreso. En lo que respecta a los alegatos de injerencia del Gobierno en la designación de representantes trabajadores en el seno del CST y del Consejo Nacional del Salario Mínimo formulados por la ANEP, la representante gubernamental negó los mismos y se refirió a actos de injerencia por parte de la ANEP, sosteniendo que dicha organización empresarial no debería inmiscuirse en la designación del sector trabajador. Asimismo, indicó que otras instancias tripartitas, en las que participa la ANEP de forma permanente y sin interferencia, funcionan con normalidad. A este respecto, se refirió a diversas medidas adoptadas de manera tripartita en el Consejo Nacional del Salario Mínimo, el Fondo Social para la Vivienda (FSV) y el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP).
La Comisión toma nota asimismo de las observaciones de la OIE y la ANEP en las que denuncian que el Gobierno continúa sin entablar un verdadero diálogo y sin celebrar consultas tripartitas, incumpliendo con ello las recomendaciones y resoluciones emanadas de los órganos de control de la OIT. Sostienen que desde el intento fallido de convocatoria que tuvo lugar en julio de 2017, el Gobierno no ha adoptado ninguna medida con miras a reactivar el CST, ni se ha llevado a cabo la elección, sin interferencias gubernamentales y de manera libre y autónoma, de representantes legítimos de los interlocutores sociales en dicha entidad tripartita. En relación con las indicaciones del Gobierno de que la ANEP se negó a participar en la sesión del CST de 6 julio de 2017, las organizaciones empresariales alegan que la señalada convocatoria fue ilegal ya que, contrariamente a lo establecido en el artículo 3 del reglamento del CST, el presidente del CST (la Ministra de Trabajo) convocó dicha reunión de manera unilateral, sin el acuerdo del vicepresidente nombrado por el sector de los trabajadores o del vicepresidente nombrado por el sector empresarial. Respecto a la afirmación del Gobierno de que el proceso de designación de los representantes de los trabajadores en el seno del CST se realizó públicamente con los representantes de los trabajadores y de los empleadores, las organizaciones de empleadores denuncian que dicha elección fue realizada directamente por el Gobierno empleando criterios en la elección que las propias organizaciones de trabajadores manifestaron desconocer durante la celebración en el país de la Misión de Contactos Directos de julio de 2017. La Comisión toma nota igualmente de que las organizaciones de empleadores alegan que no se celebraron sesiones del CST durante diciembre de 2016 hasta julio de 2017, sino que fue el Consejo nacional superior del salario mínimo, el órgano tripartito, que celebró sesiones en dicho período. A este respecto, destacan que la elección de los representantes en el Consejo nacional superior del salario mínimo fue realizada utilizando un instructivo emitido por la Ministra de Trabajo, quien, de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico salvadoreño, no tiene facultades para emitir el mismo. Las organizaciones de empleadores indican que han recurrido dicho instructivo ante la Corte Suprema de Justicia para que sea anulado. Además, se refieren a la afirmación del Gobierno de que los distintos entes tripartitos con los que cuenta el país se encuentran en pleno funcionamiento. A este respecto, defienden que dichos entes se encuentran en pleno funcionamiento, debido a que ha sido el propio Gobierno quien a través de reformas legales, introducidas en 19 de dichas entidades, en agosto de 2012, ha nombrado a los representantes de los empleadores en las juntas directivas de tales entidades. Estas reformas fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia, en noviembre de 2016. En particular, se refieren a injerencias del Gobierno en, entre otros entes, la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), ente regulador de la electricidad y las telecomunicaciones en el país. Alegan que el Gobierno interfirió en el nombramiento por parte de las organizaciones de empleadores de un director propietario y un director suplente en la SIGET, a través de la creación en un breve período de tiempo de 60 asociaciones de empleadores ficticias quienes participaron en dichas elecciones. Informan de que estos hechos han sido denunciados ante la Sala de lo Constitucional, quien ha dictado medidas cautelares, y ante la Fiscalía General de la República para que realice las investigaciones penales correspondientes. La Comisión toma nota además de que las organizaciones de empleadores señalan otros casos que ponen de manifiesto la falta de compromiso del Gobierno en la promoción del diálogo social, tales como la elaboración entre julio y agosto de 2017, de una política de trabajo decente, sin la participación de los interlocutores sociales y la presentación en mayo de 2018 del Pacto Nacional de Empleo, para cuya revisión por parte de la ANEP se otorgó únicamente dos horas hábiles. La Comisión observa además que las organizaciones de empleadores denuncian ataques contra las oficinas de la ANEP el 30 de agosto de 2018. La Comisión espera firmemente que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social con miras a asegurar el funcionamiento del Consejo superior del trabajo. La Comisión urge una vez más al Gobierno que establezca sin demora, y en consultación previa con los interlocutores sociales, reglas claras y transparentes para la designación del sector trabajador en el CST que respeten el criterio de representatividad. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione sus comentarios así como información en respuesta a los alegatos de injerencia y ataques contra las oficinas de la ANEP. Asimismo, la Comisión confía en que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para investigar y resolver los mismos. La Comisión solicita al Gobierno que informe de toda evolución al respecto.
