National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Información escrita proporcionada por el Gobierno
El Gobierno ha priorizado la política pública dirigida a propiciar el ecosistema adecuado para facilitar la inserción laboral de personas vulnerables (mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, entre otras), en procura de un mayor ajuste entre la demanda ocupacional y la formación técnica y profesional de las personas trabajadoras, a través del actual Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (2023-2026). El Gobierno estima indispensable señalar que Costa Rica ha construido desde varios años atrás una serie de estrategias y programas activos del mercado laboral para incidir de manera positiva. Tales esfuerzos se han traducido no solo en programas tangibles y reformas normativas, que cambiaron la forma de llevar a cabo la intermediación laboral, sino que han fortalecido el nexo que debe existir entre las necesidades del mercado laboral y la oferta programática institucional.
En ese sentido, carecería de fundamento interpretar que el Gobierno no ha realizado esfuerzos significativos en esta materia. El empleo es uno de los temas prioritarios en la presente administración de Gobierno, y forma parte de la agenda estratégica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Aprendizaje, entre otras instituciones públicas, siendo uno de los sus principales aliados, la misma OIT.
Es necesario señalar que ha sido la misma OIT la que asesora al Gobierno en el sentido de iniciar con el desarrollo de uno de los ejes de la política general, que permita tender puentes y generar la confianza en el proceso participativo tripartito, para avanzar con mayor fluidez en los años subsiguientes. En ese sentido, valga apuntar que el Gobierno cuenta actualmente con asistencia técnica de la Oficina de País de la OIT para América Central, tal como lo recomienda la Comisión de Expertos en su Informe de 2023, para la construcción y desarrollo de la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano.
Además, llama la atención el hecho de que Costa Rica se encuentre dentro de la lista preliminar de 40 casos de la Comisión, cuando la misma Comisión de Expertos ha tomado con interés medidas y acciones que Costa Rica ha adoptado en el marco de otros convenios, según se desprende del Informe Anual de 2023. En ese sentido, llama la atención que la Comisión de Expertos ha tomado con interés la información y acciones que el Gobierno ha remitido respecto del Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88). Concretamente la Comisión toma nota con interés: «[…] la adopción del Decreto Ejecutivo por el que se crea el Sistema Nacional de Empleo (SNE) […] para responder tanto a las dinámicas del mercado laboral, como a las necesidades de las personas en búsqueda de empleo o ya empleadas para conservar su trabajo o mejorar sus condiciones laborales, priorizando aquellas que se encuentran en condición de vulnerabilidad».
Aspectos vinculados directamente con las acciones estratégicas del Gobierno en materia de empleo
1) Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano, con apoyo de la OIT, la misma que se está desarrollando a través de un proceso participativo y de consulta con los interlocutores sociales, dado que ha sido sometido ante el Consejo de Empleo, cuya composición es tripartita (poder ejecutivo, sector privado y sector sindical). La finalidad de la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano es también sumarla a la gobernanza del SNE y la Agencia Nacional de Empleo, plataforma que constituye un hito importante, que se ha logrado construir desde cero, a partir de la convicción gubernamental del valor agregado que brindará para potenciar el sistema público de empleo y el fomento no solo del servicio de intermediación, sino de la empleabilidad de las personas trabajadoras.
2) Consolidación del SNE: es un modelo que responde a una evolución de la visión del sistema público de empleo, para no tratar únicamente la intermediación sino convertirse en un sistema más robusto, que brinde más servicios y tenga mayor alcance. Y es el resultado de un proceso articulado, interinstitucional y participativo que responde a la necesidad de ajustar la educación a los requerimientos del mercado de trabajo. La articulación que da el SNE permite hacer un trabajo más focalizado y facilitar el acceso a las personas en cualquier parte del país que se encuentren. Su creación se ha basado en el diálogo social, mediante un proceso articulado entre el poder ejecutivo, el sector privado y el sector sindical, los cuales integran el Consejo de Empleo, que constituye el espacio máximo de autoridad del Sistema. En el ámbito operativo, debemos referirnos a la Agencia Nacional de Empleo y las unidades de empleo. La Agencia Nacional de Empleo es la instancia técnica y operativa, de alcance nacional, pública y gratuita, que articula los servicios de empleo, la red de unidades de empleo, la plataforma informática y otros medios de atención para personas y empresas, armonizando la gestión, procesos, procedimientos y protocolos en una lógica de ventanilla única. La Agencia Nacional de Empleo funciona las 24 horas a través del centro de contactos, como una herramienta pública y gratuita, que conecta a las personas y empresas con los servicios de empleo, acorde a los lineamientos del Consejo de Empleo. A mayo de 2023, la Agencia Nacional de Empleo cuenta con 45 convenios de cooperación suscritos para habilitación de oficinas y sucursales de la Red de unidades de empleo con varias municipalidades y entes privados para facilitar el acceso de la población a los servicios que se ofrecen mediante el SNE. Tales unidades no solo registran a las personas, sino que activan la coordinación de la oferta programática de empleo para que la ventanilla brinde servicios que fomenten la empleabilidad, además de la intermediación laboral a las personas. A la fecha se cuenta con cerca de 5 114 empresas registradas activas, un histórico de plazas de más de 128 000 desde que dio inicio la herramienta, y más de 19 000 personas oferentes.
3) Incorporación del esquema de financiamiento por resultados del Observatorio del Mercado Laboral y la vinculación de personas migrantes a servicios de empleo.
4) Ley de Educación y Formación Dual: se encuentra en funcionamiento la Comisión Asesora Promotora de la Educación y Formación Técnica Profesional Dual (EFTP-Dual), adscrita al Ministerio de Educación Pública, que articula diferentes actores sociales involucrados en esta nueva modalidad educativa, a saber: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), la Asociación de Empresas de Zonas Francas de Costa Rica (Azofras), sindicatos del sector educativo, sector cooperativista y sector solidarista. A su vez, es importante destacar que, en abril de 2020, se publicó el Reglamento general de la Ley núm. 9728 Ley de Educación y Formación Técnica Dual, que precisa aún más las reglas para la participación en los procesos de formación dual. Por otra parte, es importante destacar que la EFTP-dual en Costa Rica, tiene varias semejanzas con los sistemas de formación dual de otras latitudes del mundo, como el principio de alternancia, la formación en la empresa, el financiamiento compartido y diálogo social, entre otros; pero una diferencia significativa con otros países es lo referente a la naturaleza del vínculo entre las personas estudiantes (en Costa Rica no se les denomina aprendices), los centros educativos y las empresas.
5) Marco Nacional de Cualificaciones: estructura reconocida a nivel nacional, que norma las cualificaciones y las competencias asociadas a partir de un conjunto de criterios técnicos contenidos en los descriptores, con el fin de orientar la formación; clasificar las ocupaciones y empleos; y facilitar la movilidad de las personas en los diferentes niveles; todo lo anterior de acuerdo con la dinámica del mercado laboral. Algunos beneficios para la articulación entre la formación y las necesidades del mercado laboral, que el Marco Nacional de Cualificaciones de la Educación y Formación Técnica Profesional de Costa Rica (MNC-EFTP-CR) ha promovido son:
- Facilita y clarifica la articulación en el sistema educativo. Lo anterior, al ubicar las cualificaciones en niveles y establecer las relaciones entre estos.
- Posibilita la creación de espacios de cooperación entre los actores sociales relacionados con la Educación y Formación Técnico Profesional (EFTP): empleadores, centros de formación, entes públicos y privados, sociedad civil.
- Establece parámetros para la formación y valoración de competencias de acuerdo con los niveles de cualificación.
- Proporciona al sector empleador claridad sobre las competencias asociadas a los niveles de cualificación, que otorgan los centros de formación.
- Facilita a las poblaciones que opten por la EFTP, las competencias que adquirirán, la ruta por seguir para la formación y las oportunidades de empleo.
- Se procura que la participación de empresas u organizaciones en la construcción de estándares de cualificación sea representativa para los sectores.
6) Implementación de la Ley de Zonas Francas Fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM) Ley N° 10234 de 2022, ha definido al menos 11 incentivos, para que las empresas vean una oportunidad en la inversión fuera de la Gran Área Metropolitana, tales como: la ampliación de nuevas categorías de zona franca (servicios salud humana, insumos y parques sostenibles de aventura); el fortalecimiento de la ventanilla única de inversión para agilizar trámites; normativa que exhorta al INA a promover ofertas que respondan a las necesidades técnico profesionales de las empresas, y el fortalecimiento del empleo formal. La generación de nuevos empleos es clave en la recuperación del mercado laboral. Esta ley busca contribuir a generar esas condiciones favorables para aumentar la afluencia de inversiones con impacto directo en la competitividad territorial, el crecimiento económico y la generación de empleo fuera de la GAM, a través de reformas y adiciones puntuales a determinadas leyes adaptadas a la realidad de estas zonas del país. Este conjunto de reformas y adiciones podrán incidir directamente en la toma de decisión de las empresas nacionales como extranjeras que, cumpliendo ciertas condiciones ya preestablecidas bajo el régimen de zona franca, inviertan en las zonas fuera de GAM. Todo lo anterior se encuentra en consonancia con lo aquí expuesto, y demuestra no solo que existe voluntad política y múltiples buenas prácticas a nivel nacional que son merecedoras de reconocimiento, sino además que el Gobierno de Costa Rica mantiene la convicción de seguir impulsando acciones para asegurar el bienestar y la calidad de vida de las personas trabajadoras en Costa Rica, en el marco de procesos participativos y de diálogo con los sectores, sin los cuales no sería posible concretar estos esfuerzos gubernamentales. El compromiso del presente Gobierno pasa por priorizar líneas estratégicas en atención a los desafíos económicos, sociales, ambientales, de seguridad ciudadana, que accionan prioridades como la modernización del aparato estatal, la reactivación económica, la disminución del costo de la vida, del desempleo, la pobreza, la desigualdad, las brechas territoriales, entre otras; las cuales, a partir de un enfoque integral y moderno de las políticas públicas, permitan impactar de manera real, sobre aquellos ámbitos que aquejan la gobernanza estatal para dinamizar la atención de estos desafíos y con ello alcanzar el bienestar de los costarricenses.
Discusión por la Comisión
Presidente - El primer caso de nuestro orden del día es el de Costa Rica sobre el Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122). Quiero que sepan que tenemos más de 17 delegados inscritos para hacer uso de la palabra y, en consecuencia, se les aplicará la reducción de tiempo de 5 a 3 minutos. Invito ahora al representante gubernamental de Costa Rica, Viceministro de Trabajo, a hacer uso de la palabra.
Representante gubernamental - Sean mis primeras palabras para extenderles, en nombre del Ministro de Trabajo, Sr. Andrés Romero Rodríguez, un fraterno saludo. Por motivos de fuerza mayor, no ha podido atender esta invitación, pero expresa sus deseos de éxito al Director General en el lanzamiento de la iniciativa Coalición Mundial para la Justicia Social y hace votos por el trabajo fecundo de esta comisión.
Basados en uno de los principios que inspiraron la Constitución de la OIT —el diálogo—, Costa Rica logró el establecimiento de las garantías de protección social en su Carta Política hace ya más de ochenta años. Gracias a este histórico hito —que lamentablemente al día de hoy continúa siendo una aspiración de no pocos pueblos— los costarricenses hemos sellado un pacto social fundamental en los más altos valores de solidaridad y respeto a la dignidad de todas las personas. El país es reconocido globalmente por ese y otros logros, además de por su vocación de tutelar los derechos humanos y por estar a la vanguardia en el impulso de estos.
Emulando la tradición democrática y honrando nuestros compromisos internacionales nos personamos en esta ocasión ante la Comisión para exponer ante este foro las acciones estratégicas adoptadas por el Estado costarricense respecto del Convenio.
Es menester recordar que, durante los años 2020 hasta inicios de 2022, Costa Rica enfrentó, de manera más que diligente, la crisis sanitaria por la pandemia de COVID-19. Respuestas oportunas en materia de salud pública y protección a la vida, así como decididas intervenciones de protección social permitieron que nuestro Estado de derecho saliera adelante con el desafío. Se nos puso a prueba y la democracia dio la talla.
No obstante, en el contexto de crisis de dimensiones globales por todos conocido, Costa Rica no fue inmune al impacto que provocó en su economía la destrucción significativa de empleos, concretamente durante el shock pandémico del trimestre de mayo, junio y julio de 2020, la tasa de desempleo llegó a un 24,4 por ciento, es decir, 557 000 personas desempleadas. El proceso de recomposición del mercado de trabajo ha venido mostrando una tendencia a la recuperación del empleo. Los datos de la Encuesta Continua de Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), nos permite ilustrar la evolución reciente del mercado laboral costarricense.
En primer lugar, es importante observar la tendencia a la baja de la tasa de desempleo misma que ha venido disminuyendo desde el tercer trimestre de 2020 ubicándose en un 9,7 por ciento para el trimestre móvil de febrero, marzo y abril de 2023, 2,8 puntos porcentuales por debajo de porcentajes prepandémicos. Destaca la disminución de la cantidad de personas desempleadas a nivel nacional, menos de 90 412 personas, cifra por debajo de la observada en el mismo trimestre prepandemia. Se obtiene una reducción del porcentaje de personas ocupadas con subempleo, tanto en hombres como en mujeres. Si bien, el porcentaje de personas ocupadas con empleo informal se encuentra por debajo de los niveles previos a la pandemia, este afecta, lamentablemente, al 40,7 por ciento de la población.
Antes de la pandemia la economía costarricense mostraba dificultades para generar oportunidades suficientes para la fuerza de trabajo. Se han atribuido estas dificultades al hecho de que los procesos de cambio económico, social, tecnológico han producido importantes transformaciones en el mercado laboral interno. Emerge así el impostergable desafío para el Estado de dotar al trabajador de las habilidades y conocimientos requeridos que exige la cuarta revolución industrial y evitar, a toda costa, que nuestra población joven, y en especial las mujeres, enfrenten la ignominia de la exclusión laboral.
En el contexto nacional descrito, llamamos la atención a los honorables miembros de la Comisión en el sentido de que el país ha venido dando pasos progresivos en dirección al cumplimiento pleno del Convenio con la implementación de acciones puntuales sobre sus ejes con miras a la formulación y aprobación en el Consejo Superior de Trabajo (CST) de una política de empleo. Esa es nuestra aspiración, ese es nuestro compromiso.
Así, en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública 2023-2026, se visibiliza que el empleo es una urgencia para el desarrollo económico y social, siendo así que una meta nacional en este cuatrienio es la disminución del desempleo reflejada en un número menor de personas desempleadas respecto del total de personas trabajadoras. Tome nota la Comisión de que, al incluir el empleo en la planificación estratégica del periodo constitucional se evidencia con ello el compromiso del Gobierno con el empleo. Además, forma parte de la agenda prioritaria del MTSS, del INA y del resto de las instituciones públicas competentes, siendo nuestros aliados estratégicos, sin duda alguna, el sector empleador y el sector trabajador, así como la Oficina Regional de la OIT, de la cual San José de Costa Rica es la sede.
En el contexto de este cumplimiento progresivo, y como pasos preparatorios hacia ese objetivo, valga apuntar que, atendiendo a una recomendación de la Comisión de Expertos en su reciente informe de 2023, se cuenta actualmente con la asistencia técnica de la OIT para la puesta en marcha de la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano, la misma que fuera aprobada por unanimidad en el Consejo Nacional de Empleo de composición tripartita colocándola como una de sus prioridades. Este hecho evidencia que el diálogo tripartito en democracia cumple el verdadero objetivo de por qué estamos reunidos hoy aquí, sea el bienestar de la sociedad y su conjunto.
Es así como Costa Rica avanza en el impulso de la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano con perspectiva integral, basando sus decisiones en alianzas intersectoriales, diseñando resultados con un enfoque de innovación y sostenibilidad para consolidar una política activa del mercado laboral que facilite la vinculación entre la oferta y la demanda dando así respuesta a los desafíos que anteriormente indicamos.
De manera concatenada, hacia este esfuerzo de cumplimiento del Convenio, se reformó vía decreto ejecutivo el Programa Nacional de Empleo para que la intervención, vía transferencias monetarias logre una focalización de mayor impacto tanto en las regiones como en las personas beneficiarias, y dé una respuesta eficaz y oportuna a los requerimientos del sector productivo. Se introduce una nueva modalidad de transferencias que ayudará al futuro trabajador en su proceso de inserción denominado «búsqueda activa de empleo» y que consiste en una transferencia monetaria que apoye a la persona con los gastos que implican lograr insertarse en el mercado de trabajo además de su formación costeada por el Estado.
Con el ánimo de dinamizar los servicios de empleo dentro del marco del SNE, se inició también con el diseño de un plan de trabajo que establece acciones, tiempos, responsables, entregables y potenciales recursos a invertir tanto por el MTSS como por el INA y con esto lograr la integración del programa «Empléate» y su sistema informático con la plataforma www.ane.cr, que les invito a visitar.
