Medidas en relación con la COVID-19.
Artículos 1, 1), 2, 1), y 25 del Convenio. Situación de vulnerabilidad de los
trabajadores migrantes en condiciones de trabajo forzoso. Antecedentes y contexto.
i) El funcionamiento del sistema de patrocinio (kafala).
ii) Procedimiento de expedición de visados de salida.
iii) Comisiones de contratación y sustitución de contratos.
iv) La confiscación de pasaportes, los pagos atrasados y el impago de salarios.
v) Trabajadores domésticos migrantes.
i) El acceso al mecanismo de presentación de quejas.
ii) Mecanismos de control de las infracciones de la legislación laboral y de la
imposición de sanciones.
Medidas adoptadas en el contexto de la pandemia de COVID-19.
Cooperación técnica.
Artículos 3, 12 y 16 del Convenio. Número suficiente de inspecciones del
trabajo y cobertura de los lugares de trabajo.
Artículos 5, a), 17, 18 y 21, e). Cooperación efectiva entre la inspección del
trabajo y el sistema judicial; procedimientos judiciales y aplicación efectiva de
las sanciones adecuadas.
Artículos 5, a), 9 y 13. Inspección del trabajo en el ámbito de la SST.
Artículos 7 y 10. Contratación y formación de los inspectores del trabajo y
desempeño efectivo de sus funciones.