Artículo 5, párrafo 1. Consultas tripartitas efectivas. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que le mantuviese informada sobre los resultados de las consultas tripartitas celebradas en relación con propuestas que se presentasen a la Asamblea Legislativa respecto a la sumisión de los 58 instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1976 y 2015. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, con el apoyo de la cooperación brindada por la OIT en el marco del Proyecto de Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) de la Unión Europea, se adoptó un borrador de «Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión». El Gobierno informa de que el 2 de mayo de 2018, dicho borrador fue enviado a las entidades competentes para su consulta. Las entidades han requerido consultas jurídicas con la finalidad de identificar los compromisos e implicación del proceso de sumisión. El Gobierno añade que una vez sea adoptada la propuesta final de protocolo, ésta será enviada también a los interlocutores sociales para su consulta. La Comisión toma nota asimismo de que la ANEP sostiene que no ha recibido las memorias sobre convenios ratificados que debe enviar el Gobierno en virtud del artículo 23 de la Constitución. La Comisión solicita al Gobierno que envíe información sobre los resultados de las consultas tripartitas celebradas en relación con el Protocolo con lineamientos sobre el procedimiento de sumisión, y que envíe una copia del mismo una vez éste sea adoptado. La Comisión solicita también al Gobierno que proporcione información actualizada sobre el contenido y resultado de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el artículo 5, párrafo 1, a) a e).
Asistencia técnica. En respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que, en el marco de la asistencia técnica de la OIT, en junio y julio de 2018 se realizaron diversos talleres de manera separada con representantes del Gobierno, organizaciones de trabajadores y organizaciones empresariales con miras a identificar puntos de consenso en relación con la reforma o propuesta de nuevo reglamento del CST y de esta forma acabar con la inactividad de dicho ente tripartito. Asimismo, el Gobierno indica que, en cumplimiento de las recomendaciones del informe de la Misión de Contactos Directos, realizada en julio de 2017, se ha solicitado también el acompañamiento en las consultas a celebrar con el sector laboral y las gremiales empresariales en la formulación de propuestas de reformas legislativas para la ampliación de los derechos de libertad sindical y en la realización de acciones formativas y de fomento del diálogo social. En este sentido, el Gobierno informa de la realización de una primera ronda de consultas con el sector laboral con el objetivo de iniciar una propuesta de reforma del Código del Trabajo. Por último, el Gobierno indica que se continuará con las acciones programadas en el marco de seguimiento a las recomendaciones de la Misión de Contactos Directos en los próximos meses. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada sobre las medidas adoptadas en el marco de la asistencia técnica de la OIT, así como sobre el resultado de las mismas.

Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 106.ª reunión, junio de 2017)

La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia en junio de 2017 en relación con la aplicación del Convenio. Al respecto, la Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a que: i) reactive sin demora el Consejo Superior del Trabajo (CST); ii) vele por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes de conformidad con el Convenio, sin ser objeto de intimidación; iii) asegure la protección adecuada de los locales de las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores contra actos de violencia y de destrucción, y iv) informe con detalle sobre la aplicación del Convenio, tanto en la legislación como en la práctica, a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos.
Asimismo, la Comisión toma nota de la misión de contactos directos realizada en El Salvador del 3 al 7 de julio de 2017, en que se consultó a los mandantes tripartitos y que llevó a las siguientes recomendaciones: i) se alienta al Gobierno a que, mediante el diálogo social, se tomen medidas adicionales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del CST, ii) se alienta a las autoridades competentes, a que en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores concernidas, se tomen las medidas necesarias para asegurar el pleno respecto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de sus representantes; iii) se invita al Gobierno a que, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, se consideren procedimientos uniformes de acreditación de dichas organizaciones; iv) se alienta a las autoridades públicas a que tomen todas las medidas pertinentes para asegurar la protección de los locales de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y la seguridad de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores; v) respecto del asesinato del sindicalista Abel Vega, la Comisión espera constatar progresos tangibles en cuanto al esclarecimiento de los hechos, la identificación de los culpables y la aplicación de las sanciones proporcionadas; vi) se saluda la predisposición indicada por las autoridades gubernamentales de tratar mediante el diálogo social las cuestiones planteadas por la misión y se recomienda que se tomen medidas para promover una cultura de diálogo social, en particular reforzando las capacidades de los interlocutores sociales para participar de forma constructiva en discusiones tripartitas y asegurando el cumplimiento de las reglas de base necesarias para el desarrollo de prácticas de diálogo maduro, y vii) se sugiere de recurrir a la asistencia técnica de la OIT en aras de dar seguimiento a estas recomendaciones.
La Comisión también toma nota de las observaciones de la ANEP y de la Organización internacional de los Empleadores (OIE) recibidas el 30 y el 31 de agosto de 2017 respectivamente, alegando incumplimiento por parte del Gobierno del Convenio.