El SNE no solo demuestra la decidida cultura de cumplimiento del Estado costarricense a sus compromisos, sino que responde a una evolución de la visión del sistema público de empleo, para tratar no únicamente la intermediación, sino convertirse en un sistema robusto que, diversifique servicios y dé mayor cobertura. Su creación se ha basado en el diálogo social mediante un proceso articulado entre el Poder Ejecutivo, el sector privado y el sector sindical, el cual el Gobierno celebra. El Consejo de Empleo aprobó en forma tripartita el Modelo de Gestión y Manual de Alineamientos en el marco del SNE, donde se definen las rutas diferenciadas para la atención de las poblaciones en vulnerabilidad. De igual manera, debo ilustrar a esta honorable comisión de las reformas normativas y legislación costarricense recientemente promulgada que pretenden estimular la empleabilidad y la creación de nuevos empleos, entre los cuales es menester destacar: la reforma de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje, poniendo a tono a la institución con los postulados de la Recomendación sobre el desarrollo de los recursos humanos, 2004 (núm. 195); la Ley de Educación y Formación Técnica Dual, un hito importante porque se gestó y consolidó a través de la participación activa de los interlocutores sociales ―ambas leyes brindan seguridad jurídica al sector empresarial y promueven las condiciones para la formación del talento humano con lógica de mercado―; el Marco Nacional de Cualificaciones que integra las carreras técnicas a través de estándares de cualificación, y la Ley de Zonas Francas fuera del gran área metropolitana, que favorece el clima de inversión incidiendo en la competitividad territorial, el crecimiento económico y la generación de empleo en las zonas en las que más se necesita. Estas acciones están debidamente respaldadas con su financiamiento: para las becas de formación dual se cuenta con un presupuesto de más de 1 200 millones de colones, que equivalen a más de 2,2 millones de dólares de los Estados Unidos; de igual manera, en materia de servicios la Agencia Nacional de Empleo (ANE) y las unidades regionales se cuenta con un presupuesto de más de 5 600 millones de colones, que equivale a más de 10 millones de dólares de los Estados Unidos; en cuanto a servicios de capacitación y formación profesional, se cuenta con un presupuesto de más de 11 460 millones de colones, que equivalen a 21 millones de dólares de los Estados Unidos, y en cuanto al Programa Nacional de Empleo, en sus distintas modalidades, su presupuesto asciende a más de 19 000 millones de colones, equivalente a más de 35 millones de dólares de los Estados Unidos. Podemos afirmar de manera contundente que Costa Rica ha dado pasos firmes y decididos para brindar mayores oportunidades de inserción laboral a través de la mejora de los servicios públicos, dotándolos de financiamiento. Todo lo anterior ha venido acompañado de la adopción de políticas macroeconómicas como el control de la inflación, que hoy por hoy es la más baja de todos los países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), así como de la implementación de políticas de apoyo al emprendimiento y a la atracción de inversiones para la creación de empleo decente y de calidad, de lo cual informamos también a esta comisión oportunamente.
Estos esfuerzos de Costa Rica han sido reconocidos por la Comisión de Expertos, que ha tomado con interés las medidas y acciones que el país ha adoptado en el marco de otros convenios, según consta en su informe anual de 2023, como, por ejemplo, el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) y el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159). Reconocemos que existen, sin duda, oportunidades de mejora, y la presente administración cuenta con la voluntad y la disposición de continuar desarrollando iniciativas de política pública en consulta, con diálogo y acuerdo con los interlocutores sociales. A manera de conclusión respecto de la progresividad hacia el cumplimiento del Convenio núm. 122, es menester que esta honorable comisión observe la consistencia del Estado costarricense en crear condiciones de orden legal, administrativas y de inversión pública orientadas a elevar los perfiles de empleabilidad de nuestra población, logrando su inserción laboral en un ambiente de paz y de prosperidad para todos.
Miembros empleadores - Agradecemos al Gobierno la información oral y escrita sobre este caso de la que hemos tomado plena nota. Los miembros empleadores destacan la importancia del cumplimiento del Convenio por parte de los Estados Miembros. Es uno de los cuatro convenios de gobernanza prioritarios de la OIT y fue ratificado por Costa Rica el 27 de enero de 1966. Como antecedentes, recordemos que, desde el año 2013, la Comisión de Expertos ha formulado observaciones hasta en cuatro ocasiones sobre la forma de aplicación del Convenio: concretamente en las gestiones 2013, 2014, 2018 y 2022. Sin embargo, es la primera vez que se discute este caso en esta comisión.
Ahora bien, la Comisión de Expertos observó el incumplimiento por parte del Gobierno en los siguientes aspectos: primero, no se dispone de información sobre el impacto de las medidas adoptadas para lograr el objetivo del Convenio, incluidas las adoptadas en el marco de la Estrategia Nacional de Empleo y Desarrollo Productivo, recordándole además al Gobierno que podría contar con la asistencia técnica de la OIT a este respecto. Segundo, no se realizaron consultas con los interlocutores sociales ni se convocó al CST para realizar consultas tripartitas sobre políticas y programas de empleo. Tercero, el mercado laboral se caracteriza por bajas tasas de empleo y acceso limitado a oportunidades laborales para mujeres y jóvenes, siendo también necesario adecuar la educación a los requisitos del mercado laboral.
A su vez, manifestó también que la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN) había incidido en que los problemas de empleo existentes se vieron exacerbados por la pandemia de COVID-19, originando un aumento en el desempleo y el subempleo, así como en los niveles de pobreza del 21 por ciento en 2019 al 30,4 por ciento en 2020 y los niveles de pobreza extrema del 5,8 al 11 por ciento.
Según los datos de que disponemos, ¿cuál es el contexto estadístico del empleo en el país?
Los miembros empleadores toman nota de que la Comisión de Expertos, tomó conocimiento del Anuario Estadístico de 2021 del MTSS que contiene diversos datos entre 2018 y 2021 inherentes a los niveles de desempleo abierto, el empleo juvenil a través del programa denominado «Empléate» así como de los resultados de la inserción laboral a través del SNE.
Sin embargo, el Gobierno, en su memoria de 24 de mayo de 2023 presentada a la Comisión de Expertos, a tiempo de actualizar varios datos y manifiesta entre otras cosas que: primero, el porcentaje de empleo formal nacional durante el año 2022 alcanzó el 56,7 por ciento (2 puntos porcentuales menos de la meta establecida, como se ha dicho); y que, en la misma gestión, la economía nacional creció en 4,3 por ciento gracias a la demanda externa asociada con la recuperación del turismo y de las exportaciones de servicios; segundo, a su vez, la población ocupada con empleo formal tiende a incrementarse, siendo muestra de ello que entre el tercer trimestre de 2020 y el tercer trimestre de 2022, se incrementó cerca del 23 por ciento; tercero, en el 2022 la tasa de desempleo abierto en Costa Rica habría registrado un valor promedio 12,2 por ciento, según la Encuesta Continua de Empleo realizada por el INEC. Finalmente, en el ámbito educativo el periodo 2019-2022 la meta superó la expectativa inicial, alcanzando un resultado de 4 241 becas otorgadas, equivalente a un porcentaje del 176,7 por ciento de la meta inicial.
¿Cuál es el contexto legal y regulación del empleo en Costa Rica?
A efectos de poder identificar las razones del contexto social del tratamiento del empleo, resulta importante considerar igualmente la regulación normativa que en este último tiempo se habría generado al respecto, y en tal contexto, de acuerdo a la información brindada por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), observamos que desde el año 2017 se viene trabajando en Costa Rica en distintos instrumentos, políticas, guías y decretos pare reducir el desempleo, intentando con ello cerrar igualmente brechas en la formación profesional, siendo muestra de ello que:
a) En la gestión 2017 se instaló una mesa tripartita para revisar la adopción de la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204).
b) El 3 de diciembre de 2018, se aprobó la Ley núm. 9635, de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas por la que se ajustan los salarios y beneficios de los funcionarios públicos, disposición que más allá de las observaciones que hubiera podido generar, es una norma que fue objeto de cuatro consultas a la Sala Constitucional de Costa Rica, instancia que no identificó ningún tipo de vulneración con dicha ley a ningún convenio de la OIT.
c) En el año 2019, se promovió para regular la educación y formación técnica dual en Costa Rica que permite, entre otros, generar recursos calificados, propicia la inserción laboral de personas o grupos vulnerables; retiene a los jóvenes en el sistema educativo para que continúen en el mismo; crea la Comisión Asesora Promotora de la Educación y Formación Técnica Profesional Dual (EFTP-Dual), adscrita al Ministerio de Educación Pública (MEP) con carácter consultivo.
d) Asimismo, en el seno del CST—que es una instancia tripartita— y con el apoyo de la OIT, antes de la pandemia de COVID‑19 se trabajó en un acuerdo tripartito para la generación de empleo decente en Costa Rica cuya aprobación está pendiente.
e) Se aprobó la Ley núm. 9738 para la Regulación del Teletrabajo.
f) Asimismo, mediante Decreto núm. 41776 se creó el SNE, el Consejo de Empleo y el CST —que es de carácter tripartito—.
g) Se promovió la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano con acompañamiento técnico de la OIT.
h) En el ámbito educativo existen diversas instancias en temas de formación, educación y laboral.
i) Se creó el Sistema Nacional de Educación y Formación Técnica Profesional, transformado el 2022 mediante Decreto núm. 43481.
j) Se emitió la Ley núm. 9931 sobre fortalecimiento de la formación profesional para la empleabilidad, la inclusión social y la productividad de cara a la revolución industrial 4.0 y empleo futuro.
En función a todo lo expuesto, los miembros empleadores identificamos que, más allá de los cuestionamientos que pudiera generarse en cuanto a los alcances de las distintas disposiciones emitidas, Costa Rica tiene una política de empleo que se ve reflejada en la normativa emitida, así como en los números e índices que buscan la reducción del desempleo.
En todo caso, no debemos dejar de lado que la adecuada socialización de este tipo de políticas debe sujetarse a lo previsto por el artículo 3 del Convenio, que promueve la participación activa de los representantes de las personas interesadas, así como de los representantes de los trabajadores y los empleadores, para que, entre todos, con sus experiencias y sugerencias, contribuyan a estructurar políticas públicas del empleo en el marco del diálogo social.
Sabemos que estos procesos de consulta y concertación no son un camino fácil. Requieren el establecimiento de medios apropiados de información a las organizaciones para que, atendiendo a ellos, pueda desarrollarse el intercambio de información sobre puntos de vista para alcanzar los mejores resultados teniendo en cuenta las posiciones de los interlocutores sociales antes de tomar la decisión final.
Estamos seguros y convencidos que Costa Rica tiene las condiciones para ello y para dar continuidad al desarrollo de las políticas públicas de empleo en el marco de la concertación, existiendo para ello toda la predisposición del sector empleador a través de cámaras como la organización más representativas de los empleadores de ese país, que, como muestra de ello, promovió, por ejemplo, la reducción de la base mínima contributiva a la seguridad social para lograr una mayor formalización del empleo en el país.
En este marco, los miembros empleadores consideran importante que las autoridades nacionales del Gobierno intensifiquen sus esfuerzos para explorar alternativas de mejor socialización e información a todos los actores, sobre las iniciativas que ya viene desarrollando, así como las que pueda ejecutar en el futuro en cuanto a las políticas y programas de empleo, la incorporación de los jóvenes al mercado laboral y la igualdad de género en las oportunidades de acceso a las fuentes de empleo, buscando la adecuación y actualización de las mismas al contexto de la realidad laboral que tienen como país siendo que además tienen la posibilidad real de contar con la asistencia técnica de la OIT a este respecto.
Miembros trabajadores - Agradecemos la información brindada por el Gobierno. Esta es la primera vez desde hace muchos años que examinamos un caso de Costa Rica en esta comisión. Lo que nos lleva a hacerlo es la necesidad de una evaluación sobre las acciones del Gobierno, o más bien de la falta de ellas, para la debida aplicación del Convenio en la legislación y la práctica.
Por otra parte, también debemos reconocer el importante número de trabajadoras y trabajadores atrapados en la economía informal y cómo la inacción del Gobierno agrava su difícil situación. Costa Rica sigue padeciendo unos niveles alarmantes de pobreza y desempleo. A pesar de presumir de crecimiento económico y desarrollo, un segmento considerable de la población activa sigue marginado, privado de oportunidades de empleo estable y privado de las condiciones de vida dignas. En el centro de este problema se encuentra la omnipresencia de formas de empleo instables e inseguras y de la economía informal, caldo de cultivo de la explotación y de la vulnerabilidad y la desprotección. En Costa Rica, un número alarmante de personas se ven obligadas a trabajar en el sector informal, en empleos que carecen de protección legal y de prestaciones de la seguridad social. Estos trabajadores soportan salarios bajísimos, escasos; seguridad laboral precaria o nula, y una profunda ausencia de acceso a la asistencia sanitaria y a la protección social esenciales. Situación que fue exacerbada por la pandemia de COVID-19. Los datos utilizados por el MTSS en su informe reciente requieren ser relativizados cuando se trata de relacionar la creación de empleo con la pobreza.
Mientras que el Gobierno afirma incrementos en la empleabilidad, la tasa de inactividad pasó de 39,7 a 41,7 por ciento, una cifra que se suma al aumento de la pobreza extrema. Es decir, no hay un nivel más alto de empleos, sino que, por el contrario, ha aumentado el número de trabajadoras y trabajadores que ya no buscan trabajo y, por lo tanto, no son tenidos en cuenta en esas estadísticas. Más de 1 millón de mujeres están fuera del mercado laboral en el país, lo que representa cerca del doble que los hombres. Según la Comisión de Expertos, el Gobierno ha admitido que no dispone de información sobre el impacto de las medidas adoptadas para alcanzar el objetivo del Convenio. En este contexto, la inacción y la inercia de Costa Rica a la hora de abordar el problema de la pobreza y el desempleo son para nosotros muy evidentes y preocupantes. Es claro que las autoridades no han formulado ni aplicado políticas integrales que aborden realmente las causas profundas de esta crisis socioeconómica. La ausencia de iniciativas sólidas para formalizar la economía informal, proporcionar estructuras de apoyo e incentivar la transición al sector formal, tal como define la Recomendación núm. 204, es un testimonio de la apatía del Gobierno hacia sus propios ciudadanos.
El Convenio proporciona un marco crucial para orientar esfuerzos en la lucha contra la pobreza y el desempleo, especialmente en lo que se refiere a la economía informal. Este convenio subraya el imperativo de promover el empleo pleno y productivo, dar prioridad al trabajo digno para todos y fomentar la creación de empleos. Lamentablemente, las acciones del Gobierno han quedado insuficientes a la hora de alinear sus políticas y sus prácticas con los principios establecidos en el Convenio. Ha mostrado una flagrante indiferencia por el bienestar y los medios de subsistencia de sus ciudadanos, desatendiendo la urgente necesidad de políticas de empleo integrales.
En sus comentarios sobre el Convenio, la Comisión de Expertos hace referencia a la Ley núm. 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que entró en vigor el 3 de diciembre de 2018. La aplicación de esta ley ha impuesto importantes restricciones a la negociación colectiva en el sector público, limitando de hecho los presupuestos de las instituciones estatales. Esto ha obligado a reducir los componentes salariales y los beneficios de los trabajadores del sector público, lo que ha llevado a casos en los que los convenios colectivos han sido abolidos o han quedado sin efecto. Los salarios de las entidades públicas se han congelado indefinidamente, agravando aún más la ya de por sí grave situación. Sumado a esto, en marzo de 2023 entró en vigencia la Ley Marco de Empleo Público. Esta ley obstaculiza la posibilidad de aumentar los salarios de diversos grupos de funcionarios públicos, independientemente de las tasas de inflación anuales. La negociación salarial a través de la negociación colectiva está explícitamente prohibida. Ambas leyes tienen implicaciones de gran alcance para los derechos de los trabajadores, los empleos estables y seguros y el bienestar general de la sociedad. Al limitar severamente la negociación colectiva y erosionar los derechos laborales, las leyes socavan la habilidad del propio Gobierno de reactivar la economía, crear puestos de trabajo decente y cumplir con los principios establecidos en el Convenio.
Por último, el Gobierno admite que no se ha consultado a los interlocutores sociales sobre las políticas y los programas de empleo durante el periodo cubierto por el informe, lo que supone una violación del artículo 3 del Convenio. En conclusión, no podemos pasar por alto la gravedad de la situación actual. La falta de acción del Gobierno para abordar la pobreza y el desempleo en Costa Rica es una grave dejación de funciones y un incumplimiento del Convenio.
Miembro empleador, Costa Rica - Como representante del sector empleador de Costa Rica, quiero indicar que la Unión de Cámaras, como organización cúpula, se enfocará única y exclusivamente en los puntos específicos que señala el Convenio núm. 122, motivo por el que el país ha sido citado ante esta honorable comisión.
