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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 336, Marzo 2005

Caso núm. 2230 (Guatemala) - Fecha de presentación de la queja:: 07-OCT-02 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 65. En su reunión de marzo de 2004, el Comité examinó este caso relativo al despido de 42 sindicalistas de la municipalidad de Esquipulas sin la autorización judicial prevista en el Código del Trabajo [véase 333.er informe del Comité, párrafos 71 a 73] y en dicha ocasión pidió al Gobierno que siga tomando todas las medidas a su alcance par reintegrar a los trabajadores despedidos y que le informe sobre toda acción judicial o de otro tipo iniciada al respecto.
  2. 66. Por comunicación de 2 de diciembre de 2004, el Gobierno informa que en relación con el conflicto colectivo núm. 12-2003, que tramitaba en el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia del Departamento de Chiquimula, interpuesto por los 42 empleados municipales en contra de la Municipalidad del Municipio de Esquipulas del Departamento de Chiquimula con fecha 19 de marzo de 2002, el Tribunal en mención resolvió enviar al archivo dicho expediente por haber llegado a los trabajadores, a través del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de Esquipulas, a un arreglo directo con el Consejo Municipal en funciones, por el que fueron reintegrados en sus cargos. Por comunicación de 27 de julio de 2004, la organización querellante CGTG confirma que los 42 trabajadores en cuestión han sido reintegrados en sus puestos de trabajo el 16 de enero de 2004 y añade que el 5 de marzo de 2004 se concluyó un pacto colectivo de condiciones de trabajo.
  3. 67. El Comité toma nota con interés de todas estas informaciones.
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