Artículos 2 y 3, 1), del Convenio. Procedimientos adecuados. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el CST. En respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que, en su decisión de 17 de marzo de 2017, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia determinó que la solicitud por parte del Gobierno de un listado definitivo de designados no impone un requisito o condición arbitraria que vulnere a las referidas organizaciones su derecho de libertad sindical. La Corte concluyó, no obstante, que esto no exime al Ministerio del Trabajo y Previsión Social (MTPS) de su obligación de implementar y sustentar los procesos de concertación social y participación tripartita. Por ello, la Corte observó que se deben propiciar espacios de diálogo entre las organizaciones sindicales para que puedan acordar y aplicar procedimientos claros y permanentes de elección de sus representantes, a fin de garantizar la designación y participación del sector trabajador en el aludido órgano consultativo.
Por otra parte, respecto al funcionamiento del CST, el Gobierno informa que en seguimiento a las conclusiones emitidas por la Comisión, el 1.º de mayo de 2017 se solicitó a las federaciones y confederaciones sindicales legalmente inscritas que presentaran sus propuestas de representantes ante el CST. La Comisión toma nota de que entre el 12 y el 17 de mayo de 2017 se recibieron tres propuestas de designación por parte del sector trabajador, las cuales permitieron conformar la lista de representantes con sus suplencias respectivas ante el CST. Al respecto, el Gobierno indica que los sindicatos que sometieron sus propuestas se encuentran en su totalidad inscritos en el registro del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales del MTPS, lo que representa el 56 por ciento de los sindicatos activos, el 51 por ciento de las personas afiliadas a organizaciones sindicales y el 82 por ciento de los contratos colectivos inscritos. Adicionalmente, el Gobierno señala que las gremiales empresariales establecidas en el reglamento presentaron su lista de representantes entre el 6 de junio y el 4 de julio, y que mediante acuerdo ejecutivo núm. 288 de 29 de mayo de 2017, fueron nombrados los miembros del sector gubernamental. El Gobierno añade que el 29 de junio de 2017 se convocó a los representantes de tres sectores a la primera sesión de instalación del CST. Sin embargo, el sector empleador no se presentó a la reunión de preparación ni a la primera sesión de instalación del CST, por lo que se acordó convocar a una nueva reunión de instalación, la cual coincidía de la reunión con la misión de contactos directos. El sector empleador se negó una vez más a participar en la reunión del CST, alegando inconformidad respecto al mecanismo de representación del sector trabajador. El Gobierno reitera en sus observaciones su voluntad de realizar las gestiones indicadas y acordadas en el marco de la misión de contactos directos a fin de continuar fomentando el diálogo social y los acuerdos entre los sectores, contribuyendo de esta manera a la activación del CST. El Gobierno destaca que el proceso de designación de representantes del sector trabajador y empleador se realizó públicamente, con la participación de los anteriores representantes del sector trabajador y empleador, de la Secretaría de Participación Ciudadana, Transparencia y Anticorrupción, el Tribunal de Ética Gubernamental y de todos los medios de comunicación del país. Sin embargo, el Gobierno señala que el sector empleador representado por la ANEP, pese a haber sido electo de manera democrática, se negó a participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias llevadas a cabo de diciembre de 2016 a julio de 2017. Por último, el Gobierno resalta que, además del CST, el Estado cuenta con cinco entes tripartitos y 17 instituciones autónomas tripartitas, las cuales se encuentran en pleno funcionamiento y que incluyen, entre otros, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, el Fondo Social de la Vivienda, el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional y el Consejo Nacional del Salario Mínimo.
La Comisión también toma nota de las observaciones formuladas por la ANEP al efecto que el MTPS se alejó de las recomendaciones de la Comisión en lo referente a la reactivación del CST. Al respecto, manifiestan que el Ministerio, al abrogar la función del órgano elector, se atribuyó la facultad de emitir un instructivo para la elección de representantes del sector trabajador y se apropió la competencia para determinar los criterios de designación de los representantes de los trabajadores ante el CST, incurriendo así en actos de injerencia. Por otra parte, la Comisión toma nota de las observaciones proporcionadas por varios bloques de trabajadores en el marco de la misión de contactos, según las cuales dos bloques de organizaciones de trabajadores atribuyeron la paralización del CST a la injerencia del Gobierno, ya que en una primera instancia éste habría exigido que los mismos llegaran a una nómina única por consenso. Asimismo, toma nota de que uno de los bloques de trabajadores antes mencionado decidió desconocer la composición del CST, mientras que el otro bloque, pese a expresar críticas y reservas en cuanto al proceso de designación, optó por participar en el CST. La Comisión nota que un tercer bloque de organizaciones de trabajadores destacó que un grupo de trabajadores ha venido monopolizado ilegítimamente desde hace años la representación de los trabajadores en las instituciones tripartitas y criticó la postura del sector empleador de no asistir a la instauración del CST. Por último, la Comisión nota que en el marco de la misión de contactos directos, todos los bloques de organizaciones de trabajadores indicaron desconocer los criterios de representatividad aplicados por el Gobierno.