Como sector respetuoso de nuestro ordenamiento jurídico y de los tratados y convenios ratificados por el país, no podemos ni vamos a referirnos a aspectos que no han sido señalados por la Comisión de Expertos. Debemos señalar que existen los instrumentos y las vías correspondientes para que los argumentos esbozados sobre el contexto de nuestro país sean tratados en el momento que corresponde. Permitir que se analicen situaciones que no están relacionadas estrictamente con el Convenio da espacio para la polarización de la discusión de este y de cualquier otro caso, y crea un antecedente poco sano para las discusiones futuras. No podemos permitir confundir las normas en estudio con temas políticos subyacentes de cada país.
En primera instancia, me gustaría indicar que el sector empresarial costarricense es un sector propositivo y activo, que busca en toda medida que las políticas que impulsamos tengan impactos positivos y transversales en nuestra sociedad. La certeza jurídica y el respeto a la institucionalidad es lo que, como sector, buscamos en todo momento como parte de nuestro compromiso con la democracia; los pesos y contrapesos.
Dicho lo anterior, y tomando en consideración las observaciones realizadas por la Comisión de Expertos, me permito indicar lo siguiente. Los artículos del Convenio sobre los que la Comisión de Expertos hace observaciones son el primero y el tercero. El primero de ellos señala que todo Miembro debe formular y llevar a cabo como objetivo de mayor importancia una política activa destinada a fomentar empleo pleno, productivo y libremente elegido; y el tercero señala que se debe consultar a los representantes de las personas interesadas en las medidas que se hayan de adoptar en relación a la política de empleo y que se consultará, sobre todo, a los representantes de los empleadores y de los trabajadores con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones.
Cabe señalar que, en el caso de Costa Rica, desde hace muchos años se han venido realizando acciones en torno a estos temas de empleo y empleabilidad, siendo un rasgo característico de nuestro país que la mayoría de los temas se trabajan de manera tripartita, a través del diálogo social, que la Organización Internacional del Trabajo promueve constantemente. Con base en esto, desde el sector empleador hemos sido proactivos en las diferentes medidas de ámbito nacional que se han realizado en torno a temas de empleo, las cuales, como ya indiqué en su mayoría y como es costumbre en nuestro país, se realizan de manera tripartita cumpliendo así con el artículo 3 del Convenio.
Llama la atención que dentro de las observaciones de la Comisión de Expertos se solicite al Gobierno que indique si, dentro de sus consultas sobre la aplicación de la Recomendación núm. 204 de la OIT, en el país se contó con representación de la zona rural o de la economía informal, cuando a nivel mundial Costa Rica fue el primer país en lograr trabajar en la aplicación de dicha recomendación a través del diálogo social tripartito, reconociendo que la informalidad funciona bajo la lógica de la negación de derechos fundamentales del trabajo, que socaba las bases de nuestro sistema de protección social y que favorece la competencia desleal. Sumado a ello, con una búsqueda simple incluso dentro de la página web de la propia OIT, se puede encontrar una lista de las centrales sindicales de Costa Rica, la gran mayoría de las cuales cuentan con filiales de trabajadores que están en las zonas rurales de nuestro país, siendo nuestra cúpula empresarial la que goza de mayor representatividad en el sector empleador a nivel nacional, lo que asegura la representación rural; por lo que no logramos comprender este señalamiento realizado. Desde el sector empresarial de Costa Rica, representado por la Unión de Cámaras, podemos mencionar como esfuerzos nacionales en temas de empleo y empleabilidad que, después de diez años de discusión, en el 2019 se logró emitir la Ley de Educación y Formación Técnica Dual, la cual se trabajó incluso en mesas de diálogo tripartito a nivel legislativo.
La educación dual se convirtió en una herramienta de política pública para el acceso a un modelo de educación que permita generar la experiencia necesaria para insertarse a un trabajo decente, por lo que debe verse como parte de un conjunto de medidas para alcanzar una educación de calidad, una formación principalmente para el trabajo de la población joven, y una transición exitosa hacia el mundo laboral. En el mismo año se aprobó la Ley del Teletrabajo y sus reglamentos, los cuales al aprobarse antes del inicio de la pandemia de COVID-19 permitieron mantener muchos puestos de trabajo decente durante la misma y hacer frente a los confinamientos, ya que era imperioso contar con marcos regulatorios capaces de responder a la coyuntura de ese momento. El propio Consejo Superior de Trabajo y el Consejo de Salud Ocupacional —ambos órganos tripartitos— establecieron guías para la implementación del teletrabajo en las empresas y la Guía de Salud Ocupacional y Prevención de riesgos del Teletrabajo.
En 2019 se aprobó el Decreto Ejecutivo de creación del Sistema Nacional de Empleo, el cual tiene como objetivo definir y ordenar lógicamente la gobernanza que deben tener los servicios de empleo en el país. Sumado a esto, dicho sistema cuenta con un Consejo de Empleo, el cual tiene una composición tripartita y es el órgano de la política pública de articulación de los servicios asociados al sistema.
Durante el periodo de la pandemia de COVID-19 se tomaron diversas acciones en pro del empleo, como la regulación mediante reglamento de la figura de suspensión de contrato, laboral, una modalidad que ya permitía la legislación laboral, la emisión de la Ley de Reducción de Jornadas con la finalidad de no tener que despedir trabajadores, y la creación de protocolos de salud para resguardar la salud de las personas trabajadoras, entre otras medidas.
En el año 2021 se aprobó la Ley de fortalecimiento para la formación profesional para la empleabilidad, la inclusión social y la productividad de cara a la revolución 4.0 y el empleo del futuro, la cual reformó la Ley Orgánica del INA. Esta norma habilitó condiciones clave para mejorar los servicios de formación y capacitación que ofrece el INA y el Sistema Nacional de Formación. Para los años 2022 y 2023, el actual Gobierno ha tenido la iniciativa de trabajar de forma tripartita en una Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano, con cooperación y acompañamiento de la propia OIT.
En el ámbito educativo, repercutiendo directamente en temas de empleo, nuestro país cuenta con diversas instancias de diálogo como lo son el Consejo Nacional de Educación y Formación Técnica Profesional, la Comisión Interinstitucional para la Implementación del Marco Nacional de Cualificaciones, y la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, que también es un órgano tripartito.
Por último, quiero mencionar que se están haciendo esfuerzos por parte del sector empleador para participar en procesos de construcción de una nueva política migratoria integral por parte de la dirección de migración y extranjería con apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones.
No deseo terminar mi intervención sin antes hacer un comentario que nos atañe a todos los que nos encontramos hoy aquí. No fue hasta hace dos meses que se declaró a nivel internacional el fin de la pandemia de COVID‑19 y no podemos dejar de lado que, al día de hoy, muchos países sufren las consecuencias de la misma, entre ellos el nuestro. Durante la pandemia los estragos a nivel económico fueron graves, muchas empresas debieron cerrar sus operaciones, personas se quedaron sin trabajo y sin fuentes de ingresos, lo cual provocó que los niveles de desempleo y pobreza aumentaran de manera significativa en Costa Rica y en el mundo. El sector empleador solicitó en muchas ocasiones al Gobierno que se tomaran medidas de reactivación económica y, de la mano con el diálogo social, se trabajaron diversas iniciativas para sostener los empleos el mayor tiempo posible cuidando, por supuesto, la salud de las personas trabajadoras. Siendo un país que aún sufre los embates de la pandemia de COVID‑19, Costa Rica ha realizado esfuerzos importantes en tema de empleo y empleabilidad, buscando el bienestar de la población trabajadora y la productividad y competitividad de las empresas privadas, cuya composición es de un 97 por ciento de micro, pequeñas y medianas empresas, que generan el 87 por ciento del empleo de mi país.
Por estas razones, considera la Unión de Cámaras que nuestro país cumple con lo establecido en el Convenio bajo examen, ya que el Estado, bajo distintas administraciones y a través del diálogo social, ha trabajado en múltiples iniciativas y esfuerzos nacionales por mejorar la situación del empleo. Además, de conformidad con el Informe Anual de 2023 de la Comisión de Expertos, esta ha tomado con interés las acciones realizadas por el país respecto a varios convenios, como los Convenios núms. 88, 111 y 159, todos relacionados con el empleo y, sin embargo, por razones que no comprendemos, este caso llegó a este estrado.
Finalizo indicando que la Unión de Cámaras lleva el diálogo social dentro de su ADN. Somos conscientes de ese dicho de que «para llegar más lejos debemos ir juntos». A los representantes de los trabajadores, como tradicionalmente hemos hecho, extendemos nuestra mano para seguir construyendo de manera conjunta un país más próspero e inclusivo. Extendemos nuestro llamado final al Gobierno de la República para que, como siempre ha sido la vía costarricense, siga impulsando y fortaleciendo los espacios de diálogo social con las políticas necesarias para que en Costa Rica nadie se quede atrás, y para que, con trabajo decente, podamos generar inclusión y equidad para nuestra sociedad.
Miembro trabajadora, Costa Rica - En nombre de las trabajadoras y trabajadores de Costa Rica me dirijo a esta honorable comisión para expresar nuestros puntos de vista sobre el cumplimiento del Convenio en nuestro país, de conformidad con las observaciones hechas por la Comisión de Expertos. Discrepamos totalmente de la argumentación del Gobierno respecto de que ha cumplido con las observaciones de la Comisión de Expertos. Según el prestigioso informe académico del Estado de la Nación (2022), sumamente respetado en Costa Rica, «el país tiene muchos años sin tener una política nacional de empleo, con enfoque de género, jóvenes y personas no calificadas». En la última memoria relativa al Convenio, el Gobierno no aportó datos sobre el cumplimiento y ahora, ante la situación de verse en la lista corta, envió a esta comisión unos pocos días antes de la Conferencia, con fecha 24 de mayo, un documento de actualización de medidas sobre cumplimiento de las observaciones de la Comisión de Expertos. Como desconocíamos ese texto que fue presentado en último momento, no pudimos hacer los aportes sindicales pertinentes, lo cual refleja una desconsideración y un desdén gubernamental por los mecanismos de consulta y el tripartismo, y no podemos aquí hacer todo el descargo que nos gustaría. Exponen indicios de avance, justificados con indicadores de desempleo, pobreza, incremento del PIB y otros datos que de hecho no dan constancia de la puesta en marcha y desarrollo de una política de empleo, en consonancia con el artículo 1 del Convenio, y que más bien evidencian carencias patentes para su cumplimiento.
No hay ninguna política o plan nacional de empleo formulado en consulta tripartita o en proceso de implementación. Además, desde finales del año pasado, las tendencias productivas vuelven al comportamiento característico de los años prepandémicos: una economía dual, a dos ritmos, con una dinámica de crecimiento moderado con poca generación de oportunidades de trabajo formal. Por eso, los datos utilizados por el Ministerio en su informe reciente requieren ser relativizados en mucho cuando se trata de relacionar la creación de empleo con la pobreza. Mientras que el Gobierno afirma que hay incrementos en la empleabilidad, la tasa de inactividad pasó del 39,7 al 41,7 por ciento, sumado al aumento de la pobreza extrema.
Según el informe Análisis del mercado laboral y pobreza en Costa Rica, del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas de la Universidad de Costa Rica, realizado en 2022 y 2023, el país se enfrenta a un aumento de la pobreza extrema, pasando de un 6 por ciento en abril 2022 a un 8 por ciento en febrero de 2023. Se calcula que 265 528 trabajadores viven en pobreza total, de acuerdo con datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) con motivo del Día Internacional del Trabajador 2023. Un 20,9 por ciento de las personas asalariadas trabaja más de 48 horas a la semana y un 15,1 por ciento no recibe el salario mínimo. De este grupo, un 50,8 por ciento no recibe pago por jornada extraordinaria y un 27,7 por ciento no está asegurado por riesgos de trabajo, según la Encuesta Continua de Empleo del IV trimestre de 2022. En el sector agrario se perdieron 12 000 trabajos entre agricultores y trabajadores cualificados agropecuarios. Según la Encuesta Continua de Empleo del INEC, realizada entre febrero y abril de 2023, 586 000 trabajadores carecen de seguridad social; ello equivale a más de una cuarta parte de las personas con empleo en el país: un 28,4 por ciento. Si bien en abril la tasa de desempleo bajó del 11 al 10,6 por ciento, se debe a una cantidad importante de personas que ya dejaron de buscar empleo, ya que en el primer trimestre del 2023 había 2,10 millones de personas ocupadas, mientras que en octubre de 2022 la cifra era de 2,20 millones. Las mujeres representan la mayoría de las personas que han salido de la fuerza de trabajo en el último año (114 000 de las 196 000 personas que desistieron de buscar trabajo) al comparar datos de la Encuesta Continua de Empleo para el trimestre móvil febrero-abril 2023 con el mismo trimestre para el año 2022. Más de 1 millón de mujeres están fuera del mercado laboral en el país (1 167 547), lo que representa cerca del doble que los hombres (664 547), o sea un total de 1 832 094 personas en una población de 5 180 000 habitantes.
Junto con la pobreza y la falta de oportunidades laborales, uno de los principales problemas del país es la creciente desigualdad de ingresos y la desigualdad social, y no se han articulado respuestas de política pública para revertirlas. En el plazo de una generación, Costa Rica pasó de ser una de las sociedades más equitativas de América Latina a una de las más inequitativas y desiguales del mundo. La memoria del Gobierno parece obviar que las condiciones de trabajo, las políticas salariales y la relación de trabajo son inherentes y se vinculan, o deberían hacerlo, a las políticas de empleo e ingresos. La Estrategia Nacional de Empleo Productivo es un diseño teórico que la Oficina de OIT en San José contribuyó a elaborar con el Gobierno anterior, y que es utilizado ahora como referente discursivo, pero sin acciones propias ni puesta en marcha. Varios de los programas que el Gobierno describe burocráticamente son de vieja data, no producen cambios significativos ni se incardinan con un plan nacional de empleo. No existe correlación alguna entre las políticas de empleo y las políticas de formalización, las cuales tampoco se han puesto en marcha. En las zonas francas no hay sindicatos ni convenciones colectivas; por ende, no hay tripartismo sectorial. El Gobierno impulsa un proyecto de ley que intensifica las jornadas de trabajo con modalidades precarizantes de 12 horas diarias, en cuatro días, sin el pago de horas extra, abaratando al máximo la fuerza de trabajo. Para ello, se argumenta que, de hecho, en las zonas francas ya hay jornadas de 12 horas diarias sin pago de horas extras, que se considera ilegal y que, por tanto, es necesario regularizarlas y legalizarlas con dicha ley, lo que va en contra del Convenio sobre las horas de trabajo (industria), 1919 (núm. 1). Según la Resolución relativa a la tercera discusión recurrente sobre el empleo (junio de 2022) de la OIT, «el diálogo social, incluida la negociación colectiva y la cooperación tripartita, contribuye a la creación de empleos decentes». Por lo tanto, llama la atención que el Gobierno desconozca u omita el vínculo de la negociación colectiva con la política de empleo y las condiciones de trabajo, así como con las relaciones laborales dimanantes del marco legal de la política de empleo.
En cuanto a la observación de la Comisión de Expertos, hay dos leyes que limitan severamente las posibilidades de la negociación colectiva ―prácticamente la eliminan― y los derechos sindicales: la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que ha restringido la negociación colectiva en el sector público, limitando el presupuesto de las instituciones estatales, obligando a rebajar y eliminar componentes salariales y pluses, eliminando convenios colectivos o dejándolas sin efecto, además de congelar los salarios del sector público indefinidamente; y la nueva Ley Marco de Empleo Público que contrasta con la Resolución de la OIT citada, que plantea el principio de «apoyar la función del sector público como un empleador relevante y proveedor de servicios públicos de calidad». Dicha ley se imbrica con la anterior y pone en peligro el ejercicio de los derechos sindicales y la negociación colectiva, con restricciones contrarias al Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y al Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), además de impedir el aumento de salarios de trabajadores públicos consolidando la congelación salarial indefinidamente. Queda expresamente prohibido negociar salarios, entre otros aspectos de la relación laboral, vaciando de contenido la negociación colectiva.
Respecto a la consulta tripartita, no se ha cumplido con esta observación de acuerdo con el artículo 3 del Convenio, ni se ha brindado participación al sindicalismo en ninguna de las fases de actuación sobre políticas relativas al empleo y al mercado de trabajo. Los espacios tripartitos existentes a nivel nacional están estancados, sin efectividad ninguna. El Programa de Trabajo Decente no ha sido renovado ni asumido por el Gobierno, siendo una de sus prioridades la promoción del empleo y el trabajo decente. El mayor déficit en el mundo del trabajo en Costa Rica es la ausencia de diálogo social y tripartismo. Según el prestigioso Informe del Estado de la Nación (2022), el contexto sociopolítico actual del país se caracteriza por la normalización de resultados contrarios al desarrollo humano tras el progresivo abandono del contrato social costarricense. El unilateralismo se está consolidando de manera alarmante en Costa Rica. Por eso, necesitamos una acción contundente de la OIT y de sus órganos de control.
Miembro gubernamental, Colombia - Me dirijo en nombre de una mayoría significativa de países de América Latina y el Caribe, que tiene a bien referirse a la integración de Costa Rica en la lista de países que se someten al examen de esta comisión.
