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- 118. En su anterior examen del caso en su reunión de octubre de 2013, el
Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron
pendientes [véase 370.º informe, párrafo 628]:
- a) en cuanto al
alegado despido antisindical del secretario general del Sindicato de Trabajadores
del Banco Falabella (SUTBAF), Sr. Hugo Rey Douglas, el 2 de diciembre de 2010, el
Comité espera firmemente que la autoridad judicial dictará sentencia muy
próximamente y que si se verifica el carácter antisindical del despido se le
reintegre sin demora, con el pago de los salarios caídos. El Comité pide al Gobierno
que le mantenga informado al respecto;
- b) en lo que
respecta a la alegada impugnación del registro del SUTBAF por parte del Banco, el
Comité lamenta la falta de respuesta del Gobierno sobre estos alegatos y pide al
Gobierno que le informe sobre el estado del registro de esta organización, y
- c) el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado sobre los
resultados de las negociaciones entre el Banco y el SUTBAF y si finalmente
alcanzaron un acuerdo en relación con las condiciones de empleo en dicho
establecimiento.
- 119. En respuesta a las recomendaciones b) y c) del Comité, el Gobierno
declara en su comunicación de 3 de diciembre de 2013 que el registro del Sindicato de
Trabajadores del Banco Falabella (SUTBAF) se encuentra plenamente vigente y que el banco
y el sindicato suscribieron un convenio colectivo el 20 de febrero de 2012. El Comité
toma nota con interés de estas informaciones.
- 120. En cuanto a la recomendación a) del Comité, el Gobierno declara que
la autoridad judicial de apelación tras un nuevo recurso presentado ha ordenado un nuevo
pronunciamiento de la autoridad judicial de primera instancia sobre el despido del
dirigente sindical Sr. Hugo Rey Douglas. El Comité toma nota de esta información y pide
al Gobierno que le comunique la nueva sentencia que se dicte al respecto.