La Comisión toma nota de que, en respuesta a sus solicitudes anteriores, el Gobierno expresa su voluntad de tomar las medidas necesarias para fomentar el diálogo social y reactivar el CST. La Comisión espera firmemente que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social de manera a asegurar el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión urge al Gobierno que establezca sin demora, y en consultación con los interlocutores sociales, reglas claras y transparentes para la designación del sector trabajador en el CST que respeten el criterio de representatividad. Con respecto a los alegatos de injerencia, la Comisión espera que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para investigar y resolver los mismos. La Comisión pide al Gobierno que informe de toda evolución al respecto.
Artículo 5, 1). Consultas tripartitas efectivas. El Gobierno indica que todavía no se han realizado las consultas tripartitas en relación con los documentos adoptados durante la Conferencia entre 1976 y 2015. La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno indicando que los resultados de las consultas serán comunicados a la Comisión tan pronto se lleven a cabo las mismas y que en este momento, debido a que no existe un criterio definido en cuanto a las implicaciones de un proceso de sumisión de convenios en materia laboral, y debido a la ambigüedad de opiniones en relación con las repercusiones que acarrea el incumplimiento de compromisos a nivel internacional, el Gobierno se encuentra realizando consultas y validando los procedimientos con titulares de instancias gubernamentales y sus respectivas unidades jurídicas. La Comisión también toma nota de las observaciones de la ANEP en las cuales manifiesta que, pese a que realizaron las gestiones adecuadas ante la Dirección de Relaciones Internacionales del MTPS, no les ha sido posible obtener las memorias que serían enviadas a la OIT. La Comisión pide al Gobierno que la mantenga informada sobre los resultados de las consultas tripartitas sobre las propuestas que hayan de presentarse a la Asamblea Legislativa en relación con la sumisión de los 58 instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1976 y 2015.
Asistencia técnica. La Comisión toma nota de que en octubre de 2017 el Gobierno solicitó asistencia técnica a la Oficina. La Comisión espera que la asistencia técnica solicitada será prestada próximamente y pide al Gobierno que informe sobre cualquier actividad emprendida en este contexto.

Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), recibidas el 4 de septiembre de 2016 y apoyadas por la Organización Internacional de Empleadores (OIE).
Artículo 2 del Convenio. Procedimientos adecuados. Consultas tripartitas efectivas. El Gobierno reitera lo manifestado, en su memoria de 2015, respecto de las medidas tomadas con objeto de que las consultas tripartitas requeridas por el Convenio sean efectivamente realizadas. Los documentos son enviados a todas las confederaciones y federaciones activas a la fecha de la consulta, a los representantes de las organizaciones de empleadores que integran el Consejo Superior del Trabajo, y a los representantes gubernamentales relacionados con el tema objeto de consulta. La Comisión recuerda que para ser «efectivas», las consultas deben efectuarse necesariamente antes de tomar la decisión, independientemente de la índole o de la forma de los procedimientos utilizados; además, suponen que los representantes de los empleadores y de los trabajadores dispongan con suficiente antelación de todos los elementos necesarios para formarse una opinión. La Comisión también recuerda que las consultas no deberían efectuarse por escrito salvo «cuando los participantes en los procedimientos de consulta estimen que tales comunicaciones son apropiadas y suficientes» (véase Estudio General de 2000, Consulta tripartita, párrafo 71). La Comisión espera que las circunstancias que desde hace tres años obstaculizan el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo se resuelvan rápidamente. La Comisión pide al Gobierno que detalle las medidas adoptadas, a la espera de que el Consejo Superior del Trabajo reanude sus actividades, para garantizar que las consultas realizadas sean efectivas.
Artículo 3, párrafo 1. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el Consejo Superior del Trabajo. La ANEP expresa su preocupación ante la falta de voluntad por parte del Gobierno de dar efecto a las recomendaciones de la Comisión. Indica que el Consejo Superior del Trabajo lleva más de tres años sin reunirse, sin que se hayan evidenciado acciones por parte del Gobierno por reactivar su funcionamiento. El Gobierno indica que, en el marco de los esfuerzos realizados para superar el impasse generado por la falta de designación de los representantes trabajadores ante el Consejo Superior del Trabajo y en seguimiento a las conclusiones adoptadas por la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia en junio de 2015, en el caso del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), se aceptó la asistencia técnica de la OIT. Dicha asistencia técnica comprendió un proceso de mediación, llevado a cabo del 1.º al 3 de febrero de 2016 por un consultor externo. Atendiendo a las recomendaciones del mediador, a principios del mes de abril, el Gobierno dio inicio al proceso de diálogo sugerido. Al no existir un mecanismo que permita determinar la representatividad sindical, el Gobierno solicitó a las organizaciones concernidas que conformaran una comisión transitoria a efecto de revisar las disposiciones del reglamento del Consejo Superior del Trabajo atinentes a la designación de los miembros de las organizaciones de trabajadores. Ciertas organizaciones sindicales rechazaron la solución propuesta, indicando que dicho reglamento sólo podía ser objeto de revisión en el Consejo Superior del Trabajo. El Gobierno informó a las organizaciones de empleadores representadas en el Consejo Superior del Trabajo del resultado de sus gestiones. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno respecto de la sentencia pronunciada en 2016 por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en el proceso de amparo núm. 951-2013. En dicho caso, la Corte denegó el amparo, concluyendo que las acciones del Ministro, exhortando a las federaciones y confederaciones sindicales a presentar una nómina única no constituyen una vulneración del derecho a la libertad sindical y por lo tanto no violan la Constitución. La Corte observó, no obstante, que el Ministerio tenía la obligación legal de impulsar y sustentar los procesos de concertación social y participación tripartita, frente a las situaciones que obstaculizan el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión se remite a su comentario en relación con el Convenio núm. 87 y reitera el llamado hecho al Gobierno y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores de esforzarse por promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social de manera de asegurar el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión pide al Gobierno que informe de toda evolución al respecto.