Agradecemos la información suministrada por el representante gubernamental, que ha puesto a disposición para conocimiento de los delegados y de la Comisión la información de la cual se toma nota que: Costa Rica ha construido, desde hace varios años, una serie de estrategias y programas activos del mercado laboral con el objeto de incidir de manera positiva en la población trabajadora, con especial énfasis en la población en situación de vulnerabilidad, incluidas las mujeres y las personas jóvenes, creando programas activos del mercado laboral, así como un cambio de enfoque en la forma de llevar a cabo la intermediación laboral con vistas a fortalecer el nexo que debe existir entre las necesidades del mercado y la oferta programática institucional.
Tenemos conocimiento de que el país ha priorizado la inserción laboral de personas con vulnerabilidad y el ajuste entre la demanda ocupacional y la formación técnica y profesional de las personas trabajadoras. En este sentido, el país ha realizado esfuerzos en la materia que regula el Convenio. Algunos ejemplos de los esfuerzos realizados por el Gobierno son: la consolidación del SNE, basado en el diálogo social; la creación de la Agencia Nacional de Empleo, que es una herramienta pública que conecta a las personas trabajadoras con las empresas; y la Ley de Formación Dual.
Finalmente, se destaca que el Gobierno ha manifestado que cuenta en la actualidad con asistencia técnica de la Oficina de País de la OIT para América Central, tal y como lo recomendó la Comisión de Expertos en su Informe de 2023, para la construcción y el desarrollo de la Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano.
Confiamos en que el Gobierno seguirá impulsando acciones para asegurar el bienestar y la calidad de vida mediante el diálogo social con los interlocutores sociales.
Por último, exhortamos a que la OIT siga brindando cooperación técnica a Costa Rica.
Miembro empleadora, Guatemala - El Convenio estima que los Estados Miembros deben formular y llevar a cabo una política activa destinada a fomentar el empleo pleno, productivo y libremente elegido, con el objeto de estimular el crecimiento y el desarrollo económico, de elevar el nivel de vida, de satisfacer las necesidades de mano de obra y de resolver el problema del desempleo y del subempleo.
Como ya hemos escuchado del Gobierno, me permito referir en este caso particular que se han llevado a cabo esfuerzos nacionales por mejorar la situación de empleo nacional y el Gobierno actual apenas está iniciando su labor en temas de empleo, lo cual se ha llevado a cabo a través de los medios y los espacios correspondientes, impulsando además reformas y normativas adecuadas.
Es importante señalar que el Gobierno ha priorizado la política pública dirigida a propiciar el ecosistema adecuado para facilitar la inserción laboral de personas vulnerables y la formación técnica y profesional de las personas trabajadoras, a través del actual Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública.
Sumándose a los esfuerzos que desde el país se hacen desde 2019, con los actores sociales se ha venido trabajando en una serie de instrumentos, políticas, guías y decretos que tienen como finalidad ayudar a reducir los índices de desempleo nacional, cerrar las brechas de formación profesional y reducir la informalidad.
Entre estos esfuerzos podemos señalar una ley que regula la educación y formación técnica dual, una acción necesaria para adaptarse a las necesidades del mercado laboral en donde se demanda mano de obra enfocada en oficios técnicos y a la vanguardia del desarrollo tecnológico, propiciando la inserción laboral de personas o grupos vulnerables o en riesgo social y como una herramienta de política pública para el acceso a un modelo de educación que permite generar la experiencia necesaria para insertarse posteriormente al empleo formal.
Así como la aprobación de una Ley para Regular el Teletrabajo, la cual ayudó a mantener muchos de estos puestos de trabajo durante la pandemia de COVID-19.
Por todo esto, nos parece que el conocer hoy aquí en este órgano de control este caso, no responde a un incumplimiento del Convenio, sino más bien como un caso de progreso por parte del Estado de Costa Rica.
Miembro trabajadora, Singapur - Permítanme comenzar diciendo que es muy desalentador observar que el Gobierno aún no ha desarrollado políticas concretas que aborden eficazmente la falta de puestos de trabajo y salven la brecha entre el crecimiento económico y la generación de empleo.
El hecho de que Costa Rica no haya establecido una política nacional dirigida a generar más empleos y de mayor calidad es motivo de preocupación y requiere una amplia gama de intervenciones políticas. Además, resulta decepcionante la omisión por parte del Gobierno de las consultas tripartitas para la formulación e implementación de políticas de empleo.
Un aspecto crítico que debe considerarse es la conexión entre las políticas de empleo y las estrategias de formalización, lo que garantiza la inversión en la ampliación de la protección social básica. La Recomendación núm. 204 sirve de base para la formalización progresiva, que conduce a un crecimiento sostenible y equitativo. Lamentablemente, el Gobierno no parece haber tomado ninguna medida para cumplir esta recomendación.
Aunque la memoria del Gobierno alude a programas para microempresas y pequeñas empresas que benefician a unas 200 pymes, el impacto de estas iniciativas en el universo global de las pymes existentes es insignificante. Es significativo que el Gobierno no haya mencionado el número exacto de puestos de trabajo creados a través de todos estos programas.
Por el contrario, la propuesta del Gobierno de aumentar los impuestos sobre las pymes hasta un 30 por ciento probablemente provocaría el éxodo de una gran mayoría de pequeñas empresas, exacerbando en consecuencia la informalidad y el desempleo.
Además, el apoyo del Gobierno a la modalidad de educación dual es defectuoso y explotador, ya que los aprendices carecen de seguridad social, derechos y salarios justos. Es preocupante que la Comisión Asesora para la Modalidad de Educación Dual esté compuesta por 11 miembros, de los cuales solo 1 representa a los trabajadores.
Por último, me gustaría llamar su atención sobre un reciente Informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, en que se ponen de relieve graves casos de esclavitud moderna en Costa Rica. Estos casos incluyen el trabajo en sectores del banano y la piña, el sector de la seguridad, el comercio minorista, el servicio doméstico, la construcción, e incluso dentro de las actividades del Estado, que son contrarias a las disposiciones del convenio.
El Relator de las Naciones Unidas ofrece importantes recomendaciones al Gobierno, haciendo hincapié en la necesidad de mejorar la inspección del trabajo mediante la asignación de recursos suficientes, tanto humanos como financieros, así como la concesión de poderes adicionales, como las sanciones in situ.
En conclusión, insto al Gobierno a abordar todas estas deficiencias con prontitud, teniendo en cuenta la urgencia de aplicar políticas de empleo eficaces y rectificar todos los problemas existentes.
Miembro empleador, Argentina - Se ha incorporado a la República de Costa Rica en la lista de casos sometidos a consideración de esta comisión por supuestos incumplimientos o vulneraciones de los artículos 1 y 3 del Convenio. El Gobierno ha informado que oportunamente implementó el denominado Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública del Bicentenario. Ese programa prevé la adopción de medidas para fortalecer la capacidad productiva del país y promover el empleo. Recordemos que la Comisión de Expertos observó que se identifica entre los desafíos actuales la necesidad de alinear la educación con los requerimientos del mercado de trabajo, ya que, si bien se reconocen los esfuerzos realizados por el Gobierno, la Encuesta Nacional de Empresas de 2018 mostró que había un alto número de puestos de trabajo vacantes debido a la falta de habilidades requeridas para los mismos por parte de los postulantes. Asimismo, el estudio brindado por el Gobierno muestra que las mujeres y los jóvenes mantenían las tasas más bajas de ocupación laboral y un acceso limitado a las oportunidades de empleo debido a la falta de experiencia y formación en ramas de actividad no tradicionales (tales como las ramas científicas, tecnológica y de ingeniería). Esta es una cuestión muy importante para el sector empleador, ya que no es posible fortalecer la capacidad productiva de un país si no se mejora la empleabilidad y la formación profesional de los trabajadores. El Gobierno ha informado que se ha diseñado la política pública dirigida a priorizar la inserción laboral de personas vulnerables (mujeres, jóvenes, personas con discapacidad) y se ha priorizado la formación técnica y profesional a través del referido Plan Nacional de Desarrollo de Inversión Pública y esto, según informa el Gobierno, ha sido un tema prioritario. De hecho, ha sido la misma OIT la que ha brindado asistencia técnica tal y como lo sugirió la Comisión de Expertos.
Al revisar los artículos 1 y 3 del Convenio, podemos ver que el primero de ellos indica que todo Estado Miembro debe formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el empleo pleno, productivo y libremente elegido. El objetivo del Convenio es estimular el crecimiento y el desarrollo económico con el objeto de elevar el nivel de vida de los trabajadores, satisfaciendo la necesidad de mano de obra de las empresas e intentando resolver el problema del desempleo y subempleo. Pero esta política activa debe diseñarse en consulta con los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, que serán las interesadas en las medidas que se adopten, debiendo ser tales políticas objeto de consulta tripartita. A pesar de que siempre se pueden mejorar las acciones desarrolladas, no se advierte que el Gobierno no haya realizado esfuerzos significativos en esta materia. Al respecto, digno es reiterar que es la misma OIT quien ha asesorado al Gobierno para desarrollar políticas y acciones concretas para tender puentes y generar la confianza en el proceso participativo y tripartito. Creemos que el Gobierno ha demostrado que existe voluntad política de seguir impulsando políticas de empleo y acciones para asegurar la empleabilidad.
Miembro trabajadora, Argentina - Nos encontramos ante el caso de Costa Rica, por incumplimientos a un Convenio que, como sabemos, ha sido designado por el Consejo de Administración como uno de los cuatro convenios prioritarios en razón de su importancia para el funcionamiento del sistema de normas internacionales del trabajo. Este es un Convenio de gobernanza, establecido en la Declaración de la OIT sobre la Justicia Social para una Mundialización Equitativa, y son normas que revisten suma relevancia en relación con la creación de trabajo digno, lineamiento prioritario de esta casa.
Tal y como se extrae del Informe de la Comisión de Expertos, estos extremos se encuentran limitados en Costa Rica, dado que en el contenido del mismo se evidencia que, sin perjuicio de los planes económicos que menciona el Gobierno para paliar la situación, no existen indicadores ni datos de que hayan dado resultado alguno.
Si bien los incumplimientos del Convenio se refieren a la falta de políticas referidas a la generación de empleo genuino y de calidad, la memoria hace especial mención a lo que sucede en materia de empleo público. En este punto, la Comisión de Expertos señala que se ha aprobado la Ley de Fortalecimiento de Finanzas Públicas núm. 9635, la cual ajusta los salarios y beneficios de los funcionarios públicos, vulnerando —como sostiene la parte trabajadora— los Convenios núms. 87 y 98, ya que establece que no se pueden negociar cuestiones que tengan impacto en el presupuesto nacional como lo son, por ejemplo, los salarios. De modo que no existe negociación colectiva en el sector público, los salarios se encuentran congelados por la Ley de Finanzas Públicas al mismo tiempo que la Ley Marco de Empleo Público prohíbe expresamente la negociación colectiva sobre salarios.
La Comisión de Expertos ya se había pronunciado con anterioridad, en la observación de 2020, situación que se encuentra citada en el Informe, y habría subrayado que «en el empleo público se debe poder gozar del derecho de negociación colectiva, inclusive con respecto a las remuneraciones y que además en este sentido existen mecanismos que permiten compaginar el respeto de las disponibilidades presupuestarias, por una parte, y el reconocimiento del derecho de negociación colectiva, por otra».
La imposibilidad de la negociación colectiva en el sector público afecta indefectiblemente al Convenio, dado que es una herramienta fundamental para que haya diálogo social entre las partes con objeto de fijar salarios justos y condiciones adecuadas de trabajo, contribuyendo a la creación de empleo decente y de calidad. Esto en virtud de que el cumplimiento del Convenio requiere promover políticas activas de empleo y el consecuente derecho subjetivo de que los trabajadores y las trabajadoras del país puedan obtener un trabajo digno imprescindible para reducir la pobreza y la desigualdad.
Por ello, dado que esta situación no se ve reflejada en la actualidad, debe ser abordada atenta a la gravedad del caso.
Miembro empleadora, Colombia - De acuerdo con la información proporcionada por el Gobierno, Costa Rica ha realizado esfuerzos notables para ofrecer una respuesta eficaz, con la respectiva consulta tripartita, a las necesidades en materia de empleo.
Es importante resaltar que en Costa Rica existen dos órganos relativos al mundo del trabajo que funcionan de manera tripartita. Me refiero al Consejo Superior de Trabajo y al Consejo de Empleo. Ambos, en sus planes de trabajo, han priorizado la adopción de medidas que consideramos apropiadas. Para el Gobierno reviste gran importancia que en estos consejos tomen parte las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores. Y por todo ello, me gustaría enfocarme en algunas medidas que vale la pena resaltar y en las cuales Costa Rica viene progresando.
Por un lado, con la asistencia técnica de la OIT, Costa Rica avanza en su Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano. En esa estrategia participan los interlocutores sociales en el diseño y ejecución de soluciones que permitan mejorar las condiciones de empleo. Asimismo, el SNE cuya dirección estratégica corresponde al Consejo Tripartito de Empleo cuenta con instancias operativas para fomentar dinámicas positivas en el mercado laboral. El Gobierno ha dispuesto recursos orientados a consolidar el Observatorio del Mercado Laboral como una herramienta necesaria para comprender y transformar las causas estructurales de los problemas de empleo. Consciente de que una de estas causas se relaciona con las competencias requeridas Costa Rica, cuenta con una Comisión asesora promotora de la educación y formación técnica profesional dual, la cual tiene por propósito evaluar la pertinencia de las competencias que demanda el mercado laboral. Esta es solo una muestra pequeña de algunas medidas que el tripartismo de Costa Rica viene adelantando en la dirección correcta.
Por otro lado, quiero destacar respecto del desempleo y la informalidad en Costa Rica que, aunque se encuentran en niveles preocupantes del 11 y el 43 por ciento para el primer trimestre de 2023, es claro que múltiples avances positivos se vienen presentando. La tasa de informalidad de Costa Rica, situada en el 42,9 por ciento, se encuentra por debajo de la media regional, que está cercana al 50 por ciento. La tasa de desempleo se redujo en 2,3 puntos porcentuales en comparación con el mismo periodo del año anterior, con lo cual se recuperaron más de 240 000 puestos de trabajo. También vale la pena destacar en cuanto a la composición del empleo en Costa Rica que el 75 por ciento de los empleados son asalariados, lo cual es un indicador atípicamente positivo cuando se compara con otros países de la región.
Finalmente, es claro que las mejores políticas de empleo son las políticas de productividad, industrialización y crecimiento económico. Es claro que los problemas estructurales de desempleo e informalidad en Costa Rica, al igual que en buena parte de América Latina, requieren de soluciones a largo plazo, por lo que no podemos esperar soluciones a corto plazo en contextos tan complejos.
Miembro trabajador, Uruguay - Como ya se ha dicho, es necesario que relativicemos algunos datos utilizados por el Ministerio de Trabajo en el tardío e inconsulto informe enviado a la Comisión de Expertos, pero que a su vez señala que el Gobierno particularmente establece una relación entre la creación de empleo y la pobreza, pobreza extrema que ha aumentado. Por lo cual, abordar en esta discusión el tema de la pobreza no es antojadizo ni nos saca del debate central al cual fuimos convocados.
Si bien la economía logró retomar los niveles de producción previos a la pandemia, lo hizo con una menor demanda de empleo. Esta insuficiencia de oportunidades laborales genera que la pobreza por ingreso se mantuvo en niveles históricamente altos. En julio de 2020, el 26,2 por ciento de los hogares se encontraban bajo la línea de pobreza y un 7 por ciento en pobreza extrema, llegando este indicador a un 23 por ciento en 2021, y existiendo estimaciones oficiales para 2022 que lo ubican en un 23 por ciento pero con 15 934 hogares nuevos en esa condición.
Informes elaborados por la Universidad de Costa Rica señalan que el país se enfrenta a un aumento de la pobreza extrema. Esto ya se ha dicho: hoy, 8 de cada 100 costarricenses se encuentran en esa categoría socioeconómica y son incapaces de satisfacer sus necesidades básicas alimentarias. Este incremento significó que 32 000 hogares y 103 00 personas se sumen a la cantidad de población en condición de pobreza en el país.
Ante esta realidad, urge que el Gobierno se avenga a poner en marcha un verdadero diálogo social que permita la construcción de una política de empleo con trabajo decente que contribuya, entre otros aspectos, a revertir esta grave situación de pobreza que se vive en el país.
Miembro empleador, Chile - En relación con el caso de Costa Rica, sorprende que haya sido seleccionado dentro de los casos de estudio por parte de esta comisión, pero, ya que es objeto de evaluación, es importante destacarlo como un caso de progreso, por las múltiples iniciativas de promoción activa del empleo formal y protegido con las que cuenta.