Artículo 5, párrafo 1, b). Consultas tripartitas sobre la sumisión a la Asamblea Legislativa de los instrumentos adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo. En respuesta a la solitud de información de la Comisión respecto de las consultas tripartitas sobre la sumisión, el Gobierno hace mención de una reunión, celebrada el 7 de julio de 2016, así como de un taller, celebrado el 31 de octubre de 2016, en los que se abordó el alcance de la obligación concernida y la lista de instrumentos pendientes de sumisión a la Asamblea Legislativa. Añade que se tiene previsto validar el procedimiento con las y los titulares de las instituciones competentes, a efecto de estudiar una posible reglamentación del proceso; priorizar los instrumentos que deban ser sometidos, en el plazo más breve; continuar con las actividades de sensibilización; y entregar a la OIT un informe detallado de los avances logrados. La Comisión espera que el Gobierno esté pronto en condiciones de informar sobre los resultados de las consultas tripartitas realizadas sobre las propuestas que hayan de presentarse a la Asamblea Legislativa en relación con la sumisión de los 58 instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1976 y 2015.
[Se pide al Gobierno que transmita información completa en la 106.ª reunión de la Conferencia y que responda de forma completa a los presentes comentarios en 2017.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), recibidas el 1.º de septiembre de 2015.
Artículo 2 del Convenio. Procedimientos adecuados. Consultas tripartitas efectivas. En respuesta a las observaciones formuladas por la ANEP y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) en septiembre de 2014 sobre las labores del Consejo Superior del Trabajo, el Gobierno indica en su memoria que la creación de la Comisión Presidencial para Asuntos Laborales figura entre las acciones tendientes a procurar un acercamiento entre el Poder Ejecutivo y la clase trabajadora, creando un espacio de debate, sin que dicha instancia sustituya los espacios tripartitos establecidos. El Gobierno agrega que el procedimiento de consulta tripartita se modificó y que los documentos son enviados a todas las confederaciones y federaciones activas a la fecha de la consulta, manteniéndose el espacio de consulta con el sector empleador y el Poder Ejecutivo. El Gobierno se refiere también a las consultas celebradas por dicho procedimiento en 2014 y 2015, en relación con las actividades de la OIT, los puntos del orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo y las memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados. En sus nuevas observaciones, la ANEP sostiene que, producto de la falta de funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo, la interacción entre el Gobierno y los interlocutores sociales ha perdido eficacia, de manera que el intercambio de la información se ha visto seriamente dificultado o, por lo menos, ha sido inoportuno. Con respecto a los procedimientos de consulta que describe el Gobierno, la Comisión observa que el Consejo Superior del Trabajo no funciona desde hace más de dos años y lamenta que el órgano central para el diálogo social en el país no se haya reunido durante dicho período. La Comisión confía en que los obstáculos que existen al respecto se resolverán rápidamente de modo que las consultas tripartitas puedan ser efectivamente realizadas sobre los temas relativos a las normas internacionales del trabajo.
Artículo 3, párrafo 1. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el Consejo Superior del Trabajo. El Gobierno indica que, en el marco de los esfuerzos realizados para designar a los representantes trabajadores ante el Consejo Superior del Trabajo, desde junio de 2014 se sostuvieron más de 16 reuniones. El Gobierno añade que las diversas federaciones y confederaciones sindicales expresaron que analizarían la propuesta para un avenimiento y que comunicarían su resolución al Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Al mes de julio de 2015, no se había recibido comunicación alguna sobre el particular. El Gobierno explica que se está analizando la posibilidad de establecer un mecanismo de elección de las organizaciones sindicales, para que los criterios de participación permitan un proceso de elección organizado, apegado a la legislación y al Convenio núm. 144. La ANEP opina que el Gobierno no se ha esforzado por reactivar el Consejo Superior del Trabajo y añade que las memorias sobre los convenios ratificados no son remitidas antes de su transmisión a la Oficina. La Comisión se remite a las conclusiones y recomendaciones del Comité de Libertad Sindical en el caso núm. 3054 (véase 324.º informe, junio de 2015), así como a las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (104.ª reunión, junio de 2015), en relación con la aplicación del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) por parte de El Salvador. Al respecto, la Comisión también se remite a la observación relativa al Convenio núm. 87 y recuerda que al pronunciarse en junio de 2015 sobre el caso núm. 3054, el Comité de Libertad Sindical destacó la necesidad de que se conforme urgentemente el Consejo Superior del Trabajo, basándose en la representatividad de las organizaciones, de manera que se reanude su funcionamiento (véase 324.º informe, junio de 2015, párrafo 329). La Comisión reitera su pedido al Gobierno y a los representantes de los empleadores y de los trabajadores para que promuevan y refuercen el tripartismo y el diálogo social de manera de facilitar el funcionamiento de los procedimientos que aseguran consultas tripartitas efectivas. La Comisión espera poder observar progresos en el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo y de otros procedimientos que permitan que se efectúen las consultas tripartitas que requiere el Convenio.
Artículo 5, párrafo 1, b). Consultas tripartitas sobre la sumisión a la Asamblea Legislativa de los instrumentos adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo. La Comisión toma nota del compromiso asumido por el Gobierno de dar curso al proceso de sumisión de los instrumentos pendientes de sumisión adoptados por la Conferencia y de la creación de una comisión de alto nivel integrada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Relaciones Exteriores. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre las consultas tripartitas realizadas sobre las propuestas que hayan de presentarse a la Asamblea Legislativa en relación con la sumisión de los 54 instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1976 y 2012.
[Se pide al Gobierno que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2016.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) en septiembre de 2014 sobre las labores del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión pide al Gobierno presentar sus comentarios al respecto de las observaciones de la ANEP y la OIE.
Artículo 2 del Convenio. Procedimientos adecuados. Consultas tripartitas efectivas. En relación con los comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las informaciones detalladas recibidas en agosto de 2013 y de la memoria recibida en junio de 2014. La Comisión toma nota de las consultas celebradas en 2012 y 2013 en el marco del Consejo Superior del Trabajo en relación con las actividades de la Organización, los puntos del orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo y las memorias que se comunican sobre la aplicación de los convenios ratificados (artículo 5, párrafo 1, a) y d)). En la memoria recibida en junio de 2014, el Gobierno manifiesta que no se ha enviado a consulta la última memoria del Convenio núm. 144 al sector trabajador debido a que no se cuenta con su representación dentro del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión toma nota de que fueron consultadas, en relación con la preparación de la memoria, seis organizaciones del sector empleador. La Comisión recuerda que el artículo 2, párrafo 1, del Convenio pide a los gobiernos que pongan en práctica procedimientos que aseguren consultas efectivas entre los interlocutores sociales, sobre los asuntos relacionados con las actividades de la Organización. En el párrafo 2, 3) de la Recomendación sobre la consulta tripartita (actividades de la Organización Internacional del Trabajo), 1976 (núm. 152) se han enumerado las posibilidadess que tienen los Estados Miembros para proceder a las consultas requeridas por el Convenio. La Comisión pide al Gobierno y a los interlocutores sociales considerar la posibilidad de que las consultas requeridas por el Convenio también se lleven a cabo «por medio de comunicaciones escritas» si los interlocutores sociales estiman que tales comunicaciones son apropiadas y suficientes (párrafo 2, 3), d) de la Recomendación núm. 152). La Comisión espera que el Gobierno pueda presentar informaciones actualizadas sobre las consultas tripartitas celebradas en relación con los temas relativos a las normas internacionales del trabajo cubiertos por el Convenio.
Artículo 3, párrafo 1. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el Consejo Superior del Trabajo. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en agosto de 2013 sobre los esfuerzos realizados para designar a los representantes trabajadores ante el Consejo Superior del Trabajo. En las reuniones celebradas en junio de 2013, no se logró un acuerdo para que los representantes de 37 federaciones y confederaciones sindicales designen a sus representantes ante el Consejo Superior del Trabajo. La Comisión advierte que, en julio de 2013, el Gobierno exhortó a los representantes de los trabajadores a que alcancen un acuerdo y presenten una nómina única con las personas que los representen ante el Consejo Superior del Trabajo. La Comisión reitera su pedido al Gobierno y a los representantes de los empleadores y de los trabajadores para que promuevan y refuercen el tripartismo y el diálogo social de manera de facilitar el funcionamiento de los procedimientos que aseguran consultas tripartitas efectivas. La Comisión espera poder observar progresos en el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo y de otros procedimientos que permitan que se efectúen las consultas tripartitas que requiere el Convenio.
Artículo 5, párrafo 1, b). Consultas tripartitas sobre la sumisión al Congreso de la República de los instrumentos adoptados por la Conferencia. La Comisión comprueba desde hace muchos años una falta grave de sumisión al Congreso de la República de 54 instrumentos adoptados por la Conferencia al Congreso de la República. La Comisión pide al Gobierno redoblar sus esfuerzos para cumplir con las consultas tripartitas requeridas y que se sometan al Congreso de la República los 54 instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1976 y 2012.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2015.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Consultas tripartitas requeridas por el Convenio. La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria debida en 2013. La Comisión observa que 54 instrumentos adoptados por la Conferencia se encuentran pendientes de sumisión al Congreso de la República. La Comisión invita al Gobierno a redoblar sus esfuerzos para cumplir con la consulta tripartita requerida para someter al Congreso de la República los instrumentos adoptados por la Conferencia. La Comisión invita al Gobierno a presentar una memoria que contenga informaciones actualizadas sobre las consultas tripartitas celebradas en relación con los temas relativos a las normas internacionales del trabajo (artículo 5, párrafo 1, del Convenio).