En particular, desde 2019, Costa Rica ha venido trabajando en una serie de instrumentos, políticas, guías y decretos cuya finalidad es reducir el desempleo nacional, cerrar brechas de formación profesional y reducir la informalidad. Y la única deuda pendiente sobre la cual el país debe seguir avanzando, comentada por la Comisión de Expertos, es contar con mayor y mejor información estadística para evaluar el impacto de las múltiples medidas que ha adoptado para crear empleos. Pero esto no puede invisibilizar el enorme esfuerzo desarrollado por distintas gestiones de Gobierno para aumentar la empleabilidad en Costa Rica, esfuerzos que en muchas ocasiones han contado con la asistencia de la Organización Internacional del Trabajo.
En los últimos meses de este año, el MTSS ha trabajado en una Estrategia Nacional de Empleabilidad y Talento Humano de Costa Rica con el acompañamiento técnico de la OIT, la cual fue presentada a los sectores que conforman el Consejo de Empleo, instancia de representación tripartita. Esta estrategia, además, debe ser aprobada por el CST, órgano también tripartito y con potestad para tomar decisiones.
En definitiva, el tiempo de esta intervención se hace escaso para enumerar y detallar los múltiples esfuerzos públicos con participación tripartita encaminados a promover el empleo formal y protegido, por lo que esta es una muy buena oportunidad para que se reconozca los múltiples esfuerzos realizados y se destaque a Costa Rica como un caso de progreso que vale la pena tomar en cuenta de modo ejemplar.
Miembro trabajador, España - La Comisión de Expertos tomó nota en su informe de las observaciones que los sindicatos hicieron en los años 2017 y 2021 sobre el Convenio. Esto coincide con el periodo durante el cual Costa Rica ha sufrido un enorme deterioro a nivel socioeconómico, político y, también, democrático.
Tal como demuestran estudios como el Informe del estado de la nación, el país carece, desde hace muchos años, de una política nacional de empleo a nivel general. Incluso los informes proporcionados por el Gobierno a la Comisión de Expertos demuestran los graves problemas respecto del acceso al empleo, con especial énfasis en las dificultades para las mujeres y los jóvenes.
En cuanto a la situación de las trabajadoras, las mujeres representan la mayoría de las personas que han sido excluidas de la fuerza laboral en el último año. Más de 1 millón de mujeres están fuera del mercado laboral, lo que representa cerca del doble que los hombres. La tasa neta de participación laboral de las mujeres es de 26 puntos porcentuales inferior a la de los hombres y representan el 54 por ciento de las personas desempleadas, aunque en el empleo son menos del 40 por ciento. Este diagnóstico de clara segregación de las trabajadoras demuestra la ausencia y la necesidad de una política de empleo sin discriminación de ningún tipo tal como estipulan los artículos 1 y 2 del Convenio.
La política de empleo es justamente una herramienta clave, para cumplir no solo con el Convenio núm. 122, sino también con otros convenios de la OIT, algunos de ellos fundamentales. Por ello, pensamos que debe considerar las afirmaciones aportadas por los trabajadores de Costa Rica, respecto de que una de las iniciativas básicas con impacto en el empleo, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 2019, que fue adoptada a pesar de ser contraria a diferentes convenios de la OIT como los Convenios núms. 87 y 98. Esta importante declaración se encuentra respaldada, tal y como menciona la Comisión de Expertos, en un memorando técnico elaborado por la OIT.
Además, la propia Comisión de Expertos alude a su observación de 2020, relativa a la aplicación del Convenio núm. 98, donde expresó su confianza en que en el proyecto de ley de empleo público se tomen plenamente en cuenta las garantías del Convenio núm. 98.
El Gobierno pretende justificar, como su política de empleo, la implementación de la Estrategia Nacional de Empleo y Desarrollo Productivo, pero ni siquiera ha proporcionado a la Comisión información sobre sus resultados, así como tampoco ha brindado información sobre el impacto de otras iniciativas supuestamente a favor del empleo.
Termino diciendo que el contexto costarricense evidencia la urgente necesidad de que el Gobierno desarrolle una política de empleo que respete el Convenio. Es decir, una política de empleo a partir de la consulta con los representantes de los trabajadores, a través de la cooperación con ellos para su formulación, y contando con su apoyo para su ejecución.
Miembro empleador, México - En primer término, nos permitimos resaltar el esfuerzo que ha hecho el Gobierno tendente a dar cumplimiento al Convenio, ya que el artículo 1 del mismo establece que, con la finalidad de resolver el problema del desempleo y del subempleo, se debe de llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.
Desde el denominado «Plan Rescate 2014-2018» uno de los tres pilares para rescatar Costa Rica fue el crecimiento económico y la generación de más y mejores empleos, y por esta vía la reducción de la pobreza y la desigualdad. El 27 de mayo de 2014 el Consejo de Gobierno de la República de Costa Rica tomó un acuerdo para «colocar la política de empleo como objetivo estratégico institucional del Estado costarricense para combatir la pobreza y la desigualdad», y encomendó al MTSS su elaboración.
Por lo anterior, consideramos que no existe razón suficiente para que la República de Costa Rica esté en la lista de casos que se han tratado en esta comisión.
Asimismo, llama la atención que dentro del presente asunto la Comisión de Expertos haya determinado observaciones respecto de los Convenios núms. 87 y 98, siendo el caso que son cuestiones totalmente distintas al fomento del empleo.
Con base en lo anterior, claramente no existe fundamento para hacer extensiva la supuesta violación de un convenio hacia otros convenios, ya que en todo caso, si existieran temas en materia de libertad sindical, derecho de sindicación y negociación colectiva, ello merecería un reclamo específico, lo cual no existe en el presente caso.
Con motivo de la pandemia de COVID-19 que se vivió a nivel mundial, es claro que todas las naciones a nivel mundial tuvieron impactos en su economía, y a raíz de ello es que todos los países se encuentran en etapa de recuperación. Sin embargo, estamos claros que, con esfuerzos como los que se han hecho en Costa Rica tendientes al cumplimiento del Convenio, la curva del desempleo comenzará a disminuir en beneficio de la población.
Miembro empleadora, Honduras - Este convenio tiene por objeto asegurar que los países Miembros formulen y desarrollen políticas destinadas a fomentar el empleo digno, que permitan satisfacer las necesidades de mano de obra, para resolver los problemas de desempleo y subempleo. Por ello, y en línea con lo que establece este convenio, el Gobierno ha priorizado la política pública dirigida a propiciar el ecosistema adecuado para facilitar la inserción laboral de personas vulnerables, en procura de un mayor ajuste entre la demanda ocupacional y la formación técnica y profesional de las personas trabajadoras, a través del actual Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (2023-2026).
Llama mucho la atención que se señale incumplimiento por parte del Gobierno, cuando este ha sido reiterativo en sus memorias del cumplimiento del Convenio, brindando un amplio detalle de sus esfuerzos y de las diferentes acciones que se han venido trabajando mediante la creación de instrumentos, políticas, decretos y guías, entre otros, priorizando reducir los índices de desempleo nacional para cerrar las brechas de formación profesional y la reducción de la informalidad. Por tanto, lo planteado por la Comisión de Expertos en su informe, nos encontramos que carece de fundamento en su interpretación, ya que el Gobierno y los mandantes han demostrado tener voluntad política para impulsar acciones tendentes a desarrollar reformas y normativas adecuadas en su SNE.
Con todo lo anterior expuesto, podemos dar fe de los compromisos y avances que el Gobierno ha priorizado en materia laboral, por lo que consideramos que, en lugar de sentarlo ante esta comisión, se debió más bien reconocer los avances desarrollados por el Gobierno en el marco de este convenio. Mantenemos la firme convicción de que seguirán impulsando acciones para asegurar el bienestar y la calidad de vida de las personas trabajadoras en Costa Rica, en el marco de procesos participativos y de diálogo tripartito en el país.
Observador, Confederación de Trabajadores y Trabajadoras de las Universidades de las Américas (CONTUA) - No es común que tratemos el caso de Costa Rica en esta comisión, porque se trata de un país que históricamente ha cumplido con las normas internacionales del trabajo, y en nuestra región siempre lo hemos referenciado en materia de promoción de los derechos humanos. No obstante, su historia, en los últimos años el retroceso de la protección social ha sido enorme en Costa Rica, y desde la llegada del actual Gobierno, se han implementado medidas regresivas que afectan gravemente a los trabajadores. El ataque más duro ha sido contra los trabajadores del sector público a quienes se le quiere aplicar una nueva «Ley de Empleo Público», que suprime los efectos de todos los convenios colectivos de trabajo que se han suscrito en los distintos organismos estatales, unifica las carreras administrativas en una sola grilla manejada unilateralmente por el Ministerio de Planificación, y congela los salarios en una escala única denominada salario global, que disminuye el monto salarial de aquellos trabajadores que superan lo establecido en el escalafón centralizado.
Años de negociación colectiva y desarrollo de carreras profesionales, por ejemplo, en los sectores de salud y educación, para que sean barridos de un plumazo. Esto no es casual, la sindicalización en Costa Rica se encuentra concentrada fundamentalmente en los servicios públicos, y desde el Gobierno se sostiene una fuerte campaña contra los sindicatos y los sindicalistas, que comenzó con la prohibición absoluta en algunos casos, y restricción abusiva en otros, del ejercicio del derecho a la huelga en los servicios públicos, y ahora continúa con la negación del ejercicio de la negociación colectiva y lo que viene asusta, con proyectos legislativos que pretenden intensificar las jornadas laborales hasta 12 horas, precarizando el empleo y abaratando al máximo la fuerza laboral. Los proyectos y programas que se anuncian aquí desde el Gobierno son intentos aislados y no llegan a la gente. La educación dual es precaria, sin derechos, sin salarios y sin seguridad social. El intervencionismo en materia de relaciones colectivas de trabajo se manifiesta nítidamente en las universidades públicas. El Gobierno se niega a homologar los pactos colectivos. La Ley Marco de Empleo Público, combinada con la Ley Fiscal viola la autonomía universitaria, conquista histórica del pueblo costarricense y baluarte esencial en la construcción de la defensa del Estado social de derecho del país.
Es necesaria una acción urgente de la OIT en Costa Rica para colaborar de buena fe con los trabajadores y los empleadores, que quieren defender el trabajo decente en todas sus dimensiones, y el respeto de los derechos humanos, sociales, económicos y culturales. Debemos frenar el retroceso, y trabajar para que se retome la senda del diálogo social y los principios establecidos en el Convenio.
Representante gubernamental - Es menester reiterar en esta segunda oportunidad en esta sesión que, durante los últimos cinco años, Costa Rica ha avanzado en la implementación de políticas y programas que buscan contribuir con el crecimiento económico inclusivo y el bienestar de todas las personas, basados en un enfoque de derechos humanos.
La reducción de brechas económicas, sociales, territoriales, de género, entre otras, han sido el norte de las políticas activas del mercado de trabajo, las políticas de protección social y las estrategias diferenciadas para poblaciones específicas. Esa implementación y sus resultados han sido influenciados y condicionados por un contexto, como lo indiqué anteriormente, de saneamiento de las finanzas públicas y de la pandemia de COVID-19.
Por otra parte, valga rescatar de manera especial que la Comisión de Expertos ha tomado con interés medidas que Costa Rica ha adoptado en el marco de otros convenios, entre los cuales destaca el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), al señalar: «La Comisión toma nota con interés de la adopción del Decreto Ejecutivo por el que se crea el Sistema Nacional de Empleo (SNE) […] para responder tanto a las dinámicas del mercado laboral, como a las necesidades de las personas en búsqueda de empleo o ya empleadas para conservar su trabajo o mejorar sus condiciones laborales, priorizando aquellas que se encuentran en condición de vulnerabilidad».
De igual manera, la Comisión ha tomado con interés la información brindada por el Gobierno, en torno con el Convenio núm. 111, al destacar que la «discriminación por condición de salud se ha prohibido con la adopción de la reforma integral de la Ley General sobre el VIH/SIDA, que modifica el artículo 404 del Código del Trabajo», así como «las acciones afirmativas a favor de las personas afrodescendientes, que establece medidas para promover el acceso al empleo y a la educación de la población afrodescendiente».
Finalmente, ha tomado nota con interés «las numerosas medidas implementadas con miras a acelerar la inserción laboral de las personas con discapacidad», en el marco del cumplimiento del Convenio núm. 159.
En relación con la población con discapacidad, resulta inminente mencionar que mediante el Decreto Ejecutivo núm. 41761 de 2019, se creó la Comisión Nacional para la Empleabilidad y el Trabajo de las Personas con Discapacidad (CNETPcD), como una instancia que incide en los procesos nacionales de empleabilidad y empresarialidad, mediante el ejercicio de estrategias técnicas y políticas, tendientes a una efectiva inclusión y permanencia laboral de las personas con discapacidad en el sector público como en el privado.
Dicha comisión ostenta una composición tripartita, con representación del sector gubernamental, sector productivo y de la sociedad civil, a través de las organizaciones de personas con discapacidad. En una sesión celebrada el pasado 30 de mayo, se aprobó por unanimidad el Plan de trabajo bianual de dicha comisión de inserción laboral. Ahora bien, debo hacer referencia además a la Ley núm. 8862, la cual dispone la reserva de al menos el 5 por ciento de las plazas vacantes del sector público central y descentralizado, así como de los entes públicos no estatales y las empresas públicas en régimen de competencia.
El MTSS, como institución responsable del seguimiento continuo y expreso de esta ley, ha desplegado un plan estratégico de aceleración en orden a que la institucionalidad pública honre el compromiso de la inserción laboral siguiendo los procedimientos de la normativa vigente. En este momento se cuentan con alrededor de 882 personas con discapacidad que han entrado a las filas del sector público costarricense mediante esta reserva del 5 por ciento.
Mis compañeros del Departamento de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad (DIOPCD) de la Dirección Nacional de Seguridad Social del MTSS, lideran tanto a nivel institucional como interinstitucionalmente la definición de políticas públicas en materia de equiparación e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el ámbito sociolaboral, para promover la inclusión laboral, el tutelaje de derechos laborales y humanos, así como la promoción del trabajo decente y de calidad de estas personas.
Debo mencionar el apoyo del Programa Nacional de Apoyo a la Pobreza y la Movilidad Social (PRONAMYPE), que desde su origen se constituyó como un brazo ejecutor de las políticas públicas para paliar el desempleo, siendo este uno de los principales generadores de desigualdad en el mundo del trabajo. La Dirección de Economía Social Solidaria del MTSS maneja este programa que es una herramienta para el apoyo de emprendimientos individuales y colaborativos en asocio.
Su contribución a la sociedad está orientada a favorecer la movilidad social a través de otra alternativa de ingresos para las personas y sus familias, mediante la creación de oportunidades para que estas generen autoempleo, a través de proyectos productivos, llamados también microemprendimientos.
Otras medidas concretas para garantizar la eliminación de la discriminación debo de mencionarlo con respecto a las mujeres y en términos del empleo que son absolutamente indispensables mencionar en esta disertación: 1) el especial énfasis que se ha puesto desde la Dirección Nacional de la Inspección del Trabajo (DNI) en el tema de los derechos de las mujeres trabajadoras a través del programa de visitas con enfoque de género, lo que ha permitido identificar un trato diferenciado y desigualdades entre las mujeres y los hombres en el ámbito laboral en áreas como la remuneración, el hostigamiento sexual, el acoso laboral, y el acoso sexual, la segregación de las ocupaciones por sexo siguiendo roles de género tradicionales; 2) el aumento de la demanda del programa «Empléate» en su modalidad de Estrategia Alianza para el Bilingüismo que favoreció mayoritariamente a mujeres, y 3) los resultados alcanzados en la entrega del subsidio temporal no condicionado en respuesta a las afectaciones en el empleo producto de las restricciones y la crisis ocasionada por la COVID-19, denominado «Bono Proteger», que indican que el 52,4 por ciento de las personas beneficiadas fueron mujeres.
También estamos trabajando en la puesta en práctica de la Agenda nacional de trabajo doméstico remunerado que será una herramienta indispensable para luchar contra la informalidad y que afecta sobre todo a las mujeres migrantes, que son quienes trabajan fundamentalmente en el sector doméstico en Costa Rica. Es una necesidad que estamos atendiendo con la cooperación de la OIT en estos momentos justamente.
Todo lo anterior se encuentra en armonía con lo expuesto con anterioridad y demuestra no solo que existe la voluntad política y múltiples buenas prácticas, mejorables todas, por supuesto, sino además que el Gobierno mantiene la convicción de seguir impulsando acciones para asegurar el bienestar y la calidad de vida de las personas trabajadoras en Costa Rica, en el marco de procesos participativos y de diálogo con los sectores, sin los cuales indiscutiblemente no sería posible concretar estas acciones gubernamentales.
Resulta importante que la Comisión observe la consistencia y la voluntad del Estado costarricense en crear condiciones de orden legal, administrativas y de inversión, orientadas a elevar los perfiles de empleabilidad de la población esta ha sido nuestra tarea constante y continuará siéndolo.
De la misma manera, el Gobierno está de forma decidida y comprometida generando las condiciones macroeconómicas, como señalé anteriormente para que las inversiones de capital nacional e internacional encuentren el mejor ambiente posible en una región en las que nos ubicamos, cada vez más competitiva y con un entorno de desafíos migratorios muy serios.
En ese sentido, agradecemos la oportunidad de mostrar en este espacio algunas de las acciones que estamos emprendiendo y que Costa Rica, en esta oportunidad, desea extender y armonizar los lazos con todos los sectores a efectos de continuar con la tradición costarricense sobre un diálogo tripartito y sincero con objetivos para obtener los mejores niveles de vida para nuestra población.
Presidente - Le doy las gracias Viceministro a usted y su delegación por participar en los trabajos de la Comisión y, por supuesto, tomamos nota del compromiso del Gobierno de seguir colaborando con esta comisión, así como con los interlocutores sociales.
Miembros trabajadores- Agradecemos al Gobierno sus comentarios y también a todos los demás oradores sus intervenciones.
Queremos recordar, en primer lugar, que la lista de casos que trata esta comisión ha resultado de un consenso entre empleadores y trabajadores, por lo cual Costa Rica está correctamente incluida en la lista de los casos a analizar por esta comisión. Como hemos expresado en nuestra intervención inicial, Costa Rica sigue padeciendo niveles muy altos de pobreza y desempleo. A pesar de argumentar, como muchos otros países de nuestra región, que hay crecimiento económico y desarrollo, encontramos que en Costa Rica un segmento considerable de la población sigue marginado y privado de oportunidades de empleo estable. Por eso, para nosotros este caso no es de progreso.
En vista de estas observaciones, Costa Rica debe revisar sus políticas y programas con miras a promover la inversión en la creación de empleo decente, estable y duradero y reducir la pobreza. Además, teniendo en cuenta las características y la composición del empleo en el país, parece claro que se deben adoptar medidas específicas para abrir caminos hacia la formalización de la economía informal en línea con el Convenio núm. 122 y la Recomendación núm. 204. En el contexto de la recuperación postpandemia, las políticas de empleo deben atender particularmente las necesidades de los trabajadores que fueron o que aún están fuertemente afectados por la pandemia y sus consecuencias. Las políticas de empleo deben ser integrales, los programas o las medidas aisladas que no llegan a la gente son ineficaces e insuficientes. Las políticas de empleo deben abordar las grandes desigualdades en el mercado laboral que afectan de manera considerable, como lo hemos detallado, a las mujeres. Se necesitan más esfuerzos para lograr una mayor igualdad de oportunidades en términos de acceso al empleo, así como la igualdad de trato en las condiciones de trabajo. Todas estas medidas deben ser sustentadas por un sistema robusto de recolección y análisis de datos estadísticos, especialmente sobre la situación y las tendencias actuales de la población activa, el empleo, el desempleo y el subempleo en todo el país. El Gobierno debe derogar la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y la Ley Marco de Empleo Público ya que ambas no cumplen plenamente con los requisitos del Convenio núm. 122, así como tampoco con los de los Convenios núms. 87 y 98. Costa Rica debe reestablecer, fundamentalmente, todos los espacios de diálogo social y entablar consultas efectivas, reales, con los interlocutores sociales y en especial en la discusión de cualquier legislación que implique impacto sobre la generación de empleo. Los espacios tripartitos a nivel nacional deben activarse. Por eso, por todo lo expuesto, para los miembros trabajadores, este caso no es de progreso. Finalmente, solicitamos al Gobierno que acepte una misión de contactos directos.
Miembros empleadores - Agradecemos la ampliación de la información y las aclaraciones brindadas por el Gobierno, así como la exposición de todos los que intervinieron y aportaron en este debate. Por nuestra parte, como miembros empleadores, nos corresponde manifestar que, definitivamente, como consecuencia de los impactos generados por la pandemia de COVID-19, ha sido tarea de todos, Gobiernos, empleadores, trabajadores, cada uno desde la posición y óptica que le toca ejercer, el buscar la adopción de políticas y estrategias que permitan recuperar las economías de cada país, y con ello las fuentes de empleo que, definitivamente, se vieron sensiblemente afectadas en el mundo entero.
La preocupación descrita, no solo debe responder a las necesidades y realidad de cada país, sino, además, debe considerar aspectos que son igualmente esenciales, como, por ejemplo: la formalización del empleo; la incorporación de los jóvenes a fuentes laborales; la equidad de género en la aplicación de estas políticas; el generar espacios y alternativas de capacitación técnica y profesional; la disminución de las brechas económicas en materia salarial; la no discriminación; la inserción al mercado laboral de las personas con discapacidad, y el promover, en la medida de lo posible, aquello que esta casa ha definido como empleos verdes. Objetivos todos ellos que no son fáciles de alcanzar, pero deben ser la motivación de todos; aspectos que han sido considerados por todos los actores en Costa Rica, y respecto de los cuales existe plena predisposición del sector empleador del país. Si bien entendemos las inquietudes de los trabajadores respecto a la forma de aplicación de otros convenios, resulta importante centrar nuestros esfuerzos en limitar la discusión respecto del Convenio que aquí nos trae, es decir, el Convenio núm. 122, instrumento respecto del cual se ha identificado que se tienen avances significativos en Costa Rica mediante los múltiples programas que se vienen desarrollando y que, como todo, por supuesto que pueden mejorarse y actualizarse en función a la realidad social que tiene el país. En ese marco, a efectos de evitar susceptibilidades innecesarias y que los avances generados en materia normativa y de regulación, así como su motivación, y que han sido igualmente expresados el día de hoy, puedan ser de conocimiento de todos, cobra vital importancia la adecuada socialización de los planes y políticas para el empleo con todos los actores, debiéndose brindar información oportuna a las organizaciones tanto de trabajadores como de empleadores a fin que, por la vía del diálogo social, todos puedan coadyuvar en esta tarea desde sus experiencias, opiniones e intereses, todo en línea con lo que refiere el artículo 3 del Convenio, que busca precisamente un afán colaborativo.
Por todo lo expuesto, habiendo tomado nota de las explicaciones brindadas por el Gobierno en esta reunión y que advertimos y reiteramos, cuenta con políticas de empleo, los miembros empleadores recomiendan al Gobierno: primero, intensificar esfuerzos para mejorar la labor de socialización e información a todos los actores, sobre las políticas y programas de empleo que viene desarrollando y aquellas que pueda desarrollar el futuro, todo en el marco del Convenio, dando continuidad al diálogo social tripartito que ya viene realizando como vía principal para la resolución de los problemas del país en materia de empleo; y segundo, aprovechar el apoyo técnico que ya viene recibiendo de la OIT ―no es nada nuevo para Costa Rica― en algunos programas, para desarrollar mejor la labor descrita, así como actualizar la información sobre los resultados obtenidos en la ejecución de sus planes y programas de empleo.
Conclusiones de la Comisión
La Comisión tomó nota de la información oral y escrita proporcionada por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.
La Comisión lamentó que el Gobierno no haya establecido y aplicado una política nacional integral destinada a promover el empleo pleno, productivo y libremente elegido, en plena consulta con los interlocutores sociales.
Habida cuenta de la discusión, la Comisión insta al Gobierno a que adopte, en consulta con los interlocutores sociales, las medidas siguientes:
- adoptar una política nacional de empleo integral para promover la creación de oportunidades de empleo pleno, productivo y libremente elegido, en consonancia con el Convenio;
- intensificar los esfuerzos para reforzar el diálogo social e incluir a los interlocutores sociales en las iniciativas ya desarrolladas, así como en aquellas que puedan ponerse en marcha en el futuro, en particular en materia de políticas y programas de empleo, incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo y promoción de la igualdad de género y de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo;
- proporcionar información sobre el impacto de las medidas adoptadas para alcanzar los objetivos del Convenio, incluidas aquellas adoptadas en el marco de la Estrategia Nacional de Empleo y Desarrollo Productivo (ENDEP) y del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública del Bicentenario (PNDIP) 2019-2022;
- tomar medidas para garantizar que la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas se ajuste plenamente al Convenio y no vulnere los principios y derechos fundamentales en el trabajo;
- indicar la manera en que se ha consultado a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como a los representantes de las partes involucradas con respecto a la concepción, elaboración, aplicación, seguimiento y revisión de las medidas activas del mercado de trabajo adoptadas, incluyendo la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, y
- garantizar la consulta tripartita sobre el desarrollo de políticas y programas de empleo mediante la creación de un consejo tripartito nacional.
La Comisión pide al Gobierno que proporcione información completa y exhaustiva sobre las cuestiones anteriores a la Comisión de Expertos antes del 1.° de septiembre de 2023.
Representante gubernamental - Las conclusiones leídas el día de hoy en este recinto para el caso de Costa Rica deslucen el trabajo de esta comisión. De manera preocupante denotan falta de análisis objetivo y riguroso de la amplia información brindada.
Las conclusiones solicitan información de antiguas iniciativas de empleo, concretamente de hace cinco años. Con este inexplicable desfase en el tiempo desvirtúan y desconocen la realidad actual del mercado laboral, así como todas y cada una de las acciones informadas a esta comisión de forma oportuna, y expuestas también en este recinto.
Extrañamos un examen técnico que supone la reflexión apegada a la esencia de lo establecido en el Convenio núm. 122 apartándose de sus alcances incluyendo aspectos como la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas del Estado. Consecuentemente, y tome nota esta comisión, se da paso de manera peligrosa a la inseguridad jurídica, lo cual es un riesgo para una efectiva cultura de cumplimiento.
No obstante, Costa Rica desea manifestar, una vez más, su firme y decidida convicción de generar todas las acciones disponibles de política pública a favor del empleo para todas las personas, y sobre todo la promoción del desarrollo nacional a partir del diálogo constructivo de buena fe y orientado por los principios democráticos.
Comentario anterior
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Adopción y aplicación de una política activa del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de las respuestas a la observación de 2008 transmitidas por el Gobierno en una memoria recibida en junio de 2009. Además, la Comisión ha tomado nota de la detallada memoria brindada por el Gobierno sobre convenios no ratificados y recomendaciones relacionados con la política del empleo. El Gobierno indica que en el Plan Nacional de Empleo se distinguen dos grandes segmentos productivos: el sector productivo moderno vinculado a la dinámica de exportación, y otro sector asociado con la informalidad y la lógica de subsistencia. En relación con el sector productivo moderno, el Gobierno sostiene una estrategia sustentada en el comercio exterior complementada por acciones concretas a nivel macroeconómico y apoyo logístico a la inversión y exportaciones, incluyendo el fortalecimiento de los esquemas formales de educación y formación profesional. En el segundo sector, se busca aprovechar los recursos del sector cooperativo para promover el empleo, articular el apoyo a la micro y pequeña empresa y promover formas no convencionales de educación y capacitación para el trabajo. Según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral 2008, en Costa Rica se mantuvo la tasa de desempleo urbana en 4,8 por ciento y la tasa de desempleo nacional aumentó de 4,6 por ciento a 4,9 por ciento. Al finalizar el año 2008, el empleo en la industria manufacturera en Costa Rica había caído con 4,8 puntos porcentuales. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria ofrezca informaciones sobre la manera en que la puesta en práctica del Plan Nacional de Empleo (PLANE) ha contribuido para alcanzar los objetivos del pleno empleo productivo del Convenio.
2. Coordinación de la política de enseñanza y de formación con las oportunidades de empleo. En respuesta a comentarios anteriores, el Gobierno indica que los segmentos poblacionales de jóvenes en edad de trabajar con frecuencia quedan al margen de la política pública de formación profesional y capacitación para un trabajo, en razón de que la mayoría no cuentan con los requisitos de entrada para participar en los esquemas formales de formación. El Gobierno evoca dificultades por parte de la Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje para flexibilizar la formación profesional. En este sentido, la Comisión reitera la importancia de continuar informando sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo. La Comisión agradece al Gobierno que en su próxima memoria agregue indicaciones sobre los resultados concretos alcanzados para asegurar que los jóvenes y otras personas vulnerables (como las mujeres, las personas con discapacidades, los trabajadores de edad) cuenten con servicios de orientación y de formación que les permitan ingresar en el mercado del trabajo y obtener empleo duradero.
3. Promoción del empleo femenino. La Comisión toma nota con interés de la propuesta del PLANE de una acción inmediata para el cuido. Según esta propuesta, se construirían instalaciones de cuida en empresas las cuales serían administradas como una iniciativa productiva privada por un grupo de mujeres. El costo del cuido de cada infante sería asumido de manera conjunta por el Estado (dos quintos del costo total), la empresa (dos quintos) y una organización de trabajadores o directamente los beneficiarios (un quinto). La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria informaciones sobre la puesta en práctica de las instalaciones de cuido y la manera en que ha contribuido a generar empleo duradero de las mujeres.
4. Promoción del empleo juvenil. En su memoria, el Gobierno menciona el Programa Jóvenes Empresarios cuyo fundamento es promover la cultura empresarial entre la población joven. La Comisión toma nota de que este programa forma parte del Plan Escudo para enfrentar la crisis actual. En ese contexto, el Gobierno se propone demorar la salida de los estudiantes del sistema escolar evitando así su ingreso prematuro al mercado del trabajo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria también se informe del impacto alcanzado por las medidas adoptadas para asegurar empleo duradero a los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo.
5. Microempresas y cooperativas. Economía informal. El Gobierno agrega en su memoria informaciones del Programa Nacional de Apoyo a la Microempresa el cual otorga créditos en condiciones blandas a microempresarios y capacitación a personas excluidas de la banca tradicional y del sistema financiero. Se colocaron 1.011 créditos por inversiones del orden de los 1,154 millones de colones en 2008, beneficiándose a un 52,3 por ciento de hombres y 47,7 de mujeres. La Comisión toma también nota de la acción del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria informe sobre los resultados de las medidas que se han adoptado para que las microempresas y las cooperativas se conviertan en fuentes generadoras de empleo sostenible. Sírvase también indicar la manera en que las iniciativas a favor de las microempresas y las cooperativas han tenido un impacto en mejorar las condiciones de trabajo de quienes trabajan en la economía informal.
6. Zonas francas de exportación. El Gobierno reitera que las zonas francas de exportación han creado gran cantidad de empleos duraderos y de calidad. La Comisión toma nota de la información transmitida por la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE) indicando que para el año 2008, las zonas francas exportaron más de 1.200 productos a 106 diferentes países. 247 empresas están activas en régimen de zona franca y emplean a más de 53.000 personas — la mitad del empleo se ubica en actividad de alta tecnología. La productividad por trabajador en dichas empresas, así como sus niveles salariales son relativamente altos en comparación con otros sectores de la economía. La Comisión pide al Gobierno que siga informando sobre la contribución de las zonas francas de exportación a la creación de empleo duradero y de calidad.
7. Participación de los interlocutores sociales. Artículo 3. El Gobierno informa que la propuesta del PLANE y del Programa de Trabajo Decente se sometió a conocimiento y aprobación del Consejo Superior de Trabajo. El Gobierno indica también que los trabajos de análisis, investigación y búsqueda de consensos, han sido decididamente apoyados por la OIT. La Comisión reitera su interés por examinar informaciones concretas sobre los consensos tripartitos alcanzados en el marco del Consejo Superior de Trabajo en relación con la formulación y aplicación de las medidas de política del empleo que requiere el Convenio.
1. Adopción y aplicación de una política activa del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de las respuestas detalladas a la observación de 2006, transmitidas en un informe completo preparado por la Dirección Nacional de Empleo y la Dirección General de Planificación del Trabajo en septiembre de 2007. El núcleo central de la política de empleo gira entorno a la generación de empleos de calidad. Para aumentar la empleabilidad de las personas, el Gobierno se propone atraer inversiones extranjeras de calidad, apoyar a las pequeñas y medianas empresas, dotar una fuerza de trabajo competitiva y formalizar la informalidad (es decir, permitir a las empresas que financien los costos laborales y generen empleos de calidad). En 2006, el Programa Nacional de Empleo contó con un presupuesto de 150 millones de colones, afectándose dichos fondos a las localidades con mayores niveles de desempleo y pobreza (Chorotega, Pacífico Central, Brunca y Huetar). La mayor proporción de los proyectos se orientaron para el mejoramiento de caminos vecinales, las infraestructuras, tales como construcción de puentes, acueductos y aulas. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria continúe presentando informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular la política económica y social y precise los resultados que se hayan alcanzado para la creación de empleo productivo en el marco del Programa Nacional de Empleo.
2. Promoción del empleo y grupos vulnerables. Las informaciones transmitidas por el Gobierno reflejan un crecimiento de la población económicamente ocupada en 2006 que llega a cerca de 1.830.000 trabajadores incluyendo 10.138 desempleados. La tasa de desempleo abierto en el 2006, alcanzó al 6 por ciento de la población. Las mujeres aumentaron su participación pero su tasa de participación se sitúa en el 30,1 por ciento — mientras que la de los hombres se sitúa en un 71,8 por ciento. La mayor parte del trabajo asalariado de las mujeres se concentra en el sector doméstico o como trabajadoras por cuenta propia. Por otra parte, los jóvenes sufren de tasas de desempleo más altas que el resto de la población, los menores de 25 años enfrentan una tasa de desempleo abierto del 13,8 por ciento. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria describa las medidas adoptadas para generar empleo duradero de mujeres y de jóvenes. La Comisión pide que se incluyan también informaciones detalladas sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo indicando la medida en que se han podido superar las dificultades que encuentran en el mercado de trabajo los sectores más vulnerables (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad avanzada, trabajadores rurales y de la economía informal).
3. Pequeña empresa y sector informal. El Gobierno indica en su memoria que, según datos de 2002, existen 275.000 micronegocios no agrícolas y 66.000 microempresas; señalando la necesidad de actualizar los datos en especial en lo que respecta a las actividades del sector informal que tienen un crecimiento importante en el sector turístico y en la construcción. Se advierten empresas informales exitosas que han logrado insertarse en la actividad exportadora. La Comisión pide que en la próxima memoria se indique si se han realizado las tareas de actualización de la información sobre las pequeñas y microempresas de manera de que se tomen nuevas medidas destinadas a aumentar las oportunidades de empleo, mejorar las condiciones de trabajo en el sector informal y facilitar la integración progresiva de dicho sector en la economía nacional.
4. Zonas francas de exportación. En respuesta a comentarios anteriores, el Gobierno indica que la creación de empleos a través de inversiones extranjeras directas ha sido constante. Dichas inversiones se ubican en su gran mayoría en zonas francas de exportación. Las zonas francas han generado cerca de 36.000 empleos, el doble de lo que existía hacía una década. Para finales de julio de 2006, la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE) informó que en los últimos cuatro años las empresas en régimen de zona franca abrieron 9.000 nuevos empleos. La Comisión pide al Gobierno que siga informando sobre la contribución de las zonas francas de exportación a la creación de empleo duradero y de calidad.
5. Coordinación de la política de enseñanza y de formación con las oportunidades de empleo. La Comisión toma nota con interés de las indicaciones transmitidas sobre el inicio de una plataforma electrónica del trabajo, coordinada entre el Ministerio de Trabajo, el Instituto Nacional de Aprendizaje y la red de colegios técnicos y las oficinas municipales de empleo. El Gobierno menciona también al Sistema Nacional de Formación Profesional. La Comisión reitera la importancia de continuar informando sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo. La Comisión pide en particular indicaciones sobre los resultados concretos alcanzados por los servicios de orientación y de formación establecidos para los jóvenes, los migrantes y con discapacidad.
6. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota que se ha elegido al Consejo Superior de Trabajo como foro de discusión y mejoramiento del Programa Nacional de Empleo. La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada había enviado sus observaciones en marzo de 2007 y se esperaban las opiniones del sector sindical. Para la realización de este tipo de actividades, el Gobierno indica que espera seguir contando con la participación y colaboración de la OIT. La Comisión pide que la próxima memoria incluya informaciones más concretas sobre los consensos tripartitos alcanzados en el marco del Consejo Superior de Trabajo en relación con la política del empleo. Sírvase también indicar las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover los objetivos de creación de empleo productivo del Convenio (parte V del formulario de memoria).
1. Adopción y aplicación de una política activa del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en su memoria para el período que terminó en mayo de 2005. El Gobierno ha transmitido el documento Política de Empleo para Costa Rica, publicado en marzo de 2004, para el cual contó con el asesoramiento técnico de la OIT. Dicho documento fue el resultado de consultas tripartitas realizadas en el marco del Consejo Superior de Trabajo destacándose que en Costa Rica no ha existido una política explícita de empleo, como parte integral de una política de desarrollo, que tenga como objetivo promover la movilidad social ascendente, lograr una mejor distribución del ingreso y reducir la pobreza. Los elementos de una política de empleo deberían incluir: crear un sistema de información, orientación e intermediación y empleo y un sistema nacional de formación técnica; reordenar las migraciones laborales; fomentar la producción de las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas y el sector de la economía social; favorecer las zonas de menor desarrollo relativo y proteger a los grupos de atención especial — y establecer un mecanismo de programación, seguimiento, verificación y evaluación de manera que la política de empleo se convierta en una política de Estado. La Comisión considera esencial que se tomen en cuenta los objetivos del empleo, «como un objetivo de mayor importancia», desde el inicio de las discusiones para la formulación de políticas económicas y sociales de modo que dichos objetivos formen realmente parte integrante de las políticas que se adopten (véase el párrafo 490 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). La Comisión espera que la próxima memoria del Gobierno incluirá informaciones que permitan apreciar los progresos realizados para adoptar una política activa del empleo, con la participación de los interlocutores sociales, de manera de alcanzar los objetivos de creación de empleo que establece el Convenio (artículos 1, 2 y 3 del Convenio). En este sentido, se pide al Gobierno que informe sobre los resultados alcanzados en relación con la creación de empleo por el Programa de Generación de Empleo, Producción e Inversión Estratégica — en particular en las regiones periféricas del país. Se invita al Gobierno a agregar también informaciones detalladas sobre las medidas ejecutadas en el marco de la política nacional de empleo.
2. De las informaciones suministradas por el Gobierno se desprende que la tasa de desempleo se ubicó en 6,5 por ciento (en 2004), experimentando un ligero descenso respecto de 2003 (6,7 por ciento). La población desocupada disminuyó y la fuerza de trabajo aumentó escasamente. En 2004, se crearon 13.492 nuevos puestos de trabajo. El Gobierno indica que si un mayor número de jóvenes en edad potencialmente activa hubiera optado por acceder al mercado de trabajo, las cifras de desempleo hubieran sido desalentadoras. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones detalladas sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo indicando la medida en que afectan los sectores más vulnerables (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad avanzada, trabajadores rurales y de la economía informal). La Comisión solicita que se comuniquen indicaciones sobre la contribución de las zonas francas de exportación a la creación de empleo duradero y de calidad.
3. La Comisión toma nota de las informaciones incluidas sobre las iniciativas del Ministerio de Educación Pública y de las acciones ejecutadas por el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA). La Comisión agradecería que se continúe haciendo referencia, en la próxima memoria, a las cuestiones relativas a la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo, indispensable para que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y utilizar en dicho empleo la formación y facultades que posea. En este sentido, el Gobierno puede referirse a las orientaciones de la Recomendación núm. 195 adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en ocasión de su 92.ª reunión (junio de 2004) y a las disposiciones del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142).
4. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión ha tomado conocimiento de la Declaración tripartita para el fomento del empleo y el trabajo decente en Centroamérica y República Dominicana, suscrita por los Ministros de Trabajo y representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en Tegucigalpa, en junio de 2005. En dicha Declaración tripartita, se acordó, entre otras orientaciones importantes, incorporar el objetivo de creación de empleos dignos, sostenibles y de calidad según los parámetros de la OIT en el centro de la política macroeconómica — los esfuerzos se deben concentrar no sólo en el control de la inflación y del déficit fiscal, sino también y con igual prioridad, en la promoción de la inversión y al crecimiento con equidad. La Comisión agradecería al Gobierno que en su próxima memoria se incluya indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, tanto a nivel nacional como subregional, los objetivos de creación de empleo productivo del Convenio (parte V del formulario de memoria).
1. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas comunicadas por el Gobierno en su memoria para el período que terminó en mayo de 2002. El Gobierno ha informado que no ocurrieron cambios sustanciales en la aplicación del Convenio para el período siguiente.
2. La Comisión toma nota de la prioridad dada a las inversiones extranjeras para favorecer las exportaciones, al desarrollo de las zonas francas y a mejorar la productividad de las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno informa además sobre las medidas que se han ido ejecutando para controlar la inflación, simplificar y aumentar la recaudación impositiva y modernizar el sistema aduanero. El Gobierno declara que el lento crecimiento en los Estados Unidos y la caída de los precios de los principales productos de exportación agrícolas - aunado a la situación del déficit fiscal y el crecimiento de la deuda pública - han condicionado la política de empleo. Entre 1998 y 2002, se generaron 326.000 puestos de trabajo adicionales (aumentando la población ocupada un 26,5 por ciento). La tasa de familias pobres ha tenido un comportamiento estable situándose en alrededor del 20 por ciento. Las informaciones analizadas por la CEPAL en su Estudio económico de América Latina y el Caribe 2001-2002, confirman que el desempleo se elevó en 2001 a 6,1 por ciento y la subutilización total a 13,7 por ciento. Las más afectadas fueron las actividades manufactureras (textiles) y agrícolas de exportación (café y banano). El desempleo rural volvió a ser superior al promedio (6,5 por ciento). La subutilización de la fuerza de trabajo se presenta principalmente en las regiones de población más pobre: Chorotega, Brunca y Pacífico Central. La Comisión confía en que el Gobierno dará las informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo que se requieren en el formulario de memoria indicando la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores (mujeres y jóvenes de los sectores más pobres de la población y a los trabajadores del sector rural y de la economía informal).
3. En este sentido, la Comisión agradecería al Gobierno que siga informando sobre las medidas y programas destinados al mercado laboral que se hayan ejecutado para armonizar la oferta y la demanda de mano de obra de manera de asegurar que las categorías de trabajadores afectadas por las transformaciones estructurales, tales como las reestructuraciones en el sector público, permanezcan en el mercado de trabajo.
4. La Comisión agradecería también al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones más detalladas sobre las políticas en materia de enseñanza y formación - indicando en particular las medidas adoptadas para coordinar dichas políticas con la prospección de las oportunidades de empleo.
5. Artículo 3. La Comisión toma nota con interés de que el Consejo Superior de Trabajo logró poner de acuerdo a los tres sectores en una agenda común estratégica que contempla, entre otros temas, a los trabajadores migrantes, la flexibilidad laboral y la política de empleo y el empleo en la economía informal. En una declaración de principios para una política migratoria laboral, se reconoció la contribución de los trabajadores migrantes al desarrollo económico y social del país. Además, se ha previsto un programa de modernización del mercado laboral, con contenidos actualizados para los países centroamericanos. La Comisión se permite insistir en la importancia que tiene lograr la plena cooperación de los representantes de las personas interesadas en la labor de formular la política del empleo, así como de obtener el apoyo necesario para su ejecución. La Comisión espera que el Gobierno podrá continuar dando informaciones sobre las consultas celebradas en el marco del Consejo Superior de Trabajo - o en otros foros - con los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores (y con representantes de otros sectores de la población económicamente activa tales como los que trabajan en el sector rural y en la economía informal) en relación con la política del empleo.
La Comisión toma nota de las memorias del Gobierno, en las que se evocan las cuestiones planteadas en la observación de 1998.
1. El Gobierno indica que, en 1998, se había logrado un crecimiento económico del 6,2 por ciento (el segundo más alto de toda América) habiéndose creado 73.000 nuevos empleos y logrado disminuir la pobreza a un 19,7 por ciento según la Encuesta Nacional de Hogares. A partir del segundo trimestre de 1999, la actividad económica experimentó cierto debilitamiento: en 2000, el aumento del PIB fue de sólo 1,7 por ciento. La tasa de desempleo abierto se redujo (en 2000, 5,2 por ciento; en 1999, 6 por ciento) - la mejor de los últimos cinco años - pese a que el empleo industrial disminuyó, mayormente en la maquila y las actividades de la zona franca. En 2000, la pobreza se elevó a 21,1 por ciento de los hogares, según la encuesta de ingresos y gastos citada por la CEPAL.
2. En relación con el seguimiento de las recomendaciones del Consejo de Administración al adoptar el informe del comité encargado de examinar una reclamación presentada, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, por la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT) (documento GB.266/8/1, junio de 1996), el Gobierno indica que las políticas restrictivas implementadas durante el período 1985-1997 llevaron a que el porcentaje de ocupados en el sector público haya pasado de un 19,1 por ciento (en 1985) a 14,2 por ciento (en 1997) de la población económicamente activa (14,1 por ciento, en 2000, según datos del Equipo técnico multidisciplinario de la OIT para América Central). Entre otras medidas, un Programa de Formación y Reconversión para Movilizados estaba destinado a capacitar a los trabajadores desplazados del sector público al sector privado. Por su parte, la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, en las observaciones transmitidas al Gobierno en septiembre de 2000, evoca nuevos visos de eliminación de empleo en el sector público que se traducirían en despidos. Al respecto, la Comisión agradecería al Gobierno que continúe abordando en sus memorias el impacto en el empleo de las reformas estructurales del sector público que se hayan impulsado y que informe sobre las medidas y programas destinados al mercado laboral que se hayan ejecutado para armonizar la oferta y la demanda de mano de obra de manera de asegurar que las categorías de trabajadores afectadas por las transformaciones estructurales permanezcan en el mercado de trabajo (artículo 1 del Convenio).
3. En la memoria recibida en marzo de 1999, el Gobierno ha mencionado el Plan Nacional de Combate a la Pobreza (PNCP), destinado principalmente a la población pobre infantil y juvenil, a la mujer pobre y a los adultos mayores o discapacitados. Además, mediante la adopción de la ley núm. 7983, de protección al trabajador, promulgada el 16 de febrero de 2000, se busca - entre otras medidas - universalizar las pensiones para todos los adultos mayores en situación de pobreza y que no estén cubiertos por otros regímenes de pensiones. La pensión básica de quienes se encuentren en situación de extrema pobreza no deberá ser inferior a un 50 por ciento de la pensión mínima otorgada por vejez dentro del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, agregue una evaluación sobre el impacto en materia de empleo del PNCP y los progresos realizados para establecer redes de seguridad social, así como sobre toda otra medida activa de política del empleo destinada a combatir la pobreza.
4. La Comisión ha tomado conocimiento de que, mediante el decreto núm. 27603-MTSS-MEIC, de fecha 4 de septiembre de 1998, se ha creado un sistema integral para el apoyo de la micro y pequeña empresa (SIAMYPE), considerando que la micro y pequeña empresa constituían un sector con gran potencial de desarrollo, capaz de aumentar la generación de empleo mediante la promoción empresarial. Se advierte que el Instituto de las Mujeres tiene como función, en el Consejo Superior de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (CONSUMYPE), velar por la incorporación del enfoque de género dentro de las políticas del SIAMYPE y la promoción de la mujer dentro del sector. La Comisión confía en que el Gobierno incluirá en su próxima memoria informaciones sobre la creación de empleo alcanzada por los programas impulsados por el SIAMYPE, refiriéndose - si lo considera útil - a las disposiciones de la Recomendación núm. 189 sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, adoptada por la Conferencia en 1998.
5. Artículo 3. La Comisión toma nota de que como resultado del proceso de concertación de los temas de libertad sindical y política salarial, mediante directriz núm. 013-P de fecha 7 de noviembre de 1998, el Presidente de la República ha solicitado al Ministro de Trabajo y Seguridad Social que, entre otras medidas, emprenda una política de impulso a la creación de nuevas y mejores fuentes de empleo. Por su parte, la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum manifiesta que no se ha consultado a sus organizaciones en materia de políticas de empleo. La Comisión se remite a sus comentarios anteriores y recuerda nuevamente la importancia que tiene lograr la plena cooperación de los representantes de las personas interesadas en la labor de formular la política del empleo, así como de obtener el apoyo necesario para su ejecución. La Comisión reitera al Gobierno su solicitud para que en sus próximas memorias incluya indicaciones sobre las consultas efectivas celebradas con los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores (y con representantes de otros sectores de la población económicamente activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado) en relación con la política del empleo.
1. La Comisión toma nota de las indicaciones incluidas en la memoria del Gobierno, recibida en enero de 1998, según las cuales la tasa de desempleo abierto pasó de 6,2 por ciento (en 1995) a 5,2 por ciento (en 1996) y a 5,7 por ciento (en 1997). Entre 1994 y 1996, el empleo en el sector público se contrajo en 7.197 trabajadores, manteniéndose la tendencia de reducción de la mano de obra ocupada en dicho sector. El Gobierno menciona el programa de reducción voluntaria de puestos en el sector público y el programa de reestructuración particularizados para instituciones. El objetivo de dichos programas es el de reorientar en forma integral la función del Estado y reducir el déficit fiscal. Se describe también un programa de reinserción, tendiente a fortalecer la Bolsa Nacional de Empleo, la capacitación de ex funcionarios públicos y la creación de microempresas. La Comisión advierte que, de acuerdo con el examen efectuado por el equipo técnico multidisciplinario para América Central de la Oficina (con sede en San José, Costa Rica); la existencia de múltiples programas de desarrollo social y empleo, así como un esfuerzo sostenido en materia de educación y formación, ha permitido tasas relativamente bajas de desempleo, subempleo y pobreza. En 1997, se incrementaron tanto el empleo como los salarios reales.
2. La Comisión recuerda que, en sus observaciones anteriores, se había referido al informe del comité encargado de examinar la reclamación presentada, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, por la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT), en la que se alegaba el incumplimiento del Convenio núm. 122 por Costa Rica (documento GB.266/8/1, junio de 1996). El Consejo de Administración había solicitado al Gobierno que comunique, en las memorias que se presentan en virtud del artículo 22 de la Constitución, informaciones completas sobre la aplicación del Convenio que, en particular, precisen:
i) el efecto sobre el empleo, comprobado o esperado, de las políticas macroeconómicas que se han aplicado, dentro del marco del ajuste estructural, con el objeto de reducir el gasto público;
ii) el número de trabajadores afectados por el programa de reducción de los empleos públicos, las medidas tomadas para facilitar su reinserción en el sector privado y los resultados obtenidos mediante estas medidas;
iii) la manera en que los representantes de los sectores interesados por las medidas que había que tomar y, en particular, los representantes de los empleadores y de los trabajadores, son consultados sobre las políticas del empleo.
3. En este sentido, la Comisión toma nota de que, en mayo de 1998, el Ministerio de Trabajo solicitó al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica indicaciones complementarias sobre los puntos mencionados. La Comisión confía en que en la próxima memoria del Gobierno se dará seguimiento a los puntos antes planteados y que se incluirán también las indicaciones que se solicitan en el formulario de memoria sobre los resultados alcanzados por las medidas destinadas a armonizar la oferta y la demanda de mano de obra a los cambios estructurales, incluyendo ejemplares o extractos de informes, estudios y encuestas, datos estadísticos, relativos a la situación del mercado del trabajo (parte VI del formulario de memoria). Sírvase, en particular, describir los procedimientos adoptados para garantizar que se han tomado en consideración los efectos en el empleo de las medidas adoptadas para lograr los objetivos económicos y sociales y que las medidas principales de política del empleo son decididas y revisadas regularmente en el marco de una política económica y social coordinada (artículo 2 del Convenio).
4. Artículo 3. La Comisión ha tomado nota de la comunicación de agosto de 1997 del Comité Interconfederal Costarricense, que fuera remitida por la Oficina al Gobierno en diciembre de 1997 para que formulara sus propios comentarios al respecto. El Comité Interconfederal Costarricense declara que no ha participado de ninguna manera y en ningún momento en el diseño de la política de empleo y salarios que ha venido aplicando el Gobierno. El hecho de que la política del empleo no se discuta con los representantes de los trabajadores constituye, en el entender del Comité Interconfederal Costarricense, una violación del artículo 3 del Convenio. El Gobierno ha indicado que, en aquellas instituciones públicas donde se implementaron programas de reestructuración, se establecieron generalmente comisiones en las cuales participaban funcionarios de planta. Además, en la mayoría de los procesos de reestructuración, fueron consultados los dirigentes sindicales. Se hicieron consultas al sector privado por medio de las cámaras patronales, a las cuales se solicitó apoyo para los programas de capacitación y reinserción. El sector empleador generalmente se manifestó abiertamente de acuerdo con los cambios propuestos. La Comisión toma nota de lo anterior y recuerda la importancia que tiene el lograr la plena cooperación de los representantes de las personas interesadas en la labor de formular la política del empleo, así como de obtener el apoyo necesario para su ejecución. La Comisión confía en que el Gobierno incluirá, en su próxima memoria, indicaciones sobre las consultas efectivas celebradas con los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores (y con representantes de otros sectores de la población económicamente activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado) en relación con la política del empleo.
La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene ninguna respuesta a su observación anterior. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente a 1996. Por otra parte, toma nota de que el Consejo de Administración en su 266.a reunión (junio de 1996) aprobó el informe del comité encargado de examinar la reclamación presentada, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, por la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT), en la que se alegaba el incumplimiento del Convenio por Costa Rica. El Consejo de Administración solicita al Gobierno se sirva comunicar, en su próxima memoria, que debería presentar en virtud del artículo 22 de la Constitución, informaciones completas sobre la aplicación del Convenio que, en particular, precisen: i) el efecto sobre el empleo, comprobado o esperado, de las políticas macroeconómicas que se han aplicado, dentro del marco del ajuste estructural, con el objeto de reducir el gasto público; ii) el número de trabajadores afectados por el programa de reducción de los empleos públicos, las medidas tomadas para facilitar su reinserción en el sector privado y los resultados obtenidos mediante estas medidas; iii) la manera en que los representantes de los sectores interesados por las medidas que había que tomar y, en particular, los representantes de los empleadores y de los trabajadores, son consultados sobre las políticas del empleo.
La Comisión solicita al Gobierno que suministre las informaciones que le fueron pedidas para estar en condiciones de continuar, en su próxima reunión, el examen de la aplicación del Convenio.
La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente a 1996. Por otra parte, toma nota de que el Consejo de Administración en su 266.a reunión (junio de 1996) aprobó el informe del comité encargado de examinar la reclamación presentada, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT, por la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT), en la que se alegaba el incumplimiento del Convenio por Costa Rica. El Consejo de Administración solicita al Gobierno se sirva comunicar, en su próxima memoria, que debería presentar en virtud el artículo 22 de la Constitución, informaciones completas sobre la aplicación del Convenio que, en particular, precisen:
[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada en 1997.]
1. La Comisión toma nota de la breve memoria del Gobierno que se limita a comunicar datos estadísticos del período 1987-1991 y que contiene como anexo el documento "Evolución económica reciente y perspectivas para 1993", del Banco Central de Costa Rica.
2. De acuerdo con el documento mencionado, a lo largo de 1992, la economía de Costa Rica experimentó un crecimiento muy significativo. El Banco Central afirma que, "como producto del mayor dinamismo de la economía, se ha generado también un considerable incremento en el empleo, el cual a la vez abre posibilidades de conciliar los objetivos de crecimiento con la equidad, contrarresta los efectos de la disminución del número de plazas al servicio del sector público, que forma parte de los esfuerzos por disminuir el tamaño del Estado". En 1992, continuó el proceso de apertura de la economía costarricense, se modernizó el régimen cambiario, acompañado por la aceleración del proceso de desgravación arancelaria. Estas medidas redundaron en un abaratamiento de los precios de los bienes importados, con los consiguientes beneficios de reducir la inflación y acelerar el nivel de actividad productiva de la economía costarricense. El programa propuesto por el Banco Central para 1993 tenía como objetivos principales el crecimiento real del PIB de 4 por ciento, la reducción de la inflación y el incremento de las reservas internacionales netas. Estos objetivos serían alcanzados mediante la reducción del déficit combinado del sector público de 1 por ciento del PIB, una prudente política salarial, la restricción crediticia y el mantenimiento de un régimen de tipos de cambio determinados por el mercado. Las medidas estructurales incluyen la reducción adicional de los aranceles de importación, una importante liberalización de los controles de precios y un programa de reforma del sector público.
3. Sin embargo, tratándose del crecimiento del empleo evocado por el Banco Central, la Comisión advierte que, de acuerdo con los datos estadísticos del Ministerio de Trabajo, entre 1990 y 1991, el nivel general del empleo sólo se ha mantenido e incluso disminuyó algo (aproximadamente un 1 por ciento, mientras que el empleo de mujeres aumentó en casi un 3 por ciento), la tasa de desempleo pasó de 4,6 por ciento a 5,5 por ciento de la población activa durante el período mencionado (siendo la proporción del desempleo femenino sensiblemente más importante), lo que representa un aumento del número de desocupados de casi 20 por ciento.
4. La Comisión ha podido observar, según lo que se desprende de la memoria recibida, exclusivamente las medidas adoptadas o previstas en materia de política monetaria y presupuestaria. Recuerda que en comentarios que viene formulando hace varios años, la Comisión solicita informaciones sobre las medidas adoptadas para formular y aplicar una política de promoción del pleno empleo, productivo y libremente elegido, en el sentido del artículo 1 del Convenio que, en particular, pueda compensar las políticas macroeconómicas restrictivas y la reducción del sector público. La Comisión sólo puede reiterar al Gobierno que, para estar en condiciones de examinar plenamente el efecto dado a las disposiciones del Convenio, sería necesario se brindasen en la memoria detallada sobre el período que finaliza en junio de 1994 todas las informaciones que requiere el formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración. En particular, se solicita al Gobierno que tenga a bien describir en su memoria las principales políticas proseguidas para promover los objetivos del Convenio, así como los procedimientos que se han tomado para garantizar la incidencia en el empleo de los programas de estabilización y ajuste estructural, y para que las medidas principales de la política del empleo sean decididas y revisadas regularmente en el marco de una política económica y social coordinada (artículo 2).
5. La Comisión comprueba que la memoria del Gobierno no contiene referencias a las consultas con los medios interesados sobre las medidas que se deben adoptar, en particular con los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, como lo requiere el artículo 3 del Convenio. En este sentido, agradecería al Gobierno que indicase en su memoria si, en su caso, en el marco del Consejo Superior de Trabajo (convocado en agosto de 1991), se han mantenido consultas con los interlocutores sociales en relación con temas de la política del empleo. Sírvase también indicar las consultas, mantenidas o previstas, con los representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector no estructurado.
6. La Comisión toma nota del informe de la misión interdepartamental realizada por la Oficina en mayo de 1992, titulado Estabilización, ajuste estructural y políticas sociales en Costa Rica: el papel de los programas compensatorios, enviado al Gobierno en junio de 1993, en donde se formulan comentarios sobre los programas especiales de empleo realizados con asistencia del PREALC. La Comisión ruega al Gobierno incluir, como lo requiere la parte V del formulario de memoria, indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia ofrecida por la OIT, así como sobre los factores que han impedido o retrasado las acciones sugeridas para fomentar una política del empleo, en el sentido del Convenio.
La Comisión comprueba que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
La Comisión toma nota de una memoria general - recibida en noviembre de 1990 - en donde el Gobierno declara que respecto de las disposiciones del Convenio núm. 122, entre otros convenios, la legislación nacional y la práctica no han reportado cambios sustanciales en la aplicación respectiva, remitiéndose a las memorias anteriores. La Comisión toma nota de que dicha memoria general no ha tomado en cuenta los comentarios formulados en 1989. En su observación de 1989, la Comisión había expresado, en particular, su esperanza de que el Gobierno continúe enviando informaciones detalladas sobre los efectos en el empleo de las medidas tomadas para hacer frente a compromisos de carácter monetario y financiero. La Comisión había considerado que para estar en condiciones de examinar plenamente la manera en que se ha dado efecto a las disposiciones del Convenio, sería necesario que el Gobierno brinde informaciones completas y detalladas sobre los temas planteados en el formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración para el Convenio, haciendo particular referencia a las dificultades que hayan surgido para alcanzar los objetivos del programa nacional para la generación de empleo (tal como fuera formulado en los decretos núms. 17269-TSS, de 1986; y 17436-TSS, de 1987) y a las consultas con los representantes de las personas interesadas, incluyendo los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado (artículo 3 del Convenio). Dado que no se ha recibido la memoria sobre la aplicación del Convenio, la Comisión hace votos para que el Gobierno se sirva enviar una memoria completa y detallada, tal como lo ha solicitado en su comentario anterior, para ser examinada en su próxima reunión de marzo de 1993. Parte V del formulario de memoria. En su comunicación de febrero de 1988, el Gobierno se había referido a la cooperación y asistencia técnica que le ofrecía la OIT, mediante el convenio de cooperación técnica para el programa nacional de empleo y desarrollo social, ejecutado por el PREALC con recursos del PNUD. La Comisión no duda que la próxima memoria del Gobierno contendrá también informaciones detalladas sobre la acción emprendida como consecuencia del asesoramiento recibido de la OIT en la esfera del Convenio.
La Comisión toma nota de una memoria general - recibida en noviembre de 1990 - en donde el Gobierno declara que respecto de las disposiciones del Convenio núm. 122, entre otros convenios, la legislación nacional y la práctica no han reportado cambios sustanciales en la aplicación respectiva, remitiéndose a las memorias anteriores. La Comisión toma nota de que dicha memoria general no ha tomado en cuenta los comentarios formulados en 1989.
En su observación de 1989, la Comisión había expresado, en particular, su esperanza de que el Gobierno continúe enviando informaciones detalladas sobre los efectos en el empleo de las medidas tomadas para hacer frente a compromisos de carácter monetario y financiero. La Comisión había considerado que para estar en condiciones de examinar plenamente la manera en que se ha dado efecto a las disposiciones del Convenio, sería necesario que el Gobierno brinde informaciones completas y detalladas sobre los temas planteados en el formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración para el Convenio, haciendo particular referencia a las dificultades que hayan surgido para alcanzar los objetivos del programa nacional para la generación de empleo (tal como fuera formulado en los decretos núms. 17269-TSS, de 1986; y 17436-TSS, de 1987) y a las consultas con los representantes de las personas interesadas, incluyendo los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado (artículo 3 del Convenio).
Dado que no se ha recibido la memoria sobre la aplicación del Convenio, la Comisión hace votos para que el Gobierno se sirva enviar una memoria completa y detallada, tal como lo ha solicitado en su comentario anterior, para ser examinada en su próxima reunión de marzo de 1993.
Parte V del formulario de memoria. En su comunicación de febrero de 1988, el Gobierno se había referido a la cooperación y asistencia técnica que le ofrecía la OIT, mediante el convenio de cooperación técnica para el programa nacional de empleo y desarrollo social, ejecutado por el PREALC con recursos del PNUD. La Comisión no duda que la próxima memoria del Gobierno contendrá también informaciones detalladas sobre la acción emprendida como consecuencia del asesoramiento recibido de la OIT en la esfera del Convenio.
1. En su observación anterior, la Comisión había tomado nota de una comunicación de fecha 8 de julio de 1987, de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) en la que remitió un informe de la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD). En dicho informe se incluyeron comentarios relacionados con la política del empleo. Dichos comentarios han abordado, en particular, la reducción del gasto público, el aumento de la dependencia externa, y las medidas tomadas en el marco de programas de estabilización y de ajuste estructural elaborados con el concurso de instituciones financieras internacionales (Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial). La CCTD sostiene que la vía para la estabilización y la reactivación de la economía impuesta por los organismos financieros internacionales ha significado, entre otras cosas, una fuerte reducción de las políticas sociales y con ello, un deterioro importante en las condiciones de vida de los sectores populares. La CCTD considera que, a pesar de la recuperación de los salarios mínimos y la disminución de la tasa de desempleo abierto, el nivel de vida de amplios sectores de la población continúa seriamente deteriorado y las desigualdades se han acentuado.
2. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas transmitidas por el Gobierno, en una comunicación de fecha 25 de febrero de 1988, en respuesta a las observaciones de la CCTD. El Gobierno sostiene que se hacen esfuerzos por racionalizar el gasto público y contribuir al desarrollo de un Estado más eficiente. Se refiere también a diversas medidas destinadas a estimular la producción, favorecer las exportaciones y a evitar, mediante un proyecto de reforma tributaria, que se agudicen las desigualdades de la distribución del ingreso. En julio de 1987, la tasa de desempleo abierto fue de 5,5 por ciento (mientras que en 1982 había alcanzado un 9,4 por ciento). Los salarios reales que entre 1980 y 1982 habían caído casi a la mitad, recuperaron hacia el año 1986, su nivel de 1980. Para fomentar el empleo y mejorar el ingreso de los sectores sociales más vulnerables, el Gobierno ha creado un programa nacional para la generación de empleo (decreto núm. 17269-TSS, de 1986, y decreto núm. 17436-TSS, de 1987). Dicho programa se desarrolla en tres áreas básicas: generación de empleo productivo e ingresos permanentes, capacitación para el empleo y atención del empleo temporal para los desempleados. El Gobierno se refiere además a la cooperación y asistencia técnica que ofrece la OIT, mediante un Convenio de cooperación técnica para el Programa Nacional de Empleo y Desarrollo Social, ejecutado por el PREALC con recursos del PNUD. La Comisión ha tomado nota, asimismo, de una breve memoria sobre la aplicación del Convenio para el período que finalizó el 30 de junio de 1988.
3. La Comisión ha tomado nota con interés de que el Gobierno ha formulado y llevado a cabo, una política activa del empleo, en el sentido de los objetivos del Convenio, logrando, en particular, una disminución de la tasa de desempleo abierto. Se felicita de que el Gobierno beneficia de una asistencia técnica, especialmente, la brindada por PREALC, que tiene como efecto promover la aplicación del Convenio. Teniendo en cuenta las preocupaciones formuladas por la CCTD y que subsiste la necesidad de adoptar medidas destinadas a armonizar la oferta y la demanda de mano obra al ajuste estructural, la Comisión espera que el Gobierno continuará enviando informaciones detalladas sobre los efectos en el empleo de las medidas tomadas para hacer frente a compromisos de carácter monetario y financiero. La Comisión considera que para estar en condiciones de examinar plenamente la manera en que se ha dado efecto a las disposiciones del Convenio, sería necesario que el Gobierno brinde, en su próxima memoria, informaciones completas y detalladas sobre los temas planteados en el formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración para el Convenio, haciendo particular referencia a los asuntos aludidos en sus comentarios, a las dificultades particulares que hayan surgido para alcanzar los objetivos del programa del empleo del Gobierno y a las consultas con los representantes de las personas interesadas, incluyendo los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado (artículo 3 del Convenio).