Artículo 3, párrafo 1. Elección de los representantes de los interlocutores sociales en el Consejo Superior del Trabajo. En su solicitud directa de 2012, la Comisión había tomado nota de la preocupación expresada por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) como consecuencia de la presentación sin consultar al Consejo Superior del Trabajo de 19 reformas legislativas tendientes a modificar la participación del sector empleador en las estructuras directivas de algunas instituciones tripartitas. En la comunicación recibida en agosto de 2013, la ANEP manifiesta nuevamente su preocupación por el hecho de que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, mediante una resolución de fecha 2 de julio de 2013 declaró encontrarse inhabilitado para incidir en el proceso de selección de los representantes del sector trabajador que componen el Consejo Superior del Trabajo. El Ministro de Trabajo y Previsión Social ha exhortado a las federaciones y confederaciones sindicales legalmente inscritas a que, a la brevedad posible, alcancen un acuerdo y presenten una nómina única con las personas que designarán como miembros representantes del sector trabajador del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión toma nota que al pronunciarse sobre el caso núm. 2980, el Comité de Libertad Sindical (368.º informe, junio de 2013) pidió al Gobierno que, entre otras cosas, asegurara que los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores en los órganos tripartitos fuesen designados libremente por estas organizaciones y que se realizaran urgentemente consultas en profundidad con las organizaciones de trabajadores y de empleadores en el marco del Consejo Superior del Trabajo. La Comisión recuerda la importancia de la libre elección de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, al tenor del párrafo 1 del artículo 3 del Convenio ya que «sólo la libre elección de sus representantes por las propias organizaciones puede garantizar en efecto la representatividad de los participantes en los procedimientos de consulta» (véase Estudio General de 2000, Consulta tripartita, párrafo 42). La Comisión invita al Gobierno y a los interlocutores sociales a promover y reforzar el tripartismo y el diálogo social de manera de facilitar el funcionamiento de los procedimientos que aseguren consultas tripartitas efectivas (artículo 2, 1), del Convenio). La Comisión también invita al Gobierno a presentar una memoria que permita examinar progresos en el funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo en relación con las consultas tripartitas que requiere el Convenio.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2014.]

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Comunicación de la Asociación Nacional de Empleadores. La Comisión toma nota de los comentarios de la Asociación Nacional de Empleadores (ANEP) transmitidos al Gobierno en septiembre de 2012. La Organización Internacional de Empleadores (OIE) manifestó su apoyo a las observaciones formuladas por la ANEP. La ANEP indica que el Presidente de la República ha dado iniciativa de ley de manera inconsulta a 19 reformas a igual número de leyes, tendientes a modificar la participación del sector empleador en las estructuras de diferentes juntas directivas en instituciones tales como el Instituto Salvadoreño de Seguridad Social, el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional y el Fondo Social para la Vivienda, entre otros. La ANEP subraya la ausencia de consulta tripartita y diálogo social dado que dichas reformas fueron introducidas al Congreso de la República sin haberse consultado al Consejo Superior del Trabajo como órgano tripartito. La Comisión pide al Gobierno que agregue en la memoria debida en 2013 los comentarios que juzgue oportunos en respuesta a las observaciones de la ANEP.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Consultas tripartitas requeridas por el Convenio. La Comisión toma nota de las informaciones que contiene la memoria recibida para el período que termina en junio de 2011. La Comisión toma nota de que se han realizado las consultas requeridas por los apartados a) y d) del párrafo 1 del artículo 5 del Convenio. El Gobierno indica que no se han realizado consultas tripartitas sobre las propuestas que se deben presentar al Congreso de la República, ni tampoco en relación con los otros asuntos cubiertos por el Convenio. La Comisión observa que 54 instrumentos adoptados por la Conferencia se encuentran pendientes de sumisión al Congreso de la República. La Comisión invita al Gobierno a redoblar sus esfuerzos para cumplir con la consulta tripartita requerida para someter al Congreso de la República los instrumentos adoptados por la Conferencia. La Comisión espera que en la próxima memoria del Gobierno se incluyan también informaciones actualizadas sobre las consultas tripartitas celebradas en relación con los temas cubiertos por el artículo 5 del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Consultas tripartitas requeridas por el Convenio. La Comisión toma nota de la lista de temas que han sido objeto de una consulta tripartita que figura en la memoria recibida en noviembre de 2009. La Comisión invita al Gobierno a comunicar en su próxima memoria informaciones más precisas sobre el contenido y los resultados de las consultas tripartitas celebradas en relación con cada uno de los asuntos que figuran en el párrafo 1 del artículo 5 del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Artículos 2 y 5 del Convenio. Reforzando el diálogo social. Preparación de las memorias. En relación con los comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las detalladas informaciones incluidas en la memoria recibida en agosto de 2007. El Gobierno ha informado sobre las consultas requeridas por el Convenio en las que ha intervenido el Consejo Superior del Trabajo. Además, el Gobierno ha tomado nota de las indicaciones ofrecidas por la Comisión para recoger el parecer de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores antes de establecer una memoria definitiva sobre la aplicación de los convenios ratificados (artículo 5, párrafo 1, d), del Convenio). El Gobierno informa en su memoria que se propone dar los siguientes pasos para preparar las memorias: como primer paso, preparar la memoria en función del calendario de presentación de memorias así como de los comentarios formulados por la Comisión de Expertos y solicitar la información correspondiente a las instituciones nacionales involucradas en la aplicación y cumplimiento del convenio ratificado; como segundo paso, luego de obtener las informaciones solicitadas, proceder a preparar un primer borrador de memoria; como tercer paso, remitir el borrador de memoria a los sectores empleador y trabajador para que formulen observaciones y proporcionen insumos para incorporarlos al proyecto de memoria; como cuarto paso, formuladas las observaciones de los sectores empleador y trabajador, se procede a preparar la memoria incorporando las observaciones y los insumos proporcionados por las organizaciones de empleadores y trabajadores para remitir una memoria definitiva a la OIT. La Comisión toma nota con satisfacción de este enfoque y confía en que en las próximas memorias se seguirán incluyendo informaciones detalladas sobre los avances alcanzados por el Gobierno y los interlocutores sociales para continuar asegurando consultas tripartitas efectivas sobre todas las materias cubiertas por el Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

1. Reforzando el diálogo social. La Comisión toma nota de las actas de las reuniones del Consejo Superior del Trabajo, celebradas durante 2004, incluidas en la memoria del Gobierno recibida en septiembre de 2005. La Comisión agradece nuevamente al Gobierno las informaciones detalladas y completas que ha brindado sobre las labores del Consejo Superior del Trabajo en relación con las actividades generales de la OIT.

2. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno pueda precisar la manera en que el Consejo Superior del Trabajo ha participado en las consultas tripartitas sobre normas internacionales del trabajo que requiere el artículo 5, párrafo 1, del Convenio.

3. Consultas tripartitas requeridas por el ConvenioTransmisión de los proyectos de memoria. El Gobierno indica que, en virtud de lo dispuesto por el párrafo 2 del artículo 23 de la Constitución de la OIT, la memoria sería comunicada a todas las organizaciones de empleadores y de trabajadores del país. Las observaciones que las organizaciones formulen - sean de carácter general o particular relacionadas con la memoria sobre la aplicación del Convenio - serán comunicadas posteriormente a la Oficina. La Comisión recuerda que la obligación de consultar a las organizaciones representativas sobre las memorias que deben presentarse sobre la aplicación de los convenios ratificados, derivada del artículo 5, párrafo 1, d), del Convenio, debe distinguirse de la obligación de comunicación de las memorias en virtud de lo dispuesto en el artículo 23, párrafo 2, de la Constitución. En efecto, las consultas tripartitas que requiere el Convenio deben realizarse en la fase de elaboración de las memorias. Cuando se realizan consultas por escrito, el Gobierno debería transmitir un proyecto de memoria a las organizaciones representativas para recoger su parecer antes de establecer una memoria definitiva (párrafo 92 del Estudio general de 2000). La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, facilite informaciones sobre las consultas realizadas sobre cada uno de los puntos enumerados en el artículo 5, párrafo 1, del Convenio - en particular sobre la manera en que ha evolucionado su práctica en relación con la consulta tripartita de los proyectos de memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados (artículo 5, párrafo 1, d)).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

En respuesta a su solicitud directa anterior, la Comisión ha tomado nota con interés de las actas del Consejo Superior del Trabajo agregadas por el Gobierno a su memoria recibida en mayo de 2003. La Comisión espera que el Gobierno continuará facilitando indicaciones sobre las actividades del Consejo Superior del Trabajo y sobre las consultas celebradas en relación con cada una de las materias cubiertas por el artículo 5, párrafo 1, del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

Artículos 5 y 6 del Convenio. La Comisión toma nota con interés de las informaciones detalladas comunicadas por el Gobierno en su memoria, en particular sobre los temas examinados por el Consejo Superior del Trabajo y agradecería que con su próxima memoria comunique copia de los informes del Consejo Superior del Trabajo, incluyendo un resumen de las recomendaciones que se hayan formulado como resultado de las consultas.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

La Comisión toma nota con interés de la primera memoria del Gobierno. La Comisión toma nota de las informaciones según las cuales el Consejo Superior del Trabajo elaborará un informe de actividad anual a partir del año que viene. Por consiguiente, la Comisión solicita al Gobierno que comunique, llegado el caso, copia a la OIT. Además, la Comisión agradecería al Gobierno que suministrara, en su próxima memoria, informaciones adicionales sobre la aplicación de las disposiciones de los artículos siguientes del Convenio.

Artículo 2 del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno se sirva describir de qué modo los procedimientos puestos en práctica garantizan consultas eficaces sobre las cuestiones que se enuncian en el párrafo 1 del artículo 5 del Convenio.

Párrafo 2 del artículo 4 del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar las medidas tomadas o consideradas para la financiación de la formación que sea necesaria para las personas que participan en los procedimientos de consulta.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer